DIVISION Y PARTICION GEGOLO

EXPEDIENTE : SECRETARIO : ESCRITO DEMANDA : 01 DIVISIÓN Y PARTICIÓN, Y REIVINDICACIÓN SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN

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EXPEDIENTE

:

SECRETARIO

:

ESCRITO DEMANDA

: 01 DIVISIÓN

Y

PARTICIÓN, Y REIVINDICACIÓN SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO: GEGOLO

CONTRATISTAS

SAC,

debidamente

representada por DORA LUCÍA CRIBILLEROS DE GORDILLO, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 17899490, con domicilio real en Manzana B Loe 05 Urbanización La Arboleda, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y con domicilio procesal en Jirón Orbegoso N° 377 – Centro Histórico de Trujillo, y con Casilla Electrónica N° 25602; a Ud. con el debido respeto me presento y expongo lo siguientes:

I.

NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL DEMANDADO: 

LUIS JOEL SÁNCHEZ GÓMEZ, con DNI 72028250, a quien se le deberá notificar en Jirón Los Rubíes N° 522, Urbanización Santa Inés, distrito y provincia de Trujillo y departamento de La Libertad.



TOMÁS VARAS ÁVILA, con DNI 18031168, a quien se le deberá notificar en Kilómetro 21 ½ Carretera a Simbal, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.



GRACIELA LA CHIRA VÁSQUEZ, con DNI 17812704, a quien se le deberá notificar en Kilómetro 21 ½ Carretera a Simbal, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.



VIVIANA ELÍZABETH VARAS LA CHIRA, con DNI 41262665, a quien se le deberá notificar en Kilómetro 21 ½ Carretera a Simbal, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.

II. PETITORIO: Interpongo demanda de DIVISIÓN Y PARTICIÓN, a fin de que se proceda a la misma respecto del bien inmueble ubicado en VALLE DE MOCHE, PREDIO EL BOSQUE, SECTOR EL BOSQUE, UC 222, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de

La Libertad, inscrito en la partida N° 04050667, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° V sede Trujillo, debiendo ordenarse la independización e inscripción correspondiente en los Registros Públicos del porcentaje y área que le pertenece a mi representada. Como pretensión accesoria, demando la REIVINDICACIÓN del bien inmueble que corresponda luego de realizada la división y partición referida, debiendo ordenarse la restitución del mismo a favor de mi representada. Asimismo, solicito el pago de costas y costos procesales. III. FUNDAMENTOS DE HECHO III.1.

Con fecha 09 de noviembre del 2005, mediante Escritura Pública de

compraventa otorgada por ante el Notario Marco Antonio Corcuera García, mi representada adquirió la propiedad de un terreno ubicado dentro de la parcela con UC 00222, del predio El Bosque, Sector El Bosque, Valle de Moche, distrito de Moche, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, porción que tiene las siguientes medidas y linderos: - POR EL FRENTE: Con la Carretera a Simbal con 65.5 metro lineales. - POR EL LADO DERECHO: Con el Lote 9A de propiedad de terceros. - POR EL LADO IZQUIERDO: Con el Lote N° 7 de propiedad de Modesto García y con el Lote N° 6 de propiedad de Tomás Varas Ávila y Graciela La Chira Vásquez, con 61.20 metros lineales. -

POR EL FONDO: Con el cana del riego El Bosque con 56 metros lineales.

El terreno adquirido tiene un área total de 3,200 metros cuadrados, lo que equivale al 47.76% de acciones y derechos, teniendo en consideración que el área total del terreno dentro del cual se encuentra el bien materia de litis es de 6,700m2. III.2.

Ahora bien, cabe mencionar que el bien lo adquirí de doña Lourdes Karim

Zavalaga Ocampo, quien a su vez lo adquirió de Tomás Varas Ávila y Graciela La Chira Vásquez, mediante Escritura Pública

del 07 de setiembre del 2005,

verificándose así el tracto sucesivo de las transferencias y el derecho que me asiste. III.3.

Sucede que, al pretender inscribir mi derecho en el Registro respectivo, mi

solicitud fue rechazada, toda vez que en la Escritura Pública que constituye el título a favor de mi representada, no se ha establecido el porcentaje de acciones y derechos que representa el área transferida, encontrándose mi representada en una situación compleja que requiere de pronunciamiento judicial, ello como expresión de la garantía de tutela jurisdiccional efectiva que le corresponde.

III.4.

Sin embargo,

pese al tiempo transcurrido y a mis requerimientos, mis

copropietarios no han cumplido con independizar el terrero de mayor extensión, delimitando las partes que corresponde a cada titular, lo que aunado a que la Zona Registral N° V – Sede Trujillo ha señalado que para inscribir mi derecho de propiedad debo realizar la independización en la vía judicial, y amparada en el artículo 984 del Código Civil, me conllevan a solicitar la DIVISIÓN Y PARTICIÓN del bien matriz a fin de que mi representada obtenga la individualización del inmueble que le corresponde, otorgándome el porcentaje respectivo (47.76% de acciones y derechos) y la correcta identificación y limitación del bien, motivo por el cual recurro a su despacho a fin de interponer la presente acción, ello en concordancia con lo dispuesto por el artículo 983° del Código Civil, conforme el cual la mencionada partición implica establecer los porcentajes que a cada condómino le corresponde, situación que debe determinarse en la sentencia de mérito. III.5.

Por otro lado, al encontrarse los invitados en posesión del bien, solicito la

REIVINDICACIÓN de la porción del terreno de mi propiedad equivalente al 47.76% de acciones y derechos, toda vez que he acreditado la propiedad del bien, con la Escritura Pública de compraventa otorgada por ante el Notario Marco Antonio Corcuera García, de fecha 09 de noviembre del 2005, y la inscripción que se ordene en la sentencia respectiva amparando la pretensión principal; los demandados no ostentan ningún derecho que le permita mantener la posesión del bien que me corresponde; los demandados se hallan en posesión del bien, tal como aparece en las direcciones de sus documentos de identidad; y, una vez realizada la división y partición, el objeto litigioso se encontrará debidamente identificado; el mismo que equivale al 47.76% de acciones y derechos del bien inscrito en la PE 04050667, motivo por el cual debe accederse a mi petición accesoria. En consecuencia, por los motivos expuestos, y verificándose el cumplimiento de los requisitos exigidos por ley, corresponde declarar fundada la demanda y ordenar la división y partición del bien inmueble materia de litis, su inscripción en los Registros Públicos y que los demandados desocupen el bien de propiedad de mi representada. IV. FUNDAMENTACION JURIDICA Código Civil -

Art. 923°, referido a la propiedad y su atribución de reivindicación.

-

Art. 983°, referido a la partición.

Código Procesal Civil -

Art. 424°, respecto a los requisitos de la demanda. Art. 475°, respecto al proceso CONOCIMIENTO.

V. MONTO DEL PETITORIO Por la naturaleza de la pretensión, esta deviene en inapreciable en suma de dinero. VI. VÍA PROCEDIMENTAL La presente demanda se tramitará en la vía procedimental del PROCESO DE CONOCIMIENTO. VII.

MEDIOS PROBATORIOS El mérito de las siguientes DOCUMENTALES: 

Acta de Conciliación, con la cual acredito el cumplimiento del requisito exigido por ley y la renuencia de la demandada.



Vigencia de Poder, inscrita en la Partida N° 11022623 del Registro de Mandatos y Poderes de la Zona Registral N° V Sede Trujillo.



Copia literal de la Partida Registral N° 04050667 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° V sede Trujillo, referido al bien inmueble ubicado en VALLE DE MOCHE, PREDIO EL BOSQUE, SECTOR EL BOSQUE, UC 222, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, con la que demuestro mi derecho de propiedad y legitimidad para obrar.



Escritura Pública de compraventa otorgada por ante el Notario Marco Antonio Corcuera García, del 09 de noviembre del 2005, mediante la cual acredito el derecho de propiedad de mi representada.



Escritura Pública de compraventa del 07 de setiembre del 2005, mediante la cual acredito que mi otrora vendedora Lourdes Zavalaga Ocampo, adquirió el bien de los demandados Tomás Varas y Graciela La Chira.



Esquela de Observación, con la que demuestro la denegatoria de Registro Públicos de acceder a mi pedido de inscripción de propiedad.

VIII.

ANEXOS:

1.A. Copia de mi DNI. 1.B. Vigencia de Poder 1.C. 05 Cédulas de notificación. 1.D. 03 exhortos dentro del distrito judicial.

1.E. 01 Tasa por ofrecimiento de pruebas. 1.F. Acta de Conciliación. 1.G. Copia literal de la partida registral N° 04050667. 1.H. Escritura Pública del 07 de setiembre del 2005. 1.I. Escritura Pública del 09 de noviembre del 2005. 1.J. Esquela de Observación. 1.K. Constancia de habilitación de letrado. PRIMER OTROSÍ DIGO: Asimismo, por convenir a mi derecho, nombro como ABOGADO DEFENSOR al letrado Luis Garro Vergara, con CASILLA ELECTRÓNICA N° 25602 y domicilio procesal en Jirón Orbegoso N° 377 – Centro Histórico de Trujillo, a fin de que se le hagan llegar las notificaciones respectivas, delegándole las facultades generales de representación conforme al artículo 74° del Código Procesal Civil, dejando constancia de que me encuentro instruida de los alcances y efectos de las facultades de representación que otorgo. POR LO EXPUESTO: Sírvase, señor Juez, admitir la presente demanda conforme a ley. TRUJILLO, 06 DE MARZO DEL 2020.

EXPEDIENTE

: 1456-2012

SECRETARIO

: ARMAS

ESCRITO

: 03

SOLICITA FECHA DE REMATE SEÑOR JUEZ DEL SÉTIMO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO CLAUDIA PATRICIA DÍAZ AMAYO, en los seguidos con Rosío del Pilar Li Cadenillas, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero; a Ud. con el debido respeto me presento y expongo que:

1. Con fecha 17 de diciembre del 2018, el ejecutante Guillermo Eduardo Tejada Torres cedió a mi favor la titularidad sobre el derecho de crédito materia del presente proceso, habiendo comparecido al mismo en calidad de ejecutante, sustituyendo al referido en su posición procesal y registral y en todos los actos que corresponda. 2. Por ello, conforme al estado del proceso, y habiéndose pagado la tasa respectiva con anterioridad, solicito se oficie a la oficina de REMARJ a fin de que nombre Martillero Público y se señale FECHA DE REMATE. ANEXOS: 3-A. 02 Cédulas de notificación. POR LO EXPUESTO: Sírvase, señor Juez, tramitar el presente pedido conforme a ley. TRUJILLO, 06 DE MARZO DEL 2020.