Ensayo Orientacion Laboral

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD CENTROOCIDENTAL LISANDRO ALVARADO DECANA

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD CENTROOCIDENTAL LISANDRO ALVARADO DECANATO DE HUMANIDADES Y ARTES BARQUISIMETO – ESTADO LARA

Integrantes: María Verónica Lucena García C.I 17101368 Rheny La Gamma C.I 18757103 Prof: Antonio González. Orientación Laboral Barquisimeto, 13 de junio de 2015

Marco Legal e Instituciones Culturales de Venezuela

El Ministerio del Poder popular para la Cultura, que es el ente que rige los lineamiento nacionales en los temas de índole cultural; en cuanto a la organización que están adscritas a este, se dividen en cinco plataformas: 1) Cine y audiovisual: La Plataforma de Cine y Medios Audiovisuales del Ministerio del Poder Popular para la Cultura funciona como un sistema para la coordinación, articulación y vinculación del ámbito cinematográfico y audiovisual del país desde la perspectiva de las políticas públicas concebidas, ejecutadas, controladas y evaluadas en el Ministerio del Poder Popular para la Cultura. Entre sus instituciones está: Fundación Centro Nacional de la Fotografía; Centro Nacional del Disco; Centro Nacional de Cinematografía; Fundación Cinemateca Nacional. 2) Libro y Lectura: Plataforma creada con el fin de agrupar las instituciones del Ministerio del Poder Popular para la Cultura orientadas al área editorial: producción, promoción

literaria,

impresión,

distribución

y

librería. Entre

sus

instituciones

está: Fundación Librerías del Sur; Fundación Editorial el Perro y la Rana, Fundación Biblioteca Ayacucho, Monte Ávila Editores Latinoamericana C.A, entre otros.

3) Pensamiento crítico, patrimonio y memoria: Plataforma que agrupa a las instituciones del Ministerio del Poder Popular para la Cultura que tienen entre sus acciones el estímulo al pensamiento crítico, el rescate y preservación, de la memoria que nos constituye como nación y la difusión y construcción de una nueva hegemonía cultural. Entre sus instituciones está: Fundación Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos (CELARG); Centro Nacional de Historia; Archivo General de la Nación; Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas, Instituto de patrimonio cultural, entre otros.

4) Artes escénicas y musicales: La plataforma de Artes escénicas y musicales se forma para la para la investigación, difusión, divulgación y atención de las expresiones musicales, teatrales y danza, en el campo de la investigación, preservación de tradiciones, usos y costumbres tanto de orden académico, como de estrato popular. Organizar festivales, encuentros, semanas culturales, espectáculos puntuales. Atender socio-económicamente a creadores, cultores, compositores, intérpretes y artistas en general. Esta plataforma está conformada por: 1. Instituto de la Artes Escénicas y Musicales. 2. Fundación Vicente Emilio Sojo. 3. Fundación Casa del Artista. 4. Compañía Nacional de Teatro. 5. Compañía Nacional de Música. 6. Compañía Nacional de Danza. 7. Centro de la diversidad cultural.

5) Artes de Imagen y espacio: Esta plataforma fue creada con el fin de dirigir, hacer seguimiento y orientar las políticas referidas a las artes de la imagen y el espacio, así como del patrimonio cultural de la nación y, en consecuencia, difundir las áreas relacionadas a las artes visuales como el diseño, la fotografía, la artesanía, la escultura, la pintura y la arquitectura. Entre sus instituciones está: Instituto de las Artes de la Imagen y el Espacio; Fundación Red de Arte; Fundación Museos Nacionales.

Estas son de las principales instituciones que promueven la cultura nacional, en el cual se encuentra un mundo laboral, pero también es importante conocer algunas leyes, que están relacionadas con nuestra labor, y es importante mencionarlas, entre ellas están: Ley de protección social del Artista y el cultor popular La presente Ley tiene por objeto garantizar la protección social integral del artista y cultor nacional en su condición de trabajador cultural, conjuntamente con el poder popular y demás sujetos de naturaleza pública y privada del quehacer cultural en sus diversas manifestaciones y disciplinas artísticas. La ley consta de 34 artículos que fueron sometidos a la consideración de la comunidad cultural nacional, en nueve estados. Con la aprobación de esta Ley Orgánica se avanza en las reivindicaciones de este sector de la población dedicada al mundo cultural.

Ley Orgánica de Cultura La cultura, en tanto derecho humano, requiere de políticas de gestión pública traducidas en trabajo dinámico y constante, en cada uno de los estados, distritos, dependencias federales, territorios federales, municipios, parroquias y demás entidades locales. Para ello, se debe asignar un presupuesto anual acorde con las exigencias culturales, una inversión progresiva del producto interno bruto, orientado a consolidar los recursos financieros necesarios para el desarrollo cultural de la Nación, destinados a infraestructura, equipamiento, planificación, investigación, formación, difusión, promoción y conservación, garantizando la sostenibilidad de los planes, proyectos y programas culturales en el marco de lo establecido en esta Ley

Ley de protección para el músico

Con la creación de la Ley de Protección para el Músico, dirigida al Profesional de la música que da esparcimiento, alegría, felicidad y bienestar a toda una población, enmarcado en el desarrollo humano, sin distingos de edad, sexo, religión, ni condición social, se le daría categoría de Trabajador y sería protegido por el Estado, a través de un Sistema de Seguridad Social confiable, que lo dignifique y le brinde el acceso a todos los beneficios que en forma directa reciben los trabajadores, amparados por la Ley Orgánica del Trabajo, y no en forma supletoria como en el actualidad se señala en el Capítulo VIII, de la Ley del Trabajo, bajo el aparte “Del Trabajo de los Actores, Músicos, Folkloristas y demás trabajadores Intelectuales y Culturales”, que reza en su artículo 374: “Artículo 374: El Ejecutivo Nacional, en el reglamento de esta ley o por Resolución del Ministerio del ramo, establecerá las condiciones y modalidades especiales para la protección de los actores, músicos, folkloristas y demás trabajadores intelectuales y culturales en razón de su especialidad”. En conclusión, todas estas leyes e instituciones rigen y apoyan la cultura en Venezuela, brindando quizás oportunidades de trabajo y espacios propicios para el desarrollo del artista en todas sus facetas. Existe una ley de músico para ingresar al sistema de seguros social, ya que se considera al músico como un trabajador. Es deber de nosotros conocer las leyes y defender nuestros derechos.

Referencias 

http://www.vtv.gob.ve/articulos/2014/10/21/asamblea-nacional-aprobo-ley-para-la-



proteccion-social-integral-al-artista-y-cultor-8439.html http://www.mincultura.gob.ve/ http://www.oei.es/cultura/pdf/Venezuela.pdf