Contestacion Demanda de alimentos

JIMENEZ HERNANDEZ BRENDA. VS FRANCISCO DANIEL VELAZQUEZ RAMIREZ. CONTROVERSIA DEL ORDEN DE LO FAMILIAR. EXP: 1453/2019.

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JIMENEZ HERNANDEZ BRENDA. VS FRANCISCO DANIEL VELAZQUEZ RAMIREZ. CONTROVERSIA DEL ORDEN DE LO FAMILIAR. EXP: 1453/2019.

C. JUEZ CUADRAGESIM0 DE LO FAMILIAR EN LA CIUDAD DE MEXICO. P R E S E N T E: FRANCISCO DANIEL VELAZQUEZ RAMIREZ, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en calle San Matías, manzana 926, lote 2, Colonia Santa Úrsula Coapa, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, autorizando en términos del artículo 112 párrafo cuarto del Código de Procedimientos Civiles Vigente para la Ciudad de México , a la Licenciada en Derecho, Aurora Yuridiana Trejo Alfaro, con número de cédula profesional 10289099, así como a los Licenciados en Derecho, Jonathan Omar Ramírez Gómez, Jonathan Isacc Romero González y Omar Gibrand Román Tepoz, para oír y recibir todo tipo de notificaciones y valores e imponerse en autos, por lo cual, ante Usted H. Juez, con el debido respeto comparezco atentamente para exponer. Por medio del presente ocurso, dentro del término de ley que me fue concedido vengo a dar contestación a la demanda entablada en mi contra por la señora BRENDA JIMENEZ HERNANDEZ, afirmando en lo particular respecto del capítulo de prestaciones, manifiesto lo siguiente: Con relación a las prestaciones: a) Me allano parcialmente al reclamo, aseguramiento y pago de la cantidad a que se refiere por concepto de pensión alimenticia provisional y en su momento definitiva para mi menor hijo ANGEL DANIEL VELAZQUEZ JIMENEZ, debido a las razones que en lo consiguiente se enumeran. b) En lo conducente, esta prestación se acepta en su totalidad, debido a la edad con la que cuenta mi menor hijo esta requiere de los cuidados que su señora madre le puede proporcionar. En lo respectivo al capitulo de hechos manifiesto lo siguiente: H E C H O S. 1.- El evento que se contesta es cierto. 2.- El suceso que se manifiesta es innegable en su totalidad. 3.- El acontecimiento que se detalla es verdadero. 4.- El hecho que se contesta es falso, si bien es cierto nuestra relación se formalizo de manera consensual y derivado de la misma, se produjo el nacimiento de mi menor hijo ANGEL DANIEL

VELAZQUEZ JIMENEZ, el suscrito siempre cumplió con las obligaciones alimentarias con relación a la manutención de su vástago y de la hoy actora, inclusive nuestro ultimo domicilio conyugal fue el ubicado en la calle ________________________________________________, donde me correspondía pagar una renta mensual por la cantidad de $_______________, al señor _________________; la estadía en el domicilio mencionado con antelación fue durante un periodo aproximado de _______ meses, hasta que el día ___________, que la hoy actora decidió abandonar el domicilio conyugal, llevándose consigo sus pertenencias y las de nuestro menor hijo, al percatarme de que no se encontraban en el hogar, me dirigí con el señor ________________ con el propósito de preguntarle si se había percatado de su partida, por lo que este me contesto____________________________, en ese momento me dispuse a comunicarme con mi señora madre o abuela de nombre ___________________________________________, para preguntarle si la señora BRENDA JIMENEZ HERNANDEZ, se había comunicado con ella o si sabia en donde se encontraba, por lo que esta me comento __________________________________, posteriormente trate de comunicarme con la hoy actora a su numero de celular ______________, para preguntarle, que estaba sucediendo, situación que no se pudo concretar debido a que la hoy actora jamás tomo mi llamada. Es importante hacer del conocimiento del juzgador que durante el tiempo que duro nuestra relación y aun durante el termino de esta, el firmante siempre se ha conducido con actitud de respeto hacia la hoy actora y hacia su menor hijo, además de que siempre fomento que en la relación imperaran los valores fundamentales para la edificación de la familia, proporcionando los alimentos, vestido, vivienda, salubridad, educación, en cuanto a las posibilidades económicas con las que depende el mismo, ya que el que asiente, tal como lo señaló en desahogo del acuerdo de fecha veintisiete de agosto del dos mil diecinueve, el suscrito es comerciante y ayudante de los comerciantes en los mercados sobre ruedas y aunque no cuenta con un trabajo fijo o estable en materia de remuneración de ingresos, jamás ha incumplido en sus obligaciones para con la señora BRENDA JIMENEZ HERNANDEZ y nuestro menor hijo de nombre ANGEL DANIEL VELAZQUEZ JIMENEZ, situación que bajo protesta de decir verdad le consta a la señora __________________, la cual funge como mi patrona en los lugares de trabajo en donde de manera informal presto mis servicios. 5.- El correlativo no es un hecho como tal, sino una prestación que es solicitada al suscrito, por lo tanto, ni lo afirmó, ni lo niego.

M E D I D A S P R O V I S I O N A L E S. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 282 fracción II y 283 y demás relativos y aplicables, del Código Civil vigente para el Distrito Federal, que a la letra señala: Articulo 282.- Desde que se presenta la demanda y sólo mientras dure el juicio, se dictarán las medidas provisionales pertinentes conforme a las disposiciones siguientes: II. Señalar y asegurar las cantidades que a título de alimentos deben dar el deudor alimentario al cónyuge acreedor y a los hijos que corresponda; Articulo 283.- La sentencia que se pronuncie, en definitiva, fijará la situación de los hijos, para lo cual el juez de lo familiar deberá resolver todo lo relativo a los derechos y deberes inherentes a la patria potestad, su pérdida, suspensión, limitación o recuperación, según el caso.

Deberá procurarse en lo posible el régimen de custodia compartida del padre y la madre, pudiendo los niños y niñas permanecer de manera plena e ilimitada con ambos padres, en caso de que algún ascendente tuviese la custodia, el otro que no la posee, después de los siete años podrá demandar en lo posible custodia para ambos padres, lo anterior en función de las posibilidades de éstos y aquellos, así como que no exista con alguno de los progenitores peligro alguno para su normal desarrollo. En cuanto a la Guarda, Custodia, Alimentos y Régimen de Visitas y Convivencia Familiar de mi menor hijo ANGEL DANIEL VELAZQUEZ JIMENEZ, respetuosamente le solicito: a) Decrete su Señoría la Guarda y Custodia Provisional y Definitiva de mi descendiente ANGEL DANIEL VELAZQUEZ JIMENEZ, en favor de su señora madre BRENDA JIMENEZ HERNANDEZ. b) En cuanto a la medida provisional invocada, resulta improcedente, con relación a determinar una garantía de un año correspondiente a $ 24,000.00 (VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), en virtud de pensión alimenticia para mi menor hijo, dado que si bien es cierto los ingresos del suscrito varían en relación a la demanda de su trabajo, es imposible determinar la cantidad mensual que este percibirá como remuneración económica derivada del mismo, atendiendo lo conducente por las razones que ya eh mencionado. Por lo anterior expuesto le solicito y me comprometo ante su señoría a proporcionar la cantidad de $ 1,600.00 (MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). mensuales en favor de mi menor hijo, por lo que le solicito a su señoría se sirva a bien, señalar que sean entregados mediante billete de deposito ante este H. Juzgado o bien determine la forma de acercarlos a mi vástago. c) El establecimiento de un Régimen de Visitas y Convivencia Familiar con mi menor descendiente ANGEL DANIEL VELAZQUEZ JIMENEZ.

D E R E C H O. Es aplicable el derecho sustantivo que se pretende hacer valer por la parte actora por lo que respecta a la solicitud de alimentos para mi menor hijo. (NOTA VERIFICA SI EL 273 FRACCION I Y VII ES PALICABLE EN RELACION A LA GUARDA Y CUSTODIA DE ANTE MANO SI VAS A ANEXAR DE UNA VEZ EL CONVENIO HAY QUE MANIFESTAR EN ESTE APARTADO EL ARTICULO 282 PARA LA PROPUESTA DE CONVENIO ASI COMO LOS ARTICULOS MENCIONADOS CON ANTELACION, AGRGANDO EL 312 TAMBIEN).

E X C E P C I O N E S Y D E F E N S A S.

I.

LA FALTA DE ACCION Y DERECHO. La parte actora carece de acción y de derecho consistente en que la carga de la prueba le corresponde a la hoy actora para demandar los alimentos para mi menor hijo, ya que como lo demostrare siempre los he entregado en la medida de

mis posibilidades, atendiendo a lo manifestado en todos los hechos de la demanda y su contestación. II.

LA PLUS PETITIO. – O exceso en su petición ya que no me encuentro en posibilidad de entregarlos en la proporción que pretende la actora como lo he demostrado y ella también tiene medios suficientes para proporcionar los alimentos requeridos.

III.

LA DERIVADA DEL PARRAFO PRIMERO DEL ARTICULO 311 Del Código Civil vigente para el Distrito Federal, que a la letra dice, Los alimentos han de ser proporcionados a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades de quien deba recibirlos. Ya que para poder designar la pensión alimenticia el juzgador deberá tomar en cuenta las posibilidades del deudor y las necesidades del acreedor, por lo que en este acto le solicito a bien no fijar una garantía de un año como lo solicita la hoy actora, tomando en consideración la situación laboral del suscrito, así como el compromiso y buena fe del deudor alimentario, en realizar las aportaciones correspondientes de manera mensual y sin interrupción alguna para mi menor hijo de nombre ANGEL DANIEL VELAZQUEZ JIMENEZ.

IV.

LA PROCEDENTE DEL ARTICULO 312 EN SU PRIMER PARRAFO Del Código Civil vigente para el Distrito Federal, que a la letra señala, Si fueren varios los que deben dar los alimentos y todos tuvieren posibilidad para hacerlo, el juez repartirá el importe entre ellos, en proporción a sus haberes. P R U E B A S.

Tal como lo disponen los numerales 278, 281, 285, 289, 294, 299, 308, 310, 327, 356, 357, 373, 379, 943, 946 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en la Ciudad de México, y demás relativos y aplicables vengo a ofrecer de mi parte las siguientes: 1.- CONFESIONAL a cargo de la actora BRENDA JIMENEZ HERNANDEZ, que deberá absolver personalmente y no por conducto de apoderado legal al tenor de las posiciones que oportunamente se exhibirán en sobre cerrado, solicitando se le notifique a efecto de que comparezca el día y la hora que su Señoría señale para el desahogo de la presente probanza con el apercibimiento respectivo para el caso de inasistencia sin causa justificada, de ser declarada confesa de aquellas que se le formulen después de haber sido calificadas de legales. La mencionada prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la demanda y su contestación. Incluso con esta probanza se demostrará que siempre he cumplido con mis obligaciones alimentarias respecto de mi menor hijo y que la actora cuenta con medios y recursos suficientes para procurarle también alimentación. 2.- TESTIMONIAL. Del Señor ____________con domicilio en _________________ y la Señora______________ con domicilio en ________________________________ a quienes me comprometo a presentar a rendir su declaración el día y la hora que se señale para tal efecto y conforme al interrogatorio que se les formulara.

La prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos la de la demanda y su contestación, con ella acreditare que siempre he entregado a la actora de manera periódica diversas cantidades de dinero por concepto de pensión alimenticia para nuestro menor hijo, que ella cuenta con medios y recursos suficientes para también procurarle alimentación. También se pretende acreditar: que las partes en este juicio viven separadas desde el día _____________ por el motivo ya manifestado. 3.- DOCUMENTAL PUBLICA. – Correspondiente en, la copia certificada del acta de nacimiento de mi menor hijo de nombre, ANGEL DANIEL VELAZQUEZ JIMENEZ, misma que se anexa al presente ocurso. Prueba que se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la demanda y su contestación. 4.- DOCUMENTAL PRIVADA. - Consistente en: I. II.

La relación de gastos mensuales que la hoy actora y el demandado realizaban durante el tiempo en el cual vivimos juntos. La relación de gastos que tengo en la actualidad, misma que me es posible reducir para el sostenimiento de mi menor hijo.

Las razones por las que considero se probaran mis afirmaciones son: que en caso de no ser objetados los documentos privados hacen prueba plena, como lo dispone el artículo 294 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la Ciudad de México. 5.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES. - En todo lo que a mis intereses convenga. Se relaciona con los hechos todos y cada uno de los hechos de la controversia y su contestación, así como todas y cada una de las excepciones y defensas planteadas en el presente escrito. 6.- LA PRESUNCIONAL. - En su doble aspecto, legal y humano en todo lo que favorezca a mis intereses. La anterior prueba se con todos y cada uno de los hechos de demanda y su contestación. Por lo expuesto, A USTED JUEZ DE LO FAMILIAR, atentamente pido se sirva: PRIMERO. - Tenerme por presente dentro del término de ley, dando contestación a la controversia entablada en mi contra, por opuestas las excepciones y defensas que se hacen valer, así como presentadas las pruebas ofrecidas por mi parte. SEGUNDO. -Decrete su Señoría las Medidas Provisionales que he señalado en el capítulo respectivo. TERCERO. - Se tengan por ofrecidas las pruebas que se indican, solicitando se admitan en el momento procesal oportuno, ya que ninguna es contraria a derecho, la moral o las buenas costumbres, ordene su preparación, se fije día y hora para su recepción y desahogo.

CUARTO. - Tener por exhibido el convenio que anexo en cumplimiento al artículo 282 del Código Civil. (OPCIONAL). QUINTO. - En su oportunidad dictar Sentencia que en derecho proceda con todas sus consecuencias legales.

PROTESTO LO NECESARIO

México D.F., a 04 de diciembre de 2019.

Sr. Francisco Daniel Velázquez Ramírez.