Caso de Los Exploradores de Las Cavernas- Caribay Segura.

República Bolivariana de Venezuela Universidad Fermín Toro Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho

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República Bolivariana de Venezuela Universidad Fermín Toro Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho

Profesor: Melecio Camacaro

Estudiante: Caribay Segura Ríos C.I: V-25.754.728 Sección: M-672

Barquisimeto, 27 de noviembre del 2013

ANÁLISIS En el caso de los exploradores de las cavernas, se relata una historia con una serie de sucesos que son de importante análisis. Es un caso, donde los acusados son declarados culpables y mandados a la horca, según lo declarado por el tribunal del Condado de Stowfield, sin embargo esto da lugar a la crítica, y en el relato se presentan las distintas opiniones de los jueces, que representan las distintas posiciones filosóficas que existen.

PRESIDENTE TRUPENNY Es el presidente de la corte, y relata detalladamente lo sucedido en aquel sitio con los exploradores de la caverna en perjuicio de la víctima o su acompañante Whetmore. El no piensa que el resultado de todo aquel hecho, tenga una causa tal que lo justifique porque aunque al mismo Whetmore se le ocurrió en un momento de desesperación tal opción, luego no estaba seguro de ello, y los dados nunca fueron tirados por su voluntad. Trupenny respalda su postura con tales argumentos y si los considera merecedores de ese castigo, más aun cuando la ley así lo establece, cuando prescribe que “Quien quiera que privare intencionalmente la vida a otro será castigado con la muerte”. Por lo que el presidente conviene a decir que no es debido actuar de otra manera, en su actitud totalmente positivista nos dice que “Hay que respetar la ley para evitar el estímulo a su transgresión” y así, sin más que decir concluye en eso su postura. Principales críticas:  Su visión es un poco básica y obvia.  No toma en cuenta la situación de necesidad que viven los exploradores.  Obvia muchas cuestiones, y solo le importa el imperio de la ley en el caso.

MINISTRO FOSTER Es el ministro que comienza la intervención entre todos ellos, para expresar claramente su incomodidad con lo decidido por el poder ejecutivo, y el presidente de

la corte. Es uno de los que más argumentan y defiende su postura, pero también el más criticado por su posición naturalista. A través del largo discurso presentado por Foster, se observan distintas situaciones, casos y supuestos que pudieran respaldar su pensamiento, mas sin embargo, eso no deja de considerarlo un poco salido de todo contexto por la visión tal salvaje en que se torna, donde el derecho natural fuese el que debía importar y ser aplicado, pero aun así, esa misma visión naturalista que existió y el desea aplicar, es la que dio origen a lo que llamamos el derecho positivo y por ende no está entonces tan disparatado ni alejado de toda realidad. Cuando un verdugo da muerte a un culpable, entonces también adapta su conducta a un acto prescrito en la ley de Commonwealth y no lo consideran delito por ser algo que debían hacer, pues entonces el considera que los exploradores tampoco deben ser acusados por que también era lo que debían hacer, para sobrevivir. Principales críticas:  Presenta una postura un tanto primitiva.  Argumenta la mayor parte de su discurso, en los problemas y lagunas de la ley.  Opina que la ley de estos es la de la naturaleza, por lo que entonces es ilógico que el siendo ministro de una corte intervenga y opine al respecto.

MINISTRO TATTING Se abstiene de aportar su decisión para el caso, porque se declara a si mismo incompetente para resolver tal cosa. Él no está de acuerdo con la decisión con respecto al destino de los exploradores, aunque sienta un poco de repulsión ante el acto, porque se compadece de ellos por el martirio, amargo e infortunio momento que les tocó vivir. Sin embargo, Tatting se toma el trabajo de criticar a Foster y resalta los grandes errores, “contradicciones y falacias” que el comete en sus votos, porque primeramente Foster quiere aplicar una ley que no compete al tribunal de Commonwealth y luego si utiliza la ley del condado para respaldar su posición. No comparte ninguna de las dos posturas, ya que tan solo con la primera toda la corte no estaría capacitada para tomar cartas en el asunto, y en la segunda considera que un

homicidio debe tener mayor supremacía que un tratado o acto administrativo, estando también que por otro lado la defensa propia no debe aplicarse ya que no es un hecho cometido por impulsos, si no con una total intención y conocimiento de lo que hacían. Principales críticas:  Es un poco cobarde a no asumir y defender realmente su postura por temor.  Simplemente critica a Foster por sus contradicciones pero no el tampoco organiza sus ideas y plantea ninguna solución al caso.  Tampoco se dice estar de acuerdo con la sentencia para ellos, pero no hace ni dice nada por argumentar al contrario.

MINISTRO KEEN Este ministro, muestra simpatía con los exploradores, pero aun así habla de la incompetencia que ellos tienen para criticar o reformar las leyes ya establecidas en Commonwealth por ser ellas, una competencia únicamente del poder ejecutivo. Piensa que sus colegas no supieron diferenciar lo que esta moralmente correcto, de los aspectos jurídicos, porque de lo contrario, ya se hubiesen ahorrado tanta discusión, argumentos y palabras innecesarias, debido a que la misma ley les presenta una solución muy fácil, clara y precisa, Keen cuestiona a Foster con por su mecanismo de argumentar estar en lo correcto encontrándole fallos a las leyes, ya que así entonces el considera que simplemente es alguien a quien le genera aversión las leyes, pero no respalda tampoco a Tatting por ser su visión un tanto exagerada. Este genera por sí mismo una premisa en donde deja en claro que cuando se realiza una excepción en las leyes, lo más importante no es el propósito que esta tiene, si no su alcance; sin embargo, señala que aparte de esos requisitos, la excepción no se puede aplicar ya que si establece que se aplica a los casos en que una parte resiste una amenaza agresiva a su propia vida, Whetmore no ha amenazado a ninguno de ellos. Aplica un positivismo metodológico al hacer múltiples críticas a las leyes y desear que fuesen distintas, pero de igual manera concluir en que deben ser cumplidas y ellos ser condenados.

Principales críticas:  No está de acuerdo con la ley.  A pesar de no estar de acuerdo con esta, conviene en que es menester aplicarla.  Expresa su deseo con una transformación o excepción en esta regla, que piensa imposible de lograr debido a las condiciones del acto.

MINISTRO HANDY: Es el último de los ministros en aportar su voto, antes de la última intervención de Tatting, resalta que el poder real lo tienen los hombres creadores de las mismas leyes, ya que no son las teorías y leyes abstractas que se encargan de regular todo, por lo que estos son los mismos que poseen la potestad de decidir y utilizar esos principios para resolver los casos de una manera más práctica y no desentenderse como hizo Tatting y Trupenny. Los hombres que tienen en manos las decisiones, son los legalmente capacitados y aceptados para hacerlo, y expresa que deberían ser ellos quienes decidan, en función del entendimiento y en representación del sentimiento humano general el destino de los exploradores aunque sin importar eso estas cuestiones fundamentales hayan pasado por alto para algunos. La voluntad popular se vio reflejada en uno de los diarios más grandes, en donde la mayoría (alrededor de un noventa por ciento) opinó que los acusados debían ser perdonados o castigados con una especie de pena simbólica, y otra vez de una manera muy concisa Handy piensa que la solución es eximirlos de la condena, porque si ellos representan las decisiones de la multitud, y la multitud así lo quiere, pues así debe ser.

Principales críticas:  Piensa que hay que tener siempre en cuenta la realidad de cada caso.  Su practicidad concluye que deben ser inocentes si así lo quieren las masas.  Deja de un lado el principio de legalidad, y no toma mucho en cuenta la ley, en mismo grado como lo hacen los otros ministros.

VOTO PERSONAL En mi más humilde opinión y visión sobre el caso, considero que hay dos maneras de resolver este “caso difícil” si bien es cierto que eso resultara de las corrientes filosóficas a las que más se incline la persona que lo analice. También considero que, por lo manera en que son juzgados aquellos excavadores, se está tratando de una época un poco arcaica y rígida donde el derecho es un poco deshumanizado con respecto a las penas. Considero que es menester que en un caso sometido a juicio, y revisión jurídica, se debe tener en cuenta siempre un principio muy importante llamado “principio de legalidad” en donde todos los actos deben estar apegados a la ley, mas sin embargo no considero que las leyes de aquel entonces, sean las más idóneas para enjuiciar a una persona. Por ende, si fuera de mi competencia el decidir el destino que tendrían estos exploradores, pues tendría en cuenta, aparte de ese principio, otra cosa establecida en la ley de nuestros tiempos, que se presenta como el estado de necesidad, consagrado en el ordinal 4° del artículo 65 del Código Penal venezolano vigente, cabe aclarar que este estado es una situación de peligro actual e inminente para los intereses jurídicamente protegidos, en la cual no queda más remedio que el sacrificio de bienes jurídicos pertenecientes a otra persona, que en este caso fue Whetmore. Si bien es cierto, que nadie tiene el derecho de disponer a su antojo de la vida de otras personas, entonces este tipo de actos no podría quedar impune, y más cuando Whetmore finalmente no estaba de acuerdo con lo que harían fuera cual fuere el resultado, a este individuo le vulneraron sus derechos, e incluso hubiesen podido tomar otras opciones como esperar más tiempo, y sobrevivir hasta que los encontrasen, sin la necesidad de haber cometido la antropofagia a su compañero. Se entiende que este caso es un tanto ficticio, pero en realidad no debería de verse así porque podría presentarse realmente, en algún momento, ya que ninguna persona está exenta de vivir una de esas penurias. Hace algún tiempo sucedió realmente un verdadero caso de antropofagia pero no declarado homicidio, en donde unos alpinistas se hallaron perdidos en la cordillera de los andes, pasaron largos días vagando para encontrar un pueblo cercano, sin suministros alimenticios se encontraron en un momento, y uno de ellos falleció. Tal era el problema y el hambre

que tenían que acordaron por mayoría ingerir la carne de su compañero ya muerto y así sobrevivieron. Finalmente ellos no fueron declarados culpables. Esto tiene relación con lo de los exploradores, en la manera en que debieron o pudieron haber actuado los exploradores para no cometer el homicidio y aun así sobrevivir a costa de su compañero, si es que claro era tan necesaria y precaria su situación. Concluyo entonces que aunque en estas situaciones no se sabe de qué manera reaccionar y son momentos difíciles para cualquier persona, ellos no podían disponer de la vida de Whetmore sin consecuencia ninguna, y alguien debe responder por ello. Realmente en el relato no aclaran nada sobre la vida de Whetmore pero si el tuviese una familia, y muriera, la situación de ellos estaría muy mal y no gracias al propio Whetmore si no a los que dieron perjuicio a su bien jurídico, y no solo aquí recae el problema del homicidio de este si no en muchos ámbitos más, En fin de cuentas el acto no deja de adaptarse a un homicidio intencional simple previsto en la ley penal, pero tomando en cuenta la situación que se presentó entre ellos, no debe tratarse como algo común, y debe tener un tratamiento especial donde se les rebaje la pena con la posibilidad de llegar a acuerdos y otros beneficios consagrados en la ley penal, que les permita cumplir con su sanción, pero no aun sin haber sido sometidos anteriormente una evaluación médica psiquiátrica que demuestre un buen estado mental para poder ser procesados, porque de lo contrario si desarrollaron una locura por la situación y esa fue la causa de su actuar, entonces deberían ser reclutados en un recinto especial.