Contrato Prevencionista a Honorarios

Contrato Prestación de Servicios y Honorarios En _________, a 02 de Enero de 2012 comparecen: por una parte, EMPRESA XX

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Contrato Prestación de Servicios y Honorarios

En _________, a 02 de Enero de 2012 comparecen: por una parte, EMPRESA XXXXX LTDA., persona jurídica del giro de su denominación, RUT Nº _________________, representada por don _____________________, Gerente General, Cédula de Identidad Nº ______________________, con poder suficiente para contratar, ambos domiciliados en _______________________________ De la ciudad de ________; y, por la otra parte don: ________________________________, de nacionalidad Chilena, Prevencionista de Riesgos, Fecha de nacimiento __________, Cédula de Identidad Nº ____________________, Estado Civil ______________ domiciliado(a) en _______________________, ____; y manifiestan que han convenido en la celebración de un contrato de Prestación de Servicios independientes y a Horarios, para cuyos efectos las partes acuerdan denominarse Mandante y Mandatario respectivamente.

PRIMERO : En virtud del presente contrato de prestación de servicios independientes y a honorarios, el mandatario se compromete a ejecutar para el mandante el siguiente encargo: PREVENCIONISTA DE RIESGOS, de acuerdo con las obligaciones y facultades indicadas en la Ley 16.744 para este cargo.Se deja Constancia que el Profesional cumple con los requisitos indicados en DS. Nº 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, encontrándose registrado en el Servicio de Salud de _____________________________, (SESMA, etc.), con el Nº __________________, como Experto _________________ (Profesional o Técnico) en Prevención de Riesgos. Las partes dejan expresa constancia que en el desempeño del encargo señalado en el párrafo precedente, el mandatario se desempeñará como trabajador independiente, no existiendo vínculo de subordinación o dependencia con el mandante. Por lo tanto, el encargo o servicio que se le ha encomendado lo efectuará en el horario y condiciones que estime conveniente, sin perjuicio de ceñirse a las instrucciones impartidas para el adecuado, fiel y oportuno cumplimiento del encargo por parte del mandante y que por la naturaleza de sus servicios deba visitar todos los Establecimientos y Faenas en los cuales se desempeñen trabajadores de la Empresa.

SEGUNDO: La realización del encargo no es incompatible con cualquier actividad que el mandatario desee desarrollar, gozando de absoluta libertad para ello, con la sola limitación, que no podrá efectuar ningún negocio, labor o actividad que diga relación, directa o indirecta, con el encargo que se le encomienda, menos aun, si con ello resultan comprometidos los intereses del mandante.

Se acuerda, también, que toda colaboración que el mandatario solicite a otras personas, a cualquier título será de su exclusiva responsabilidad, no generándose obligación alguna para el mandante en relación con dichas personas.

TERCERO: En cumplimiento del presente contrato y sin que la enumeración pueda entenderse taxativa pues se detalla sólo a modo de ejemplo, el profesional se obliga a otorgar a la Empresa los siguientes servicios inherentes al cargo:

1) Elaboración, seguimiento y evaluación de un Programa de Trabajo en Prevención de Riesgos, conforme a las necesidades de la Empresa, el cual deberá ser aprobado por ésta. 2) Informes mensuales de reconocimiento y evaluación de accidentes y enfermedades profesionales en las diferentes dependencias y secciones de la empresa, de acuerdo al Programa de Trabajo, los cuales deberán ser reportados a la Dirección de la Empresa. 3) Asesoría en Prevención de Riesgos a la Dirección de la Empresa, como a su línea de mando, proponiendo soluciones para el control de riesgos en el ambiente o en medios de trabajo. 4) Proponer, mejoras y actualizaciones de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, de acuerdo con los riesgos propios de la empresa. 5) Efectuar acción educativa en Prevención de Riesgos y promoción de la capacitación y adiestramiento de los trabajadores. 6) Registro mensual de evaluación, estadísticas y de resultados de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Análisis de la siniestralidad y de proyección de Tasa de Cotización Adicional, cuando corresponda, con reporte a la Dirección de la Empresa. 7) Participar en las reuniones que realicen los Comités Paritarios y asesorarlos en materias técnicas de Higiene y Seguridad. 8) Asistencia, representación y solución de requerimientos planteados por el Organismo Administrador de la Ley 16.744 y de los Organismos Fiscalizadores con competencia en la materia. 9) Establecer procedimientos oficiales para que uniformemente de manera correcta y segura.

los

trabajos

se

realicen

10) Establecer las disposiciones relativas a Prevención de riesgos, con el fin de dar cumplimiento con lo establecido en la Ley 16.744 sobre Accidentes del trabajo y Enfermedad Profesional, así como sus normas y reglamentos vigentes, para reducir los riesgos potenciales a los cuales se estará expuesto durante la ejecución de los trabajos.

11) Analizar el trabajo/tarea de manera sistemática e integral incluyendo la seguridad, la calidad y eficiencia, centrando el control de los riesgos a las personas, los equipos, materiales y medio ambiente (GEMA). 12) Permitir la continuidad en la aplicación de procedimientos de trabajo, en casos de cambio de personal. 13)

Detectar acciones subestándar en la Observación Planeada de Tareas.

14) Velar por el cumplimiento de los procedimientos y la documentación relacionada con la Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional. 15) Informar a la Dirección de la Empresa de cualquier desviación al procedimiento normal de trabajo y que ponga en riesgo al sistema GEMA y la continuidad del proceso productivo. 16) Responsable de establecer claramente las responsabilidades, sobre el cumplimiento de los procedimientos en higiene y seguridad de todo el nivel jerárquico de la Empresa. 17) Responsable de otorgar las Charlas Previas de Seguridad necesarias a todos los trabajadores involucrados en un trabajo especifico o general, las que incluirá una descripción del trabajo a realizar, la asignación de tareas a trabajadores individuales, los procedimientos de trabajo que se usarán, los peligros asociados con el trabajo, el control de peligros para los peligros identificados y los planes de emergencia. Así como también proceder a su respectivo registro.

CUARTO Por el servicio que realizará el mandatario, la empresa mandante pagará un honorario ascendente a $ __________.- (__________ Pesos, QUINTO: Los honorarios pactados en la cláusula precedente serán los únicos pagos que el mandatario tendrá derecho a recibir por la prestación de estos servicios. Por consiguiente, no se genera en virtud del presente contrato, derecho a indemnización alguna, feriado, ni cotizaciones previsionales de las que participan los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo. Sin perjuicio de lo anterior, el mandatario podrá efectuar cotizaciones previsionales como trabajador independiente para los efectos de su previsión en una Administradora de Fondos de Pensiones e Instituciones de Salud Previsional. SEXTO: La liquidación de los honorarios tendrá lugar los días 05 de cada mes, debiendo el mandatario emitir la correspondiente boleta de honorarios. La Empresa dispondrá su pago reteniendo sólo el 10% de Impuesto a la Renta, del monto pactado en el artículo tercero.Anualmente, el mandante entregará un certificado que de constancia del monto total de los honorarios pagados e impuesto retenido al mandatario.

SEPTIMO: Los gastos en que incurra el mandatario para el cumplimiento de su encargo correrán por su cuenta. OCTAVO: El mandatario deberá guardar estricta reserva de toda información de la empresa, comprometiéndose a no revelar a terceros información que pudiere perjudicar los intereses del mandante. Asimismo, se compromete a abstenerse de realizar cualquier acto o conducta que afecte la imagen de la empresa y sus intereses patrimoniales.

NOVENO: El presente contrato de honorarios se suscribe por el término de tres meses a contar de la fecha de inicio. Las partes podrán desahuciar el presente contrato dando un aviso anticipado de 30 días, que deberá constar por escrito. Asimismo, el contrato terminará por las causales de extinción del mandato prescritas por el artículo 2.163 del Código Civil.

DECIMO: Para las cuestiones a que de lugar este contrato las partes fijan domicilio en la ciudad de Curico y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales.

DÉCIMO PRIMERO: El presente contrato se suscribe en duplicado quedando una copia en poder de cada parte.

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Mandatario ________________________________________ Rut.

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Mandante p.p. Empresa XXXX Ltda. Rut.:________________