El Conflicto Latente No Se Ha Manifestado

CUADRO COMPARATIVO REGIMENES FISCALES Tipo de Régimen Rif Repecos Concepto Declara ción Vige nte Contabilidad Mí

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CUADRO COMPARATIVO REGIMENES FISCALES

Tipo de Régimen

Rif

Repecos

Concepto

Declara ción

Vige nte

Contabilidad

Míni Máximo mo de de Ingreso Ingre so

Esté régimen está dirigido a las personas físicas con actividad empresarial que vendan o presten servicios al público en general, y que para ello no requieran un título profesional.

Bimestral / Anual

Si

Electrónica y Libro de Registros

$0.00

$2¨000,000

Las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, y que únicamente enajenen bienes o presten servicios al público en general

Bimestrales

No

Informal y atraves de medios Electrónicos

$0.00

$2´000,000

Obligaciones

Ventajas

Desventajas

*RFC *Conservar comprobantes *Registrar en los medios o sistemas electrónicos a que se refiere el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, los ingresos, egresos. *Entregar a sus clientes comprobantes fiscales

*No se pagan impuestos durante el primer año *Oportunidad de reducir los impuestos a pagar al poder deducir diferentes pagos. *Emitir facturas electrónicas *Cobrar con terminales bancarias

*Registro de ingresos diarios *Emitir Nota de Ventas *Presentar declaraciones de impuestos bimestrales ante las Entidades Federativas que tengan Convenios de Coordinación de Administración de dicho impuesto

*No facturar. *No presentar declaración anual. *Registro de ingresos. *Separación de coeficientes de valor agregado. *Declaración informativa anual. *Expedición de notas de venta por operaciones por montos hasta de $100.00. *Exención del IVA para enajenación de locales comerciales.

*Obligación de informar ingresos y egresos. Porque en caso de no hacerlo, estarán obligados a ´ pagar 100% del ISR. *Excepciones para tributar en el RIF. Socios de cooperativas, los contribuyentes que se dediquen a actividades de pesca, agricultura, silvicultura y ganadería *Informalidad en carga Fiscal *Los pequeños contribuyentes (En su mayoría) desconocen los procesos de impuestos que deberían pagarse *Insuficiente ingreso para brindar información clara a través de un contador

Impu estos

Tiempo de declaració n

*ISR

30 de abril siguiente de cada año fiscal

*IVA

30 de abril siguiente de cada año fiscal

*ISR *IETU

CUADRO COMPARATIVO REGIMENES FISCALES Actividad Empresar ial

Quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos).

Mensual/Anu al

Intermed io

Para los contribuyentes personas físicas que realizaban exclusivamente actividades empresariales (es decir, no aplicaba a quienes obtienen ingresos por honorarios y en general, por la prestación de un servicio personal independiente), cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4 000 000.00.

Bimestral / Anual

Si

Si

Al no generar ingresos superiores a los dos millones de pesos, podrá solamente registrar ingresos, gastos e inversiones

$0.00

Electronica y por montos mayores a $1´750,000 en un ejercicio es necesario puede usarse máquina de comprobación Fiscal

$0.00

No existe Limite

$4´000,000

* Inscripción y actualización en el RFC *Expedir facturas que incluyan el sello digital del SAT para que puedan deducir y acreditar fiscalmente * Al no generar ingresos superiores a los dos millones de pesos, podrás solamente registrar tus ingresos, gastos e inversiones

* No existen gastos de constitución o notariales para iniciar actividades. *No tienen la obligación de contar con cuentas de obligación fiscal de CUFIN (Cuenta de Utilidad Fiscal Neta) y CUCA(Cuenta de Capital de Aportación). *En actividades del sector primario existe el beneficio de la reducción del Impuesto sobre la Renta. *No se tienen limitantes para retirar las utilidades. *Se deducen las Compras y no el Costo de Ventas.

*Obligación de informar ingresos y egresos. Porque en caso de no hacerlo, estarán obligados a ´ pagar 100% del ISR *Llevar contabilidad conforme a las normas de información financiera (NIF), así como del Código de Comercio. *Excepciones para tributar en el RIF *

*ISR

*Estar inscritos en el RFC *Llevar la contabilidad de la misma forma que las personas físicas con actividad empresarial sin tener la obligación de presentar una declaración anual. *Tampoco sería necesario contar con Estados Financieros pero tenían que llevar una contabilidad simplificada en un solo libro de ingresos y egresos. *Realizar pagos mensuales estatales aplicando la tasa del 5% a la cantidad que resulte de restar a los ingresos obtenidos en un periodo las deducciones autorizadas. *Aquellos que sus ingresos fueran mayores a 1´750,000.00 pesos en un ejercicio estaban obligados a llevar contabilidad en máquinas de comprobación fiscal o en medios electrónicos.

*Llevar un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones *Cuando vendan en parcialidades en lugar de expedir un comprobante por cada una de las parcialidades que reciban, podrán anotar el importe que les paguen correspondiente a cada parcialidad en el reverso del comprobante. *No presentarán declaración de préstamos del extranjero, retenciones de ISR, pagos al extranjero y donativos otorgados a través de medios electrónicos. *Y no estarán obligados a obtener y conservar la documentación de las operaciones con partes relacionadas en el extranjero.

*Dejo de Existir en el año 2014

*ISR

*IVA *IETU

*IVA *Pagos Mensuales Estatales *Uso de Maquinas Fiscales *Límite de ingresos

30 de abril siguiente de cada año fiscal

*IETU

30 de abril siguiente de cada año fiscal

CUADRO COMPARATIVO REGIMENES FISCALES Sueldos y Salarios

Las personas físicas que perciben salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo

Anual

Si

No Necesitan de un contador

Salario Minimo

$400,000

Estas obligado a presentar tu Declaración Anual si obtuviste ingresos: *De dos o más patrones de manera simultánea, o dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre. *De empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso organismos internacionales. * Ingresos mayores a 400,000 pesos.

*Posibilidad de solicitar su devolución del excedente de Impuesto Sobre la Renta que se le retuvo durante el año. *Deducciones de gastos anuales *No necesitan un contador. *Solo paga ISR que es retenido por su patrón

Aquellos que además de recibir un salario por parte de un patrón tengan ingresos por honorarios, arrendamiento o tengan otro patrón o recibieron intereses mayores a 20 mil pesos de alguna cuenta o instrumento de inversión están obligados a presentar declaración.

*ISR *IVA

30 de abril siguiente de cada año fiscal.

Arrenda miento

Las personas que obtengan ingresos por otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como son: casas habitación; departamentos habitacionales; edificios; locales comerciales, bodegas, entre otros.

Mensual/ Trimestral/ Anua

Si

Electrónica

-----

------

*Emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios *Solicita factura por las compras que realices, y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales

Deducible el Gasto Predial, Mantenimiento, Intereses reales pagados por préstamos, Salarios y comisiones por Honorarios Pagados, En importe de las primas de seguros y las inversiones en construcciones

*ISR

17 dias Despues del siguiente mes que declaras.

Remuneración que recibe un profesionista o trabajador independiente que es contratado temporalmente, lo cual no implica pago de cuotas de tipo sindical, ni prestaciones por parte del derecho de antigüedad, al IMSS o ISSSTE.

dentro de los primeros Doce día del mes siguiente al de la Retención atreves del Formulario 29 de Declaración mensual y pago simultaneo

. *Se deberá efectuar la retención del impuesto sobre la renta cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de subsidio para el empleo.

*Pagas muy poco impuesto o casi nada ya que puedes deducir gasolina, servicios, renta, compras de oficina, auto etc. *Puedes hacer trabajos para varias compañías, y cobrarlos bien ya que no estas comprometida con una sola empresa.

Uno de los principales problemas del régimen de arrendamiento de inmuebles es la evasión fiscal, Ley del ISR obliga al arrendador a entregar comprobantes fiscales a los inquilinos por los ingresos derivados del arrendamiento de inmuebles *Requieres un contador -*No tienes prestaciones

Honorari os

Si

Electrónica / Manual

Mínimo de Ingresos

Máximo de Ingresos

*Expedir constancias. Si tienes trabajadores debes entregarles constancia de las percepciones que les pagaste y las retenciones que les efectuaste, a más tardar en el mes de febrero de cada año. *Calcular en la Declaración Anual del impuesto sobre la renta, la participación de los trabajadores en las

*Aportas solo el 10% *Solo puedes declarar bajo un formulario especial del SAT

*IVA *PREDIA L

*ISR *IVA *IETU

Cada que se emita un servicio y exista remuneración

CUADRO COMPARATIVO REGIMENES FISCALES utilidades de la empresa (PTU)