El Derecho Del Trabajo en El Peru

EL DERECHO DEL TRABAJO EN EL PERU EN LA PERSPECTIVA DEL "MUNDO GLOBALIZADO" Por: Pascual Luza Centeno.(*) Para comenzar

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EL DERECHO DEL TRABAJO EN EL PERU EN LA PERSPECTIVA DEL "MUNDO GLOBALIZADO" Por: Pascual Luza Centeno.(*) Para comenzar el análisis de este tema conviene precisar que las relaciones laborales, como cualquier otra forma de interacción humana, se desarrollan en el contexto de una realidad social concreta. Así, las relaciones de trabajo en la época industrial se caracterizaron por un conjunto de condiciones concretas que las determinaron y lo propio ocurre en los tiempos actuales caracterizados por la turbulencia y la indeterminación. Es posible afirmar con relativa consistencia que nuestro tiempo se caracteriza por una explosiva presencia de la ciencia y la tecnología en casi todos los sectores de la vida social, desde el punto de vista de la producción esto se ha traducido en lo que se ha venido en denominar la GLOBALIZACION DE LA PRODUCCION, tal fenómeno consiste en que las corporaciones empresariales instalan unidades de producción en diferentes localidades de la "aldea global" (término acuñado por Mc Luhan), así, se puede producir una parte de los elementos del producto final en Brasil, otra en Singapur, otra en Malasia y quizás otra en México o Perú. La elección de cada una de estas localidades se hace en virtud de las ventajas comparativas y a veces competitivas que cada una de ellas ofrece. Paralelamente, se ha desarrollado la denominada GLOBALIZACIÓN FINANCIERA con un marcado sesgo especulativo que asume incluso formas depredadoras, esta forma de globalización hace que los capitales se puedan mover con enorme rapidez a lo largo y ancho del mundo buscando oportunidades de reproducción (ganancia) en el más breve plazo posible. Así pues, la conjugación de estas dos formas de globalización, marcan el actual estado de las relaciones laborales caracterizada entre otras cosas por el acortamiento de los plazos de su duración y por una creciente brecha entre la demanda y la oferta de mano de obra. Lo expuesto en el párrafo precedente tiene a su vez consecuencias distintas en los distintos bloques de naciones en que se ha organizado el mundo. Así, las consecuencias más perversas e inhumanas se pueden distinguir en los denominados países periféricos en que la población económicamente activa tiene empleo adecuado en un porcentaje que en promedio no excede el 27% mientras el restante 73% se distribuye entre el subempleo y el desempleo abierto. El caso de los denominados países desarrollados implica una problemática distinta, pues aunque también se pueden distinguir repercusiones en el índice de empleo, han logrado desarrollar sistemas de protección social que resuelven las necesidades de subsistencia de sus habitantes. Sin embargo, los estudios antropológicos y psicológicos han esclarecido que el trabajo, además de constituir la fuente principal generadora de riqueza, es por excelencia, el medio que le permite al hombre alcanzar adecuados niveles de realización en su desarrollo personal, familiar y social, a la vez que asegura el ejercicio pleno de sus potencialidades físicas, intelectivas, creativas y afectivas, por lo que no se lo debe valorar únicamente como un medio de subsistencia sino principalmente como un medio de realización humana. Consecuentemente, es deseable que los individuos, al igual que las sociedades, puedan dedicarse al desarrollo de un plan o proyecto de vida, para tal fin requieren planificar su desarrollo en los diversos campos; así, los individuos requieren constituir en el nivel subjetivo un proyecto de vida por el cual luchar. En este proyecto de vida, el desarrollo de una actividad que le asegure los medios para solventar sus necesidades, en otras palabras, el trabajo, constituye el eje fundamental, el elemento organizador de la existencia personal y social, motivo por el cual, ordinariamente, el trabajo debe tener una proyección en el largo plazo. Cuando esto no es viable, la vida individual se precariza y, consecuentemente, se precariza la vida en sociedad

y finalmente, si esta condición se generaliza, se precariza la vida de la sociedad toda. Esta constatación, nos permite afirmar que el empleo pleno constituye un factor que contribuye al logro de una vida en sociedad productiva y satisfactoria y asegura así la salud social. Lo dicho hasta aquí, permite entender porqué la población de los países desarrollados que ha sido alcanzada por las consecuencias indeseables del actual proceso de globalización, sea la más beligerante en su lucha contra este fenómeno, se trata pues de las expresiones del "malestar de quienes han conocido el bienestar". Así pues las más contundentes expresiones del movimiento llamado "antiglobal" han tenido lugar en la ciudad de Seatle con ocasión de la ya lejana reunión la Organización Mundial de Comercio(OMC) y más recientemente en la ciudad de Génova con motivo de la reunión del Grupo de los 8(G8) que congrega a los 7 países más desarrollados económica e industrialmente y a Rusia, reunión ante la cual, manifestantes de diverso cuño han expresado su reclamo de condiciones de interacción que los incorpore como actores de su propio destino. En el caso del Perú y con cierta similitud con lo que ha ocurrido en los demás países vecinos, se ha reducido significativamente el flujo de capitales de largo plazo. En este panorama, tanto los representantes de los sectores oligopólicos como los sectores de la clase política y del mundo académico nativo vinculados históricamente a los intereses de la oligarquía financiera, postularon la necesidad de la "flexibilización de la legislación laboral" como supuesto mecanismo promotor para el crecimiento del empleo. El proyecto autocrático llevado a cabo en el Perú en la última década, haciendo suyo este planteamiento, ejecutó una drástica "desrregulación" laboral que se puede sintetizar en lo siguiente: se consagró a nivel constitucional (estatuto aprobado el año 1993) el despido arbitrario de los trabajadores con la sola obligación de indemnizarlos con un monto no mayor de doce remuneraciones mensuales; se establecieron hasta nueve formas de contratos de trabajo a los que se les denominó "contratos de trabajo sujetos a modalidad" con los cuales se puede contratar trabajadores a plazo determinado por hasta tres y cinco años; se estableció hasta tres modalidades por las que el empleador puede contratar la capacidad de trabajo de los jóvenes por períodos que se podían extender hasta los tres años, sin reconocerles ningún tipo de beneficio laboral al no considerarlos trabajadores (Programas de Formación Laboral Juvenil, Prácticas Preprofesionales, Contratos de Aprendizaje); se conculcaron derechos laborales como la Bonificación por Tiempo de Servicios que los trabajadores peruanos habían conseguido a través de la negociación colectiva, dicha vulneración fue a través de una norma denominada Ley de Consolidación de Beneficios Sociales; se modificó la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo exonerando al Estado de su participación en esta materia con lo que los Convenios Colectivos de Trabajo han quedado prácticamente sin vigencia al no arribar las partes a acuerdos debido que los empleadores (la parte más fuerte en la relación laboral), al tener ahora todas las atribuciones para decidir unilateralmente las condiciones de trabajo, no han tenido mayor interés en concordar sus intereses con las de los trabajadores, eliminándose en la práctica el derecho de huelga y de negociación colectiva, de esta manera la vida sindical ha quedado drásticamente debilitada y mediatizada. Además de lo señalado hasta aquí, se redujo el plazo de prescripción para la reclamación de los derechos laborales de quince años a dos años, plazo que luego (principalmente debido a sus funestas consecuencias) se amplió a tres años y recientemente a cuatro. Todas las medidas descritas líneas arriba fueron impuestas con el argumento de que permitirían el crecimiento del empleo. Casi diez años después de esta llamada "flexibilización laboral" se puede constatar que el nivel del empleo en el Perú ha decrecido dramáticamente y que, además, el muy reducido empleo que subsiste tiene menores mecanismos de protección.

Visto el panorama actual del trabajo en el Perú conviene preguntarse cuales han sido los intereses que en los últimos años han estado representados en el Estado. Esta revisión nos permite afirmar que la representación de los intereses de la clase trabajadora ha estado ausente al tiempo que, los intereses del capital tanto nativo como foráneo han tenido preponderante presencia directa y activa. Este nivel de análisis resulta indispensable, pues, como es sabido, el Estado y los procesos políticos que subyacen en su composición constituyen la fuente material generadora de Derecho, por lo que, los trabajadores deberán reasumir su tarea ineludible de forjar y/o incorporarse en proyectos políticos que aseguren la defensa de sus intereses y derechos, pues, conforme se puede apreciar al revisar la historia de las más importantes conquistas laborales, éstas han sido conseguidas cuando los trabajadores han confrontado sus intereses con los de los patrones, siendo las normas laborales sólo una expresión formal de esta correlación de fuerzas. (*)El Dr. Pascual Luza Centeno es Abogado Laboralista, miembro del Consejo Académico de ATTAC PERU, Profesor Universitario y Asesor de la Central de Despedidos y Desempleados del Perú- e-mail: [email protected]

UNIVERSIDAD DE LIMA Director del Instituto de Economía Social de Mercado: Víctor García Toma

Practicantes: Yorry Warthon Cortez, Lidser Panduro Vela. Teléfono: 437 67 67 Anexo: 30161