CUESTIONARIO DERECHO MERCANTIL

CUESTIONARIO DOCUMENTO #1, DERECHO MERCANTIL 1 Aspectos Históricos del Derecho Mercantil. 1. Explique el Desarrollo Hist

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CUESTIONARIO DOCUMENTO #1, DERECHO MERCANTIL 1 Aspectos Históricos del Derecho Mercantil. 1. Explique el Desarrollo Histórico del Comercio. El hombre, en los iniciales estadios de su vida, satisfacía sus necesidades con los bienes que la naturaleza le proporcionaba.

Más tarde puso en práctica su intelecto para transformar lo que el ambiente le brindaba en productos para su familia.

La organización social evolucionó y se presentó la “Progresiva división del trabajo”. Esto condiciona las relaciones sociales.

2. ¿Qué es Mercader? Es la persona que sin tomar parte directa en el proceso de la producción, Hace circular los objetos producidos llevándolos del productor al consumidor. 3. ¿Qué es Mercancía o Mercadería? Es la riqueza o satisfactor que se produce en la medida que es elaborada para ser intercambiada o vendida.

Por esa división apareció el MERCADER. Y la riqueza o bien que se produce adquiere el nombre de MERCANCÍA.

Los satisfactores adquieren valor de intercambio y surge el TRUEQUE. Cuando aparece la moneda, se consolidan las bases para el desarrollo del comercio y del Derecho que lo rige.

 El Derecho Mercantil en la Antigüedad. 1. ¿Cuál fue la Primera Actividad Comercial en Grecia? Debido a la proximidad de sus ciudades más importantes al Mar Mediterráneo y el hecho de que la vía marítima fuera la más libre para aproximarse a otras ciudades, hizo que el comercio por mar fuera una actividad de primer orden en la economía de Grecia. 2. Mencione algunas de las Figuras Mercantiles que ha aportado Grecia y que aún se practican. El Préstamo a la Gruesa Ventura y la Echazón (Avería Gruesa). 3. ¿Qué es el Préstamo a la Gruesa Ventura? Es un negocio por el cual un sujeto hacía un préstamo a otro, condicionando el pago por parte del deudor, a que el navío partiera y regresa exitosamente de su destino. Esta institución se considera como antecedente del “Contrato Seguro”. 4. ¿Qué es la Echazón? Por ella el capitán de buque podía aligerar el peso de la carga echando mercaderías al mar y sin mayor responsabilidad, si con ello evitaba naufragio, atasco o captura. Hoy se le conoce como “Avería Gruesa”. 5. ¿En qué consistían las famosas Leyes Rodias? Deben su nombre por haberse originado en la Isla de Rodas (Isla Griega que en aquella época era propiedad de Roma y después de Bizancio [Imperio Romano de Oriente]); alrededor del año 400 antes de la Era Cristiana. Constituyeron la recopilación de un conjunto de usos sobre el comercio marítimo. Las Leyes Rodias desenvolvieron un ordenamiento que regulaba la participación de las compañías navieras en la actividad comercial marítima. Regulaba cuestiones como: contribuciones, prestamos marítimos, robo, abordaje de mercancías, echazón…Tomado de: http://clubensayos.com/Temas-Variados/Leyes-Rodas/493323.html 6. ¿Cómo se presenta la Actividad Comercial y el Derecho Mercantil en Roma? La vastedad territorial del imperio Romano permitió la aceleración del tráfico comercial; y el Jus Civile era un Derecho destinado a normar la actividad privada de los ciudadanos, fuera o no de carácter mercantil. Este Derecho era eminentemente Formalista.

7. ¿Qué solución dieron los romanos para acoger la actividad comercial a un derecho tan rígido? Crearon la figura del Pretor dándole facultades de interpretación casuística, de manera que cuando aplicaba la Ley Civil al comercio, debía observar las peculiaridades propias del fenómeno comercial.  El Derecho Mercantil en la Edad Media: El Feudalismo. 1. ¿Qué ejercía el Titular de un Feudo? Ejercía un poder omnímodo en su jurisdicción territorial y todo lo que allí se hacía iba en su propio beneficio, lo que incluía también el poder político. 2. ¿Cuál era la Actividad Económica de los feudos? Era de naturaleza agrícola y excluían el tráfico comercial porque lo consideraban deshonroso. 3. ¿Dónde surge la Burguesía Comerciante? Surgen fuera de los feudos, en las villas o pueblos. 4. ¿Cuál fue la importancia de la Burguesía? La importancia de la burguesía no radicaba en los bienes territoriales, sino en la riqueza monetaria que producía el tráfico comercial. La monarquía encuentra en los comerciantes su mejor aliado. Los estimula en su función y con ello se principia a definir lo que hoy se conoce como Derecho Mercantil. 5. ¿Cómo se dio la definición de Derecho Mercantil en la Edad Media? Los comerciantes se organizaron en asociaciones llamadas “Corporaciones”. Esas corporaciones se regían por sus “Estatutos”, en los que recogieron las costumbres que ellos mismos habían practicado; de ahí que a este Derecho también se le llama “Derecho Corporativo” o “Derecho Estatutario”. 6. ¿Qué contenían los Estatutos? Contenían reglas de Derecho que regulaban el comercio, los derechos y obligaciones del comerciante, y también la organización de una Jurisdicción propia para la solución de sus controversias. Esa Jurisdicción estaba a cargo de un funcionario llamado “Cónsul”. 7. ¿Cuáles son los aportes más importantes de esta etapa? La letra de cambio, la consolidación de diversos tipos de sociedades mercantiles, fomento del contrato seguro, inicio del Registro Mercantil y lo más importante es que el Derecho Mercantil se transformó en un Derecho autónomo del Derecho Civil.  El Derecho Mercantil de la Época Modera. 1. ¿Desde el punto de vista del Derecho Mercantil, cuál fue la causa del descubrimiento de América? El descubrimiento de América fue el resultado de las pretensiones de España, Inglaterra, Francia, Holanda e Italia que buscaban nuevas rutas para nuevos mercados. 2. ¿Cuáles fueron los 2 hechos que surgieron con la Legislación de Napoleón en 1,807? En primer lugar, se promulgó un código propio para el comercio; y en segundo, el Derecho Mercantil dejó de ser una ley clasista para convertirse en un derecho destinado a regir relaciones objetivas que la ley tipifica como comerciales.

 Situación Actual del Derecho Mercantil. 1. ¿Socialmente, qué es lo que refleja el Derecho Mercantil? Este Derecho está vinculado, en la forma más caracterizada, con el sistema Capitalista. 2. En principio puede decirse que el Derecho Mercantil se ha desarrollado con fortaleza a la luz de la doctrina liberal. Sin embargo, en la primera mitad del siglo XX, se practicó la idea de limitar la autonomía de la voluntad, base esencial de la libre contratación, y de hacer que el Estado interviniera como sujeto de actividades comerciales (Países Socialistas).Esto dio la impresión de que el Derecho Mercantil desaparecería para convertirse en un Derecho Administrativo Mercantil, para el día en que el Estado fuera el único sujeto que practicara el comercio.

3. Con la desintegración de los países Socialistas, el Derecho Mercantil se replantea sobre la base de sujetarse a algunos puntos guías de la Actividad Comercial. ¿Cuáles son eso puntos guía? a) Retirar al Estado de la función de sujeto comerciante, b) Que en el desarrollo del comercio no haya monopolios, y c) Adaptar la legislación nacional a la práctica de una economía mundial globalizada.

4. Aludiendo lo anterior ¿Qué debe proteger y garantizar la Legislación Mercantil? a. Prohibir los monopolios y los privilegios porque niegan la libertad de competencia; y b. Establecer nomas imperativas, limitantes de la libertad jurídica del comerciante, con la finalidad de proteger al consumidor.  Aspectos Históricos del Derecho Mercantil Guatemalteco. 1. Diagramar la Evolución Histórica del Derecho Mercantil en Guatemala. Período Colonial. Guatemala era regido por la Legislación de la Metrópoli, con leyes como: Leyes de Indias, las 7 Partidas y la Ordenanza de Bilbao.

Ante la insistencia de los comerciantes de la Capitanía, se creó el Consulado de Comercio de Guatemala, por Real Cédula del 11-12-1,793

Con la independencia política de Centro América no se dio una legislación propia. Las Leyes de España siguieron vigentes algunos años más.

En el gobierno del Dr. Mariano Gálvez se hizo el intento de sustituir las leyes españolas por los llamados Códigos de Livingston.

En 1942, se promulgó un nuevo Código de Comercio contenido en el Decreto número 2946 del Presidente de la República.

En 1877, al promulgarse los nuevos códigos de Guatemala, se incluyó un Código de Comercio, con una ley de Enjuiciamiento Mercantil.

Con la Revolución de 1871 surgió una renovación legislativa, manifestada en el Código de la Revolución Liberal.

La llegada del gobierno de Rafael Carrera, significó estancamiento de nuestra evolución legislativa, se volvió a las leyes españolas.

En 1970 se promulgó el Decreto 2-70 del Congreso de la República, que contiene el actual Código de Comercio de Guatemala.

Es importante señalar la creación del Registro Mercantil. Se incorporó la factura cambiaria. Se traslada el Fideicomiso a este código.

 Autonomía del Derecho Mercantil. 1. ¿En qué época se inicia a gestar la separación del Derecho Privado en 2 ramas: Derecho Civil y Derecho Mercantil? En la Edad Media. 2. ¿Cuáles son los Aspectos del Derecho Mercantil para considerarlo diferente al Civil? a) La ley Mercantil siempre deviene de lo empírico, de lo fáctico, de las prácticas comerciales que preceden al concepto teórico. En cambio, el Derecho Civil postula exigencias de una profunda cohesión en la sistematización de los conceptos generales. b) El Derecho Mercantil tiende a ser internacional. c) La existencia de los llamados títulos de crédito sólo puede funcionar dentro de un derecho flexible, rápido y poco formalista como el Derecho Mercantil. d) Los negocios a distancia provocan problemas que el Derecho Civil no resuelve. La apertura de crédito que los facilita, sí está prevista en lo mercantil. e) Los negocios mercantiles se desarrollan en masa, a diferencia de los civiles que generalmente son aislados.

3. ¿Cuál es el alcance de la separación entre el Derecho Civil y el Mercantil? La separación, siendo necesaria por la materia que cada uno regula, no debe olvidar que el abolengo científico e histórico de la legislación civil hace que ella sirva para auxiliar a la mercantil cuando sus disposiciones resultan insuficientes para dar una solución a un caso. 4. ¿Cómo se orienta el Derecho Guatemalteco? Nuestra legislación consagra la separación del Derecho sustantivo, aunque tiene unificado el Derecho Adjetivo. Tenemos un Código Civil y un Código de Comercio que operan por separado, y a su vez; hay un Código Procesal Civil y Mercantil. 5. En conclusión podría decirse que el Derecho Mercantil es autónomo porque tiene sus propias normas (Código de Comercio y leyes conexas); sus propios Elementos: Subjetivo (comerciantes) y Objetivo (cosas mercantiles); y sus propias Instituciones (Registro Mercantil).  Conceptos del Derecho Mercantil. 1. ¿Qué es el Derecho Mercantil, para el concepto Subjetivo? Es el conjunto de principios doctrinarios y normas de derecho sustantivo que rigen la actividad de los comerciantes en su función profesional.  Se le conoce como concepto subjetivo, ya que el elemento principal a tomar en cuenta es el sujeto que interviene en el movimiento comercial.

2. ¿Qué es el Derecho Mercantil, para el concepto Objetivo? Es el conjunto de principios doctrinarios y normas de derecho sustantivo que rigen los actos objetivos de comercio.  La ley mercantil ya no funciona en torno al sujeto que interviene, sino que se refiere a una serie de relaciones jurídicas tipificadas en el código como mercantiles.

3. Resumiendo los conceptos anteriores se nota que nunca ha existido legislaciones subjetivas u objetivas. Lo que se ha dado es el predominio de un elemento sobre otro. Hay actos mercantiles que los son por su propia naturaleza; y otros en los que la mercantilidad depende del sujeto que los realice.

4. ¿Qué es el Derecho Mercantil, según el concepto de los Actos en Masa? El Derecho Mercantil es el derecho que rige una serie de relaciones de relevancia jurídica, cuya característica especial es que se dan en masa; en grandes cantidades. 5. ¿Cuáles son los Conceptos del Derecho Mercantil como Derecho de la Empresa? El Derecho Mercantil sería el conjunto de principios y normas que rigen las empresas dedicadas al comercio. Este concepto es idea del autor Karl Wieland; según él, lo que caracteriza el comercio es que se genera en organizaciones que planificadamente impulsan el tráfico mercantil; y esas organizaciones son las empresas. 6. Se ha criticado a Wieland diciendo que la empresa es materia de la ciencia económica, no es jurídica; y que lo único que se hace es sustituir al comerciante por la empresa. En el Derecho guatemalteco, la Ley Mercantil define a la empresa como un objeto de tráfico comercial, y no como sujeto de esa función económica. 7. ¿Cuál es el Concepto del Derecho Mercantil como Derecho de los Actos en Masa Realizados por Empresas? La idea de unificar las 2 acepciones anteriores se debe al jurista Joaquín Rodríguez, él concluye en que “el Derecho Mercantil está destinado a regular un tráfico masivo que se desarrolla por medio de organizaciones empresariales”. 8. ¿Cuál es el Concepto del Derecho Mercantil Guatemalteco? El Derecho Mercantil Guatemalteco es el conjunto de normas jurídicas, codificadas o no, que rigen la actividad profesional de los comerciantes, las cosas o bienes mercantiles y la negociación jurídica mercantil. 9. Explicar la analogía entre la División de normas que hace el Código Civil y Código de Comercio. CÓDIGO CIVIL Derecho de las Personas Derecho de los Bienes Derecho de Obligaciones y Contratos Derecho de las Sucesiones

CÓDIGO DE COMERCIO DE GUATEMALA La Actividad profesional de los comerciantes (personas) Las Cosas Mercantiles (bienes) Los Negocios Jurídicos Mercantiles (obligaciones) No contemplado.

 Características y Principios del Derecho Mercantil. 1. ¿Cuáles son las Características del Derecho Mercantil? 1 Es poco formalista; 2Inspira rapidez y libertad en los medios para traficar; 3Adaptabilidad; 4 Tiende a ser internacional; y 5Posibilita la seguridad del tráfico jurídico. 2. ¿Por qué es Poco Formalista? Los negocios mercantiles se concretan en simples formalidades sólo explicables para un conjunto de relaciones que por su cantidad no podrían darse fácilmente de otra manera. Tiende a ser poco formalista para adaptarse a las peculiaridades del tráfico comercial.

3. ¿Por qué Inspira rapidez y libertad en los medios para traficar? El comerciante debe negociar en cantidad y en el menor tiempo posible. Al mismo tiempo vive imaginando fórmulas que le permitan resultados empresariales exitosos por medio de novedosas

modalidades de contratar. Ello obliga a que el Derecho funcione a la par de la realidad que se le presenta.

4. Explique la Adaptabilidad. El comercio es una función humana que cambia día a día. Por diversos motivos las formas de comerciar se desenvuelven progresivamente. Este Derecho debe irse adaptando a las condiciones reales del mismo fenómeno comercial. 5. ¿Por qué Tiende a ser Internacional? La producción de bienes y servicios no es exclusivamente para el comercio local, se produce para el mercado interno e internacional. Ello obliga a que las instituciones jurídicas tiendan a ser uniformes porque así se permite la facilidad del intercambio a nivel global. 6. ¿Por qué Posibilita la Seguridad del Tráfico Jurídico? Porque estrictamente la negociación mercantil está basada en la verdad sabida y la buena fe guardada, de manera que ningún acto posterior puede desvirtuar lo que las partes han querido al momento de obligarse. 7. a) b) c) d) e)

¿Cuáles son los Principios que Inspiran al Derecho Mercantil? La buena fe guardada; La verdad sabida; Toda prestación se presume onerosa; Intención de lucro; y Ante la duda deben favorecerse las soluciones que hagan más segura la circulación.



Fuentes del Derecho Mercantil Desarrollar el tema de las Fuentes del Derecho Mercantil.

1. La Costumbre: fue la primera fuente formal del Derecho Mercantil, ya fuera como práctica general de los comerciantes o como usos del comercio. Los usos, sean locales o internacionales, pueden servir para normar una situación mercantil que la ley no contempla. Arts. 2 y 10 LOJ. 2. La Jurisprudencia: según lo expresa el primer párrafo del artículo 2 LOJ, es una fuente complementaria. De acuerdo con lo establecido en el CPCyM, cuando se producen 5 fallos reiterados en juicios sometidos al conocimiento de la CSJ, por medio del recurso de casación, se genera la doctrina legal que puede citarse como fundamento de pretensiones similares. 3. La Ley: conforme a los artículos 2 y 3 de la LOJ; la LEY, o la legislación con más propiedad, es la fuente primaria del Derecho. En el caso de Guatemala, la normatividad mercantil se integra a partir de su CPRG, cuyos preceptos mercantiles se desarrollan en el CdeC y leyes conexas. 4. La Doctrina: puede funcionar como los usos: coadyuvar al esclarecimiento del Derecho vigente, con la diferencia de que, por su solidez científica, juega un papel preponderante en el conocimiento de los problemas que tienen que resolverse dentro del contexto del Derecho Mercantil. La doctrina corre pareja con la práctica; lo que no ocurre con la ley.

5. El Contrato: es fuente del Derecho Mercantil en la medida en que recoge convenciones de los particulares, provenientes de la esfera de la autonomía de la voluntad. El contrato ha sido definido como “Ley entre las Partes”; y en ese sentido vendría a ser una fuente muy particular, que sólo tiene radio de acción para los sujetos que en él hayan intervenido como partes; pero no generaría disposiciones de observancia general.