Acuerdo de Confidencialidad

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Conste por el presente documento privado, el Acuerdo de Confidencialidad (el “Acuerdo”) que

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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Conste por el presente documento privado, el Acuerdo de Confidencialidad (el “Acuerdo”) que suscriben: ________, con RUC No. ____, con domicilio para estos efectos en _______, debidamente representada por ______, Sr. ______, identificado con DNI No. ______, según poder inscrito en la Partida Electrónica No. ____ del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, (en adelante, XXXXX); y, ________, con RUC No. ____, con domicilio para estos efectos en _______, debidamente representada por ______, Sr. ______, identificado con DNI No. ______, según poder inscrito en la Partida Electrónica No. ____ del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, (en adelante, YYYYY). El presente Acuerdo se celebra en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha ___ de ___ de _____, las partes suscribieron un Contrato de _____ (en adelante, el “Contrato”) a través del cual XXXXX se comprometió a ______. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los términos que regirán el conocimiento, uso, reserva y disposición por parte de XXXXX, de cualquier tipo de Información Confidencial relacionada con el Contrato, que sea de propiedad directa o indirecta de YYYYY. CLÁUSULA TERCERA: INFORMACION CONFIDENCIAL Se entiende por Información Confidencial en los términos de este Acuerdo, toda la información técnica, económica, financiera, comercial y en general cualquier información de propiedad de YYYYY relacionada con el Contrato, que YYYYY proporcione a XXXXX o a cualquier persona natural o jurídica o entidad pública o privada que XXXXX designe para recibir la misma, ya sea en forma escrita, oral, impresa, medio magnético o por cualquier otro medio posible, en el marco del Contrato. De acuerdo con ello se entiende dentro de los alcances de Información Confidencial, sin que dicha enumeración resulte taxativa o limitativa, cualquier modelo, resumen, cuadro, análisis, antecedente, todo tipo de información comercial, información sobre costos, información estratégica, know-how, información sobre la marcha de la empresa, propiedad intelectual, secretos industriales y comerciales, análisis y/o estudios de mercado, valorizaciones, relación de clientes y potenciales clientes, presupuestos, proyectos, hojas de términos, evaluaciones, propuestas y, en general, cualquier documento o información adicional elaborada por los empleados, asesores o consultores de YYYYY o preparada por terceros a requerimiento de éste.

El término Información Confidencial no incluye información que: (a) sea o haya sido generada lícita e independientemente por XXXXX; (b) sea conocida lícitamente por XXXXX antes de que YYYYY se la hubiera transmitido; o, (c) haya sido autorizado expresamente y por escrito por YYYYY para divulgarla. YYYYY mantendrá la propiedad sobre la Información Confidencial, independientemente de que la comparta o no con XXXXX durante la prestación de los servicios previstos en el Contrato. CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE XXXXX Como consecuencia de la suscripción del presente Acuerdo, XXXXX se obligan a: (i) mantener bajo estricta confidencialidad y reserva todos los documentos, datos, informaciones, procedimientos, ideas, precios, costos, estrategias, detalles y demás información relacionada con el Contrato, y en general toda la Información Confidencial; (ii) no utilizar la Información Confidencial para el beneficio directo o indirecto de ninguna otra persona, entidad o compañía sin autorización previa y por escrito de YYYYY; (iii) instruir a cada uno de sus empleados, funcionarios, y representantes sobre el carácter confidencial y adecuado manejo de la Información Confidencial; y, (iv) a solicitud de YYYYY, destruir inmediatamente las copias de toda la Información Confidencial entregada a XXXXX, así como eliminar cualquier registro que pudiese tener de la misma. CLÁUSULA QUINTA: PLAZO Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente Acuerdo se mantendrán vigentes aún cuando la relación contractual generada entre XXXXX y YYYYY en virtud del Contrato haya concluido. CLÁUSULA SEXTA: APLICABILIDAD El presente Acuerdo no se aplicará en los siguientes casos: (i) cuando XXXXX se vea obligada a revelar la información por mandato legal, judicial, administrativo o arbitral, en cuyo caso deberá comunicarlo de inmediato y por escrito a YYYYY; y, (ii) cuando la información era o se convierta en accesible al público en general por razones distintas al incumplimiento de este Acuerdo. CLÁUSULA SÉTIMA: CESIÓN Este Acuerdo no puede ser cedido total ni parcialmente por las partes bajo ninguna circunstancia, salvo autorización expresa y por escrito de la otra. CLÁUSULA OCTAVA: LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Este Acuerdo es celebrado y deberá ser interpretado y ejecutado de acuerdo con las leyes de la República del Perú. Las partes convienen que, en caso de producirse alguna controversia, litigio o reclamación entre ellas relacionada a la interpretación, ejecución o eventual incumplimiento, terminación, invalidez o ineficacia de este Acuerdo, harán sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa de sus diferencias mediante trato directo y

siguiendo las reglas de la buena fe y atendiendo a la común intención expresada en el presente Acuerdo. Si a pesar de ello las diferencias subsisten, la controversia será sometida a la decisión inapelable de un tribunal arbitral compuesto de tres miembros, dos de los cuales serán nombrados por YYYYY y por XXXXX y los dos árbitros así designados nombrarán de común acuerdo al tercero, quien presidirá el Tribunal. Si no existiera acuerdo sobre la designación del tercer árbitro o si YYYYY y/o XXXXX no designaran al suyo dentro de los diez (10) días hábiles de ser requerida al efecto, el nombramiento correspondiente se hará a petición de cualquiera de ellas por el Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. El arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Lima, se sujetará al Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima y no podrá exceder de 60 días desde la instalación del Tribunal Arbitral, pudiendo los árbitros prorrogar dicho plazo por causas justificadas. El arbitraje será de derecho. Este Acuerdo solo podrá ser modificado por intermedio de un instrumento escrito firmado por las partes. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en dos (2) ejemplares de idéntica validez, en la ciudad de Lima, a los ____ días del mes de _______ de ____.