Capitulo 603 Doblado

CONTRATO 5202242 GESTIÓN DEL PROYECTO, INGENIERÍA BÁSICA Y DETALLADA E INTERVENTORÍA DE OBRA PARA EL DESARROLLO DE LA AL

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CONTRATO 5202242 GESTIÓN DEL PROYECTO, INGENIERÍA BÁSICA Y DETALLADA E INTERVENTORÍA DE OBRA PARA EL DESARROLLO DE LA ALTERNATIVA DE TRANSPORTE DE LOS CRUDOS PESADOS DE CASTILLA Y LA NAFTA PARA LA GERENCIA TÉCNICA DE LA VICEPRESIDENCIA DE TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A.

Disciplina :

GENERAL

Nombre Documento:

CAPITULO 603 DOBLADO

Nº de Documento:

ETCC-ITR3-06058-L-STS-POR-4-D-GEN-ET-001

Fecha: Agosto 10 de 2009 ARCHIVO: L-STS-POR-4-D-GENET-001. Rev 1 PAG. 1 de 3 ELABORO:JMM

REV. 1

1 ALCANCE Este capítulo reglamenta el doblado de tubería de acuerdo con los diseños y planos suministrados por ECOPETROL. El número total de tubos a doblar resulta del común acuerdo del CONTRATISTA con ECOPETROL y/o su representante, luego de realizadas las actividades de replanteamiento del derecho de vía y adecuación de la rasante. 2 REFERENCIAS Además del presente capítulo, se deben tener en cuenta las siguientes referencias: API SPEC 5L, Specification for Line Pipe del American Petroleum Institute. ANSI/ASME B31.4, Liquid transportation Systems for hidrocarbons, liquid petroleum gas, anhydrous ammonia and alcohols del American National Standard Institute. Norma ES-24, Pipe Bending Tolerances - Minimum Bending Radio - Minimum Tangents, del Pipe Fabrication Institute (PFI). Normas e instructivos de HSE 3 DEFINICIONES N.A 4 DESARROLLO DEL ALCANCE 4.1 Las curvas se deben hacer de acuerdo con las normas vigentes para el doblado en frío, utilizando dobladora. 4.2 La tubería deberá ser colocada siguiendo el perfil del terreno del fondo de la zanja, sin generar en el proceso de doblado, cortes o sobrantes de tubería innecesarios por mala conformación de la zanja o el doblado mismo; para esto se realizará, con una cuadrilla de topografía, un replanteo (pre-doblado) que permita definir la distribución de los tubos a doblar, la magnitud de las curvas, la localización del vértice y la disposición de los “golpes” para obtener los grados por tubos requeridos. 4.3 Todos los tubos levantados por topografía de doblado serán anotados en libretas de campo y las curvas anotadas en los tubos para el posterior doblado. El CONTRATISTA deberá entregar a ECOPETROL las carteras topográficas de pre-doblado, junto con la información técnica exigida para ser anexada a los Libros de Terminación de obra del proyecto. 4.4 No se permite el alargamiento, el arrugamiento o el adelgazamiento indebido en la pared del tubo.

CONTRATO 5202242 GESTIÓN DEL PROYECTO, INGENIERÍA BÁSICA Y DETALLADA E INTERVENTORÍA DE OBRA PARA EL DESARROLLO DE LA ALTERNATIVA DE TRANSPORTE DE LOS CRUDOS PESADOS DE CASTILLA Y LA NAFTA PARA LA GERENCIA TÉCNICA DE LA VICEPRESIDENCIA DE TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A.

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CAPITULO 603 DOBLADO

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ETCC-ITR3-06058-L-STS-POR-4-D-GEN-ET-001

Fecha: Agosto 10 de 2009 ARCHIVO: L-STS-POR-4-D-GENET-001. Rev 1 PAG. 2 de 3 ELABORO:JMM

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4.5 No se permite el alargamiento, el arrugamiento o el adelgazamiento indebido de la pared del tubo 4.6 El radio mínimo de las curvas es aquel que corresponda a una deflexión de un grado por cada diámetro de longitud de la tubería, según se indica en la norma ANSI B31. Se debe localizar el vértice de la misma en el sitio exacto del tubo que se va a doblar, con el fin de lograr el empate entre la línea ya soldada y la curva; la vena de la costura del tubo debe localizarse en el eje neutro de la curva. 4.7 En dos tubos adyacentes el desplazamiento mínimo de las costuras deberá ser de 15º, por ningún motivo quedarán enfrentados. Las dos costuras longitudinales se deberán localizar sobre los dos cuadrantes superiores. 4.8 La distancia mínima entre la curva y la junta circunferencial soldada (tramo recto) no puede ser inferior a 5 diámetros nominales ó 1.5 metros del tubo en consideración. 4.9 Los dados o zapatas de la dobladora deben estar adecuadamente cubiertos con bandas de caucho u otro material suave que evite el deterioro del revestimiento. 4.10 El CONTRATISTA debe presentar el procedimiento de doblado y la maquinaria que se va a emplear para la elaboración de las curvas, teniendo en cuenta el diámetro del tubo, material, espesor y tipo de revestimiento. Particularmente deben indicarse las condiciones a partir de las cuales debe emplearse mandril interno. ECOPETROL puede exigir la calificación de dicho procedimiento. 4.11 El CONTRATISTA queda en libertad de utilizar curvas inducidas en lugar del procedimiento de doblado en campo, siempre y cuando estas cumplan con todas las normas de control de calidad en cuanto a materiales de las tuberías y del revestimiento y con los requerimientos de geometría indicados en la presente especificación. 4.12 Cualquier curva de tubería donde la ovalización y deformación sea tal que la diferencia entre el diámetro máximo y mínimo sea mayor al 2,5 % del diámetro nominal, debe ser cortada y reemplazada por una curva adecuada. La tubería se revisará con platina calibradora al 97.5% del diámetro interno para la verificación interna y compás de exteriores para verificación externa, al 100% de los tubos doblados. 4.13 Toda la tubería debe ser colocada de manera que su forma coincida aproximadamente con el fondo de la zanja donde debe estar ubicada. En todas las curvas verticales, hechas hacia abajo, la parte inferior de la curva debe apoyarse sobre suelo firme, de manera que el relleno trate de cerrar la curva en lugar de abrirla. 4.14 En las curvas verticales, hechas hacia arriba, la parte inferior de la curva debe apoyarse en suelo firme para obtener el mismo resultado del párrafo anterior.

CONTRATO 5202242 GESTIÓN DEL PROYECTO, INGENIERÍA BÁSICA Y DETALLADA E INTERVENTORÍA DE OBRA PARA EL DESARROLLO DE LA ALTERNATIVA DE TRANSPORTE DE LOS CRUDOS PESADOS DE CASTILLA Y LA NAFTA PARA LA GERENCIA TÉCNICA DE LA VICEPRESIDENCIA DE TRANSPORTE DE ECOPETROL S.A.

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ETCC-ITR3-06058-L-STS-POR-4-D-GEN-ET-001

Fecha: Agosto 10 de 2009 ARCHIVO: L-STS-POR-4-D-GENET-001. Rev 1 PAG. 3 de 3 ELABORO:JMM

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4.15 La tubería que se usa para curvas en campo no debe tener recubrimiento de concreto. Está prohibido el uso de martillos o gatos, para corregir deformaciones de la tubería arrugada o deforme. 4.16 El radio mínimo de doblado será el correspondiente a 20 veces el diámetro nominal de la tubería. En condiciones especiales se podrá aceptar diámetros hasta 6 veces su diámetro nominal, no obstante dichas condiciones especiales deberán contar con el visto bueno de ECOPETROL . 4.17 La tubería dañada por el CONTRATISTA, por deficiencias en el doblado, a juicio de ECOPETROL, es cobrada por éste y su valor descontado de las actas de pago, además, el costo de reparación del revestimiento es a cargo del CONTRATISTA. 5. MEDICIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL El CONTRATISTA debe desarrollar la estrategia para inspección y reporte del doblado de la tubería y presentarlo en el reporte diario. Los PI de las curvas una vez instalada la tubería y antes del tapado deben quedar georeferenciados con GPS. El CONTRATISTA dentro del Plan de Calidad deberá desarrollar y presentar un formato de reporte diario para control de doblado de tubería, que contenga como mínimo: personal y equipo (histogramas), fecha, abscisa, tipo de tubería, grados de doblado, tipo de curva (Derecha, izquierda, superior, inferior o combinada), número interno del tubo, longitud, espesor y revestimiento. Esta información debe presentarse en medio físico y electrónico y mantenerse en línea disponible a ECOPETROL S.A. Los equipos de doblado, izaje y los accesorios deberán cumplir los lineamientos del Plan Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, aprobado por ECOPETROL S.A. Esta actividad tendrá una Inspección permanente por parte de ECOPETROL S.A. 6. REGISTROS El contratista debe desarrollar, presentar y mantener registros mínimos de: Informes diarios. Registros de aprobación de procedimiento de doblado de tubería. Registro de georeferenciación de las curvas Análisis de Trabajo Seguro y Procedimiento de Trabajo Seguro Registros de certificación de materiales y equipos de doblado e Izaje.