DEMANDA de Prescripcion

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EXPEDIENTE: ESPECIALISTA: ESCRITO: 01 CUADERNO: PRINCIPAL SUMILLA: INTERPONGO DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO CIVIL DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE MARIANO MELGAR DE LA CIUDAD DE AREQUIPA FREDY CASTILLA TORRES identificado con D.N.I. 71834122, con domicilio real en Calle La Merced 315, distrito de Yanahuara, provincia y región de Arequipa, debidamente representado por mi apoderada Gabriela Fanny Ramos Frisancho con D.N.I. 72699766 con domicilio procesal físico en Av. Siglo XX 124 piso 4, distrito, provincia y región Arequipa; y señalando Casilla Electrónica N° 90773 del Poder Judicial. Ante usted respetuosamente me presento y manifiesto lo siguiente: I.

NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL DEMANDADO La presente demanda se interpone en contra de JOSELIN XIOMARA COYLA TAPIA identificada con DNI N° 29621967, con domicilio en Calle America 600, distrito de Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa.

II.

PETITORIO Interpongo DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, en contra de ​JOSELIN XIOMARA COYLA TAPIA, ​con la finalidad que se me declare propietario del inmueble ubicado en Calle La Merced 315, Distrito de Yanahuara, Provincia de Arequipa y Departamento de Arequipa, con un área de 320 m2, inscrito en la partida registral Nro. P002322003 del registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XV, en mérito a los siguientes fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer.

III.

FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Que, el bien materia de proceso se encuentra ubicado en Calle La Merced 315, distrito de Yanahuara, Provincia de Arequipa y departamento de Arequipa.

2. El inmueble de prescripción consta de un área de 320 m2 . Siendo así, el terreno materia de Litis tiene las siguientes medidas perimétricas: Por el frente: 80 m Por la derecha: 80 m Por la izquierda: 80 m Por el fondo: 80 m 3. Con fecha 06 de enero del 2012 adquiri el inmueble ubicado en Calle La Merced 315. Desde entonces vengo ocupando el terreno materia de prescripción, dado que desde la referida fecha, conduje como propietario del inmueble a prescribir, por lo que a la fecha tengo 08 años de posesión, pacífica, continua y pública. 4. Dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 505 inciso 1 del Código Procesal Civil, señalando los nombres de los inmuebles que colindan con el mio y la dirección a donde se les debe notificar. Por el lado izquierdo: Con propiedad de Lucia Huamani Conde, con domicilio en Calle La Merced 313 Por el lado derecho: Con propiedad de Juan Ramos Conde, con domicilio en Calle La Merced 317 Por el fondo: Con propiedad de Maria Cervantes Suarez, con domicilio en Calle Los Arces 320 Por el frente: Con propiedad de Martha Zeballos Nina, con domicilio en Calle La Merced 316 5. RESPECTO A LA POSESIÓN CONTINUA, debo señalar que desde que compre el terreno comencé a posicionarlo, lo que vengo haciendo de forma ininterrumpida, sin que tuviera limitación o perturbación de la posesion, terreno que aun sigo ocupando, lo que puedo acreditar con los documentos que adjunto en la presente y las testimoniales de las personas que en su oportunidad deben hacerlo ante su despacho. 6. RESPECTO A LA POSESIÓN PACÍFICA, resulta de vital importancia señalar que en relación al inmueble que se pretende declarar la propiedad mediante la presente acción, no tiene problema alguno tanto legal o extrajudicial. 7. RESPECTO A LA POSESIÓN PÚBLICA, debo señalar que la posesión la he hecho en calidad de propietario, además que mi posesión ha sido continua sin interrupción, para lo cual pruebo haber poseído desde 06 de enero del 2012 hasta la actualidad, por otro lado mi posesión ha sido pacífica por lo que en ningún momento he tenido litigio con el propietario con derecho inscrito, además que mi posesión ha sido pública en todo momento.

IV.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Art. 505 inc. 1 del C.P.P, indica que ante el uso de mis facultades esenciales que se cumple con los requisitos especiales estipuladas en dicho artículo, así también indicando el tiempo de la posesión, así como la fecha y forma de adquisición del bien inmueble, en mi caso este artículo se subsume ya que presentó los nombres de los inmuebles que colindan con el mio. Art. 950 del C.C nos señala que la propiedad del bien inmueble se adquiere de prescripción mediante la posesión continua, pacífica continua, pacífica y pública como propietario durante 10 años. Se adquiere a los cinco años cuando median justo título y buena fe. Siendo en mi pretensión el de prescripción corta. En mi caso mi persona viene poseyendo de manera interrumpida que hasta la fecha exceden los 5 años, además que se cumple con todos los requisitos invocados por la norma. Art. 952 del C.C nos señala que quien adquiere un bien por prescripción puede entablar juicio para que se le declare propietario. En este caso se tiene por objeto que se me declare propietario del inmueble materia de litis por lo que interpongo la presente acción. V.

MONTO DE PETITORIO Debido a la naturaleza de la pretensión no es cuantificable en dinero.

VI.

VÍA PROCEDIMENTAL La demanda de prescripción adquisitiva de dominio se tramita como proceso abreviado de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del artículo 486° del Código Procesal Civil.

VII.

MEDIOS PROBATORIOS 1. Planos de ubicación respecto del bien se demanda la prescripción adquisitiva de dominio, en el cual se prueba la ubicación precisa del inmueble materia de litis. 2. Planos perimetricos respecto del bien se demanda la prescripción adquisitiva de dominio, en el cual se prueba las medidas perimétricas del inmueble materia de la demanda. 3. Inspección Judicial que se realizará en el inmueble sub-litis situado en la Calle La Merced 315, distrito de Yanahuara, Provincia de Arequipa y departamento de Arequipa.

4. Declaración testimonial que presentarán: 4.1. Rosa Bárbara Carrillo Daza, edad (33 años), de ocupación profesora, con dirección domiciliaria en Calle La Merced 314, Distrito de Yanahuara, Provincia de Arequipa y Departamento de Arequipa. 4.2. Clemente Florentino Carvajal Huanca, edad (50 años), de ocupación taxista y con dirección domiciliaria en la Calle La Merced 306, distrito de Yanahuara, Provincia de Arequipa y departamento de Arequipa. 4.3. Lucia Huamani Conde, edad (37 años), de ocupación abogada y con dirección domiciliaria en Calle La Merced 316, Distrito de Yanahuara, Provincia de Arequipa y Departamento de Yanahuara. 5. Copia legalizada de la Minuta realizada el 06 de enero del 2012, escrito en el cual la Demandada transfiere la propiedad a mi favor, con el que se demuestra la transferencia de la propiedad que hizo la demandada hacia mi persona, con el cual sumado a esto se cumple con la prescripción adquisitiva de dominio en el plazo corto 6. Memoria descriptiva del inmueble respecto del cual se demanda la prescripción adquisitiva de dominio, en el cual se verifica la descripción del mencionado bien inmueble. 7. Certificado Literal de Dominio 010387388 del Registro de la Propiedad del Inmueble, con el que se a 8. Contrato de suministro eléctrico del 13 de enero de 2012, que figura a mi nombre, con el que se acredita---9. Boleta de Venta 008-003737254 por conexión de medidor eléctrico que solicite, con el que se acredita ----10. Quince recibos de luz con sus respectivas liquidaciones que he realizado, con el que se acredita -----11. Recibos de pago por concepto de tributos municipales desde el 2013 hasta el 2020 realizados por mi persona, con el que se acredita ---12. Once tomas fotográficas del inmueble (cuatro fotos del 2012) y (siete del 2020), en el que se acredita los cambios que estado realizando sobre la propiedad.

POR TANTO​: Sírvase admitir a trámite la presente demanda y declararla fundada en su oportunidad.

VIII.- ANEXOS 1.A.- Fotocopia Simple DNI de demandante 1.B.- Planos de Ubicación y perimétricos del predio sub-litis 1.C.- Copia legalizada de la minuta realizada el 06 de enero del 2012 1.D.-​Certificado Literal de Dominio 010387388 del Registro de la Propiedad del Inmueble 1. E.- contrato de suministro eléctrico del 13 de enero del 2012. 1.F.- Boleta de venta 008-003737254 por conexión de medidor eléctrico. 1.G.- 15 copias de recibo de luz 1.H.-Recibo de pago por concepto de tributos municipales 1.I.-​Once tomas fotográficas del inmueble (cuatro fotos del 2012) y (siete del 2020) . PRIMER OTROSI DIGO:​ Al amparo de lo dispuesto por el Artículo 80 del Código Procesal Civil, delegó a mi abogada ​Gabriela Fanny Ramos Frisancho​ con matrícula C.A.A 7123.

Arequipa, 11 de Junio del 2020

Gabriela Fanny Ramos Frisancho ABOGADA C.A.A. 7123

Fredy Castilla Torres Demandante