Agui Lucho

INFORME POLICIAL Nº ASUNTO : 2016-DIVPOL-AND/COMIS-PNP-OCOBAMBA. Diligencias practicadas con relación a la investigac

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INFORME POLICIAL Nº ASUNTO

:

2016-DIVPOL-AND/COMIS-PNP-OCOBAMBA.

Diligencias practicadas con relación a la investigación preliminar por Infracción a la Ley Penal por el Delito Contra la Libertad Sexual-actos contra el pudor, en agravio de la menor de iniciales K.C.N (14) y seguida contra el menor A.C.N (15), hecho ocurrido el día 20SET2016 a horas 19:00 aprox, en el sector denominado Tres Cruces-Ocobamba.

I. ANTECEDENTE DE LA DENUNCIA. Que, en el cuaderno denominado Acta de Recepción de Denuncia Verbal y Escrita, que corre a cargo de esta Comisaria, existe una cuyo tenor literal es como sigue. “CARDVE NºXXXXX, Acta de Recepción de Denuncia Verbal. En el Distrito de Ocobamba, siendo las 10:00 horas del día 22SET2016, se presentó ante el suscrito en la Sección de Delitos y Faltas de esta Comisaria de Ocobamba, la persona de Dina ZEA RAMIREZ (55), Ocobamba-Chincheros, casada, su casa, con DNI. Nº 09092264, con domicilio en el barrio Huancallo Bajo S/N OcobambaChincheros, quien denuncia lo siguiente. PRIMERO.- Que, la recurrente refiere que el día 22SET2016 a horas 02:00 aprox, su menor hija D.V.Z (15) fue víctima de actos contra el pudor, por parte de Percy ORTEGA ZARATE, en circunstancias que la menor se encontraba pernoctando sola en su habitación ubicado en dicho barrio, cuando de pronto sintió la presencia de un sujeto al parecer borracho por el aliento alcohólico que se sentía y este aprovechando que la menor descansaba sola en su cuarto este se sentó al costado de la cama y procedió a destapar la cama para tratar de descansar en la misma cama y al mismo tiempo tocarle con su mano la pierna derecha, por lo que mi menor hija al percatarse del hecho llamo a sus progenitores y ante esto el sujeto salió de la habitación saltando el cerco perimétrico de la vivienda, en este acto el esposo de la recurrente Eugenio VICLHEZ RAMIREZ, salió en busca de este sujeto, logrando agarrarlo a unos 20 metros de distancia y al percatarse que se trataba del hijo de su hermano le dejo ir, percatándose que este se encontraba en estado de ebriedad, y en ese instante por la Bullaque se generó vino la señora Alvina ZARATE QUISPE, quien es progenitora de Percy ORTEGA ZARATE, a quien se le hizo entrega de este para que se lo lleve a su domicilio para así poder conversar. SEGUNDO.- Por otro lado refiere que no comunico de inmediato del hecho a la policía en vista que se trataba de su sobrino ya que es hijo del hermano de su esposo, del mismo modo es la primera vez que pasa este tipo de hechos en su domicilio. Siendo las 10:30, del mismo día se concluye con la presente diligencia, procediendo a firmar en señal de conformidad. FDO. EL

INSTRUCTOR S3 PNP CISNEROS PICHIHUA DANTE. DENUNCIANTE DINA ZEA RAMIREZ Y LA MENOR. D.V.Z (15).

FDO.

LA

II. INVESTIGACIONES. A. Diligencias Efectuadas 1. Con Oficio N°773-2013-REGPOL-SUR-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP, se comunicó a la Dra. Gloria Elva DAVALOS MAMANI Fiscal Adjunta de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco, las fechas y horarios de citación de los denunciados. 2. Con Oficio N° 763-2013-REGPOLSUR-DITERPOL-ICA-DPP-CP, se solicitó a la Dra. Gloria Elva DAVALOS MAMANI Fiscal Adjunta de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco, la notificación de las personas de Aida Elena FLORES GODOY, Miguel Angel FLORES GODOY, Aldo Augusto FLORES GODOY y Reinaldo Federico MAGUIÑA GODOY. 2. Con Oficio N°023-2014-REGPOL-SUR-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP, se solicitó a la persona de Miguel Angel CASTILLO OLIDEN Alcalde de la Municipalidad Distrital de paracas, remita copias fedateadas del Expediente Coactivo N° 310-2014-EC/MDP y N°001-2005-EC/MPP. 3. Con Oficio N°065-2014-REGPOL-SUR-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP, se solicitó al encargado de la oficina distrital de condenas de la corte superior de justicia de Ica, los Antecedentes Penales y Judiciales que pudieran registrar las personas de: José Medardo BELLIDO TOLEDO, Edgard Venancio CONTRERAS ROMERO, Gabriela Martina MOREYRA QUISPE, José Alberto TIPACTI FLORES y Miguel Angel CASTILLO OLIDEN. B. Manifestaciones Recibidas de: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Aida Elena FLORES GODOY (46) José Medardo BELLIDO TOLEDO (51) Edgard Venancio CONTRERAS ROMERO (25) Gabriela Martina MOREYRA QUISPE (51) José Alberto TIPACTI FLORES (54) Miguel Angel CASTILLO OLIDEN (53)

D. Documentos Recibidos: 1. De la Divison Policial Pisco.

-

A Fls. (02) fichas de datos RENIEC de José Medardo BELLIDO TOLEDO y Edgard Venancio CONTRERAS ROMERO.

III. SITUACION DE LOS IMPLICADOS. --- Qué, las personas de: José Medardo BELLIDO TOLEDO, Edgard Venancio CONTRERAS ROMERO, Gabriela Martina MOREYRA QUISPE, José Alberto TIPACTI FLORES y Miguel Angel CASTILLO OLIDEN, se encuentra debidamente NOTIFICADOS a fin de que se presente ante la Autoridad competente, las veces que sea requerida su presencia. IV. ANEXOS: - Seis manifestaciones. - Una ficha de datos Reniec de: José Medardo BELIDO TOLEDO. - Una ficha de datos Reniec de: Edgard Venancio CONTRERAS ROMERO. - Una copia simple del Oficio N°773-2013-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP. - Una copia simple del Oficio N°763-2013-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP. - Una copia simple del Oficio N°023-2014-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP. - Una copia simple del Oficio N°65-2014-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP -Una carpeta Fiscal N°2013-1231 con anexos a Fls. (25) Paracas, 17 de Febrero del 2014. EL INSTRUCTOR

“AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y COMPROMISO CLIMATICO”

Paracas, 17 de Febrero del 2,014 OFICIO Nº 167-2014- REGPOL-SUR-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP. SEÑOR

:

Dra. Gloria Elva DAVALOS MAMANI. Representante del Ministerio Público de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Provincia de Pisco.

ASUNTO

:

Informe Nº 030-2014-REGPOL-SUR-DIRTEPOL-ICA-DPPCP., por motivo que se indica.-REMITE.

REF.

:

Carpeta Fiscal N°2013-1231.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad de remitirle adjunto al presente el documento indicado en el asunto, formulado con relación a la Investigación preliminar seguida contra José Medardo BELLIDO TOLEDO, Edgard Venancio CONTRERAS ROMERO, Gabriela Martina MOREYRA QUISPE, José Alberto TIPACTI FLORES y Miguel Angel CASTILLO OLIDEN por la presunta comisión del Delito Contra la Administración Publica en la modalidad de Abuso de Autoridad y Resistencia o Desobediencia a la Autoridad en agravio de la Sucesión GODOY representada por las personas de Aida Elena FLORES GODOY, Miguel Angel FLORES GODOY, Aldo Augusto FLORES GODOY y Reinaldo Federico MAGUIÑA GODOY. Sea propicia la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal. Dios guarde a Ud.

ALM/btn.

INFORME POLICIAL Nº ASUNTO

:

-2016-DIVPOL-AND/COMIS-PNP-OCOBAMBA.

Diligencias practicadas con relación a la investigación preliminar por Infracción a la Ley Penal por el Delito Contra la Libertad Sexual-actos contra el pudor, en agravio de la menor de iniciales K.C.N (14) y seguida contra el menor A.C.N (15), hecho ocurrido el día 20SET2016 a horas 19:00 aprox, en el sector denominado Tres Cruces-Ocobamba.

I. ANTECEDENTES DE LA DENUNCIA. Que, en el cuaderno denominado Ocurrencia de Calle Común, que corre a cargo de esta Comisaria, existe una cuyo tenor literal es como sigue. “COCC Nº41-2016, Transcribe Acta de Intervención Policial. En el Distrito de Ocobamba, siendo las 19:00 horas del día 20SET2016, el suscrito juntamente con el SO3 PNP CCOICCA ATAO Ramiro, se encontraban de servicio a bordo de la Unidad móvil KM-9829, por diferentes arterias del Distrito de Ocobamba, se procede a realizar la presente diligencia según se detalla a continuación. PRIMERO.- A mérito de una llamada telefónica de la persona de Marina REYNAGA FARFAN, mencionando que en el sector denominado Tres Cruces habría ocurrido un posible intento de violación a una menor de edad, por lo que de inmediato personal PNP se dirigió al lugar antes mencionado. SEGUNDO.- Personal PNP a bordo de la Unidad Policial KM-9829, dirigiéndose al lugar de los hechos, en una de las curvas del sector denominado Tres Cruces nos encontramos con la menor de iniciales K.C.N (14), quien supo manifestar entre lágrimas que era la persona que habría sufrido dicho hecho, donde también refirió que conocía el domicilio del supuesto agresor, por lo que de inmediato nos dirigimos al lugar en compañía de la menor. TERCERO.- In situ en el domicilio se intervino a la persona de Abel CACERES NERY (15), estudiante, soltero, con domicilio Tres Cruces, en compañía de su señor padre Roberto CACERES HUACRE (50), con DNI Nº31469824, por lo que de inmediato se les condujo a esta Comisaria PNP Ocobamba para las investigaciones de ley. Siendo las 19:20, del mismo día se concluye con la presente Acta de Intervención Policial. FDO. EL INSTRUCTOR S3 PNP CISNEROS PICHIHUA DANTE. Vo. Bo. RAMIREZ VERA Javier. Comisario de Ocobamba. II. INVESTIGACIONES. A. Diligencias Efectuadas 1. Con Oficio N°352-2016-REGPOL-APU/DIVPOL-AND/CMDCIA-R-CHCPNP-OCO, se solicitó al Departamento de Medicina Legal de

Andahuaylas, el RML y la Evaluación Psicológica en la menor de iniciales K.C.N (14), y que hasta la formulación del presente documento no se ha recepcionado el resultado. 2. Con Oficio N°350-2016-DIVPOL-AND/COMIS-PNP-OCOBAMBA, se solicitó al Centro de Salud del Distrito de Ocobamba, el RML y la Evaluación Psicológica del menor de iniciales A.C.N (16), y que hasta la formulación del presente documento solo se recepciono el RM del menor con el siguiente resultado: NO AMERITA, salvo mejor opinión del Médico Legista. 3. Con Oficio N°353-2016-DIVPOL-AND/COMIS-PNP-OCOBAMBA, se solicitó al Centro de Salud del Distrito de Ocobamba, la Evaluación Psicológica del menor de iniciales A.C.N (16), y que hasta la formulación del presente documento no se ha recepcionado el resultado.

4. Con Oficio N°408-2016-REGPOL-APU/COMIS-SEC-CHI/COMIS-PNPOCOB, se solicitó al Departamento de Medicina Legal de Andahuaylas, el resultado de los exámenes de los menores K.C.N (14) y A.C.N (16), y que hasta la fecha no se ha tenido respuesta alguna. . IV. ANEXOS: - Seis manifestaciones. - Una ficha de datos Reniec de: José Medardo BELIDO TOLEDO. - Una ficha de datos Reniec de: Edgard Venancio CONTRERAS ROMERO. - Una copia simple del Oficio N°773-2013-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP. - Una copia simple del Oficio N°763-2013-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP. - Una copia simple del Oficio N°023-2014-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP. - Una copia simple del Oficio N°65-2014-DIRTEPOL-ICA-DPP-CP -Una carpeta Fiscal N°2013-1231 con anexos a Fls. (25) Paracas, 17 de Febrero del 2014. EL INSTRUCTOR

INFORME POLICIAL Nº 40-2015-DIVPOL-AND/CMDCIARUR-CH/OCO.

ASUNTO

I.

:

Diligencias efectuadas en torno a la denuncia por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de maltrato físico, seguida contra Lurdes CCORAHUA SULCA en agravio de Neri Paulina DELGADO DE GERREROS, hecho ocurrido el día 25 de Setiembre del 2016 en el barrio Tres cruces, distrito Ocobamba, provincia Chincheros.---------------------------------

INFORMACIÓN.

---Que, en el cuaderno de denuncias por Faltas que corre a cargo de la comisaría de Ocobamba, existe una signada con el N° 10, cuyo tenor literal es como sigue: --------------------------------------------------------------------------“DDF.- 08.- HORA: 10:00.- FECHA: 25SET2016.- SUMILLA: Transcribe acta de recepción de denuncia verbal por faltas contra la persona (maltrato físico).- CONTENIDO DE LA DENUNCIA: En el distrito de Ocobamba, provincia Chincheros, departamento Apurímac, siendo las 10:00 horas del

día 25 de Setiembre del 2016, presente en la Oficina de Delitos y Faltas de la CPNP Ocobamba la persona de Neri Paulina DELGADO DE GERREROS, natural del distrito de Ocobamba, estado civil casada, grado de secundaria completa, ocupación su casa, identificado con DNI N° 31470974 y con domicilio en barrio Anansayocc–Ocobamba, interponiendo denuncia por faltas contra la persona (maltrato físico) en contra de Lurdes CCORAHUA SULCA, que según refiere la denunciante se dirigía a su chacra ubicado en el barrio de Tres Cruces, encontrándose así con la denunciada que venía en sentido contrario junto con su esposo a bordo de una motocicleta, deteniéndose y empezando a reclamar del porqué había matado a sus gallinas y una seria de cosas mas, el cual la denunciante desconocía el motivo de por qué le estaban reclamando y haciendo caso omiso, la denunciante continuo con su camino dirigiéndose así a su sembrío y al llegar se encontró con su esposo, apareciendo de repente al borde de la chacra la denunciada junto con su esposo profiriendo palabras soeces por que las gallinas de la denunciada habían muerto a consecuencia de que el esposo de la denunciante Lorenzo GERREROS VILCHES había fumigado dicho sembrío de papa y las gallinas de propiedad de la denunciada habían muerto, furiosa y prepotente agarro la gallina muerta y lanzo con esta y agrediéndome físicamente con puñetes y patadas mientras los esposos tanto de ella como el mío no hicieron nada por dar fin a dicha gresca .- Por lo que pone en conocimiento de la PNP para fines de investigación.Siendo las 11:30horas del mismo se dio por culminado la presente diligencia que firman el instructor y el denunciante en señal de conformidad.- Fdo. El instructor.- Fdo. El denunciante.- Vo. Bo. SOB PNP José OSCCO TORRES Comisario del distrito de Ocobamba”.----------------------------------------------------------------II. INVESTIGACIONES. A. Diligencias Efectuadas 5. Con Oficio N° 500-2015-DIVPOL-AND/CMDCIA-CH/CPNP-PNPOCO., se solicitó al CS. Ocobamba el examen de evaluación psicológica en la persona de RevecaReymunda RAMIREZ DE QUISPE.--------------------------------------------------------------------6. Con la respectiva citación policial se citó a la denunciante RevecaReymunda RAMIREZ DE QUISPE, a fin de con concurra a esta Dependencia Policial para que declare con relación al hecho

de la denuncia interpuesta por la presunta comisión de faltas contra la persona en contra de Alfonso OSCCO ASPUR.-----------------------7. Con la respectiva citación policial se citó al denunciado Alfonso OSCCO ASPUR para que comparezca a esta Comisaría de Ocobamba con la finalidad de que presente su descargo frente a la imputación que efectúa en su contra por faltas contra la persona (maltrato de obra).------------------------------------------------8. Se recabó la copia xerográfica de DDNNII de la agraviadaRevecaReymunda RAMIREZ DE QUISPE.----------------------------B. Declaraciones recepcionados Se ha recibido la declaración de: 1. RevecaReymunda RAMIREZ DE QUISPE 2. Alfonso OSCCO ASPUR

(56). (53).

C. Documentos recibidos 1. Del Centro de Salud de Ocobamba se ha recepcionado el INFORME PSICOLÓGICO N° 050-2015-GWFE-PIR-OCO/CSOCO/DISA APURÍMAC II, practicado en RevecaReymunda RAMIREZ DE QUISPE.----------------------------------------------------III. ANALISIS Y EVALUACION DE LOS HECHOS. A. El día 13 de noviembre del presente año siendo las 11:00 horas se presentó a esta Comisaría de Ocobamba a persona de RevecaReymunda RAMIREZ DE QUISPE, interponiendo denuncia contra Alfonso OSCCO ASPUR por supuestos actos de faltas contra la persona (maltrato de obra), hecho que habría suscitado el día 09 de noviembre de los corrientes a las 17:30 horas aprox., en el Barrio Primero de Mayo – Ocobamba, razón por el cual se efectuó las diligencias pertinente B. s para el esclarecimiento.---------------------------

C. El día de los hechos, la denunciante se encontraba en su predio ubicado en Barrio Primero de Mayo cortando alfalfar, circunstancias que hizo su aparición el denunciado comenzando a insultar a la recurrente y amenazar de muerte a su cónyuge pero dirigiéndose a ésta, con palabras como a continuación se menciona: “…ese Hermogenes QUISPE GUTIERREZ para mí no es nada…ese es dueño del agua…ese es una basura…”, “…que cuide a sus hijos…yo conozco de las leyes…después no van a estar lamentando…”, “…yo voy a dar vuelta rapidito y no va a pasar nada…”, “…ese tú esposo es una mierda, con él no pasa nada, …que se cuide…”. Con estas palabras insultó a la recurrente todo el momento hasta que se retire del terreno, y estas ofensas ha sido sin que la agraviada haya dado motivo alguno al agresor.--------------D. El denunciado Alfonso OSCCO ASPUR negó categóricamente los hechos que se le imputa en su contra manifestando que aquel día estaba en estado de ebriedad, no recordando nada en lo absoluto de lo que haya sucedido; como se podrá apreciar en la declaración del denunciado en todo momento evadió las respuestas al parecer con el único fin de eludir su responsabilidad, por lo que debe ser valorado esta actitud en ese despacho judicial. -------------------------IV. SITUACIÓN DEL IMPLICADO --Que, la persona de Alfonso OSCCO ASPUR, ha sido debidamente NOTIFICADO para que se presente ante la autoridad judicial competente las veces que se requerido su presencia, por lo que se pone a disposición en calidad de CITADO.------------------------------------V. ANEXOS: -

Dos declaraciones.-----------------------------------------------------------------INFORME PSICOLÓGICO N° 050-2015-GWFE-PIR-OCO/CSOCO/DISA APURÍMAC II.-------------------------------------------------------Una constancia de notificación.-------------------------------------------------Una copia xerográfica de DDNNII.----------------------------------------------

Ocobamba, 30 de noviembre del 2015.

EL INSTRUCTOR ES CONFORME

“AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y COMPROMISO CLIMATICO”

Paracas, 20 de Marzo del 2,014 OFICIO Nº279-2014- REGPOL-ICA-DIVPOL-PISCO-CP. SEÑOR

:

Dra. Rosio Del Carmen MORALES NAVARRO. Representante del Ministerio Público de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Provincia de Pisco.

ASUNTO

REF.

:

:

Informe Nº057-2014-REGPOL-ICA-DIVPOL-PISCO-CP.,por motivo que se indica.-REMITE. Carpeta Fiscal N°N°1631-2013.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad de remitirle adjunto al presente el documento indicado en el asunto, formulado con relación a las consideraciones expuestas en su contenido. Sea propicia la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal. Dios guarde a Ud.

AES/btn.