Camara Gesell Ventajas y Desventajas

UNIVERSIDAD DE LA CUENCA DEL PLATA FACULTAD DE PSICOLOGÍA, EDUCACIÓN Y RELACIONES HUMANAS LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA PSI

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UNIVERSIDAD DE LA CUENCA DEL PLATA FACULTAD DE PSICOLOGÍA, EDUCACIÓN Y RELACIONES HUMANAS LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA PSICOLOGÍA JURÍDICA Y CRIMINOLÓGICA I.C.E. N° 3: CAMARA GESELL

Integrantes: -

Centis, Luciana Perez Canal, Andrea Macarena Silvero, María Laura Vargas, María Paula

Profesor: Lic. Raúl, Pitteri

Introducción Para la cátedra Psicología jurídica y criminológica, se ha consignado como actividad para este tercer ICE realizar una investigación bibliográfica acerca de la aplicación del dispositivo denominado Cámara Gesell, pudiendo destacar cuales son las posibles ventajas o desventajas vinculadas al mismo. Como así también poder identificar cuáles son los posibles indicadores que puede presentar un niño que ha sido víctima de abuso sexual.

Desarrollo Para poder iniciar, nos parece pertinente comenzar por describir ¿qué es la Cámara Gesell? Es un método ideado e inventado por el psicólogo y pediatra norteamericano Arnold Gesell, quien, estudió las diferentes etapas del desarrollo del niño y descubrió una serie de posiciones manifestadas por los niños, niñas y adolescentes al momento del crecimiento físico y psicológico y las posturas interiores a través de su estructura orgánica.

El mismo consiste en una habitación acondicionada para permitir la observación con personas. Está conformada por dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral, los cuales cuentan con equipos de audio y de video para observar la conducta en niños sin ser perturbados o que la presencia de una persona extraña cause alteraciones. Además, este método le permite registrar en el desarrollo de su manifestación no sólo las expresiones verbales de la respuesta, sino, además, los gestos o movimientos que pudiera realizar. Desde el punto de vista jurídico el objetivo fundamental de la aplicación de Cámara Gesell radica en obtener el testimonio del niño, niña o adolescente, que ha sido víctima de violencia y/o abuso sexual o haya sido testigo de algún delito del cual pueda dar declaración sin ser victimizado. Es decir, que se busca preserva el interés superior del niño, sujeto de derecho, y darle las garantías de poder ser escuchado, según lo indica el art. 12 de la “Convención Internacional de los Derechos del Niño” con jerarquía constitucional.

En la República Argentina, la Ley Nacional 25.852 sancionada en el año 2003 y promulgada en el 2004, establece: -

Artículo 1: cuando se trate de víctimas de los delitos tipificados en el código penal, libro II, título I, capítulo II y título III, que a la fecha en que se requiera su

comparecencia no hayan cumplido los 16 años de edad se seguirá el siguiente procedimiento de pruebas: o a) “…… serán entrevistados por un psicólogo especialista en niños y/o adolescentes designado por el tribunal ….., no pudiendo en ningún caso ser o

interrogados en forma directa por dicho tribunal o las partes” d) “…… las alternativas del acto podrán ser seguidas desde el exterior del recinto por medio de vidrio espejado, micrófono, equipo de video…..”

Desde este punto de vista, las ventajas de la Cámara Gesell serían: su inmediatez, el acotamiento de etapas procesales y la necesidad de los dos videos evitando la discrecionalidad, arbitrariedad y/o subjetivismo, facilitando la defensa en el juicio. Otro elemento judicial con el cual se cuenta es el Protocolo Indicativo para Recibir el Testimonio del Niño abusado, el mismo fue elaborado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) donde se regula la función del psicólogo dentro del gabinete de la Cámara Gesell para que el “testimonio” del niño sea tomado como “prueba válida”. Ahora bien, a partir de aquí, se puede observar una cierta incompatibilidad entre las leyes nacionales que reglamentan el uso de la Cámara Gesell para la víctimas de abuso sexual, con las leyes y códigos que regulan el ejercicio profesional del psicólogo, ya que las primeras plantean la obligatoriedad de dejar constancia digital, en audio y video, de todas las entrevistas psicológicas que se realicen a víctimas de abuso sexual infantil, intimando al profesional psicólogo, a faltar al deber del secreto profesional. Por su parte, la Psicología, puede brindar al ámbito jurídico, una serie de lineamientos que permiten delimitar la competencia del ejercicio profesional dentro de este campo. Va a proponer que: -

La Cámara Gesell fue diseñada por el doctor Arnold Gesell, como instrumento para observar a niños en sus diferentes etapas de desarrollo. Posteriormente se logra sistematizar los resultados, extendiéndolo de esta forma a otras funciones. Desde sus comienzos el observador, no participante, debía observar el proceso a una distancia tal que la presencia del mismo no modificara lo observado. Esta indicación en sí contenía la idea de que la presencia de terceros podría modificar lo observado.

-

La existencia de terceros en un recinto externo a la cámara Gesell, con previa información a quien estará siendo observado en su calidad de sujeto abusado, condiciona directamente la producción del niño/a que se siente observado/a. Si a esto

se le agrega la posibilidad de que los terceros puedan intervenir, vía tecnológica (micrófonos, audífonos, cámaras, televisores), esta intromisión se profundiza. -

Desde la posición del observador existe la imposibilidad de apreciar el instrumento psicológico por excelencia, la transferencia, como así también de escuchar al niño/a en base a un criterio clínico.

Esto nos permite pensar ciertas cuestiones éticas, en torno a la práctica dentro del ámbito jurídico. Desde otras perspectivas se adopta el uso de la Cámara Gesell como un intento de reducir el daño psíquico, pero muchas veces en la práctica cotidiana no se da de la misma forma puesto que tiende a reducirse a los elementos psicológicos, a meros instrumentos jurídicos sin respetar su especificidad. Es así que se pierde de vista que: -

El niño es un sujeto en construcción que expresa su subjetividad a partir de

-

elementos significantes, el lenguaje verbal es uno de ellos, pero no el único. El trauma es una construcción subjetiva que tiene asidero en un hecho real pero que se construye a partir de otros acontecimientos que se ligan a este por motivos inconscientes. La entrevista psicológica es un dispositivo instrumental que se utiliza para acceder a

-

la realidad psíquica de un sujeto y que contiene procesos y elementos propios de la disciplina psicológica. Ella nada tiene que ver con un interrogatorio o indagatoria judicial. A modo de resumen, podemos tomar psicoanalista Jorge Volnovich, que en su obra “Abuso sexual en la infancia” enumera una serie las ventajas y desventajas de la cámara Gesell.

VENTAJAS

DESVENTAJAS

 Un registro riguroso de la entrevista;

 El proceso es intrusivo y el niño puede mostrarse

reticente

a

develar

la

información;  La documentación visual de los gestos y

las

expresiones

faciales

 Las

complicaciones

logísticas

de

la

que

obtención de un equipo y un cuarto

acompañan los enunciados verbales

especial pueden hacer que su uso sea

del niño;

prohibitivo;

 Una

reducción

entrevistas

por

del parte

número de

de otros

 La calidad técnica del video puede ser pobre;

profesionales;  Una forma de capacitación continua para los entrevistadores;

 Puede ocurrir la pérdida de datos por el mal funcionamiento del equipo;

 Una ayuda efectiva para lograr una

 La entrevista videograbada puede ser

aceptación de lo ocurrido por parte del

utilizada para poner en tela de juicio al

ofensor;

niño;

 Una herramienta efectiva para ayudar

 La

técnica

del

entrevistador

puede

al padre no ofensor o al padre acusado

transformarse en el centro del caso más

a comprender lo que ocurrió o lo que no

que la sospecha de abuso sexual en sí;

ocurrió.  La videograbación puede caer en manos inapropiadas, como las de los medios de comunicación http://www1.rionegro.com.ar/diario/2006/12/04/200612r04f01a.php