Ensayo Desempleo en Guatemala

En Guatemala el contrato de trabajo se entiende como el vínculo mediante el cual el trabajador se obliga a prestar al em

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En Guatemala el contrato de trabajo se entiende como el vínculo mediante el cual el trabajador se obliga a prestar al empleador, sus servicios o la ejecución de una obra, personalmente bajo su dependencia continuada y dirección inmediata, a cambio de una retribución. Aunque contrato y relación de trabajo se usan como si fuera la misma cosa, el vínculo legal del acuerdo entre trabajador y patrono en el que, el trabajador acepta ser empleado al servicio de un patrono determinado, se formaliza en el contrato de trabajo. El término "relación" corresponde a la realidad que, después de celebrado el contrato, se presenta en la práctica de las condiciones y contenido que, a través del tiempo, forman el conjunto de derechos y obligaciones que se dan entre las partes. Es indispensable que el empleador extienda al trabajador una tarjeta o constancia a donde indique la fecha de inicio, salario estipulado y el número de días, jornada trabajada, tareas y obras realizadas. La jornada laboral se establece según número de horas y si se trabaja de día o de noche. Existen tres tipos de jornada: jornada diurna: 8 horas diarias y 44 horas semanales, jornada mixta: 7 horas diarias y 42 horas semanales y jornada nocturna: 6 horas diarias y 36 horas semanales. Con respecto al salario, en Guatemala se establece que debe ser pagado en quetzales y tomando en cuenta las actividades económicas. Para el año 2018 se establece como salario mínimo:

ACTIVIDADES ECONÓMICAS

NO

HORA DIURNA ORDINARIA

HORA ORDINARIA JORNADA MIXTA

HORA ORDINARIA NOCTURNA

SALARIO

SALARIO

BONIFICACIÓN

SALARIO

DIARIO

MENSUAL

INCENTIVO

TOTAL

Q.11.27

Q.12.88

Q.15.03

Q.90.16 Q.2,742.37

Q.250.00

Q.2,992.37

AGRÍCOLAS

Q.11.27

Q.12.88

Q.15.03

Q.90.16 Q.2,742.37

Q.250.00

Q.2,992.37

EXPORTADORA

Q.10.30

Q.11.78

Q.13.74

Q.82.46 Q.2,508.16

Q.250.00

Q.2,758.16

AGRÍCOLAS

Y DE MAQUILA

En lo que respecta a las vacaciones, todo trabajador sin excepción tiene derecho a vacaciones pagadas, después de cada año de trabajo continuo al servicio de un mismo empleador, cuya duración mínima es de 15 días hábiles. El importe de este salario debe cubrirse por anticipado (Artículo 130 y 134 del Código de Trabajo). De la concesión de vacaciones se debe dejar constancia por escrito. (Artículo 137 del Código de Trabajo). Por último, para formar un sindicato de trabajadores, se requiere el consentimiento de por lo menos 20 o más trabajadores y para formar un sindicato de empleadores, se necesita un mínimo de 5 empleadores. (Artículo 216 del Código de Trabajo). Los trabajadores no podrán ser despedidos por participar en la formación de un sindicato, debiendo gozar de este derecho a partir del momento en que den aviso por cualquier medio escrito a la Inspección General de Trabajo. (Artículos 102, literal q. de la Constitución Política de la República y 209 del Código de Trabajo).

Otro elemento importante de destacar es que en Guatemala todas las personas extranjeras que quieran trabajar en el país deben contar con un permiso de trabajo. El permiso lo otorga el Ministerio de Trabajo y Previsión Social para trabajar en relación de dependencia, prestando sus servicios a un empleador del sector privado. El trámite de autorización de permisos de trabajo para extranjeros será realizado por la Dirección General de Empleo. La solicitud de autorización de trabajo de extranjeros debe presentarse por el empleador interesado, en forma escrita, directamente a la Dirección General de Empleo. En el país unas 180 mil personas están desempleadas, el equivalente al 3 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA), pero la informalidad alcanza el 70 por ciento de este segmento, explicó la funcionaria internacional Valérie Julliand, coordinadora residente de Naciones Unidas. En Guatemala el 95 por ciento de las personas con discapacidad carecen de un empleo y el trabajo doméstico es asumido en su mayoría por mujeres a las que se les paga Q500, Q700 y Q1,500 mensuales, lo cual es muy por debajo del salario mínimo Otro problema es que el costo de la canasta básica es superior al salario mínimo. En la actualidad se calcula en Q3 mil 500 cuando las personas ganan Q2 mil 900. Guatemala tiene una tasa de desempleo promedio del 2.7% entre jóvenes de 16 a 24 años a nivel nacional; según informe realizado por la Organización Internacional del Trabajo. La Encuesta Nacional de Juventud (ENJU) muestra que la edad promedio en la que los jóvenes inician laboralmente es de 16 años. También indica que el 35% consigue su primer trabajo por medio de un amigo y 25% gracias a un familiar. El 3% posee un negocio propio y solo el 2.5% consiguen el empleo por anuncios en periódicos. Según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la Población Económicamente Activa (PEA) del país es de 6.3 millones. La población desempleada es de 190,348, es decir el 3.1% de la PEA. Del total de desempleados el 46% son hombres y el 54% son mujeres. Todo esto es causado por los alarmantes índices de desnutrición y baja productividad por no mencionar la baja calidad de educación que se imparte en los centros de estudio.

Fuentes Consultadas: http://empleocard.info/guatemala/condiciones-de-trabajo https://elperiodico.com.gt/nacion/2015/12/16/informe-revela-condiciones-laborales-enguatemala/ https://republica.gt/2017/05/09/el-desempleo-en-guatemala/

Oral 0-1 Anal 1-3 Fálica 3-6 Latencia 6-12 Genital 12 Sensoriomotriz 0-2 Preoperacional 2-7 Operaciones Concretas 7-12 Operaciones Formales 12 Confianza vs Desconfianza Autonomía vs Vergüenza y duda 18-3 Iniciativa vs Culpa 3-5 Laboriosidad vs Inferioridad 6-12 Identidad vs Difusión de Identidad adolescencia Intimidad vs Aislamiento 20-40 Generatividad frente al Estancamiento 40-60 Integridad vs Desesperación 60