Acta de Reconocimiento Judicial

DESPACHO 319-2012/Of 2° JUICIO SUMARIO 01046-2010-00960/ OF. 1° En el municipio de Santa Catarina Pínula del departamen

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DESPACHO 319-2012/Of 2° JUICIO SUMARIO 01046-2010-00960/ OF. 1°

En el municipio de Santa Catarina Pínula del departamento de Guatemala, el dos de abril del año dos mil doce, siendo las diez horas se constituye la infrascrita Juez de Paz asociada como corresponde con el apoyo de elementos de la Policía Nacional Civil de esta localidad al inmueble ubicado en la NOVENA AVENIDA DOS GUIÓN VEINTE DE LA ZONA DOS, de este municipio y departamento

con

el

objeto

de

realizar

RECONOCIMIENTO

JUDICIAL , de conformidad con los puntos indicados en el memorial presentado

por

Susana

Beatriz

Montenegro

Amaya

de

Camposeco de conformidad con lo ordenado por el Juzgado Quinto de

Primera

Instancia

del

Ramo

Civil

del

departamento

de

Guatemala dentro del Juicio Sumario identificado con el número cero un mil cuarenta y seis guion dos mil diez guion cero cero novecientos sesenta a cargo del Oficial y Notificador Primero (01046-2010-00960101. 1°) procedimiento para el efecto de la siguiente manera.

PRIMERO:

En el lugar antes indicado se

encuentran presente la señora

Susana Beatriz Montenegro

Amaya de Camposeco, quien se identifica con el Documento Personal de identificación número dos mil trescientos setenta y nueve, veintisiete mil doscientos ochenta y cuatro, cero ciento uno, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, su Abogado Director licenciado Aldo Eduardo Maselli González

quien se identifica con el carnet número de

colegiado cinco mil setecientos noventa y nueve, extendido por el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, los referidos

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documentos de identificación se tuvieron a la vista y fueron devueltos en el acto. SEGUNDO: Siendo el día y la hora señalados para la práctica de la presente diligencia, se procede a establecer los puntos propuestos en el memorial de fecha veintitrés de mayo del año dos mil once tal como se indica en el

despacho

de

mérito . En cuanto a los PUNTOS SIGUIENTES: E uno) Puede observarse un terreno en el cual se lee “alquilo parqueo” dentro del mismo se encuentran varios vehículos, dos construcciones rusticas de lámina, una al frente del terreno y la otra al fondo del mismo, a efecto de individualizarlas se procede a identificar a una habitante de la construcción del frente del terreno quien dice llamarse Irma Yolanda Monroy Méndez se identifica con el Documento Personal de Identificación número un mil setecientos cuatro setenta y cuatro mil ciento cuarenta y tres dos mil ciento tres extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala y al preguntarle sobre la posesión del inmueble manifiesta “la propietaria del mismo es la Doctora Susana Beatriz Montenegro Amaya de Camposeco, a ella le cuidábamos primero el terreno y ahora que hay parqueo nosotros lo cobramos, vivimos aquí mi esposo y mis hijos, y desde hace quince días viven los abuelitos de mi esposo allá abajo” se continua el recorrido en el terreno en el cual se encuentra un caballo en medio del mismo y varios paquetes de forraje y al llegar a la casa del fondo nos atiende la señora Cruz Salvador Bran quien se identifica con el Documento Personal de identificación numero dos mil trescientos cuarenta veintitrés mil novecientos dos cero ciento ocho,

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extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien manifiesta “Yo no conozco al dueño del terreno por que hace quince días que vivo aquí, soy la abuelita de Fredy quien vive en la otra casa que está en la entrada del terreno, conozco a la Doctora (refiriéndose a la señora Susana Beatriz Montenegro Amaya de Camposeco ) por que una o dos veces fui a consulta y ella me ha ayudado, yo me imagino que mi nieto le pidió permiso a ella para traernos para acá a mi esposo y a mí y ella no se negó y nos dio un pedacito donde vivir aquí porque nos echaron de donde vivíamos E dos): Dos edificaciones ambas son viviendas rusticas construidas de lámina la primera se encuentra ubicada en la entrada de terreno y la otra al fondo del mismo,

E tres):

La

vivienda de la entrada del terreno es habitada por la señora Irma Yolanda Monroy Méndez,

su esposo y su hijos, manifestando

que el terreno es de la Doctora Susana Beatriz Montenegro Amaya de Camposeco y que ellos solo cuidan el mismo y administran el parqueo, y la otra que se encuentra ubicada al fondo del terreno es habitada por la señora

Cruz Salvador Bran su esposo y sus

nietos, manifestando que viven allí desde hace quince que su nieto hablo con su jefa, quien creo que es la Doctora Susana Beatriz Montenegro Amaya de Camposeco y ella no se negó a que se pasaran a vivir a ese lugar. E cuatro): La señora Irma Yolanda Monroy Méndez Por su parte manifiesta que no conoce al señor Miguel Ángel Barillas Roldan,

que en el año y medio que ha

vivido allí no ha conocido a nadie más que a la Doctora Susana

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Beatriz Montenegro Amaya de Camposeco como dueña del terreno la señora

Cruz Salvador Bran únicamente manifiesta que no

conoce al señor Miguel Ángel Barillas Roldan. Se finaliza la presente diligencia y acta que la contiene siendo las diez horas con veinticinco minutos la cual es leída a los comparecientes, quienes la aceptan, ratifican y firman quienes así desean hacerlo, con la infrascrita Juez y Secretaria que autoriza. Licda. ANA ISABEL GUERRA JORDAN JUEZ DE PAZ Susana Beatriz Montenegro Amaya de Camposeco AURA MARIA CORTES PRADO SECRETARIA Aldo Eduardo Masselli González

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