Juan Luis Hernández González. ES172002638 Fundamentos del delito y los delitos en particular. Actividad 1 Los delitos en
Views 110 Downloads 1 File size 548KB
Juan Luis Hernández González. ES172002638 Fundamentos del delito y los delitos en particular. Actividad 1 Los delitos en la doctrina.
SEPTIEMBRE/2018
1. Lee el texto de apoyo. 2. Consulta fuentes académicamente confiables sobre el tema. 3. En un archivo identifica las diferencias entre delitos particulares y delitos especiales, preferentemente en un cuadro comparativo. Definición. Delitos en particular.
Diferencias.
Amuchategui nos indica
Después de haber leído y
que, “Cuando los delitos de
analizado cada una de las
daño se diferencian de os
características podemos
de peligro, se hace
determinar que los delitos
referencia a la afectación
en particular o comunes,
del bien jurídico tutelado
atienden a los sujetos
(daño) o al riego en que se
activos o pasivos que
puso a aquel (peligro)”
pueden ser determinados o
(Amuchategui Requena,
indeterminados, y se
2012). Entonces como se
encuentran dentro del
puede apreciar son
código penal, en cambio
aquellos en se protege el
los llamados delitos
bien jurídico tutelado por la
especiales se toman como
ley penal. Dentro de estos
las disposiciones
delitos se encuentran:
normativas penales que no
homicidio, participación en
forman parte del código
el suicidio, aborto,
penal pero que tipifican un
infanticidio, homicidio en
delito, los cueles se
razón del parentesco o
encuentran en el conjunto
relación, violencia familiar y
de normas jurídicas
feminicidio; en lo que
relativas a los delitos,
respecta al bien tutelado de
penas y medidas de
la vida, respecto al bien
seguridad, tipificadas en
tutelado de la integridad
leyes o tratados
corporal está el delito de
internacionales de
lesiones.
naturaleza distinta a la
penal, como se aprecia en el art. 6 del CPF. Artículo 6o.- Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán éstos, tomando en cuenta las disposiciones del Libro Primero del presente Código y, en su caso, las conducentes del Libro Segundo. Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá sobre la general. En caso de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes siempre se procurará el interés superior de la infancia que debe prevalecer en toda aplicación de ley.
Delitos especiales.
Se constituyen en las diferentes normativas penales las cuales no forman parte de la CP, en estas se tipifican los delitos; y que de igual forma se busca la protección de bienes jurídicos insertos en leyes de naturaleza distinta a la penal como se mencionó al principio; la SCJN establece que no es exacto que la ley penal este constituida por el código de la materia sino
que al lado del mismo se hallan muchas disposiciones dispersas en diversos ordenamientos y no por ello estas normas pierden su carácter de penales, pues basta que establezcan delitos e impongan penas para integrar junto con el código una ley penal (Ley Especial). Los delitos especiales se ubican en: CPF, Ley de Amparo, Código Fiscal de la Federación, Ley General para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro, Tratados Internacionales, entré otras.
Referencias Amuchategui Requena, I. G. (2012). Derecho Penal. Cuarta Edicion. México: Oxford University Press México S.A de C.V. Código Penal Federal. (2018). Universidad de Navarra. (s.f.). Obtenido de Delitos comunes y delitos especiales.: http://www.unav.es/penal/crimina/topicos/delitoscomunesyespeciales.html