Afectacion en Uso Aportes

CURSO TALLER PARA LA GESTIÓN DE LA PROPIEDAD ESTATAL -Actos de Administración- Desafectación de Dominio de áreas de eq

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CURSO TALLER PARA LA GESTIÓN DE LA PROPIEDAD ESTATAL -Actos de Administración-

Desafectación de Dominio de áreas de equipamiento urbano -El caso de los predios afectados en uso por COFOPRI a favor de las Municipalidades para destinarlos a parque-jardín-

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO Bienes de dominio público  Son aquellos destinados al uso público o la prestación de un servicio público.

 No son objeto de disposición (inalienable), no pueden adquirirse por el paso del tiempo (imprescriptible) y no es factible su embargo (inembargable).  Pueden ser concesionados a particulares.  Los aportes reglamentarios y las áreas de equipamiento urbano se constituyen como bienes de dominio público.  Pueden ser asignados o reasignados o regularizados mediante afectación en uso.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO Lotes de Aporte Reglamentario El proceso de habilitación urbana requiere de aportes gratuitos y obligatorios para fines de recreación pública, que son áreas de uso público irrestricto; así como para servicios públicos complementarios como educación, salud y otros fines.

Los aportes otorgados a consecuencia de los procedimientos de habilitación urbana concluidos o futuros, son inalienables, inembargables e imprescriptibles, en ningún caso pueden ser transferidos a particulares y/o modificarse el uso para el que fueron destinados originalmente, salvo casos previstos en la Ley.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO Lote de Equipamiento Urbano Un lote será considerado de equipamiento urbano cuando así lo determine el correspondiente Plano de Trazado y Lotización de una posesión informal aprobado por COFOPRI o cuando esté destinado a brindar un servicio a la población.

Estos lotes pueden ser adjudicados por COFOPRI mediante afectación en uso a instituciones públicas o privadas sin fines de lucro para el cumplimiento de sus fines, por un plazo determinado o indeterminado. Si el lote es afectado en uso para ser destinado a un uso público o servicio público se constituye como bien de dominio público.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO Lote de Equipamiento Urbano COFOPRI afectó en uso diversos lotes de equipamiento urbano a favor de Gobiernos Locales para que lo destinen a parque jardín (conforme a su competencias), siendo bienes de dominio público. Según previsión legal los predios afectados en uso por COFOPRI, son de dominio o titularidad del Estado, representado por la SBN.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO DESAFECTACIÓN: Acto administrativo mediante el cual se despoja a un predio de su condición de dominio público, incorporándolo al dominio privado del Estado.

CONSECUENCIAS:  El bien de dominio público pierde sus características esenciales: inalienabilidad e imprescriptibilidad.  El bien ingresa al tráfico jurídico.  Pasible de actos de gestión.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO Competencias Según previsión legal, es función y atribución de la SBN el trámite y aprobación de los procedimientos de desafectación de dominio; sin perjuicio, de la competencia de las Municipalidades para desafectar predios que se encuentren bajo su administración.

Se trata de una competencia compartida entre SBN y las Municipalidades, por mandato legal.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO

Presupuesto legal: La desafectación de un bien de dominio público, al dominio privado del Estado procederá cuando haya perdido la naturaleza o condición apropiada para su uso público o prestar un servicio público, y será aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias (…)

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO Presupuesto legal:  Siendo que la administración de los parques es competencia de las Municipalidades, es facultad de las mismas sustentar la desafectación de dominio del área de equipamiento urbano destinada a parque.  La SBN extingue la afectación en uso otorgada por COFOPRI.  La titularidad del dominio corresponde al Estado, representado por la SBN; por lo que, la gestión ante SUNARP de la inscripción del cambio de naturaleza jurídica de dominio público al dominio privado del predio, corresponde a la SBN.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO Criterios a evaluar a) La Municipalidad debe iniciar un procedimiento técnico de control urbano, donde se analice y verifique si el predio ha perdido su naturaleza y condición apropiada para el uso público o prestación del servicio público al cual estaba destinado. b) Si existen otras áreas públicas que satisfagan adecuadamente la necesidad del uso o prestación del servicio público a la que estaba destinado el predio.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO

c)

Si el predio se encuentra ocupado, debe evaluarse si la consolidación del uso público o servicio público puede ser reversible, dando preferencia al interés colectivo frente al interés particular.

d)

Si el proyecto a ejecutar sobre el predio y que motiva la desafectación de dominio resulta más provechoso al interés del Estado y la sociedad, que el cumplimiento de la finalidad asignada previamente.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO

Regularización Puede regularizarse la ocupación de un lote de equipamiento urbano destinado a parque/jardín a través del procedimiento de reasignación de la administración del predio, lo cual es competencia de la SBN; así como la extinción de la afectación en uso. La reasignación se sustenta en el Informe Técnico Legal emitido por la Municipalidad, luego del procedimiento técnico de control urbano.

DESAFECTACIÓN DE DOMINIO

Incompatibilidad de zonificación Si el uso o servicio público que se pretende ejecutar o se viene ejecutando en lote de equipamiento urbano es incompatible con la zonificación o el uso del suelo, se debe gestionar el cambio de zonificación o de uso de suelo, el cual es aprobado por Acuerdo de Concejo y se tramita acorde con la normatividad de la materia.

Afectación en Uso

-Actos de Administración de predios estatales-

AFECTACIÓN EN USO

¿Administración de bienes? “Los actos de administración son actos de gestión de los intereses patrimoniales a los de una determinada actividad, cuya principal finalidad consiste en la conservación del patrimonio administrado” (1).

“La administración es la gestión, gobierno de los intereses o bienes” (2).

¿Administración de bienes estatales? Son actos a través de los cuales se ordena el uso y el aprovechamiento de los bienes estatales y que no implican desplazamiento de dominio.

(01) PRIORI POSADA, Giovanni. Poder General y Poder Especial. En: Código Civil comentado por los 100 mejores especialistas. Tomo I. Título Preliminar. Derecho de las Personas. Acto Jurídico. Lima. Gaceta Jurídica. Pág. 660.

(02) CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Diccionario Jurídico Elemental. Buenos Aires. Editorial Heliasta SRL. 1998. pág. 27

AFECTACIÓN EN USO

Definición Procedimiento por el cual el Estado o una entidad pública cede a otra el derecho de administrar un predio de su propiedad para que lo destine al uso público o a la prestación de un servicio público; y, excepcionalmente, para fines de interés y desarrollo social.

Gratuito

Sujeto a plazo

Proyecto

AFECTACIÓN EN USO

COAFECTACIÓN Existe cuando dos o más entidades destinan parcialmente un mismo inmueble a un servicio público; asumiendo proporcionalmente los gastos de conservación, mantenimiento y tributarios.

AFECTACIÓN EN USO EL AFECTATARIO DERECHOS

OBLIGACIONES

 Usar, disfrutar y administrar el predio.

 Conservar diligentemente el predio  Cumplir con la finalidad.

 Construir y remodelar el predio.  Suscribir documentos públicos o privados para la mejor administración del predio.  Solicitar la demolición del predio.

 Asumir los gastos de conservación y mantenimiento  Devolver el íntegramente el predio.  Efectuar la declaratoria de fábrica.

AFECTACIÓN EN USO

Anteproyecto de obra Factibilidad económica Planos y Memoria descriptiva Certificado de parámetros urbanísticos (en caso de existir)

AFECTACIÓN EN USO COMPETENCIAS

PROPIETARIO

SUSTENTACION EXP. TECNICO

APROBACION

FUNCIONARIO COMPETENTE

ESTADO (GORE SIN TRANSFERENCIA)

SBN

SBN

ROF SBN (*)

ESTADO (GORE CON TRANSFERENCIA)

GOBIERNO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL

ROF GOBIERNO REGIONAL (*)

ENTIDAD PUBLICA

ENTIDAD PUBLICA

ROF DE LA ENTIDAD (*)

ENTIDAD PUBLICA

(*) La autoridad administrativa que se indique en el ROF de la respectiva institución.

AFECTACIÓN EN USO REGULARIZACIÓN Los predios que estén siendo destinados al uso público o que sirvan para la prestación de un servicio público, podrán ser afectados en uso, en vía de regularización, por la SBN, a favor de la entidad responsable de la administración del bien o de la prestación del servicio.

AFECTACIÓN EN USO Incumplimiento de la finalidad

Otras determinadas por ley

Renuncia

Cese de la finalidad

Extinción de la entidad

EXTINCIÓN

Consolidación del dominio

Destrucción del bien

AFECTACIÓN EN USO 1

SOLICITUD

2

3

4

VERIFICAR DOCUMENTACION

EVALUACIÓN LIBRE DISPONIBILIDAD DEL PREDIO

INFORME TÉCNICO LEGAL

Información complementar ia

5

RESOLUCIÓN

NO

6

Fin del procedimiento

NO

Fin del procedimient o

8

7

ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN

ACTUALIZAR SINABIP

ARCHIVO DEL EXPEDIENTE

Cesión en Uso

-Actos de Administración de predios estatales-

CESIÓN EN USO

Definición Se otorga el derecho excepcional, de usar temporalmente a título gratuito un predio estatal a un particular, para que lo destine a la ejecución de un proyecto de desarrollo social, cultural o deportivo sin fines de lucro.

CESIÓN EN USO

Se dirige a particulares y a título gratuito

Es a plazo determinado (10 años) renovables Sobre predios de libre disponibilidad, debidamente saneados El predio se destina a proyectos de desarrollo social, cultural y/o deportivo sin fines de lucro

CESIÓN EN USO 1

SOLICITUD

2

3

4

VERIFICAR DOCUMENTACION

EVALUACIÓN LIBRE DISPONIBILIDAD DEL PREDIO

INFORME TÉCNICO LEGAL

Información complementar ia

5

RESOLUCIÓN

NO

6

Fin del procedimiento

NO

Fin del procedimient o

8

7

ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN

ACTUALIZAR SINABIP

ARCHIVO DEL EXPEDIENTE

Gracias, por su atención…

Abog. Christian Roger Morón Vásquez

Abogado especialista en bienes inmuebles del Estado [email protected] Telef. (01) 3174400