Cuenta Unica Del Tesoro Nacional

 CUENTA UNICA DEL TESORO NACIONAL Los ingresos de cualquier fuente se depositarán en la Cuenta Corriente Única del Teso

Views 181 Downloads 8 File size 253KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

 CUENTA UNICA DEL TESORO NACIONAL Los ingresos de cualquier fuente se depositarán en la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional, abierta en el depositario oficial de los fondos públicos. Su utilización dispondrá el Ministro encargado de las finanzas públicas y, por delegación, el responsable del Tesoro Nacional.

Por la excepción prevista en la Ley, los ingresos de las empresas públicas, Contraloría, desembolsos externos, se depositarán en las cuentas aperturadas en el depositario oficial, que se encuentren por fuera de la Cuenta Corriente Única. Con el propósito de identificar la fuente de donde provienen los recursos, la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional se dividirá en Cuentas Auxiliares: CCU- FISCALES, CCU-AUTOGESTION, CCU-PREASIGNADOS, CCU-FONDOS ESPECIALES, CCU-FONDOS DE TERCEROS, CCU-CUENTAS DE TRANSFERENCIA GOBIERNOS SECCIONALES, CUENTAS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS PUBLICAS, CUENTAS PARA LA PROVISION DEL PAGO DE LA DEUDA PUBLICA, CUENTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL y otras creadas por ley. Las entidades descentralizadas y autónomas mantendrán las cuentas de transferencias durante el ejercicio fiscal 2008.

REF: Normativa Presupuesto Contabilidad Tesorería Acuerdo 447 PAG. 95-96  SISTEMA DE TESORERIA El Sistema de Tesorería comprende todos los componentes del proceso de percepción, depósito y colocación de los recursos financieros públicos a disposición de las entidades y organismos del sector público para la cancelación oportuna de sus obligaciones y utilización de dichos recursos, de acuerdo con los planes y presupuestos correspondientes. REF: Normativa Presupuesto Contabilidad Tesorería Acuerdo 447 PAG. 93  QUÉ SON TRANSFERENCIAS, FONDOS DE TERCEROS Y FONDOS ESPECIALES? TRANSFERENCIAS DE FONDOS La Dirección General de Tesorería mediante Autorizaciones de Transferencias de Fondos instruirá al Banco Central de Reserva para que debite la Subcuenta Transferencias – Cuenta Principal, y que a su vez abone por el monto correspondiente a los requerimientos de fondos presentados, las cuentas corrientes que las instituciones hayan abierto en los bancos comerciales del sistema financiero para el pago de sus obligaciones.

FONDOS A TERCEROS La estructura y contenido de los informes consolidados serán fijados por el Ministerio de Economía y Finanzas y se la preparará a base de la información financiera, patrimonial y presupuestaria que le proporcionarán los dignatarios, funcionarios o servidores públicos de las instituciones del Sector Público no Financiero, en los plazos establecidos en la Ley. FONDOS ESPECIALES Fondos de Contribuciones Especiales, los que contabilizan la financiación de amejoramientos o servicios públicos que se considera que benefician las propiedades contra las que las contribuciones se exaccionan. Ref: www.slideshare.net/faviomeneses/ejercicio-contabilidad-gubernamental-2 www.minfin.gob.gt/...%20contabilidad/05_detalle_de_cuentas.pdf

http://www.sisman.utm.edu.ec/libros/FACULTAD%20DE%20CIENCIAS%20ADMINISTRATIVAS%20Y %20ECON%C3%93MICAS/CARRERA%20DE%20CONTABILIDAD%20Y%20AUDITOR%C3%8DA/08/CO NTABILIDAD%20GURBENAMENTAL%208/Manual-contabilidad-%20%2097.pdf