BI TEMA 1.doc

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES BLOQUE I: TEMA 1 LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978

Views 44 Downloads 11 File size 114KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

BLOQUE I: TEMA 1 LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978: ANTECEDENTES. CARACTERISTICAS Y ESTRUCTURA. PRINCIPIOS GENERALES. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESPAÑOLES.

1. LA CONSTITUCION DE 1978: ANTECEDENTES

2. LA CONSTITUCION DE 1978: CARÁCTERISTICAS Y ESTRUCTURA 2.1.

CARACTERISTICAS

2.2.

ESTRUCTURA

3. LA CONSTITUCION DE 1978: PRINCIPIOS GENERALES

4. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESPAÑOLES 4.1.

DERECHOS

4.2.

DEBERES

1

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

1. LA CONSTITUCION DE 1978: ANTECEDENTES. El régimen constitucional adoptado por España es consecuencia de un laborioso proceso de transición, que enlaza una dictadura de 40 años con una democracia del tipo occidental. El origen de dicho proceso suele situarse, formalmente, el 20 de noviembre de 1975, con la muerte del General Franco y posterior restauración de la monarquía, el 22 de noviembre de 1975, con la proclamación de Juan Carlos I de Borbón como Rey de España. En este marco, y tras la dimisión del Presidente del Gobierno, Carlos Arias Navarro, fue nombrado presidente Adolfo Suárez, el cual, para conseguir la transición hacia un régimen democrático, dictó una “ley instrumental”, una “ley puente”, que permitía la modificación de la esencia de las Leyes Fundamentales para pasar a una nueva legitimidad: esta fue la Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política. Esta ley, aprobada en referéndum el 15 de diciembre de 1976, dejaría abierta la vía para ir completando paulatinamente los hitos básicos de la reforma: legalización de los partidos políticos, libertad sindical, desaparición del Movimiento, convocatoria y regulación de elecciones generales, ratificación de los tratados internacionales sobre derechos humanos, derechos sindicales y económico-sociales, la celebración de elecciones generales (que tuvieron lugar el 15 de junio de 1977), y la apertura de un proceso constituyente. Las principales etapas de este proceso constituyente fueron las siguientes: 1.

El Congreso de los Diputados acordó la creación de una Comisión Constitucional integrada por 36 diputados de los distintos grupos parlamentarios. Esta Comisión designó a principios de agosto de 1977 una Ponencia, que sería la encargada de redactar el anteproyecto de Constitución.

2.

La Ponencia, que se reunió sin publicidad y con un pacto de confidencialidad a lo largo de 29 sesiones, entre el 22 de agosto y finales de diciembre de 1977, entregó su Anteproyecto al Presidente de la Comisión, siendo publicado su texto en el BO de las Cortes el 5 de enero de 1978.

2

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

3.

A continuación se abrió un plazo para la presentación de enmiendas. Tras finalizar las enmiendas, la Ponencia redactó un informe, el cual pasó a ser debatido públicamente en la Comisión de Asuntos Constitucionales a lo largo de 24 sesiones. El texto resultante en forma de Dictamen se elevó al Pleno del Congreso junto con las enmiendas y votos particulares.

4.

El debate del Pleno del Congreso se prolongó a lo largo de 12 sesiones, del 4 al 21 de julio, fecha en la que el Texto del Proyecto de Constitución fue aprobado en una votación de conjunto, publicándose en el BO de las Cortes de 24 de julio, tras lo cual fue enviado al Senado.

5.

En el Senado se siguió un procedimiento similar al Congreso, aunque aquí no se constituyó Ponencia, siendo el texto y las enmiendas debatidas en la Comisión Constitucional. El Dictamen de la Comisión junto con los votos particulares se publicó en el BO de las Cortes de 6 de octubre y se elevó al Pleno del Senado. El debate en el Pleno publicó el texto modificado resultante en el BO de las Cortes de 13 de octubre.

6.

Como el testo aprobado por el Senado presentaba diferencias con respecto del aprobado por el Congreso, se constituyó una Comisión Mixta Congreso-Senado, para resolver las discrepancias. Su Dictamen fue publicado en el BO de las Cortes el 28 de octubre.

7.

El texto definitivo fue aprobado por las Cortes Generales, en reunión separada de las Cámaras, el 31 de octubre, según el Dictamen de la Comisión Mixta. Fue ratificada mediante referéndum del pueblo español el 6 de diciembre, sancionada por el Rey el 27 de diciembre y publicada en el BOE y su entrada en vigor el día 29 de diciembre.

CONCEPTO DE CONSTITUCION: norma o conjunto de

normas

fundamentales que regulan los órganos básicos del Estado, sus competencias, relaciones

y

responsabilidades,

así

fundamentales del ciudadano. 3

como

los

derechos

y

deberes

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

2. LA CONSTITUCION DE 1978: CARACTERISTICAS Y ESTRUCTURA 2.1. CARACTERISTICAS La Constitución Española de 1978 se caracteriza por los siguientes rasgos generales: -

Constituye

el

segundo

texto

más

extenso

(169

artículos)

del

constitucionalismo español, tras la Constitución de 1812. -

Es una Constitución cerrada o codificada en un sólo texto, según algunos autores. No obstante, sus caracteres de ambigüedad e imprecisión, en muchos casos deliberadamente, entre ellos, (rasgos muy destacable en el Título VIII) han llevado a otros autores a situarla entre las constituciones abiertas.

-

En estrecha relación con el punto anterior, se dice que es una Constitución inacabada, a juicio de Cazorla Prieto.

-

Es una Constitución formal y escrita.

-

Es una Constitución consensuada o democrática debido a que gran parte de su contenido fue el resultado sino de un esfuerzo de aproximación entre los diversos grupos políticos a la búsqueda del “consenso”. De ahí la ambigüedad de algunos de sus preceptos.

-

Es una Constitución popular, elaborada y aprobada por el pueblo y sus representantes.

-

Es una Constitución rígida, porque se establecen especiales requisitos para su modificación parcial o total. No va a poder ser modificada por una Ley ordinaria u orgánica posterior, sino sólo a través del procedimiento previsto en la misma Constitución española (en su Título X).

4

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

-

El Establecimiento, como forma política del Estado, de la Monarquía Parlamentaria.

-

La configuración del Estado como unitario regionalizado y no federal. Por ultimo, destacamos que la CE, no es sólo fuente de producción del derecho, sino que ella misma es fuente del Derecho, origen inmediato de derechos y obligaciones. El art. 9.1. de la CE es tajante al respecto: “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al Ordenamiento Jurídico”. Finalmente, la CE, aunque no exenta de originalidad, se ha basado en otras

Constituciones históricas, como la Española de 9 de diciembre de 1931 (II Republica), y de nuestro entorno, como la Ley Fundamental de Bonn de 1949, la Constitución Italiana de 1947, etc., sin olvidar textos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, adoptado en Roma el 4 de noviembre de 1950, entre otros. La CE se sitúa en la línea del Constitucionalismo moderno.

2.2. ESTRUCTURA La Constitución española aborda su contenido de forma estructural, obedeciendo al siguiente esquema: 

Preámbulo: enumera una serie de valores y principios, que luego

desarrolla en el texto y contiene una artificiosa definición del poder constituyente: “ la nación española, en uso de su soberanía, es el fundamento de la Constitución”. 

Título preliminar: contiene los principios, valores y caracteres

fundamentales de la Constitución (política). Está compuesto por nueve artículos en los que se reafirma la Soberanía Nacional, el derecho a la autonomía de las 5

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

nacionalidades, se define la monarquía parlamentaria, los partidos políticos, los sindicatos y organizaciones de empresarios, la función de las Fuerzas Armadas y el respeto a la Ley y garantías jurídicas. También figura la definición del castellano como lengua oficial del español, la bandera y la fijación de la capital en la villa de Madrid (son los símbolos). 

Parte dogmática: comprende un largo Título I, dedicado a los derechos

y deberes fundamentales, subdividido en 5 capítulos: 1.

De los españoles y extranjeros.

2.

De los derechos y libertades.

3.

De los principios rectores de la política social y económica.

4.

De las garantías de las libertades y derechos fundamentales.

5.

De la suspensión de los derechos y libertades.



Parte orgánica: define los Organos de Poder, comprende desde el

Título II al Título X: -

Título II: De la Corona.

-

Título III: De las Cortes Generales, comprende: Capítulo 1º: De las Cámaras Capítulo 2º: De la elaboración de las leyes Capítulo3º: De los Tratados Internacionales

-

Título IV: Del Gobierno y de la Administración.

-

Título V: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes

Generales. -

Título VI: Del Poder Judicial.

-

Título VII: Economía y Hacienda.

-

Titulo VIII: De la organización territorial del Estado en tres capítulos: Capítulo 1º: Principios Generales Capítulo 2º: De la Administración local Capítulo 3º: De las Comunidades Autónomas

-

Título IX: Del Tribunal Constitucional.

-

Título X: De la Reforma Constitucional. 6

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES



Disposiciones adicionales (4) y transitorias (9): dedicadas en su

mayor parte a la ordenación territorial. 

Una Disposición Derogatoria: va a derogar la Ley para la Reforma

Política, las Leyes Fundamentales del Régimen anterior y cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Constitución. 

Una Disposición Final: determina la entrada en vigor de la

Constitución el mismo día de su publicación en el BOE y ordena además su publicación en las demás lenguas del Estado. La Constitución Española contiene un total de 169 artículos.

3. PRINCIPIOS GENERALES Se recogen en el Título Preliminar de la Constitución Española de 1978, el cual, abarca del artículo uno al nueve, y serían los siguientes: Artículo 1: Art.1.1. “ España es un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”. Comprende: 1. Principio de legalidad: todos estamos sujetos a las leyes. 2. Principio de división de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. 3. Principio de la legalidad de la actuación administrativa. 4. Principio de garantías jurídicas. 5. Principio de derechos y libertades fundamentales. Art. 1.2. “La soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado”. Art. 1.3. “La forma política del Estado es la monarquía parlamentaria”

7

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

Artículo 2: “La Constitución Española se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles, reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, y la solidaridad entre todas ellas.” Artículo 3 y 4: Armonizar las diferentes lenguas

y banderas españolas, sin trato

discriminatorio a ninguna de ellas, pero con primacia del castellano (3) y de la bandera española (4). Artículo 5: “La capital del Estado es la villa de Madrid”. Artículo 6: “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política”. Artículo 7: “Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios”. *Tanto el art.6 com el art.7. tienen una serie de limitaciones a sus libertades: 

El respeto

la ley y a la Constitución en su creación y el ejercicio de su

actividad. 

El respeto al principio democrático en su estructura interna y funcionamiento.

Artículo 8: “Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”.

8

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

Artículo 9: “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas” “La Constitución garantiza: 

El principio de legalidad



L jerarquía normativa



La publicidad de las normas



La irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de los derechos individuales



La seguridad jurídica



La responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”

En definitiva, el art.9 recoge los principios básicos del llamado Estado de Derecho, así como los principios generales del ordenamiento jurídico.

4. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESPAÑOLES 4.1. DERECHOS Los derechos fundamentales son aquellos que, desde un origen como derechos naturales individuales, el Estado consagra, protege, garantiza, ordena y reglamenta, convirtiéndose en derechos públicos subjetivos de la persona frente al Estado. La Constitución española de 1978 dedica su Título I a los derechos y deberes fundamentales. Los derechos son los siguientes: 1. Igualdad ante la Ley: los españoles son iguales ante la Ley, sin discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

9

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

2. Derecho a la vida: todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes militares para tiempos de guerra. Este derecho es el más fundamental de todos. 3. Derecho a la integridad física y moral. 4. Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto. También llamado derecho a la libertad de conciencia. 5. Derecho a la libertad y seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, a no ser que esté establecido en la Constitución y en los casos y formas previstos en la Ley. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca. La ley regulará un procedimiento de “habeas corpus” para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional. 6. Derecho al honor: se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen 7. Derecho a la inviolabilidad del domicilio: el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin el consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. 8. Derecho al secreto de las comunicaciones: se garantiza el secreto de las comunicaciones. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. 10

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

9. Derecho a la libertad de residencia y circulación: los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional. Asimismo tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos. 10. Derecho a la libertad de expresión: se reconocen y protegen los derechos a: 

Expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.



La producción y creación literaria, artística, científica y técnica.



La libertad de cátedra.



Comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

11. Derecho de reunión y manifestación: se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad. 12. Derecho de asociación. 13. Derecho de participación: los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes. Asimismo, tiene derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos. 14. Derecho a la tutela judicial: todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. 15. Derecho a la irretroactividad de las penas: nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyen delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

11

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

16. Otros derechos: 

Derecho a la educación y libertad de enseñanza.



Derecho a la libre sindicación.



Derecho a la petición individual o colectiva.



Derecho de defender España.



Derecho a contraer matrimonio.



Derecho a la propiedad privada y a la herencia.



Derecho de fundación



Derecho al trabajo y a una remuneración justa.



Derecho a la negociación colectiva laboral.



Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectiva.

4.2. DEBERES Nuestra Constitución establece una serie de deberes, dentro de estos hay algunos de carácter moral y otros son obligaciones jurídicas. 1. Deber de los españoles de conocer el castellano, lengua oficial del Estado. 2. Deber de todos a trabajar. 3. Deber de los padres de asistir a sus hijos. 4. Obligación de los ciudadanos de adquirir la enseñanza básica. 5. Deber de los ciudadanos de defender España. 6. Deberes tributarios de todos para el sostenimiento del Estado. 7. Deberes conyugales derivados de la institución matrimonial. 8. Deber de todos de conservar el medio ambiente. 9. Obligación de comparecencia ante las Cámaras parlamentarias a requerimiento de éstas. 10. Obligación de todos de cumplir las sentencias y demás resoluciones judiciales firmes, así como prestar la colaboración requerida por jueces y tribunales.

12

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESPAÑOLES

13