Ejemplo Protocolo Administrativo

Versión 2 PROTOCOLO EMISION CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN Elaboración Agosto 201X 1.- OBJETIVO: Establecer los pasos necesa

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Versión 2 PROTOCOLO EMISION CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN

Elaboración Agosto 201X

1.- OBJETIVO: Establecer los pasos necesarios para la elaboración, distribución, registro y emisión del Certificado de Defunción de internos fallecidos en el ASA por enfermedad diagnosticada u otro tipo de muerte Además de establecer las responsabilidades de cada una de las partes que intervienen en el proceso y así garantizar la emisión del mismo en forma oportuna.

2.- CONCEPTO DEL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN: Es el documento sanitario, médico legal de uso estadístico requerido por el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y el Servicio Electoral (SERVEL). 3.- FORMULARIO UTILIZADO: Certificado de Defunción entregado por el Registro Civil e Identificación para ser emitido por quien corresponda. 4.- PROCEDIMIENTO: A. Corresponde a las Unidades de Salud de los Centros Penitenciarios del XXXX, otorgar certificados de defunción de un interno cuando la persona ha fallecido en la unidad de Salud del Establecimiento Penitenciario del XXX por enfermedad terminal o causa conocida. B. Durante la primera media hora de ocurrido el fallecimiento de un interno, la Sociedad Concesionaria enviará por correo electrónico hacia la Inspección Técnica de Explotación y Gendarmería un “informe resumido” el cual deber deberá contener información breve y relevante sobre de lo sucedido. Dicho informe deberá contener nombre y Rut del interno, hora de fallecimiento y causa de muerte. Lo anterior, permitirá que la ITE y Gendarmería esté informada de la situación a pocos minutos de haber ocurrido el fallecimiento y obtener información fidedigna enviada directamente de un profesional de salud. C. Durante el horario hábil el certificado será emitido por el médico tratante entendiendo como tal al que atendió al paciente en la enfermedad que le ocasionó la muerte. Protocolo Emisión certificado de defunción. Área de Salud Establecimientos Penitenciarios XXXX Agosto de 2014.

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D. Durante horario no hábil el certificado lo emitirá el médico de turno a fin de cumplir los plazos que establece el código sanitario para el retiro de cadáveres desde los centros hospitalarios (2 horas) E. El médico del ASA entregará el Certificado de Defunción Original a Gendarmería, dejando una copia archivada en la ficha clínica del paciente fallecido. F. NO corresponde a los profesionales de las Unidades de Salud de los Establecimientos Penitenciarios del Grupo 3, emitir Certificado de Defunción en los siguientes casos: 1. 2. 3. 4.

Muerte ocurrida dentro de los módulos de reclusión. Muerte ocurrida en la celda del Interno. Muerte por riñas, suicidios y otras causas de muerte violentas o accidentes. Muerte en que no exista certeza de la causa de defunción.

Para los casos anteriores, será Gendarmería quien deberá contactar al Fiscal y solicitar la presencia del Servicio Médico Legal de manera de proceder con la investigación de la causa de muerte y la emisión del Certificado de Defunción respectivo.

Referencia CIRCULAR A 15 /9 16 abril 2008 MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA DEPTO. ASESORIA JURIDICA IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE DEFUNCIÓN Y AUTORIZACIONES PARA TRASLADO DE CADÁVERES

Protocolo Emisión certificado de defunción. Área de Salud Establecimientos Penitenciarios XXXX Agosto de 2014.

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