Asilo Resumen

CAP1 ORIGEN DEL ASILO es una institución de origen muy remoto que nace en greciá donde se admitían a los delincuentes en

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CAP1 ORIGEN DEL ASILO es una institución de origen muy remoto que nace en greciá donde se admitían a los delincuentes en las iglesias o templos y allí permanecían bajo protección sagrada adquirían un estado de inmunidad por la cual no podían ser cojidos por la fuerza ni juzgados judicialmente CARACTERÍSTICAS ACTUALES 1 el derecho de asilo está concebido como una institución inspirada por razones humanitarias en favor de aquellas personas que son perseguidos por delitos políticos. El sentimiento de humanidad obliga a la protección de personas cuya vida libertad y seguridad corran peligro 2 es precisamente un derecho que recae sobre la voluntad si es que el estado decide concederle o no el derecho de asilo ninguna person puede exigir a las autoridades del estado a recibirlo en calidad de asílado TÍPOS DE ASILO hay 2 *asilo político diplomático es la expresión propia del derecho regional americano que encuentra sus raíces en la práctica consuetúdinaria y su consagración en los tratados vigentes que obligan a los países signatarios este tipo de asilo se otorga en lo que se ha denominado territorio ficticio. Esta modalidad de asilo se confiere a los acusados o perseguidos por delitos políticos en las legaciónes navíos de guerra campamentos o naves militares * asilo político territorial tiene lugar cuando el estado otorga asilo al perseguido político que se ha refugiado directamente dentro del propio territorio del estado asílante sea continental insular o marítimo UNa disposición normativa de la convención de la habana dice que no es lícito otorgar asilo en legaciónes navíos de guerra campamentos o aeronaves militares a personas aviada por delitos comunes ni desertores de tierra y mar. CAPÍTULO 2 LA ÁPLICACION DEL ASILO EN ÉÚROPA el asilo nació en Europa como una costumbre surgida en protección de los perseguidos por delitos comunes. Fundados temores de ser perseguido por motivos de raza religión nacionalidad pertenencia a determinado grupo social u opinión política, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y. X temores no quiera acogerse a la

protección de tal país. EJEMPLOS De ASILOS * la legación alemana en mexico concedió asilo a varios perseguidos y emitió una declaración en la cual se expresa que el derecho internacional confiere asilo a Sus nacionalidades en el éxtanjero. * l legación de Francia en lima asilo a 4 ministros del gobierno del presidente esos pudieron la entrega de los ascilados. * el presidente de haiti se asilo en la legación de Francia la multitud invadió la misión y asesino al presidente asilado * Portugal asilo al almirante saldana de gama comandante de una escudra revoltosa el gobierno de Brasil exigió su entega inmediata pero el gobierno de Portugal no lo entrégo alegando que es un dercho CAPÍTULO 3 ASILO EN AMÉRICA * víctor haya de la torre se le acusó del delito de rebelión militar pidió a la embajada de colombia en lima. El gobierno peruano sostuvo que el mencionado líder del partido aprista no era un delincuente político si no un delincuente común por lo tanto no tenía derecho a asilo por su parte colombia alegó que era de la esencia del asilo que el estado que la concedía era facultado de modo exclusivo y excluyente la corte de la haya (internacional de justicia) dictó su sentencia negando la tesis de que existía dentro del derecho internacional una facultad de otorgar asilo diplomático a la persona que se encontraban encausados por delitos políticos. PAÍSES CON MAYOR CONSECION DE ASILO Brasil Panamá colombia república dominicana mexico y costa rica PANAMÁ registra una historia de consecion de asilos muy cuestionados este país ha acogido al presidente del ecuador abdala bucaram y a los ez mandatarios Jorge serrano de guatemala y Juan domingo peron de argentina COLOMBIA ha recibido en su territorio al ex presidente peruano víctor Raúl haya de la torre tb a alan García y a pedro caemona

REPUBLICA DOMINICANA recibió en calidad de asciliado al ez presidente Gustavo noboa al ex presidente de Venezuela Carlos Andres peréza dos oficiales que estuvieron involucrados en el fallido golpe de estado a chavez y esto a provocado agravar las relaciones entre Venezuela y república dominicana BRASIL al ez presidente paraguayo Alejandro stroessner tb a Rafael cubas al ex presidente del ecuador coronel lúció Guitierrez MEXICO es un país que cuenta con una antigua tradición en materia de asilo y ha mantenido en protección a los perseguidos políticos sin a costa de agravar Sus relaciones políticas le ha dado al ex presidente de argentina hector campora ex secretario de argentina Juan manuel alal tb a león trosky uno de los idiologos de la revolución comunista de Rusia COSTA RICA dio asilo al líder sindicalista venezolano Carlos ortega USA se han negado sistemáticamente a reconocer que la institución de asilo forme parte del dercho internacional. No obstante a su oposición dio asilo a varios soldados y oficiales de una revolución en salvador tb dio asilo a los cubanos con la denominada ley de los pies secos y pies mojados que regula el ingreso de los cubanos a las costas estadounidense admite su ingreso a todos aquellos que hubiern pisado sus playas (pies secos) pero devuelve a cuba a todos los que la guardia costera logró detener (pies mojados) CAPÍTULO 4 LA APLICACIÓN DEl ASILO en Euador. Los casos más destacados han sido el comandante de corbeta norteamericana en circunstancias de que si nave de guerra se quedó anclada en el puerto de guáyaquíl. El presidente ecuatoriano Antonio borrero obtuvo asilo político en colombia en quito. El general sagasti ministro de gúerra del ecuador se asilo con su familia en la legación de los estados unidos. El ministro de colombia acogió a lizardo García en su residencia * el economista Alberto dahík solicitó asilo a costa rica en calidad de perseguido político pero se le acusaba de 2 delitos por cohecho y disposición arbitraria de fondos del estado el vicepresidente acudió a la corte interamericana de derchos humanos para denunciar al estado del ecuador por otra parte el ecuador dijo que no tenía recursos legales para sustentar reclamos finalmente el estado ecuatoriano señaló que el presidente o vicepresidente de la república están exentos e la responsabilidad penal por delitos comunes garantizandole el principio

de igualdad ante la ley por esto se le hizo 2 juicios el juvio político el cual buscaba la destitución del funcionario y el juicio penal mediante el cual se busca la responsabilidad penal * ABDALA BUCARAM el congreso nacional resolvió su destitución gozo como asilado plútivo en Panamá a pesar de la distancia segua el día a día de la política ecuatoriana en el año 2005 regreso al ecuador con la autorización del gobierno del coronel lúció Guitierrez durante este gobierno di legítimada la pichicorte en donde se declaró nulidad a los juicios en contra de abdala pocos días de la destitución de lúció abdala partió a Perú para luego ir a Panamá como asciliado CAPÍTULO 5 DIFERENCIA ENTRE ASILIADO Y EXILIADo tanto el asiliado como el exiliado se han visto forzado a abandonar el territorio de un éstado para domiciliarce en otro mientras el asciliado está amparado en una institución jurídica y estar consagrado con tratados internacionales que brindan la protección del derecho internacional y el exiliado busca protección de hecho poniéndose fuera del alcance de la jurisdicción del estado abandonan el estado para ponerse a salvo de las acciones legales que se pongan en su contra por la tribunales de justicia por la comisión de delitos comunes. Abandona voluntariamente el territorio no solo por motivos políticos si no para evador la acción judicial por cometer delitos comunes * el desterrado es objeto de una medida punitiva que se adopta en su contra por motivos políticos y en consecuencia abandona el territorio de un estado para sufrir su extrañamiento forzoso queda prohibida el destierro forzoso En ecuador, las personas q se han autoexiliado han sido prófugos de la justica y a quienes se les han imputado el delito de peculado o de enriquecimiento ilicito CAPÍTULO6 ASILO TERRITORIAL Y DIPLOMÁTICO ambas modalídades tienen algo en común que han sido concebidas para proteger la vida, la libertad, la seguridad o bien la integridad en suma, de aquellas personas perseguidos por razones políticas e idiológicas consiguiendo la protección bajo la jurisdicción de otro estado.

ASILO TERRITORIAl todo estado tiene derecho en ejercicio de su soberanía a admitir dentro de su territorio a las personas que crea conveniente sin q haya reclamó del otro estado * ELEMENTOS Escenciales del asilo territorial 1 la existencia de un delincuente político 2 que el delincuente político haya ingresado a la jurisdicción territorial del estado al cual se le requiere el amparo 3 que iba vez haya ingresado al territorio solicite el asilo 4 debe otorgarar el asilo territorial por parte del estado protector * PRINCIPALES DISPosiciónES normativas a) ningún estado está obligado a entregar a otro o a expulsar de su territorio a delincuentes políticos b) la extradición no es procedente cuando se trata de personas persegudas por delitos políticos c) los asilados están obligados a dar aviso al gobierno del estado asílante sobre la salida de su territorio ASILO DIPLOMÁTICO está basado por razones humanitarias que concede un estado a un delincuentes políticos *DISPOSICIONES NORMATIVAS a) todos los estados tienen el derecho de concede asilo a los perseguidos políticos pero si se lo niega no le obliga a declarar las razones de su negativa b)el estado asílante puede calificar la naturaleza del delito y los motivos de persecusion y calificar si se trata de un caso de urgencia c) el solicitante tan sólo tiene derecho a buscar asilo pero no el derecho a exigir que se lo concedan f) quien le concede asilo esta obligado a comunicarlo al ministerio de rel. Ext, del otro estado a la brevedad posible

g) quien asila le corresponde el derecho de trasladar al asilado fuera del país, pero el estado territorial puede señalar la ruta del traslado h) la concesión del asilo diplomático no excluye la posibilidad de q el estado territorial solicite la extradicion del asilado d) no es licito que el estado asílante devuelva al asilado a su país de origen e) el asilo diplomático no está sujeto a la reciprocidad

CAPÍTULO 7 el pedido de asilo no implica un derecho individual para quien lo solicita si no es una facultad soberana del estado asílante el concederlo ó negarlo CAPÍTULO 8 QUIEN CALIFICA EL ASILO POLÍTICO corresponde al estado asílante la calificación de la naturaleza del delito y los motivos de la persecución para determinar si se concede o no el asilo político Urgencia del solicitante: individuo perseguido por personas o multitudes que hayan escapado al control de las personas o por las autoridades, o cuando se encuentre el peligro de ser privado de su vida, o libertad por razones de persecusion política y no pueda ponerse en seguridad de otra manera.

CAPÍTULO 9 CONSECION DEL ASILO POLÍTICO es menester del estado asílante que formule un juicio de valoración para determinar si el peticionario es un perseguido por un delito político o común pero es difícil definirlo xq no existe ningún instrumento internacional en materia de asilo que lo haya definido en término jurídicos pero lo más cercano es que se considera que hay un delito político cuando una persona ha atentado gravemente contra la estructura organizacional del estado o contra su ordenamiento político jurídico constitucional con propósito para cambiarlo para su favorecer su visión política e ideológica. CAPÍTULO 10 OTORGAMIENTO DE ASILO 1) para aquellas personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpados o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes o están condenadas por la comisión de tales delitos y por dichos tribunales sin haber cumplido las penas respectivas

2) los desertores de las fuerzas de la tires mar y aire salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo revistan claramente carácter político 3) en un delito de terrorismo no cuenta con la protección del derecho internacional y su conducta punible no es suceptible de indulto amnistía y fianza Apoderamiento ilícito de aeronaves, toma de rehenes, protección materiales nucleares, atentados con bombas 4) el asilo no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de la onu CAPÍTULO11 DE DONDE PROCEDE EL OTORGAMIENTO Este es concedido cuando el solicitante lo requiere dentro de la jurisdicción territorial del estado asílante a diferencia del asilo diplomático que permite que sea otorgado dentro de la legislación diplomática dentro de los campamentos militares o a bordo navíos de guerra aéreonaves mílitares que el estado asílante pueda tene estacionados dentro del estado territorial. CAPÍTULO12 SALVOCONDUCTO tan pronto comO el estado asílante haya concedido el asilo y haya comunicado la decisión a su representante diplomático o bien x medio del jefe de navío de guerra campamentos o aéreonaves militares al ministro de relaciones exteriores del estado territorial o a la autoridad administrativa del lugar podrá pedir la salida del asilado para territorio extranjero estando obligado el estado territorial a brindar las garantías para que aquel salga del país adoptando las medidas necesarias para que no peligre su vida su libertad o su integridad personal y otorgando el salvoconducto. No sólo el estado asílante puede pedir la salida del asilado para territorio extranjero también puede hacerlo el gobierno del estado territorial para lo cual deberá otorgar el respectivo salvoconducto y las garantías necesarias para precautelar la seguridad del asilado. Esta prohibido la demora por parte del estado territorial en la entrega del salvoconducto con el propósito de quebrantar la voluntad del asilado en su decisión de pedir protección y lograr que de se entregue a las autoridades o con el propósito de lograr que el estado asílante no entregue el asilo.

CAPÍTULO13 CONDUCTA DEL ASILADO cordialidad y debido respeto a sus autoridades y a sus leyes por lo tanto el asilado debe abstenerse en todo momento de no realizar actos que pudieran perturbar las buenas relaciones con su anfitrión ni con los vecinos de este y tampoco con las autoridades del estado territorial donde aplicó el asilo se puede faltar el respeto de las diferentes formas como atacando a las autoridades de gobierno del estado territorial criticando sus políticas y sus instituciones cuestionando en su suma su quehacer político pero esto apela al derecho de libertad de expresión que dice que toda persona tiene derecho a la libertad de investigación de opinión de expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio CAPÍTULO14 EXTRADICION El estado territorial comunique al asilante su intención de solicitar una extradición. El asilado permanecerá el en estado asilante mientras no se reciba el pedido formal de extradición. El solicitante debe demostrar que el asilado es un presunto delincuente común y que solicita su devolución, y regresara al país para ser juzgado por los tribunales competentes.