Derecho Al Olvido

DERECHO AL OLVIDO Podemos entender por derecho al olvido como una manifestación del derecho a la protección de datos y c

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DERECHO AL OLVIDO Podemos entender por derecho al olvido como una manifestación del derecho a la protección de datos y concretamente de dos derechos que se conceden al ciudadano que son el derecho de cancelación de los datos y el derecho de oposición al tratamiento de estos datos. Se puede deducir que este derecho tiene mucha vinculación con el habeas data que es aquel derecho que tiene toda persona a que le sea suministrada cualquier información que tenga que ver con este, pedir que se elimine o se corrija en caso sea falso o contenga algún error o información desactualizada, también tiene relación con la protección de datos personales que está inmerso dentro del derecho informático, con esta protección de datos se da una garantía a la persona para que ejerza un control sobre información que se tenga de el en sistemas computacionales (como por ejemplo los datos que se encuentren en el internet sobre esta persona) pero también en cualquier soporte o registro que se tenga de este. El 3 de julio del 2011 se publicó la ley 29733 la cual garantiza esta protección de datos que está previsto en el artículo 2 numeral 6 de la constitución política del Perú. Al ejercer este derecho, cualquier persona puede rectificar, cancelar o eliminar cualquier información personal que se tenga de él, y tal como dije líneas arriba puede ser con respecto a información guardada en un registro (ya sea en instituciones públicas o privadas) como los protege el habeas data o en sistemas informáticos o computacionales. Considerando esto podemos que decir que este derecho regula la información que se tenga en internet la cual se considere que afecta a una persona por diversos motivos. Esto lo menciono porque es de mucha relevancia y absoluta actualidad, no es extraño saber o conocer un caso de alguna persona con la cual existe una problemática entorno su intimidad y a las redes sociales. Internet contribuye de forma activa y notable al desarrollo de procesos informáticos sin embargo unos de los riesgos que conlleva para el usuario es que este no solo facilita información de forma consciente sino también de forma inconsciente mientras navega. Muchas veces poder participar de las múltiples herramientas que ofrece el internet ya sea foros, blogs, hacernos un perfil, consultar una información, ofertas laborales, etc…requiere que nos registremos en estas páginas y demos una serie de datos personales. Las preguntas que nos podemos plantear son muchas como por ejemplo ¿que ocurren con los datos que facilitamos, a donde van a parar?, ¿leemos las políticas de privacidad o solo damos click en “acepto” y obviamos en leerlas?, ¿somos realmente conscientes de la cantidad de datos que de

nuestra vida privada circula por internet?; estos problemas conllevan a que internet se vuelva algo que pueda afectar nuestra intimidad. Cada vez son más las personas que piden que sus datos sean eliminados de la red de forma permanente ya que una información descontextualizada puede acarrear no solo problemas personales sino también sociales y laborales. Encontrar un trabajo ya no solo depende de nuestro curriculum, también depende de lo que internet pueda decir de nosotros o en caso de los “informes comerciales” los cuales permiten a los bancos o empresas que dan créditos en general saber a quienes denegar u otorgar créditos teniendo como fuente reportes o informaciones que se tenga de una persona natural o física. Pero no solo se trata de borrar de los datos contenidos en una red social sino todo el contenido que aparezca en internet asociado a nuestra identidad digital, tenemos que tener en cuenta que los motores de búsqueda respecto al ingreso de contenidos son fruto en gran medida de las aportaciones realizadas de los propios usuarios. Con la cantidad de información que circula en la red no parece difícil o complicado que algunos de los derechos constitucionalmente reconocidos como derecho de la persona sean vulnerados. Por un lado, sobre el derecho a expresarse libremente, internet supone uno de los medios más fáciles para nos podamos expresar con plena libertad, es decir lo que opinamos o pensamos sobre alguna persona. Ponderar por lo tanto los intereses en conflicto que pueden ser la intimidad, la libertad de expresión y a la protección de datos no es una tarea fácil y determinar cual de ellos debe prevalecer es una cuestión cuya solución dependerá de las circunstancia en cada caso y de cada tipo de información que se vea comprometida, es decir, si esta es de carácter público o de carácter privado. En definitiva en la sociedad y el conocimiento en el que nos encontramos, los usuarios de internet parece que no tenemos ningún medio de control sobre nuestros propios datos, sin embargo, el reconocimiento de un derecho al olvido ya sea por sistemas de registro que contenga alguna entidad ya sea pública o privada, asi como en un sistema digital como estoy tratando de ahondar más en este escrito, nos ayuda mucho en la práctica como una buena herramienta complementaria a los mecanismos ya existentes como la protección de datos que regula nuestra norma. Como una pequeña critica creo que es fundamental ser conscientes de que la política de los sitios web hay que leerlas y a veces se olvidan del deber de informar como pilar del consentimiento válidamente otorgado. Todos nos vemos perjudicados ante tal circunstancia, tenemos que ser conscientes y por eso es importante que aboguemos por un mayor conocimiento y arraigo de la cultura de protección de datos para que evitemos así futuros problemas.

ALUMNO: LUIS FELIPE ZAVALA VILCAPOMA