Sumilla: Demanda mejor derecho de posesión. Escrito Nº 01 SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAÑETE FO
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Sumilla: Demanda mejor derecho de posesión. Escrito Nº 01
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAÑETE FORTUNATO LALO
MANCILLA
23275767 con domicilio real
VELASQUE, con DNI
en la Panamericana Sur
kilómetro 129.5, entrada Playa Los Reyes del distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con domicilio procesal
en la Calle Víctor Andrés
Belaunde Nº 235 de la Urbanización Casuarinas de San Vicente de Cañete, con domicilio electrónico en la Casilla Nº 52120
de esta
Corte Superior; a Ud.,
respetuosamente, digo: I.- DE LOS DEMANDADOS Y SUS DIRECCIONES: 1)
YEYSI PAMELA GUZMAN HERNANDEZ, con domicilio en el Anexo Los
Angeles, Mz. I, lote 6 del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 2)
ANTONIO ROJAS HUAMAN,
con domicilio en el Jr. San Martín, Mz.
D, lote 20 del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 3)
JUAN GABRIEL TATAJE DE LA CRUZ, con domicilio real en el Jirón
Moquegua Nº 445 del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 4)
ELIZABETH SARA RODRIGUEZ LOAYZA, con domicilio real en el Centro
Poblado Los Angeles, Mz. L, lote 04 , del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima.
5)
PEDRO RIOS CONILLA, con domicilio en la Av. Iquitos, s/n del distrito
de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 6)
YURI IVAN ESPINOZA GAMBOA, con domicilio real en la Asociación de
Vivienda Popular Alto Quilmaná, Mz. G, lote 3, del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 7)
JENNY JANETTE CASAS CARDENAS, con domicilio real en la Avenida
Iquitos s/n del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. 8)
LUZMERY SUSANA ASTUVILCA CAHUANA, con domicilio real en la
Asociación de Vivienda Popular Alto Quilmaná , Mz. H, lote 18, del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. 9)
WILDER ADELINDER MAYTA RAMOS, con domicilio real en el Anexo
Roldan s/n del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 10)
VIRGILIO TAYPE MONTES,
con domicilio en la Asociación de Vivienda
Popular Alto Quilmaná, Mz T, Lote 04, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 11)
TERESA AMELIA ORTIZ PAUCCARA, con domicilio real en Repartición
al Anexo Los Angeles y Anexo San Antonio s/n., del distrito de Quilmana, provincia de Cañete, departamento de Lima 12)
SOLEDAD MILAGROS PADIN RAMOS, con domicilio en la Parcela 199
de la Asociación Nueva Jerusalem de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná, que es objeto de pretensión en la presente demanda, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima 13)
GUBER ELADIO CORTEZ NOLAZCO, con domicilio real en el Jir. Tumbes
s/n del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima.
14)
ROSA MAGALI FERNANDEZ GAMONAL, con domicilio real en el Jirón
Ancash s/n del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 15.-
ISABEL HERNANDEZ QUISPE,
con domicilio real en el
Anexo Los
Angeles, Mz. I, lote 05, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 16.-
JANETT YESSICA VICENTE ASIN, con domicilio en el Fundo 5 Esquinas,
s/n del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. Y; contra 17.-
LA
ASOCIACION “ASENTAMIENTO HUMANO LAS CASUARINAS DE
QUILMANA”
inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de los Registros
Públicos, en la Partida Registral Nº 21186805,
quien será notificada en el
Predio que es objeto del mejor derecho de posesión en la presente demanda, ubicado la Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen
de Crianza de
Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná, del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima, representado por su Presidente TERESA AMELIA ORTIZ PAUCCARA. II.- PETITORIO: Como pretensión principal: Interpongo la presente demanda para que en Sede Judicial se declare mi mejor derecho de posesión respecto de los demandados, sobre una parte del Lote de terreno denominado Parcela 199 (El Pacífico)
de la Asociación Nuevo Jerusalen
de Crianza de Animales
Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná, (que el presente recurso se podrá abreviar como Asociación Nueva Jerusalen) de una extensión de 3.5370
hectáreas, en posesión de los demandados en un área de 3.4082
hás, cuyas medidas perimétricas y colindancias se encuentran descritas en el Plano de Ubicación y Perimétrico que se acompaña a la presente demanda, debidamente autorizado por el Ingeniero Mario Cirilo Cáceres Huamán; y consecuentemente
se ordene que los demandados me restituyan en la
posesión del inmueble en la extensión descrita
3.4082 hás , haciéndose
extensivo este mandato a todo aquel que se encuentre ocupando el inmueble.
Como pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de costas y costos del proceso. III.- FUNDAMENTOS DE HECHO: 1.- Que, en fecha venta
con don
11 de febrero del 2008, celebré un contrato de compra LUIS FERNANDO
denominado Parcela Nº 199,
MARIN
MALLQUI, respecto al predio
de aproximadamente
tres hectáreas de
extensión. En el referido contrato se estableció que el vendedor me transfiere la posesión del terreno por la suma de tres mil nuevos soles. Dicho contrato tiene fecha cierta
en virtud a que nuestras firmas (del vendedor y el
comprador) fueron legalizados el mismo día por el Notario Público del distrito de Imperial de la provincia de Cañete, doctor JAVIER ALBERTO INGA VASQUEZ. Desde dicha fecha, en mérito al contenido del propio contrato, formalmente ejercí posesión sobre el predio, no obstante debo dejar constancia
que
desde mucho años antes ejercí derechos posesorios sobre el mismo, ya que el vendedor me había transferido la posesión en forma verbal en noviembre del 2001 y me encontraba desde dicha fecha con mi familia viviendo en dicho predio, pero sin la documentación de transferencia necesaria, por lo que este contrato de transferencia de posesión del 11 de Febrero del 2008, lo realiza el socito titular de la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA, debidamente inscrito en la Partida Registral Nº 11337200, del Registro de Personas Jurídicas de SUNARP, don LUIS FERNANDO MARIN MALLQUI
a mi favor
en vía de
regularización, siendo que posteriormente se estableció mediante el plano correspondiente que el predio tiene la extensión exacta de 3.5370 Hás. 2.- Que, el mismo día 11 de Febrero del 2008, don LUIS FERNANDO MARIN MALLQUI,
regularizó su renuncia irrevocable a la Asociación
NUEVO
JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA, como se acredita con el documento que se acompaña a la presente demanda. 3.- Psteriormente el 09 de Mayo del 2008, SOLICITE formalmente a la Junta Directiva de la Asociación Nuevo Jerusalem, para que en virtud al contrato de transferencia de posesión, se me considere asociado de dicha Asociación y de
esta forma se regularizó y formalizó mi calidad de asociados de la referida asociación. 4.- Que, habiéndose formalizado y regularizado mi registro en el Padrón de Asociados, solicité a l Junta Directiva renueve y regularice una constancia de posesión a mi favor, otorgándome en fecha 04 de Junio del 2008, UN CERTIFICADO DE POSESION
de la parcela Nº 199 de 3.5370 Hás, con las
siguientes colindancias: por el norte con la Via Carrozable de Ingreso, por el este con la antigua Panamericana Sur, por el sur con propiedad de Terceros, y por el oeste con propiedad del Señor Sergio Diaz Arango, suscrito y firmado esta constancia por el Vicepresidente HILARIO RIOS CAÑARI Y Fiscal AGUSTIN VALENCIA. 5.-Tambien cumplí con los pagos de las cuotas ordinarias y extraordinarias con la Asociación Nuevo Jerusalen, como lo acredito con el recibo por la suma de mil nuevos soles para cumplir con el pago al Ingeniero a cargo de los planos del predio, que acompaño a la presente demanda. 6.- Posteriormente, debido a que se comentaba en el Pueblo de Quilmaná que iba a ser
despojado de mi predio por parte de delincuentes y personas
desconocidas,
y ante el temor de una invasión ilegal organizada, recurrí al
Juzgado de Paz de Quilmaná a exponer mi caso y solicitar que se practique una diligencia de constatación de mi posesión, la misma que se realizó el 06 de Abril del 2013, conforme lo acredito con la constancia del acto judicial que acompaño, y en el cual se constató que dentro de la parcela 199 de un área de 3.5370 Hás., se encontró al recurrente, mi esposa DORIS CASTILLO RAMOS, mi hijo LUIS ENRIQUE MANCILLA CASTILLO, mi señora madre SIMONA VELASQUE DE MANCILLA, donde se verificó la existencia de una vivienda de material rústico, puerta de madera, ventana de triplay, con barras de fierro, mesa de madera, cocina, balón de gas, entre otros, (….) Se constató que para el lado del camino se encuentra sembrado aproximadamente 140 plantas de cabuya y 120 plantas de guaranguillo, se aprecia una choza con puerta de Guayaquil chancado
de palos y estera, dos reservorios de concreto y que todo el
perímetro del terreno se encuentra cercado con palos de eucaliptos y alambres de púas, Constatándose consecuentemente y judicialmente mi posesión pacífica y pública en dicha fecha.
7.- Luego nuevamente solicite un certificado de posesión a la Directiva de la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPARS DE ALTO QUILMANA, expidiéndome en fecha 12 de julio del 2013, la Directiva de la Asociación un último certificado de posesión, el mismo que acompaño a la presente demanda. 8.-Que,
en fecha
19 de Octubre del
aproximadamente, sucedió lo que
2013 a horas 11.30 de la noche
tanto temíamos mi familia y yo,
aproximadamente 30 personas entre las que se encontraban gran parte de los demandados, aprovechándose de su capacidad numérica, y armado de armas de fuego, cuchillos, palos y esteras, debidamente organizados como criminales, ingresaron a parte del Predio denominado Parcela 199, y por la fuerza y bajo amenazas me despojaron de la posesión de gran parte del referido predio en una extensión
de 3.4082 Hás, quedándome solo en posesión de un área de
0.1288 Hás, donde se encuentra construido mi casa. Que, inclusive ante la presencia policial, los demandados hicieron caso omiso al requerimiento y conminación de los efectivos de la Policía Nacional en esa misma noche para que se retiren del lugar.
Opusieron resistencia
y se
posesionaron de gran parte del predio, de tal manera que si la misma Policía no pudo utilizar la fuerza pública para que se respete mi posesión, menos pude hacerlo yo mismo. Dejando constancia que la Policía Nacional intervino en la referida fecha, conforme se acredita, con la denuncia policial y el parte policial de dicha fecha que acompaño a la presente demanda. 9.-Que, posteriormente en fecha 06 de diciembre del 2013, los demandados formaron,
como fachada de legalidad,
la ASOCIACION
HUMANO LAS CASUARINAS DE QUILMANA”
“ASENTAMIENTO
inscrita en el Registro de
Personas Jurídicas de los Registros Públicos, en la Partida Registral Nº 21186805, y han negociado y
transferido lotes para vivienda en el terreno
sub materia, teniendo como sustenta la creación de esta asociación que se hizo con posterioridad al despojo del que fui objeto. 10.- La presente demanda no tiene como objeto discutir si hubo o no usurpación en el presente caso por parte de los demandados; no pretende
establecer el derecho de propiedad entre las partes, porque esta le corresponde al Estado. El objeto de la presente demanda es que se establezca, si la posesión que ostentan los demandados
se encuentra
por encima de los derechos de
posesorios que acredito han sido ejercidos de mi parte en forma pacífica y pública durante varios años hasta el 19 de Octubre del 2013, fecha en que fui despojado de la misma en forma violenta, o estimar la demanda y establecer jurisprudencia vinculante
respecto a que la posesión continua y pacífica
originada en un acto contractual formal y la certificación judicial imperfecta se encuentra por encima de
una posesión originada en un acto desposesorio
violento. Que se valore la documentación y demás pruebas que adjunto a la presente demanda y se establece sin lugar a dudas que ostento mejor derecho de posesión sobre la referida parcela 199, en el área ocupada por los demandados en un área de 3.4082 Hás,
por encima de los
contratos
posteriores, que han organizado los demandados para sustentar su posesión. 11.- Que, se debe tener presente que el Predio, cuyo mejor derecho de posesión solicito se encuentra registrado en un área mayor inscrito en la Partida Registral Nº PO3148957. 12.- Además, dejo constancia que contra alguno de los demandados se siguió un proceso penal por el delito de usurpación agravada, en el que lamentablemente
por influencias oscuras los demandados han salido
absueltos, sin embargo, este proceso no tiene ninguna relación con el presente caso, por tratarse de una pretensión de distinta naturaleza. 13.- También se servirá tener presente que, en fecha 20 de febrero del 2002, la empresa
CONSTRUCTORES
& PEREFORADORES
CONTRATISTAS SAC,
perforó un pozo tubular de 80 m de profundidad para la extracción de agua con fines agrícolas en el terreno que es objeto de restitución de posesión, y que los demandados
han enterrado
de manera maliciosa perjudicando
nuestros proyectos de irrigación. 14.- Con las tomas fotográficas que acompaño como medios probatorios, acredito en primer lugar mi posesión pacífica y pública, ya que se puede apreciar que estoy con mi familia en el predio objeto de restitución, así como
la existencia real del pozo tubular para la extracción de agua con fines agrícolas, así como el acto mismo de la desposesión en mi contra. 15.- También tendrá a bien valorar que la ASOCIACION NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUIMANÁ
se encuentra
debidamente inscrito en el Registro de
Organizaciones Civiles de la Municipalidad Distrital de Quilmaná, tal como lo acredito con la Resolución Nº 26-GPVy PS de la Municipalidad Distrital de Quilmaná de fecha 05 de Octubre del 2017. 16.- Conforme lo acredito con el plano de ubicación acompaño, el predio que es objeto de
y perimétrico que
mejor derecho de propiedad y
restitución, se encuentran debidamente ubicadas mediante en coordenadas UTM, a escala 1/20,000, y han sido subrayadas con líneas negras 15.-
Como podrá apreciar Señór Juez, mi mejor derecho de posesión sobre
el predio se encuentra acreditado teniendo en cuenta que los demandados no podrán acreditar posesión alguna antes del 19 de Octubre del 2013, fecha en que han ingresado ilegalmente al predio utilizando la violencia, como se acredita con la denuncia y parte policial que se acompaña como medio probatorio en la presente demanda. IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO El artículo 921 del Código Civil que indica: “Todo poseedor de muebles inscritos y de inmuebles puede utilizar las acciones posesorias y los interdictos. Si su posesión es de más de un año puede rechazar los interdictos que se promuevan contra él.” El artículo 601 del Código Procesal Civil que indica: “La pretensión interdictal prescribe al año de iniciado el hecho que fundamenta la demanda. Sin embargo, vencido este plazo, el demandante puede ejercer su derecho a la posesión en un proceso de conocimiento.” V.- MONTO DEL PETITORIO
Por tratarse de la declaración de un mejor derecho de posesión, no es cuantificable en dinero, salvo las costas y costos del proceso. VI.- VIA PROCEDIMENTAL La que corresponde al proceso de conocimiento VII.- MEDIOS PROBATORIOS 1.- El mérito del Contrato Privado de Compraventa de derechos de posesión del 11 de Febrero del 2008, que acredita la posesión de la demandante respecto del Predio denominado Parcela
199, primigeniamente denominado Unión
Quilmana, de la NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA 2.- El mérito de Carta de renuncia a la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA de parte de mi transferente LUIS FERNANDO MARIN MALLQUI. 3.- El mérito Solicitud de mi parte a la Asociación
NUEVO JERUSALEN DE
CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA , para que se dé de baja al transferente vendedor y se me inscriba en el Padrón Comunal. 4.- El mérito de la Constancia del Registro de Padrón de socios, que acredita el reconocimiento de la
Asociación
NUEVO JERUSALEN
DE CRIANZA DE
ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA, al recurrente como Asociado. 5.-Certificado de posesión de fecha 19 de enero del 2002, mediante el cual acredito que desde dicha fecha ostentaba posesión,
solamente con la
transferencia verbal de su anterior propietario, y que la Asociación ya me reconocía como tal.
6.- El mérito del Certificado de posesión de fecha 04 de Junio del 2008, que acredita mi posesión después de haber formalizado la transferencia ante Notario Público. 7.- El mérito del Recibo de pago de cuotas ordinarias y extraordinarias por la suma de mil nuevos soles a favor de la Asociación
NUEVO JERUSALEN DE
CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA, con el cual acredito que cumplí con los pagos correspondientes a la referida Asociación. 8.-
El mérito de la Copia del
acta de constatación judicial de posesión
efectuada por el Juez de Paz de Quilmaná TOMASA ESTELA JULIAN DE QUISPE, en fecha 06 de Abril del 2013. 9.- El mérito de la Constancia de posesión expedida por la Directiva de Asociación Nueva Jerusalen en fecha 12 de Julio del 2013. 10.- El mérito de la Copia certificada de la ocurrencia y constatación policial de fecha 19 de Octubre del 2013, a horas once y treinta de la noche, donde se constató y verificó el acto desposesión en mi contra, y se deja constancia de la resistencia de los demandados para que desocupen el predio. 11.- - El mérito de las copias legalizadas del contrato de perforación de un pozo tubular suscrito por la Asociación NUEVO JERUSALEN
DE CRIANZA DE
ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA, con la empresa CONSTRUCTORES & PERFORADORES CONTRATISTAS SAC,
que
acredita la construcción de un pozo tubular para la extracción de agua en el predio objeto de mejor derecho de posesión y restitución. 12.- El mérito de 2 tomas fotográficas que acreditan la existencia del pozo tubular en el predio objeto de mejor derecho de posesión y restitución. 13.- El mérito de la Resolución de Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Quilmaná Nº 26-GPV del 05 de Octubre del 2017, que acredita que la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA se encuentra debidamente inscrita en dicha institución.
14.- El mérito de las tomas fotográficas que ratifican mi mejor derecho de posesión sobre el predio sub materia, donde se aprecia se y acreditan el ingreso a la posesión de los demandados. 15.- El plano perimétrico y de ubicación del predio denominado parcela 199, así como el área que se encuentra en posesión de los demandados, área que se encuentra sombreada. 16.- Las declaraciones testimoniales de: 16.1.- HILARIOS RIOS CAÑARI,
con domicilio en el Asentamiento Humano
Unión Quilmaná, Mz. Mz H, lote 12, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 16.2.- VENANCIO RIVADENEYRA SANCHEZ, con domicilio en el Asentamiento Humano Unión Quilmaná, Mz. C, lote 6, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima 16.3.- JUANA AGRIPINA TINTAYA CUEVA, con domicilio en Parcela Concepción s/n, altura del kilómetro 146 de la antigua panamericana Sur del distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 16.4.- HUGO RAUL LOAYZA GARCIA, con domicilio Frente a la Parcela Concepción, altura kilómetro 146 de la Antigua Panamericana Sur, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 16.5.- LUCILA JULIANA MICHUY BASURTO, con domicilio en la Parcela 182 Nuevo Jerusalen, de la Asociación de Vivienda Unión Quilmaná, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. 16.6.-MAURICIO CACERES BENDEZU,
con domicilio en el Asentamiento
Humano Unión Quilmaná, Mz. M, lote 14, del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima.
16.7.- EMILIANO MARQUINA BARRIENTOS, con domicilio en el Asentamiento Humano Unión Quilmaná,
Mz G, lote 16 del distrito de Quilmaná de la
provincia de Cañete, departamento de Lima. Todos Los testigos ofrecidos declararan respecto a mi posesión pacífica y pública hasta que fui despojado de mi derecho de posesión por parte de los denunciados 17.- La Inspección judicial que su Despacho programará oportunamente para acreditar la posesión ilegal de los demandados, y de manera especial se debe verificar la existencia de la poza tubular de agua que los demandados han tapado, así como la existencia de una casa rustica que se encuentra aún en mi posesión. 18.- El Pliego interrogatorio que deberán absolver los demandados, que en sobre cerrado se adjunta, bajo apercibimiento de tenerse presente su conducta omisiva, en caso de negarse a responder las preguntas o no asistieren a la audiencia que se señale para tal fin. VIII.- ANEXOS 1.-A Copia de mi DNI 1.-B Arancel Judicial por ofrecimiento de pruebas. 1.-C Cedulas de notificación en el número de demandados 1.-D 17 sobres cerrados conteniendo el pliego interrogatorio que deberá absuelto por los demandados. 1.-E
07 sobres cerrados contiendo el pliego interrogatorio para los testigos
ofrecidos. 1.- F Copia legalizada del Contrato Privado de Compraventa de derechos de posesión del 11 de Febrero del 2008
1.-G.- Copia legalizada de la Carta de renuncia a la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA de parte de mi transferente LUIS FERNANDO MARIN MALLQUI. 1.- H Copia Legalizada de mi Solicitud a la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA , para que se dé de baja al transferente vendedor y se me inscriba en el Padrón de socios. 1.-I Copia legalizada de la Constancia del Registro de Padrón de socios, que acredita el reconocimiento de la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA, al recurrente como Asociado. 1.-J Copia legalizada del Certificado de posesión de fecha 19 de enero del 2002. 1.-K Copia legalizada del Certificado de posesión de fecha 04 de Junio del 2008. 1.-L Copia legalizada del Recibo de pago de cuotas ordinarias y extraordinarias por la suma de mil nuevos soles a favor de la Asociación NUEVO JERUSALEN DE CRIANZA DE ANIMALES MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA. 1.-M Copia certificada del acta de constatación judicial de posesión efectuada por el Juez de Paz de Quilmaná TOMASA ESTELA JULIAN DE QUISPE, en fecha 06 de Abril del 2013. 1.-N Copia legalizada de la Constancia de posesión expedida por la Directiva de Asociación Nueva Jerusalen en fecha 12 de Julio del 2013. 1.-O Copia certificada de la ocurrencia y constatación policial de fecha 19 de Octubre del 2013, a horas once y treinta de la noche, donde se constató y verificó el acto desposesión en mi contra, y se deja constancia de la resistencia de los demandados para que desocupen el predio.
1.-P
Copias legalizadas del contrato de perforación de un pozo tubular
suscrito por la Asociación NUEVO JERUSALEN
DE CRIANZA DE ANIMALES
MENORES Y MAYORES DE LAS PAMPAS DE ALTO QUILMANA, con la empresa CONSTRUCTORES & PERFORADORES CONTRATISTAS SAC,
que acredita la
construcción de un pozo tubular para la extracción de agua en el predio objeto de mejor derecho de posesión y restitución. 1.-Q
2 tomas fotográficas que acreditan la existencia del pozo tubular en el
predio objeto de mejor derecho de posesión y restitución. 1.-R Copia legalizada de la Resolución de Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Quilmaná Nº 26-GPV del 05 de Octubre del 2017, 1.-S
Dos tomas fotográficas que ratifican mi mejor derecho de posesión
sobre el predio sub materia, donde se aprecia se y acreditan el ingreso a la posesión de los demandados. 1.-T El plano perimétrico y de ubicación del predio denominado parcela 199, así como el área que se encuentra en posesión de los demandados, área que se encuentra sombreada.
POR LO EXPUESTO: A Ud. pido admitir a trámite la demanda. Cañete, 15 Enero del 2019.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR YEYSI PAMELA GUZMAN HERNANDEZ 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR ANTONIO ROJAS HUAMAN 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR
JUAN GABRIEL
TATAJE DE LA CRUZ: 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR ELIZABETH SARA RODRIGUEZ LOAYZA 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR PEDRO RIOS CONILLA
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR YURI IVAN ESPINOZA GAMBOA
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR JENNY
JANETTE
CASAS CARDENAS 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR LUZMERY SUSANA ASTUVILCA CAHUANA
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR WILDER ADELINDER MAYTA RAMOS
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR VIRGILIO TAYPE MONTES
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE.
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR TERESA
AMELIA
ORTIZ PAUCCARA
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR SOLEDAD MILAGROS PADIN RAMOS
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR GUBER ELADIO CORTEZ NOLAZCO 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR ROSA
MAGALI
FERNANDEZ GAMONAL 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR ISABEL HERNANDEZ QUISPE 1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR JANETT
YESSICA
VICENTE ASIN
1.- Para que diga; como es verdad que en fecha 19 de octubre del 2013, usted ingresó sin autorización alguna y sin mandato judicial al predio ubicado en la parcela 199, de la Asociación Nuevo Jerusalen de Crianza de Animales Menores y Mayores de las Pampas de Alto Quilmaná? 2.- Para que diga: como es verdad que usted y sus codemandados se posesionaron del predio referido
en la fecha indicada en la pregunta
anterior, pese a mi oposición y mi resistencia? 3.- Para que diga; como es verdad que usted y sus codemandados se negaron a acatar la exhortación de los efectivos policiales para que desistan de su actitud de desposesión en mi contra? 4.- Para que diga, como es verdad que posteriormente para justificar esta posesión injusta, usted conjuntamente con sus co demandados conformaron la Asociación Asentamiento Humano Las Casuarinas de Quilmaná? 5.- Para que diga, como es verdad que usted y sus co demandados, con posterioridad al 19 de Octubre del 2013, lotizaron el predio de mi propiedad, al que se hace referencia en las preguntas anteriores, y
los transfirieron a
terceros, o en su caso lo compraron, de la directiva nombrada. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR EL TESTIGO HILARIO RIOS CAÑARI
1.- Para que diga; como es verdad que hasta el 19 de octubre del 2013, el preguntante don FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE ostentó en forma real y pacífica la posesión pública y pacífica del predio denominado Parcela 199 de una extensión de 3.5370 Hás. 2.- Para que diga: como es verdad que los demandados se posesionaron de parte del predio referido
en la pregunta anterior en una extensión de
3.4082 hás? 3.- Para que diga; como es verdad que en el predio en mención, la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná
construyó
un pozo tubular para la evacuación agua
subterránea? 4.- Para que diga; como es verdad que los demandados han constituido en el predio denominado Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná, sin título posesionario alguno. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR
EL TESTIGO:
VENANCIO RIVADENEYRA SANCHEZ
1.- Para que diga; como es verdad que hasta el 19 de octubre del 2013, el preguntante don FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE ostentó en forma real y pacífica la posesión pública y pacífica del predio denominado Parcela 199 de una extensión de 3.5370 Hás. 2.- Para que diga: como es verdad que los demandados se posesionaron de parte del predio referido
en la pregunta anterior en una extensión de
3.4082 hás? 3.- Para que diga; como es verdad que en el predio en mención, la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná
construyó
un pozo tubular para la evacuación agua
subterránea? 4.- Para que diga; como es verdad que los demandados han constituido en el predio denominado Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná, sin título posesionario alguno. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR EL TESTIGO JUANA AGRIPINA TINTAYA CUEVA
1.- Para que diga; como es verdad que hasta el 19 de octubre del 2013, el preguntante don FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE ostentó en forma real y pacífica la posesión pública y pacífica del predio denominado Parcela 199 de una extensión de 3.5370 Hás. 2.- Para que diga: como es verdad que los demandados se posesionaron de parte del predio referido
en la pregunta anterior en una extensión de
3.4082 hás? 3.- Para que diga; como es verdad que en el predio en mención, la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná
construyó
un pozo tubular para la evacuación agua
subterránea? 4.- Para que diga; como es verdad que los demandados han constituido en el predio denominado Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná, sin título posesionario alguno. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR EL TESTIGO HUGO RAUL LOAYZA GARCIA
1.- Para que diga; como es verdad que hasta el 19 de octubre del 2013, el preguntante don FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE ostentó en forma real y pacífica la posesión pública y pacífica del predio denominado Parcela 199 de una extensión de 3.5370 Hás. 2.- Para que diga: como es verdad que los demandados se posesionaron de parte del predio referido
en la pregunta anterior en una extensión de
3.4082 hás? 3.- Para que diga; como es verdad que en el predio en mención, la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná
construyó
un pozo tubular para la evacuación agua
subterránea? 4.- Para que diga; como es verdad que los demandados han constituido en el predio denominado Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná, sin título posesionario alguno. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR EL TESTIGO LUCILA JULIANA MICHUY BASURTO
1.- Para que diga; como es verdad que hasta el 19 de octubre del 2013, el preguntante don FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE ostentó en forma real y pacífica la posesión pública y pacífica del predio denominado Parcela 199 de una extensión de 3.5370 Hás. 2.- Para que diga: como es verdad que los demandados se posesionaron de parte del predio referido
en la pregunta anterior en una extensión de
3.4082 hás? 3.- Para que diga; como es verdad que en el predio en mención, la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná
construyó
un pozo tubular para la evacuación agua
subterránea? 4.- Para que diga; como es verdad que los demandados han constituido en el predio denominado Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná, sin título posesionario alguno. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR
EL TESTIGO
MAURICIO CACERES BENDEZU
1.- Para que diga; como es verdad que hasta el 19 de octubre del 2013, el preguntante don FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE ostentó en forma real y pacífica la posesión pública y pacífica del predio denominado Parcela 199 de una extensión de 3.5370 Hás. 2.- Para que diga: como es verdad que los demandados se posesionaron de parte del predio referido
en la pregunta anterior en una extensión de
3.4082 hás? 3.- Para que diga; como es verdad que en el predio en mención, la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná
construyó
un pozo tubular para la evacuación agua
subterránea? 4.- Para que diga; como es verdad que los demandados han constituido en el predio denominado Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná, sin título posesionario alguno. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE
PLIEGO INTERROGATORIO PARA SER RESPONDIDO POR
EL TESTIGO
EMILIANO MARQUINA BARRIENTOS
1.- Para que diga; como es verdad que hasta el 19 de octubre del 2013, el preguntante don FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE ostentó en forma real y pacífica la posesión pública y pacífica del predio denominado Parcela 199 de una extensión de 3.5370 Hás. 2.- Para que diga: como es verdad que los demandados se posesionaron de parte del predio referido
en la pregunta anterior en una extensión de
3.4082 hás? 3.- Para que diga; como es verdad que en el predio en mención, la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná
construyó
un pozo tubular para la evacuación agua
subterránea? 4.- Para que diga; como es verdad que los demandados han constituido en el predio denominado Parcela 199 de la Asociación Nueva Jerusalen de Crianza de Animales Mayores y Menores de las Pampas de Alto Quilmaná, sin título posesionario alguno. Quilmaná 05 de Mayo del 2019
FORTUNATO LALO MANCILLA VELASQUE