Antecedentes Del Comercio y Evolucion Del Derecho Mercantil

ANTECEDENTES DEL COMERCIO Y DEL DERECHO MERCANTIL Antecedentes del Comercio• En prehistoria, cuando los hombres se dedi

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ANTECEDENTES DEL COMERCIO Y DEL DERECHO MERCANTIL

Antecedentes del Comercio• En prehistoria, cuando los hombres se dedicaban a la caza y la recolección, la producción de excedentes era casi nula; por las características de sus productos, esos excedentes no se hubieran podido almacenar. Pero desde las primeras actividades productivas, el excedente permitió emprender el hábito de intercambiar productos. Antecedentes del Comercio• El trueque se mantuvo por mucho tiempo, aun en sociedades sedentarias. • El desarrollo de nuevos bienes de consumo y crecimiento de la actividad comercial demostró que este sistema era poco práctico: – Porque no siempre el otro necesitaba aquello de lo que uno disponía – Era un problema determinar cuál era el valor exacto de los productos a intercambiar: Antecedentes del Comercio• La Moneda Una moneda es, de hecho, un elemento intermedio que sirve para facilitar los intercambios. Si todos los hombres establecían el valor de sus productos sobre la base de la misma mercancía, el intercambio era mucho más simple Antecedentes del Comercio Características de los Bienes de Referencia Debía simplificarse Eran aceptados también su Eran sumamente por la mayoría de Debía ser divisible traslado, cuidado y útiles los hombres su almacenamiento. • De esta manera los bienes de intercambio fueron haciéndose más pequeños y fácilmente manipulables La Evolución del Derecho Mercantil• El derecho mercantil surge en la Edad Media, como un derecho especial frente al civil entre los gremios y corporaciones y éste se da por una necesidad de regular relaciones y necesidades de los mercaderes. Perduró hasta principios del siglo XIX, época en la que se promulgó el Código de Comercio Francés. Edad Antigua (Leyes Rodias), • El primer cuerpo de Derecho mercantil de que nos habla la historia, son las leyes marítimas de los Rhodios. – Estas leyes que llegaron a formar un cuerpo de legislación reguladora del comercio marítimo – Gran influencia sobre la de los demás pueblos marítimos y muy particularmente en el Derecho de los romanos, Edad Antigua (Leyes Rodias), No existió ningún derecho mercantil como es conocido hoy en día. Recopilación de un conjunto de usos sobre el comercio marítimo, Emperador Antonino, lo incorporó al derecho romano. Derecho Romano Entendido no Usado por los como una imposición, sino romanos Gentium como un privilegio Derecho común a todos los hombres sin Expansión económica Civil distinción de nacionalidad. Se encuentran normas

aplicables al comercio, pero no una distinción entre el Derecho Civil y el Derecho Mercantil, yaqué no se reconoció un derecho particular aplicable a una casta comerciante Derecho Romano• Fueron escasas las normas al comercio: – La acto institora – La acto exersitoria – El texto nautae, caupones et stabularii ut recepta restituant, – Lex hodia de iactu No se establece una distinción clara entre derecho civil y derecho mercantil, provocó que se separasen. Edad Media• Fue durante la edad media que se separó de forma identificativa lo que venía a ser el derecho mercantil del anterior derecho civil romano. • Se le otorgaba al comercio su justo valor, por el crecimiento exponencial de las relaciones comerciales entre todos los pueblos medievales. Edad Media• Se cree que el derecho mercantil nació dentro de las asociaciones de gremios y mercaderes. • Algunos tratados destacados: – Las leyes de Wisby -> Comercio Marítimo• Las regulaciones trataban de mantener un orden sobre el comercio justo, pero no tenían valor vinculante ni eran perseguidos sus infractores por los gobiernos Edad Media A partir del siglo X podemos decir que nació el derecho mercantil, constituido para proteger y regular las actividades de los comerciantes, los gremios establecieron tribunales para desahogar las controversias entre sus agremiados basándose para ello en usos y costumbres de los mercaderes. Codificación del derecho mercantil• Parte del descubrimiento de América, lo cual representa las transformaciones de las condiciones económicas, sociales, políticas y espirituales. Nacen nuevas instituciones comerciales, que culminan en el siglo IXX con la promulgación del Primer Código de Comercio, el cual entró en vigencia el 01-01-1.811. Codificación del derecho mercantil• En 1883 el Derecho mercantil adquirió en México carácter Federal, al ser reformada la Constitución, se otorgó al Congreso de la Unión la facultad de legislar en materia comercial. Con base en esta reforma constitucional se promulgó el Código de Comercio de 1884, aplicable en toda la República. Codificación del derecho mercantil• Debe citarse también la Ley de Sociedades Anónimas de 1888. Por último, el 1º de enero de 1890 entró en vigor el Código de 1889 el cual es en extremo similar al Código español de 1885. A partir de aquí ya no se le considera al derecho de una clase determinada, sino un derecho regulador de una clase especial de actos de comercio. https://es.slideshare.net/conny1988/antecedentes-del-comercio-y-del-derechomercantil

Evolución del Derecho Mercantil Para ir entendiendo a la actualidad debemos saber dónde, cuándo y cómo se inició esto del Derecho Mercantil En la compleja organización de la sociedad surge un fenómeno que se le conoce con el nombre de trueque, que tal vez en sí mismo no puede ser calificado de mercantil, pero que tiene como consecuencia el comercio. De esta manera surge el comercio, el cambio por el cambio: y junto la figura de los distintos oficios entre ellos el de comerciante, el hombre que se dedica a interponerse en el cambio de satisfactores. En los sistemas jurídicos muy antiguos se encuentran preceptos que se refieren al comercio y que por lo tanto constituyen gérmenes del derecho mercantil. Haciendo un recuento dentro de la historia del derecho mercantil mencionaremos a las leyes rodias, que nacieron en la isla de Rodas, habitada por un pueblo heleno, donde la legislación con respecto al comercio marítimo fue excelente a través de su incorporación en el derecho romano las leyes rodias han ejercido un influjo que perdura hasta nuestros días. La caída del Imperio Romano de occidente vino a agravar las condiciones de inseguridad social creadas por las frecuentes incursiones de los bárbaros que la precedieron, inseguridad social que produjo la más completa decadencias de las actividades comerciales. El comercio resurgió a consecuencia de las cruzadas, que no solo se abrieron vías de comunicación con el Cercano Oriente, sino que provocaron un intercambio de los productos de los distintos países europeos. Este florecimiento del comercio ocurrió en condiciones políticas y jurídicas muy distintas a las que habían prevalecido en Roma. Los gremios de comerciantes establecieron tribunales encargados de dirimir las controversias entre sus agremiados sin las formalidades del procedimiento, y sin explicar las normas del derecho común, sino los usos y costumbres de los mercaderes; así fue creándose un derecho de origen consuetudinario e inspirado en la satisfacción de las peculiares necesidades del comercio. En el derecho mercantil medieval, se encuentra el origen de muchas instituciones comerciales contemporáneas el registro de comercio, las sociedades mercantiles, la letra de cambio, etc. La formación del derecho mercantil explica que fuera predominantemente un derecho subjetivo, cuya aplicación se limitaba a la clase de los comerciantes, pero desde un principio se introdujo un elemento objetivo que es la referencia al comercio, pues a la jurisdicción mercantil no se sometían sino los casos que tenían conexión con el comercio.

La creación de los grandes estados nacionales al comenzar la Edad Moderna va aparejada, como es obvio, a la decadencia de los gremios de mercaderes que habían llegado a asumir facultades propias del poder público. Un acontecimiento de gran importancia en la historia del derecho mercantil es la promulgación por Napoleón del Código del Comercio francés, que entro en vigor en el año de 1808. Con este código se vuelve predominante objetivo es el de realizar actos de comercio, y no la cualidad de comerciante, lo que termina la competencia de los tribunales mercantiles y la aplicación del código, pero el elemento subjetivo no deja de influir en cuanto se presumen mercantiles los actos realizados por un comerciante. Existe también el Código de Comercio para el Imperio Alemán, que entro en vigor en el año de 1900 y este se encarga de regir a los comerciantes: por lo que se hace predominante el carácter subjetivo que había tenido en sus principios el derecho mercantil. En la historia del derecho mercantil vuelven a aparecer los caracteres que se habían presentado en sus orígenes: derecho privado unificado como en Roma; derecho subjetivo como en el Medioevo. En la Nueva España, se imitaron las instituciones jurídico comerciales de la metrópoli, y hacia el año de 1581 los mercaderes de la ciudad de México construyeron su universidad que fue autorizada por real cédula de Felipe II. El consulado tenia funciones administrativas, para la protección y fomento del comercial, y en ejercicio de ellas llevo a término las empresas de utilidad social (canales, carreteras, edificios) y sostuvo un regimiento, la designación de cuyos jefes y oficiales eran atribución del propio Consulado. La facultad de legislar en materia de comercio se confirió al Congreso Federal a consecuencia de la reforma que se hizo, por ley del 14 de diciembre de 1883, a la fracción X del artículo 72 de la Constitución En virtud de esta reforma se elaboró, con carácter federal, un nuevo código de comercio que comenzó a regir el 20 de julio de 1884. El 22 de agosto de 1885, se promulgó un nuevo código, que habría de entrar en vigor en todos los territorios del Reino de España, el 1° de enero de 1886. En el año de 1889 se promulgo en la República Mexicana un nuevo Código de Comercio, y que entró en vigor el 1° de enero de 1890. El Código de 1889 aún no ha sido abrogado, aunque si se han derogado muchos preceptos por las siguientes leyes actualmente en vigor Ley de Títulos y operaciones de Crédito (26 de agosto de 1932); Ley de Sociedades Mercantiles (28 de julio de 1934); Ley sobre el Contrato de Seguro (26 de agosto de 1935), y Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos (31 de diciembre de 1942).

La evolución histórica nos lleva a la conclusión de que atendiendo a la manera en que cada derecho positivo enfoca la regulación de las relaciones comerciales, pueden distinguirse dos tipos fundamentales de sistemas jurídicos, a saber: países de derecho privado unificado, y piases de derecho privado diferenciado en derecho civil y mercantil. Dentro de los países cuyo derecho privado es único, cabe distinguir aquellos en los cuales, por tener en ellos preponderancia el derecho consuetudinario la unidad proviene de la costumbre, que no ha separado lo comercial de lo civil, de aquellos otro en los cuales la ley es fuente única, en la creación del derecho, por lo cual la unidad es producto de un acto legislativo, y representa así más que falta de distinción, la fusión de dos ramas preexistentes. En el primer caso se encuentran los Estados Unidos e Inglaterra, por esta razón se le llama de tipo anglosajón a los sistemas jurídicos que ofrecen tales caracteres. Fue en Suiza donde se dictó primero un código de obligaciones aplicable tanto en la materia civil como en la mercantil. Hasta ahora se han considerado tipos jurídicos históricamente realizados, pero cabe añadir una variante al tipo subjetivo, la que se basara no en la figura del comerciante, sino en la empresa. Dentro del tipo objetivo puede distinguirse el que se basa en el acto de comercio, que abarca los tres subtipos, y el que se fundara en la cosa mercantil. http://derechomercantilco.galeon.com/evo.html

Origen, evolución y significado actual del Derecho Mercantil El Derecho mercantil comprende diversos conjuntos normativos, cuya vinculación se justifica porque todos ellos sirven para determinar las obligaciones y la actuación de los operadores económicos en el tráfico económico y consecuentemente en el mercado. No cabe considerar hoy que Derecho mercantil sea lo mismo que Derecho del comercio: son ajenas al Derecho mercantil todas las cuestiones fiscales, de relación con las Administraciones públicas o laborales. Las normas del Derecho mercantil al regular las obligaciones y actuaciones en el tráfico económico privado, incluyen dentro de su ámbito de aplicación todas las actividades que se desarrollan dentro del tráfico económico privado y las obligaciones profesionales de los operadores que actúan en ese tráfico. Las normas del Derecho mercantil son aplicables en general a la producción de bienes o servicios para el mercado y el intercambio dentro del mismo (en el comercio, la industria, la prestación de servicios y buena parte de la agricultura y de la ganadería). La sistematización de los diversos conjuntos normativos, no sólo permite comprender mejor su sentido respectivo, sino que contribuye a dar coherencia a

esos textos legales integrándolos dentro del ordenamiento jurídico de manera que formen un todo coherente, del que resulten unos principios que han de servir para regir la interpretación y aplicación de esas normas. Esa labor de integración, que es doctrinal cumple dos funciones: 

la de integrar los diversos textos legales en un conjunto coherente, inspirado por unos mismos principios.



el de orientar y sistematizar la elaboración de nuevas leyes, de manera que se integren de una forma armoniosa dentro del desarrollo de las diversas partes del ordenamiento jurídico en la forma que se considera más adecuada a la realidad social de cada momento.

Para comprender cómo se ha llegado a delimitar este conjunto normativo que integra hoy el Derecho mercantil es imprescindible conocer el origen histórico y la finalidad de cada uno de los cuerpos legales que lo constituyen. En efecto, el Derecho mercantil entendido como conjunto de normas jurídico- privadas que regulan las obligaciones y la actuación de los operadores económicos en el tráfico es el fruto de una evolución legislativa y doctrinal en la que confluyen textos legales con orígenes y evolución diversos: 

Derecho mercantil tradicional, cuyo texto legal básico, que está en el propio origen del Derecho mercantil, es el CCom.



Además, de un conjunto normativo, parte esencial del Derecho mercantil, constituido por el Derecho de la competencia (regulan la competencia en el mercado) comprende: leyes que protegen la libre competencia o las que prohíben la competencia desleal, la propiedad intelectual (las leyes que regulan la propiedad industrial -patentes, marcas- y el Derecho de autor).

http://derecho.isipedia.com/tercero/derecho-mercantil-i/parte-1-primera-pruebapresencial/01-origen-evolucion-y-significado-actual-del-derecho-mercantil El concepto de Derecho mercantil El Derecho mercantil es aquel Derecho privado especial que tiene por objeto al empresario, al estatuto jurídico de ese empresario y a la peculiar actividad que éste desarrolla en el mercado. Empresario es aquella persona, natural o jurídica, que ejercita en nombre propio una actividad empresarial. Actividad empresarial es un modo especial de desarrollar, dentro del mercado, una actividad económica cualificada. El Derecho mercantil es Derecho privado, distinto del Derecho civil. El Derecho privado especial se contiene en el ordenamiento jurídico español en el Código de Comercio y sobre todo en las leyes mercantiles. El Derecho

español pertenece a los llamados sistemas dualistas, caracterizados por la división interna del Derecho privado. Origen y evolución del Derecho mercantil El ius mercatorum surgió con unas características muy peculiares: Era un Derecho de los comerciantes: agrupados en gremios o corporaciones. Era un Derecho usual: la costumbre, el uso de comercio se presenta como fuente primordial de creación del nuevo Derecho. Era un Derecho de producción autónoma y un Derecho de aplicación autónoma: el reconocimiento y elaboración de los usos comerciales a través de los tribunales de mercaderes y los estatutos de los gremios, y eventualmente de los estatutos u ordenanzas de las propias ciudades, consolidan la significación del Derecho mercantil como un Derecho mercantil como un derecho surgido del tráfico mismo, alejado de un Derecho emanado del poder legislativo del Estado. Era un Derecho de jurisdicción consular: resolvían las cuestiones o principios entre los asociados, administrando justicia entre los usos o costumbres del comercio. Era Derecho mercantil: era un derecho sustancialmente uniforme. La codificación mercantil española A comienzos del siglo XIX ya es posible percibir con claridad el giro histórico del Derecho mercantil preparado en la etapa anterior y encontrar las bases de una nueva orientación en consonancia con la ideología liberal triunfante. Suprimido el régimen gremial o cooperativo, el Código de Comercio francés delimita la competencia de los tribunales de comercio con arreglo al sistema objetivo. Características del Derecho mercantil contemporáneo La revolución industrial y la revolución postindustrial, han influido en el Derecho mercantil contemporáneo. De un lado la globalización de la economía ha dado lugar al nacimiento de una nueva ley mercadora. De otra parte, en el ámbito continental, el Tratado de Roma, por el que se constituyó la Comunidad Europea (CEE) y el Tratado de Maastrich, de constitución de la Unión Europea (UE), ambos modificados por el Tratado de Niza de 2001, así como el Tratado de Lisboa de 2007, han incidido íntimamente en el Derecho mercantil de los Estados miembros.

La "Propuesta de Código mercantil" de 2013 En el 2006 se encomendó a la Sección de Derecho mercantil de la Comisión de Codificación la elaboración de un Código mercantil para sustituir el Código de Comercio en el que se integrará y delimitará la legislación mercantil existente, y se modernizará y completará, la regulación vigente que afecte a las relaciones jurídico-privadas vinculadas a las exigencias de la unidad de mercado. En 2013, la Sección entregó al Ministro de Justicia, una extensa Propuesta de Código mercantil, en la que la materia mercantil experimenta una muy importante ampliación al situar en el centro del sistema al operador del mercado, sea empresario, sea cualquier otro profesional, es decir, cualquier persona que ejerza una actividad económica organizada de producción o de cambio de bienes o de prestación de servicios para el mercado.

Las fuentes del Derecho mercantil Derecho Mercantil El sistema de prelación de fuentes consignado en el art. 2 del Código de comercio (CCom) establece como fuentes del Derecho mercantil las siguientes: La Ley mercantil. La costumbre mercantil. El Derecho común.

https://juspedia.es/libro/mercantil-1