Cuestionario Auxiliares Del Comercio

1. Que se entiende por auxiliar del comerciante: Son aquellos sujetos que sin ser comerciantes, realizan actividades rel

Views 183 Downloads 3 File size 192KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

1. Que se entiende por auxiliar del comerciante: Son aquellos sujetos que sin ser comerciantes, realizan actividades relacionadas con el comercio, en nombre y en representación de un comerciante. 2. Que es un agente de comercio: Es el auxiliar del comerciante que actúa de modo permanente, en relación con uno o varios principales, y promueve la celebración de contratos mercantiles o los celebra en nombre de uno o varios principales. Art.280 Co.Co. 3. Exponga las clases de agentes de comercio: Agentes dependientes: Si actúan por orden y cuenta del principal, forman parte de su empresa y están ligados a este por una relación de carácter laboral. Agentes independientes: Si actúan por medio de su propia empresa y están ligados con el principal por un contrato mercantil de agencia. Art. 280 Co.Co. 4. Explique cuál es el objeto de un agente de comercio: Auxiliar al comerciante promoviendo la celebración de contratos mercantiles o celebrarlos en nombre de 1 o varios principales.Art.280 Co.Co. 5. Explique cómo se constituye en agente de comercio: A través de un contrato laboral, de un contrato mercantil de agencia. Art.280 Co.Co. 7. Exponga el concepto de dependiente: Son dependientes quienes desempeñan constantemente alguna o algunas gestiones propias del tráfico de una empresa o establecimiento, por cuenta y en nombre del propietario de éstos. Art.273 Co.Co. 8. Explique la diferencia entre agente de comercio y dependiente: La diferencia es que el dependiente atiende al público dentro del establecimiento en que trabajan y están facultados para percibir en el establecimiento los ingresos por venta y servicios que efectuaren, mientras que el agente promueve y/o celebra contratos mercantiles en nombre del principal.Art.273 y 280 Co.Co. 9. Explique las formas en que se constituye el dependiente: Por lo general por un contrato laboral verbal o escrito. 10. Exponga las limitaciones del dependiente en su actividad: Los dependientes no pueden delegar en otros los encargos que recibieren de sus principales, sin noticias y consentimiento de estos. Art.277 Co.Co. Tampoco pueden derogar o modificar las condiciones generales de la contratación o las cláusulas impresas en los formularios, de la empresa, ni exigir el precio de mercadería de las cuales no hagan entrega o remesa no conceder prórrogas o descuentos que no sean los acostumbrados por la empresa.Art278 Co.Co. 11. Explique las facultades que tiene asignada el agente de comercio:

Los dependientes encargados de atender al público dentro del establecimiento en que trabajan, están facultados para realizar las operaciones que aparentemente estuvieren a su cargo y para percibir en el establecimiento los ingresos por venta y servicios que efectuaren. Art.254 Co.Co. 12. Que debe entenderse por factor: Son factores quienes sin ser comerciantes tienen la dirección de una empresa o de un establecimiento. EL FACTOR SIEMPRE REPRESENTA A UN COMERCIANTE INDIVIDUAL. Art.263 Co.Co. 13. Como se constituye en factor: El factor se constituyen mediante mandato con representación, otorgado por el comerciante, por nombramiento que le extenderá este último o por contrato de trabajo escrito. Art.265 Co.Co. 14. Exponga las facultades del factor: Esta facultado para realizar todas las operaciones y para celebrar contratos corrientes relacionados con el objeto de la empresa o del establecimiento que dirija. Art.266 Co.Co. 15. Diferencia entre factor y dependiente: El factor siempre representa a un comerciante individual, mientras que el dependiente

16. Diferencia entre agente de comercio y factor:

17. Exponga que se entiende por comisionista: Comisionista es quien por cuenta ajena realiza actividades mercantiles. Art.303 Co.Co. 18. Que hace el comisionista: El comisionista podrá hacer vender los efectos que se le hayan consignado por medio de corredor o en remate voluntario, cuya función ocasional o habitual es realizar actividades mercantiles por cuenta ajena a cambio de una remuneración. 19. Exponga un concepto de corredor: Es corredor el que en forma independiente y habitual se dedica a poner en contacto a los interesados en la conclusión de un negocio, sin estar ligado a ninguna de las partes por relaciones de colaboración, dependencia o representación. 20. Como se constituye el corredor: A través del contrato de corretaje. Art. 301 Co.Co. 21. Explique la diferencia entre corredor y comisionista:

22. Que se entiende por comitente: Persona que le dará comisión al comisionista. Es la persona que está al mando del comisionista. Art.311 Co.Co. 23. Exponga cuales son las limitaciones que tiene el comisionista frente al comitente: Cuando sin causa justa dejare el comisionista de avisar que rehúsa la comisión o de cumplir la aceptada, expresa o tácitamente, responderá al comitente de todos los daños y perjuicios que por ello le sobrevengan. Art.309 Co.Co. El comisionista se sujetara a las instrucciones del comitente en el desempeño de su cargo; cumpliéndolas, quedará exento de responsabilidad. Art. 311 Co.Co. 24. Enumere las obligaciones que tiene el corredor: Los corredores están obligados: 1o.—A responder de la Identidad de las personas que contrataren por su mediación y asegurarse de su capacidad legal; si intervinieren en contratos celebrados por personas incapaces, responderán de los daños y perjuicios que resultaren directamente de la incapacidad; 2o. A ejecutar por sí mismos las negociaciones que se les encomendaren; 3o.A proponer los negocios con exactitud, claridad y precisión; 4o.A asistir a la entrega de los objetos, material del negocio, cuando alguno de los contratantes lo exija; 5o.A responder, en las operaciones sobre títulos de crédito, de la autenticidad de la firma del último endosante o del girador. en su caso y a recogerlos para entregarlos al tomador; 6o.A conservar, marcada con su sello y con los de los contratantes, mientras el comprador no las reciba a su satisfacción, una muestra de las mercaderías, siempre que la operación se hubiere hecho sobre muestras; 7o.A expedir, a costa de los interesados que lo pidieren o por mandato de autoridad, certificación de los asientos correspondientes a los negocios en que hayan intervenido; 8o.A extender al comprador una lista firmada y completa de todos los títulos negociados con su intervención, con indicación de todos los detalles necesarios para su debida identificación; 9o.A anotar en su registro los extremos esenciales de los contratos en que haya intervenido; 10o.Guardar secreto en todo lo que concierne a los negocios que se les encargue, a menos que por disposición de la ley, por la naturaleza de las operaciones por el consentimiento de los interesados puedan o deban dar a conocer los nombres de estos. 25. Que se entiende por contrato de corretaje: En virtud del contrato de corretaje una o más partes interesadas en la conclusión de un negocio se obligan a pagar al corredor el corretaje si el negocio se concluye por efecto de su intervención. Art. 301 Co.Co.