Evaluacion Marcas

0. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………….. 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN……………………………………………………… 2. REFERENCIAS NORM

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0. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………….. 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN……………………………………………………… 2. REFERENCIAS NORMATIVAS……………………………………………………………… 3. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS…………………………………………………………….. 4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES………………………………………………………………. 5. PROCEDIMIENTO PARA LA VALUACIÓN DE INTANGIBLES………………………… 5.1. IDENTIFICACIÓN DEL PROPÓSITO DE LA VALUACIÓN…………………………….. 5.2. DETERMINACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE INTANGIBLES……………………………. 5.3. DEFINICIÓN DEL ALCANCE DEL ENCARGO VALUATORIO 5.4. ASUNTOS A CONSIDERAR PARA VALUACIÓN DE INTANGIBLES………………… 5.5. RECOLECCIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN…………………………………………… 5.6. APLICACIÓN DE LOS ENFOQUES DE VALUACIÓN……………………………………. 6. RELACIÓN CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Y CON LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA (“NIF” APLICABLES EN COLOMBIA)……………………………………………………… BIBLIOGRAFÍA PROYECTO DE NORMA TÉCNICA SECTORIAL

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0 METODOLOGÍA PARA LA VALUACIÓN DE INTANGIBLES. 0. INTRODUCCIÓN.

•La Valoración de intangibles resulta una de las tasaciones más complicadas desde el punto de vista de la objetividad que se requiere en el soporte el análisis valorativo. •Tenemos que se están desarrollando métodos apoyados en técnicas o ciencias de vieja data como Estadísticas, Mercadotecnia, Probabilidades, Finanzas etc, para dar sustento a las opiniones de Valor de los Intangibles. •La Marca en algunas empresas representa un Valor considerable entre sus Activos. •Tenemos la situación de una Marca que fue líder en el ramo de pinturas, donde la empresa fue cerrada, y la marca estuvo fuera del mercado por un lapso de diez y seis (16) años. •El dueño de la Marca tomó la decisión de vender esta mediante una licitación pública internacional y para lo cual se requirió el Valor de la misma. 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN. Esta Norma Técnica Sectorial contiene los enfoques de valuación reconocidos internacionalmente, requisitos y el procedimiento básico que puede ser aplicable en la valoración de todos los intangibles.

Los enfoques de valuación descritos son aplicables a todos los intangibles de acuerdo con su naturaleza, características, situación particular y el propósito de la valuación. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS. Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección).  Norma ISO 10668.  IVS 210 Activos Intangibles.  NIIF 3 Combinaciones de negocios.  NIIF 13 Medición del valor razonable.  NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos PROYECTO DE NORMA TÉCNICA SECTORIAL

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1  NIC 38 Activos Intangibles.  NTS S 01 “Bases para la determinación del Valor de Mercado”.  NTS S 02 “Bases para la determinación de Valores distintos del Valor de Mercado”. 3. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS. Para los propósitos de este documento normativo, se aplican los siguientes símbolos y abreviaturas. USN AVSA. Unidad Sectorial de Normalización de la Actividad Valuatoria y el Servicio de Avalúos. NIC. Normas Internacionales de Contabilidad. NIIF. Normas Internacionales de Información Financiera. NIF. Normas de Información Financiera (vigentes en Colombia) ISO. International Standardization Organization. IVSC. International Valuation Standard Council. IVS. International Valuation Standard. NTS S: Norma Técnica Sectorial - Standard 4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES. 1.- Costo Histórico: Refleja el valor del activo intangible en base a los gastos anteriores efectuados en relación con la marca. Se sobrevaloran marcas que no han sido exitosas y que no ofrecen perspectivas de rentabilidad en el futuro.

2.- Costos Actuales o de Reposición: Equivalente al total de los gastos necesarios para construir una nueva marca con el mismo valor en un plazo determinado. Será necesario calcular el valor presente del flujo de caja determinado por la inversión, utilizando una tasa de descuento adecuada. 3.- Basada en la posición en el mercado: A través de la investigación a clientes, interrogándolos acerca de cuánto estarían dispuestos a pagar por ciertos atributos o características de un producto o servicio (una de éstas características sería el nombre de la marca). 4.- Proyecciones de rentabilidad futura: Extrapolando las utilidades actuales a precios corrientes. El principal inconveniente de esta modalidad es que al proyectarse las utilidades no se tienen en cuenta los posibles cambios en el entorno. 5.- Factor Multiplicador del Good Will: El Diferencial que se obtiene del Valor Actual del free cash flow de la empresa, descontado al Costo Promedio Ponderado de Capital, mas el Valor de Continuidad, menos la deuda financiera actual y menos los Activos Fijos Tangibles utilizados a Valor Actual, nos da el Good Will de la empresa, este es la generación de Valor por encima del rendimiento de los Activos, que son motivados por los intangibles. La valoración se obtiene multiplicando el beneficio diferencial por un múltiplo. Este múltiplo se determina cuantificando los factores de fortaleza de la marca y permite separar el Valor de la Marca del resto del Valor de los Intangibles de la empresa.

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2 NOTA: Se destaca que la definición acogida en la presente norma es diferente de la ascepción del término como sinónimo de prestigio o reputación. 4.7 Intangibles. Son recursos de naturaleza inmaterial, controlables y de carácter no monetario. 4.7.1 Intangibles Identificables. Son recursos intangibles separables, y que gozan de reconocimiento jurídico por surgir de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal. 4.7.2 Intangibles no identificables o Ventajas Intangibles. Son recursos intangibles de carácter difuso, que no pueden ser identificados entre los demás recursos de la entidad o empresario y que no pueden separarse, no pueden ser controlados y no es factible celebrar sobre ellos operaciones jurídicas o transacciones de manera independiente a la entidad, empresario o establecimiento de comercio. 4.8 Marca. Es un signo distintivo susceptible de representación gráfica, apto para identificar productos o servicios en el mercado. Constituyen marcas, entre otros, los siguientes signos o combinación de ellos: a) Las palabras o combinación de palabras. b) Las imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas y escudos. c) Los sonidos y los olores. d) Las letras y los números; e) Un color o combinación de colores determinados por una forma; f) La forma de los productos, sus envases o envolturas y;

4.9 Mercado Activo. Un mercado en el que las transacciones de los activos o pasivos tienen lugar con frecuencia y volumen suficiente para proporcionar información para fijar precios sobre una base de negocio en marcha1. 4.10 Negocio. Conjunto de actividades y activos orientados a proporcionar una rentabilidad u otros beneficios económicos a cambio de la oferta de bienes y servicios. 4.11 Tasa de descuento. Tasa de retorno utilizada para transformar flujos futuros de efectivo, en un valor actual o presente. Teóricamente debería reflejar el costo de oportunidad del capital, es decir, la tasa de retorno que el capital puede rendir si se coloca en otros usos de similar riesgo. 4.12 Tasa de retorno. Medida de beneficio (o pérdida) y/o cambio de valor de una inversión, expresada como porcentaje de esa inversión. 4.13 Valor Presente o Actual. Es la diferencia entre el costo de capital de una inversión y el valor de un flujo de efectivo futuro a que dará origen la inversión 4.14 Vida Económica. Se mide como el periodo en el que puede esperarse que los intangibles den a su dueño un retorno económico. 415 Vida Legal. Vida de los intangibles permitida por la ley en el periodo de protección legal o contractual. 4.16 Vida útil. Período durante el cual un intangible puede utilizarse de forma rentable. La vida útil puede cambiar dependiendo del país, según el nivel de desarrollo económico y del ambiente regulatorio de cada uno. 1 NIIF 13 apéndice A PROYECTO DE NORMA TÉCNICA SECTORIAL

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3 4.17 Valor Razonable. Es el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. 4.18 Transacción ordenada. Se define como una negociación en la que se asume que existe una exposición del activo al mercado durante un periodo adecuado de tiempo, antes de la fecha de valoración, utilizando las actividades de mercadeo habituales para la venta de activos similares; no se trata de una transacción forzada, por ejemplo, una liquidación involuntaria o una venta urgente. 5. PROCEDIMIENTO PARA LA VALUACIÓN DE INTANGIBLES. El proceso de valuación de intangibles se surtirá siguiendo las siguientes etapas: 1. Identificación del propósito de la valuación. 2. Determinación e identificación del intangible objeto de la valuación. 3. Definición del encargo Valuatorio 4. Asuntos a considerar en la valuación de intangibles. 5. Recolección de datos y análisis. 6. Aplicación de los enfoques de valuación. 5.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROPÓSITO DE LA VALUACIÓN. El valuador debe identificar, en primera medida, el propósito de la valuación para elegir el enfoque más apropiado. Como propósitos de la valuación pueden considerarse, entre otros los siguientes:

a) Información Financiera. b) Transacciones comerciales, licencias. c) Garantías. d) Fusiones, adquisiciones, ventas de empresas, negocios o partes de estos. e) Litigios y procesos judiciales. f) Planeación tributaria y financiera. g) Procesos concursales, liquidaciones. h) Planeación y gestión de negocios. i) Gestión del valor. 5.2 DETERMINACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE INTANGIBLES. El valuador debe determinar el objeto del avalúo. Para el efecto deberá diferenciar los intangibles identificables de los no identificables. Los intangibles identificables pueden distinguirse del Good will o Plusvalía. 5.2.1 Un intangible es identificable cuando: a) Es separable, es decir, cuando recae sobre el un derecho específico (ej. Propiedad intelectual), que permite que el intangible pueda ser tomado como objeto material de un contrato o transacción en el mercado, de tal forma que puede ser transferido, cedido, PROYECTO DE NORMA TÉCNICA SECTORIAL

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4 vendido, dado en usufructo, arrendado etc., de manera independiente a la entidad titular y del establecimiento de comercio del cual es parte integrante o; b) Surge de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal. Esto ocurre cuando el intangible es objeto de reconocimiento jurídico independiente, tiene relevancia jurídica o es protegido legalmente en el país o los países en los cuales se vaya a efectuar la valuación. 5.2.2 Entre los intangibles identificables se encuentran: a) Los bienes intangibles que conforman la Propiedad Intelectual, entre otros las marcas, lemas, nombres y enseñas comerciales, denominaciones de origen, indicaciones geográficas, nombres de dominio, patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales, diseños de trazado de circuitos integrados, obras protegidas por derechos de autor y derechos conexos, software, derechos de obtentor y; b) Algunos derechos personales de origen legal o contractual identificables según los literales anteriores. De acuerdo con las condiciones señaladas, la identificación del intangible objeto de la valuación, deberá concretarse en un título, número de registro, licencia, contrato, entre otros. 5.3 DEFINICIÓN DEL ALCANCE DEL ENCARGO VALUATORIO Previo a la realización de la valuación, el valuador designado debe precisar claramente el alcance del encargo valuatorio, teniendo en cuenta como mínimo los siguientes aspectos: a) Propósito de la valuación. b) Identificar y determinar el tipo de intangible objeto de la valuación, sus características típicas y los derechos relacionados con los intangibles por valorar. c) El uso que se pretende dar a la valuación, así como las correspondientes limitaciones;

d) La identificación de subcontratistas o agentes y su papel en la valuación; e) La definición de la base de valor elegida; f) La elección de uno o varios enfoques de valuación; g) La fecha para la que tendrá efectos la valuación, así como la fecha del informe por realizar; h) La identificación de cualquier contingencia y de las condiciones limitativas sobre las que se ha de basar la valuación; i) Plazo límite para la presentación del informe; j) Posibles limitaciones a la información y; k) Previsión de la Información y datos requeridos. PROYECTO DE NORMA TÉCNICA SECTORIAL

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5 5.4 ASUNTOS A CONSIDERAR PARA VALUACIÓN DE INTANGIBLES. En la valuación de un intangible el valuador debe tener en cuenta: a) Los derechos y obligaciones legales, protecciones y limitaciones relativas a los intangibles a ser valuados. b) Historia del intangible. c) La vida económica y legal restante del intangible. d) Los beneficios económicos, directos e indirectos, que se espera que el intangible proporcione a su propietario o quien tenga el derecho del intangible durante su vida útil. e) Litigio(s) anterior(es) o existente(s) relacionado(s) con el intangible. f) La distinción entre un derecho indivisible y una participación fraccionaria en el intangible como resultado de, por ejemplo, la propiedad compartida o acuerdo de licencia. g) Se valorará los factores adicionales en relación con un tipo específico de intangible. h) La existencia de un mercado activo. 5.4.1 FACTORES DETERMINANTES PARA VALUACIÓN DE ALGUNOS INTANGIBLES. En la valuación de patentes, secretos comerciales, marcas, derechos de autor y Good will, plusvalía o crédito mercantil, el valuador debe considerar los factores específicos para cada uno de ellos. 5.5 RECOLECCIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN. CASO EN ESTUDIO Diseño de encuesta: Encuesta única con respuestas cortas preestablecidas para los Mercados Meta 1.- Conoce usted la marca Pidoca: Respuesta: a.- SI o b.- NO

2,. Se había dado cuenta la no existencia en el mercado: Respuesta: a.- SI o b.- NO 3.- Cuáles son los productos de su preferencia Respuesta: a.- Pintura de Agua. b.- Pintura de Aceite. c.- Emulsión. d.- Tiner. 4.- Los precios de Pidoca con respecto a la competencia son: Respuesta: a.- Más Bajos. b.- Más Altos. c.- Iguales. 5.- Si Pidoca sale al mercado usted los compraría: Respuesta: a.- Si. B.- No. C.- Tal vez. 6.- Los productos Pidoca se definen como: Respuesta: a.- Durabilidad. b.- Economía. c.Variedad. d.- Nacionalista. e.- Ninguno.

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6 5.6 APLICACIÓN DE LOS ENFOQUES DE VALUACIÓN.

VALOR DEL NEGOCIO

34.657.055

VALOR DEL ACTIVO FIJO

24.800.445

VALOR DEL GOOD WILL FACTOR DE MULTIPLICACION VALOR DE LA MARCA $ RD

9.856.609 0,25 2.464.833

En la valuación de intangibles el valuador debe considerar los siguientes enfoques de valuación, de acuerdo con el propósito de valuación y tipo de intangible a valuar: ‒ De comparación o de mercado; ‒ Costo; y ‒ Capitalización de rentas. El uso de estos tres (3) enfoques es obligatorio salvo que el Valuador pueda demostrar la falta de datos suficientes u otra razón válida para dejar de aplicar un determinado enfoque. Cuando existan datos disponibles, el enfoque de comparación de mercado es el más directo y sistemático para calcular un valor. Los tres (3) enfoques del valor son independientes unos de otros, aunque todos se basen en los mismos principios económicos. Los valores estimados por cada enfoque deben ser analizados por el valuador para llegar a una estimación final de valor. 5.6.1 Enfoque de comparación o de mercado. Descripción.

En este enfoque se debe comparar el intangible a valuar con intangibles idénticos o similares y sus respectivas condiciones de mercado. El valor de un intangible se determina por referencia a la actividad del mercado. 5.6.2 Enfoque de costo. Descripción. El valuador debe considerar los costos directos e indirectos asociados con la reproducción o reemplazo del intangible a valuar según sea el caso, al igual que cualquier pérdida de valor derivada de la obsolescencia económica o funcional entre otras o la reducción de la expectativa de vida del intangible. Este enfoque se usa principalmente para intangibles producidos internamente y cuyos flujos de ingresos no son identificables. 5.6.3 Enfoque de capitalización de rentas. Descripción Bajo este enfoque, el valor de un activo intangible se determina con referencia al valor presente o actual de una renta, flujos de efectivo o ahorro de costos generados por el activo intangible. Para determinar el valor del intangible con base a este enfoque, el valuador debe tener en cuenta: 5.6.3.1 El valuador debe identificar los beneficios económicos razonablemente atribuibles al intangible a valuar, y los riesgos asociados con estos beneficios. PROYECTO DE NORMA TÉCNICA SECTORIAL

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7 5.6.3.2 El valuador debe considerar los beneficios económicos derivados de la amortización del valor de los intangibles para propósitos de impuestos a las ganancias, donde sea aplicable. 5.6.3.3 El valuador debe considerar si la vida económica del intangible es diferente a su vida legal o regulatoria. Debido a la naturaleza heterogénea de muchos activos intangibles, hay a menudo una mayor necesidad de considerar el uso de múltiples enfoques para derivar el valor que para otras clases de activos. 6. RELACIÓN CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Y CON LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA (“NIF” APLICABLES EN COLOMBIA) Cuando se trate de avalúos de intangibles para preparación de información financiera, el valuador debe tener en cuenta y citar en su informe el marco normativo dentro del cual realiza la valuación. Las valuaciones para fines de preparación de información financiera que se realicen en Colombia deben tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 1314 de 2009 por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e Información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia y las normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.

Para efectos de la valuación de intangibles de entidades que formen parte de los Grupos 1, 2 y 3 debe observarse el Marco Técnico Normativo para fines contables establecido mediante el Decreto 2784 de 2012, Decreto 3022 de 2013 y Decreto 2706 de 2012, respectivamente, y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan. Para la valuación de intangibles se debe tener presente que el valor razonable es una medición basada en el mercado, no una medición específica de la entidad (Vease NIIF 13 Medición de Valor Razonable). Para algunos activos y pasivos, pueden estar disponibles transacciones de mercado observables o información de mercado. Para otros activos y pasivos, pueden no estar disponibles transacciones de mercado observables e información de mercado. Sin embargo, el objetivo de una medición del valor razonable en ambos casos es el mismo, es decir, estimar el precio al que tendría lugar una transacción ordenada para vender el activo o transferir el pasivo entre participantes del mercado, en la fecha de la medición en condiciones de mercado presentes (un precio de salida en la fecha de la medición desde la perspectiva de un participante de mercado que mantiene el activo o debe el pasivo). Al respecto las Normas Internacionales de Valuación consideran que las definiciones de Valor razonable de las NIIF y NIF son generalmente consistentes con la de Valor de Mercado. En la valuación de intangibles para efectos de información financiera, el valuador debe tener en cuenta las NIIF y las NIF. Las NIIF y NIF establecen también la necesidad de evaluar si los bienes registran deterioro o pérdida de valor, de conformidad con los criterios establecidos para el efecto en las NIIF y NIF (Véase NIC 36 Deterioro del valor de los activos), considerando si existe una diferencia entre el Valor del activo y/o su capacidad de generar ingresos frente al valor en el que se encuentra contabilizado. PROYECTO DE NORMA TÉCNICA SECTORIAL

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8 En el informe que presente el valuador debe dejarse constancia respecto al marco normativo que se aplicó para efectos de la valuación. Cuando la valoración se realice con propósitos de información financiera bajo las NIIF o bajo las NIF, y el valuador no utilice el enfoque de mercado, se debe justificar en el informe de avalúo su no utilización. BIBLIOGRAFÍA ‒ INTERNATIONAL VALUATION STANDARS COMMITTEE. Valuación de Intangibles (IVS GN 4, 2005). ‒ INTERNATIONAL VALUATION STANDARS COMMITTEE. Valuación de Intangibles (IVS GN 4, 2007). ‒ Diccionario Económico Financiero – Tercera Edición (corregida y actualizada); Heriberto Escobar Gallo, Vicente Cuartas Mejía-Septiembre de 2006. ‒ Diccionario esencial de la lengua española – Real Academia Española 2006

‒ Norma ISO 10668. ‒ IVS 210 Activos Intangibles.