Demanda de Inexistencia

DEMANDA DE INEXISTENCIA DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA ARACELI LOPEZ CABRERA VS JUAN VELASCO MIRANDA CONTROVERSIA AGRARIA

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DEMANDA DE INEXISTENCIA DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA ARACELI LOPEZ CABRERA VS JUAN VELASCO MIRANDA CONTROVERSIA AGRARIA

CIUDADANO. MAGISTRADO DEL TRIBUNAL UNITARIO DISTRITO CUARETA Y SIETE PRESENTE

ARACELI LOPEZ CABRERA, ejidatario del rosario, promoviendo por mi propio derecho señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de documentos y notificaciones el ubicado en veintinueve norte numero cuatrocientos siete , autorizando para que la reciba en mi nombre y representación el abogado Luis Antonio Carrera Sánchez ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Vengo a demandar al ciudadano Juan Velasco Miranda, con domicilio ubicado en dos oriente número cuatrocientos siete colonia Sarabia, las siguientes prestaciones:

a. La inexistencia del contrato de compraventa de fecha dos de octubre del dos mil catorce, celebrado entre los ciudadanos: Araceli López Cabrera y Juan Velasco Miranda, como vendedor y comprador respectivamente, respecto a la parcela ejidal ubicada en Poblado el Rosario municipio de Tehuacán, Estado de Puebla.

b. El pago de los gastos y costas del juicio.

La demanda se fundamenta en los siguientes hechos y preceptos de derecho: HECHOS I. Con fecha dos de octubre del dos mil catorce, los ciudadanos: Araceli López Cabrera y Juan Velasco Miranda, celebraron contrato de compraventa respecto a la parcela ejidal ubicada en Poblado el Rosario municipio de Tehuacán, Estado de Puebla. Según lo acredito con el contrato de compraventa celebrado en términos del artículo 80 de la Ley Agraria y que se anexa en copia certificada como documento base de la acción. Que se ataca es inexistente, lo es porque le falta el consentimiento y la firma del ciudadano Juan Velasco Miranda, celebrante vendedor, toda vez que la misma fue falsificada, como se acreditará durante la secuela de procedimiento.

III. El contrato de compraventa referido es inexistente para el mundo jurídico y legal y por lo tanto la nada jurídica, debiendo su señoría constatar y declarar por resolución definitiva la inexistencia del contrato combatido, por faltarle el consentimiento.

IV. El comprador se presentó a mi domicilio para que le de la posesión de la parcela mencionada en el contrato base de la acción; pero me he negado rotundamente por ser falsa la firma de mi padre como vendedor de dicho contrato.

DERECHO

Por cuanto al fondo es aplicable en el artículo 80 primer párrafo de la ley agraria y los artículos 2248 y 2249 del Código Civil Federal de aplicación supletoria.

El procedimiento se rige por el artículo 170 de la Ley Agraria.

CAPÍTULOS DE PRUEBAS

Ofrezco de mi parte las siguientes:

PRUEBAS

1. CONFESIONAL. Del demandado, al tenor de las posiciones que se le articularán en el momento procesal oportuno, pidiendo se le cite personalmente para que en la misma forma comparezca al local del Tribunal, a absolver las que fueren calificadas de legales, con el apercibimiento de ley para el caso de incompetencia.

Esta prueba la relaciono con todos los hechos de la demanda inicial y correlativos de la contestación.

2. TESTIMONIAL. A cargo de los Ciudadanos: Abigail Cabrera Torres y Dolores Torres Soriano, con domicilio ubicado en calle 3 norte número siete colonia centro de la ciudad de Tehuacán, respectivamente, personas a las que me obligo a presentar el día y hora que se señale para la recepción de esta probanza.

Esta prueba al relaciono con todos los hechos de la demanda inicial y correlativos de la contestación.

3. DOCUMENTAL PRIVADA. Consistente en el contrato privado de compraventa celebrado entre los ciudadanos Araceli López Cabrera con fecha, dos de octubre del dos mil catorce respecto a la parcela ejidal afecta al presente juicio.

Esta prueba al relaciono con todos los hechos de la demanda inicial y correlativos de la contestación.

4. PERICIAL GRAFOSCOPICA Y CALIGRÁFICA. La cual versará sobre los siguientes puntos:

a. Si la firma que aparece en el contrato privado de compraventa como la del comprador corresponde al Ciudadano Juan Velasco Miranda b. Si la firma que aparece en el contrato privado de compraventa como la del vendedor corresponde a la ciudadana Araceli López Cabrera, donde dicha firma fue falsificada.

c. Si las firmas anteriores fueron estampadas en el fecha de celebración del contrato privado de compraventa mencionado.

Esta prueba al relaciono con todos los hechos de la demanda inicial y correlativos de la contestación.

Por

lo

anteriormente

expuesto

y

fundado,

MAGISTRADO, atentamente pido se sirva:

A USTED

CIUDADANO

ÚNICO. Proveer conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO

Veintidós de febrero del dos mil catorce Tehuacán Puebla

_____________________________ FIRMA