Derecho Comercial, Concepto, Diferencias Con Otras Disciplinas

Derecho Comercial “Como idea general se puede señalar que el Derecho Comercial es la disciplina jurídica que rige una pa

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Derecho Comercial “Como idea general se puede señalar que el Derecho Comercial es la disciplina jurídica que rige una parte de la actividad económica; el comercio y las relaciones que nacen de él, se encarga de la calificación y de la regulación de los actos de comercio y de los sujetos que intervienen en él, además, complementa con matices propios de esta disciplina algunas instituciones del derecho Civil, como son, entre otros, la compraventa mercantil, el contrato de mandato, la regulación de la formación del consentimiento, etc.”. (Ignacio Muñoz Montoya) “Es el que regula las actividades comerciales o industriales en los que, generalmente, interviene comerciantes y empresarios. Por actividades comerciales entendemos tanto las de intercambio de bienes o servicios que se efectúan a través de un mercader o comerciante; es decir, la compra que realiza éste del productor (agricultor o industrial) y la venta posterior al consumidor; como la compra ventas directas que hagan los productores sin la intermediación de un comerciante pero con propósito de elaboración fabril o manufacturera, o bien de obtener una ganancia (lucro) al vender la mercancía que previamente hubieran adquirido con dicha finalidad lucrativa. Por actividades industriales se entiende la elaboración de productos, sean en forma manual (actividad manufacturera) o por medio de máquinas (actividad fabril), o la prestación de servicios, cuando una y otra se ofrecen al público consumidor (al mercado)”. (Jorge Barrera Graf) “Conjunto de normas jurídicas reguladoras de las relaciones entre particulares, nacidas de la actividad comercial o similares a ésta, derivadas no sólo de actos, sino de instituciones que el legislador considera como mercantiles y de la capacidad de los comerciantes y sus auxiliares, en cuanto a su disciplina jurídica y ejecución judicial … Aquella rama del derecho que estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades a él asimiladas, las instituciones mercantiles, comerciantes y auxiliares, y las relaciones jurídicas que se derivan de aquellas normas”. (Medina Vergara) “… el derecho mercantil es la rama del derecho privado que regula la organización y los elementos de la empresa, la actividad de los empresarios mercantiles en cuanto tales, así como las relaciones jurídicas de derecho privado derivadas de la actividad externa que aquéllos desarrollan en cumplimiento del objeto para el cual al empresa fue creada”. (Farina) Derecho económico “rama del derecho cuyas normas y principios tienen por objeto la organización, la disciplina y control de las actividades económicas del Estado y de emprendimientos privados en lo tocante a la producción, a la circulación y al consumo de la riqueza tanto en el ámbito interno como en el ámbito internacional”. (Quieiroz Nogueira) “conjunto de normas de diversas jerarquías, generalmente de derecho público, que disciplinan y regulan los diversos instrumentos que integran la política económica del Estado” … la política económica “viene a ser la rama de la economía que sistematiza y evalúa los instrumentos (monetarios, fiscales, financieros, industriales, comerciales, etcétera), con que el Estado controla y dirige el sistema económico, pasa a ser el objeto mediato del Derecho

Económico, que surge sintetizando e integrando elementos de diversos universos jurídicos”…. “Estas regulaciones que tienen que ver con la producción, circulación, distribución y consumo de bienes y servicios, son regulaciones macrojurídicas que teleológicamente persiguen objetivos generales y colectivos. Por responder a estas finalidades creemos que sus normas son esencialmente orgánicas y dotadas de imperio, pues los particulares no pueden sustraerse a sus prescripciones que, lógicamente, deben inscribirse en el marco constitucional”. (Jorge Witker Velásquez) Derecho de la Empresa “aquella parte de la ciencia jurídica que estudia el fenómeno empresarial (empresario, empresa, y actividad económica), desde una perspectiva multidisciplinaria. En ese sentido, traspasa de modo transversal el sistema jurídico (Derecho Civil, Derecho Laboral, Derecho Administrativo, etc.), para proponer un tratamiento unitario de su concepto”. (Alonso Morales Acosta) Empresa: “… independiente de la estructura jurídica que adopte, constituye un sistema, una organización, dentro de la cual una persona o un grupo de personas desarrollan un conjunto de actividades encaminadas a la producción, intermediación y/o distribución de bienes y servicios”. (Ignacio Muñoz Montoya) Derecho Financiero “es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus tres momentos, a saber: en el establecimiento de tributos y obtención de diversas clases de recursos, en la gestión o manejo de sus bienes patrimoniales y en la erogación de recursos para los gastos púbicos, así como las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del estado o entre dichos órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del Estado”. (Sergio Francisco de la Garza)