Derecho Corporativo

DERECHO CORPORATIVO Emigdio López Acevedo TEPIS TKM 18 mayo 12 ENFOQUES AL DERECHO CORPORATIVO - Derecho societario.

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DERECHO CORPORATIVO Emigdio López Acevedo TEPIS TKM

18 mayo 12

ENFOQUES AL DERECHO CORPORATIVO

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Derecho societario. En la integración y desarrollo de sociedades mercantiles. Como controladoras por su participación accionaria. En la competencia económica.

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COMO CONTROLADORAS: Holding, es una forma de control accionario en las sociedades con fin económico, donde uno o más socios adquieren más del 50% de las acciones de una sociedad mercantil (S.A) para controlar la toma de decisiones en la asamblea de accionistas. Ejem. Grupos financieros o empresariales.

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Por su forma de constituirse y gobernarse: Como derecho societario: regula la forma de organización de los socios de acuerdo a su contrato social, donde se establecen las bases por las cuales administran su sociedad. (Gobierno corporativo)

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Por su concentración en la economía. Competencia económica: es la que se puede dar por acuerdo de partes o agentes económicos para fusionarse, escindirse, establecer consorcios, asociación en participación o joint venture, para adquirir el control accionario y directivo , y pretender controlar, manipular precios del mercado que impidan la competencia. CONCEPTO DE DERECHO CORPORATIVO COMO DERECHO SOCIETARIO

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Conjunto de principios, instituciones y normas jurídicas que regulan la creación, administración, liquidación y expansión de las sociedades mercantiles, con el objetivo primordial de aplicar cada una de las ramas del derecho que sean necesarias en la

empresa, para así prever, organizar, planear y solucionar los problemas del orden jurídico que se presenten o en su caso darle seguridad jurídica a ésta.

29 mayo 12

SOCIEDADES MERCANTILES: En materia de derecho corporativo. El derecho

societario encargado de la constitución y desarrollo de las asambleas de accionistas, así como sus modificaciones a sus estatutos. Estableciendo un gobierno corporativo que avale las funciones de los consejeros. Regula lo referente al pago de los dividendos por las acciones.

DERECHO ADMINISTRATIVO: Vincula a las empresas cuando estas solicitan, les autoriza, les otorga ya sea un permiso, autorización o contrato que otorgue o emita una dependencia de gobierno. De igual manera cuando la empresa la sujeta a inspecciones o a la emisión de actos administrativos por concepto de sanciones.

TELECOMUNICACIONES: Se vincula a la empresa cuando esta por la actividad que realiza requiere y explota señales de radiocomunicación, implicando permisos o concesiones.

LABORAL Y SOCIAL: Resulta una implicación indispensable en cualquier centro de trabajo debido a la intervención como factor humano de los trabajadores tanto de confianza como sindicalizados, donde la empresa tiene que resguardar y proteger los derechos de los trabajadores. En el ámbito de la seguridad social el patrón esta obligado a inscribir a sus trabajadores ante el IMSS, asegurándolos con los seguros que establece la ley del seguro social. Se vincula con la empresa cuando por sus actividades pueda implicar una afectación al medio ambiente, subsuelo o contaminación en términos generales, donde ésta mencionada empresa tendrá que cumplir con las NOMS para cuidar y proteger el equilibrio ecológico.

FISCAL: Como unidad económica está obligada a contribuir para el gasto público estatal y municipal, por lo tanto el pago de las contribuciones es inevitable por ser una persona moral residente en México. Para verificar el pago de sus impuestos, las autoridades (SAT, IMSS, INFONAVIT) pueden iniciar facultades de comprobación.

COMERCIO EXTRERIOR: Como unidad económica que desarrolla la economía, ésta esta regulada por sus operaciones de comercio exterior para evitar importaciones en exceso o exportaciones desmedidas, así como verificar el pago de los aranceles por dichas operaciones. Estarán supervisadas por las aduanas (SAT Y SECRETARIA DE ECONOMÍA).

PROPIEDAD INDUSTRIAL: Se vincula con la empresa por su actividad cuando la empresa es creadora, innovadora y pretende identificarse con algún signo distintivo. El IPI será el órganbo par aautorizar y controlar la vigencia de los derdchos de propiedad industrial. También así si la empresa con un giro creadora de obras literarias, artísticas, deberá protegerse por la ley federal de derechos de autor.

05 jun 12

ALGUNAS LEYES QUE COMPRENDE EL DERECHO MERCANTIL -

Código de comercio Ley de sociedades mercantiles Ley de títulos y operaciones de crédito Ley de concursos mercantiles Ley de propiedad industrial Ley federal de competencia económica

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Ley federal de protección al consumidor ETC

PLAN DE NEGOCIOS Concepto de estrategia. Es una cadena de elecciones que recorre toda la empresa involucrando todos los aspectos que hacen el funcionamiento de la misma. La naturaleza propia de la estrategia abarca:  Toma de decisiones  Rumbo de la organización  Cumplimiento de metas y fines  Todas estas pautas señaladas se construyen a través de un transcurso estratégico que conforma 4 etapas imprescindibles: a) El análisis estratégico: La comprensión actual de las empresas. b) El planeamiento estratégico: Es decir la selección de los cursos de acción a seguir para alcanzar los propósitos. c) La implementación estratégica: El proceso de confección de las distintas acciones previstas en los planes. d) El control estratégico: el conjunto de acciones y correcciones a realizar durante el proceso de implementación para mantener el rumbo correcto.

GUÍA EXAMEN PARCIAL ENFOQUES AL DERECHO CORPORATIVO

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Derecho societario. En la integración y desarrollo de sociedades mercantiles. Como controladoras por su participación accionaria. En la competencia económica.

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COMO CONTROLADORAS: Holding, es una forma de control accionario en las sociedades con fin económico, donde uno o más socios adquieren más del 50% de las acciones de una sociedad mercantil (S.A) para controlar la toma de decisiones en la asamblea de accionistas. Ejem. Grupos financieros o empresariales.

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Por su forma de constituirse y gobernarse: Como derecho societario: regula la forma de organización de los socios de acuerdo a su contrato social, donde se establecen las bases por las cuales administran su sociedad. (Gobierno corporativo)

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Por su concentración en la economía. Competencia económica: es la que se puede dar por acuerdo de partes o agentes económicos para fusionarse, escindirse, establecer consorcios, asociación en participación o joint venture, para adquirir el control accionario y directivo , y pretender controlar, manipular precios del mercado que impidan la competencia. CONCEPTO DE DERECHO CORPORATIVO COMO DERECHO SOCIETARIO

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Conjunto de principios, instituciones y normas jurídicas que regulan la creación, administración, liquidación y expansión de las sociedades mercantiles, con el objetivo primordial de aplicar cada una de las ramas del derecho que sean necesarias en la empresa, para así prever, organizar, planear y solucionar los problemas del orden jurídico que se presenten o en su caso darle seguridad jurídica a ésta. SOCIEDADES MERCANTILES: En materia de derecho corporativo. El derecho societario encargado de la constitución y desarrollo de las asambleas de accionistas, así como sus modificaciones a sus estatutos. Estableciendo un gobierno corporativo que avale las funciones de los consejeros. Regula lo referente al pago de los dividendos por las acciones. DERECHO ADMINISTRATIVO: Vincula a las empresas cuando estas solicitan, les autoriza, les otorga ya sea un permiso, autorización o contrato que otorgue o emita una dependencia de gobierno. De igual manera cuando la empresa la sujeta a inspecciones o a la emisión de actos administrativos por concepto de sanciones. TELECOMUNICACIONES: Se vincula a la empresa cuando esta por la actividad que realiza requiere y explota señales de radiocomunicación, implicando permisos o concesiones. LABORAL Y SOCIAL: Resulta una implicación indispensable en cualquier centro de trabajo debido a la intervención como factor humano de los trabajadores tanto

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de confianza como sindicalizados, donde la empresa tiene que resguardar y proteger los derechos de los trabajadores. En el ámbito de la seguridad social el patrón esta obligado a inscribir a sus trabajadores ante el IMSS, asegurándolos con los seguros que establece la ley del seguro social. Se vincula con la empresa cuando por sus actividades pueda implicar una afectación al medio ambiente, subsuelo o contaminación en términos generales, donde ésta mencionada empresa tendrá que cumplir con las NOMS para cuidar y proteger el equilibrio ecológico.

FISCAL: Como unidad económica está obligada a contribuir para el gasto público estatal y municipal, por lo tanto el pago de las contribuciones es inevitable por ser una persona moral residente en México. Para verificar el pago de sus impuestos, las autoridades (SAT, IMSS, INFONAVIT) pueden iniciar facultades de comprobación. -

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COMERCIO EXTRERIOR: Como unidad económica que desarrolla la economía, ésta esta regulada por sus operaciones de comercio exterior para evitar importaciones en exceso o exportaciones desmedidas, así como verificar el pago de los aranceles por dichas operaciones. Estarán supervisadas por las aduanas (SAT Y SECRETARIA DE ECONOMÍA). PROPIEDAD INDUSTRIAL: Se vincula con la empresa por su actividad cuando la empresa es creadora, innovadora y pretende identificarse con algún signo distintivo. El IPI será el órganbo par aautorizar y controlar la vigencia de los derdchos de propiedad industrial. También así si la empresa con un giro creadora de obras literarias, artísticas, deberá protegerse por la ley federal de derechos de autor.

ALGUNAS LEYES QUE COMPRENDE EL DERECHO MERCANTIL -

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Código de comercio Ley de sociedades mercantiles Ley de títulos y operaciones de crédito Ley de concursos mercantiles Ley de propiedad industrial Ley federal de competencia económica Ley federal de protección al consumidor

PLAN DE NEGOCIOS Concepto de estrategia. Es una cadena de elecciones que recorre toda la empresa involucrando todos los aspectos que hacen el funcionamiento de la misma. La naturaleza propia de la estrategia abarca:  Toma de decisiones  Rumbo de la organización

 

Cumplimiento de metas y fines Todas estas pautas señaladas se construyen a través de un transcurso estratégico que conforma 4 etapas imprescindibles: e) El análisis estratégico: La comprensión actual de las empresas. f) El planeamiento estratégico: Es decir la selección de los cursos de acción a seguir para alcanzar los propósitos. g) La implementación estratégica: El proceso de confección de las distintas acciones previstas en los planes. h) El control estratégico: el conjunto de acciones y correcciones a realizar durante el proceso de implementación para mantener el rumbo correcto.

10 JUL 12

FUNCIÓN NOTARIAL ART 26 Ley del notariado del D.F Conjunto de actividades que el notario realiza conforme a las disposiciones de esta ley, para garantizar el buen desempeño y la seguridad jurídica en el ejercicio de dicha función. ACTIVIDADES -

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Ser tutor, curador, resolver consultas jurídicas, ser árbitro, mediador jurídico o conciliador, que causen conflicto, dar fe de actos, hechos o situaciones jurídicas. CONCEPTO DE D. NOTARIAL: Conjunto de normas jurídicas que regulan lo relativo a las formalidades que requieren los contratos, declaraciones de voluntad, que para su perfección, conservación, reproducción fehacencia y registro, donde interviene la fé pública que se plasma en actas o escrituras públicas, así como las funciones del notario público. RAMAS DEL DERECHO RELACIONADAS Derecho civil Derecho mercantil Derecho tributario Derecho registral

20 JUL 12 Ley de notariado para el D.F -

Art 66  Patente otorgada ART 69  Sello notarial ART 76  Protocolo. (Conjunto de libros formados por folios numerados)

Protocolo es el conjunto de libros formados por folios numerados y sellados en los que el notario, observando las formalidades que establece la presente Ley, asienta y autoriza las escrituras y actas que se otorguen ante su fe, con sus respectivos apéndices; así como por los libros de registro de cotejos con sus apéndices. El Libro de Apéndice forma parte del protocolo y es donde se anexan los documentos que son sujetos a la autenticidad/ avalan la función notarial; pueden ser testimonios, etc. -

Artículo 77.- Los instrumentos, libros y apéndices que integren el protocolo deberán ser numerados progresivamente. Los folios deberán utilizarse en forma progresiva por ambas caras y los instrumentos que se asienten en ellos se ordenarán en forma sucesiva y cronológica por el Notario, y se encuadernarán en libros que se integrarán por doscientos folios, excepto cuando el Notario deba asentar un instrumento con el cual rebasaría ese número, en cuyo caso deberá dar por terminado el libro sin asentar dicho instrumento, iniciando con éste el libro siguiente.

Excepcionalmente, un libro de protocolo podrá exceder de doscientos folios, si el instrumento que corresponda asentar rebasare ese número, en cuyo caso, se iniciará la formación del libro siguiente, previa razón de terminación del libro en uso, la que se asentará en hoja común no foliada que se agregará al final del libro que se da por terminado, sin que este contenga doscientos folios. Dicha razón no será necesaria cuando el libro que se de por terminado contuviere mas de ciento ochenta folios usados. -

Artículo 92.- Por cada libro, el notario llevará una carpeta que se denominará apéndice, en la que se coleccionarán y conservarán los documentos y demás elementos materiales relacionados con la escritura o el acta de que se trate y estos formarán parte integrante del protocolo. Los documentos y demás elementos materiales del apéndice se ordenarán por letras o números en legajos, en cuyas carátulas se pondrá el número del instrumento a que se refieran, indicando lo que se agrega.

ESCRITURAS -

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Artículo 100.- Escritura es el instrumento original que el notario asienta en los folios, para hacer constar uno o mas actos jurídicos y que firmado por los comparecientes, autoriza con su sello y firma. Si se extravía una escritura se pide que se expida un testimonio (parecido a copias certificadas).

Artículo 101.- Las escrituras se asentarán con letra clara y sin abreviaturas, salvo el caso de transcripción o reproducción. No se usarán guarismos a menos que la misma cantidad aparezca con letra. Los blancos o huecos, si los hubiere, se cubrirán con líneas antes de que la escritura se firme.

- Artículo 102.-

I.- Expresará en el proemio el número de escritura y de libro a que pertenece, así como el lugar y fecha en que se asienta, su nombre y apellidos, el número de la notaría de que es titular, el acto o actos contenidos y el nombre del o de los otorgantes y el de sus representados y demás comparecientes, en su caso. II.- Indicará la hora en los casos en que la Ley así lo ordene y cuando a su juicio sea pertinente; III.- Consignará los antecedentes y certificará haber tenido a la vista los documentos que se le hubieren presentado para la formación de la escritura; IV.- Si se tratare de inmuebles, examinará el título o los títulos respectivos; relacionará cuando menos el último título de propiedad del bien o del derecho objeto del acto contenido en la escritura y citará los datos de su inscripción en el Registro Público, o señalará, en su caso, que dicha escritura aún no está registrada;

Artículo 125.- Acta notarial es el instrumento público original en el que el Notario, a solicitud de parte interesada, relaciona, para hacer constar bajo su fe, uno o varios hechos presenciados por él o que le consten, y que asienta en los folios del protocolo a su cargo con la autorización de su firma y sello.

C. TESTIMONIOS, COPIAS CERTIFICADAS Y CERTIFICACIONES Artículo 143.- Testimonio es la copia en la que se transcribe íntegramente una escritura o un acta, y se transcriben, o se incluyen reproducidos, los documentos anexos que obran en el apéndice, con excepción de los que ya se hayan insertado en el instrumento y que por la fe del Notario y la matricidad de su protocolo tiene el valor de instrumento público.

SECUENCIA PARA LA ACTUCAIÓN NOTARIAL 1. Examen para el ejercicio profesional del derecho para el notariado. 2. Una vez aprobado el examen, el Jefe de Gobierno expide patente y la de aspirante. Como auxiliares de la administración de justicia. 3. Una vez que tenga la patente puede realizar actividades autorizadas y no autorizadas. ART 33 y 45.

4. En el evento se hace el otorgamiento del sello de notario. ART 69. Entrega del protocolo y 200 folios por libro. 5. Escritura pública y acta notaria. ARTS 100, 101, 102, 125, 128, 129.

Cuando por cualquier ciscunstancia no pudiere asentarse el acta de una asamblea en el libro respectivo, se protocolizará ante notario.

ESTRUCTURA DE UNA ESCRITURA 1. PROEMIO: No. De escritura, folio, lugar, fecha, actos contenidos, nombre de otorgantes 2. ANTECEDENTES: Hora, señala haber tenido documentos etc. 3. CLAUSULAS: Solo en caso de contrato de sociedad 4. CERTIFICACIONES: Fe de la identidad de las partes. 5. INSERCIONES 6. ANOTACIÓN MARGINAL 7. INSCRIPCION EN EL REGISTRO

NULIDAD DE UN INSTRUMENTO O REGISTRO NOTARIAL Los instrumentos gozan de legalidad como prueba plena, mientras se declare judicialmente la falsedad o nulidad por vía de acción. ART 156 Y 157. *ESCRITURAS: ART 100. Es el que se da en original en los libros de protocolo donde se consigna un acto jurídico.

RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LOS NOTARIOS Artículo 222.- Los notarios son responsables por los delitos o faltas que cometan en el ejercicio de su función, en los términos que previenen las leyes penales del fuero común y federales. De la responsabilidad civil en que incurran los notarios en el ejercicio de sus funciones conocerán los Tribunales. Qué es la responsabilidad notarial gremial y estructura del archivo general de notaria

27 JUL 12 - NULIDAD DE UN INSTRUMENTO O REGISTRO NOTARIAL - RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LOS NOTARIOS Art 222 Responsabilidad: civil, mercantil, fiscal. Administrativa, gremial.

31 jul 12

EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL D.F 

Inscripción de actas constitutivas de sociedades mercantiles o civiles.

Servicio del registro público de comercio  Publicidad y certeza jurídica al nacimiento de una sociedad mercantil, civil o asociación. ¿A quiénes? Interesado o su representante y fedatario público.

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Tipo de servicio que presta… Dar publicidad a los actos jurídicos de las sociedades mercantiles, civiles, o asociaciones para que surtan efectos frente a terceros.  Inscripción o cancelación de gravámenes ordenados por autoridad Servicio que proporciona el registro de comercio para dar publicidad a los gravámenes o embargos que afecten a la sociedad. Tipo de usuario  Interesado o su representante y fedatarios públicos Requisitos: Copia certificada de la resolución judicial y oficio que contenga la orden en original. Solicitud de entrada y trámite. Línea de captura pagada.



¿Cómo realizar las solicitudes de inscripción de actos mercantiles? En las oficinas del registro público de comercio  Puede ser de dos formas, de conformidad con lo dispuesto en el Código de comercio y en el reglamento del registro público de comercio. 1. Recepción física. 2. Recepción electrónica.

PROCESO ACTA CONSTITUTIVA 1. 2. 3. 4.

Acta de asamblea de accionistas. Designando comisario Se acude a notario público para su protocolo y firma de socios para su identidad. El notario utiliza un folio con su libro para su constancia Una vez pagados los derechos del notario se manda al registro, para su inscripción y publicidad. 5. La escritura regresa al notario. 6. Le entrega la escritura al comisario. 7. Inician los efectos jurídicos de la persona moral.

03 Agosto 12 SISTEMA INTEGRAR DE GESTIÓN REGISTRAL La secretaría de economía, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, operan el registro público de comercio por medio del sistema integral de gestión registral SIGER para modernizar y unificar la prestación del servicio. El SIGER garantiza la integridad de la información con el uso de la firma electrónica en una base de datos central y permite inscripciones y registros por internet.

A través del Fed@net obtendrán resultados en eficiencia, rapidez, seguridad e inviolabilidad en el servicio registral.

07 Agosto 12 EXAMEN FINAL Primer parcial SI ESTUDIAR: aspectos jurídicos relevantes y auditoria. NO ESTUDIAR  planeación, organización.

Actos considerados corporativos y en consecuencia permiten la apertura de un folio mercantil electrónico:

1. 2. 3. 4. 5.

Constitución de una sociedad mercantil. Matriculación de comerciante individual. Registro de estatutos de sociedad extranjera. Poder para persona física. Cambio de domicilio social.

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Son servicios que se pueden realizar vía electrónica. Generalmente estos trámites los llevan a cabo los notarios públicos.

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Apostilla: Éste trámite consiste en certificar la firma y el sello de un documento público fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades, o sea certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público. De conformidad con los artículos 83 y 84 del reglamento de la ley del servicio exterior, la legalización de firmas es un acto de certificación, por medio del cual el funcionario consular certifica la firma.

 TEMAS DE EXAMEN FINAL -

Aspectos jurídicos relevantes (materias)  Inversión, medio ambiente, propiedad industrial, finanzas, impuestos, comercio exterior, derechos del consumidor.

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Auditoria, qué es la auditoria según Holmes  es el examen de las demostraciones y registros administrativos. El auditor observa la exactitud Lo que se revisa: documentos. Qué es el auditor,

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tipo de auditorias: 1. contable, 2. administrativa (la que se refiere a que realizan profesionistas de admin de empresas para revisar el funcionamiento de las empresas. Las empresas piden que se les revisen impuestos, etc. Para hacer una restructuración, etc. 3. informática, revisión de software y hardware. 4. financiera, conocimiento de instrumentos financieros, títulos de crédito y sus riesgos, obligaciones, si se adquieren certificados, etc. 5. calidad, si es empresa susceptible a alcanzar tal norma de calidad y que necesita para ello 6. Gubernamental, puede ser en materia de impuestos, seguridad social, etc.

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Procedimientos de auditoria: Análisis NO Auditoria legal corporativa, qué es, concepto, en qué consisten, término anglosajón. Se realizan para prevenir riesgos en relación a la constitución de la asamblea, etc. Para evitar sanciones por parte del gobierno Propósitos de auditorias

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Actos y hechos jurídicos a considerar en la auditoria legal: protocolo de constitución de la sociedad, objetos de la sociedad, pertenencia de acciones, mandatos y centros de poder, conformación del consejo de administración, venta y compra de acciones, asamblea de accionistas, revisar operaciones (financieras, contables, mercantiles, etc).

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Auditoria contra corrupción y fraude en empresas  Fraude  El prevenir y detectar en fraude es de cada vez mayor importancia para la administración, consejos y accionistas.  Los auditores  Hay varios refuerzos en camino para mejorar loas prácticas respectivas.  Las normas, herramientas y metodologías para detectar fraudes son igualmente aplicables para la corrupción. Función notariasl art 26. Actividades Ramas del D. relacionadas: civil, mercantil, tributarios, registral. Hechos que lo ubican con el derecho positivo 1. Existencia de la función pública, etc Finalidad de la función notarial: seguridad (certeza), valor, permanencia. Figuras jurídicas notariales relevantes en el inicio de la actuación notarial  Patente otorgada  Sello notarial 69  Qué es protocolo  Qué son escrituras 100, actas, testimonios. Secuencia para la actuación notarial  Examen, entrega de la patente, sello que se le otorga al notario (no en examen, solo para tener el mapa conceptual). Cómo se llevan a cabo las actas de asamblea. Las actas de asambleas se asentarán en el libro respectivo. Y deberán ser firmadas por el presidente y secretario de la asamblea, así como por los comisarios. Se agregaran a las actas los documentos que justifiquen LAS CONVOCATORIAS se hicieron en los términos que la LGSM y los estatutos establecen. Cuando por cualquier razón no se asiente el acta de una asamblea en el libro respectivo, se protocolizará ante notario. Estructura de una escritura Nulidad de instrumento o registro Responsabilidad y sanciones de notarios Art 222 Cancelación de gravmen SIGER FEDANET QUE ES FOLIO MERCANTIL ELECTRONICO ACTOS CONSIDERADOS CONSTITUTIVOS APOSTILLA

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