Ensayo Orden Interno

Ensayo de ORDEN INTERNO 1 República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Defensa Viceminister

Views 85 Downloads 0 File size 121KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Ensayo de ORDEN INTERNO

1

República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Defensa Viceministerio de Educación para la Defensa Universidad Militar Bolivariana de Venezuela Centro de Estudios Polemólogicos y Estratégicos Instituto de Estudios Estratégicos Operacionales de la F.A.N.B. “Libertador Simón Bolívar”

ENSAYO ANALIZAR LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE CONSAGRADA EN CRBV

CNEL. CÉSAR ENRIQUE MORALES MARTÍNEZ Maestría en Planificación y Conducción de Operaciones Militares 19 DE OCTUBRE DE 2020

Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690

Ensayo de ORDEN INTERNO

2

ANÁLISIS DE LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE CONSAGRADA EN CRBV El orden interno es una situación de paz, es decir, que se fundamenta en la necesidad de mantener la paz entre los ciudadanos y el funcionamiento de la gobernabilidad y la gobernanza de un estado, variables que se argumentarán como supremos e indispensables, para la sobrevivencia de un estado de la cual se trate. Es común ver que ha existido una confusión de este término de orden interno con el de orden público y existe una clara y marcada diferencia de ello, ya que el primero contiene al segundo, el orden público está referido a perturbaciones locales que afecten la vida ciudadana y nada tiene que hacer con la vida privada de las personas, a menos que esta vida privada desborde los cauces normales y afecte la vida y normal desarrollo de otros ciudadanos El orden interno de acuerdo a la Constitución Bolivariana de Venezuela, puede definirse como un estatus, es decir, un determinado estado de organización institucional, que permite al estado y a los ciudadanos la consecución de sus objetivos nacionales. El Artículo 23 de la CRBV (1999), establece lo siguiente: los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta constitución y la ley de la república, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del poder público.” El análisis artículo antes citado, está referido directamente con los derechos humanos, de lo cual, todos los actos administrativos que en esa materia sean promulgados en el contexto internacional en la que Venezuela sea miembro o signatario, serán acatados por las instituciones con competencia en la materia y su carácter de prevalecer en el orden interno, constituye una disposición que va directamente relacionada con el hecho de que dicho término, involucra a todos los poderes del Estado y de esta forma se consolida que el responsable del mantenimiento del orden interno, en esa materia son las instituciones tribunalicias como parte Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690

Ensayo de ORDEN INTERNO

3

del poder judicial. Es importante señalar que nuestra CRV, es una ley garantista de los derechos humanos. Por ello, en el caso de que un tratado internacional suscrito y ratificado por Venezuela reconozca y garantice un determinado derecho humano, en forma más amplia y favorable que la Constitución, prevalece en todo caso el instrumento internacional y debe ser aplicado en forma preferente, directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado. El otro artículo a considerar es el 328 que textualmente expresa: La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el estado para garantizar la independencia y soberanía de la nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta constitución y la ley, en el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna; sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. la fuerza armada nacional está integrada por el ejército, la armada, la aviación y la guardia nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica. Analizando este artículo, se realizará de acuerdo a la definición del alcance del término orden interno que establece la constitución, y en lo que respecta a la organización de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, considerando su participación en el mantenimiento del orden interno, para garantizar la independencia, la soberanía de la nación y asegurando la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, acción propia del estamento militar, debido a ello, la acción que le corresponde a la fuerza armada como institución del Estado, se circunscribe en el mantenimiento del orden interno, a través de la defensa militar, que dentro del contexto de la relación con la sociedad política, la Fuerza Armada Nacional Bolivariana se ubica en el eje de la vanguardia, cuyo propósito está en primer término, a la protección de las Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690

Ensayo de ORDEN INTERNO

4

amenazas que atenten contra la independencia y soberanía de la nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, sin embargo, la seguridad y defensa de la nación se fundamente bajo el principio de corresponsabilidad, si bien es cierto, que la FANB, es un pilar fundamental en el mantenimiento del orden interno, no se debe dejar entendido que el resto de las instituciones del estados en materia de seguridad, así como, de todos y cada uno de los venezolanos, somos responsables y participantes en el mantenimiento del orden interno. Otro artículo donde se menciona el orden interno es el artículo 329, que establece lo siguiente: “El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la nación. La Guardia Nacional cooperará en el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley.” Este artículo es una ampliación del artículo 328 y en él se establecen cada una de las responsabilidades de los componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en lo que a planificación, ejecución y control se refiere a las operaciones militares, responsabilidad que recae en el Ejército Bolivariano, Armada Bolivariana y Aviación Bolivariana; y la Guardia Nacional Bolivariana cooperará en dichas operaciones teniendo como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país, todo ello no significa taxativamente que este componente será el único que realizará este tipo de operaciones, ya que en el artículo anteriormente analizado dicha responsabilidad es también de los demás componentes y como ya hemos mencionado se basa bajo el principio de corresponsabilidad. Realizando un análisis en cuanto al marco establecido en los artículos 328 y 329, apreciamos que en el contexto de lo referido a la institución armada de Venezuela, se le delimitan claramente las responsabilidades en las cuales los componentes tradicionales Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690

Ensayo de ORDEN INTERNO

5

(terrestre, naval y aéreo), consolidan su función básica de defensa militar, pero de igual forma se establece una responsabilidad de apoyo de otro componente, el cual interactúa en el contexto de dos roles y cuya actividad básica se enmarca en proporcionar el apoyo a las instituciones del estado que demanden una especificidad de apoyo para el mantenimiento del orden interno del Estado, cuya tarea le es encomendada a la Fuerza Armada Nacional como un todo, de lo cual este componente de la Guardia Nacional Bolivariana tiene como responsabilidad básica atenderlo a través de la cooperación, una vez los organismos de seguridad del estado han sido rebasados. En la exposición de motivos de la constitución de la república, capítulo III de la fuerza armada nacional, publicada el 24 de marzo de 2000, se establece que: “Como responsabilidad de los órganos que integran la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional Bolivariana cooperará con el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del Orden Interno del país, considerado este como el estado en el cual se administra la justicia, se consolidan los valores de libertad, democracia, independencia, paz, convivencia e imperio de la constitución y la ley” Aquí se considera al orden interno dentro del ámbito de las responsabilidades propias de la Guardia Nacional Bolivariana, pero no desde una óptica general del estado sino como parte de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y a las funciones que constituyen su génesis, la cual se basa en el apoyo al sector civil de la administración pública con el cumplimiento de funciones de policía administrativa especial. Finalmente, en lo que respecta al Orden Interno el Estado, tiene la obligatoria necesidad de responder a la defensa de los derechos y garantías que exprese la Carta Magna y a aquellos otros derechos inherentes a la persona humana, así no sean recogidos por el Derecho Positivo. Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690

Ensayo de ORDEN INTERNO

6

Actualmente el estado venezolano, desde el punto de vista de orden interno, ha sufrido intentos por desestabilizar la situación de paz, es por ello que el estado venezolano en un trabajo en conjunto con sus instituciones, organismos de seguridad y teniendo como actor principal la FANB, han unidos esfuerzos en mantener y garantizar el orden interno en país. Hasta la fecha podemos decir que aun no ha habido desestabilización del orden interno, las políticas del estado han estado acorde con las situaciones, dando respuesta oportunidad y garantizando la paz entre los ciudadanos, inclusive con la situación actual de estando de alarma en el sector salud, el estado ha logrado mantener estabilidad económica y de sus instituciones, así como un control de las medidas sanitarias. Considero importante entender que el orden público, entendido como elemento local y aislado, puede ser un elemento eficaz al momento de afectar el orden interno y mas aún si consideramos hechos varios de alteración del orden público equidistantes, focalizados y descentralizados, que sumados en un todo pueden ser usados para alterar el orden interno de un país..

Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690

Ensayo de ORDEN INTERNO

7 CONCLUSIONES

Del presente ensayo se obtienes las siguientes conclusiones referidas al análisis de la CRBV en materia de orden interno: 1. Son fuentes en la protección de los derechos humanos a la Constitución, a los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia, y a las leyes que los desarrollen. Con el objeto de reforzar la protección de los referidos derechos se establece que los tratados, pactos y convenciones internacionales en esta materia, suscritos y ratificados por Venezuela, prevalecen en el orden interno en la medida en que contengan normas sobre el goce y ejercicio de los derechos humanos más favorables a las contenidas en la Constitución 2. Se establece como responsabilidad de los órganos que integran la Fuerza Armada Nacional, la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. En todo caso, la Guardia Nacional cooperará en el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país

Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690

Ensayo de ORDEN INTERNO

8 BIBLIOGRAFÍA

Material de Apoyo Defensa Integral de la Nación. (20 de julio de 2017). El orden interno en la Constitución

Nacional

de

la

República

Bolivariana

de

Venezuela.

https://materialdeapoyodefensaintegralunefa.blogspot.com/2017/07/el-orden-interno-enla-constitucion.html Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (30 de diciembre de 1.999). Gaceta Oficial N° 36.860 Exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (Febrero 2009). Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.908

Coronel César Enrique Morales Martínez

C.I. 12.995.690