Analisis Del Codigo de Etica Del Cip

INTRODUCCION El ejercicio profesional y la práctica colegial de la ingeniería de Civil reclama, hoy más que nunca, dada

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INTRODUCCION El ejercicio profesional y la práctica colegial de la ingeniería de Civil reclama, hoy más que nunca, dada la función social del ingeniero y las implicaciones derivadas de sus actuaciones ante la sociedad y el resto de la profesión, la existencia de un código ético que sirva, no solamente como orientación de las actuaciones de los Ingenieros civiles, sino como referencia del compromiso deontológico que han adoptado, voluntariamente, para realizar sus tareas ante la sociedad. Las relaciones profesionales y colegiales del Ingeniero Civil son muy variadas y dan lugar a multitud de ejemplos en los que se hace necesario disponer de un Código Deontológico específico como guía general para el profesional y también para que el resto de la sociedad, incluidos sus propios compañeros, pueda valorar con unos principios básicos de común y obligada aplicación, la índole de su actuación, sus implicaciones, derechos y deberes. La actuación de los Ingenieros civiles ha de orientarse, prioritariamente, al servicio de la sociedad y a la mejora del bien común, velando por la defensa de los consumidores y usuarios, tomando como principios rectores la aplicación de las mejores tecnologías disponibles, la honradez en la ejecución de las tareas profesionales y colegiales, la consideración hacia otros profesionales, así como la ponderada valoración, de acuerdo con las situaciones, de los efectos de sus actuaciones. En el absoluto respeto a estas premisas, este Código Deontológico tiene el propósito de servir de ampliación y concreción de Colegios Profesionales, en el que se expresa que “es deber del Colegio Profesional ordenar en el ámbito de su competencia, la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares y ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional colegial.”

MARCO TEORICO INFORMACIÓN GENERAL El Código Deontológico vigente 10 de Agosto 2012. Consta de 231 Artículos y 4 Disposiciones Finales. Comprende 4 Títulos:    

Disposiciones Generales De las faltas contra la Ética De las Faltas contra la Institución Faltas contra el ejercicio de la actividad profesional

CÓDIGO DEONTOLÓGICO Reglamento ético de conducta, que contiene los deberes, valores y las normas morales y éticas, que rigen a los profesionales de la ingeniería en sus distintas especialidades. La deontología forma parte de lo que se conoce como ética normativa (la filosofía que indica qué debería considerarse como bueno y qué es lo que debería calificarse como malo). Esto quiere decir que cada profesión, oficio o ámbito determinado puede tener su propia deontología que indica cuál es el deber de cada persona. Lo habitual es que ciertas profesiones cuenten con un código deontológico, que es una especie de manual que recopila las obligaciones morales que tienen que respetar aquéllos que ejercen un trabajo. Es importante destacar que la deontología analiza los deberes internos del individuo; es decir, aquello que debe hacer o evitar según lo que dicta

su conciencia. Los valores compartidos y aceptados por la ética son recogidos por los códigos deontológicos. PRINCIPIOS GENERALES

Los ingenieros están al servicio de la sociedad contribuyen al bienestar humano, dan importancia a la seguridad y adecuada utilización de los recursos en sus tareas profesionales. Promover y defender la integridad, el honor y la dignidad de su profesión, contribuyendo con su conducta respeto a la sociedad, a sus miembros, con honestidad en su desempeño profesional Servir con fidelidad al público, empleadores y sus clientes; esforzarse por incrementar el prestigio, la calidad y la idoneidad de la ingeniería.

DE LAS FALTAS El CIP sanciona a los ingenieros que en el ejercicio de la Profesión, falten a las Leyes, al Estatuto o al Código Deontológico del CIP; estén o no colegiados o hábiles. Los tipos de faltas son:   

Contra la Ética Profesional: Contra la Institución: Contra el ejercicio de la actividad profesional.



Faltas contra la Ética Profesional:

a) Contra el juramento de incorporación al CIP. b) Faltas a la ética profesional, tipificadas en el Título II del presente Código 

Faltas contra la Institución:

a) Faltas en perjuicio de la institución.

b) Faltas a las normas contenidas en la Ley, el Estatuto, Reglamentos, Directivas y otros emitidas por los órganos del CIP. 

Faltas contra el ejercicio de la actividad profesional:

a) Ejercer labores propias de ingeniería sin estar colegiado en el CIP. b) Ejercer labores propias de la ingeniería sin encontrarse habilitado. c) Desempeñar cargos o realizar actividades inherentes a la ingeniería ya sea en entidades públicas, privadas o independientes sin contar con el respectivo certificado de habilidad otorgado por el CIP.

ÓRGANOS DEONTOLÓGICOS DEL CIP

Fiscalías Deontológicas: Califica las denuncias presentadas y de acuerdo a su evaluación deriva al Tribunal correspondiente; podrá apertura proceso en uno o más Tribunales simultáneamente. Tribunales Departamentales /Nacional de Ética: Resuelve las denuncias referidas a las faltas contra la ética profesional. Tribunales

Disciplinarios

Departamentales:

Resuelve

las

denuncias

referidas a las faltas contra la institución en cada Consejo Departamental. Tribunal Ad Hoc Profesional Nacional: Resuelve las denuncias referidas a las faltas contra el ejercicio de la actividad profesional.

IMPORTANCIA DEL CÓDIGO DEONTOLOGICO DEL CIP TÍTULO I: DE LA RELACIÓN CON LA SOCIEDAD Los ingenieros están en la capacidad de desarrollar e innovar con proyectos que beneficien a la sociedad, así como acreditar o autorizar planos, memorias, investigaciones, etc., Además los ingenieros están en la obligación de denunciar actos contrarios a las normas establecidas en el código de ética del Colegio de Ingenieros del Perú ante la autoridad competente a fin de que se

sancione a los responsables, la sanción será de un tiempo no mayor de seis meses dependiendo de la gravedad del caso. TÍTULO II: DE LA RELACIÓN CON EL PÚBLICO Los informes objetivos que presenten los ingenieros deben ser sencillos y fáciles de comprender, las opiniones que expresen los ingenieros deben estar basadas en un adecuado análisis. Los ingenieros deben estar en capacitación constante a fin de desarrollar proyectos innovadores y útiles a la sociedad, además los ingenieros no deben prestarse para promover proyectos de terceros con fines malévolos. TÍTULO

III:

DE

LA

COMPETENCIA Y

PERFECCIONAMIENTO

DE

PROFESIONALES Los ingenieros solo realizaran trabajos de ingeniería cuando cuenten con el conocimiento y la experiencia necesaria, si tuvieran problemas para seguir con del desarrollo normal de proyecto, están en la obligación de consultar con especialistas o expertos en el tema en la cual están trabajando, caso contrario los ingenieros deben estar en constante actualización de los temas de su campo asistiendo a cursos, seminarios, etc. Aceptar trabajos sin la experiencia necesaria, emitir conceptos profesionales sin certeza y falsificar datos académicos serán sancionados e inhabilitados según sea el caso. TITULO IV: DEL EJERCICIO PROFESIONAL Los ingenieros podrán hacer publicidad de sus servicios profesionales de manera verídica, podrán mencionar los lugares en donde hayan prestado sus servicios o donde actualmente estén laborando, también podrán publicar sus servicios profesionales en órganos o directorios reconocidos, así como hacer uso paneles o carteles haciendo de conocimiento de sus servicios o el rubro de su empresa. La competencia entre ingenieros debe ser leal, no aceptaran contratos en los cuales no hayan sido seleccionados, negociaran de forma justa y equitativa de acuerdo a las capacidad de los ingenieros para la obtención de un contrato. Los ingenieros deben informar a sus clientes cuando el proyecto en desarrollo no se tiene los resultados esperados, así mismo toda la información que se maneja entre el ingeniero y el empleador debe mantenerse en absoluta

discreción, los ingenieros dependientes no pueden actuar por sí mismo, deberán contar con un respaldo en la toma de decisiones. Los ingenieros que actúen como empleadores o funcionarios deberán ser imparciales al momento de contrataciones, premios o sanciones para los empleados, deberán actuar sin prejuicios, debe velar y cuidar por el bienestar del personal que está bajo su mando. Debe respetar y hacer respetar las normas de la empresa. TÍTULO V: DE LA RELACIÓN CON LOS COLEGAS Los ingenieros que trabajen para el sector público pueden y están en la obligación de revisar y dar su opinión si así lo requieren, sin dañar la reputación del autor de proyecto. No deberán asociarse con firmas para realizar proyectos fraudulentos, no debe apropiarse proyectos que no haya sido elaborado por sí mismo. Actos contrarios al código será sancionado según sea la gravedad del caso. TÍTULO VI: LOS DEBERES CON EL COLEGIO Los ingenieros deberán tener una activa participación con el colegio, asi como si son propuestos para tener cargos de responsabilidad deberán aceptarlos salvo que presenten una justificación válida para no aceptar el cargo, deberán animar a los demás ingenieros a que sean parte del Colegio de Ingenieros (que obtengan su colegiatura). TÍTULO VII: DE LAS SANCIONES Las infracciones que se cometan por parte de los miembros del Colegio de Ingenieros serán sancionados de acuerdo a la gravedad del caso ante las autoridades competentes. TÍTULO VIII: ALCANCE Y CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Las normas de este Código rigen el ejercicio de la ingeniería en toda su extensión y en todo el territorio nacional y ninguna circunstancia puede impedir su cumplimiento. Las sanciones que se aplican a los miembros son las siguientes: a) Amonestación.- exhortar al sancionado a cumplir con sus deberes profesionales y ceñirse al Código de Ética Profesional b) Suspensión.- inhabilitación temporal como miembro del CIP c) Expulsión.- pena máxima del CIP, sólo aplicable por mandato judicial o por causas de extrema gravedad.

El miembro que ha sido expulsado podrá ser miembro nuevamente por medio de un mandado judicial.

CONCLUSIONES  Los códigos deontológicos tienen la capacidad de ir constituyendo una guía hacia los valores éticos y profesionales sobre los cuales a formado la conciencia moral personal.  La gran importancia de los códigos y es que orientan al profesional a ir formando esa verdadera personalidad ética,  La existencia de códigos en una profesión ayuda a una persona a defenderse mejor de las presiones externas, es decir de la presión de los intereses y a la profesión en si a hacerse valer y respetar frente a los condicionamientos externos.  El compromiso de una profesión de llevar a cabo su misión de una forma moral y digna.  La motivación de los códigos deontológicos tiene que hacer mejores profesionales para servir mejor a la sociedad, es decir, potenciar el espíritu de servicio.