Cristofer Contrato de Deposito

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NUMERO UNO (1). En la ciudad de Guatemala, el veinte de octubre de dos mil diecisiete. ANTE MÍ: KRISTOFER ARIEL REYES JUAREZ Notario, comparecen: por una parte, la señora JUAN PATRICIA PEREZ DE LOPEZ, de Cuarenta años de edad, casado, guatemalteco, Auditor, de este domicilio, quien se identifica con la cédula de vecindad número de orden A guion uno (A-1) y de registro número VEINTE MIL (20,000) extendida por el alcalde municipal de Guatemala, del departamento de Guatemala. Y por otra parte el señor JUAN FRANCISCO PEREZ PEREZ de treinta y un años de edad, casado, guatemalteco, estudiante y de este domicilio, quién se identifica con la cédula de vecindad con número de orden L guion Doce (L-12) y de registro TRESCIENTOS (300), extendida por el Alcalde Municipal de San Pedro Sacatepéquez del departamento de San Marcos. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE DEPOSITO, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: El señor JUAN FRANCISCO PEREZ PEREZ, declara que es propietario del vehículo tipo COMERCIAL HONDA CIVIC EX, modelo 2015, color ROJO, cinco asientos, dos ejes, chasis numero LLCLPJK23498, motor 238745, con placas de circulación particulares 128DKN, Calcomanía número C555D del año 2015, y el cual se encuentra en perfecto funcionamiento y que estima en un precio de CINCUENTA MIL QUETZALES ( Q50,000.00 ), encontrándose libre de limitaciones, gravámenes y anotaciones de cualquier naturaleza. SEGUNDA: Que por este medio entrega el Vehículo descrito anteriormente en calidad de Deposito al señor JUAN FRANCISCO PEREZ PEREZ, para que lo guarde y conserve en perfecto estado, por el término de un año, contado desde la presente fecha, debiendo devolverlo al finalizar el plazo fijado. Hace tal depósito, ya que por asuntos personas tiene que ausentarse del país por dicho tiempo. TERCERA: Que le queda prohibido al depositario hacer uso del vehículo mientras dure el deposito. CUARTA. Que en este momento le entrega la Cantidad de MIL QUETZALES EXACTOS (Q. 1,000.00)

al señor JUAN FRANCISCO PEREZ PEREZ, por retribución por el deposito del vehículo. Los cuales recibe este a su entera satisfacción el señor JUAN FRANCISCO PEREZ PEREZ. QUINTA: Por su parte el señor, acepta el cargo de depositario, comprometiéndose a cumplir con lo estipulado y ha de responder por los daños y perjuicios que pudieran ocurrirle al vehículo objeto del depósito por el tiempo señalado, así como devolver el vehículo cuando el propietario se lo solicite. Firmando de mutuo acuerdo las partes que intervienen. DOY FE: A) de que lo escrito me fue expuesto y del contenido del presente instrumento: B) De haber tenido a la vista el primer testimonio de la escritura numero 20_ autorizada por el Notario MARDOQUEO FUNES, en esta ciudad el día con el que el Depositante acredita la propiedad del vehículo objeto de este contrato. C) De haber tenido a la vista las Cédulas de vecindad relacionadas: C) de que advertí a los otorgantes de los efectos legales derivados de este contrato, que leí lo escrito a los comparecientes quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo ratifican, aceptan y firman.

2da. Avenida 5-25, zona 1 Quintas Los Aposentos II, Chimaltenango, Chimaltenango [email protected] Tel. 7839-6582

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