Contestacion de Demanda en Sentido Negativo

010-23-2016 OFICIAL SEGUNDO JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, GUATEMALA. MAR

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010-23-2016 OFICIAL SEGUNDO JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, GUATEMALA.

MARIA ANGELINA EQUITE PIÑAL de cuarenta años de edad, casada, guatemalteca, empresaria, de este domicilio; señalo como lugar para recibir notificaciones en la octava avenida y sexta calle de la zona uno de la ciudad capital, lugar conocido como mercado central en el local doscientos treinta y uno con el nombre de TORRE FUERTE , se encuentra en el sótano de dicho mercado, Actuando bajo la dirección y procuración del Abogado Andy Marroquin con número de colegiado activo veinticuatro mil novecientos uno, con lugar para recibir notificaciones en la séptima avenida y novena calle, siete guion noventa y ocho, de la zona un, en el edificio histórico, nivel tres, oficina trescientos dos.

EXPONGO a) Que fui notificado el día trece de junio de dos mil dieciséis de la demanda en mi contra en juicio ordinario laboral del expediente número cero diez guion dos mil dieciséis guion setenta y tres de fecha diez de julio del dos mil dieciséis en donde comparece la señora Selena Yahaira Cucul Caal en relación en el supuesto despido directo justificado.

CONTESTACION DE DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO En razon que a la parte actora ya se les habia pagado las prestaciones laborales que ellos demandan mediante un contrato de transaccion celebrado de fecha dieciseis de mayo del dos mil dieciseis, razon por la cual se planteo la excepcion de transaccion previo a la constestacion de la demanda en sentido negativo, ya que la parte actora esta actuando de mala fe tratando de hacer que se les pague dos veces las prestaciones acerca de las cuales esta demanda es objeto.

MEDIOS DE PRUEBA a) Contrato de transacción en documento privado con legalización de firma, de fecha 18 de mayo del 2015. b) Acta de legalización de firmas, firmado por la parte actora c) Constancia de pago hecha a nombre de la parte actora en cheque de fecha 18 de mayo del 2015. d) Declaracion Jurada del Notario Javier Lopez en relacion al contrato de transaccion con legalizacion de firmas de fecha dieciocho de mayo del dos mil quince.

FUNDAMENTO DE DERECHO ARTICULO 116 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL: El demandado puede plantear excepciones previas “transacción” ARTICULO 337 DEL CODIGO DE TRABAJO: para la contestación de la demanda habrá un termino de tres días, termino de tiempo que podrá ser ampliado en razón de la distancia.

ARTICULO 338 DEL CODIGO DE TRABAJO: La contestación de la demanda podrá presentarse por escrito hasta la primera audiencia.

PETICIONES DE FORMA: a) Que se adjunte a los antecedentes

b) Que se admita para su tramite el presente memorial c) Que se tome nota lugar para recibir notificaciones d) Se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el apartado especial de medio de prueba del presente memorial. DE FONDO: A) Que al dictar sentencia se deje sin lugar las pretenciones planteada por la parte actora. B) Que se condene a la parte actora al pago de costas procesales

CITA DE LEYES ARTICULO 337, 338 DEL CODIGO DE TRABAJO ARTICULO 116 DEL CODIGO CIVIL PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL

Acompaño dos copias del presente memorial Guatemala trece de agosto del dos mil dieciseis