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ABRIR O HACER NEGOCIO Antes de empezar con el proceso de creación de una empresa, debes evaluar el tipo de negocio, el lugar de trabajo, las obligaciones que tendrás y los beneficios que recibirás por parte del Estado al ser formal. Debes considerar: 1. REGISTRO O CONSTITUCIÓN DE EMPRESA (FORMALIZAR TU NEGOCIO) Lo primero que debes decidir es si harás tu negocio como Persona Natural o como Persona Jurídica. Si quieres abrir un negocio puedes hacerlo como Persona Natural o como Persona Jurídica y debes elegir una de ellas. Ambas opciones tienen ventajas dependiendo de tu caso. Como Persona Natural puedes ejercer cualquier actividad económica, ser el conductor de tu propio negocio y el responsable por el mismo. Una Persona Natural actúa a título personal. Como Persona Jurídica no actúas tú a título personal, sino como una entidad (empresa) que como tal tiene derechos y obligaciones, puede suscribir contratos y ser representada judicial y extrajudicialmente. Una Persona Jurídica actúa a través de sus representantes legales. Para abrir un negocio formal bajo cualquiera de estas dos formas, es necesario registrarse ante SUNAT y hacer lo siguiente: 

Como Persona Natural: Inscribirte y sacar RUC.



Como Persona Jurídica: Registrar o constituir tu empresa.

2. RAZÓN SOCIAL Y TIPO DE EMPRESA Si optas por trabajar como Persona Jurídica, lo segundo es elegir la razón social y el tipo de empresa. Esta elección dependerá de si constituyes tu empresa individualmente o con más socios y del capital con el que se iniciará el negocio. Tipos de empresa (Razón Social o Denominación) La razón social es la denominación que tendrá tu empresa y está ligada al RUC. Con esa razón social tu empresa se identificará ante la SUNAT, bancos, entidades y compañías para realizar trámites, hacer compras o ventas, entre otros. El primer paso en el proceso de Registro o Constitución de empresa es la reserva del nombre o razón social. También se debe realizar este mismo proceso cuando se desea modificar la denominación o razón social en el estatuto de la empresa. Es importante aclarar que la razón social no es necesariamente tu nombre comercial. La razón social incluye las siglas que indican de qué tipo de empresa se trata. Estos son los principales tipos de empresas y sus características:

Cantidad de Accionistas / Socios Mínimo: 2 Sociedad (S.A.)

Anónima Máximo: ilimitado

Sociedad Anónima cerrada (S.A.C.)

Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Empresario Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)

Mínimo: 2 Máximo: 20

Mínimo: 2 Máximo: 20

Máximo: 1

Organización Se establecer:

-Junta general de accionistas. -Gerencia. -Directorio. Se debe establecer: -Junta general de accionistas. -Gerencia. -Directorio. (Opcional) Normalmente empresas familiares pequeñas.

Una sola persona figura como Gerente General y socio.

Se establecer: Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.)

Mínimo: 750

debe

debe

-Junta general de accionistas. -Gerencia. -Directorio.

Capital y Acciones

Ejemplo

Capital definido por aportes de cada socio.

Cassinelli S.A.

Se deben registrar las acciones en el Registro de Matrícula de Acciones. Capital definido por aportes de cada socio. Se deben registrar las acciones en el Registro de Matrícula de Acciones. Capital definido por aportes de cada socio. Se debe inscribir Registros Públicos.

en

Capital definido por aportes del único aportante.

Más del 35% del capital pertenece a 175 o más accionistas. Debe haber hecho una oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones. Deben registrar las acciones en el Registro de Matrícula de Acciones.

Socosani S. A. Banco Ripley Peru S.A. Montalvo Spa Peluqueria S.A.C. Pisopak Peru S.A.C. Distribuidora Concordia S.A.C. Clinica Cayetano Heredia S.R.L. Corporacion Inca Kola Peru S.R.L. Directv Peru S.R.L. G.L.P. Distribuciones E.I.R.L. Global Solutions Peru E.I.R.L. Plastitodo E.I.R.L.

Alicorp S.A.A. Luz del Sur S.A.A. Creditex S.A.A.

3. RÉGIMEN TRIBUTARIO Por último, deberás elegir el régimen tributario, el cual dependerá del tipo de negocio que desees abrir. Regímenes tributarios Son las categorías bajo las cuales una Persona Natural o Persona Jurídica que posee o va a iniciar un negocio debe estar registrada en la SUNAT. El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. Puedes optar por uno u otro régimen dependiendo del tipo y el tamaño del negocio. A partir de enero del año 2017 hay cuatro regímenes tributarios Nuevo

Régimen Único Simplificado (NRUS), Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), Régimen MYPE Tributario (RMT) y Régimen General (RG). Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)

Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER)

Régimen MYPE Tributario (RMT)

Régimen General (RG)

Persona Natural









Persona Jurídica

No







Límite de ingresos al año

Hasta S/ 96,000.00 anuales u S/ 8,000.00 mensuales

Hasta 525,000.00 anuales

S/

Ingresos netos que no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable (proyectado o del ejercicio anterior)

Sin límite

Hasta 525,000.00 anuales

S/ Sin límite

Sin límite

Factura, boleta y todos los demás permitidos

Factura, boleta y todos los demás permitidos

Factura, boleta y todos los demás permitidos

No





Pago mínimo S/ 20 y máximo S/50, de acuerdo a una tabla de ingresos y/o compras por categoría.

Renta: Cuota de 1.5% de ingresos netos mensuales (Cancelatorio).

Renta: Si no superan las 300 UIT de ingresos netos anuales: pagarán el 1% de los ingresos netos obtenidos en el mes. Si en cualquier mes superan las 300 UIT de ingresos netos anuales pagarán 1.5% o coeficiente.

Renta: Pago a cuenta mensual. El que resulte como coeficiente o el 1.5% según la Ley del Impuesto a la Renta.

El IGV está incluido en la única cuota que se paga en éste régimen.

IGV: 18% (incluye el impuesto de promoción municipal).

IGV: 18% (incluye el impuesto de promoción municipal).

IGV: 18% (incluye el impuesto de promoción municipal).

Valor de activos fijos

S/ 70,000.00

S/ 126,000.00

Sin límite

Sin límite

Trabajadores

Sin límite

10 por turno

Sin límite

Sin límite

Si tiene

Si tiene

No tiene

No tiene

No tiene

No tiene

Si tiene

Si tiene

No tiene

No tiene

Si tiene

Si tiene

Límite de compras al año Comprobantes de pago que puede emitir Declaración Jurada anual Renta

-

Pago de tributos mensuales

Restricción por tipo de actividad Posibilidad de deducir gastos Pago del Impuesto Anual en función a la utilidad

Hasta S/ 96,000.00 anuales u S/ 8,000.00 mensuales Boleta de venta y tickets que no dan derecho a crédito fiscal, gasto o costo No

Una vez decidido el régimen, si eres un contribuyente que recién vas a iniciar tu negocio las reglas de acogimiento para cada uno de los regímenes son las siguientes: Acogimiento Requisitos

NRUS Sólo con afectación

la al

RER Con la declaración y

RMT Con la mensual

declaración que

RG Sólo con la declaración

momento de inscripción.*

la

pago mensual.

corresponde al mes de inicio de actividades.*

mensual.

*Siempre que se efectúe dentro de la fecha de vencimiento Una vez acogido a los regímenes mencionados, los medios para cumplir con las obligaciones de declaración y pago son las siguientes: Medios de declaración y Código de Tributos

NRUS

RER

RMT

RG FV 1621 FV Simplificado 1621 Declara Fácil PDT 621 3031

Medios de declaración

FV 1611

FV1611

FV 1621 FV Simplificado 1621 Declara Fácil PDT 621

Código de tributo (pago mensual)

1ra Categoría 4131 2da categoría 4132

3111

3121

4. FORMALIZACIÓN 4.1.

PERSONA NATURAL

Es una persona que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir tu negocio como Persona Natural, asumes todas obligaciones. Esto significa que aceptas asumir la responsabilidad y garantizas con tu patrimonio y bienes el pago de las deudas u obligaciones que pudiera contraer la empresa. Te conviene elegir Persona Natural cuando:  Vas a iniciar negocios pequeños como bodegas, juguerías, peluquerías, zapaterías, bazares, entre otros.  Realizas actividades que están comprendidas en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado) o tienes negocios en donde tus clientes van a ser principalmente personas, no empresas.  Quieres hacer negocios en los que tu exposición al riesgo (responsabilidad ilimitada) ante posibles deudas u obligaciones con terceros sea manejable considerando tu patrimonio personal. Sacar RUC - Persona Natural El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el número que identifica como contribuyente a una Persona Jurídica o Persona Natural. El RUC contiene los datos de identificación de las actividades económica, es único y consta de once dígitos. Su uso es obligatorio en toda declaración o trámite que se realice ante la SUNAT. Si vas a iniciar actividad laboral de manera independiente debes inscribirte al Registro Único de Contribuyente (RUC) en SUNAT para poder emitir Recibos por Honorarios a tu cliente o empleador. Este proceso formalizará el trabajo que realices ante la ley. Se llama pre-inscripción porque luego debes acercarte a un Centro de Servicios de la SUNAT a completar el trámite, con la ventaja que la atención será rápida porque tus datos ya estarán registrados.  Pre-Inscripción al RUC online:

Siguiendo paso a paso las instrucciones que te irá pidiendo el sistema. Toma en cuenta que esto solo se puede hacer si cuentas con DNI; si no, deberás hacer toda tu inscripción de modo presencial. Es importante que imprimas tu Constancia de Información Registrada y la lleves contigo cuando presentes todos los requisitos. Continúa con el trámite presencialmente acercándote a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente (CSC). Indica al personal de SUNAT que has realizado tu inscripción al RUC por internet, para recibir una atención preferente.  Presencialmente: Puedes inscribirte directamente en SUNAT o en un Centro MAC Callao, MAC Lima Norte, MAC Lima Este, MAC Ventanilla y MAC Piura Requisitos 

DNI vigente (en caso, no cuentes con DNI, podrás presentar el documento de identidad que corresponda de ser el caso, como Carnet de Extranjería).



Si cuentas con representante legal, adicionalmente deberás exhibir el DNI de éste (ejemplo: tutor o curador).



Si la dirección que vas a registrar no es la misma que figura en tu DNI, deberás presentar el original de tu DNI y cualquier documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal que se declara.



Si encargas la realización de tu inscripción a un tercero, deberá presentar adicionalmente una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de SUNAT, que lo autorice expresamente a realizar el trámite de inscripción en el RUC.



Formulario 2119: Solicitud de Inscripción o Comunicación de Afectación de Tributos.

PASOS  Lleva todos los requisitos solicitados Acércate a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) cercano a tu domicilio, o a la dependencia de la SUNAT que corresponda a tu domicilio fiscal o a los Centros MAC Lima Norte, MAC Lima Este, MAC Callao, MAC Ventanilla o MAC Piura.  Activa tu RUC Al momento de activar su RUC, pide tu Código de Usuario y Clave de Acceso (Clave SOL), que te permitirá realizar diversos trámites a través de Internet, tales como: pagar y presentar tus declaraciones, pedir autorización de impresión de comprobantes de pago a través de imprentas conectadas a este sistema, entre otros. Deberás descargar tu Solicitud de Clave SOL. Concepto de Clave SOL La Clave SOL, es una contraseña de uso personal que comprende de USUARIO y CLAVE, con la cual podrás acceder a SUNAT OPERACIONES EN

LÍNEA (SOL). Asimismo, se debe tener en cuenta que la contraseña es tan importante como tu clave del cajero automático, por lo tanto, deben tomar las medidas necesarias para su uso y no permitir que sea conocida por otras personas. La SUNAT te la entrega en un sobre cerrado, de forma gratuita, donde encontraras: El Código de Usuario y la Clave de Acceso. Una vez que ingrese al sistema, se le recomienda cambiar su usuario y su clave de acceso por seguridad. Como obtener la Clave SOL en Centros de Servicios Si realizas personalmente el trámite de tu Clave SOL, bastará con que exhibas tu Documento Nacional de Identidad (DNI). Las personas que se identifican con documento de identidad distinto deben exhibir el original y presentar una fotocopia del mismo. Si el trámite lo realiza una tercera persona, deberá presentar la Solicitud de Acceso (*) con los Rubros I y II de dicha solicitud debidamente llenados y firmados por el contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC, y la firma consignada en el Rubro II "Trámite Realizado por un Tercero" deberá encontrarse legalizada por notario. Adicionalmente, el tercero debe haber firmado el Rubro II de dicha solicitud y exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una copia del mismo en caso sea distinto al DNI. (*) Puedes descargar e imprimir la "Solicitud de Acceso" para obtener la Clave SOL. También puedes pedirla en nuestras dependencias o Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional. El Código de Usuario y la Clave SOL se entregan en un sobre sellado al ciudadano solicitante o a su representante legal acreditado en el RUC, o al empleador del trabajador del hogar o a la persona natural o su representante legal o al representante legal de la sociedad conyugal o sucesión indivisa, o al tercero debidamente autorizado. La Constancia de entrega de la Clave SOL debe ser firmada en señal de conformidad. 4.2.

PERSONA JURÍDICA

Es una entidad conformada por una, dos o más personas que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de la empresa creada. Cuando abres un negocio como Persona Jurídica, es la empresa y no tú personalmente quien asume las obligaciones. Esto implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa están garantizadas y se limitan solo a los bienes que estén registrados a su nombre. Te conviene elegir Persona Jurídica cuando:  Necesitas mayor reputación en el mercado y quieres tener clientes más grandes o importantes (empresas).  Necesitas acceder a créditos o préstamos en bancos y entidades financieras en mejores condiciones.  Quieres asegurarte de que si algo sale mal en tu negocio, se afecten los

fondos o bienes de la empresa, no tus bienes personales.  Necesitas que ingresen inversionistas o más socios que contribuyan con tu empresa, pues es más fácil transferir participaciones.  Piensas que, eventualmente, puedes vender tu negocio o disolverlo luego de un tiempo. En ese caso, es más fácil hacerlo como Persona Jurídica. La constitución de empresa es un procedimiento a través del cual una persona o grupo de personas registran su empresa ante el Estado para que este les ofrezca los beneficios de ser formales. Proceso para constituir una empresa (Persona Jurídica)  Búsqueda y reserva de nombre  Elaboración del Acto Constitutivo (Minuta)  Abono de capital y bienes  Elaboración de Escritura Pública  Inscripción en Registros Públicos  Inscripción al RUC para Persona Jurídica

Beneficios de tener un negocio formal  Tendrás la libertad de exponer tu marca legalmente, sin problemas con las autoridades.  Podrás crecer y emplear gente que obtenga beneficios del Estado.  Ser formal te permite, además, acceder a préstamos bancarios.  Formar parte del ecosistema comercial del país y contribuir con el crecimiento de emprendedores y empresarios quienes, como tú, buscan tener estabilidad económica y social. Los riesgos de la informalidad  Como informal tienes una cantidad de clientes limitada. Muchos no podrán trabajar con tu empresa por no ser formal, por ejemplo, el Estado.  Puedes ser sancionado por no cumplir con los requisitos mínimos de la ley.  No cuentas con beneficios laborales de las empresas formales, como seguro y seguridad social.  Otros negocios podrían usar tu nombre y marca, amparados por la ley.  No puedes acceder a los programas del gobierno ni a sus procesos de contratación.  No puedes ser proveedor del Estado ni de empresas grandes que exigen que sus proveedores sean formales. 4.2.1. BUSCAR Y RESERVAR EL NOMBRE DE UNA EMPRESA La reserva de nombre es un paso previo a la constitución de una empresa. No es un trámite obligatorio pero sí recomendable para facilitar la inscripción de la

empresa en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. Durante la calificación de la Reserva de Nombre, el Registrador Público tiene que verificar si existe alguna igualdad o coincidencia con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social solicitados antes. Requisitos:  DNI o Pasaporte. Si el representante legal es extranjero, debe presentar su Carné de Extranjería vigente.  Formulario de solicitud de Reserva de nombre de Persona Jurídica

Decide qué tipo de empresa vas a constituir. Es importante tener claro cuáles son las diferencias entre cada tipo de empresa, tales como: su organización, sus administradores y la forma como se conforma su capital. Luego, busca de manera referencial y gratuita si el nombre que quieres para tu empresa está disponible. Finalmente, realiza el trámite de preferencia registral online. Con el formato de presentación que obtendrás tras realizar la reserva online, acércate a la Oficina Registral correspondiente al domicilio de la Persona Jurídica para presentarlo y efectuar el pago correspondiente. El costo del derecho de trámite es de S/ 20.00. También puedes hacerlo presencialmente: Busca un nombre disponible Acércate a la oficina registral de SUNARP más cercana o a un Centro de Mejor Atención al Ciudadano MAC Callao, MAC Lima Norte y MAC Piura al Centro MAC Lima Norte, MAC Callao o MAC Piura y solicita un formato de búsqueda de índice. La búsqueda sirve para saber si el nombre que se quiere adoptar se encuentra disponible. La tasa registral es de S/ 5.00. El resultado se entrega en un promedio de 20 a 30 minutos. Decide qué tipo de empresa vas a constituir Es importante tener claro cuáles son las diferencias entre cada tipo de empresa, tales como su organización, sus administradores y la forma como se conforma su capital. Presenta tus documentos en la misma oficina de SUNARP Presenta tu documento de identidad y el Formulario de solicitud de Reserva de nombre de Persona Jurídica lleno. Este formato te permite colocar tres opciones de nombres. Si el primer nombre está libre, te conceden la reserva. De lo contrario, el registrador realizará la búsqueda del segundo nombre, y así sucesivamente hasta encontrar un nombre disponible dentro de las 3 opciones que hayas indicado. Una vez que te dan una de las opciones, las demás quedan descartadas. Realiza el pago El pago por la reserva del nombre es de S/ 20.00 4.2.2. ELABORAR EL ACTO CONSTITUTIVO (MINUTA)

El Acto Constitutivo es un documento en el cual los miembros de una sociedad manifiestan su voluntad de constituir una empresa y en donde señalan todos los acuerdos respectivos. El Acto Constitutivo consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a este. Requisitos  02 copias del DNI de cada uno de los socios y cónyuges.  Original y 02 copias de Búsqueda y reserva de nombre.

 Archivo (PDF, Word, Excel) en un USB con el giro del negocio y la lista de bienes para el capital.  Formato de declaración jurada y fecha de solicitud de constitución de

empresas Opciones para realizar este trámite:  En una notaría: Lleva los requisitos a una notaría y solicita el servicio de Elaboración de Acta Constitutiva. El costo y el tiempo de espera dependerán de la notaría que elijas.  En un Centro de Desarrollo Empresarial (CDE): Lleva los requisitos a

un CDE y solicita el servicio de Elaboración de Acta Constitutiva. El tiempo aproximado es de 2 días hábiles.  En un Centro de Mejor Atención al Ciudadano (MAC): Lleva los

requisitos al Centro MAC Lima Norte, MAC Lima Este o MAC Callao y solicita el servicio de Elaboración de Acta Constitutiva. El tiempo de espera dependerá del Centro MAC. 4.2.3. ABONO DE CAPITAL Y BIENES Requisitos  DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigente.  Formato de Acto Constitutivo. Opciones para realizar este trámite:  Opción 1: Abre una cuenta en un banco. Acércate a un banco y solicita abrir una cuenta que sirva para depositar el dinero que los socios quieren aportar a la empresa.  Opción 2: Realiza un inventario de bienes. También puedes realizar un inventario con la cantidad y costos de los bienes que está poniendo cada socio para la empresa. 4.2.4. ELABORACIÓN DE ESCRITURA PÚBLICA Una vez redactado el Acto Constitutivo, es necesario llevarlo a una notaría para que un notario público lo revise y eleve a Escritura Pública. Se generará la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que el Acto Constitutivo es legal. Este documento debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma de todos los participantes de la sociedad, incluidos los cónyuges de ser el caso.

Requisitos  DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigentes.  Formato de Acto Constitutivo. (Minuta)

 Depósito o voucher de abono en dinero. Opciones para realizar este trámite:  Acércate a una notaría Lleva todos los requisitos a la notaría y solicita el servicio de Elaboración de Escritura Pública para la Constitución de Empresa. El costo y el tiempo del trámite dependerán de la notaría que elijas. 4.2.5. INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS El Notario se encargará de este paso Una vez obtenida la Escritura Pública, es necesario llevarla a SUNARP para realizar la inscripción de la empresa en los Registros Públicos. Este procedimiento normalmente es realizado por el notario. La Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos. 4.2.6. INSCRIPCIÓN AL RUC PARA PERSONA JURÍDICA El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el número que identifica como contribuyente a una Persona Jurídica o Persona Natural. El RUC contiene los datos de identificación de las actividades económicas. El número de RUC es único y consta de once dígitos. Su uso es obligatorio en toda declaración o trámite que se realice ante la SUNAT. Requisitos  DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigentes.  Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social Inscrita.  Recibo de servicio (Luz o agua), no mayor a dos meses de antiguedad.  Formulario N° 2119: Solicitud de Inscripción o comunicación de

afectación de tributos.  Formulario 2054: Representantes Legales, Directores, Miembros Del

Consejo Directivo. Opciones para realizar este trámite:  Acércate a SUNAT o a un Centro MAC Acércate con todos los requisitos y formularios debidamente llenados y firmados a un Centro de Servicios al Contribuyente de SUNAT en sus locales en Lima y en Provincias. También puedes acercarte a los Centros MAC Lima Norte, MAC Callao, MAC Ventanilla y MAC Piura. 5. LICENCIA PARA ABRIR UN NEGOCIO Si deseas empezar un negocio en un local, propio o alquilado, debes obtener una licencia de funcionamiento. Estas licencias se solicitan en las municipalidades donde se ubicarán los negocios. Para revisar los requisitos

específicos para solicitar una licencia de funcionamiento, comunícate con la municipalidad correspondiente. Consulta la información de contacto de las municipalidades de todo el Perú en el Directorio Nacional de Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados del INEI. Asimismo, puedes revisar si hay negocios parecidos en la zona en la que deseas abrir el tuyo ingresando al Sistema de Información Geográfica para Emprendedores (SIGE) del INEI, donde puedes hacer consultas por ciudad, distrito, calle y ubicar los negocios cercanos en el giro que elijas. Para saber cuáles son los requisitos y el paso a paso para realizar este trámite, ponte en contacto con la municipalidad distrital o regional a dónde pertenece la ubicación del local para el cual necesitas la licencia de funcionamiento. 6. CONTRATAR GENTE Si necesitas contratar personal para que trabaje en tu empresa, debes tener en cuenta los derechos y obligaciones que esto implica. 7. PERMISOS ESPECIALES PARA VENTA DE PRODUCTOS Para vender algunos productos (alimentos, bebidas alcohólicas, químicos, entre otros) se requiere de permisos especiales. Es importante que consigas los permisos necesarios antes de iniciar tu negocio.