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INFORME DE DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA UNIDAD TERRITORIAL: QUEROCOTO DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA PROVINCIA DE CHOTA DIS

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INFORME DE DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA UNIDAD TERRITORIAL: QUEROCOTO DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA PROVINCIA DE CHOTA DISTRITO DE QUEROCOTO

GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA CAJAMARCA DIRECCIÓN DE TITULACIÓN DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL

PROYECTO DE CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ – PTRT3

Referencia: Contrato Nº 038-2018- MINAGRI-DVDIAR-UEGPS-PTRT3 SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES DE CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE PREDIOS RURALES Y DE COMUNIDADES EN LAS REGIONES DE AMAZONAS, CAJAMARCA Y SAN MARTÍN, LOTE 1.

Informe de Diagnóstico Físico Legal de la Unidad Territorial: QUEROCOTO

Pág. 2

PRESENTACIÓN

Informe de Diagnóstico Físico Legal de la Unidad Territorial: QUEROCOTO Presentado por CONSORCIO NIPSA - EPTISA a: GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA CAJAMARCA DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA PROVINCIA DE CHOTA DISTRITO DE QUEROCOTO Lugar y fecha de presentación: CAJAMARCA – 26 de noviembre - 2018 RESPONSABLE TÉCNICO - LEGAL



Nombre

Función/Puesto

N° de Colegiatura 68289

1

Nilton Palmer Palomino Terán

Ingeniero

2

Yahaira Kimberling Florián Cruzado

Abogado

Firma

OTROS INTERVINIENTES EN EL DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA UT PALLÁN.



Nombre

Función/Puesto

1

Gilmer Ramírez Barboza

Técnico GIS

2

Alexander Fernández Rabanal

Arqueólogo

3

Francescoli Davis Escobedo Chávez

Ingeniero ambiental

4

Jaime Minchán Culqui.

Sociólogo

5

Ronald Isaí Díaz

Técnico de campo

Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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Fecha:

16/11/2018

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Informe de Diagnóstico Físico Legal de la Unidad Territorial: QUEROCOTO 1.

Pág. 3

ÍNDICE

Pg.

PRESENTACIÓN

2

1.

INTRODUCCIÓN.

6

2.

ANTECEDENTES

9

3.

DESCRIPCIÓN DEL ÁREA.

11

3.1

LOCALIZACIÓN

13

3.2

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA.

14

3.3

PROCESO HISTÓRICO DE FORMACIÓN

15

3.4

CATEGORÍAS Y ESTRUCTURA POBLACIONAL

17

3.5

VÍAS DE COMUNICACIÓN

17

3.6

CLIMA

18

3.7

IDENTIFICACIÓN DE LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES ECONÓMICAS

19

3.8

DISTANCIAS, TIEMPOS Y DATOS GENERALES DE LA UNIDAD TERRITORIAL.

20

MARCO GEOGRÁFICO Y CARTOGRAFÍA BASE.

22

4.1

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS

23

4.2

ENTORNO DE LA UNIDAD TERRITORIAL

26

4.3

EXTENSIÓN Y SUPERFICIE

27

4.4

PLANO DE LA UNIDAD TERRITORIAL.

28

OBJETIVOS.

28

5.1.

OBJETIVO GENERAL

28

5.2.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

29

MARCO LEGAL.

29

6.1.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ.

29

6.2.

NORMAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

30

6.3.

NORMAS GENERALES

30

6.4

NORMAS DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE LA PROPIEDAD AGRARIA

33

6.5

NORMAS REGISTRALES

34

6.6

OTRAS NORMAS LEGALES RELACIONADAS

34

ENTIDADES CONSULTADAS.

37

7.1.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHOTA - CAJAMARCA

37

7.2.

MINISTERIO DE CULTURA - LIMA

37

7.3.

OFICINA DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CAJAMARCA.

37

7.4.

SUPERINTENDENCIA DE BIENES ESTATALES-SNB-LIMA

37

7.5.

SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO-LIMA 37

7.6.

SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE - CAJAMARCA.

37

7.7.

SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE - LIMA

38

7.8.

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA- ANA.

38

7.9.

AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA MARAÑON

38

4

5

6.

7

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7.10.

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES - LIMA

38

7.11.

PROVIAS NACIONAL - LIMA

38

7.12.

PROVIAS NACIONAL - CAJAMARCA

38

7.13.

PROVIAS DESCENTRALIZADO - LIMA

39

7.14.

INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO – LIMA

39

7.15.

INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO – CAJAMARCA

39

7.16.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA

39

7.17.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS - SUNARP

39

METODOLOGÍA DE TRABAJO.

40

8.1.

REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN EXISTENTE

40

8.2.

RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN EXTERNA

40

8.3.

FASE DE CAMPO

41

8.4.

PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN.

43

8.4.1.

CASERÍO LA GRANJA

43

8.4.2.

CASERÍO PARIAMARCA

44

8.4.3.

CASERÍO LA LIMA

45

8.4.4.

CASERÍO LA PAMPA

45

8.4.5.

CASERÍO LA PAMPA

46

8.4.6.

CASERÍO EL PALMO

47

8.4.7.

CASERÍO EL CUCHO

48

8.4.8.

CASERÍO MARAY

49

ANTECEDENTES REGISTRALES.

52

SUPERPOSICIONES GRAFICAS Y/O SUPERPOSICIÓN DE DERECHOS

52

10.

ESTUDIOS DE SUELOS

53

11.

ESTUDIO ARQUEOLÓGICO

53

12.

ANTIGÜEDAD DE POSESIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS PREDIOS DE LA UT

53

13.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

53

8.

9. 9.1.

14.

RECOMENDACIONES.

55

LIMITACIONES

55

ANEXOS.

Anexo Nº 01

1

1

: Mapas Temáticos

1.1 Mapa general de la UT y ortoimagen

1

1.2 Mapas de centros poblados

1

1.3 Mapas de escuelas

1

1.4 Mapas de iglesias

1

1.5 Mapas de cementerios

1

1.6 Mapas de puestos de salud

1

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1.7 Mapas de reservorios y canales

1

1.8 Mapas de ríos y quebradas con fajas marginales

1

1.9 Mapas de vías con fajas marginales

1

1.10 Mapas de bosques de protección permanente

1

1.11 Mapas de áreas naturales protegidas

1

1.12 Mapa con mosaico de propiedades

1

1.13 Mapas de sitios arqueológicos

1

1.14 Mapa de líneas de tendido eléctrico

1

1.15 Mapa de casas comunales

1

1.16 Mapa áreas deforestadas después del año 2010

1

Anexo Nº 02

: Oficios de solicitudes de información

1

Anexo Nº 03

: Ficha de levantamiento de información

1

Anexo N°04

: Encuestas Técnico Legal de Campo

1

Anexo Nº 05

: Documentos de propiedad encontradas en campo

1

Anexo Nº 06

: Panel Fotográfico

1

Anexo Nº 07

: Documentos probatorios de antigüedad de la posesión

1

Anexo Nº 08

: Informe de diagnóstico Arqueológico

1

Anexo Nº 01

: Mapas Temáticos 1.1 Mapa general de la UT y ortoimagen 1.2 Mapas de centros poblados 1.3 Mapas de escuelas 1.4 Mapas de iglesias 1.5 Mapas de cementerios 1.6 Mapas de puestos de salud 1.7 Mapas de reservorios y canales 1.8 Mapas de ríos y quebradas con fajas marginales 1.9 Mapas de vías con fajas marginales 1.10 Mapas de bosques de protección permanente 1.11 Mapas de áreas naturales protegidas 1.12 Mapa con mosaico de propiedades 1.13 Mapas de sitios arqueológicos 1.14 Mapa de líneas de tendido eléctrico 1.15 Mapa de casas comunales 1.16 Mapa áreas deforestadas después del año 2010

Anexo Nº 02

: Oficios de solicitudes de información

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1.

Anexo Nº 03

: Ficha de levantamiento de información

Anexo N°04

: Encuestas Técnico Legal de Campo

Anexo Nº 05

: Documentos de propiedad encontradas en campo

Anexo Nº 06

: Panel Fotográfico

Anexo Nº 07

: Documentos probatorios de antigüedad de la posesión

Anexo Nº 08

: Informe de diagnóstico Arqueológico

Anexo Nº 09

: Otros documentos

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INTRODUCCIÓN. El diagnóstico físico legal de la Unidad Territorial, es el primer paso del proceso de formalización de predios rurales y está constituido por un conjunto de procedimientos técnicos y legales, que tienen como objetivo identificar superposiciones con derechos de terceros u

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otras situaciones técnico legales que podrían dificultar el proceso de formalización rural y determinar, luego de un minucioso análisis, la factibilidad de realizar el proceso de formalización dentro de una definida jurisdicción o territorio. El estudio de diagnóstico se constituye en la piedra angular del proceso de formalización de la propiedad, de su buena formulación dependerá que los procesos a ejecutar se desarrollen de forma sistemática y sin encontrar mayores obstáculos para su aplicación. Las acciones de diagnóstico físico legal están enmarcadas en lo prescrito en los artículos 3°, 15° y 28º del Decreto Supremo Nº 032-2008-VIVIENDA Reglamento del Decreto Legislativo N° 1089, y los lineamientos para su desarrollo y ejecución están consignados en el Manual de Diagnóstico Físico legal del proceso de Formalización de Predios Rurales aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0019-2018-MINAGRI, publicado el 16 de enero del 2018. Su aplicación es de obligatorio cumplimiento por los Gobiernos Regionales a los que se les ha efectivizado la transferencia de la función n) del artículo 51° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, referida al saneamiento físico legal de la propiedad agraria. El presente informe de diagnóstico consigna en forma secuencial las etapas del procedimiento de diagnóstico; en primer lugar, se hace una descripción de la localización de la Unidad Territorial a diagnosticar, los datos estadísticos relevantes como su población, sus medios de comunicación, sus fuentes de ingresos económicos, las distancias que existen con las capitales de provincia o centro de operaciones de la entidad formalizadora; seguidamente se señala en forma resumida el marco legal de consulta a utilizar y aplicar según el tipo de condición jurídica encontrada; se consignan las fuentes de información a las que se ha recurrido para obtener los datos necesarios, se detalla el tipo de información recopilada, se señala la metodología a emplear para el análisis de la información; se indica la técnica utilizada para el estudio de las partidas registrales, la posible existencia de condiciones riesgosas, la presencia o no de zonas arqueológicas o de áreas naturales protegidas, asimismo se verificará que la Unidad Territorial no se encuentre superpuesta con territorio de Comunidades Campesinas o de terceros u cualquier otra que pudiera dificultar el proceso de formalización; y, finalmente se consignan las conclusiones, que son el resultado del análisis de la información recopilada. En su parte final, el informe de diagnóstico consigna la factibilidad o imposibilidad de ejecutar los trabajos de formalización de la propiedad rural y la situación jurídica encontrada en una

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determinada Unidad Territorial, de igual manera se señalan las acciones de formalización que debe efectuar la entidad formalizadora, estas acciones pueden consistir en inmatricular el predio a nombre del Estado, asumir la titularidad de predios inscritos a nombre de cualquier entidad estatal con fines de formalización de la propiedad rural o, en su defecto efectuar el procedimiento de prescripción adquisitiva administrativa en predios de propiedad de particulares. Así mismo, se deben consignar las acciones de saneamiento (rectificaciones de área, correlaciones, eliminación de superposiciones, duplicidades registrales) que correspondan efectuar antes de realizar el procedimiento de formalización.

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ANTECEDENTES El 24 de mayo del 2018 se celebró el contrato N° 038-2018-MINAGRI-DVDIAR-UEGPSPTRT3 “Servicio de Consultoría para la Ejecución de Actividades de Catastro, Titulación y Registro de Predios Rurales y Comunidades en las Regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín”. Los partícipes de una parte, la UNIDAD EJECUTORA 001631: GESTIÓN DE PROYECTOS SECTORIALES, adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, y de la otra parte el CONSORCIO NIPSA-EPTISA. El objetivo general de la consultoría es la ejecución de actividades correspondientes a los procesos de formalización (saneamiento físico legal) para la titulación de los territorios de Comunidades Nativas (CC.NN.), Comunidades Campesinas (CC.CC), y Predios Rurales Individuales (PRI) ubicados en zonas focalizadas de la sierra, ceja de selva y selva de las Regiones de Amazonas Cajamarca y San Martín para apoyar a los Gobiernos Regionales encargados del ejercicio de la referida función. El servicio comprende dos etapas: - Primera etapa: que abarca las actividades de levantamiento de información y diagnóstico físico legal, que se complementará con un diagnóstico socio ambiental en las áreas priorizadas de los tres departamentos comprendidos en este lote. - Segunda etapa: que contienen las actividades de saneamiento, titulación y registro de por lo menos veintiocho (28 Comunidades Nativas, nueve (09) Comunidades Campesinas y 115,000 predios rurales individuales. Lo descrito ut supra es el resultado del Proyecto formulado por el Ministerio de Agricultura y Riego –MINAGRI y el Banco Interamericano de Desarrollo –BID: “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa – PTRT3” cuyo financiamiento proviene de fondos públicos, así como de un préstamo monetario para el cual se ha suscrito el Contrato de Préstamo de Endeudamiento Nº 3370/OC-PE entre el BID y la República del Perú. El Proyecto es ejecutado por el MINAGRI a través de la Unidad Ejecutora 001631: “Gestión de Proyectos Sectoriales” – UEGPS, que se encuentra adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego. El objetivo principal del proyecto es la “Formalización de la Propiedad Rural en la Selva y zonas focalizadas de la Sierra”. Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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Los objetivos específicos son: - Levantamiento Catastral, Titulación y Registro de Tierras Rurales. - Desarrollo de la Plataforma Tecnológica para agilizar los Servicios de Catastro, Titulación y Registro. - Fortalecimiento de la Capacidad Institucional para la Titulación de la Tierra Rural y del Marco de Políticas. En la ejecución del Proyecto intervienen diversas entidades y dependencias de los niveles de gobierno nacional y regional, además de otras instituciones, que son quienes interactúan en la ejecución de las metas y actividades del PTRT3. Así tenemos las siguientes: - Banco Interamericano de Desarrollo (BID): Quien otorgará los recursos económicos producto del préstamo (Contrato de Préstamo N° 3370/OC-PE con el Gobierno Peruano) al MINAGRI, a través de la UEGPS. - Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI): Quien tiene entre sus competencias exclusivas, la conducción de la rectoría de tierras. - La Unidad Ejecutora de Gestión de Proyectos Sectoriales (UEGPS): Encargada de gestionar y ejecutar el Contrato de Préstamo N° PE-L 1026 “Proyecto de Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa –PTRT III” - Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural (DIGESPACR): Encargado de promover el saneamiento físico – legal y la formalización de la propiedad agraria y la normatividad vigente. Con fecha 16 de enero del 2018 se publicó el Manual de Diagnóstico Físico Legal del Proceso de Formalización de Predios Rurales, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0192018-MINAGRI, el cual es de utilidad y guía para el cumplimiento de la segunda etapa del servicio de consultoría referido anteriormente. Éste dispositivo legal tiene alcance nacional y es de obligatorio cumplimiento por los Gobiernos Regionales a los que se ha efectivizado la transferencia de la función prevista en el literal n) del artículo 51° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, referida al saneamiento físico legal de la propiedad agraria.

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DESCRIPCIÓN DEL ÁREA. ASPECTOS GENERALES Y DIAGNOSTICO SITUACIONAL DE LA PROVINCIA DE CHOTA Provincia que forma parte del departamento de Cajamarca y está ubicada en la sierra norte del Perú. Limita con las provincias de Cutervo por el norte, Santa Cruz, Hualgayoc y Celendín por el sur, por el este con el departamento de Amazonas, y por el oeste con el departamento de Lambayeque, como se aprecia del Mapa Provincial de la Región Cajamarca y tiene una extensión de 3 795,10 kilómetros cuadrados. En cuanto a las características de la población, y citando la Tesis denominada: Planeamiento Estratégico para la Provincia de Chota al 2027, Figura 1. Tomado de Mapa político administrativo, por el Gobierno Regional de Cajamarca, 2012. Recuperado de http://zeeot.regioncajamarca.gob.pe/sites/de fault/files/SInst1_Politico_administrativo.jpg

la población en la provincia de Chota asciende a 160,447 habitantes, lo que la convierte en la tercera provincia con más habitantes en el departamento de Cajamarca. Existe casi la

misma proporción de varones y mujeres, 49% y 51%, respectivamente, que viven mayoritariamente en el ámbito rural. Con referencia a la densidad poblacional, la provincia de Chota es la cuarta provincia de Cajamarca en densidad poblacional; lideran en ese sentido Hualgayoc, Cajamarca y Cutervo. Entre tanto y considerando el clima, en general es de sierra templado-cálido mediterráneo, matizado por la altitud, con inviernos fríos (temperatura mínima de -9 ºC) y cálidos veranos (temperatura máxima de 41 ºC). Las precipitaciones anuales tienen un promedio de 650 mm, con una temperatura anual de 15.5ºC. Consecuentemente con el alto porcentaje de población rural que tiene Chota, sus principales actividades económicas son la agricultura y la ganadería. Entre los cultivos más representativos de la provincia se tienen la papa, el maíz, la arveja, el frijol y el olluco; también cuenta con cultivos de hortalizas y frutales, como alcachofa, tara, arándanos y chirimoyas (Sánchez, 2010). En el sector ganadero Chota es la provincia con el mayor número de cabezas de ganado vacuno con mejoras genéticas en las razas criadas y porcinas del departamento.

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Tal como se aprecia de la Figura 2, Chota está conformada por los 19 distritos: Chota, Anguia, Chadin, Chiguirip, Chimban, Cochabamba, Conchan, Huambos, Lajas, Llama, Miracosta, Paccha, Pion, Querocoto, San Juan de Licupis, Tacabamba, Tocmoche, Choropampa y Chalamarca:

Figura 2: Tomado de Estudio de diagnóstico y zonificación para el tratamiento de demarcación territorial de la provincia de Chota (p. 27), por el Gobierno Regional de Cajamarca, 2006. Recuperado de http://dt.regioncajamarca.gob.pe/sites/default/files/documentos/EDZ/chot a/doc/memoriadescr iptiva.pdf.

ASPECTOS GENERALES Y DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DEL DISTRITO DE QUEROCOTO. La

Unidad Territorial

de Querocoto,

se

encuentra ubicado en el Distrito de Querocoto. Los límites del distrito de Querocoto presentan accidentes naturales como quebradas, ríos, acuíferos, teniendo los siguientes límites: Por el norte

: con el distrito de Querocotillo

perteneciente a la provincia de CutervO, Por el este : con el distrito de Cutervo, Por el sur : Limita con los distritos de Huambos y Llama, Por el oeste: Con los distritos de san Juan de Licupis y Miracosta. Se encuentra a una altitud de 2450 m.s.n.m. Su población al año 2017, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) es de 9804 habitantes, tiene una superficie total aproximada de 301.07 km2 y su región natural es la sierra.

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Considerando que la Unidad Territorial de Querocoto abarca los diferentes caseríos, anexos y centros poblados, a continuación reducimos la zona de trabajo en los siguientes datos proporcionados por el INEI: CENTRO POBLADO/CASERÍO



1 2 3 4 5 6 7 8

ÁREA

N° VIVIENDA

La Granja

RURAL

102

Pariamarca

RURAL

86

La Lima

RURAL

14

La Palma

RURAL

31

La Pampa

RURAL

62

El Palmo

RURAL

31

El Cucho

RURAL

33

Maray

RURAL

62

3.1 LOCALIZACIÓN La provincia de Chota está enmarcada por las siguientes coordenadas geográficas: -

Coordenadas geográficas 1. 5º 57’ 00” - Latitud Sur, en la parte más septentrional. 2. 6º 41’ 00” - Latitud Sur, en la parte más meridional. 3. 78º 14’ 00” - Longitud Oeste, en su parte más oriental. 4. 79º 27’ 06” - Longitud Oeste, en su parte más occidental

-

Coordenadas UTM (Datum horizontal WGA84, Zona 17 Sur). 1. 9341555.40 Norte 2. 9260988.10 Este 3. 806330.50 Norte 4. 795260.10 Este

Coordenadas (centroide) geográficas y UTM de la U.T. QUEROCOTO. -

-

Coordenadas geográficas:  6º 19’ 45”

Latitud

 79º 07’ 13”

Longitud

Centroide (UTM):  707,916.3975 Norte  9'299,749.0828 Este

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3.2 DIVISIÓN ADMINISTRATIVA. El Perú se divide en 24 departamentos y una provincia Constitucional, a su vez los departamentos, se dividen en provincias y estas en distritos. La actual Constitución prevé la conformación de Regiones en el país, en la actualidad el Estado se encuentra en la primera parte del proceso de descentralización, conformándose así 25 Gobiernos Regionales. El Gobierno Regional de Cajamarca es una institución pública regional con identidad propia, capital humano calificado y nivel tecnológico avanzado, capaz de administrar y brindar con calidad recursos y servicios públicos, propiciar condiciones favorables para el desarrollo de la inversión privada y liderar procesos de concertación con la sociedad civil, en el marco de una efectiva lucha contra la pobreza y la defensa del medio ambiente y sus recursos. Tiene como misión planificar, promover y conducir, el desarrollo integral, sostenible y seguro de la población del departamento de Cajamarca a través, de la gestión pública moderna, inclusiva, participativa, transparente y de calidad. La Provincia de Chota, aparece por primera vez entre las provincias que integran el Departamento de Cajamarca, en la Ley electoral del 19 de mayo de 1828; en igual categoría está considerada en la Ley de elecciones del 29 de agosto de 1834. El Decreto del 11 de febrero de 1855, anexó esta Provincia al Departamento de Cajamarca. Esta situación fue legalizada por las Leyes del 02 de enero de 1857, de elecciones municipales y del 30 de setiembre de 1862, que ratificó el decreto antedicho. La Ley del 03 de julio de 1834, señaló como capital de la Provincia de Chota a la villa de Hualgayoc y la Ley del 10 de enero de 1861 trasladó la capital provincial a Chota, la que fue elevada de villa a la categoría de Ciudad. Chota está conformada por 19 distritos: Chota, Anguia, Chadin, Chiguirip, Chimban, Cochabamba, Conchan, Huambos, Lajas, Llama, Miracosta, Paccha, Pion, Querocoto, San Juan de Licupis, Tacabamba, Tocmoche, Choropampa y Chalamarca. Tal como se indicó líneas supra, la Unidad Territorial de El Palmo, Maray, El Cucho, Pariamarca, La Pampa, La Granja, La Palma, Ayabamba y Membrillo. Sin embargo de la visita hecha en campo se encontraron planos de propiedades inscritas a favor de terceras personas, además de evidenciar de igual manera que existían caseríos dentro de la Unidad Territorial que formaría parte de la Comunidad Campesina San Juan de Licupis, por lo que el equipo técnico-legal decidió detenerse en el desarrollo del trabajo en varios caseríos, hasta corroborar datos encontrados en campo y procesarlos en gabinete. De esta manera los Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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caseríos que se lograron trabajar fueron los siguientes: El Cucho, La Pampa, La Pampa, La Lima, Pariamarca, La Granja, Maray. En cada caserío se tomaron datos en específico de la posible situación jurídica en la que se encontraban los posesionarios en cada una de las parcelas que venían conduciendo al momento de la visita técnico-legal. 3.3 PROCESO HISTÓRICO DE FORMACIÓN El territorio de la provincia de Chota ha sido objeto de una intensa y antigua ocupación humana, destacando que sus pobladores llegaron a un alto grado de organización social ya dos milenios antes de Cristo, como lo muestra el templo de Pacopampa

(Querocoto);

otros

numerosos restos están aún por estudiar. Posteriormente se desarrolló en tierras chotanas la cultura y reino de los Guampu o Huambos, que abarco también casi toda la provincia de Cutervo y la parte occidental de la actual provincia de Jaén, en el segundo milenio de la era cristiana. Algunos autores como Berríos (1985) afirman que los Huambos se extendieron también sobre las actuales provincias de Santa Cruz y San Miguel, pero según los estudios de Remy (1986) y Espinoza (1986) solo ocuparon aproximadamente la mitad occidental de la provincia de Chota, mientras San Miguel y posiblemente Santa Cruz estaban ocupados por el reino de Cuismancu, que llegaba a ocupar también la zona de Tacabamba. El reino de los Huambos fue conquistado por los incas, posiblemente por Pachacútec a través de su hijo y posterior sucesor Túpac Yupanqui, siendo convertido en wamani (provincia) del Tahuantisuyo, en la segunda mitad del siglo XV. Estaba dividido en varias huarangas y estas en pachacas. Hacia mediados del siglo XVIII; el curato o doctrina de San Juan de Huambos comprendía los pueblos anexos de Cachén (hoy Miracosta), Cochabamba, Llama, Checopón o Chichopón (el distrito de Llama), Querocoto, Tocmoche, Cutervo y Sócota; y el curato de Todos los Santos de Chota tenía como anexo a Tacabamba. Ambos curatos estaban comprendidos dentro de la diócesis u obispado de Trujillo.

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Al constituirse las intendencias en 1784 Chota quedo incluido en el partido de Cajamarca de la intendencia de Trujillo. Pero el año de 1786, según Lecuanda, o el de 1787 de Villanueva, fue creado el partido de Huambos o Chota, que comprendía los curatos de Chota y Huambos, con sus citados anexos; Cutervo, con su anexo Socota; y Santa cruz, con sus anexos Catache y Yauyucán; comprendía, además, según Lecuanda y otros, “El cerro mineral de Hualgayoc”. No obstante, esa separación del partido de Cajamarca, puede decirse que Chota estaba bajo la influencia de esa ciudad, pues en 1812, al ser elegido dos diputados para las cortes de Cádiz, estuvieron representados en las asambleas de electores de Cajamarca, Cachen, Llama y Santa Cruz. La fecha de creación fue un día 14 de Mayo de 1886.

Según el doctor Francisco Cadenillas, en una de sus tesis refiere que el pueblo de Querocoto fue fundado por el sacerdote agustino Juan Ramírez, cuya fecha aproximada sería el año 1560 o 1561. Los profesores Genovés Alarcón y Francisco Tantaleán, manifestaron que fue fundado por un sacerdote Francisco de la Huerta Gutiérrez, el 25 de enero de 1650, años en que el religioso estuvo en la zona de Chota como visitador real atendiendo los problemas de tierras. Por otro lado respecto a la fecha de creación del distrito de Querocoto se considera el 3 de mayo de 1955 mediante Decreto Legislativo, firmado por el presidente de entonces Manuel Odría, donde se establece los límites y la capital del distrito. Aunque según otros documentos como el Plan estratégico de desarrollo concertado del distrito de Querocoto, se establece su creación el 14 de mayo de 1876. Referente a la fundación existe una leyenda que dice que el pueblo de San Pedro de Querocoto estaba frente al de San Pablo de Querocotillo y que las campanas se escuchaban de uno a otro pueblo y que los cerros cercanos se habían encantado con el eco de dichas campanas. Por eso Querocoto y Querocotillo se separaron a los lugares que ahora están. Desde el punto de vista histórico, es posible que Fray Juan Ramírez haya fundado el pueblo de Querocoto, en el lugar cercano a las ruinas de San Pedro coincidiendo con la tradición popular que dice que allí hubo un pueblo y cuyas campanas encantaron a los cerros. Este pueblo como el primer pueblo de Querocotillo habría desaparecido años más tarde. Querocoto antes de ser capital del distrito era solo una viña pequeña compuesta por una casa de carrizo y caña con techo de broza. Allí aunque era una villa pequeña se Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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vendí sal ya sea a través de arrieros quienes con sus bestias iban hasta Chongoyape a traer sal. Su conformación como distrito se debe a las gestiones que realizó el hacendado Jesús Valdez quien comienza a incrementar el influjo comercial en la zona, promoviendo que los pequeños comerciantes vendieran sus productos en Querocoto.

3.4 CATEGORÍAS Y ESTRUCTURA POBLACIONAL Para comprender las categorías y estructura poblacional de la Provincia de Chota, debemos tener en cuenta la densidad poblacional, este resulta ser un indicador que permite evaluar la concentración de la población de una determinada área geográfica; comprende el número de habitantes por kilómetro cuadrado, la Provincia de Chota, según el Compendio Estadifico Departamental 2009 elaborado por el INEI, cuenta con una población de 160,447 (42,28 hab/km2) habitantes, en relación de 43,961 hombres y 84,273 mujeres. En el Distrito de Querocoto la población asciende a 8023 habitantes, de los cuales 3952 son hombres y 4071 son mujeres, aquí no se podría distinguir entre población urbana y rural, toda vez que toda la población encuestada por el INEI fue considerada habitantes de la zona rural. 3.5 VÍAS DE COMUNICACIÓN La Provincia de Chota adolece de vías de comunicación carrozables adecuadas que faciliten el acceso a los principales centros de consumo y la interconexión con cada una de las capitales distritales. La conexión vial es únicamente hacia 16 de las 19 capitales distritales con que cuenta esta provincia, encontrándose a la fecha sin conexión vial los distritos de Chimban, Pión y Choropampa. La Ciudad de Chota se vincula con la provincia de Chiclayo a través de la carretera afirmada Chota - Chiclayo, integrando a los distritos de Lajas, Cochabamba, Huambos y Llama hasta la Ciudad de Chiclayo con una longitud de 212.7 km.; a esta carretera afirmada se conectan los distritos de Tocmoche, Miracosta y Querocoto, Así mismo la ciudad de Chota por el Norte

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integra mediante una carretera afirmada a los distritos de Conchan, Tacabamba y Chiguirip, por el Este a los distritos de Chalamarca, Paccha, Chadin y el centro poblado La Pucara. Para llegar al Distrito de Querocoto, se conduce por la carretera asfaltada hasta la Provincia de Chota, posteriormente y el cruce a Querocoto para finalizar el trayecto en el Distrito donde se ubica la zona de trabajo. En el Distrito de Querocoto, tal y como se ha detallado anteriormente, se encuentran los caseríos de Atago, Ayanchacra, Ayuran, Cachipampa, Carayuc, Cercado De Pacopampa, Cercado Querocoto, Changomarca, Cruz Roja, Cundin, El Campamento, El Cucho, El Limon, El Naranjo, El Obraje, El Palmo, El Porvenir, El Rejo, El Rocoto, El Sauce, El Verde, Huangapampa, La Fila, La Granja, La Iraca, La Lima, La Palma, La Palma De Paraguay, La Pampa, La Raya, La Totora, Maray, Marcopampa, Mitobamba, Nueva Esperanza, Pacopampa, Pagaybamba Alto, Pagaybampa Bajo, Pampagrande, Paraguay, Pariamarca, Querocoto, San Luis, San Pedro, Santa Rosa, Shanquihua, Sigues, Succhuran Alto, Succhuran Bajo, Tucac Alto, Tucac Bajo, Vista Alegre. . 3.6 CLIMA Por su ubicación, la Provincia de Chota está formada por complejos accidentes geográficos, determinados principalmente por la presencia de la Cordillera Occidental de los Andes y la acción erosiva de diversos agentes naturales. Su territorio comprende cerros grandes y pequeños, pampas y laderas, barrancos y cañones, valles amplios y estrechos. Destaca sobre todo la gran heterogeneidad de niveles o altitudes, que van desde aproximadamente de 300 hasta 4,118 m.s.n.m en Carniche Bajo (Llama) y el cerro Mishahuanga (Licupis), respectivamente. La provincia de Chota comprende desde la costa hasta el río Marañón constituyendo la única provincia de la región con tales condiciones.1 El distrito de Querocoto se encuentra en la región yunga y jalca. La temperatura promedia anual es de 14°C, pudiendo llegar en las zonas altas a 4°C y en el valle a 25°C. la humedad relativa puede llegar al 100% en los meses de lluvia y el 87% en los meses de escases de lluvias. Un aspecto relevante del distrito, es su clima el cual es templado y seco, típico de la sierra peruana, sin embargo, cuando lo correlacionamos con la altura, la vegetación y la

1

Información obtenida de la página web: http://sdot.pcm.gob.pe/wp-content/uploads/2016/06/Chota.pdf. Consultada cl día 3/11/2018. Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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apariencia paisajística, del distrito tienen características típicas zona de la selva, pero ligeramente frío.

3.7 IDENTIFICACIÓN DE LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES ECONÓMICAS Por definición, el sector primario está comprendido por las actividades de explotación de recursos naturales. Consecuentemente con el alto porcentaje de población rural que tiene Chota, sus principales actividades económicas son la agricultura y la ganadería. Entre los cultivos más representativos de la provincia se tienen la papa, el maíz, la arveja, el frijol y el olluco; también cuenta con cultivos de hortalizas y frutales, como alcachofa, tara, arándanos y chirimoyas (Sánchez, 2010). Con el programa Sierra Exportadora se está poniendo énfasis en el cultivo de berries, como arándanos, frambuesas, aguaymanto y granadilla, debido a que son frutos apreciados para la agroexportación y contando con ventajas por su ubicación geográfica para el desarrollo de dichos cultivos. Chota es la provincia con el mayor número de cabezas de ganado vacuno con mejoras genéticas en las razas criadas y porcinas del departamento. También cuenta con la población más grande de cuyes, producto muy apreciado por su valor nutricional no solo dentro del país sino en el extranjero, sobre todo en Estados Unidos de Norteamérica. En contraparte, existen oportunidades de mejora en el manejo de cultivos y producción pecuaria para la crianza de ganado vacuno para carne y leche con mejor calidad. La industria lechera es pequeña y se inició en la década de 1990 con el apoyo de empresas privadas como Nestlé y Gloria.2 La Provincia de Chota, además, es favorecida por las condiciones climáticas y la presencia de suelos limoso-arenosos que permiten el cultivo continuo de esta legumbre en forma especializada, existiendo zonas en las que se obtienen dos cosechas anuales. El cultivo de la arveja se combina en forma complementaria con cereales

y tubérculos en

muy pequeña escala. Es una agricultura principalmente de secano, necesitándose del riego sólo en la época de verano, cuando se siembra en muy poca escala, siendo esta uno de los factores importantes por el cual se siembra este tipo de cultivo en la provincia.

2

Información obtenida de la página web http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/bitstream/handle/123456789/9426/ARISTA_CONTRERAS_PLANEAMIENTO_CHOTA.pdf?sequence =1. Visitada el día 03/11/2018. Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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En cuanto a las principales actividades económicas de la Unidad Territorial de Querocoto, por las características de su clima, suelos y la experiencia de los productores agropecuarios; se puede constituir en un productor importante de leche y productos lácteos, papa, olluco, trucha, ganado vacuno y ovino. Asimismo Existen áreas con aptitud agrícola y muchas fuentes de agua para consumo humano teniendo carencias de regadío. Vialmente es un distrito articulado con el distrito de Querecotillo y el Proyecto Minero la Granja donde actualmente se viene realizando exploraciones mineras con una concesión 7200 hectáreas, finalmente cuenta con recursos turísticos (arqueológicos, paisajísticos) para su puesta en valor mediante la estructuración de circuitos atractivos que generen su desarrollo en distrito como las ruinas arqueológicas de Pacopampa. 3.8

DISTANCIAS, TIEMPOS Y DATOS GENERALES DE LA UNIDAD TERRITORIAL. La unidad Territorial denominada “QUEROCOTO” se encuentra ubicada en el Distrito de Querocoto, de la Provincia de Chota y Departamento de Cajamarca, la cual tiene comprendido los siguientes caseríos, como se ha detallado anteriormente: Pariamarca, La Lima, La Palma, La Pampa, El Palmo, El Cucho y Maray; entre otros los cuales se interconectan a través de trochas carrozables y caminos de herradura. El tiempo que toma el trayecto de Cajamarca a Chota es de 3 horas; de la ciudad de Chota al distrito de Querocoto, se accede por la vía que va en dirección a Chiclayo hasta el cruce a Querocoto, luego el recorrido se hace por una trocha carrozable hasta el distrito de Querocoto, haciendo un recorrido de 86.30 km en un tiempo promedio de 2 horas y 40 minutos; para llegar a los caseríos y centros poblados que conforman la unidad territorial, el recorrido es por tochas carrozables y caminos de herraduras. El medio de transporte es terrestre y la movilidad debe ser privada o particular, pues no existe medios de transporte público del pueblo de Querocoto hasta los caseríos dentro del área en estudio. Es necesario mencionar que un centro poblado se define como todo lugar del territorio nacional rural o urbano, identificado mediante un nombre y habitado con ánimo de permanencia. Sus habitantes se encuentran vinculados por intereses comunes de carácter económico, social, cultural e histórico. Dichos centros poblados pueden acceder, según sus atributos, a categorías como: caserío, pueblo, villa, ciudad o zona prioridad turística.

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Datos de centros poblados y caseríos dentro de la Unidad Territorial

Centro Poblado/Caserío/Anexo

Fecha de trabajo

Tiempo de llegada desde el Distrito de Querocoto

Distancia Recorrida desde el Distrito de Querocoto

Acceso

Reservorios de agua entubada

LA PALMA

06/11/2018

50 min

20.2 km

via

2.00

LA GRANJA

06/11/2018

1 hora

25 km

via

2.00

LA PAMPA

06/11/2018

1 hora - 5 min

26.5 km

via

1.00

PARIAMARCA

07/11/2018

1 hora - 30 min

36 km

via

1.00

1 hora

37.5 km

via

30 min

1.4 km

camino herradura

MARAY

07/11/2018

I.E. (inicial), iglesia, campo deportivo, casa comunal, 02 Reservorios I.E. (inicial, promaria, secundaria), iglesia, losa deportiva, posta médica, casa comunal, 02 Reservorios I.E. (inicial, primaria, secundaria), iglesia, campo deportivo, casa comunal, 01 Reservorios, cementerio I.E. (inicial, primaria, secundaria), iglesia, campo deportivo, casa comunal, 01 Reservorios, cementerio

I.E. (inicial, primaria, secundaria), iglesia, campo deportivo, casa comunal, cementerio

-

CUCHO

07/11/2018

1 hora - 35 min

40 km

via

1.00

EL PALMO

08/11/2018

1 hora - 20 min

34.2 km

via

1.00

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Prop. De Exclusión

I.E. (primaria), iglesia, campo deportivo, casa comunal, 01 Reservorios, cementerio I.E. (primaria), iglesia, campo deportivo, 01 Reservorios

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Teniendo en cuenta el último Censo realizado a nivel nacional y al haberse actualizado el Directorio de Centros Poblados de la página web oficial del INEI, obtenemos la siguiente información que fue corroborada en campo: DISTRITO DE LLAMA – CHOTA Centro Poblado/Caserío/Anexo LA PALMA LA GRANJA LA PAMPA PARIAMARCA MARAY CUCHO EL PALMO

REGIÓN ALTITUD NATURAL (según piso (m s.n.m.) altitudinal) Yunga

2043.00

Yunga

1941.00

Yunga

1986.00

Yunga

2156.00

Yunga

2500.00

Yunga

2267.00

Quechua

2553.00

POBLACIÓN CENSADA Total

Hombre

Mujer

Fuente: Censos nacionales 2017 – Portal web INEI.

4

MARCO GEOGRÁFICO Y CARTOGRAFÍA BASE.

Cartográficamente MYSRL

“QUEROCOTO”,

la se

Unidad ubica

en

Territorial las

hojas

cartográficas 13E-INCAHUASI Datum, WGS-84. Código ubigeo provincia, Chota, 0604, código ubigeo de Distrito de Querocoto 060412. La delimitación inicial de la Unidad Territorial fue establecida por la UEGPS en convenio con el Gobierno Regional quien realizó el pre diagnóstico Fuente: Brigada Físico Legal – Consocio Nip S.A – Eptisa

del PTRT3. La información gráfica de la delimitación de los

linderos se constató en campo con la compañía de las autoridades de cada sector considerando la imagen orto rectificada de Pléyades y la base gráfica brindada por la

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DIGESPACR. Para el proceso de levantamiento de coordenadas se trabajó con un GPS de marca SPECTRA PRECISIÓN modelo MobileMapper 50. En gabinete se procesó los datos, usando los programas de: Pathfinder Office y Auto CAD y Arcgis, se verificó el plano perimétrico y de ubicación, encontrándose su centroide, E: 707,916.3975, N: 9'299,749.0828, a continuación, datos de ubicación: - Ubicación Geográfica de la Unidad Territorial Departamento.

: Cajamarca

Provincia

: Chota

Distrito

: Querocoto

Capital

: Querocoto

Altitud

: 2422 m s. n. m.

- Límites del Distrito de Querocoto. NORTE

: Distrito de Querocotillo (Provincia de Cutervo)

SUR

: Con los Distritos de Huambos y Llama

ESTE

: Con la Provincia de Cutervo

OESTE

: Con el Distrito de Miracosta.

4.1 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS3 La Unidad Territorial tiene forma irregular, con los siguientes linderos y medidas: 

Por el Norte: Partiendo del punto P3403 con dirección noreste, cruzando la quebrada Casquin siguiendo una línea poco quebradiza hasta el punto P3414, coincidiendo con el cauce del río Misahuanga, el límite hace un quiebre en dirección sureste y sigue aguas abajo del río Misahuanga, hasta el punto P28, donde el límite hace un giro en dirección este y continua en el mismo sentido del cauce del mismo río hasta el punto P51, punto que coincide con el cauce de la Quebrada Honda, siguiendo en la misma dirección hasta el punto llegar al punto P57, donde el límite gira en dirección sureste. En todo este tramo colinda con el Distrito de Querocotillo.



Por el Este: Partiendo del punto P57 en dirección sureste, cruzando por el río Chongoyapito y siguiendo en la misma dirección hasta el punto P77, el límite colinda con el Proyecto de Vuelo PV511, luego el límite continua por el lindero, siempre en

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Elaborado por el Área GIS del Consorcio Nip S.A – Eptisa. Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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dirección sureste por una línea quebradiza hasta el punto P1190, el límite continua en la misma dirección y llega hasta el divortium acuarum, donde el límite sigue el cauce de la quebrada Honda aguas abajo, por los linderos de varios propietarios, pasando por el centro poblado de Las Pampas de Paraguay, hasta llegar al punto P2457, cuyo punto intercepta a la quebrada Honda, continuando en la misma dirección sureste hasta el tramo P2530-P2531 donde coincide con la trocha carrozable Querocoto. Siguiendo en dirección sur donde el límite se torna menos quebradizo, pasando por los linderos de propiedades de terceros hasta llegar al punto P2907. En todo este tramo colinda con el Proyecto de Vuelo PV511. 

Por el Sur: Partiendo del P2907 con dirección noroeste sigue una línea recta hasta el punto P2909, donde el límite hace un quiebre en dirección oeste y sigue una línea recta hasta el punto P2910, siguiendo un límite recto hasta el punto P2914, punto que coincide con el cauce de una quebrada sin nombre, el límite cruza ésta quebrada y sigue en dirección noroeste hasta el punto P2926, donde el límite hace un quiebre y sigue en dirección noreste por una línea poco irregular hasta el punto P2938, el límite sigue en dirección oeste un pequeño tramo, hasta el punto P2941, donde el límite gira en dirección suroeste por una línea irregular hasta el punto P2960, el límite cruza la quebrada Checos y sigue en dirección suroeste por una línea quebradiza, cruzando una quebrada sin nombre, el límite sigue en esa misma dirección hasta el punto P2975. En todo este tramo colinda con el Distrito de Querocoto.223



Por el Oeste: Partiendo del punto P2975 con dirección Norte coincide con el lindero del Proyecto de Vuelo PV223, siguiendo éste lindero por un límite quebradizo hasta el punto P3253, donde el límite llega hasta el río Paltic y sigue aguas abajo en dirección oeste hasta el punto P3260, el límite gira en dirección noroeste y sigue una línea quebradiza hasta el punto P3335, el límite sigue por los mismos linderos y continua en dirección noroeste por una línea curva hasta el punto P3392, el límite hace un quiebre en dirección norte y sigue en esa dirección, cruzando la quebrada Tucho hasta llegar al punto P3398, donde el límite vuelve hacer un quiebre en dirección noroeste hasta el punto P3400, continúa en la misma dirección hasta el punto P3403 que es el punto de inicio.

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ÁREA

: 4,822.5862 ha.



PERÍMETRO

: 50,592.28 m.



CENTROIDE

: E: 707,916.3975

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Modo de cálculo cartesiano. Modo de cálculo cartesiano. N: 9'299,749.0828

VÍAS DE COMUNICACIÓN: La Unidad Territorial se encuentra ubicada en el distrito de Querocoto, a la cual se llega partiendo de la ciudad de Cajamarca por la Carretera a Chota, pasando la ciudad de Chota se sigue por la carretera a Huambos, pasando esta ciudad se recorriendo un pequeño tramo se gira ala derecha con por la carretera al distrito de Querocoto y finalmente se llega hasta el lugar donde se encuentra la unidad territorial (Cacerio de Querocoto) motivo de la presente.

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4.2 ENTORNO DE LA UNIDAD TERRITORIAL

Fuente: ÁREA GIS – Consocio Nip S.A – Eptisa

La unidad territorial en estudio se encuentra dentro de los límites de los distritos de Querocoto, en la Provincia de Chota, departamento de Cajamarca. En su ámbito territorial operan y ejercen autoridades civiles reconocidas por la población, por tal motivo, la información que se solicitó mediante oficios involucró tanto a la Municipalidad provincial de Chota y la Municipalidad Distrital de Querocoto, entre otras entidades estatales.

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4.3 EXTENSIÓN Y SUPERFICIE Como se ha mencionado líneas arriba la Unidad Territorial se encuentra ubicada en el Distrito Querocoto, Provincia de Chota y Departamento de Cajamarca. El Distrito de Querocoto tiene una extensión de 301.10 km² y se divide en los siguientes caseríos:

Atago,

Cachipampa,

Ayanchacra,

Carayuc,

Pacopampa, Changomarca,

Cercado

Cercado Cruz

Ayuran,

Roja,

De

Querocoto, Cundin,

El

Campamento, El Cucho, El Limon, El Fuente: ÁREA GIS – Consocio Nip S.A – Eptisa

Naranjo, El Obraje, El Palmo, El Porvenir, El Rejo, El Rocoto, El Sauce, El Verde,

Huangapampa, La Fila, La Granja, La Iraca, La Lima, La Palma, La Palma De Paraguay, La Pampa, La Raya, La Totora, Maray, Marcopampa, Mitobamba, Nueva Esperanza, Pacopampa, Pagaybamba Alto, Pagaybampa Bajo, Pampagrande, Paraguay, Pariamarca, Querocoto, San Luis, San Pedro, Santa Rosa, Shanquihua, Sigues, Succhuran Alto, Succhuran Bajo, Tucac Alto, Tucac Bajo, Vista Alegre.

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4.4 PLANO DE LA UNIDAD TERRITORIAL.

Fuente: ÁREA GIS – Consocio Nip S.A – Eptisa

La Unidad Territorial “QUEROCOTO”, se encuentra ubicado en el departamento de Cajamarca, provincia de Chota, abarca los caseríos de: Andanga, Tucto, San Antonio de Congona, San Juan de Unican, Rumichaca, Minas, Sangana, Piedra Blanca, El Guayabo y Achucalá según la información gráfica, oficial, proporcionada por la DIGESPACR. Los trabajos de identificación de la Unidad Territorial, se realizaron con el apoyo de las autoridades del lugar y pobladores. 5

OBJETIVOS. 5.1. OBJETIVO GENERAL - Identificar posibles superposiciones con derechos de terceros, propiedades de terceros, u otras situaciones técnico jurídicas que dificulten el proceso de formalización rural, de acuerdo a lo previsto en los artículos 3°, 15° y 28° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1089 en la UT descrita ut supra, además se establecerá la posibilidad de formalización de parcelas identificadas y proponer las acciones de formalización aplicables.

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5.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. - Recopilar información gráfica y documentaria de diversas entidades estatales y privadas; así como información catastral urbana y/o rural generada por otras entidades. - Definir el ámbito o área del proyecto catastral o unidad territorial, teniendo presente que no debe presentar superposición con otros ámbitos trabajados. - Definir la condición físico legal y jurídica del área a formalizar y, principalmente si la misma presenta superposición con áreas excluidas de los procesos de formalización y titulación de predios rústicos y tierras eriazas habilitadas en propiedad del Estado y, de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio en predios rústicos de propiedad privada. - Determinar el entorno de la unidad territorial, para identificar las condiciones riesgosas que podrían afectarla, además de las zonas de protección y sitos o zonas arqueológicas excluidas del proceso de formalización de la propiedad rural. - Determinar los derechos de propiedad inscritos, no inscritos y posibles derechos existentes en la Unidad Territorial. - Identificación de la existencia de territorio de comunidades campesinas o nativas en la unidad territorial. - Determinar las áreas de uso público, de protección, destinadas a proyectos hidroenergéticos y demás áreas no aplicables de conformidad al artículo N° 3 del Decreto Supremo, 0322008-Vivienda.

6.

MARCO LEGAL. 6.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ. ARTÍCULO. 88º. RÉGIMEN AGRARIO. El estado apoya preferentemente el desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquiera otra forma asociativa. La ley puede fijar los límites y la extensión de la tierra según las peculiaridades de cada zona. Las tierras abandonadas, según previsión legal, pasan al dominio del estado. ARTÍCULO 89º. COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior. El Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y Nativas.

6.2. NORMAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA DECRETO LEGISLATIVO Nº 997 Decreto legislativo que aprueba la ley de organización y funciones del Ministerio de Agricultura, modificada por la ley N° 30048. DECRETO SUPREMO Nº 008-2014-MINAGRI Reglamento de organización y funciones del Ministerio De Agricultura Y Riego - MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINAGRI Decreto Supremo N° 018-2016Minagri Y, Decreto Supremo N° 001-2017-Minagri. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0181-2016-MINAGRI Disponen que el Ministerio de Agricultura y Riego asumen la titularidad de dominio respecto de los terrenos inscritos a nivel nacional en el registro de la propiedad inmueble de los Registros Públicos, adquiridos por este Ministerio en aplicación del D. Ley Nº 17716, Ley de reforma agraria y del D. Leg. Nº 653.

6.3. NORMAS GENERALES LEY N° 26505 Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas. LEY N° 28259 Ley de reversión a favor del estado de los predios rústicos adjudicados a título gratuito. LEY N° 28667 Ley que declara la reversión de predios rústicos al dominio del estado, adjudicados a título oneroso, con fines agrarios, ocupados por asentamientos humanos.

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DECRETO SUPREMO N° 011-97-AG Aprueban el reglamento de la ley n° 26505, referida a la inversión privada en el desarrollo de actividades económicas en tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0435-97-AG Disponen que el PETT tenga a su cargo el procesamiento de expedientes de caducidad de contratos de otorgamiento de tierras eriazas DECRETO SUPREMO N° 035-2004-AG Aprueban reglamento de la ley Nº 28259 – Ley de reversión a favor del estado de los predios rústicos adjudicados a título gratuito. DECRETO SUPREMO N° 018-2006-AG Aprueban reglamento de la Ley Nº 28667 - Ley que declara la reversión de predios rústicos al dominio del estado, adjudicados a título oneroso, con fines agrarios, ocupados por asentamientos humanos. DECRETO SUPREMO N° 017-2009-AG Aprueban reglamento de clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor. DECRETO SUPREMO N° 013-2010-AG Aprueban reglamento para la ejecución de levantamiento de suelos. DECRETO SUPREMO N° 001-2013-AG Alcance de la rectoría de la política nacional agraria en materia de saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria. DECRETO SUPREMO N° 018-2014-VIVIENDA Decreto Supremo que transfiere el catastro rural de COFOPRI al Ministerio De Agricultura Y Riego y determina procedimientos y servicios a cargo de los gobiernos regionales sobre catastro rural.

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DECRETO SUPREMO N° 014-2016-JUS Decreto Supremo que establece la exoneración del pago de tasas registrales y derechos de tramitación a favor de gobiernos regionales. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0811-2009-AG Aprueban relación de procedimientos administrativos a cargo de las direcciones regionales de agricultura derivados de la función específica del literal “n” del artículo 51 de la ley orgánica de gobiernos regionales. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0304-2010-AG Declaran concluido proceso de transferencia de función específica a los gobiernos regionales de Ayacucho, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Pasco, Puno, San Martín, Tumbes Y Ucayali. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2011-VIVIENDA Establecen que los gobiernos regionales de amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Pasco, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes Y Ucayali son competentes para la función establecida en el inciso n) del artículo 51 de la ley orgánica de gobiernos regionales. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 161-2011-VIVIENDA Declaran concluido proceso de transferencia de función en materia agraria a los gobiernos regionales de Cusco, Madre De Dios, Moquegua, Piura y municipalidad metropolitana de Lima. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0478-2013-MINAGRI Aprueban relación de procedimientos administrativos, derivados del D. Leg. N° 1089 y su reglamento aprobado por D.S. n° 032-2008-VIVIENDA. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 084-2016-VIVIENDA Declaran concluido proceso de efectivización de la transferencia de competencias al gobierno regional de Arequipa, de la función específica establecida en el inciso n) del art. 51 de la ley orgánica de gobiernos regionales.

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6.4 NORMAS DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE LA PROPIEDAD AGRARIA DECRETO LEGISLATIVO N° 1089 Decreto legislativo que establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales. DECRETO SUPREMO N° 032-2008-VIVIENDA Aprueban reglamento del decreto legislativo N° 1089 - Decreto legislativo que establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales. DECRETO SUPREMO N° 013-2016-MINAGRI Decreto supremo que modifica el reglamento del decreto legislativo N° 1089, decreto legislativo que establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales, aprobado por decreto supremo N° 032-2008-vivienda. DECRETO SUPREMO N° 009-2017-MINAGRI Decreto supremo que modifica el reglamento del decreto legislativo N° 1089, decreto legislativo que establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales, aprobado por decreto supremo N° 032-2008-vivienda. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0556-2015-MINAGRI Lineamientos para la ejecución de los procedimientos de formalización y titulación de predios rústicos de propiedad del estado y de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0581-2015-MINAGRI Lineamientos sobre procedimiento de formalización y titulación de tierras eriazas habilitadas e incorporadas a la actividad agropecuaria al 31 de diciembre de 2004. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0711-2015-MINAGRI Aprueban lineamientos para la inmatriculación de predios a nombre del estado para asumir titularidad sobre predios inscritos a nombre de cualquier entidad estatal, con fines de formalización y titulación de la propiedad agraria. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0111-2016-MINAGRI Servicio de consultoría para la ejecución de actividades de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales y de comunidades en las regiones de Amazonas, Cajamarca y San Martín

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Aprueban lineamientos para la ejecución del procedimiento de rectificación de áreas, linderos, medidas perimétricas, ubicación y otros datos físicos de predios rurales inscritos. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0242-2016-MINAGRI Lineamientos para la ejecución de la etapa de calificación en los procedimientos de formalización y titulación de predios rústicos. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 194-2017-MINAGRI Aprueban los lineamientos para la ejecución del proceso de evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas y la clasificación por su capacidad de uso mayor a nivel de grupo, con fines de titulación. 6.5

NORMAS REGISTRALES

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 126-2012-SUNARP-SN Aprueban texto único ordenado del reglamento general de los Registros Públicos. RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 097-2013-SUNARP/SN Aprueban reglamento de inscripciones del registro de predios de la SUNARP. 6.6

OTRAS NORMAS LEGALES RELACIONADAS

LEY N° 28294. Ley que crea el Sistema Nacional Integrado De Catastro y su vinculación con el registro de predios. RESOLUCIÓN DE SECRETARIA Nº 026-2008-COFOPRI/SG. Aprueba el manual de diagnóstico de la informalidad de la propiedad urbana y rural de COFOPRI. RESOLUCIÓN DE SECRETARIA Nº 017-2009-COFOPRI/SG. Aprueba la Directiva Nº 003-2009-cofopri – Lineamientos para la ejecución de los procedimientos de formalización y titulación de predios rústicos y tierras eriazas habilitadas.

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DIRECTIVA N° 003-2009-COFOPRI “Lineamientos para la ejecución de procedimientos de formalización de predios rústicos y de tierras eriazas habilitadas RSG N° 017-2009-COFOPRI/SG. DIRECTIVA N° 002-2011-COFOPRI “Lineamientos para la ejecución de calificación de predios rústicos, RSG N° 013-2011COFOPRI/SG. MANUAL PARA EL LEVANTAMIENTO CATASTRAL DE PREDIOS RURALES, RSG N° 0522009-COFOPRI/SG. Directiva N° 001-2010-COFOPRI, “Lineamientos para la ejecución de procedimientos de rectificación de áreas, linderos, medidas perimétricas, ubicación, otros datos físicos de predios inscritos; RSG N° 05-2010-COFOPRI/SG. DIRECTIVA N° 001-2011-COFOPRI “Lineamientos para la ejecución de disposiciones sobre prevalencia de la información catastral, tolerancias catastrales registrales permisibles; RSG N° 008-2011-COFOPRI/SG. DIRECTIVA N° 008-2009-COFOPRI “Lineamientos para la adecuación de los expedientes individuales en trámite de saneamiento físico legal de predios rústicos; RSG N° 045-2009-COFOPRI/SG. RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 012-2011-COFOPRI/SG Modifica el numeral 8.6 de la Directiva N° 008-2009-COFOPRI-SG. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 013-2009-COFOPRI/DE Aprueba formato de información catastral, certificado negativo de zona no catastrada. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 016-2009-COFOPRI/DE Aprueba formato a ser utilizados en el marco del decreto legislativo N° 1089. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 071-2009-COFOPRI/DE Aprueba formato de instrumentos de formalización. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 086-2009-COFOPRI/DE

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Modifica el formato de instrumentos de formalización. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 140-2009-COFOPRI/DE Aprueba formatos de modificación por cartel en procedimientos de ratificación de áreas. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 067-2010-COFOPRI/DE Aprueba formatos de publicación de avisos a publicar en el peruano en procedimientos de prescripción. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 212-2010-COFOPRI/DE Sustituye formato de certificado registrado de declaración de propiedad rural. RESOLUCIÓN DIRECTORAL 140-2011-COFOPRI/DE Aprueban formato de título de propiedad rural registrado para aplicación en predios con derecho de posesión inscrito. CÓDIGO CIVIL, ARTICULO IX TÍTULO PRELIMINAR Las disposiciones del código civil se aplican supletoriamente a las relaciones y situaciones jurídicas reguladas por otras leyes compatibles con su naturaleza. CÓDIGO PROCESAL CIVIL, PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL Las disposiciones de este código se aplican supletoriamente a los demás ordenamientos procesales compatibles con su naturaleza. LEY N°27744, ART. I TÍTULO PRELIMINAR, NUMERAL 2 Los procedimientos especiales regulados por ley expresa se rigen supletoriamente por la presente ley en los aspectos no previstos o no tratados expresamente de modo distinto.

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ENTIDADES CONSULTADAS. Para realizar el presente diagnóstico se emitió oficios de requerimiento de información externa

a diferentes entidades públicas a través de la Dirección de Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, cursándose los siguientes oficios. 7.1. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHOTA - CAJAMARCA Se solicitó información sobre planes de desarrollo urbano, planes viales, planes de expansión urbana entre otros, mediante oficio N°1897-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240095. 7.2. MINISTERIO DE CULTURA - LIMA Se solicitó información, sobre la existencia de zona o sitios arqueológicos, áreas de Patrimonio Cultural de la Nación y otros, mediante oficio N° 1899-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240124. 7.3. OFICINA DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CAJAMARCA. La información técnica y legal sobre la existencia de zonas, sitios arqueológicos y/o históricos, áreas de Patrimonio Cultural de la Nación de la unidad territorial en estudio, para el presente diagnóstico se solicitó mediante oficio N° 1900-2018-GRCAJ/DRAC/DTTCR de fecha 20/10/2018, con MAD: 04240135. 7.4. SUPERINTENDENCIA DE BIENES ESTATALES-SNB-LIMA Se solicitó información de los predios de propiedad estatal, derechos del Estado, solicitudes de adjudicación, entre otros, inmersos dentro del perímetro de la citada unidad territorial, mediante oficio Nº 1901-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240145. 7.5. SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO-LIMA Se solicitó información sobre áreas naturales protegidas, áreas de amortiguamiento, planos y otros, mediante oficio Nº 1902-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240160. 7.6. SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE - CAJAMARCA.

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Se solicitó información sobre bosques de producción, concesiones y permisos forestales y otros, mediante oficio Nº 1903-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR de fecha 20/11/2018, se requirió la información, con MAD: 04240172. 7.7. SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE - LIMA Se solicitó información sobre áreas naturales protegidas, áreas de amortiguamiento, planos y otros, esto mediante oficio N° 1905-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR de fecha 20/112018, con MAD: 04240185. 7.8. AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA- ANA. Se solicitó información, sobre disponibilidad de recursos hídricos, fajas marginales, ríos, lagunas entre otros; mediante oficio Nº 1906-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240193. 7.9. AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA MARAÑON Se solicitó información sobre la disponibilidad del recurso hídrico, fajas marginales, ríos, lagunas entre

otros;

ubicados

en

la

unidad

territorial,

mediante

oficio



1907-2018-GR-

CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240210. 7.10. DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES - LIMA Se solicitó información sopara fines de clasificación de tierras según capacidad de uso mayor, entre otros, mediante oficio Nº 1908-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240225. 7.11. PROVIAS NACIONAL - LIMA Se solicitó la información sobre carreteras y caminos que conforman la red vial nacional y otros, información solicitada mediante oficio Nº 1009-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018. MAD: 04240282. 7.12. PROVIAS NACIONAL - CAJAMARCA Se solicitó la información sobre carreteras y caminos que conforman la red vial nacional y otros, información solicitada mediante oficio Nº 1910-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 22/112018, con MAD: 04240294.

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7.13. PROVIAS DESCENTRALIZADO - LIMA Se solicitó la información sobre carreteras y caminos que conforman la red vía departamental, redes viales rurales y otros; esta información fue solicitada mediante oficio Nº 1911-2018-GRCAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240307. 7.14. INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO – LIMA Se solicitó información sobre concesiones mineras y catastro minero nacional, información georeferencial entre otros, mediante oficio Nº 1912-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240328. 7.15. INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO – CAJAMARCA Se solicitó información sobre concesiones mineras y catastro minero nacional, información georeferenciada, ubicadas en la unidad territorial, mediante oficio Nº 1913-2018-GRCAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/10/2018, con MAD: 04240338. 7.16. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA Se solicitó información sobre la existencia de litigios o procesos judiciales concluidas o en trámite dentro del territorio de la zona en estudio, mediante oficio Nº 1914-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR, de fecha 20/11/2018, con MAD: 04240343. 7.17. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS - SUNARP Se solicitó el Certificado de Búsqueda Catastral correspondiente a la Unidad Territorial, información solicitada mediante oficio N° 2143-2018-GR-CAJ/DRAC/DTTCR de fecha 23/11/2018, con MAD: 04248089.

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METODOLOGÍA DE TRABAJO. Para el desarrollo metodológico para el presente estudio, se consideró lo establecido en el Plan de Trabajo. De forma general el proceso metodológico se presenta en el siguiente gráfico que resume las principales actividades:

El Diagnóstico es un proceso continuo, ágil, dinámico y de retroalimentación. A continuación, se detalla ciertas actividades ejecutadas. 8.1. REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN EXISTENTE Se buscó la información existente sobre anteriores trabajos de diagnóstico realizados en la provincia de Chota, elaborando el marco conceptual y estructural del informe de diagnóstico. Se revisó información existente en internet sobre la Unidad Territorial, obteniendo datos sobre aspectos generales como: ubicación, ámbito geográfico, división política, población, vías de acceso, imágenes satelitales, entre otros. Además, se recopiló Información Interna del Gobierno Regional, en las oficinas de la Dirección de Titulación y Catastro Rural, así se recepcionó información de la UEGPS. 8.2. RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN EXTERNA Se solicitó información a diferentes entidades públicas a través de la Dirección de Titulación de Tierras y Castro Rural de la Dirección Regional de Agricultura, emitiéndose diversos oficios conforme a lo detallado en el punto 7 del presente diagnóstico.

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Dentro de esta actividad, también se procedió a investigar y acceder a la información disponible en los geoportales web oficiales de cada institución, conforme a lo indicado en el Informe del Producto 2 (Levantamiento de Información). 8.3. FASE DE CAMPO Esta etapa se desarrolló desde el 06 de noviembre hasta el 08 de noviembre del 2018. En esta inspección de campo la brigada de diagnóstico estuvo conformada por un Responsable Técnico y Legal. La brigada Técnico – Legal realizó en conjunto las siguientes actividades: - Reuniones informativas con las autoridades y pobladores del lugar para dar a conocer los beneficios que brinda la Titulación, Formalización y Saneamiento de la Propiedad Rural (Ver panel fotográfico en el anexo 6) - Visitas programadas a las autoridades y pobladores de los diferentes centros poblados y caseríos que conforman la unidad territorial. - Determinacion de la ubicación de reservorios de agua potable, identificando zonas de uso común, de uso de Instituciones Educativas, postas médicas, entre otros. - Verificación in situ de la ubiocación de los caseríos y centros poblados ubicados en la Unidad Territorial. CUADRO DE VISITAS A CENTROS POBLADOS Y CASERÍOS Centro Poblado/Caserío/Anexo La Granja Pariamarca La Palma La Pampa El Palmo El Cucho Maray

Fecha de Trabajo 06/11/2018 07/11/2018 06/11/2018 06/11/2018 08/11/2018 07/11/2018 07/11/2018

Fuente: Brigada Técnico Legal del Consorcio NIP, S.A. – EPTISA

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El Responsable Técnico se dedicó a la obtención de datos técnicos de campo realizando las siguientes actividades: - Reconocimiento de la zona de trabajo para la exclusión de espacios de uso común y estructuras hidráulicas, propiedad estatal (Centros Educativos, Postas Medicas, Cementerios, Reservorios, iglesias y otros). - Transferencia de la información necesaria a formatos shape y se contrastó con la información digital con la que se cuenta. - Toma de puntos de coordenadas con GPS diferencial. - Se verificó los datos técnicos de la Unidad Territorial “Querocoto”, con la presencia de las autoridades y pobladores, sobre imágenes orto rectificadas de Pléyades a fin de verificar los linderos de la unidad territorial, hemos tomado puntos de control en cada área que se excluirá. Para este fin, se utilizó un colector de datos, GPS marca SPECTRA PRECISIÓN modelo MobileMapper 50, configurada en el Sistema WGS - 84, Zona 17, para el levantamiento de información se utilizaron imágenes ortorectificadas de Pléyades donde se han identificado estructuras hidráulicas, edificaciones y áreas de uso común. El Responsable legal realizó las siguientes acciones: - Reconocimiento de la zona de trabajo e identificación de la ubicación de las Entidades locales. - Presentación de la brigada técnico legal y coordinación con las autoridades y pobladores de los diferentes centros poblados y caseríos que conforman la Unidad Territorial. - Recopilación de la información existente sobre antecedentes de propiedad (se preguntó sobre la existencia de títulos de propiedad de Reforma Agraria, PETT o COFOPRI, escrituras públicas e imperfectas, documentos privados, testamentos, hijuelas, minutas, recibos de pago de autoevalúo. entre otros). - Aplicación de encuestas a los pobladores de los diferentes centros poblados y caseríos de la Unidad Territorial. - Se brindó Orientación legal a los pobladores que lo requirieron durante la inspección de campo, en la cual se absolvieron diferentes inquietudes como: ¿Se van a pagar predios?, ¿La titulación de tierras tendrá algún costo?, ¿Se pueden volver a titular los hijos o compradores que tienen en posesión parte de un terreno inscrito?, ¿En cuánto tiempo se obtendrá el título de propiedad?, ¿Qué tipo de documentos debe tener el poblador para poder titularse?, ¿Cuáles son los requisitos?¿Cuándo empiezan los trabajos de titulación?

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- Se visitó a las entidades locales como Municipalidades, Instituciones Educativas, Postas Médicas y otros con la finalidad de recopilar información sobre la Unidad Territorial para incluir dichos datos en el diagnóstico. 8.4. PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. Durante la Inspección de campo se verificaron datos relevantes para el diagnóstico. El detalle por caseríos que conforman la unidad territorial es el siguiente:

8.4.1. CASERÍO LA GRANJA Según

información

proporcionada

por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en este caserío habitan aproximadamente entre 96 a 115 personas. De las entrevistas realizadas

en

campo

y

de

la

información proporcionada por los mismos pobladores, se conoce que la mayoría de estas personas cuentan con título de propiedad otorgado por la entidad correspondiente en el año 1995.

Mientras

que

otros

sólo

ostentan la posesión de los predios Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa

que conducen, sin embargo muchos de los pobladores no lograron acceder

a este beneficio en el año señalado; por lo que se entiende que de seis (06 personas) encuestadas tres cuenten con título de propiedad y los otros tres agricultores tengan solo la posesión de sus parcelas sin tener algún documento que pueda sustentar la posesión.

Datos de las autoridades del caserío: PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD

NOMBRES Y APELLIDOS

TENIENTE GOBERNADOR

Obispo Manayalle Mendo

AGENTE MUNICIPAL

Rosendo Sánchez Manayalle

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N° CELULAR 945495384

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8.4.2. CASERÍO PARIAMARCA De igual manera según información obtenida en Municipio habitan en este caserío aproximadamente 71 personas.

De

las

entrevistas

realizadas en campo y de la información proporcionada por los mismos pobladores, la mayoría de agricultores, al igual que en el caserío anterior, se conoce que la existen personas que cuentan con título de propiedad otorgado por la entidad correspondiente en el año 1995. Mientras que otros sólo Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa

ostentan la posesión de los predios que conducen, sin embargo muchos

de los pobladores no lograron acceder a este beneficio en el año señalado; por lo que se entiende que de siete (07 personas) encuestadas cuatro (04) cuenten con título de propiedad y los otros tres (03) agricultores tengan solo la posesión de sus parcelas sin tener algún documento que pueda sustentar la posesión. Datos de las autoridades del caserío: PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD TENIENTE GOBERNADOR

NOMBRES Y APELLIDOS

N° CELULAR

Gustavo Leonardo Mendo

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952288683

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Pág. 45

8.4.3. CASERÍO LA LIMA Habitan en este caserío aproximadamente 41 agricultores. De las encuestas realizadas a los pobladores, informan que en el año de 1995 se desarrolló en este sector el Proyecto de Titulación de Tierras y Catastro Rural a nombre de indistintas personas, sin embargo este beneficio no logró ingresar a este caserío por lo que en la actualidad existen agricultores que no pudieron acceder a la titulación de sus respectivos predios. Por esta razón es que, de (06 personas) encuestadas todas sólo vienen poseyendo sus parcelas sin contar con algún documento que compruebe la posesión a los mismos. Datos de las autoridades del caserío: PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD

NOMBRES Y APELLIDOS

N° CELULAR

Marcial Tenorio Leonardo

983989061

TENIENTE GOBERNADOR

8.4.4. CASERÍO LA PAMPA En

este

centro

poblado

habitan

aproximadamente entre 203 a 215 personas. Del mismo modo que en los caseríos anteriores,

de

las

encuestas

realizadas a los pobladores, informan que en el año de 1995 se desarrolló en este sector el Proyecto de Titulación de Tierras y Catastro Rural a nombre de indistintas personas, sin embargo este beneficio no logró alcanzar a todos los agricultores, por este motivo es que habitan personas con títulos de Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa

propiedad y aquellos que vienen sólo poseyendo sus parcelas sin contar con

algún documento que compruebe la posesión a los mismos. De 09 personas encuestadas, 04 cuentan con título de propiedad y 05 sólo la posesión. Datos de las autoridades del centro poblado: PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD

NOMBRES Y APELLIDOS

N° CELULAR

TENIENTE GOBERNADOR

Juan Avelino Cajo Cespedes

988781971

ALCALDE

David Cajo Cajo

996799478

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Pág. 46

8.4.5. CASERÍO LA PAMPA En este caserío se encontró que existen

aproximadamente

116

personas.

En

este

sector

al

contrario

de

las

detalladas

anteriormente, de 09 personas a quienes se les formuló la encuesta, 08 sólo tiene la posesión de las parcelas que conducen, mientras que una (01) refiere tener título de propiedad, lo cual no pudo ser corroborado por la avanzada edad Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa.

del titular. En ese sentido, es que

las autoridades de la zona refirieron que la mayoría de los pobladores no cuentan con título de propiedad o instrumento público que pueda asegurar la propiedad de sus terrenos. Datos de las autoridades del caserío: PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD TENIENTE GOBERNADOR

NOMBRES Y APELLIDOS

N° CELULAR

Julian Purihuaman Correa

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932034881

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CASERÍO EL PALMO De la visita realizada al caserío, y de las

encuestas

realizadas

aproximadamente

existen

existen

64

habitantes, de los cuales no cuentan con títulos de propiedad; de tal manera, la población en su totalidad se verá beneficiada con el proyecto de titulación; más aún, si nunca fueron beneficiados con otros proyectos de formalización; se pudo evidenciar en campo

Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa.

también

que

de

agricultores

encuestados,

cuenta

los

con

acrediten

su

los

ninguno

documentos posesión

que como

transferencias de posesión, contratos privados o certificados de posesión. Datos de las autoridades del caserío: PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD

NOMBRES Y APELLIDOS

ALCALDE

Santiago Ricardo Cajo Manayalle

AGENTE MUNICIPAL

Reynaldo Sánchez Sánchez

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07

N° CELULAR 979977262 -

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CASERÍO EL CUCHO Sobre la información que se obtuvo de la situación jurídica de algunos predios y de los datos proporcionados por la autoridad, existen aproximadamente 172 personas que habitan este centro poblado, y las cuales en su mayoría se verían beneficiadas por el presente Proyecto. Pues de las encuestadas realizadas

en

agricultores

el

solo

sector

(11),

10

con

la

cuentan

posesión de sus predios, sin ningún documento que los respalde para acreditar transferencias de posesión, y Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa

solo 01 agricultor conserva contrato privado

de

compra-venta.

La

información de la autoridad persiste en el conocimiento de recomendar la factibilidad del Proyecto en el centro poblado, pues los pobladores necesitan formalizar sus propiedades. Datos de las autoridades del caserío PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD ALCALDE

NOMBRES Y APELLIDOS

N° CELULAR

Santiago Ricardo Cajo Manayalle

979977262

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Informe de Diagnóstico Físico Legal de la Unidad Territorial: QUEROCOTO 8.4.8.

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CASERÍO MARAY Sobre la información que se obtuvo de la

situación

jurídica

de

algunos

predios y de los datos proporcionados por

la

autoridad,

existen

aproximadamente 35 personas que habitan este centro poblado, y las cuales en su mayoría se verían beneficiadas

por

el

presente

Proyecto. Si bien existen pobladores que

se

vieron

beneficiados

por

anteriores proyectos, aún la mayoría de buscarían formalizar su propiedad. Tal es así que del total de encuestas Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa

tomadas (13) en este sector, 08 agricultores solo ostentan la posesión

de sus predios, mientras que otros 05 tendrían títulos de propiedad de Reforma Agraria, esta información no pudo ser corroborada, pues no llevaban consigo los documentos para ser exhibidos por el personal legal. Sin embargo, las autoridades del lugar refirieron que fueron pocos los beneficiados por el proyecto anterior, por lo que es necesario buscar la formalización de los predios que no pudieron acceder al beneficio años atrás.

Datos de las autoridades del caserío: PRINCIPALES AUTORIDADES AUTORIDAD AGENTE MUNICIPAL

NOMBRES Y APELLIDOS

N° CELULAR

Julio Gustavo Cajo Manayalle

978220378

Sobre la información procesada - Según la inspección en campo realizada en la unidad territorial, se pudo evidenciar que los pobladores poseen parcelas en diferentes caseríos dentro de los límites de la Unidad Territorial. - Se identificaron iglesias evangélicas que funcionan dentro del terreno en posesión de pobladores del lugar. Se indicó que estas concesiones son producto de un contrato de

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donación a nombre de Asociaciones o Cooperativas formadas por los pobladores, siendo ellos quienes busquen formalizar su propiedad con el tiempo y de acuerdo a sus posibilidades. - Los pobladores al ser informados de los beneficios de contar con un título de propiedad, en su mayoría se vieron interesados con colaborar y ser parte activa del Proyecto, prestaron su tiempo en asistir al Ingeniero Técnico en la ubicación de las construcciones hidráulicas y obtener demás datos importantes; al Abogado de Campo coadyuvaron en responder apropiada y adecuadamente cada pregunta formulada, en tal caso se pudo obtener información sustancial para ser contrastada posteriormente con la adquirida de SUNARP. - Sobre la documentación obtenida en campo, se puede observar que no existen documentos privados de compra- venta de terrenos rústicos firmados por Jueces de Paz de la zona más cercana; se advirtió sin embargo que la mayoría de la población solo ostentaba la posesión de sus parcelas. - Se evidenciaron títulos de propiedad inscritos en Registros Públicos, nombre y partidas electrónicas que serán enviadas mediante oficio a SUNARP para ser incluidas en el presente informe de diagnóstico. Cuadro de encuestas realizadas en diferentes caseríos de la Unidad Territorial: CASERÍO

TIPO DE DOCUMENTOS QUE POSEE DOCUMENTO DOCUMENTO PRIVADO PÚBLICO

SÓLO POSESIÓN

TOTAL

La Granja Pariamarca La Lima La Palma La Pampa El Palmo El Cucho Maray La Granja Pariamarca TOTAL

(*) El presente cuadro fue elaborado en base a las encuestas aplicadas; en algunos casos los pobladores encuestados pusieron a la vista sus documentos, los cuales fueron fotografiados y se adjuntan en el Anexo N º 07.

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PORCENTAJES DE ENCUESTAS REALIZADAS EN LA UT - MIRACOSTA 2 ACHUCALA 6% EL GUAYABO 7% PIEDRA BLANCA 6%

ANDANGA 18%

TUCTO 9%

SANGANA 10% SAN ANTONIO DE CONGONA 14%

MINAS 10% RUMICHACA 8%

SAN JUAN DE UNICAN 12%

RESULTADOS DEL PROCESAMIENTO DE DATOS TOMADOS EN LAS ENCUESTAS - UT MIRACOSTA 2 1, 1% 17, 18%

75, 81%

DOCUMENTO PRIVADO

DOCUMENTO PÚBLICO

SÓLO POSESIÓN

Del gráfico se puede observar que en total se encuestaron 93 personas, de las cuales 75 personas mantienen sólo la posesión de sus parcelas (81%), 17 personas, según lo refieren tienen títulos de propiedad inscritos en Registros Públicos y solo una persona tiene en su poder documento privado que comprueba la transferencia de la posesión de su parcela. En esta Unidad Territorial los agricultores en su gran mayoría, necesitan de la formalización de la propiedad inmueble.

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9. ANTECEDENTES REGISTRALES. Se ha solicitado el Certificado de Búsqueda Catastral a la Zona Registral N° II Sede Chiclayo con oficio N° 1456-2018-GRCAJ/DRAC/DTTCR de fecha 05/11/2018 a fin de descartar la inexistencia de superposición. Asimismo, se ha hecho el Estudio de las áreas que son materia de exclusión dentro de la U.T. 9.1.

SUPERPOSICIONES GRAFICAS Y/O SUPERPOSICIÓN DE DERECHOS Con base a la información cartográfica, temática, y estudios realizados en campo, se presenta el siguiente cuadro la existencia o no de superposición. SUPERPOSICIONES GRÁFICAS DETALLE DE SUPERPOSICIÓN

EXISTE SUPERPOSICIÓN

Con Comunidades Campesinas y/o Nativas

NO

Áreas Naturales Protegidas

NO

Zonas o Sitios Arqueológicos

SI

Bosques de Producción Permanente Concesiones Forestales Zonas Mineras y/o de Hidrocarburos Proyectos de irrigación

NO NO NO NO

NOTA

S.A. PUENTE RUMI (conforme aparece en el informe arqueológico adjunto en el anexo 8)

Se encuentran debidamente demarcadas y excluidos conforme se Si representa a los mapas temáticos en formato impreso y en formato digital Fuente: Brigada Técnica – Legal del Consorcio NIP, S.A. – Eptisa

Zonas de Expansión Urbana; escuelas; iglesias; puestos de salud; casas comunales; ríos y quebradas.

Al momento no se cuenta con información de los Registros Públicos de Cajamarca por lo tanto se desconoce a nivel registral la existencia de superposiciones con derechos de terceros dentro de la Unidad Territorial bajo estudio; sin embargo, durante la inspección de campo se ha determinado la existencia de Títulos de Propiedad otorgados por la Dirección general de Reforma Agraria y asentamiento Rural. El detalle de los documentos de propiedad recopilados es el siguiente:

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CUADRO DE PROPIEDADES DE LA UT - QUEROCOTO N°

DISTRITO

CASERÍO

CONDICIÓN

1

Querocoto

Pariamarca

Propietario

NOMBRES Y APELLIDOS Altamirano Castro Grimaldo

2

HA

U.C

PARTIDA REGISTRAL/FICHA REG./TÍTULO PROP.

2

2559, 2782

34272

17

2764,2766

16606, 16607

3 4 5 6 7

10.

ESTUDIOS DE SUELOS No se aplicó el estudio de suelo según lo prescrito en la Resolución Ministerial N°194MINAGRI; ya que la Unidad Territorial de Querocoto no se encuentra en zona de selva y/o ceja de selva.

11.

ESTUDIO ARQUEOLÓGICO Los resultados de la evaluación arqueológica en la UT Querocoto (Chota), como se puede observar del Informe de Diagnóstico Arqueológico, dio como ha dado como consecuencia el registro de 01 evidencias arqueológica. En el anexo 08 se adjunta el informe situacional arqueológico con el detalle de lo investigado y verificado en la Unidad Territorial.

12.

ANTIGÜEDAD DE POSESIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS PREDIOS DE LA UT De acuerdo a la información obtenida en campo, proporcionada por las autoridades locales la posesión de los pobladores de la Unidad Territorial es de hace aproximadamente 20 años, conforme se desprende de las constancias de posesión anexadas en el presente informe de diagnóstico (Ver anexo 7).

13.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Las presentes conclusiones y recomendaciones se formularon teniendo en cuenta sólo la información recopilada durante la inspección de campo, las cuales se pasan a detallar a continuación:

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 De las 93 encuestas obtenidas en campo, 75 personas mantienen sólo la posesión de sus parcelas (81%), 17 personas, según lo refieren tienen títulos de propiedad inscritos en Registros Públicos y solo una persona tiene en su poder documento privado que comprueba la transferencia de la posesión de su parcela. En esta Unidad Territorial los agricultores en su gran mayoría, necesitan de la formalización de la propiedad inmueble. La Unidad Territorial bajo estudio no se encuentra superpuesta con territorio de comunidades campesinas, según referencia de los propios pobladores.  Dentro de la Unidad Territorial no existen predios destinados a Proyectos Hidroenergéticos y demás áreas no formalizables, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 03 del Decreto Supremo, 032-2008-Vivienda, según referencia de los propios pobladores.  Se ha determinado la existencia de centros educativos, postas médicas, cementerios y reservorios de agua de propiedad de entidades del Estado, las cuales han sido debidamente identificadas y georreferenciadas por la brigada técnica legal.  Se ha determinado la existencia de 01 evidencia arqueológica, S.A. PUENTE RUMI, según se detalla en el Informe Arqueológico adjunto al presente, en el anexo 8.  Se encuentra pendiente la información de Registros Públicos (Certificado de Búsqueda Catastral y otros), lo que permitirá determinar la existencia de derechos de propiedad inscritos.  Al no contar con la información registral, por el momento no es oportuno proponer acciones de formalización de la propiedad dentro de la Unidad Territorial.  Con base a la información generada de cada uno de los mapas temáticos, en el siguiente cuadro se resume las áreas a excluir del procedimiento de formalización, así como también el estimado de predios potenciales a formalizar.

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Informe de Diagnóstico Físico Legal de la Unidad Territorial: QUEROCOTO DETALLE DEL MAPA 1.1 Mapa general de la UT y orto imagen 1.2 Mapas de centros poblados 1.3 Mapas de escuelas 1.4 Mapas de iglesias 1.5 Mapas de cementerios 1.6 Mapas de puestos de salud 1.7 Mapas de reservorios y canales 1.8 Mapas de ríos y quebradas con fajas marginales 1.9 Mapas de vías con fajas marginales 1.10 Mapas de bosques de protección permanente 1.11 Mapas de áreas naturales protegidas 1.12 Mapa con mosaico de propiedades * 1.13 Mapas de sitios arqueológicos 1.14 Mapa de líneas de tendido eléctrico 1.15 Mapa de casas comunales 1.16 Mapa áreas deforestadas después del año 2010

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SUP.(ha) 4822.5918 -----------5.0191 0.1271 0.5101 0.1040 0.0384 20.1521 11.8550 ---------------------------------38.1626 ----------------------------

TOTAL ÁREA A FORMALIZAR

4746.6234

PREDIOS A FORMALIZAR **

1065

* Con la información disponible a la presentación del informe. ** Dato obtenido, con base al estudio socio ambiental. ambiental

RECOMENDACIONES. - Se recomienda recopilar la Información Registral (Certificado de Búsqueda Catastral, copia literal de partidas registrales, títulos archivados, predios matrices), con la finalidad de determinar con exactitud los derechos que correspondan a los predios dentro de la Unidad Territorial. Al contar con esta información estaremos en condiciones de formular con precisión las acciones de formalización que correspondan.

LIMITACIONES

- Para la realización del presente informe de diagnóstico no se ha contado con la información de Registros Públicos de Cajamarca; en consecuencia, por el momento no es oportuno formular acciones de formalización.

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14. ANEXOS.

Anexo Nº 01

: Mapas Temáticos 1.1 Mapa general de la UT y ortoimagen 1.2 Mapas de centros poblados 1.3 Mapas de escuelas 1.4 Mapas de iglesias 1.5 Mapas de cementerios 1.6 Mapas de puestos de salud 1.7 Mapas de reservorios y canales 1.8 Mapas de ríos y quebradas con fajas marginales 1.9 Mapas de vías con fajas marginales 1.10 Mapas de bosques de protección permanente 1.11 Mapas de áreas naturales protegidas 1.12 Mapa con mosaico de propiedades 1.13 Mapas de sitios arqueológicos 1.14 Mapa de líneas de tendido eléctrico 1.15 Mapa de casas comunales 1.16 Mapa áreas deforestadas después del año 2010

Anexo Nº 02

: Oficios de solicitudes de información

Anexo Nº 03

: Ficha de levantamiento de información

Anexo N°04

: Encuestas Técnico Legal de Campo

Anexo Nº 05

: Documentos de propiedad encontradas en campo

Anexo Nº 06

: Panel Fotográfico

Anexo Nº 07

: Documentos probatorios de antigüedad de la posesión

Anexo Nº 08

: Informe de diagnóstico Arqueológico

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Anexos

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Anexo Nº 01 Mapas Temáticos

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Anexo Nº 02 Oficios de solicitudes de información

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Anexo Nº 03 Ficha de levantamiento de información

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Anexo N° 04 Encuestas Técnico – Legal de campo

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Anexo Nº 05 Documentos de propiedad encontrados en campo (NO APLICA)

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Anexo Nº 06 Panel Fotográfico

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Anexo Nº 07 Documentos probatorios de antigüedad de la posesión

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Anexo Nº 08 Informe de diagnóstico Arqueológico

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