2. Modelos en Procesos Penales

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© COPYRIGHT - 1996 EDICIONES JURIDICAS § Derechos de Autor reservados conforme a ley. § Queda prohibida la reproducción total o parcial del texto de este libro sin permiso escrito del autor. § Derechos exclusivos de EDICIONES JURIDICAS. IMPRESO EN EL PERU PRINTED IN PERU Diseño: Gabriela Cancino Av. La Colmena 733 Of. 302• Lima 1 PERU Teléfono 4279884 - Fax 14-4279834 Cuadro de la carátula: Francisco de Goya "El 3 de mayo de 1808 en Madrid•. (Museo del Prado, Madrid)

INDICE § Prólogo § Presentación

Capítulo 1 DENUNCIA § Introducción al tema § Modelos 1.- Denuncia Policial 2.- Denuncia del Ministerio Público interpuesta de oficio 3.- Formato de denuncia penal: delito de estafa (estelionato) 4.- Es falta y no delito: no se formaliza denuncia 5.- Formula denuncia 6.- Representante legal formula denuncia por violación 7.- Formula denuncia por cheque sin fondos 8.- Formula denuncia por delito de hurto 9.- Formula denuncia por apropiación ilícita 10.- Promueve querella por calumnias 11. - Denuncia estafa 12.- Denuncia defraudación 13.- Formula denuncia obligatoria (Art. 407 del Código Penal) 14.- Ratificación de denuncia 15.- Acompaña documentación 16.- Certificación de denuncia 17.- Solicita devolución efectos secuestrados 18.- Poder especial para querellar o denunciar 19.- Denuncia formulada en sede policial 20.- Denuncia penal ante el Fiscal Provincial de turno

21. - Denuncia hurto 22.- Formulo denuncia (autor desconocido) 23.- Formulo denuncia y me presento como particular damnificado 24.- Formulo denuncia (usurpación)

Capítulo II QUERELLA (arts. 424 al 434 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Solicita ser tenido como querellante 2.- Desiste querella 3.- Promuevo querella 4.- Querella por calumnias 5.- Querella por difamación 6.- Desisto de la querella promovida

Capítulo III QUERELLA POR DELITOS CONTRA EL HONOR Introducción al tema

.

Modelos 1.- Promuevo querella por delito contra el honor 2.- Audiencia de conciliación (se niegan los cargos) 3.- Audiencia de conciliación (no se produce la conciliacion . 4. - Audiencia de conciliación (se produce la conaliación 5.- Pide sentencia .

.

Capítulo IV NOTIFICACIONES § Introducción al tema § Modelos 1.- Notificación personal en primera instancia 2.- Notificación personal en segunda instancia 3.- Cédula 4.- Cédula 5.- Cédula 6.- Cédula 7.- Devolución de notificación 8.- Notificación por medio de terceros 9.- Negativa de firmar la cédula 10.- Notificación personal (sin testigo) 11.- Notificación personal 12.- Notificación por medio de terceros 13.- Notificación con testigos 14.- Notificación personal (solicita audiencia) 15.- Notificación por periódico

Capítulo V DEFENSOR § Introducción al tema § Modelos 1.- Propone defensor 2.- Propone defensor 3.- Propone defensores

4.- Defensa conjunta 5.- Propone defensor, revoca designación anterior 6.- Defensa conjunta o alternativa 7.- Imputado designa defensor 8.- Imputado designa defensor 9. -Imputado designa defensor en diligencia de declaración 10.- Presentación espontánea 11.- Renuncia al cargo de defensor 12.- Designo defensor 13.- Nombro nuevo defensor y revoco designación anterior 14.- Propongo nuevo defensor sin revocar nombramiento anterior

Capítulo VI EXCEPCIONES (Art. 8 del nuevo C.P.P.) § Introducción al terna § Modelos 1.- Deduce excepción de improcedencia de acción (naturaleza de acción) 2.- Auto que declara infundada la excepción de improcedencia de acción 3.- Excepción de improcedencia de acción 4.- Auto que declara fundada la excepción de naturaleza de improcedencia deducida 5.- Excepción de improcedencia de acción 6.- Escrito deduciendo excepción de improcedencia de acción 7.- Deduce excepción de cosa juzgada 8.- Deduce excepción de prescripción 9.- Ofrezco pruebas 10.- Cuestión prejudicial 11.- Cuestión previa 12.- Resolución que declara fundada la cuestión previa

13.- Cuestión previa 14.- Propongo nuevo defensor sin revocar nombramiento anterior 15.- Cuestión previa 16.- Cuestión previa 17.- Cuestión prejudicial 18.- Cuestión previa 19.- Deduce excepción de amnistía 20.- Deduce excepción de prescripción 21. - Deduce excepción de prescripción de la pena 22.- Trámite completo de excepción de improcedencia de acción 23.- Providencia del Juez Penal 24.- Notificaciones 25.- Cédula de notificación 26.- Parte civil absuelve el traslado 27.- Providencia del Juez Penal 28.- Se pide vista fiscal 29.- Dictamen del Fiscal provincial 30.- Juez penal resuelve la excepción planeada 31. - Notificaciones 32.- Parte civil interpone apelación 33.- Juez penal concede apelación 34.- Notificaciones 35.- Procurador público también interpone apelación 36.- Juez Penal concede de nuevo la apelación. 37.- Oficio de elevación del incidente 38. - Proveído de la Sala Penal 39. - Notificaciones 40.- Resolución de la Sala Penal 41. - Notificaciones 42.- Procurador Público interpone recurso de nulidad 43.- Sala Penal juzga improcedente el recurso de nulidad

Capítulo VII DECLARACION DEL IMPUTADO (arts. 126 al 135 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Declaración del imputado 2.- Imputado que se niega a declarar 3.- Imputado que se niega a declarar e identificarse 4.- Declaración de sordomudo o de persona que desconoce el idioma nacional 5.- Declaración del imputado 6.- Confrontación entre procesado y testigo 7.- Confrontación entre procesados 8.- Declaración del agraviado 9.- Retracta confesión 10.- Declaración del imputado 11.- Declaración del imputado 12.- Solicito se tome declaración de urgencia.

Capítulo VIII DETENCION y COMPARECENCIA (art. 142 al 161 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Mandato de detención (defraudación) 2.- Mandato de detención (robo) 3.- Mandato de detención (estafa) 4.- Auto de procesamiento y detención

5.- Apelación del auto de procesamiento 6.- Pedido de excarcelación 7.- Solicitan cambio de calificación y libertad (homicidio emocional) 8.- Recurso de apelación contra mandato de detención 9.- Resolución de confirmación del auto que ordena la detención 10.- Apelación al mandato de detención 11.- Escrito de apelación al mandato de detención 12.- Resolución de confirmación del auto que ordena la detención

Capítulo IX EMBARGO (arts. 195 al 204 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Mandamiento de embargo 2.- Ofrece valores para sustitución 3.- Acompaña boleta de depósito. Solicita sustitución de embargo (art. 199 del nuevo C.P .P. ) 4.- Oficio para embargo de inmueble o automotor 5.- Oficio para embargo de cuenta bancaria 6.- Oficio de embargo sobre fondos en juicio 7.- Pide inhibición general de bienes 8.- Oficio de inhibición general de bienes 9.- Oficio de levantamiento de embargo o inhibición

Capítulo X AUTORIZACION PARA SALIR DEL PAIS § Introducción al tema

§ Modelos 1.- Solicita autorización para salir del país 2.- Se opone a permiso de salida del país 3.- Solicita certificación 4.- Certificación

Capítulo XI DEVOLUCION DE EFECTOS § Introducción al tema § Modelos 1.- Solicita devolución de automóvil usado para cometer delito 2.- Pide aclaratoria de sobreseimiento para que se ordene devolución 3.- Promueve incidente de restitución de mercadería - (anexo) Palacio del hogar 4.- Contesta traslado (oposición del damnificado)

Capítulo XII LIBERTAD PROVISIONAL Y LIBERTAD INCONDICIONAL (arts. 205 al 215 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Solicita libertad provisional 2.- Libertad provisional 3.- Solicita libertad provisional 4.- Auto de libertad provisional 5.- Solicita libertad provisional 6.- Auto de libertad provisional 7.- Solicita libertad provisional

8.- Auto de libertad provisional 9.- Solicita libertad provisional 10.- Auto de libertad provisional 11.- Solicita libertad provisional 12.- Auto de libertad provisional 13.- Solicita libertad provisional 14.- Solicita libertad provisional 15.- Suspensión de la ejecución de la pena 16.- Suspensión de la ejecución de la pena 17.- Revocatoria de libertad provisional 18.- Revocatoria de libertad provisional 19.- Efectos de la revocatoria 20.- Revocatoria de libertad provisional 21.- Auto de libertad provisional bajo caución 22.- Acta de libertad provisional bajo caución 23.- Interpongo revocatoria por el excesivo monto de la caución 24.- Solicito sustitución de caución por fianza personal 25.- Solicito devolución de suma depositada en concepto de caución 26.- Solicita autorización para ausentarse 27.- Libertad condicional 28.- Libertad incondicional

Capítulo XIII PRUEBA TESTIMONIAL § Introducción al tema § Modelos 1.- Propone prueba testimonial 2.- Testimonial 3.- Testimonial 4.- Solicita prestar testimonial

5.- Solicita prestar testimonial 6.- Testimonial 7.- Testimonial 8.- Confrontación entre testigos 9.- Interrogatorio a tenor del cual deberán deponer los testigos ofrecidos por la defensa en la causa caratulada:s/estafa" 10.- Testimonial 11.- Teletipograma 12.- Cédula de notificación 13.- Oficio 14.- Promueve incidente de tacha de testigos 15.- Confrontación entre testigos (art. 242 del C.P.P. de 1996) 16. - Confrontación entre testigo e imputado (art. 242 del C.P.P. de 1996)

Capítulo XIV PRUEBA PERICIAL (arts. 245 al 260 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Propone perito para diligencia ya ordenada 2.- Propone peritaje y perito 3.- Propone peritaje, perito calígrafo y perito químico 4.- Oficio disponiendo peritaje del cuerpo médico forense 5.- Oficio disponiendo peritaje químico 6.- Tacha de perito 7.- Propone perito de parte

Capítulo XV PRUEBA DOCUMENTAL (art. 261 al 264 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Solicitud de presentación o exhibición de documentos 2.- Solicitud de secuestro de documento privado

Capítulo XVI PRUEBA DE INFORMES (art. 264 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Solicita informes 2.- Solicita informes 3.- Solicita informes 4.- Ofrece prueba de informes

Capítulo XVII RECONOCIMIENTO DE PERSONAS (art. 265 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Ordena reconocimiento de persona 2.- Reconocimiento de personas (art. 265 del e.p.p. de 1996) 3.- Acta de reconocimiento de personas 4.- Acta de reconocimiento de personas (resultado negativo)

Capítulo XVIII PRUEBA EN EL JUZGAMIENTO § Modelos 1.- Ofrezco pruebas 2.- Solicita audiencia 3. - Alegato

Capítulo XIX ACUSACION (art. 291 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Formula acusación 2.- Formula acusación 3.- Acusación

Capítulo XX DEFENSA (arts. 344 al 347 del nuevo C.p.p.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Alegato de defensa 2.- Defensa 3.- Alegato de defensa 4.- Presento defensa (robo automotor)

Capítulo XXI RECURSO DE REPOSICION (art. 389 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelo 1.- Solicita reposición Capítulo XXII RECURSO DE APELACION § Introducción al tema § Modelos 1.- Apelación 2.- Se notifica y apela 3.- Se notifica y apela 4.- Solicita audiencia para informar oralmente 5.- Pide postergación de audiencia 6.- Fundamenta recurso de apelación superior 7.- Fundamenta recurso de apelación superior 8.- Dictamen del Fiscal Supremo Penal sobre el recurso de apelación suprema 9.- Mejora fundamentos 10.- Interpongo recurso de apelación elemental (libertad denegada)

Capítulo XXIII ACLARATORIA § Introducción al tema § Modelos

1.- Pide aclaratoria por error material 2.- Pide aclaratoria por omisión 3.- Pide aclaratoria por error material

Capítulo XXIV RECURSO DE QUEJA (arts. 406 y 407 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Queja de derecho por denegatoria de recurso de apelación superior 2.- Queja por denegatoria de recurso de apelación 3.- Interpone queja por denegación de recurso de casación

Capítulo XXV REVISION (arts. 408 al 415 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelo 1.- Solicita revisión

Capítulo XXVI RECURSO DE CASACION (arts. 393 al 405 del nuevo C.P.P.) § Introducción al tema § Modelos 1.- Recurso de casación 2.- Interpone recurso de casación

Capítulo XXVII HABEAS CORPUS (Ley N 23506) § Introducción al tema § Modelos 1.- Habeas corpus 2.- Habeas corpus 3.- Teletipograma 4.- Oficio 5.- Presento pruebas (art. 23 inc. 5 de la Ley N° 23506) 6.- Interpongo recurso de habeas corpus (detención ilegal por excarcelación mal denegada) 7.- Interpongo habeas corpus 8.- Habeas corpus 9.- Habeas corpus preventivo 10.- Decreto en recurso de habeas corpus

Capítulo XXVIII MODELOS DIVERSOS PARA USO DEL PERSONAL JUDICIAL § Modelos 1.- Sobreseimiento provisional 2.- Sobreseimiento provisional 3.- Extinción de la acción penal 4.- Sobreseimiento definitivo 5.- Inhibición 6.- Incompetencia 7.- Notificación 8.- Incompetencia

9.- Depositario 10.- Perito 12.- Inspección 13.- Oficio 13.- Oficio 14. – Oficio 15.- Oficio 16.- Oficio 17.- Oficio 18.- Oficio 19.- Oficio 20.- Oficio 21.- Oficio 22.- Oficio 23.- Oficio

Prólogo

Cuando la persona pone sus conocimientos a disposición de sus semejantes cumple con el principio de la función social de las ideas. Escribir un libro es, precisamente, cumplir con ese deber social en pro del desarrollo del conocimiento; modo de obrar que, a su vez, implica para el autor someterse a la crítica de sus lectores que se espera sean formuladas con la misma generosidad con la que él acomete la tarea Es un medio escaso de recursos bibliográficos y en el que predomina aún el método de enseñanza meramente repetitiva, el "método de casos" o "modelos" puede constituir para muchos una valiosa ayuda que les permita encontrar "soluciones a la vista"; en cambio, en el contexto de una metodología reflexiva, los "modelos" pueden servir como propuestas para el análisis y debate en el intento de simular la aplicación de la teoría a la práctica. Ningún "modelo" es perfecto pero es útil: es una ayuda para muchos estudiantes o principiantes en el ejercicio de la profesión; y, para el docente puede constituir un importante documento de trabajo en cuanto permita adiestrar a los estudiantes en el análisis y discusión sobre los aciertos y errores que pueda contener. Por eso, la "técnica del modelo" debe ser concretado procurando reflejar con todo rigor y coherencia tanto la doctrina como la prescripción legal pertinente con las que propone resolver el caso imaginado. El señor MIR-BEG LECCA GUILLÉN, prestigioso editor de obras jurídicas, se inicia también como autor al publicar su primer libro: "PRACTICA PROCESAL PENAL", trabajo, que precisamente, contiene "modelos". Corresponde al lector evaluar el mérito de trabajo. Nos complace darle la bienvenida al universo de los autores, le deseamos éxito; y, esperamos constancia de su parte. Dr. Florencio Mixán Máss

Presentación Presentación a la Tercera Edición

Nos sentimos sumamente agradecidos por la acogida dispensada a la primera y segunda edición de esta obra. Por ello hemos decidido publicar una tercera edición, con el propósito de facilitar a los estudiantes de derecho y abogados los diferentes formatos de escritos con que cuenta la praxis judicial. El presente texto ha merecido algunas correcciones y adiciones que permiten al lector una visión actualizada de la temática del proceso penal. Entre ellas se recogen los cambios e innovaciones introducidas del nuevo Código Procesal penal Próximo a entrar en vigencia. Todos los modelos están de acuerdo al Proyecto de c.P.P. de 1995 y no difieren, de manera relevante, de los modelos propios a los textos procesales del Proyecto del 91 y el c.P.P. de 1940*. El Autor * EN LAS PÁGINAS SUCESIVAS CUANDO SEÑALAMOS C.P .P. DE 1996 NOS REFERIMOS AL PROYECTO DEL CÓDIGO PROCESAL PENALDE 1995.

Capítulo 1 DENUNCIA Cualquier persona capaz (ver arts. 11 y 12, LOMP), puede denunciar un delito de acción pública (art. 1, C.P.P. de 1996). Solamente pueden hacerlo los enumerados en el arto 302 C.P. respecto de los delitos allí mencionados, salvo los casos en que se puede proceder de oficio.

.

Otros delitos no pueden ser denunciados, requieren que el ofendido promueva la acción privada. Deben denunciar las personas mencionadas en el arto 424 C.P.P., bajo pena de lo establecido en los arts. 408,424 Y 407 C.P. de 1991. La denuncia debe prescribir el hecho aunque no se individualice al imputado (art. 107 del C.P.P.). Formas: 1.- Por escrito, ante el Fiscal Provincial Penal de Turno 2.- Por escrito o verbalmente ante la división respectiva de la Policía Técnica, vgr. División de estafas, narcóticos, etc.

MODELOS § 1. Denuncia policial Declaración de

.

Documento de Identidad . En

.

el día

del mes de

siendo las

del año 199 ,

horas compareció una persona que,

enterada de las penas por falsedad y previo juramento que prestó en forma legal de decir verdad en cuanto supiere y le fuere preguntado, expresó llamarse , ser hijo de ............... y de

, de nacionalidad

............... años de edad, con país, de estado civil domiciliarse en

, de

, de residencia en el

, de ocupación , teléfono

y

.

Preguntado si conoce a las partes que figuran en las presentes actuaciones y si con respecto a ellas le comprenden las generales de la ley que previamente le fueron explicados, dijo conocerlas por lo que dirá hallarse afectado para el acto. Preguntado qué conocimiento tiene del hecho que se investiga, declara: que es propietario del comercio de repuestos y accesorios para automotores, sito en ell ugar que da como domicilio. Que desde hace aproximadamente tres años, y de acuerdo a inventarios que se realizan periódicamente en su empresa, se estableció a lo largo de todo ese tiempo, la falta de numerosos accesorios y repuestos para el automotor que existían en stock. Que en este momento no puede hacer una lista completa de los mismos, pero puede enumerar en forma general y amplia los siguientes elementos: faros busca huellas, cuenta vueltas, relojes de tablero y radios. Que por ello se considera damnificado en la suma de S/. 10,000. Que no duda de autor o autores desconocidos han sustraído los efectos. Que oportunamente concurrirá a esta Dependencia, con un inventario preciso acerca de las cosas que dice le fueron sustraídas. Que ignora el tiempo o momento en que se efectuaron las sustracciones, no dudando, pues así surge de

los inventarios, que éstas se efectuaron en forma periódica. Que carece de seguros. Es cuanto declara. En este acto, se le pregunta sobre la preexistencia de las cosas que dice le fueran sustraídas, y a falta de documentación probatoria y a su solicitud presta declaración jurada, la misma que se acepta en este acto. Terminado el acto, leyó, se ratificó y firmó para constancia de que Certifico Firma del denunciante Firma de los funcionarios policiales

§ 2. Denuncia del Ministerio Público interpuesta de oficio Señor Juez Penal de Turno: Como es de verse en los periódicos que recaudan la presente denuncia, el Inspector de Sanidad del Concejo Provincial de Lima (nombre del denunciado), no obstante tener pleno conocimiento del delito contra la salud cometido por el ambulante (nombre del ambulante) al expender cebiche impropio para el consumo humano, omitió poner estos hechos en conocimiento de vuestro Juzgado. Por estas consideraciones, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el arto 110 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, solicito se abra instrucción contra (nombre del denunciado) por delito contra los deberes de función, previstos en el Código Penal; y contra (nombre del ambulante) por delito contra la salud pública previsto en el arto 288 del C.P., en agavio del Estado, del menor Sociedad, respectivamente . ............... ,

de-

de 199

Firma y sello del Fiscal Provincial

.

y de la

§ 3. Formato de denuncia penal: delito de estafa (estelionato) Señor Fiscal Provincial de Turno: ............... , con L.E. N° en

, Estudio del Dr

, señalando domicilio

, a Ud. digo:

Que interpongo denuncia penal contra , domiciliada en

, por delito de

estafa (modalidad estelionato), previsto en el arto 197 inc. 4 del C.P.; cometido en mi agravio con lo siguiente: 1.- La denuncia no obstante saber que el predio ubicado en la calle

,

sufría

cargas y gravámenes, utilizando astucia, me vendió dicho inmueble como si estuviera libre de todo gravamen que restrinja el derecho de libre disposición. 2.- En efecto, dicho predio mediante el contrato de ............... , fue dado en venta a plazos a

la denunciada, por la

, por el precio de S/

pagaderos en

mensualidades, deuda que deberá quedar cancelada recién en

de 199

, hasta cuya fecha la denunciada expresamente en la cláusula segunda de este contrato constituyó la primera hipoteca sobre el bien materia de esta denuncia, debiendo pagar además el interés del

%

anual

sobre

el

saldo

acancelarse. Es decir, pues, como no se han cancelado las cuotas, no se han pagado los intereses y no se ha levantado la hipoteca señalada, la

,

en

cualquier momento puede ejercitar las acciones que prevé el punto cuarto del contrato, revirtiendo el bien a su dominio; por lo que es absolutamente falso que este bien se encontraba libre de todo gravamen. Tal hipoteca lo sabía la denunciada, puesto que no había cancelado el saldo del precio que adeudaba. 3.- Nuestro Código Penal, exige como elemento esencial para que se configure el delito de estafa (estelionato) vender o gravar como bienes libres los que no tengan jurídicamente esta condición, o lo que es lo mismo, vender como libre un bien gravado con una responsabilidad hipotecaria. En el presente caso, la denunciada sabía -porque estaba pactado expresamente-que sobre la casa que me vendió pesaba la carga ya descrita, sin embargo, a sabiendas en forma intencional y deliberada para procurarse un provecho ilícito, me indujo a comprarla, aduciendo estar libre de todo gravamen dicho bien, siendo

claro el dolo punible con que ha procedido. Además el hecho de encontrarse la casa libre de todo gravamen, fue lo que me decidió a adquirirla. La astucia, pues, que se empleó me generó un engaño que motivó la prestación patrimonial que hice en favor de la denunciada. 4.- Tipifica aún más el dolo punible y el artificio de la encausada, el hecho de haverme convencido a comprar este predio, pagándole únicamente S/

como

adelanto. 5.- En resumen, señor Fiscal Provincial (nombre del denunciado), me ha vendido deliberadamente como bien libre, un predio no sólo gravado con una responsabilidad hipotecaria, sino lo que podría decirse jurídico-penalmente, aún lo que no es de ella -cosa ajena- por pertenecer todavía el predio a la

, ya que

la denunciada no le ha pagado su precio ni los intereses. Estos hechos tipifican el delito previsto en el arto 197 inc. 4 del C.P. en el que fundo mi denuncia. POR TANTO: A Ud. pido tener por formulada mi denuncia, debiendo formalizarla ante el Juez Penal de turno. OTROSI DIGO: Acompaño copias de: a) Contrato de compraventa celebrado por mi y el denunciado. b)

Contrato suscrito entre el encausado y la

c)

Dos cartas notariales ............... ,

de

Firma y sello del abogado Firma del denunciante

de 199

.

.

§ 4. Es falta y no delito: no se formaliza denuncia ............... ,

de

de 199

.

VISTOS: Por recibido el atestado policial N° número

,

signado

; instruido por la Estación Policía Técnica de

con

ingreso

por delito contra el

patrimonio cometido con la participación de un sujeto conocido como presuntamente en complicidad de

con

y de los menores

y

, en

agravio

; y apareciendo de autos que las investigaciones practicadas se centran en

el arrebato de un reloj pulsera de

; que durante la ocurrencia de los hechos

no se encuentra fehacientemente acreditada la existencia de actos peligrosos para el agraviado, siendo en todo caso violencia sobre la cosa; este Ministerio, por las consideraciones expuestas, conceptúa que el presente caso se entienda como FALTA CONTRA EL PATRIMONIO, por lo que dispone se remitan los autos al Juzgado de Paz Letrado del Distrito de para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, en mérito a lo que dispone el artículo cuatrocientos cuarenticuatro del Código Penal; remitiendose con la debida nota de atención.

Sello y firma del Fiscal Provincial

§ 5. Formula denuncia Señor Fiscal Provincial de Turno: ............... , identificado con L.E. N°

:, con domicilio real en

constituyendo el procesal en el estudio de mi patrocinado en

a

y V.S.

me

presento y digo: 1.- FINALIDAD DEL PRESENTE Que vengo a formular la denuncia ante V.S. por la comisión en perjuicio del suscrito el delito de violación de la libertad personal previsto en el arto 151 del C.P. 11.- HECHOS En calidad de médico cirujano ejerzo la profesión en el consultorio sito en en razón de ellos, con fecha ............... , siendo aproximadamente las encontrándome

momentáneamente

solo,

me

visitaron

dos

, y

horas, desconocidos

exigiéndome mediante amenaza que prestase a uno de ellos mis servicios profesionales. Esto t• , pod d suje en cuestión, a a o

, ya que aSl unicamente lo llamaba su

acompañante, presentaba una lesión en

, evidentemente producida por un

proyectil de arma de fuego. El orificio de entrada se hallaba en

y el de salida en

, habiendo sido

causado probablemente por una bala de grueso calibre, hecho que no pude determinar con certeza. Contenida la hemorragia, bastante considerable, procedí al vendaje de la parte afectada. Ofrezco desde ya, si V.S. lo considera necesario para la investigación, indicar con detalles precisos el procedimiento utilizado. Durante el tiempo en que los sujetos estuvieron en el consultorio traté de obtener, lógicamente en forma disimulada, datos que permitiesen individualizarlos y también averiguar la manera en que se produjo el evento, pero fracasé ante la actitud claramente evasiva que asumieron en todo momento. Tampoco tuve oportunidad de avisar a la policía, pues los visitantes se retiraron inmediatamente de concluida la curación, haciendo caso omiso del consejo de que

el herido debía reposar cuanto menos algunas horas antes de poder retirarse sin peligro. La descripción de los sujetos, a fin de facilitar su eventual individualización, es la siguiente En caso de volverlos a ver estoy seguro de poder reconocerlos. Manifiesto, asimismo, y a todo evento, que ignoro en absoluto la forma en que pudo haber ocurrido el hecho expuesto, si se trata de un delito o accidente, así como también las razones por las cuales fui elegido para la curación del herido. De cualquier manera, ante la clara violación del arto 151 del Código Penal por parte de mis agresores formulo la presente denuncia. III.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se tenga por formulada la presente denuncia por un presunto hecho delictuoso, previsto en el arto 151 del C.P. 2.- Previa ratificación, disponga V.S. la investigación que legalmente corresponda. Proveer de conformidad, SERA JUSTICIA

Firma del letrado

Firma del denunciante

§ 6. Representante legal formula denuncia por violación Señor Fiscal Provincial de Turno: ............... , identificado con L.E. N°

, con domicilio real en

y

constituyendo el procesal en ............... a V.S. me presento y digo: l.- PERSONERIA Conforme lo acredito con la partida de nacimiento que acompaño, soy representante legal-en mi carácter de

(padre, tutor, etc.)- de

.

(nombre

y

domicilio del representado), domiciliado en II.- FINALIDAD DEL PRESENTE En el carácter invocado, y en atención a lo dispuesto por el Código Penal -mi representada es menor de edad, según surge de la partida acompañada, yel delito cometido dependiente de instancia privada-o III. PRUEBA DOCUMENTAL Se acompaña las pericias practicadas por los médicos legistas. IV. DERECHO Fundo el derecho que asiste a mi poderdante en lo dispuesto por los arts. del Código Procesal Civil (376 del C.P.P. de 1991 y 424 del C.P.P. de 1996). V. PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se tenga por formulada la presente denuncia, en el carácter invocado, contra , por el delito de violación previsto en el arto 175 del Código Penal, cometido en perjuicio de mi mandante. 2.- Se agregue la documentación acompañada, y previa ratificación, se ordene la instrucción del sumario de estilo. 3.- Oportunamente, se condene al acusado al máximo de la pena prevista para este delito y a la reparación del perjuicio causado, con costas. Proveer de conformidad,

SERA JUSTICIA Firma del letrado

§ 7. Formula denuncia por cheque sin fondos Señor Fiscal Provincial de Turno: ............... , abogado con Reg. CAL FNCAP

y Reg.

constituyendo domicilio en

,a

V.S. me presento y respetuosamente digo: l.- OBJETO Que vengo a formular denuncia contra . y

, etc. por infracción al arto 215 del Código Penal.

II.-HECHOS Oportunamente recibí del imputado en concepto de ............... , el cheque N° ,contra el banco

,

por la suma de

, de fecha

,

que

fue

rechazado -al ser depositado por su cobro con fecha .............. en razón de no existir fondos suficientes. Dicho rechazo surge de la constancia obrante en el reverso del cheque. Esta constancia le fue comunicada al librador dentro del plazo previsto por el arto mediante el telegrama N° , de fecha

, cuyo texto se transcribe: "Efectos artículo

Penal avísole cheque N° ............... , librado por usted contra Banco

, sucursal

, rechazado por

, intimo le pago 24 horas o denunciaré criminalmente. Domicilio pago: calle ............... , N°

, dpto Colaciónese. N.N.", con domicilio negativo.

III.- PRUEBA DOCUMENTAL Se acompaña el cheque y el telegrama mencionados en el punto precedente. IV.- DERECHO Fundo el derecho que me asiste en lo dispuesto por los arts del Código Penal. V.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se me tenga por formulada esta denuncia y por constituido el domicilio legal.

§ 8. Formula denuncia por delito de hurto Señor Fiscal Provincial Penal de Turno: ............... , identificado con L.E. N° domicilio legal

, con domicilio real en

y

a V.S.

me presento y digo: l.- FINALIDAD DEL PRESENTE Que vengo a formular denuncia (art.), en mi carácter de particular damnificado, contra

, por delito de

hurto, contemplado en el Código Penal. II.-HECHOS Con fecha

, estacioné mi automotor de mi propiedad marca

, patente

............... , frente al número

, modelo

, de la calle , de esta capital,

dejándolo momentáneamente a cargo de ............... , hoy acusado, que circunstancialmente me acompañaba, a fm de realizar un trámite en las inmediaciones, sin retirar la llave de contacto. Al regresar, media hora después, verifiqué con sorpresa que el rodado había desaparecido del lugar en el que lo había estacionado. Con fecha

, transcurridos cuatro días del hecho, el imputado fue visto con

el vehículo según informe de

y al quinto día lo encontré abandonado en la

vía pública, frente al número

de la calle

, de la localidad de , sin la llave de

encendido. La conducta del imputado se encuadra perfectamente en la figura delictiva descripta por el arto 185 del Código Penal. En efecto

, no siendo ni dependiente ni tenedor legítimo del vehículo,

sino simplemente un acompañante ocasional al que en ningún momento le conferí un poder autónomo sobre el rodado, se apoderó del mismo por varios días en mi perjuicio (indisponibilidad por casi una semana, gastos de reposición de nafta, desgaste general, rotura del parabrisas, raspón del costado izquierdo, etc.), para finalmente "disponer" de la cosa por abandono en jurisdicción extraña a la sede normal de su dueño.

III.- PRUEBA DOCUMENTAL Acompaño los documentos que acreditan la titularidad del vehículo sustraído. IV.- DILIGENCIAS COMPROBATORIAS A fin de demostrar el hecho delictuoso solicito las siguientes medidas de prueba V.-DERECHO Fundo el derecho que me asiste en lo dispuesto por el arto 185 del Código Penal. VI. PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se tenga por formulada la presente denuncia contra

, por el delito de hurto.

2.- Se me tenga, en mi carácter de particular damnificado, por parte querellante y por constituido el domicilio. 3.- Se tenga por ofrecida la prueba documental y se ordenen las diligencias comprobatorias solicitadas. 4.- Oportunamente se condene al imputado al máximo de la pena prevista para este delito y a la reparación del daño moral y material, con costas. Proveer de conformidad SERA JUSTICIA Firma del denunciante

§ 9. Formula denuncia por apropiación ilícita Señor Fiscal Provincial Penal de Turno: ............... , identificado con L.E. N°

, con domicilio en

y domicilio legal

a V.S. me presento y digo: l. PESONERIA Conforme lo acredito con el poder especial que acompaño, soy apoderado judicial de

(nombre, apellido y domicilio del denunciante).

II.- FINALIDAD DEL PRESENTE En el carácter invocado vengo a formular denuncia contra ,

y

(nombre

de los autores, cómplices, domicilios, etc.), por infracción al arto 190 del Código Penal. III.- HECHOS Mi poderdante, que se dedica habitualmente a la venta de máquinas de escribir, acostumbra, con el fin de promocionar su ventas, entregar a prueba aquellos modelos por los cuales los posibles compradores demuestren interés. Con fecha

, entregó en propias manos al imputado, en el domicilio

comercial de éste, ubicado en la calle N° escribir marca

, modelo

, de esta Capital, una máquina de

, matrícula ............... , valuada en

calidad de demostración y a título de prueba, por el término de

soles, en

. días, debiendo

serle restituida indefectiblemente el día ............... , firmando de conformidad el pertinente recibo con las condiciones impresas. En la fecha prevista, mi poderdante concurrió al lugar donde había entregado la mercadería a fin de proceder a su retiro comprobando que el negocio se hallaba

cerrado, siendo informado por vecinos que el imputado había hecho abandono del local llevándose todas sus pertenencias. Las intimaciones efectuadas en su domicilio real, según se comprueba con los telegramas que se acompañan, no dieron resultado alguno y, con toda probabilidad, la máquina ya no se encuentra en su poder. Es evidente, entonces, que el imputado, al no restituir a su debido tiempo la mercadería que tenía obligación de devolver, se halla incurso en el delito previsto por el arto 190 del Código Penal. IV.- PRUEBA DOCUMENTAL Se acompañan dos telegramas y un recibo firmado por el acusado. V. DILIGENCIAS COMPROBATORIAS A fin de comprobar el hecho delictuoso solicito las siguientes medidas de prueba VI.- DERECHO Fundo el derecho que asiste a mi mandante en lo dispuesto por el arto 190 del Código Penal. VlI.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se me tenga por parte denunciante en el Carácter invocado, y por constituido el domicilio. 2.- Se tenga por acompañada la prueba documental y se ordenen las diligencias de prueba mencionadas en el punto V. 3.- Oportunamente se condene a al máximo de la pena prevista para este delito. Proveer de conformidad

SERA JUSTICIA Firma del apoderado

§ 10. Promueve querella por calumnias Señor Juez Penal: ............... , por mi propio derecho, con domicilio real en ............... y constituyendo el procesal en mente con mi letrado patrocinante Dr CAL. N°

junta-

, con Reg.

a V.S. digo:

l.- OBJETO En el carácter invocado vengo a promover querella penal contra

, por el delito de

calumnias, contemplado en el arto 131 del Código Penal. II.- HECHOS En los autos caratulados " secretaría N°

", que tramitan ante el Juzgado Penal,

, el querellado; demandado en los autos mencionados, al

absolver posiciones, lesiono el honor de mi poderdante al expresar textualmente " ", manifestaciones que fueron recogidas por el matutino " publicidad en la edición de fecha

"

y

dadas

a

, pág .

El querellado, con tal manifestación, ha atribuido falsamente a mi poderdante la comisión de un delito que da lugar a acción pública, según lo dispuesto por el arto ............... , del Código Penal y, en consecuencia, tal imputación queda encuadrada en la figura del delito de calumnias contemplado por el arto del mismo código. A fin de demostrar la falsedad de la imputación y los antecedentes intachables de mi poderdante

.

III.- PRUEBA DOCUMENTAL Conforme lo prevé el arto del Código Penal, se acompaña testimonio del acta de absolución de posiciones del querellado expedida por el juez de la causa en que las mismas se vertieron. Se acompaña, asimismo, la página del diario mencionada en el punto precedente, en la cual se dieron a publicidad las calumnias vertidas por el querellado contra mi mandante. V.-DERECHO

Fundo el derecho que asiste a mi mandante en lo dispuesto por el arto 131 del Código Penal. VI.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Me tenga por parte querellante y por constituido el domicilio procesal. 2.- Se ordene la agregación de la documentación acompañada consistente en el acta de la absolución de posiciones del querellado y la página del periódico donde se produjeron sus expresiones calumniosas. 3.- Se convoque a las partes a la audiencia de conciliación prevista por el (art. 381 del Código Procesal Penal de 1991 o 428 del C.P.P. de 1996). 4.- Oportunamente, y en su caso, se condene al querellado al máximo de la pena prevista para este delito y a la reparación del perjuicio causado, con costas. 5.- Se ordene la publicación de la sentencia. Proveer de conformidad SERA JUSTICIA

Firma del letrado

§ 11. Denuncia estafa Señor Fiscal Provincial Penal de Turno: ............... (nombre y apellido del denunciado), aboga do con Reg. CAL FNCAP

, constituyendo domicilio en

,

a

V.S.

me

Y

Reg.

presento

y

respetuosamente digo: l.- PERSONERIA Según se desprende del testimonio de poder especial que al ratificar ésta acompañaré, el Sr como Presidente del

, con domicilio real en

me

ha

instituido su apoderado para esta denuncia. II.- OBJETO Cumpliendo expresas instrucciones de mi mandante y de conformidad con lo establecido en el arto 196 del Código Penal, vengo a denunciar a , con domicilio real en la calle

, de esta Capital, por el delito de estafa o el que resultare de la

investigación, solicitando la investigación correspondiente y su oportuna condena. III.- HECHOS El

de este año se presentó en la firma que represento y atendido por el

vendedor

.adquirió muebles por un valor de SI

vendedor factura N°

(.

),recibiendo

el

, en la que se detalla la mercadería vendida. Abonó el

denunciado dicha factura a la cajera de la casa, Srta , quien recibió el cheche N° a cargo del Banco de

por la suma antes mencionada, librado por el imputado,

el que fue totalmente confeccionado delante de la cajera y que se entregara oportunamente. Recibido el cheque, la Srta . ............... conformó la factura que luego fue entregada por el imputado a , encargado de la expedición, quien se encargó de hacer entrega de la mercadería a

en el mismo día, recibiéndola

éste en un todo conforme, tal como se desprende de haber este último firmado al remito N°

, comprobante de entrega, sin hacer reparo alguno. Este remito y la

factura se acompañarán al ratificar este escrito, junto con el cheque ya mentado. El cheque recibido fue rechazado por la institución girada por carecer el librador de fondos suficientes en su respectiva cuenta corriente o de autorización para girar en descubierto. Razón por la cual fue intimado por mi representado, mediante

telegrama de fecha , que también se acompañará. Este telegrama no fue contestado hasta la fecha. IV.- DERECHO Que la conducta imputada encuadra en la acción criminal del arto 196 del Código Penal, ya que existió ardid o engaño, consistente en la apariencia de bienes que no contenía, para conseguir la mercadería. V.-PRUEBA A fin de comprobar el hecho traído a juzgamiento sugiero la realización de las siguientes pruebas: a) Se reciba la declaración testimonial al Sr

, a la Srta

y al Sr

,

a

quienes se puede citar al domicilio de mi mandante. b)

Se reciba declaración indagatoria al imputado.

c)

Se determine mediante peritaje caligráfico si la firma y texto del cheque

pertenecen al imputado. d) Se libre oficio al Banco a fin de que dicha institución remita la documentación que obra en su poder con respecto al cheque rechazado. e) Se libre oficio al Correo para que se acredite sobre la recepción del telegrama N°

de fecha

del presente año.

VI.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se me tenga por presentado y con domicilio constituido. 2.- Se formalice la presente denuncia. 3.- Se practiquen las medidas indicadas en el punto V. Proveer de conformidad, será justicia

Firma del apoderado

§ 12. Denuncia defraudación Señor Fiscal Provincial Penal de Turno: ............... (nombre y apellido del denunciante), con domicilio en , de esta Capital, a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a denunciar que

(nombre del

denunciado), peruano, casado, domiciliado en

. (poner la mayor parte

de datos que posibiliten su individualización), ha cometido apropiación ilícita (art. 190 del Código Penal) al negarse a restituirme un aparato de televisión de mi propiedad que le facilité al único efecto de su uso temporario. Oportunamente presentaré la documentación que prueba mi condición de propietario del aparato, de su entrega al imputado y de la apropiación indebida. Solicito se proceda a la investigación de ley previa ratificación del presente. Proveer de conformidad, será justicia

Firma del Abogado

Firma del denunciante

§ 13. Formula denuncia obligatoria (Art. 407 del Código Penal) Señor Fiscal Penal de Turno: ............... (Nombre y apellido del denunciante), por mi propio derecho, con domicilio real en

y constituyéndolo a sus efectos en

,

a

V.S.

respetuosamente digo: 1.- OBJETO Que vengo a formular denuncia según me obliga el arto 407 del Código Penal para los que profesamos el arte de curar, ante el conocimiento de un probable hecho delictuoso. II.- HECHOS Tengo consultorio en la calle

de esta Capital, donde el día

del

corriente mes" alrededor de las ............... horas cuando ya había terminado de atender a mis pacientes y me encontraba solo, ordenando algunos análisis de uno de ellos, llamaron dos personas, una de las cuales estaba herida por un proyectil de arma de fuego. Al revisarlo, a instancias del acompañante, comprobé que el herido presentaba un orificio de entrada en la región ............... causado probablemente por una bala de gran calibre, lo que no puedo aseverar con certeza dada mi escasa versación en la materia. Contuve la hemorragia y procedí al vendaje y curación de las partes afectadas ya descritas, tal como se procede con un caso de emergencia y con el precario material que hay en mi consultorio. No obtuve ningún dato acerca de la forma en que se produjo la herida ni sobre la identidad del herido y su acompañante, ante la actitud defensiva y amenazante de éstos que me intimidó. Sin darme tiempo a intentar llamar a la policía se retiraron silenciosa y apresudamente, sin pagar ni ofrecer pagar mis servicios profesionales. El herido era un hombre

(descripción física).

Su acompañante era

(descripción física).

Debo agregar que de volver a verlos los reconocería. III.- PETITORIO

Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Tenga por formulada esta denuncia por imperio del arto 407 del Código Penal. 2.- Previa ratificación, disponga V.S.la investigación que pueda corresponder. Proveer de conformidad, será justicia.

Firma del denunciante

§ 14. Ratificación de denuncia En Lima a los 199

días del mes de

, comparece de estado civil

profesión

, domiciliado en

de

, de

y que acredi-

ta identidad con

, que manifiesta que se ratifica

del escrito de fs

que le es puesto de manifiesto.

Con lo que se da por terminado el acto. Firma del compareciente, previa lectura y ratificación, por ante mi. Firma del denunciante Firma del Secretario Nota: Puede ratificarse también en forma de declaración testimonial, forma que permite obtener datos ampliatorios, ac1aratorios, etc. salvo que se trate de delito de acción privada.

§ 15. Acompaña documentación Señor Fiscal Provincial Penal de Turno: ............... (Nombre y apellido del denunciante), en mi denuncia contra

(nombre

y apellido del denunciado), manteniendo el domicilio constituído en

,

a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a acompañar al presente la documentación probatoria que mencioné en mi denuncia, junto con fotocopias de la misma. Dicha documentación consiste en: 1.- Un recibo de fecha

expedido por el denunciado.

2.- Otro recibo similar de fecha

.

3.- Telegrama colacionado N°

, expedido por mi.

Solicito se ordene la reserva de los originales y la agregación de las copias. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del denunciante Nota: Sólo se pide copias certificadas de denuncias policiales. En caso de delitos se piden copias certificadas de los actuados luego de la instructiva (investigación).

§ 16. Certificación de denuncia CERTIFICO en cuanto ha lugar por derecho, que por ante esta Fiscalía Penal, Secretaría firmante, tramita la causa N°

a cargo del

iniciadael..

, por ante la División

.

de

de 199

que

(nombre y apellido de denunciante) denunció

la sustracción del automotor tor) de propiedad de

yen la

(datos del automo-

(nombre y apellido del

propietario) el que fue hallado, faltándole los siguientes elementos

, según manifestaciones del

.

(damnificado, peritos, etc.). Por mandato judicial, a pedido de parte interesada y para ser presentado ante expedido el presente que sello y firmo en la ciudad de Lima a los días de Firma del Secretario

de 199

.

.

§ 17. Solicita devolución efectos secuestrados Señor Juez Penal: ............... (Nombre del solicitante), con domicilio real en

, constituyendo domicilio legal en

en

la causa N° , a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a solicitar la devolución del automovil marca

, placa

de mi propiedad, que me

fuera sustraído en la forma que mencioné en mi denuncia. Hallado el automotor por la Policía Técnica lo reconocí en la Comisaría donde advertí numerosas alteraciones en su aspecto exterior que señalé en la declaración que presté. Fundo mi pedido en lo dispuesto por el arto 179 del nuevo C.P.P. y acompaño en original y fotocopia el título que acredita mi propiedad, solicitando la certificación de la fotocopia y devolución del original. Solicito asimismo que se me expida certificado de las alteraciones efectuadas en el automotor y del cambio de placas, a fin de gestionar un nuevo juego de las mismas. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del peticionario

§ 18. Poder especial para querellar o denunciar En la ciudad de Lima, Capital de la República del Perú a los

días del mes de noviembre del año

............... , ante mi Secretario autorizante, comparece don ............... de nacionalidad , de estado civil identificado con L. E. N°

.

, domiciliado en la calle

............... , mayor de edad, hábil, vecino de este lugar, de mi conocimiento, doy fe, como de que manifiesta: Que confiere PODER ESPECIAL a favor de los doctores

para

que en su nombre y representación y actuando conjunta, separada o indistintamente, denuncien o querellen criminalmente (o continúen la querella promovida ante el Juzgado Penal número por el delito de

y que

perjuicio) con relación a (los bienes

Secretaría

de esa Capital) contra

(continúa cometiéndose o se cometió en su a sus personas, etc.) y contra quienes

fueren sus instigadores, copartícipes y encubridores. Al efecto los faculta para que comparezcan ante las autoridades competentes de la Justicia en lo criminal, de cualquier fuero o instancia, para querellar o denunciar el delito, desistir la querella o denuncia, ejercitar la acción civil correspondiente y solicitar la reparación material y moral del daño ocasionado y su correspondiente reajuste por desvalorización monetaria en sede civil o criminal, presentar escritos, pruebas y recursos de toda índole, inclusive los recursos extraordinarios, renunciar a dichas pruebas y recursos, pedir embargos de bienes suficientes para asegurar el pago de la indemnización civil y las costas del juicio, asistir al examen de los testigos, con derecho para tacharlos, preguntarlos y repreguntarlos; acusar y solicitar la imposición de penas, cuando fuera procedente; percibir y otorgar recibos y realizar. cuantos más actos, gestiones y diligencias que requieran el mejor cumplimiento del presente mandato, que podrán sustituir y que no revoca ninguno anterior. Leída que le fue al compareciente la presente escritura se ratifica de su contenido y en prueba de conformidad la firma por ante mí de todo lo cual doy fe. Firma del poderdante

Firma del Secretario

§ 19. Denuncia formulada en sede policial En la ciudad de Lima, a los ............... del año

días del mes de

, siendo las horas y

............... minutos, comparece ante el funcionario policial que suscribe, a cargo de la Seccional

de Policía de

esta ciudad, una persona que dice llamarse de nacionalidad peruana, de

, ser

años de edad, de

estado civil de profesión con instrucción y domiciliado en de esta jurisdicción policial; quien acredita identidad mediante

L.E. N°

............... y en presencia del testigo hábil para el acto ............... , ciudad, formula la siguiente DENUNCIA; Que comparece en representación de la fIrma cual es socio, según lo acredita con

, de la

a fIn de dar

cuenta de un hecho delictuoso cometido por uno de los empleados de la mencionada fInna, llamado

,

quien se desempeña como operario en la sección

,

siendo su domicilio Dicho empleado, que cuenta con una antigüedad de hecho uso de

años en la empresa, ha

días de licencia por razones de

salud, aduciendo tener problemas de Que habiendo el deponente revisado toda la documentación presentada por el operario a fin de justificar la licencia médica, advirtió que en uno de los certificados médicos expedido por el Dr

se encuentra adulterada la cantidad de días

asignados por el facultativo, ya que se observa que el certificado ha sido borrado y corregido con tinta distinta. Que a raíz de ello, la firma a la cual represento se ha visto damnificada por el obrar del denunciado, en razón de haberle abonado a este último todos los días que no trabajó por razones de salud. Que en consecuencia viene a formular la presente denuncia en contra del señor

Que en cuanto a la acción civil emergente del hecho denunciado, oportunamente lo resolverá. Con lo que se dio por terminado el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firma el compareciente por ante la instrucción que certifica. Firma del denunciante Firma del jefe de la dependencia Firma del testigo hábil

§ 20. Denuncia penal ante el Fiscal Provincial de Turno Señor Fiscal Provincial Penal: ............... (nombre del denunciante), por derecho propio, con domicilio real en , y constituyéndolo a todos los efectos procesales en , ambos de esta ciudad, ante el Señor Fiscal respetuosamente comparezco y digo: 1.- OBJETO Que vengo por la presente a formular denuncia penal en contra del señor con domicilio en

de esta ciudad, en base a los hechos que a

continuación paso a exponer: II.- HECHOS ............... (relatar en forma clara y precisa los hechos objeto de la denuncia, especificando con claridad las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que se produjeron los mismos. Mencionar los nombres y domicilios de los testigos presenciales, si los hubiere, y todo otro elemento de juicio útil para demostrar la existencia de los hechos denunciados). III.- ENCUADRAMIENTO LEGAL Que los hechos denunciados "supra" encuadran en la figura penal prevista en el arto

del Código Penal, habiéndose configurado el citado ilícito al haber realizado

dolosamente el denunciado

(mencionar la actividad desplegada por el

mismo). Por todo lo expuesto, al Sr. Fiscal pido: a) Me tenga por presentado, por parte en el carácter invocado, y con el domicilio constituído. b) Tenga por efectuada la presente denuncia penal. SERA JUSTICIA Firma del abogado

Firma del denunciante

§ 21. Denuncia hurto Señor Fiscal Provincial Penal: ............... (nombre del denunciante), identificado con L.E. N° real en

, con domicilio

, y constituyendo el procesal en la calle , estudio de mi abogado

patrocinante, a V.S. me presento y respetuosamente digo: 1.- FINALIDAD DEL PRESENTE Que vengo a denunciar como autor responsable del delito de hurto al Sr (nombre del denunciante), con domicilio real en , Lima, a tenor de los hechos y el derecho que a continuación paso a exponer. II.- HECHOS Que el día 27 del corriente mes concurrí con mi hijo de dos años al Jardín Zoológico "Parque de las Leyendas" de la ciudad sito en

.

Que eran aproximadamente las horas cuando junto a una considerable cantidad de personas contemplábamos la jaula de los loros, papagayos y tucanes. Que en esos momentos se hizo presente en dicho lugar el conocido futbolista (nombre del denunciado), quién en estado de aparente ebriedad procedió a cortar con una tenaza la jaula mencionada y atrapando a un guacamayo de color rojo, azul y blanco procedió a llevárselo tomándolo del cuello, ante la sorpresa de toda la concurrencia. Que ante su actitud procedí a recriminarle públicamente, ante lo cual obtuve por respuesta la siguiente: "ándale idiota, que el que tiene plata hace lo que quiere". Acto seguido huyó a gran velocidad llevando en sus manos al animal mencionado, sorteando hábilmente a las personas que intentaron detenerlo en la puerta de entrada. III.- PRUEBA Estaban presentes las siguientes personas, posibles de ser interrogadas en la instrucción: lo

............... ,

...............

ocupación

............... ,

domiciliado en

2.

............... ,

ocupación

............... ,

domiciliada en

ocupación

............... ,

domiciliado en

ocupación

............... ,

domiciliado en

ocupación

................ , domiciliado en

............... 3.

............... ,

............... 4.

............... ,

............... 5.

............... ,

............... IV.- PETITORIO Por lo expuesto solicito: Se tenga por formulada la presente denuncia contra ............... (nombre del denunciado), por delito previsto en el arto 185 del Código Penal. Se ordene la investigación correspondiente. Dígnese V.S. proveer de conformidad, que: SERA JUSTICIA

Firma del patrocinante

Firma del denunciante

§ 22. Formulo denuncia (autor desconocido) Señor Fiscal Provincial Penal de Turno: ............... (nombre del denunciante), identificado con L.E. N°

, con domicilio real en

estudio de mi patrocinante, sito en

y constituyendo el procesal en el

a V.8. me presento y digo

l.- FINALIDAD DEL PRESENTE Que vengo a denunciar ante V.S. la comisión en perjuicio de mi señora madre del delito de hurto, cuyo autor resulta persona desconocida. 11.- HECHOS En el día de la fecha, mi señora madre doña , que se domicilia en mi casa ya denunciada, aproximadamente a las

horas salió a hacer compras en el

barrio, cuando un muchacho joven de aproximadamente 20 años, delgado, , de zapatillas y jeans, corriendo a toda velocidad, procedió a arrancarle de sus manos el monedero que llevaba, sustrayéndole así la suma de ............... soles que acababa de cobrar en carácter de jubilación. Nos encontrábamos presentes en dicho momento, y a escasos metros del lugar del hurto el episodio ocurrió en la esquina de casa-, yo y un vecino de apellido , domiciliado en

quién al ser requerido de mi parte como testigo me manifestó

que no quería tener líos con nadie y en razón de ello se negó a suministrarme más datos sobre su persona. Habiendo averiguado de mi parte, que en la zona mencionada y en el día de ayer se produjeron cuatro delitos de las mismas características y que han sido denunciados policialmente, solicito a V.S. que al ordenar la formalización de la presente denuncia respectiva tenga en cuenta la apuntada circunstancia. III.- PETITORIO Por lo expuesto solicito: 1.- Se tenga por formulada la presente denuncia. 2.- Con los datos aportados yen relación a los mismos se ordene la formalización de la presente denuncia. Dígnese V.S. proveer de conformidad que:

SERA JUSTICIA Firma del patrocinante Firma del denunciante

§ 23. Formulo denuncia y me presento como particular damnificado Señor Fiscal Provincial Penal de Turno ............... (Nombre del denunciante), identificado con L.E. N°

, con domicilio real en

y constituyendo el legal en el

Estudio de mi abogado patrocinante sito en la calle

, a V.S. me presento y

respetuosamente digo: l.- FINALIDAD DEL PRESENTE Que en el carácter de particular damnificado, vengo a formular denuncia penal contra don

(nombre del denunciado), comerciante, domiciliado en

, por el

delito de estafa (art. 196 del Código Penal). 11.- HECHOS Que poseo un negocio de artículos para el hogar cuyo nombre comercial es

y

se encuentra ubicado en Que en función de mi actividad comercial conocí a un señor

(nombre

del

denunciado) quien es el dueño de un negocio del mismo ramo que el mío y cuya ubicación esta en la calle de la misma ciudad. Que razones de vecindad y trabajo me llevaron a un trato frecuente y amistoso con dicha persona. Que en innumerables oportunidades este señor me pidió prestado dinero para financiar su giro comercial, el que presté y puntualmente me fue devuelto en las fechas comprometidas. Que jamás cobré intereses portales préstamos. Que los mismos tenían un promedio de

. dólares estadounidenses cada uno.

Que la semana pasada, el Sr

(nombre del denunciado) me pidió le

prestara el equivalente a . dólares americanos a los efectos de poder habilitar un negocio de comestibles. Que en razón del pedido me dirigí a dicho lugar donde encontre una obra de construcción y fui atendido por un "maestro mayor de obras" que me dijo que (nombre del denunciado) lo apuraba la terminación de la obra para poder instalar un negocio en un plazo de 15 días.

Que

(nombre del denunciante) me dijo que el inmueble en cuestión era de

su propiedad y una vez instalado el negocio me devolvería el dinero prestado y me daría durante el plazo de diez meses el 10% de sus ganancias en dicha explotación comercial. Que finalmente accedí a prestarle a

(nombre

del

denunciado)

el

equivalente en nuevos soles de la suma solicitada, ante lo cual se firmó un contrato de mutuo que se acompaña a la presente denuncia. El convenio data de seis días atrás. Que hasta el día de la fecha no he visto más al Sr . ............... (nombre del denunciado), quien ha desaparecido de los lugares habituales que frecuentaba y ha vendido su local de artículos del hogar. Que en cuanto al local de comestibles a habilitarse en ............... , pude comprobar que el mismo nunca fue propiedad del denunciado, siendo que ha pertenecido al Sr. Que jamás este último encomendó reanudar la obra en construcción que se encuentra en el lote de su propiedad a maestro mayor de obras alguno. Que los Sres

,

, también propietarios de casas de artículos del

hogar en el centro de la ciudad ha sido perjudicados por igual maniobra por parte de ............... (nombre del denunciado). En ambos casos el ahora denunciado se valió de la supuesta apertura de un local de comestibles situado en y del mismo maestro mayor de obras". Que los comerciantes recién mencionados me han comunicado que a la brevedad también formularán denuncia penal III.- DERECHO Es evidente que no se está en presencia de un mero incumplimiento contractual en el orden civil y comercial, sino ante una verdadera estafa o defraudación penal, pues el denunciado mediante el "ardid" de la apariencia de bienes y la picardía de hacerse pasar por un puntual pagador de deudas de poco monto, hizo posible la disposición patrimonial de mi parte y de los otros comerciantes. El dolo en su accionar surge de hechos relatados, especialmente su particular huída de sus

lugares habituales (vendió su local al testigo) y por la puesta en escena que pergeño en su "singular" maestro mayor de obras El arto 196 del Código Penal encuadra perfectamente en la descripción realizada. IV.-PRUEBA Sugiero la realización de las siguientes: a) TESTIMONIAL: Se cite a declarar a las siguientes personas: 1.

(nombre del testigo), comerciante, domiciliado en

.

2

(nombre del testigo), comerciante, domiciliado en

.

3

(nombre del testigo), estanciero, domiciliado en

.

4

(nombre del testigo), empleada, domiciliado en

5

(nombre del testigo), empleada, domiciliado en

6

(nombre del testigo), empleado, domiciliado en

b) DOCUMENTAL: Acompaño el contrato de mutuo celebrado con el denunciado. c) INFORMES: Se libre oficio al Registro de la Propiedad para que informe quién es el propietario del inmueble sito en

.

V.- PETITORIO Por lo expuesto, solicito: Se tenga por formulada la presente denuncia. Se ordene la formalización de la presente denuncia. Se admita la prueba ofrecida. Oportunamente se condene al denunciado a la máxima pena legal. Dígnese V.S. proveer de conformidad que: SERA JUSTICIA

Firma del Patrocinante

Firma del particular damnificado

§ 24. Formulo denuncia (usurpación) Señor Fiscal Provincial Penal de Turno: ............... (Nombre del denunciante), con domicilio real en

, identificado con L.E. N° , Y

constituyendo domicilio procesal en el estudio de mi letrado patrocinante Dr sito en

,

, a V.S. me presento y digo:

l.- FINALIDAD DEL PRESENTE Que en base al arto

y conc. del c.p.p. vengo a denunciar a (nombre

denunciado) con domicilio real en

del

, por el delito de usurpación (art .

............... ) o el que V.S. estime deba ser el correspondiente a los hechos que expondré. II.- PRESENTACION DE PARTICULAR DAMNIFICADO Atenta mi carácter de damnificado, víctima y ofendido por el delito denunciado, vengo a solicitar ser tenido en el proceso en el carácter de particular damnificado con los alcances y facultades que me confiere al arto 85 del nuevo C.P.P. En este carácter solicito desde ya la condena en el máximo de la escala penal y la expresa imposición de una adecuada reparación civil al denunciado. III.- HECHOS QUE MOTIVAN LA PRESENTE Conforme al contrato de arrendamiento que acompaño soy inquilino de un local comercial sito en . desde el , con fecha de vencimiento el día

.

Que, en sede civil se lleva a cabo un proceso por atraso en el pago de alquileres. Hasta aquí, V.S., todo es normal, legal, frecuente judicialmente y hasta me atrevería a decir "justo", como equivalente a "arreglado a derecho" -ello sin perjuicio de las defensas que esgrimiré en sede civil y que hacen a cuestiones "por ahora" ajenas a la materia procesal penal. Pero, atento los términos de la presente denuncia, pasaré a relatar una serie de hechos anteriores y posteriores a la notificación judicial que he trascrito y cuya fotocopia se adjunta; dichos hechos constituyen el sustrato fáctico de lo que aquí se denuncia como delictivo. A mejores efectos expositivos, los narro en capítulo siguiente.

IV.- HECHOS CONSTITUTIVOS DE USURPACION Ignorando el allanamiento, cambio de cerradura, y embargo de bienes decretado en sede civil, concurro como lo hacía casi todos los días al local comercial de sociedad irregular con



...............

donde

en

fabrico y comercializo zapatillas deportivas, el viernes

.en horario de tarde (luego de la diligencia judicial). Grande fue mi sorpresa cuando al pretender entrar a dicho inmueble me encuentro con una nueva cerradura que me impide el acceso al local cuya legal tenencia detento. Ante ello, y en compañía de mi socia me dirijo a la casa de la arrendadora (vecina, pues vive en la misma calle en el N°

) y le requiero explicaciones a ella y a su

marido --que conozco como "Don

". Los mismos- y tengo testigos de ello-, -la

Sra

y la

- , me reciben diciéndome que me retirara, que no correspondía mi

entrada al local que "así iba a aprender" y "que el local ahora lo tenían ellos", "que un oficial de justicia, una abogada y un escribano habían embargado todo". Frente a tal explicación les requerí las nuevas llaves para poder entrar, manifestándoles que más allá del juicio incoado y el embargo trabado me debían dejar entrar a mi local "que estaba cometiendo el delito de usurpación". En honor a la verdad, me veo obligado a decir que no creí absolutamente nada de lo que dijeron relacionado a una diligencia judicial, pues sospeché que se trataba de un acto de "hacer justicia por mano propia". Amén de los perjuicios que dicha acción ilegal y arbitraria me produjo a mí ya mi socia, me sentí indignado y apesadumbrado aunque contuve mis impulsos de "hacer justicia por mano propia". Pese a ello, el sábado por la mañana volví al lugar en compañía de mi hermano

, a solicitar se me dejara pasar al interior

del local; nuevamente no me fue permitida la entrada y se me impidió el acceso a él. Lo mismo el lunes y martes, siempre las explicaciones fueron similares: "te jodimos", "el contrato métetelo en el c ... ", "aquí no entras más", "te va a salir más caro de lo que te imaginas".

A esta altura estábamos desesperados, yo y mi socia; el miércoles recibo la cédula judicial precitada y asesorándome jurídicamente por mi ahora patrocinante concurro el día Escribano

a las horas al domicilio de la denunciada en compañía del

a pedirle las llaves para entrar, constatando este notario la negativa a

mi requerimiento. El acta notarial de constatación que acompaño y que acredita este extremo, corrobora con evidencia el "corpus delicti", responsabilidad y autoría del delito denunciado e imputado a . V.-DERECHO Sin perjuicio del encuadramiento legal que V.S. decidirá sobre el hecho delictivo narrado, según su apreciación del derecho cercano, sin dudas a las figuras de violación de domicilio (art. 159 C.P.) y estafa (art. 196), esta parte contingente del proceso penal considera que se ha incurrido en el delito de USURPACION tipificado por el arto 202 del código represivo. Al efecto de ayudar la ilustración de V.S. cito como derecho aplicable el arto 202 del C.P. y su siguiente doctrina: Núñes T. "Manual del Derecho Penal- Parte Especial" Ed. Lerner, p. 275: " ... la usurpación puede consumarse mediante la invasión del inmueble

o mediante el impedimento de su acceso a él".

El mismo autor señala en su libro: " ... el portador de la orden judicial de inspección que despoja del inquilino", es un usurpador. También Breglia Arias-Gauna en su "Código Penal comentado, anotado y concordado". Ed. Astrea, última edición dicen: "el cambio de cerradura es una forma de violencia" (p. 661). Y luego en p. 662 agregan: " ... comete abuso de confianza ... el propietario que se constituye en tenedor de la finca alquilada para cuya inspección logró una orden judicial". Marcelo Manigot, en su "Código Penal anotado", ed. Abeledo Perrot, 48 ed. Bs. As. dice: " ... configura violencia, el cambio de cerradura del inmueble aunque sea necesario, si no se proporcionó copia de la llave al inquilino (C.C.C.; ausa: Rodríguez de Bellim de 1962, JPBA, 3-216" esto en la p. 652 de la edición corregida y aumentada. VI.- PRUEBA

Aporto y sugiero la siguiente: 1.- Documental - Contrato de arrendamiento - Acta notarial de constatación 2.- Testigos: Se cite a los siguientes: 1

(nombre del testigo), ocupación , con domicilio en .

2

(nombre del testigo), ocupación , con domicilio en .

3

(nombre del testigo), ocupación , con domicilio en .

4

(nombre del testigo), ocupación , con domicilio en .

VlI.- PETITORIO Solicito entonces: 1.- Se tenga por formulada la presente denuncia. 2.- Se formalice la denuncia Firma del denunciante

Capítulo II QUERELLA (arts. 424 81434 del C.P.P. de 1996) QUERELLA Puede querellar la persona capaz, particular y contemporáneamente ofendida por el delito. Vale decir, que el derecho de querellar no puede ser cedido a otro, no provenir de un derecho recibido del ofendido. Además pueden querellar 1.- Por los incapaces, sus representantes legales. 2.- El cónyuge, padres e hijos o representante legal del incapaz, por la muerte de éste. 3.- Los representantes legales de las personas jurídicas en la forma que determinen sus estatutos, y en tanto éstos no lo prohíban. No es obligatorio querellar, como es obligatorio denunciar en los casos de los arts. 407, 408, 424 C.P. A) Formas: 1.- Por escrito ante el Juez Penal (art. 424 e.p.p. de 1996). 2.- Verbalmente, modalidad quejuzgamos inadmisible y que es indetectable. Es obligatorio el patrocinio de letrado. B) Acción Civil conjunta Se debe hacer constar si se reclama la reparación del perjuicio, estimándolo. C) Trámite Procede querella sólo en los casos siguientes (art. 424 primer párrafo): - Delitos contra el honor (injuria, calumnia, difamación), sin interesar que éstos hayan sido cometidos por medio del libro, prensa o cualquier medio de comunicación. - Violación, sin armas y de manera individual.

- Seducción. - Ofensas al pudor público. - Delitos contra la intimidad. - Otros que señale la ley. Trámite (arts. 424 al 434) - Denuncia de parte - Subsanación de la denuncia en el caso que no sea clara o esté incompleta. - Emisión del auto admisorio de la instancia y traslado al querellado - Citación para la audiencia. - Apercibimientos. - Conciliación - Actuación de prueba, en caso de no haber conciliación. - Desistimiento. - Sentencia - Apelación. - Resolución Definitiva D) Contraquerella El procesado no puede contraquerellar en la misma causa, ni en las conexas. E) Separación del querellante No puede resolverse de oficio sino por vía de excepción, salvo el caso de procesamiento del querellante en la misma causa, que justifica su separación de oficio.

MODELOS § 1. Solicita ser tenido como querellante Señor Juez Penal ............... (Nombre y apellido del querellante) por derecho propio, con domicilio real en yéndolo en

, en la causa N°

y constitu-

a V.S.

respetuosamente digo: Que vengo a presentarme por querellante en esta causa, con relación al hecho que motivó mi denuncia y, con ella, la iniciación de la causa. Oportunamente, con cabal conocimientos de la causa, peticionaré según crea corresponder acerca de los posibles coautores, cómplices y encubridores del delito que me perjudicó. Tenerme por querellante, será justicia Firma del querellante

Firma del patrocinante

§ 2. Desiste querella Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del querellante), con domicilio constituído en

, en mi carácter de

querellante, en la causa N°

, a V.S. respetuosa-

mente digo: Que vengo expresamente a desistir de la querella que inicié contra

en razón

de haber recibido del mismo satisfactorias explicaciones acerca de los hechos que motivaron mi acción. Asimismo hemos convenido una adecuada y razonable transacción acerca de la parte económica de las cuestiones que debatíamos, por lo que me considero suficientemente resarcido e indemnizado. Consecuentemente con ello (art. 430 in fine, Código Procesl Penal de 1996) renuncio a la acción criminal tentada. Por ello de V.S. solicito me tenga por desistido, eximiéndome de responsabilidad, por no haber accionado temerariamente ni con notorio desconocimiento del derecho. Proveer de conformidad, será justicia

Firma del querellante

Firma del apoderado

§ 3. Promuevo querella Señor Juez Penal ............... (Nombre del abogado), abogado con Reg. CAL N°

defensor del Sr

, domiciliado en ............... a V.S. digo: 1.- FINALIDAD DEL PRESENTE En su representación vengo a promover querella penal (art. 424 del C.P.P. de 1996) contra el profesor universitario (querellado), con domicilio en

, por

el delito de injurias contemplado en el arto 130 del Código Penal. II.- HECHOS Que mi mandante el Sr

(querellante) es un joven profesor de la Facultad

de Derecho de la Cátedra de Derecho penal. Siendo las

horas aproximadamente del día ............... del corriente mes y

procediendo el Sr

. (querellante) a integrar una mesa examinadora de la Cátedra

mencionada, junto al profesor

y el ahora querellado, éste último dijo a viva voz

ante la presencia de por lo menos "Usted es muy burro

alumnos y digiriéndose a mi patrocinado:

para sentarse en una mesa junto a mi. Aprenda derecho

antes de venir, no sea caradura". Surge a simple vista que la expresión de tales descalificadoras, agresivas, deshonrantes, injustas y maliciosas palabras, no son más que la configuración lisa y llana del delito descrito en el arto 130 del Código Penal. Mi patrocinante es un cabal hombre de derecho, estudioso, docente, de reconocida trayectoria en el ámbito abogadil y autor de numerosas publicaciones jurídicas. Con la firme convicción que ningún profesor universitario, y menos aún el distinguido profesor

. (querellante), es merecedor de palabras tan arteras y

descalificadoras, es que ocurro a los estrados judiciales en búsqueda de justicia III.- DERECHO La frase del querellado es de por sí contumeliosa, teniendo en cuenta el lugar en que se produjo, la persona a quien fue dirigida, el concepto social que la misma goza, la reputación que tiene y el tono utilizado en pronunciar dicha frase.

Es de penal aplicación el arto 130 del Código sustantivo. IV.- PRUEBA ofrezco lo siguiente: 1.- Testimonial: Se dicte a declarar a las siguientes personas: ............... (nombre del testigo), ocupación ciliado en

.

............... (nombre del testigo), ocupación ciliado en

, domi-

.

............... (nombre del testigo), ocupación ciliado en

, domi-

.

............... (nombre del testigo), ocupación ciliado en

, domi-

.

............... (nombre del testigo), ocupación ciliado en

, domi-

.

............... (nombre del testigo), ocupación ciliado en

, domi-

, domi-

.

Los testigos serán preguntados a tenor del siguiente interrogatorio: 1.- Por las generales de la ley. 2.- Para que diga el testigo si estuvo presente en el examen de Derecho Penal de la Facultad de Ciencia Jurídicas del día

.

3.- Para que diga el testigo si se hallaba presente el profesor

(querellado).

4.- Para que diga el testigo si este profesor dijo alguna frase a viva voz dirigida a algún colega. 5.- Para que identifique al colega. 6.- Para que diga el testigo cual fue la frase que dirigió a dicha persona. 7.- Para que diga el testigo que actitud tornó el querellado una vez comenzado el examen. 8.- Para que diga el testigo que actitud tornó el querellante luego de comenzado el examen. 9.- De público y notorio. 2.- Informativa:

Se libre oficio de la facultad de ciencias jurídicas de la Universidad de Lima para que informe años de antigüedad, cargo que desempeñan, cantidad de horas cátedras y méritos académicos de los Doctores

(querellante

y querellado). Se libre al Congreso de la República para que informe si el Dr desempeña corno asesor

(querellante) se

de dicho cuerpo, yen caso afirmativo indique que

categoría reviste dicha persona, que funciones específicas cumple y en que materia presta dicho asesoramiento. 3.- Documental Acompaño la siguiente: 1.- Publicación: "El Derecho Penal y la vida", libro de 820 páginas. 2.- "El penalista en acción", libro de 198 páginas. 3.- "La prueba en el Derecho Penal", libro de 78 páginas. 4.- Título de "Master" en Derecho Penal, otorgado por la Facultad de Derecho de la Sorbona, Francia. V.- PETITORIO Por todo lo expuesto, a V.S. pido: 1.- Se me tenga por presentado, por querellante en mérito al poder especial acompañado y por constituido el domicilio. 2.- Se ordene la entrega de la presente al querellado. 3.- Se convoque a audiencia de conciliación. 4.- En su oportunidad se condene al querellado a la máxima pena por el delito de injurias y al pago de una adecuada reparación civil Dígnese V.S. proveer de conformidad, que: SERÁ JUSTICIA Firma del abogado Firma del querellante

§ 4. Querella por calumnias Señor Juez Penal: ............... , por mi propio derecho, con domicilio real en ............... y constituyendo el procesal en patrocinante Dr

con Reg. CAL N°

juntamente con mi letrado

V.S. digo:

1.- OBJETO Vengo a promover querella penal contra

. domiciliado en

por

el

delito de calumnias (art. 131 del Código Penal). 11.- HECHOS El día de bajo la firma de

de 199

, en la página ............... del diario

y

se publicó un artículo periodístico donde se entrevistaba al

querellado. En el mismo, el querellado me imputa la Comisión de un delito que dá lugar a acción pública, según el arto ............... del Código Penal, por lo que consecuentemente tal imputación configura el delito de calumnias tipificado por el arto 131 del citado Código. La imputación ha sido clara, precisa y además falsa y dada a publicidad. III.- PRUEBA Ofrezco la siguiente: a) Documental: ejemplar del diario referido en el punto II que acompañará al ratificar la presente. b) Informativa: oficio al diario publicada el día

para que informe sobre contenido de la nota

. en la página

que hacen atribuible la respuesta a

del diario mencionado, elementos ciertos y nombre del periodista que firmó la

misma. c) Testimonial: se cite al periodista

con domicilio en

, para que declare a

tenor del interrogatorio que se acompañará. IV.- DERECHO Fundo mi derecho en el arto 131 del Código Penal y arto 424 del C.P.P. de 1996. V.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito:

1.- Me tenga por presentado, por parte querellante y por constituido el domicilio procesal; 2.- Tenga presente lo expuesto y disponga las medidas probatorias pedidas; 3.- Oportunamente condene al querellado al máximo de la pena prevista para este delito ya la reparación del perjuicio causado. SERA JUSTICIA Firma del abogado Firma del querellante

§ 5. Querella por difamación Señor Juez Penal: ............... por derecho propio, con domicilio real en ............... , y constituyendo el procesal en mente con mi letrado patrocinate Dr CAL N°

junta-

con Reg.

a V.S. digo:

l.- OBJETO Vengo a promover querella penal contra

. domiciliado en

, por el

delito de difamación (art. 132 del Código Penal). 11.- HECHOS El día de en

de 199

, siendo las ............... horas, y encontrándome

participando de una cena, uno de los asistentes, el querellado, tomó la

palabra y profirió expresiones verbales deshonrosas y lesivas a mi persona, con el evidente propósito de ofenderme, en los siguientes términos: "

" Ante el estupor

de los demás comensales, cuando yo le pedí que se rectificara de tales dichos, se levantó de la silla donde se encontraba sentado y golpeando la mesa con su puño derecho, reiteró las frases ofensivas, y luego se retiró del lugar. Es de destacar, que los presentes, son en su mayoría personas de un elevado nivel socio-cultural, entre los que se encontraban señores: ,

, etc.

También dejo constancia que el querellado no se encontraba en estado de embriaguez, ya que por el contrario, durante la reunión, expresó pensamientos claros y conectados con la realidad de los temas sobre los cuales se trataba en las conversaciones. Firma del abogado Firma del querellante

§ 6. Desisto de la querella promovida Señor Juez Penal: ............... (Nombre del abogado), abogado querellante, en la causa N°

, que se le sigue a por el

delito de injurias a V.S. digo: Que vengo a desistir de la querella promovida por razones de índole personal. Téngase presente, que: SERA JUSTICIA

Firma del abogado

Firma del querellante

Capítulo III QUERELLA POR DELITOS CONTRA EL HONOR DELITOS CONTRA EL HONOR Los procesos por los delitos de calumnias e injurias requieren actividad instructora. Por ello, se iniciará su trámite ante el Juzgado Penal de Turno. En estos casos, el impulso procesal depende de las partes, lo que requiere muy especial dedicación de ellas, especialmente del acusador privado cuya pasividad puede implicar la sanción del arto 426 del C.P.P. de 1996. No se admite actividad alguna de oficio bajo sanción de nulidad, salvo la intimación del citado arto 426, al querellante o querellado en su caso, y medidas complementarias de las solicitadas por éste (por ejemplo: requerir los antecedentes del querellado). La querella debe reunir las siguientes reglas: - Debe ser promovida ante el Juez Penal, por el agraviado o su representante. - Precisará los datos identificatorios del querellante y del querellado. - Contendrá el relato de los hechos considerados punibles y los fundamentos juncos que la sustentan. - Indicará las pruebas que presenta u ofrece. En el caso de testigos debe señalarse sus datos identificatorios. - Fijará el monto de la reparación civil. Si la calumnia o la injuria concurren idealmente con otro delito de acción pública (por ejemplo: falso testimonio) se adopta el procedimiento común, no éste especial. En cualquier estado del proceso, el querellante puede desistirse una vez producido y, aunque no satisfaga al acusador, por auto fundado se sobresee en la causa (art. 431 del C.P.P. de 1996 in fine del Código Procesal Penal de 1991). Una vez admitida la querella, por reunir los requisitos del arto 424 incs. 1-4 del C.P.P. de 1996; se corre traslado al querellado por 5 días, para que conteste y ofrezca sus descargos. Vencido este plazo, con o sin contestación ratificada la querella debe convocarse a la audiencia de conciliación. Si el querellante no concurre, se lo tiene por desistido, si es el querellado el ausente se ordenará su

conducción compulsiva por parte de la policía (art. 429 del C.P.P.), o si las partes no se concilian, sigue la causa por sus trámites. También se tiene por abandonada la querella en el caso del arto 429: "La inactividad procesal durante 3 meses, produce la perención del proceso, que será declarada• de oficio. En la audiencia el juez invita a las partes a la conciliación. En caso de no producirse solicitará expliquen los motivos por los que no aceptan conciliarse. De no haber conciliación la audiencia continúa en una sola sesión hasta concluir. Terminada la audiencia la causa queda expedita para sentencia. Contra la sentencia del Juez Penal procede recurso de apelación superior, el mismo que debe interponerse al tercer día de notificada. La Sala Penal Superior resuelve sin más trámite que los informes de los Abogados de los sujetos procesales en el plazo de 10 días de recibidos los autos. El recurso de apelación suprema es improdecente (art. 433 del e.p.p. de 1996). No procede decretar la detención o prisión preventiva del acusado por injurias o calumnias, salvo motivos fundados para presumir que tratará de eludir la acción de justicia.

MODELOS § 1. Promuevo querella por delito contra el honor Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del querellante) por mi propio derecho, con domicilio real en la calle

, constituyendo domicilio procesal en

patrocinante Dr

a V.S. me presento y digo:

estudio

de

mi

1.- Que vengo a promover 'formal querella por la comisión del delito tipificado en el arto 132 del Código Penal, contra

, domiciliada en

, solicitando desde ya

se la condene al máximo de pena prevista para la figura referida, así como también, atento lo normado en el arto 424 inc. 5 del C.P.P. de 1996, al resarcimiento del daño material y moral ocasionado. II.- Dada mi condición de médico interno en el . el día

del

corriente

año,

presté atención médica de urgencia a una paciente, quien acompañada por sus padres solicitó ser atendida en la guardia médica. Ante el cuadro de gravedad que presentaba su dolencia, fue internada y previa consulta a sus padres y con el respectivo consentimiento de éstos fue intervenida quirúrgicamente. Aproximadamente dos días después del referido hecho tomé conocimiento, conforme declaraciones de testigos, que la aquí querellada había manifestado en reiteradas oportunidades y en diversas dependencias del mismo establecimiento, donde presta servicios como enfermera, que me atribuía una intervención ilegal en la emergencia ya que textualmente manifestó a dichos testigos que yo había practicado "un aborto a la Srta

embarazada, en complicidad con ésta y a

espaldas de sus padres". III.- La falsedad del delito que se atribuyó públicamente resulta de la abundante documentación acumulada en el período preoperatorio, en el operatorio y en el postoperatorio, consistente en asientos en los libros de entradas de la paciente, y otros, así como los diversos análisis practicados, las radiografías obtenidas, las

recetas, protocolo quirúrgico, etc., todo lo cual obra en el legajo administrativo que tramitó a mi pedido. IV.- Advierta V.S. que la conducta de la querellada resulta tanto más temeraria y dolos a si se tiene en cuenta su condición de enfermera del establecimiento en cuya virtud tiene acceso a los numerosos documentos antes mencionados, que revelaban la absoluta falsedad de su imputación. Las imputaciones dirigidas por la querellada no sólo afectan mi prestigio profesional, sino que agravian moralmente a quien resulta presuntamente cómplice de mi supuesta conducta dolosa, mi paciente. V.- ante la falsedad de las imputaciones es que promuevo esta querella y acuso a de la comisión del delito previsto en el arto 132 del Código Penal solicitando la aplicación de la máxima pena establecida para la figura de difamación. Por lo expuesto, a V.S. pido: 1. - Me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio indicado. 2.- Tenga por promovida formal querella de conformidad con lo establecido en el arto 424 del C.P.P. 3.- Se cite a audiencia de conciliación (arts. 428, 429 Y 430 del C.P.P. de 1996). 4.- Oportunamente y de no mediar retractación se condene a

al cumplimiento

efectivo de la pena prevista para la figura del arto 132 del Código Penal con más el resarcimiento que corresponda a título de daño material y moral que estimo en la suma de S/.

.(

nuevos soles).

Proveer de conformidad, será justicia

Firma del querellante

Firma del patrocinante

§ 2. Audiencia de conciliación (se niegan los cargos) En Lima, a los

días del mes de

de 199 ... , comparecen ante S.Sa.

y el autorizante, el querellante , quien acredita identidad con

............... , de

las condiciones personales de fs , a quien asiste su patrocinante el Dr Reg. CAL



, ambos con domicilio constituido en

, quien acredita identidad con

nacionalidad

, de profesión

constituyéndolo en a quien asiste el Dr en

con

.

Comparece también el querellado , de estado civil

,

, y es de

, con domicilio en

y

, con Reg. CAL N° , con domicilio

.

Con lo que S.Sa. abre el acto y se procede a leer en alta voz el escrito de querella de fs , haciéndoles saber a las partes el alcance de esta audiencia, según el arto 430 del C.P.P. Concedida que fue la palabra al querellante manifestó: Que se remite íntegramente al escrito de querella de fs . ............... al que nada debe quitar, agregar o enmendar. Concedida la palabra al querellado manifestó: Que niega totalmente la imputación, ya que nunca formuló ante persona alguna expresiones lesivas para el honor del querellante. Con lo que S.Sa., no habiéndose logrado los fines de una conciliación, RESUELVE: Sigan los autos según su estado. Con lo que da por terminado el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación, después de S.Sa. por ante mí que doy fe. Firma del Juez Firma de todos los comparecientes Firma del Secretario

§ 3. Audiencia de conciliación (no se produce la conciliación) En Lima, a los

días del mes de

de 199 ... comparecen ante S.Sa.

yel autorizante, el querellante ............... quien acredita identidad con

, de las

condiciones personales de fs

con Reg.

CAL N°

a quien asiste su patrocinante el Dr

, ambos con domicilio constituido en

Comparece también el querellado

, quien acredita su identidad con y es de

nacionalidad , de estado civil

, de profesión

............... y constituyéndolo en

, a quien asiste en el acto el Dr



, con domicilio real en , con Reg. CAL

.

Con lo que S.Sa. abre el acto y se procede a leer en alta voz el escrito de querella de fs , haciéndoles saber a las partes el alcance de esta audiencia, según el arto 424 del C.P.P. de 1996. Concedida que fue la palabra el querellante manifestó que se remite íntegramente al escrito de querella de fs

al que nada debe quitar,

agregar o enmendar. Concedida la palabra al querellado manifestó: Que admite haberse expresado como lo dice el escrito de querella que le fue leído, y debe insistir en las imputaciones por ser ciertas, como oportunamente demostrará. Con lo que S.Sa. no habiéndose logrado los fines de una conciliación, RESUELVE: Sigan los autos según su estado. Con lo que da por terminado el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación después de S.Sa. y por ante mi que doy fe. Firma del Juez Firma del todos los comparecientes Firma del Secretario

§ 4. Audiencia de conciliación (se produce la conciliación) En Lima, a los

días del mes de

de 200 ... , comparecen ante S.Sa.

y el autorizante el querellante, quien acredita identidad con , de las condiciones personales de fs

a quien asiste su

patrocinante el Dr con Reg. CAL N°

ambos con domicilio constituído en Comparece también el querellado

. , quien acredita identidad con

es de nacionalidad ............... , de estado civil , de profesión real en

, y

, con domicilio

, y constituyéndolo en ............... , a quien asiste en el acto el Dr

, con Reg. CAL N° con domicilio en

.

Con lo que S.Sa. abre el acto y se procede a leer en alta voz el escrito de querella de fs , haciéndoles saber a las partes el alcance de esta audiencia, según el arto 430 del C.P.P. Concedida que fue la palabra al querellante manifestó que se remite íntegramente al escrito de querella de fs . ............... al que nada debe quitar, agregar o enmendar. Concedida la palabra al querellado manifestó: Que admite haber efectuado las manifestaciones que se le atribuyen en la querella que le fue leída, pero estas manifestaciones las vertió en un momento de ira, en forma totalmente impulsiva, y está arrepentido de ello, pues considera al querellante persona de honor y que nunca incurrió en las conductas que le atribuyó falsamente. Con lo que S.Sa. concede la palabra nuevamente al querellante que manifiesta: a) Que le satisface plenamente la retractación del querellado, por lo que solicita se proceda conforme el arto 430 del C.P.P. Con lo que S.Sa. RESUELVE: Llamar autos para resolver y dar por terminado el acto. Firman los comparecientes, previa lectura y ratificación, después de S.Sa. por ante mi que doy fe. Firma del Juez Firman todos los comparecientes Firma del Secretario

§ 5. Pide sentencia Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del querellante), querellante con domicilio constituído en

en

la

causa



, a V.S. respetuosamente digo:

1.- Que no habiéndose retractado el querellante en la audiencia del arto 430 del C.P.P. de 1996; vengo a solicitar en el término de ley se dicte sentencia conforme al arto 430 del C.P.P. de 1966 condenando a por el delito de difamación en mi agravio a la pena de

y al pago de la reparación civil solicitada.

Proveer de conformidad, será justicia Firma del querellante Firma del abogado

Capítulo IV NOTIFICACIONES NOTIFICACIONES La materia es demasiado conocida para un análisis teórico. A manera de breve guía proponemos la siguientes clasificación: Personales a)

En Secretaría

b)

Por escrito (no previstas en la ley procesal Por cédula

MODELOS § 1. Notificación personal en primera instancia a) En de

de 199

notifiqué a

del (auto o sentencia) de faso Firma del notificado b) en de

.

y (firmó, apeló o consintió). DOY FE. Firma del Secretario

de 19 , notifiqué a . del (auto o sentencia) de fs

manifestó que (se niega a firmar, no sabe firmar, o, no puede firmar) y requerí , domiciliado en

identificó con

) los que firmaron para contancia de la

notificación, por ante mi que doy fe. Firma de los testigos Firma del Secretario

(que

a

los testigos (que se identificó con , domiciliado en

)y

y se

§ 2. Notificación personal en segunda instancia a) En de

de 199

, notifiqué a .

(del auto o sentencia) de fs

y firmó. Certifico.

Firma del notificado Firma del Secretario b) En de

de 199

del auto de fs

notifiqué a

y solicito audiencia para informar

"in voce" por intermedio del Dr Firma del notificado Firma del Secretario

.

Certifico.

§ 3. Cédula a)

A

.

Domiciliado en

.

DENUNCIADO O CONSTITUIDO (según haya o no constituido domicilio en la causa). hago saber a usted, a fin que surta los efectos legales que establece el Título 1 del Libro Cuarto, arto 363 del Código Procesal Penal de 1996), que en la causa N° seguida por contra ............... ha recaído la siguiente resolución: Lima, de

de 199

.

b) (el texto de la resolución) de

, Secretario.

Queda usted debidamente notificado Diligenciará el Sr

.

Lima, de

199

de

Firma del Secretario

.

(fdo.) Juez

§ 4. Cédula A

.

Domiciliado en

.

DENUNCIANTE (AGRAVIADO) O DENUNCIADO (IMPUTADO) Hago saber a usted, a fin de que surta los efectos legales que establece el Título 1 del Libro Cuarto, arto 363 Código Procesal Penal de 1996, que en la causa N° . seguida por contra

ha recaído la reso-

lución que se la adjunta en copia certificada que consta de ............... folios. Queda usted debidamente notificado. Diligenciará el Sr Lima, de

.

de 199

Firma del Secretario

.

§ 5. Cédula Señor . Calle



Piso

Dpto.

DENUNCIANTE(AGRAVIADO) El Secretario del

notifica a usted por medio

de la presente cédula, la resolución dictada en la causa seguida por contra

por

siguiente: Lima, de

de 199

.

y es la

§ 6. Cédula Señor . Calle



Piso

Dpto.

AGRAVIADO El Secretario del

notifica a usted por medio

de la presente cédula, la resolución recaída en los autos "

" y que a sus efectos transcribe:

"Lima,

de

de 199

.

A la Secretaría a los efectos del artículo 363 del Código Procesal Penal de 1996, señalándose los días lunes, miércoles y viernes y en caso de ser feriado algunos de éstos, el primer día hábil inmediato, a fin de que las partes concurran a la Secretaría para ser notificados " Diligenciará el Sr Lima, de

.

de 199

Firma del Secretario

.

§ 7. Devolución de notificación En Lima, a los 199

siendo las

horas,

días del mes de me

constituí

de en

el

domicilio

indicado

precedentemente y no encontrando a persona alguna procedo a devolver la presente por ser domicilio denunciado. Certifico Firma del noti/icador

§ 8. Notificación por medio de terceros En Lima, a los 199

días del mes de

de

, siendo las horas solicité en su domicilio

calle N°

a don y no hallándole le dejé una cédula de igual tenor a la

presente, que la recibió (el o la) firmante Firma del notificador

§ 9. Negativa de firmar la cédula En Lima, a los 199

días del mes de

de

, siendo las horas solicité en su domicilio

calle N°

a don y

hallándole le notifiqué dejándole una cédula de igual tenor a la presente y negándose a fimar le dí lectura en viva voz de su contenido por no hallar testigos de la entrega en el lugar. Certifico Firma del notificador

§ 10. Notificación Personal (sin testigo) En Lima, a los 199

días del mes de

de

, siendo las horas solicité en su domicilio

calle N°

a don y

fijé en la puerta una cédula de igual tenor a la presente en razón de no contestar nadie a mis llamados. Efectué la diligencia sin testigos por no hallarlos en el lugar. Certifico. Firma del notificador

§ 11. Notificación personal En Lima, a los 100

días del mes de

de

, siendo las horas, me constituí en el domi-

cilio indicado precedentemente al destinatario también indicado y hallándole le dejé una cédula de igual tenor a la presente, que la recibió (así como las copias que se mencionan) y fIrmó para constancia de ello. Certifico. Firma del notificado Firma del notificador

§ 12. Notificación por medio de terceros En Lima, a los 199

, siendo las horas,

días del mes de .. ~ solicité

en

de el

domicilio

indicado

precedentemente, al destinatario también indicado y no hallándose dejé una cédula de igual tenor a la presente a una persona que dijo ser identidad con

y

(acreditó

- o - no puedo acreditar identidad ---o- se negó a acreditar

identidad), a quien impuse de su obligación de entregarla al notificado. Firmo para constancia. Certifico Firma de la persona indicada Firma del notificador

§ 13. Notificación con testigos En Lima, a los 199

días del mes de

de

, siendo las horas, me constituí en el domi-

cilio indicado precedentemente y no encontrando a persona alguna para entregarle la presente, procedí a requerir a los testigos ya

que acreditó identidad con

que acreditó identidad con

liado en

,

domici-

, fijando la cédula de igual tenor a la

presente en la puerta del DOMICILIO CONSTITUIDO en presencia de dichos testigos que firman esta diligencia. Certifico. Firma de los testigos Firma del notificador

§ 14. Notificación personal (solicita audiencia) En Lima, a los 199

siendo las

días del mes de

de

horas solicité en su domicilio calle



a don y

halIándole le dejé una cédula de igual tenor a la presente, que la recibió firmando ésta de conformidad y solicitando audiencia para informar "in voce' (por intermedio del Dr ). Certifico.

Firma del notificado Firma del Secretario

§ 15. Notificación por periódico Lima, de

de 199

.

Al Señor Director del Diario Oficial "El Peruano" S.D. Por disposición del Señor Juez Penal

a cargo

del Juzgado N°

tengo el

, Secretaría N°

agrado de dirigirme a Ud. en la causa N°

.

caratulada: " " a fin que se sirva disponer la publicación por un día, de la citación y emplazamiento por tres días a contar desde la primera publicación, del procesado en la citada causa N°

que se le sigue por el delito de ............... bajo

apercibimiento de declararlo rebelde. Saludo a Ud. muy atentamente.

Firma del Secretario

para que comparezca a estar a derecho

Capítulo V DEFENSOR DEFENSA El procesado tiene el derecho de desiganar abogado defensor, arto 78 del C.P.P. de 1996. No basta la propuesta, ni el decreto judicial designando el defensor, éste debe aceptar el cargo para ser tal; por lo tanto es frecuente que se provea que mientras no acepte asumirá la defensa el Defensor de oficio. Se permite a familiares y amigos proponer defensor al incomunicado, por medio del Juez, propuesta que el procesado podrá aceptar o rechazar. Si el procesado quiere proponer defensor verbalmente puede hacerlo en audiencia ante el Juez o en diligencia de Secretaría. Si la propuesta es escrita y la presenta otra persona, el procesado deberá ratificarla. Debe tratarse de letrado matriculado, mayor de edad, hábil, y que no represente intereses contrapuestos. El letrado está facultado para visitar a su posible defendido en el Centro o lugar de detención, una única vez, prescindiendo de todo trámite, siempre y cuando el detenido no tuviere ya, defensor que hubiere aceptado el cargo. c)

DEFENSOR

Asiste al procesado dentro del proceso en las diligencias que éste debe cumplir personalmente y lo sustituye en los actos técnicos, en todas las instancias e incidentes, siempre que el procesado esté a derecho o no manifieste su voluntad contrapuesta (arts. 68 y 80 C.P.P.; arto 294 LOPJ). La función del defensor está limitada al beneficio del procesado y no puede actuar en contra de éste o asumir intereses contrapuestos pues ello acarrearía la nulidad de lo actuado. Si hay varios defensores del mismo procesado, deben unificar domicilio.

El derecho a la defensa es irrestricto, estando vinculado a los derechos fundamentales de la persona humana de confonnidad con la legislación nacional (C.P.P. de 1996) e internacional (.gr. Declaración Universal de Derechos Humanos, Convención de Derechos Humanos, entre otros).

MODELOS § 1. Propone defensor Señor Juez Penal: ............... (nombrey apellido del familiar), en su carácter de familiar del detenido incomunicado

(nombre y apellido del detenido), con domicilio real en

y constituyéndolo en

.

a V.S. respetuosamente

digo: Que impedido de comunicarme con mi hermano y queriendo asegurar su defensa, vengo a proponer como su defensor al Dr domicilio en . Téngase presente. Lima, de

de 199

Firma del familiar peticionario

.

con Reg. CAL N°

,

con

§ 2. Propone defensor Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del procesado), con domicilio real en

,

manteniendo el constituido en d) e) ............... , en la causa N° que se me sigue por el delito de

a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a proponer como defensor al Dr con domicilio en

.

sin revocar la anterior designación del Dr

que podrán actuar en mi defensa en forma conjunta o individual. Proveer de conformidad, será justicia

Lima, de

de 199

Firma del procesado

.

por

lo

§ 3. Propone defensores Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del procesado), con domicilio real en manteniendo el constituido en

. en la causa N°

,

que se me sigue por el delito

de ............... , a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a proponer como defensores a los doctores ............... y domicilio en y en

. respectivamente, para que actúen conjunta o individualmente

como tales. Dejo constancia que esta designación revoca todas las anteriores. Proveer de conformidad, será justicia Lima, de

con

de 199

Firma del procesado

.

§ 4. Defensa conjunta En Lima, a los 199

días del mes de

de

comparecen en Secretaría el procesado

escrito de fs por el que designa defensor al Dr

a quien exhibido el

manifiesta

que

lo

ratifica.

(Agrega que no deja sin efecto la designación anterior, por lo que ambos defensores podrán actuar conjunta o separadamente). Firma para constancia por ante mí, que doy fe.

Lima, de

de 199

Firma del procesado

.

Firma del Secretario

§ 5. Propone defensor, revoca designación anterior Señor Juez Penal: Informo a V.S. que en la fecha se presenta en esta Secretaría N° el procesado que manifiesta proponer como defensor al Dr con

domicilio

revocando toda designación anterior. Firma para constancia por ante mi, que doy fe.

Lima, de

de 199

Firma del procesado

.

Firma del Secretario

en

§ 6. Defensa conjunta o alternativa Señor .Juez Penal: Informo a V.S. que en la fecha se presenta en esta Secretaría N° defensor al Dr

el procesado

con domicilio en

que ,

no

manifiesta

revocando

las

proponer

como

designaciones

anteriores, manifiesta que sus defensores podrá actuar conjuntamente o por separado.

Firma para constancia por ante mí, que doy fe.

Lima, de

de 199

Firma del procesado Firma del Secretario

.

§ 7. Imputado designa defensor En Lima, a los

días del mes de

de 199 ... compareció ante S.Sa. y

el Secretario autorizante una persona a quien se le hizo saber que se le iba a recibir declaración, las causas por las cuales se le procesa y el derecho que le asiste de proveer a su defensa, y de negarse a declarar sin que ello le haga presunción en su contra. No habiéndose opusto al acto fue interrogada a tenor de las cuestiones comprendidas en el art.126 del C.P.P., manifestando llamarse:

(a

continuación se transcriben todos los datos personales, domicilios, si fue procesado, etc.). En este estado el compareciente expresó que proponía como su abogado defensor al Dr

a quien S.Sa. resolvió tener por nombrado en el carácter

propuesto, y encontrándose dicho profesional en antesalas del Juzgado fue invitado a presenciar la declaración del imputado, expresando que aceptaba el cargo conferido, dijo estar inscrito en el CAL N° la calle

, constituyendo domicilio en

.

A preguntas de S.Sa. el procesado respondió . con lo que se dio por terminado el acto. Firman los comparecientes, previa lectura y ratificación, después de S.Sa. y por ante mi, que doy fe.

Firma del Fiscal Firma de los comparecientes (procesado y defensor) Firma del Secretario

§ 8. Imputado designa defensor En Lima, a los

días del mes de

de 199 ... , comparece ante S.Sa. y

el autorizante una persona procesada en esta causa, a quien se le hace saber que se le va a recibir declaración, la causa de su procesamiento, su derecho a declarar ya negarse a ello, sin que la negativa haga presunción en su contra. No habiéndose opuesto a ello y habiéndosele hecho saber el derecho que le asiste de nombrar defensor, es preguntado en la forma que prescribe el arto 126 del C.P.P. de 1996 y dice llamarse

. nacido el

en

, ser de nacionalidad

años de edad, hijo de don y de doña ............... , de estado civil profesión

, con domicilio real en

. ,

de de

acredita identidad con

En este estado manifiesta el procesado que designa como defensor al Señor Defensor de Oficio, que S.Sa. le hace saber es el Dr

, Reg. CAL N°

,o

quien lo reemplace temporaria o definitivamente. Con ello S.Sa. dispone que se notifique de su designación al Señor Defensor ya mencionado.

§ 9. Imputado designa defensor en diligencia de declaración En Lima, a los

días del mes de

de 199 ... , comparece ante S.Sa. y

el autorizante una persona procesada en esta causa, a quien se le hace saber que se le va a recibir declaración, la causa de su procesamiento, su derecho a declarar y a negarse a ello, sin que la negativa haga presunción en su contra. No habiéndose opuesto a ello y échesele saber el derecho que le asiste de nombrar defensor, es preguntado en la forma que prescribe el art. 126 del C.P.P. de 1996 y dice llamarse

, nacido el ............... en

, ser de nacionalidad

, de

............... años de edad, hijo de don

y de doña ............... , de estado civil

de profesión , con domicilio real en

acredita identidad con

,

En este estado manifiesta que quiere defenderse a sí mismo y que no designará por ahora defensor particular u oficial. Con lo que S.8a. resuelve tenerlo por su propio defensor en tanto no obste ello a la buena tramitación de la causa.

§ 10. Presentación espontánea Señor Juez Penal: ............... (nombre de quien se presenta espontáneamente),L.E. N°

, por derecho propio, con domicilio

real en calle N°

, Y constituyéndolo a

todos los efectos procesales en (domicilio del letrado patrocinante), ambos de esta ciudad, ante V.S. respetuosamente comparezco y digo: l.- Que ante el conocimiento de una supuesta denuncia en mi contra, radicada por ante la

de la Policía de esta ciudad, en la que se imputaría un ilícito penal o

se me relacionaría con él, vengo por el presente a presentarme en forma espontánea, a efectos de aclarar mi situación procesal, solicitando se mantenga mi estado de libertad personal y se resuelva la situación planteada. II.- Que conforme lo autoriza el arto 78 del e.p.p. de 1996, vengo a designar como abogado defensor al Dr . ............... con domicilio en ,

de

esta

ciudad,

quien

deberá aceptar el cargo con las formalidades de ley. Asimismo solicito que toda declaración futura y/o acto procesal, sea realizado con la asistencia y en presencia del defensor propuesto, todo de conformidad con lo establecido por el arto 126 del e.p.p. de 1996. Por lo expuesto a V.S. solicito: a) Me tenga por presentado en forma espontánea, con los datos personales aportados "supra". b) Tenga presente lo manifestado y se digne V.S. requerir los antecedentes del caso a la Seccional

. de Policía de esta ciudad.

c) Se resuelva mi situación procesal, manteniendo mi estado de libertad procesal. d) Tenga por designado como abogado defensor al Dr. SERA JUSTICIA Lima, de Firma del imputado

de 199

.

§ 11. Renuncia al cargo de defensor Señor Juez Penal: ............... (nombre del abogado), abogado con Reg. CAL N° , que sele sigue

a

, en la causa N°

(nombre del imputado) por estafa, a V.S. digo:

Que ante la imposibilidad de ejercer con plenitud y eficacia mi ministerio, en razón de que mi defendido se ha desvinculado de hecho de mi persona dejando de concurrir a mi estudio jurídico, pese a mis reiteradas citaciones, con la consiguiente impotencia de alegar hechos y aportar pruebas suficientes y adecuadas, vengo a renunciar al cargo de defensor del Sr (nombre del imputado) Tenerlo presente que: SERA JUSTICIA Lima, de

de 199

Firma del abogado renunciante

.

§ 12. Designo defensor Señor Juez Penal: ............... (nombre del imputado), en la causa W ............... que se sigue por el delito de robo simple, a V.S. digo: Que vengo a proponer como abogado defensor al Dr. Tenerlo presente que, será justicia.

Lima, de Firma del abogado Firma del imputado

de 199

.

§ 13. Nombro nuevo defensor y revoco designación anterior Señor Juez Penal: ............... (nombre del imputado), en la causa N° ............... , que se me sigue por el supuesto delito de estafa, a V.S. digo: Que vengo a nombrar como abogado defensor al Dr . ............... , revocando asimismo cualquier designación anterior. Tenerlo presente que, será justicia Lima, de Firma del Abogado

de 199

. Firma del imputado

§ 14. Propongo nuevo defensor sin revocar nombramiento anterior Señor Juez Penal: ............... (nombre del imputado), en la causa ~ ............... , que se me sigue por supuesta estafa, a V.S. digo: l.- Que vengo a designar como nuevo defensor al Dr . ............... sin revocar el anterior nombramiento del Dr. II.- Previa aceptación del cargo y constitución de domicilio del letrado ahora designado, solicito se les permita actuar en mi defensa a ambos abogados en forma conjunta o individual. III.- Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad, que: SERA JUSTICIA Lima, de

de 199

Firma del defensor anterior

.

Firma del imputado

Capítulo VI EXCEPCIONES (Art. 8 C.P.P. de 1996) EXCEPCIONES Únicamente pueden oponer excepciones el procesado y su defensor, cuando el procesado está sometido a la jurisdicción del Juzgado; el Ministerio Público puede hacerlo en el caso de las excepciones perentorias. Pueden proponerse excepciones en cualquier estado de investigación y hasta el momento de contestar la acusación, y tramitan por incidente; de ser opuestas al contestar la acusación, se resuelven como defensas, y la presentación debe ser conjunta. Con el escrito de excepción debe acompañarse la documentación justificativa, que después no puede admitirse salvo que fuese posterior o conocida posteriormente. Debe darse vista del escrito de excepciones al Ministerio Público y al agraviado. Como debe decidirse si la excepción se abre a prueba, conviene que las partes, al pedir y al expedirse, claramente manifiesten si ofrecen prueba o consideran la cuestión de puro derecho. Si el Juez abre el incidente a prueba su resolución es inapelable, y si declara la cuestión de puro derecho, se puede apelar su resolución. Cuando se produce prueba se convoca a las partes a una audiencia verbal, a la que hasta la asistencia de una de ellas, para producir sus alegatos; pueden presentar memorial sustitutivo. - Naturaleza de juicio - Improcedencia de acción - Cosa juzgada - Amnistía o indulto - Prescripción de la acción o de la pena.

MODELOS § 1. Deduce excepción de improcedencia de acción (naturaleza de acción) Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de constituído en

en la causa N°

,

con

domicilio

a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a oponer la excepción de falta de acción (art. 8 inc. 2 del C.P.P.) en virtud de las circunstancias de hecho y derecho que paso a exponer, y por las que solicitaré la separación de

del presente proceso.

l.- HECHOS El agraviado celebró con mi defendido, a pocos días de iniciado este proceso, según ahora he podido comprobar, el convenio referente al pago de lo que en esta misma causa reclama, así como a la indemnización que se convino adecuada. Mi defendido, que en ningún momento eludió responsabilidad civil, no reconoció en dicho convenio responsabilidad penal alguna, ni en las tratativas se aludió a ella ni a la existencia de este proceso, renunciando al querellante a la acción civil a que podía tener derecho. II.- DERECHO El arto

del Código Civil regla la materia con tal claridad que me exime

de otro comentario. III.- PRUEBA Tal como dispone el arto 10 del Código Procesal Penal de 1996 acompaño el convenio celebrado, con las pertinentes fotocopias.

En caso de negarse su autenticidad me reservo el derecho de solicitar la prueba pertinente. IV.- PETITORIO Por todo ello de V.S. solicito: 1. - Se dé vista a las partes acusadoras de la excepción que opongo. 2.- Caso de no reconocer el agraviado la autenticidad del convenio, se abra a prueba el incidente. 3.- Caso de reconocer el convenio el agraviado de la querella, se declare la cuestión de puro derecho. 4.- Oportunamente se haga lugar a la excepción opuesta, y se separe a del rol de agraviado, imponiéndole las costas. Proveer de conformidad, será justicia Lima, de

de 199

Firma del imputado

.

Firma del abogado defensor

§ 2. Auto que declara infundada la excepción de improcedencia de acción Inculpado: Jesús Yufre Collazo y Edgar Romero Collazos Delito Contra el Patrimonio-Estafa y otras defraudaciones. Secretaría: María Ramírez A. Exp. 212-93-MR Lima, veintinueve de setiembre de mil novecientos noventitrés.AUTOS Y VISTOS: Con el dictamen emitido por el Señor Fiscal Provincial, y ATENDIENDO: Que del cuaderno de Incidente, de fojas nueve a diez vuelta, obra el escrito del peticionante Jesús Man uel Yufre Collazos; quien interpone la excepción de improcedencia de Acción, en la causa que se le sigue por delito Contra el Patrimonio-Estafa y otras defraudaciones, en agravio de Fernando Sicha Bendezú, previsto y sancionado por el artículo ciento noventiséis del Código Penal Vigente, sustentado lo deducido por lo estipulado en el artículo ocho del Código Procesal Penal, mediante el cual, le da un carácter más amplio ésta institución jurídica, expresando que se puede deducir la precitada excepción cuando el hecho denunciado no constituye delito y no es justiciable penalmente, y se puede interponer en cualquier estado del proceso y ser resueltos por el Juzgador, de oficio, además, siendo la facultad del Justiciable disponer el sobreseimiento de la causa cuando no se ha acreditado el delito; no debe negarse al encausado, el derecho de solicitar el mismo sobreseimiento en vía de excepción, cuando ello le es favorable, por diversas razones, como; pruebas, oportunidad y hechos que emerjan de los actuados y recaudos en el procesos, y de ello se aprecia lo siguiente: PRIMERO: que al excepcionante, se le comprende en el presente proceso conjuntamente con su hermano Edgar Romero Collazos, haber planeado premeditadamente el día veintiséis de febrero de mil novecientos noventitrés vender el vehículo de placa de rodaje RO quión ochentiséis veinticinco, marca Toyota, Combi, a través de un contrato de Compra-Venta, del que no obtuvo copia del mismo el agraviado Fernando Sicha Bendezú, sino una fotostática, cuando éste debiera tener en su poder el original del mismo, y que los pagos que le hiciera

a cuenta, hasta por la suma de U$ ocho mil quinientos Dólares Américanos imprimió el excepcionante Jesús Yufre Collazos, firmas diferentes, como es de verse

del

documento

en

fotocopias

de

la

Diligencia

Preparatoria

de

Reconocimiento de contrato obrante en autos; SEGUNDO: Que a fojas uno del Cuaderno de Incidente, obra del contrato privado en fotocopia, por el cual, el excepcionante, hace entrega al agraviado, en perfecto estado de funcionamiento, el vehículo de marca Toyota Hiace, placa de rodaje número RO guión ochentiséis veinticinco, transado en la suma de U$ Dieciseis mil ochocientos Dólares Americanos, cuya forma de pago son dos cuotas iniciales de US siete mil Dólares Americanos y U$ tres mil Dólares Americanos, con un saldo de US seis mil ochocientos Dólares Americanos; quedando como garantía una letra de Cambio por Dieciseis mil ochocientos Dólares Americanos, que sería anulada al cumplirse con el pago de la cuota inicial; TERCERO: A fojas seis, siete y ocho del principal, obran en fotocopias, los recibos por concepto de cuota inicial del Contrato de Compra-Venta sobre el vehículo sub-litis, recibos por la suma de U$ siete mil Dólares Americanos, US Mil Dólares Americanos y U$ Quinientos Dólares Americanos, respectivamente, haciendo un monto total de Ocho mil quinientos Dólares Americanos, en las cuales se aprecia la conformidad del excepcionante, habiendo firmado los tres recibos, pero con la particularidad de que en todos ellos, las firmas tienen diferente rúbrica: CUARTQ De fojas nueve a treinta del cuaderno principal, corren en copias simples, la Diligencia Preparatoria de Reconocimiento de Contrato y recibos referidos, con fecha, veintiuno de diciembre de mil novecientos noventidos, seguida ante Juez de Paz Letrado de Comas, en la misma que se advierte la inobservancia del demandado Jesús Yufre Collazos en concurrir al mencionado Juzgado, pese a las reiteradas notificaciones a que fue objeto, por lo que se absuelve el trámite conferido, reconociéndose judicialmente el contrato y los recibos referidos; QUINTO: A fojas treintiuno, obra en fotocopia, la demanda en vía ejecutiva seguida ante el Juzgado de Paz de Collique, en contra del agraviado, Fernando Sicha Bendezú, por incumplimiento de pago del saldo de la Letra de Cambio, monto ascendiente a nueve mil trescientos Dólares Americanos; Demanda interpuesta al doce de enero de mil novecientos

noventitrés; SEXTO: A fojas doscientos catorce del principal, obra el Dictamen Fiscal Superior, de fecha veintiseis de mayo de mil novecientos noventitrés, de que los hechos, materia de la presente instrucción, emanan y tienen sus orígenes, en un contrato de Compra-Venta, cuya naturaleza, es, netamente civil; SEPTIMO: Que en el cuaderno de incidente, obra la Opinión del Representante del Ministerio Público, sobre la excepción de naturaleza de acción deducida por el excepcionante Jesús Manuel Yufre Collazos; declarando sin lugar la excepción deducida: OCTAVO: Que de lo actuado en el principal, se tiene que el inculpado, nunca pretendió formalizar el contrato de compra-venta, entregándole al agraviado solamente una fotocopia del mismo, con él mismo, por sus propias versiones manifiesta; NOVENO: Que es evidente, que el excepcionante, simuló un juicio ante el Juzgado de Collique, despojando al agraviado, mediante embargo, el vehículo que había comprado; simulación que se acredita con la interposición de la demanda con fecha doce de enero del presente año, posterior a la diligencia de reconocimiento y absolución de posiciones planteada por el agraviado ante el Juez de paz de Comas, con fecha veintiuno de diciembre de mil novecientos noventidós; Por lo mismo, entre el inculpado y el agraviado no existe ningún juicio en la VÍa civil; que más bien, predomina la astucia del excepcionante, utilizando juicios formales a fin de

que

ésta

Judicatura

disponga

el

sobreseimiento

de

la

causa

y

consecuentemente, el Archivamiento Definitivo de la misma; Por lo tanto, los hechos denunciados constituyen delito, son justiciables penalmente; además es una garantía de la ley penal la Tipicidad; esto es, que la conducta descrita, encaja en el tipo penal perfectamente, y ello se aprecia en autos; la conducta engañosa, con ánimo de lucro, induciendo en error al agraviado mediante astucia, la colaboración moral de la Víctima y jurídicamente el comportamiento fraudulento se reviste de negocios lícitos, que como secuela, la voluntad del sujeto pasivo es viciada, habiendo actuado el inculpado con dolo, conciencia y voluntad, de engañar a otro, produciéndole un perjuicio a él mismo y a terceros (aval); Por éstos fundamentos, de conformidad con lo opinado por el titular de la acción penal, aplicando el artículo doscientos treintitrés, inciso cuatro de la Constitución Política

del Estado, el artículo ocho del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: Declarar Infundada, la Excepción de Improcedencia de Acción, interpuesta por el inculpado Jesús Yufre Collazos, en la instrucción seguida en su contra por delito Contra el Patrimonio- Estafa y otras defraudaciones, en agravio de Fernando Francisco Sicha Bendezú.

§ 3. Excepción de Improcedencia de Acción Secretario: Sr. Bertolomé Mendoza Expdte. N° 282-92 Señor Juez Penal FRANCISCO A. FLORES MARIN, en la instrucción que se me sigue por presunto delito de abuso de autoridad en agravio de BLANCA CANALES VERASTEGUI, a Ud. digo: Que, dentro de tiempo y forma, habiendo prestado instructiva, y, al amparo del arto 8 del Código Procesal Penal; recurre ante su honorable despacho. A fin de formular la presente excepción de improcedencia de acción contra la presente acción penal para que su despacho oportunamente declare fundada esta excepción y disponga que este proceso se de por fenecido; consecuentemente por archivado definitivamente la causa. Fundo mi presente excepción en las siguientes razones: PRIMERO: Es norma fundamental que la excepción de improcedencia de acción procede cuando los hechos denunciados, tienen carácter de actos civiles, cualquiera que sea su origen, o cuando no tienen contenido penal; en todo caso, cuando a tener del acotado Art. 8 del Código Procesal Penal, el hecho denunciado no constituye delito o no es justificable penalmente. SEGUNDO: Tal es el caso señor Juez que, la presunta agraviada doña Blanca Canales Verastegui, mediante su demanda de fecha 06 de julio del año en curso, interpone acción de amparo contra los hechos denunciados ante e127 Juzgado en lo Civil de Lima, Secretario Señor Felix Palomino contra la persona del recurrente, de la Sra. Rosa Cachay Bueno y otros, amparándose en la ley N° 23506, tal como consta de la copia y notificación judicial que adjunto; y recurrente, por escrito que acompaño en copia fotostática absuelto el traslado que se me corrió, y, que en la actualidad dicha acción de garantía se encuentra pendiente de sentencia.

TERCERO:- Que, es de verse las pruebas que adjunto, y, sobre todo la copia de la demanda interpuesta por la propia agraviada por ante el juzgado en lo civil, los actos denunciados y que son materia de la presente investigación judicial no constituyen delito, ya que, jamás se ha incurrido en actos ilícitos que pueden ser considerados como delito, mas bien, lo que se ha actuado es en observancia a las normas establecidas sobre administración de kioskos escolares, aprobado por Decreto Supremo N° 026-87-S y sus Normas Complementarias expedida por la Unidad de Servicios Educativos N° 06-San Martín de Porres -Los Olivos, para la mejor administración de los kioskos escolares, en salvaguarda del bienestar del educando. CUARTO: Todo ello debe significar señor Juez que, los argumentos expuestos por la presunta agraviada no son o no tienen carácter penal, toda vez que, por eso la propia Señora Blanca Canales Verástegui recurre a la via civil a fin de allí dilucidar su presunta reclamación, aduciendo haber sido víctima de violación de un derecho constitucional, y, lo peor es de que, también recurre a esa vía civil, sin antes haber agotado las vias previas, tal como obliga el Art. 27 de la Ley N° 23506, este es, en su presunta reclamación, la agraviada debía haber recurrido previamente como primera instancia a la Dirección del Plantel y como segunda y última instancia a la USE- Sector Educación, tal como legisla el acotado Decreto Supremo N° 026-87SA. QUINTO: Todo se circunscribe a que la agraviada Doña Blanca Canales Verástegui irrogándose como presunta concesionaria de un kiosko escolar incurre en la inobservancia no sólo en los términos del contrato suscrito con la concesionaria doña Norma Canales Verástegui, sino que, actúa contraviniendo las normas establecidas por la ya tantas veces citada norma legal (DS.026-87 eSA y sus Normas Complementarias), y, mi Despacho o sea la Dirección no ha hecho más que hacer respetar la citada norma jurídica, y, ese ha sido suficiente para que, la presunta agraviada: primero me inicie la acción de amparo ante la vía civil, para luego denunciarme por el presente delito de abuso de autoridad; recurriendo a dos vías diferentes, bajo un mismo fundamento y para conseguir una sola cosa;

por lo que, en estricta aplicación de la justicia, debe declararse fenecido esta acción penal.Por tanto: Ruego a usted. señor Juez, se sirva admitir mi presente recurso de excepción de naturaleza de acción, tramitarla conforme a su naturaleza y declarada fundad en su debida oportunidad, disponiendo el archivo definitivo de la presente causa penal.Lima, 30 de enero de 1996.

§ 4. Auto que declara fundada la excepción de naturaleza de improcedencia deducida EXP: 282-92 SEC: MENDOZA Lima seis de Enero de Mil Novecientos Noventiseis AUTOS Y VISTOS: de conformidad con lo opinado por la Señorita Representante del Ministerio Público en su Dictamen que anteceden y Atendiendo: a que el hecho denunciado, es el de abuso de autoridad, objeto de la instrucción no revista contenido penal por lo que no es ni previsto ni sancionado por nuestro ordenamiento jurídico y por consiguiente no es justificable penalmente; por tales consideraciones

se

Resuelve

Declarar

FUNDADA LA EXCEPCION

DE

IMPROCEDENCIA DE ACCION, deducido por el procesado Francisco Antonio Flores Marín por el delito de Abuso de Autoridad en agravio de Blanca Canales Verástegui; debiendose notificar debidamente a las partes procesales con citación de su Ministerio.En la fecha notifiqué al Ministerio Público doy fé.

§ 5. Excepción de Improcedencia de Acción Señor Juez Penal de Lima: Roberto Córdova García, abogado defensor del encausado JESUS MANUEL YUFRE COLLAZOS, en la instrucción que se le sigue por la supuesta comisión del delito de Estafa y Defraudación en agravio de Fernando Sicha Bendezú, a Ud. muy respetuosamente digo: Que por convenir a nuestro derecho y en estricta aplicación de lo prescrito por el artículo 8 del C.P.P. recurro ante su digno despacho a fin de interponer LA EXCEPCION DE IMPROCEDENCIA DE ACCION, articulación ésta que la sustento y fundamento en las siguientes consideraciones que paso a exponer: PRIMERO: Que como está debidamente probado en autos, tanto el supuesto agravidado, como el encausado celebraron un contrato privado de compra-venta, con fecha 8 de julio de 1992 del vehículo de placa de rodaje RO-8625, marca Toyota-Combi, en la suma de U$ 16,800 Dólares Americanos, conforme se advierte en dicha instrumental que obra en el expediente, bajo las formas y condiciones que se detallan como tener implícitamente descritas en dicho documento, es decir, dicha transacción comercial se realizó al crédito, ya que U$ 10,000 Dólares Americanos eran la cuota inicial, y el saldo pagadero en cuotas mensuales de U$ 800 Dólares Americanos, a partir de esa fecha; sin embargo, no obstante que el vendedor, en éste caso el encausado Jesús Yufre cumplió en entregarle el vehículo, el mismo día de su celebración conforme a lo contratado, a pesar de no haber recibido dinero alguno por parte del agraviado Fernando Sicha, puesto que entre ellos existían grandes vínculos de amistad y confianza. Es así que luego de aproximadamente unos 20 días, recién le es entregado por aquél tan solamente U$ 7,000 Dólares Americanos, es decir, ni siquiera recibió la cuota inicial completa, bajo la promesa que en los días subsiguientes iba a completarlo, cosa que no se cumplió, sin embargo, recién en el mes de setiembre de éste año, y a consecuencia de tanta exigencia por parte del encausado, para que el comprador cumpla con pagar siguiera la cuota inicial, es que recién recibe U$ 1,500 Dólares más, haciendo un total de U$ 8,500 Dólares Americanos. De allí

hasta la actualidad, el comprador y supuesto agraviado no ha pagado un sólo centavo más, y ni siquiera ha cumplido en completar la cuota inicial, no obstante reiteradas exigencias. Es así como Señor Magistrado se ha cometido un evidente INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO O INCUMPLIMIENTO DE PAGO, que son figuras de características civiles; incluso, hasta la fecha, el agraviado tampoco ha pagado ninguna de las mensualidades que debía hacerlo. SEGUNDO: Que como consecuencia de todos éstos hechos mencionados, debido al incumplimiento de contrato por parte del agraviado, haciendo uso de los derechos que la ley franquea, se le interpuso una demanda civil ejecutiva por pago de Dólares, por ante el 25° Juzgado Civil de Lima, el cual se encuentra en trámite actualmente, que no viene a ser más que otra cosa, la ventilación y el procesamiento de los mismos hechos que su Judicatura también viene ventilando; de lo que se colige que los mismos hechos están siendo ventilados tanto en la instancia civil, como en la penal, lo que es evidentemente ilegal, teniéndose en cuenta que hechos de naturaleza civil no pueden ventilarse simultáneamente también en el fuero penal, conforme lo dispone el arto 5 del Código Adjetivo, y para

demostrar

la

existencia

del

proceso

aludido,

acompaño

COPIAS

CERTIFICADAS de dichos actuados judiciales; así como también copia del oficio a su Despacho, por el Señor Juez del 25° Juzgado Civil de Lima, el cual habla por sí solo. Es así como Señor Juez Penal por todos los fundamentos antes expuestos, y a mérito de las pruebas instrumentales aportadas en el proceso, solicito muy respetuosamente a su despacho DECLARAR FUNDADA la Excepción deducida y disponer el Archivamiento Definitivo de la causa; OTROSI DIGO: Firmo y autorizo la presente por mi patrocinado por las facultades conferidas por el arto 295 del la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ruego a Ud. Señor Juez, se sirva disponer conforme solicito. Lima, de Firma del Abogado

de 199

.

§ 6. Escrito deduciendo excepción de improcedencia de acción EXP: 666-93 SEC: A. FUJIMORI DEDUCE EXCEPCION Señor Juez Penal de Lima: ............... , en la instrucción que se me sigue por delito de hurto en agravio de ; a Ud. digo: Que, de conformidad con el arto 8 del Código Procesal Penal, deduzco la Excepción de Improcedencia de Acción y se declare la nulidad de todo lo actuado y proceda a sobreseer el proceso, por los fundamentos que paso a exponer: Los hechos materia de la acción han sido calificados por su Despacho como tipificados en el Art. 185 del Código Penal, y que fueron cometidos contra

,

quien es cuñado del recurrente. Ambos habitamos en la misma casa que pertenece a mi padre. Aunque aún está pendiente la actuación de las pruebas presentadas en mi contra, y yo sigo alegando mi inocencia y la falsedad de todos los hechos que se me imputan, y para no seguir dilatando más el presente proceso, recurro a su Despacho para que a tenor del Art. 208 del Código Penal que establece que no son reprimibles los hurtos que se causen los cuñados si viviesen juntos, declare la nulidad de todo lo actuado y el sobreseimiento del proceso. Acompaño como pruebas los siguientes documentos: 1. Certificado domiciliario, el mismo que hace constar que habito en el mismo lugar que el indicado por el denunciante en su denuncia. 2. Copia certificada de la partida de nacimiento de mi hermana

.

3. Copia certificada de la partida de matrimonio celebrado entre

y mi hermana

. Por tanto, sírvase señor Juez declarar fundada la excepción y resolver conforme a ley. Lima, de

de 199

.

§ 7. Deduce excepción de cosa juzgada Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de

en la causa N°

constituído en

, con domicilio

a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a oponer la excepción de cosa juzgada (art. 8 inc. 3 C.P.P. de 1996) en beneficio de mi defendido, cuyo sobreseimiento definitivo en esta causa desde ya solicito. Tardíamente se inició esta causa por denuncia de ............... por hechos que se imputaron erróneamente a mi defendido. Algo antes, ante el Juzgado Penal N°

Secretario

,

se

inició

por

prevención de la Comisaría N° ............... causa por hechos similares que también se imputaron a mi defendido. En dicha exhaustiva investigación declaró el agraviado, quien omitió manifestar que poco antes había iniciado con su denuncia esta causa, y su imputación fue investigada debidamente tal como cita el auto de sobreseimiento definitivo de fs

, que concretamente alude al agraviado en esta

causa. Mucho después mi defendido se entera de la existencia de esta causa al pretender renovar un documento de identidad, y se apresura a presentarse ante V.S., ante quien comparece para conocer recién la imputación al ser indagado. Verificamos entonces la coincidencia de los hechos, que debieron de haberse tramitado en una única causa. Por ello, de V.S. solicito: Tenga por opuesta la excepción, y previa las vistas de ley y la agregación de la causa citada, se haga lugar a la excepción y se sobresea definitivamente en la causa y respecto a mi defendido. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del imputado Firma del defensor

§ 8. Deduce excepción de prescripción Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio constituido en

en la causa N'

,

, a V.S. respectuosamente digo:

Que vengo a deducir la excepción de prescripción, atento a los argumentos de hecho y derecho que expondré: 1.- HECHOS La presente causa fue iniciada por denuncia de fecha ............... (fs.) mi asistido prestado declaración indagatoria el día Con fecha

(fs.)

habiendo

.

se ordenó su captura y la paralización de la causa hasta su

presentación espontánea o hasta que fuera debido acontecimiento esto último con fecha , según surge del informe acerca de la detención obrante a fs La causa se reanudó el

(fs.)

.

yel (fs.)

............... se ordenó la clausura del sumario, pasando las actuaciones ante este juzgado. A fs

obra el libelo acusatorio de la fiscalía, presentado con fecha

en el cual acusa al prevenido como autor del delito de

,

, previsto por le arto

............... del Cód. Penal, solicitando se le imponga la pena de

años de prisión.

Como fácilmente puede advertirse, ya a la fecha de reapertura del proceso la acción se encontraba prescripta en los términos deL ,

del

Cód.

Penal,

no

constando en autos motivos que la suspendan o interrumpan en los términos del mismo código. II.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se tenga por opuesta en tiempo y forma la excepción de prescripción prevista en el arto 8 inc. 5 del c.P.P. de 1991 (art. 8 inc. 5 del C.P.P. de 1996), ordenándose la formación del respectivo incidente, conforme lo previene el arto del mismo ordenamiento. 2.- Oportunamente se haga lugar a la excepción deducida sobreseyéndose definitivamente en la causa respecto de mi defensa.

§ 9. Ofrezco pruebas Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de constituido en

,

con

domicilio

en el proceso penal que se le sigue por el impuesto delito

de ............... a V.S. respetuosamente digo: l.- FINALIDAD DE ESTE ESCRITO En la oportunidad indicada en los arts. 263 y 264 del Código Procesal Penal de 1991; arto 238 C.P.P. de 1940, (art. 299 y 300 del C.P.P. de 1996), vengo a ofrecer probanzas que concretaré seguidamente. II.- PRUEBA TESTIMONIAL 1.- Ampliación de declaración indagatoria: se designe audiencia a fin de que mi defendido amplíe la declaración que prestara en los autos principales, a fs. 2.- Testimonial: se designen audiencias a efectos de que concurran al tribunal a prestar declaración testimonial, a tenor del interrogatorio que se acompaña, las siguientes personas

(nombre, nacionalidad, edad, estado civil, profesión,

domicilio). III.- PRUEBA PERICIAL 1.- Pericia médica: se realice un peritaje médico de mi defendido, por intermedio del cuerpo médico forense, a fin de que se establezca el tipo de personalidad que el mismo posee. Propongo, a tal efecto, como perito de parte, al Dr . ............... médico psiquiatra, con domicilio en

, para que practique junto con los profesionales menciona-

dos la pericia solicitada. 2.- Pericia balística: se efectué un peritaje balístico, a realizarse por la división balística de la Policía Nacional, con la finalidad de que informe si el arma reservada en secretaría es apta para dispara y qué funcionamiento tiene. 3.- Pericia planimétrica: se ordene a la respectiva división policial la confección de un plano del lugar de desarrollo de los hechos y del lugar donde fue habido mi defendido. IV.- PRUEBA INFORMATIVA

1.- Informativa: se libren oficios a la Secretaria Electoral y al Registro Nacional de las Personas para que informen respecto del último domicilio que registran del testigo

, quien a fs

actuará en carácter de

.

2.- Absolución de posiciones: se fije audiencia para que el querellante absuelva posiciones a tenor del pliego que oportunamente se acompañará. V.- PETITORIO Por lo expuesto a V.S. solicito: 1.- Se tenga por ofrecida la prueba detallada en el punto I. 2.- Se ordene su producción en la forma de estilo. Proveer de conformidad Lima, de Será justicia

Firma del letrado

de 199

.

§ 10. Cuestión prejudicial EXP. N° 4094-91 SECo CALLIRGOS Señor Juez Penal: Pedro Fernández López, en la instrucción que se me sigue por delito contra la Familia, Matrimonio Ilegal, con el debido respeto digo: Que al amparo del arto seis del Código Procesal Penal, vengo por ante su ilustre despacho a fin de interponer como medio de defensa el recurso de cuestión prejudicial, por haber sido denunciado indebidamente al no haber cometido ningún delito. Fundamento lo antes expuesto en que mi ex-conyuge Lucia Lorenzi Ibarcena me denunció por bigamia al contraer nuevo matrimonio estando casado según su versión en su denuncia penal; pero eso no es cierto porque antes de contraer mi nuevo matrimonio yo ya tenía un proceso civil de nulidad de matrimonio conforme el artículo 214 inc. 8 del Código Civil; por consiguiente pido se suspenda el proceso penal en el cual estoy siendo procesado ya que los elementos de la existencia del delito será determinada en la Vía ordinaria civil, cuya demanda es anterior a la denuncia penal de la que soy objeto. OTROSI DIGO: Acompaño copia legalizada de la demanda del Juicio de Nulidad de Matrimonio. OTROSI DIGO: Acompaño fotocopias de la contestación de la demanda de la excónyuge. POR TANTO: A Ud. Señor Juez pido resolver conforme a ley. Lima, 25 de noviembre de 1996 Firma del Abogado

§ 11. Cuestión previa Sr. Sec. Fernández Exp. N° 543-93 Solicita: Cuestión Previa Señor Juez Penal: LUIS LOZADA SUAREZ, en la instrucción que se me sigue por el supuesto delito de Violación de la Libertad Sexual y otro; a Ud. muy atentamente digo: Que interpongo y deduzco CUESTION PREVIA, de conformidad a lo que establece el arto 5 del Código Procesal Penal; porque se ha obviado un requisito de procedibilidad en la denuncia interpuesta por el Representan te del Ministerio Público, y por las consideraciones que de hecho y derecho expongo. PRIMERO.- Que, las denuncias presentadas en su despacho por el representante del Ministerio Público no reúnen los requisitos establecidos por las normas de procedimientos especiales. SEGUNDO.- Es decir, no se han regido por lo que señala el título 111 del Libro Quinto del Código Procesal Penal, en los procedimientos especiales para delitos de calumnia, difamación, injuria y CONTRA EL HONOR SEXUAL. TERCERO.- Que, tal y conforme establece el mencionado procedimiento se plantea la denuncia por intermedio de una querella de la parte agraviada ante el Juez Penal, como lo señala taxativamente los arto 424 al 434 del Código Procesal penal y el arto 178, segunda parte, del Código Penal vigente. CUARTO.- Que, en el extremo del delito sub-materia ha debido de tramitarse por denuncia de la parte agraviada, con citación de peritos; hecho que no ha ocurrido en la presente instrucción. En algunos casos esta condición de procedibilidad esta referida a una manifestación de voluntad del ofendido, como por ejemplo cuando la ley dice: "Por querella del ofendido o a denuncia de parte". QUINTO.- Como se señala la CUSTION PREVIA es eminentemente procesal, ya que en los casos para los que está prescrita su observancia juega un rol de

CONDICION DE PROCEDIBILIDAD, esto es, la condición necesaria a satisfacer legal o anteladamente al ejercicio de la acción penal. Por consiguiente la inobservancia de dicha condición constituye un obstáculo procesal para el ejercicio de la acción penal. En todos aquellos casos en los cuales esté previsto expresamente la obligación de observar an teladamen te una cuestión previa; no son suficientes "la existencia del delito y la vigencia de la acción penal para el caso" para aperturar consistentemente un proceso penal. En el presente caso sub-materia, el arto 5 del Código Procesal Penal la cuestión previa es para el ejercicio idóneo de la potestad jurisdiccional, lo cual no se ha cumplido; por lo que muy respetuosamente solicito se anule todo lo actuado dándose por no presentadas las denuncias. SEXTO. - Es más, en el caso de violación o seducción de un menor de más de catorce años y menos de dieciocho, la apertura de instrucción sólo puede tener lugar previa ratificación expresa de la agraviada ante el Juez Penal sobre el contenido de la denuncia; por lo que tampoco se ha observado el requisito de procedibilidad señalado para estos delitos. SETIMO.- Y, por último, a mayor fundamento, el Código Penal promulgado por el Decreto Legislativo N° 632, en la Segunda parte, del artículo 178, señala que: "el ejercicio de la acción es privada en los casos de los arto 170, 171,174 y 175. Es decir, en los casos de violación de personas mayores, de personas en dependencia, de personas con grave alteración de la conciencia, y en el de seducción, el trámite es el de denuncia de parte o de la ofendida, más conocido en los procedimientos especiales como una QUERELLA EN CONSECUENCIA; faltando un requisito de procedibilidad a las denuncias presentadas; acudo a su respetable despacho a efectos que se sirva declarar fundada la cuestión previa deducida, por no ajustarse al trámite que señala el Código Procesal Penal, por lo que, solicito muy respetuosamente declarar fundada la cuestión deducida, anular todo lo actuado, dándose por no presentada la denuncia, ordenándose el archivo de la presente instrucción.

OTROSI DIGO: Señalo mi domicilio procesal, ubicado en el Jr. Azángaro N° 435, Of. 765, Lima POR TANTO: A Ud. Señor Juez, ruego se sirva disponer y resolver conforme solicito. Es justicia. Lima, de

de 199

.

§ 12. Resolución que declara fundada la cuestión previa Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: de conformidad con lo opinado por el Señor Representante del Ministerio Público en su dictamen que antecede, y cuyos propios fundamentos se reproduen en todos sus extremos; y atendiendo además: a que, las Cuestiones Previas, proceden cuando no concurren un requisito de procedibilidad, conforme lo establece el artículo cinco del Código Procesal Penal; a que, siendo así su observancia es eminentemente procesal y la exigencia de su cumplimiento deberá de resultar expresamente de la ley que así lo imponga; ahora bien, conforme es de apreciarse del principal, los hechos materia de investigación se encuentran tipificados dentro de los alcances del artículo 173 segundo párrafo del Código Penal, que contempla requisitos de procedibilidad, los que menciona el recurrente; por estos fundamentos, esta judicatura declara: FUNDADA la cuestión previa, promovida por el inculpado LUIS LOZADA SUAREZ, en elproceso que se le sigue por Delito contra la libertad sexual-violación; notificándose a las partes, y, consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolución, agruéguese a su principal, concitación. Firma del juez

§ 13. Cuestión previa Exp. N° 1791-91 Sec. E. Farfán Mena Señor Juez del Cuadragésimo Juzgado Penal de Lima: ROBERTO CACERES CHACON, en la instrucción que se me sigue por el delito de Libramiento Indebido, en agravio de Juan Ccarita Arce; a Ud. me presento y digo: Que de conformidad con el artículo 5° del Código Procesal Penal, vengo a promover la CUESTION PREVIA, en el presente proceso a fin de que vuestro despacho la ampare, debiendo declarar la nulidad de todo lo actuado, dándose por no presentada la denuncia conforme los argumentos que paso a exponer: 1.- Que los hechos denunciados conforme la calificación por su Despacho, se encuentran dentro del tipo Legal señalado en el artículo 215 del Código Penal, cuyo último extremo de la acotada norma legal señala en forma taxativa que no procede la acción penal si el agente abona el importa del documento dentro del tercer día hábil a la fecha del REQUERIMIENTO. 2.- Conforme obra del Expediente no se ha producido REQUERIMIENTO alguno, además no obra el cheque debidamente sellado por la agencia bancaria por la falta de fondos, y no siguió el trámite correspondiente para lograr el pago del cheque girado por mi persona, por lo que no he sido comunicado. 3.- Por estas consideraciones se configura la omisión sustancial que hace amparable la CUESTION PREVIA deducida, existe claramente el requisito de procedibilidad, sin las cuales no es posible el ejercicio de la acción penal y sin cuya presencia no es posible promoverla, debiéndose archivar los de la materia anulándose los antecedentes y requisitoria generados con motivo del presente proceso. A Ud. señor Juez sírvase declarar fundada la CUESTION PREVIA, por ser de Ley.

Lima, 7 de enero de 1996

Firma del abogado

Firma del denunciado

§ 14. Propongo nuevo defensor sin revocar nombramiento anterior Señor Juez Penal: ............... (nombre del imputado), en la causa N° ............... , que se me sigue por supuesta estafa, a V.S. digo: I.- Que vengo a designar como nuevo defensor al Dr . ............... sin revocar al anterior nombramiento del Dr

.

lI.- Previa aceptación del cargo y constitución de domicilio del letrado ahora designado, solici to se les permita actuar en mi defensa a ambos abogados en forma conjunta o individual. lIl.- Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad, que: Será justicia

Firma del defensor anterior

Firma del demandado

§ 15. Cuestión Previa EXP. N° 767-93 SEC. JIMENEZ JUZG.28° Cuaderno Principal Interpone Cuestión Previa Señor Juez Penal: En la Instrucción seguida por delito de Libramiento Indebido, en supuesto agravio de Arturo Germán Moretti Andrade, ante usted con el debido respeto digo: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo quinto del Código Procesal Penal, PLANTEO CUESTION PREVIA en el presente proceso a fin de que vuestro Despacho la ampare, debiéndose declarar la Nulidad de todos los actuados, dándose por no presentado la denuncia, conforme a los argumentos que paso a exponer: 1.- Los hechos denunciados conforme a la calificación jurisdiccional por su Despacho, se encuentran dentro del tipo legal señalado en el arto 215 del Código Penal, cuyo último extremo de la acotada norma legal señala en forma taxativa que NO PROCEDE la acción penal si el agente abona el importe del documento dentro del tercer día hábil a la fecha de REQUERIMIENTO. 2.- Conforme obra del expediente, no se ha producido nunca un requerimiento a mi persona, por consiguiente no se ha dado cumplimiento al requisito de procedibilidad indicado, por la falta de este requerimiento, ni mucho menos puede computarse algún término; por lo que no debió admitirse la presente denuncia. 3.- Por estas consideraciones se ha configurado esta omisión sustancial hace amparable la cuestión previa deducida debiéndose archivar los de la materia, anulándose los antecedentes y requisitoria s generales con motivo del presente proceso. Lima, 09 de enero de 1996

§ 16. Cuestión previa Sr. Sec. Crisanto Exp. N° 243-93 Solicita: Cuestión Previa Señor Juez Penal: JORGE PEREZ HURTADO, en la instrucción que se me sigue por el supuesto delito de Violación de la Libertad Sexual y otro; a Ud. muy atentamente digo: Que interpongo y deduzco CUESTION PREVIA, de conformidad a lo que establece el arto 5 del Código Procesal penal; porque se ha obviado un requisito de procedibilidad en la denuncia interpuesta por el Representante del Ministerio Público, y por las consideraciones de hecho y derecho que expongo. PRIMERO: Que, las denuncias presentadas en su Despacho por el representante del Ministerio Público no reúnen los requisitos establecidos por las normas de los Procedimientos especiales. SEGUNDO: Es decir, no se han regido por lo que señala el Título 1 del Libro Cuarto del Código Procesal Penal, en los Procedimientos Especiales para delitos de calumnia, difamación, injuria y CONTRA EL HONOR SEXUAL. TERCERO: Que, tal y conforme lo establece el mencionado procedimiento se plantea la denuncia por intermedio de una QUERELLA de la parte agraviada ante el Juez Penal, como lo señala taxativamente los arts. 302 al 313 del Código Procesal Penal y el arto 178, segunda parte, del Código Penal vigente. CUARTO: Que, en el extremo del delito sub-materia ha debido de tramitarse por Denuncia de la parte agraviada, con citación de peritos; hecho que no ha ocurrido en la presente instrucción. En algunos casos esta condición de procedibilidad esta referida a una manifestación de voluntad del ofendido, como por ejemplo cuando la ley dice: Por querella del ofendido o a denuncia de parte".

QUINTO: Como se señala, la CUESTION PREVIA es eminentemente procesal, ya que en los casos para los que está prescrita su observancia juega el rol de CONDICION DE PROCEDIBILIDAD, esto es, la condición necesaria a satisfacer legal y anteladamente al ejercicio de la acción penal. Por consiguiente la inobservancia de dicha condición constituye un obstáculo procesal para el ejercicio de la acción penal. En todos aquellos casos en los cuales esté previsto expresamente la obligación de observar anteladamente una cuestión previa; no son suficientes "la existencia del delito y la vigencia de la acción penal para el caso" para aperturar consistentemente un proceso penal. En el presente caso sub-materia, el arto 313 del Código Procesal Penal la cuestión previa es para EL EJERCICIO IDONEO DE LA POTESTAD JURISDICCIONAL lo cual no se ha cumplido; por lo que muy respetuosamente solicito se anule todo lo actuado dándose por no presentada las denuncias. SEXTO: Es más, en el caso de la violación o seducción de una menor de más de catorce años y menos de dieciocho, la apertura de instrucción sólo puede tener lugar previa ratificación expresa de la agraviada ante el Juez Penal sobre el contenido de la denuncia; por lo que tampoco se ha observado el requisito de procedibilidad señalado para estos delitos. SETIMO: y, por último, a mayor fundamento, el Código Penal promulgado por el Decreto Legislativo N° 635, en la segunda parte del arto 178, señala que: "el ejercicio de la acción es privada en los casos de los arts. 170, 171, 174 y 175". Es decir, en los casos de violación de personas mayores, de personas en dependencia, de personas con grave alteración de la conciencia, y en el de seducción, el trámite es el de denuncia de parte o de la ofendida, más conocido en los procedimientos especiales como una QUERELLA EN CONSECUENCIA; faltando un requisito de procedibilidad a las denuncias presentadas; acudo a su respetable despacho a efectos que se sirva declarar fundada la cuestión previa deducida, por no ajustarse al trámite que señala el código

Penal

y el

Código

Procesal

Penal,

por lo

que,

solicito

muy

respetuosamente declarar fundada la cuestión deducida, anular todo lo actuado,

dándose por no presentada la denuncia, ordenándose el archivo de la presente instrucción OTROSI DIGO: Señalo mi domicilio procesal, ubicado en el Jr. Azángaro N° 465 Of. 453, Lima. POR TANTO: A Ud. Señor Juez, ruego se sirva disponer y resolver conforme solicito. Es justicia. Lima, de

de 199

.

§ 17. Cuestión Prejudicial Exp.645-93 Sec. Cárdenas Señor Juez Penal Juan R. Cuevas Durán, en la instrucción que se sigue por el supuesto delito de usurpación de Autoridad, ante Ud. me presento y digo: Que deduzco Cuestión Prejudicial toda vez que habiendo presentado el recurso de Reconsideración contra la resolución que dispone mi destitución del cargo de Director de Saneamiento Ambiental ante la Dirección de Personal de la Municipalidad de Chorrillos, aún no se ha establecido mi separación de dicho cargo, por lo que debe primero establecerse mi condición de funcionario antes de denunciar una supuesta Usurpación de Autoridad. Por tanto: A Ud. Señor Juez solicito se sirva declarar Fundada la presente Cuestion Prejudicial y ordenar se suspenda el procedimiento hasta que se agote el proceso llevado en la Vía Administrativa. Lima, de

de 199

.

§ 18. Cuestión Previa Exp. N° 148-93 Seco García 19o Juzgado Penal Cuaderno Principal Interpone Cuestión Previa Señor Juez Penal: Ernesto Carrillo Aguilar: en la instrucción que se me sigue por delito de libramiento indebido, en supuesto agravio de Alejandro Morales Lazo, a Ud., respetuosamente digo: Que conforme a lo dispuesto en el artículo cinco del Código Procesal Penal, planteo CUESTION PREVIA en el presente proceso, a fin de que vuestro despacho la ampare, debiendo declararse la nulidad de todo lo actuado, dándose por no presentada la denuncia conforme a los argumentos que paso a exponer: 1.- Los hechos denunciados conforme a la calificación jurisdiccional realizada por su despacho, se encuentran dentro del tipo legal señalado en el inciso cuarto del artículo doscientos quince. Dicho artículo en su tercer párrafo señala que: el agente debe ser informado de la falta de pago mediante PROTESTO u otra forma documentada de REQUERIMIENTO. 2.-

Conforme

obra

del

expediente,

no

se

ha

producido

nunca

un

REQUERIMIENTO a mi persona, por consiguiente no se ha dado cumplimiento al requisito de procedibilidad indicado, por la falta de dicho requerimiento ni mucho menos puede computarse algún término (conforme lo señala el último párrafo del ya citado artículo doscientos quince): por lo que no debió admitirse la presente denuncia. 3.- Además, si bien es cierto hubo una Certificación de No Pago hecha por el Banco, la cual según la Ley de Títulos Valores tiene valor de protesto, esta

Certificación NO HA SIDO UNA FORMA DE COMUNICARME la falta de pago, ni mucho menos una forma de REQUERIMIENTO. 4.- Por estas consideraciones, se ha configurado una omisión sustancial, lo que hace amparable la cuestión previa de la demanda, debiéndose archivar los de materia, anulándose los antecedentes y requisitorias generados con motivo del presente proceso. Lima, de

de 199

.

§ 19. Deduce excepción de amnistía Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio constituido en

en la causa N°

,

, a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a oponer la excepción de amnistía en beneficio de mi defendido, según la argumentación que paso a efectuar: l.- HECHOS Se investiga en esta causa la infracción a los arts . ............... Código Penal que mi defendido habría cometido en el año Las constancias de la causa

(verf.s

, al

. .

y fs

) permiten tener por

probado que mi defendido no obró con fin de lucro o de causar perjuicio. II.- DERECHO Lo

di'

a ley concede o expresa amnistía general para los casos de

quienes hubiesen incurrido en conductas semejantes a la descrita. III.- PETITORIO Por lo expuesto de V.S. solicito: 1. - Oportunamente se haga lugar a la excepción opuesta, declarando extinguida la acción penal y sobreseyendo definitivamente el proceso con respecto a mi defendido. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del abogado defensor

§ 20. Deduce excepción de prescripción Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio constituido en

en la causa N°

,

, a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a oponer la excepción de prescripción, atento a los argumentos de hecho y derecho que expondré. l.- HECHOS Se inicia esta causa el día 10 de de

. por el delito de

cometido

en

perjuicio de , que se atribuye a mi defendido. Regía el C.P. de 1924 que fijaba una pena máxima de ............... años para tal delito, la que es reformada por el Código Penal de 1991 que establece una pena de

. Mi defendido es procesado el día

de (ver fs

cuando ya habían transcurrido más

años de cometido el delitos. Mi defendido no registra ningún antecedente y fs

) que pueda contituir acto interruptor.

II.- DERECHO Fundo mi derecho en el arto 8 inc. 5 del C.P.P. de 1996. III.- PETITORIO Por lo expuesto, de V.S. solicito: 1.- Oportunamente se haga lugar a la excepción, declarando extinguida la acción penal respecto de mi defendido y sobreseyendo la causa a su respecto. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor

Firma del imputado

§ 21. Deduce excepción de prescripción de la pena Señor Juez Penal ............... (nombre y apellido del condenado) por derecho propio, constituyendo domicilio en , en la causa N°

que

se

sigue

en

mi

contra

a

V.S.

respetuosamente digo: Que vengo a oponer la excepción de prescripción de la pena a la que fui condenado en autos, por haber transcurrido el término previsto por los arts. 80 y 86 del Código penal desde que la condena me fue notificada mediante cédula sin que exista delito interruptor de la prescripción de conformidad con el arto 8 del C.P.P. de 1996. Por todo ello, según lo dispuesto por el arto 8 inc. 5 C.P.P.de 1996 de V.S. solicito: 1.- Dé vista a las partes acusadoras de esta excepción. 2.- Oportunamente haga lugar a la excepción y declare extinguida la pena. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del condenado

Firma del abogado

§ 22. Trámite completo de excepción de improcedencia de acción Señor Juez Penal: José Flores Oliva, en la instrucción que se me sigue por supuesto delito de violencia y resistencia a la autoridad, a Ud. digo: Estando a lo dispuesto por el arto 10 del D. Leg. N° 126, que modifica el arto 8 del C.p.p., deduzco la EXCEPCION DE IMPROCEDENCIA DE ACCION contra la acción penal. Son fundamentos de mi excepción los siguientes: Ante el Ministerio de Trabajo doña Margaret Shulzt Pezet interpuso denuncia administrativa contra la firma INDISA a fin de obtener su reposición en el empleo, de que había sido separada, la misma que invocó como sustento legal el Decreto Ley N° 1847l. Durante el proceso administrativo, la denunciada INDISA otorgó Poder en Acta, a favor del recurrente con el objeto de que la represente. Así las cosas, la Autoridad de Trabajo expidió Resolución Divisional, Subdirectoral y finalmente Directoral, que amparaban el derecho reclamado por la denunciante, razón por la que doña Margaret Shulzt Pezet, exigía se materialice su reincorporación al trabajo. Al expedirse el D.L. N° 22126, que determinó un cambio ostensible en el régimen de la Estabilidad Laboral, el artículo 210 estableció la facultad del servidor de recurrir al Poder Judicial denunciando a su empleador (persona natural o jurídica) que no cumpliese con la resolución ejecutoriada expedida por la Autoridad de Trabajo, precisando como penalidad la prisión no mayor de tres años. Es en aplicación de este dispositivo, que la Procuraduría de la República, encargada de los asuntos del Sector Trabajo, con fecha 10 de julio de 1982, acciona penalmente contra el recurrente -Apoderado en el proceso administrativo-y contra Aurelio Díaz Paredes, Gerente de la razón social INDISA, denuncia que fuera formalizada por el Fiscal Provincial, Dr. Salazar Romero. La precitada acción judicial determinó que el Juzgado Penal actualmente a su cargo, expidiera auto apertorio comprendiendo tanto al presentante como a don Aurelio Díaz Paredes.

Conceptúo que se ha hecho una errónea interpretación del arto 210 del D. L. N° 22126, pues no se ha tomado en cuenta la Tercera Disposición Transitoria que establece que los procedimientos en trámite sobre reposición en el trabajo, en aplicación del D.L. N° 18471, serán resueltos de conformidad con dicho dispositivo. Lo precedentemente expuesto, significa que si doña Margaret Schulzt Pezet, en razón de su despido del trabajo, reclamaba ser repuesta en el mismo, y fundamentaba su denuncia a las preces del D.L. N° 18471, es de entenderse que de acuerdo a dicha norma legal, el incumplimiento por parte del principal en reponerla en el trabajo, no acarreaba la posibilidad de denuncia penal alguna, pues sólo se hacía posible a sanciones económicas, a través de multas que se incrementaban en su monto, para el supuesto de que se reiterara el incumplimiento. El D.L. N° 18471, no consideró ninguna medida penal contra el empleador y menos contra el apoderado enjuicio. En orden a lo antes referido y al propio tenor de la Tercera Disposición Transitoria del D.L. ND 22126, los hechos denunciados como delito, no revisten tal carácter y vulneran el principio consagrado en el arto II del Código Penal vigente que expresa "nadie será condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no estuvieren calificados en la ley de manera expresa e inequívoca como infracciones punibles", que es corroborado por el párrafo tercero del arto 5° del D. Leg. N° 126, que señala "que la excepción de naturaleza de acción procede instaurarse cuando el hecho denunciado no constituye delito o no es justiciable penalmente". En definitiva, este proceso penal infringe el precepto constitucional instalado en el arto 2°, apartado 20, parágrafo d) que sanciona "nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible ni sancionado con pena no prevista en la ley". Por último, este dispositivo constitucional, en armonía con lo normado por el arto 87° de la Carta Magna, prevalece sobre todo otra norma legal, en este caso sobre el D.L. N° 22126, por ende su Despacho está obligado a aplicar la norma transcrita

preferentemente, en armonía con lo dispuesto por el arto XXII del Título Preliminar del Código Civil vigente . . Fundamento legal es lo preceptuado por el arto 90 del C.P.P. Por tanto: El Juzgado se servirá correr traslado de la excepción planteada. Lima, 22 de junio de 1991 Firmas del inculpado y su abogado defensor

§ 23. Providencia del Juez Penal Lima, veintitres de junio de mil novecientos noventiuno Dado cuenta; proveyendo el escrito del inculpado recurrente: téngase por deducida la excepción de Improcedencia de acción; fórmese el cuaderno respectivo con las copias pertinentes; y córrase traslado a la parte civil, con ci tación del Ministerio Público. Rúbrica del Juez y firma del Secretario

§ 24. Notificaciones En la misma fecha notifique al señor Fiscal Provincial, doctor Walter Green Ortiz, quien enterado rubricó; doy fe. Rúbrica del Fiscal Provincial y Firma del Secretario Seguidamente el mismo mandato notifiqué al señor Procurador Público del Estado, doctor Pedro Sagástegui Urteaga, quien enterado no firmó; doy fe Firma del Secretario También notifiqué a la agraviada Margaret Shulzt Pezet, por cédula que dejé en su domicilio señalado en autos. Firma del Secretario

§ 25. Cédula de notificación Señor Procurador Público del Estado: En la instrucción seguida contra Aurelio Díaz Paredes y otro, el procesado José Eric Flores Oliva, ha planteado excepción de improcedencia de acción. El señor Juez Penal del Vigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima, ha resuelto lo que sigue: "Lima, veintitres de junio de mil novecientos noventiuno.- Dado cuenta, proveyendo el escrito del inculpado recurrente: téngase por deducida la EXCEPCION DE IMPROCEDENCIA DE ACCION; fórmese el cuaderno respectivo con las copias pertinentes; y córrase traslado a la parte civil, con citación del Ministerio Público".- Feo. José Ostolaza, Juez Instructor; Vicente Rivera, Secretario Notifico a Ud. pro cédula y copia Lima, veintitres dejunio de mil novecientos noventiuno Firma y sello del Secretario

§ 26. Parte civil absuelve el traslado Señor Juez Penal: Pedro Sagástegui Urteaga, Procurador Público del Estado, en la instrucción seguida contra José Eric Flores Oliva, y otro, por delito de violencia a la autoridad, en agravio del Estado, Cuaderno de Excepción de Improcedencia de acción; a ud. atentamente digo: Que, absuelvo el traslado de la excepción de improcedencia de acción en los términos siguientes: PRIMERO: Que, la acción penal, ha sido promovida en estricta observación de las normas legales, siendo así que el señor fiscal provincial en defensa del interés social, velando por la persecución del delito y la reparación civil, en ejercicio de su competencia ha formalizado la denuncia, y el juzgado en aplicación de la ley, previo análisis de las pruebas, informes y demás documentos ha dictado el auto apertorio de instrucción. SEGUNDO: Que el D. L. 22126, es todavía del 23 de marzo de 1978, y no es admisible que a un trabajador cuya reposición ha dispuesto la autoridad administrativa, se haya incumplido hasta la fecha, pretendiendo evadir una responsabilidad bajo la forma de la excepción de naturaleza de acción que en todo caso es posterior a la norma antes mencionada, esto es su vigencia se remonta a junio de 1981, cuando las resoluciones expedidas por las autoridades administrativas habían quedado consentidas y el D.L. 18471 había sido derogado en virtud de la 2a disposición final del d.L. 22126. TERCERO: Del propio contenido del escrito de excepción se desprende que el inculpado desde 1978 no cumple con el mandato de reponer al trabajador en su centro de trabajo ni paga las multas que se le ha impuesto, este acto evasivo al texto expreso de la norma es precisamente la que sanciona el art.21 o del D.L. 22126, fijando la prisión de tres años para el empleador que no cumple con las resoluciones consentidas y ejecutoriadas expedidas por la autoridad del Ministerio de Trabajo, cuya negligencia en el acatamiento constituye precisamente el delito

de resistencia o desobediencia a la autoridad, cuyos pasos se ha observado con regularidad en esta causa, es por eso que el señor fiscal ha formulado la denuncia y el juzgado con gran acierto ha dictado el auto apertorio de instrucción. Por tanto: A Ud. Señor Juez Penal, pido dar por absuelto el traslado y previa opinión del Señor Fiscal de conformidad con el arto 17° del D.L. 17537, se sirva declarar sin lugar la excepción de naturaleza de acción por improcedente. Lima, 27 de junio de 1991 Firma del Procurador Público

§ 27. Providencia del Juez Penal Lima, veintisiete de junio de mil novecientos noventiuno Dado cuenta, agréguese a los autos teniéndose presente los puntos uno dos y tres, al momento de resolver Rúbrica del Juez y firma, del Secretario

§ 28. Se pide vista fiscal Lima, primero de julio de mil novecientos noventiuno Dado cuenta; vista al señor Fiscal Provincial para su pronunciamiento de ley. Rúbrica del Juez y firma del Secretario

§ 29. Dictamen del fiscal provincial Señor El inculpado José Eric Flores Oliva, ha deducido la excepción de naturaleza de acción, en el proceso que se le sigue por delito de violencia y resistencia a la autoridad, formándose el cuaderno respectivo; en agravio del Estado y de Margaret Shulzt Pezet. Estando al mérito de lo actuado, conforme es de verse de fojas 13, el inculpado José Eric Flores Oliva ha actuado en su condición de apoderado ante la División de Denuncias (lOma. Div. de Denuncias) del Ministerio de Trabajo, en el proceso administrativo laboral seguido entre Margaret Shulzt Pezet contra Industrias Diversas Sazonadores S.A., INDISA sobre reposición, precisándose que ha actuado como apoderado en autos. Por lo expuesto, este Ministerio Público es de opinión que debe declararse FUNDADA la excepción en el delito materia de la denuncia, porque no le alcanza responsabilidad penal. Lima, 1 de julio de 1991 Firma y sello del Fiscal Provincial

§ 30. Juez Penal resuelve la excepción planeada Lima, cuatro de julio de mil novecientos noventiuno Autos y Vistos; de conformidad con lo opinado por el señor Fiscal Provincial; y, ATENDIENDO: a que conforme se desprende de autos y en especial del acta poder que en fotocopia legalizada corre a fojas trece, el inculpado José Eric Flores Oliva sólo ha actuado como apoderado en el proceso administrativo seguido por Margaret Shulzt Pezet, con Industrias Diversas Sazonadoras Sociedad Anónima, sobre reposición, es decir sin haber tenido participación directa en el perjuicio ocasionado; a que el Decreto Ley veintidos mil ciento veintiseis en su tercera disposición transitoria establece que los procedimientos sobre reposición en el trabajo, en aplicación del Decreto Ley dieciocho mil cuatrocientos setentiuno serán resueltos de conformidad con dicho dispositivo; a que en todo caso, el Decreto Ley veintidos mil ciento veintiseis, en su numeral veintiuno, determina responsabilidad penal cuando el empleador es quien no cumple con las resoluciones consentidas y/o ejecutoriadas expedidas por la Autoridad de Trabajo, no teniendo el recurrente la calidad de tal; por lo que se declara FUNDADA la excepción de naturaleza de acción, deducida por José Eric Flores Oliva, en el presente proceso instaurado en su contra, por delito de violencia y resistencia a la autoridad, en agravio del Estado y Margaret Sh ul tz Pezet; se ORDENA se archive definitivamente lo actuado en lo que a este extremo se refiere, debiendo cursarse los oficios a que se contrae el Decreto Ley veinte mil quinientos setentinueve; previa notificación a las partes para lo que fuere de ley; agregándose este incidente a los principales de su materia. Media firma del Juez y firma del Secretario

§ 31. Notificaciones En la misma fecha hice saber el tenor de la resolución que antecede al señor Fiscal Provincial, doctor Walter Green Ortiz, quien enterado rubricó; doy fe. Rúbrica del Fiscal Provincial y firma del Secretario Doy fe: que se notificó a las partes, por cédula, la resolución que antecede, quienes enteradas firmaron Firmas de partes y Secretario

§ 32. Parte civil interpone apelación Señor Juez Penal: Margaret Shultz Pezet, en la acción seguida contra José Eric Flores Oliva y Aurelio Días Paredes, sobre delito de violencia y resistencia a la autoridad en agravio de la suscrita y del Estado, a Ud. digo: Que he tomado conocimiento de la resolución por la que vuestro despacho, tiene a bien declarar "fundada" la excepción de improcedencia de acción deducida por José Eric Flores Oliva. Encontrándome completamente disconforme con la supradicha resolución, interpongo contra ella recurso de apelación. Por lo expuesto: A Ud. solicito conceder la apelación interpuesta y elevar los autos a la instancia superior donde espero alcanzar la revocatoria de la resolución apelada. Lima, 5 de julio de 1991 Firmas de agraviada y su abogado

§ 33. Juez Penal concede apelación Lima, cinco de julio de mil novecientos noventiuno Proveyendo el recurso que antecede: concédase la apelación interpuesta y elévese el cuaderno respectivo al Superior Tribunal, con citación del señor Fiscal Provincial Media firma del Juez y firma del Secretario

§ 34. Notificaciones En la misma fecha hice saber el mandato que antecede al señor Fiscal Provincial doctor Walter Green Ortiz, quien enterado rubricó; doy fe. Rúbrica del Fiscal Provincial y firma del Secretario Seguidamente, la misma resolución que antecede notifiqué al señor Procurador Público del Estado, doctor Pedro Sagástegui Urteaga y a la agraviada Margaret ShuUz Pezer, por cédula que dejé en su domicilio señalado en autos; doy fe. Firma del Secretario

§ 35. Procurador Público también interpone apelación Señor Juez Penal: Pedro Sagástegui Urteaga, Procurador Público del Estado, en la instrucción seguida contra José Eric Flores Oliva, por delito de violencia y resistencia a la autoridad, en agravio del Estado, Cuaderno de Excepción de Improcedencia de Acción, a ud. con respecto digo: Que no considero legal la resolución del 4 de julio, por la cual se declara fundada la excepción de naturaleza de acción y ordena el archivamiento de lo actuado, por lo que apelo de ella por ante el Superior Tribunal, en donde espero se revoque. Por tanto: A Ud. señor juez, solicito admitir esta apelación y concederme la alzada. Lima, 8 de julio de 1991 Firma y sello del Procurador Público

§ 36. Juez Penal concede de nuevo la apelación Lima, cinco de julio de mil novecientos noventiuno Dado cuenta; concédase la apelación que se interpone y elévese al Superior Tribunal como está ordenado; con citación Media firma del Juez y Firma del Secretario

§ 37. Oficio de elevación del incidente Lima, 10 de julio de 1991 Of. N° 443-82- VRL Señor Presidente de la Quinta Sala Penal Tengo el honor de dirigirme a Ud. el presente oficio, a fin de elevar, en fs. 149, el cuaderno de excepción de improcedencia de acción, derivado en la instrucción seguida contra José Eric Flores Oliva por delito de violencia y resistencia a la autoridad, en agravio del Estado y otro, en apelación. Dios guarde a Usted. Firma y sello del Juez Penal

§ 38. Proveído de la Sala Penal Lima, catorce de julio de mil novecientos noventiuno Por recibido en la fecha; vista al señor Fiscal Superior a fin de que se pronuncie de acuerdo a ley; con citación Rúbrica de 3 vocales

§ 39. Notificaciones En Lima, a veinte de julio de mil novecientos noventiuno, notifiqué la resolución que antecede al doctor Pedro Sagástegui Urteaga, Procurador Público del Estado, por cédula que dejé en su domicilio del Centro Cívico, a un empleado, no firmó; doy fe. Firma del Escribano Düigenciero En Lima, a veinte de julio de mil novecientos noventiuno, notifiqué la resolución que antecede a la denunciante Margaret Shultz Pezet, por cédula que dejé en su domicilio sito en Máximo Abril quinientos cuarentiuno, Jesús María; doy fe Firma del Escribano Düigenciero Dictamen del fiscal superior Señor Por mérito de fs. 146-147-148, Margaret Shultz Pezet, interpone apelación de la resolución dictada a fs. 143, que declara FUNDADA la excepción de naturaleza de acción, deducida por José Eric Flores Oliva, por delito de violencia y resistencia a la autoridad, en agravio del Estado y de la apelante Margaret Shultz Pezet, y manda archivar definitivamente el expediente. En concepto de este Ministerio Público, la resolución antes mencionada y que obra a fs. 142, que ha sido dictada de conformidad con la opinión del Fiscal Provincial como resulta de fs. 141, debe confirmarse, en todas sus partes y en mérito a sus propios fundamentos. San Isidro, 5 de agosto de 1991 Firma y sello del Fiscal Superior

§ 40. Resolución de la Sala Penal Lima, quince de agosto de mil novecientos noventiuno Autos y Vistos; de conformidad con lo dictaminado por el señor Fiscal Superior Provincial a fojas ciento cincuentidos; y atendiendo además, a que el hecho denunciado no es justificable penalmente, dada la naturaleza de la representación que ejerció el procesado José Eric Flores Oliva, en los actuados administrativos ante el fuero privativo de trabajo, sobre reposición al trabajo, según poder en acta obrante en fotocopia a fojas trece; CONFIRMARON el auto de fojas ciento cuarentidos de cuatro de julio del año en curso, que declara fundada la excepción de improcedencia de acción deducida por José Eric Flores Oliva, en el escrito de fojas uno y dos, contra la acción penal que se le sigue, por delito de violencia y resistencia a la autoridad en agravio del Estado y Margaret Shultz Pezet, con lo demás que contiene; y los devolvieron para su cumplimiento. Media firma de 3 vocales

§ 41. Notificaciones En Lima, a veinticuatro de agosto de mil novecientos noventiuno, notifiqué la resolución de fojas ciento cincuentitres al señor Fiscal Superior, doctor Nelio Delgado Aragón, enterado rubricó; doy fe. Firma del Escribano Diligenciero En Lima, a veinticinco de agosto de mil novecientos noventiuno, notifiqué la resolución que antecede al doctor Pedro Sagástegui U rteaga, Procurador Público del Estaco, por cédula que dejé en su domicilio sito en el Centro Cívico, a un empleado que no fIrmó; doy fe. Firma del Escribano Diligenciario En Lima, veinticinco de agosto de mil novecientos noventiuno, notifiqué la resolución que antecede a la denunciante Márgeret Shultz Peze~, por cédula que dejé en su domicilio procesal sito en Máximo Abril quinientos cuarentiuno, Jesús María; doy fe. Firma del Escribano Diligenciero

§42. Procurador Público interpone recurso de nulidad Señor Presidente de la Quinta Sala Penal: Pedro Sagástegui Urteaga, Procurador Público del Estado, en la instrucción seguida contra José Eric Flores Oliva -incidente de excepción- por delito de violencia y resistencia de la autoridad, a Ud. digo: Que interpongo recurso de nulidad contra la resolución del Tribunal que confirma la resolución del juez instructor que declara fundada la excepción de naturaleza de acción deducida por el inculpado. Me reservo el derecho de fundamentación por ante el Supremo Tribunal. Por tanto: A Ud. señor presidente pido se me conceda el recurso de nulidad que interpongo. Lima, 25 de agosto de 1991 Firma y sello del Procurador Público

§ 43. Sala Penal juzga improcedente el recurso de nulidad Lima, veintiseis de agosto de mil novecientos noventiuno Dado cuenta; y ATENDIENDO que la acción penal contra la que se dedujo la excepción es de trámite sumario, sujeto a las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo número ciento veinticuatro; de conformidad con lo previsto por el

artículo

noveno

del

acotado

Decreto

Legislativo:

DECLARARON

IMPROCEDENTE el recurso de nulidad interpuesto; y los devolvieron. Media firma de 3 vocales

Capítulo VII DECLARACION DEL IMPUTADO (Arts. 126 81135 del C.P.P. de 1996) DECLARACION DEL IMPUTADO (art. 126 del C. P. P. 1996) Cuando el Fiscal de la causa considera suficientes las pruebas llama al imputado a prestar declaración, ya sea citándolo por estar en libertad o haciéndolo comparecer si está detenido. El imputado recibe la legitimación procesal pasiva. La declaración se rige por las normas del arto 130 del C.P.P. de 1996. La ampliación de la declaración procede únicamente a pedido del procesado y de su defensor, hasta el llamamiento de autos o se ordena de oficio. La confrontación del imputado, variante de ampliación de su declaración, está sujeta a las mismas reglas. El agraviado no puede estar presente en la declaración. El procesado no puede ser agraviado en la misma causa, su procesamiento es el único caso que obliga a separarlo de oficio de su rol. La ley procesal fija requisitos para el acto, los que resumiremos y reordenaremos así: 1. Identificación del procesado (art. 130 inc. 1 del C.P.P.). 2. Conocimiento del procesamiento y del derecho a defenderse (art. 131 del C.P.P.). 3. Conocimiento del derecho a negarse a declarar (art. 129 del C.P.P.). 4. No requerir juramento, promesa de decir verdad o relevarlo del juramento prestado en anterior declaración (art. 129 del C.P.P.). 5. Claridad y corrección de las preguntas (art. 132 del C.P.P.). 6. Exposición de los hechos incriminados y reconocimiento de documentos (art. 131 del C.P.P.). 11.

Descargos.

12.

Antecedentes (art. 130 inc. 3 C. P. P. de 1996).

13.

Ratificación y cierre.

14.

Salvar enmiendas, etc.

15.

Firma de los intervinientes.

Es un acto que el Fiscal no puede delegar ni siquiera en el Fiscal de otra jurisdicción. Es requisito esencial, si no existe no puede haber prisión preventiva, acusación o plenario sobre el hecho. Si lo hubiera no habrá sentencia o será nula, retrotrayéndose la nulidad hasta la declaración. La nulidad de la declaración puede ser declarada en cualquier estado de la causa, de oficio o a pedido de parte, pues afecta la garantía constitucional de la defensa en juicio. Casos especiales: 1) Declaración del sordomudo (art. 134 del C. P. P. 1996); 2) Declaración de quien no entiende el idioma castellano (art. 135 del C.P.P. de 1996). Se incluyen las confrontaciones entre procesados y testigos pues son una especial forma de declaración. CONFESION Debe prestarla el procesado voluntariamente, ante el Juez de la causay debe recaer sobre hechos propios, pretéritos, posibles y verosímiles y debe implicar cierta admisión de culpabilidad (arts. 222, 223 Y 224 del e.p.p. de 1996). Las manifestaciones espontáneas ante la autoridad policial pueden valer únicamente como indicios o presunciones. A) Simple: cuando no hay manifestación alguna de irresponsabilidad. B) Calificada: cuando se agregan manifestaciones para atenuar o eludir responsabilidad. Puede ser divisible (si hay otras pruebas que lo permitan), sino es indivisible.

MODELOS § 1. Declaración del imputado En Lima, a los

días del mes

de mil novecientos comparece ante

S.Sa. y el autorizante una persona procesada en esta causa, con el fin de prestar declaración a quien se hace saber su derecho a declarar y a negarse de ello, sin que la negativa haga presunción alguna en su contra. No habiéndose opuesto a ello y haciéndosele saber el derecho que le asiste de nombrar defensor es preguntado en la forma que prescribe el arto 126 del C.P.P. y dice llamarse nacido el ............... de

de

de edad, hijo de

y de doña

don

, con domicilio real en

en

y ser de nacionalidad , de estado civil

y constituyendo domicilio en

de

, años

. de profesión .

Héchosele saber el motivo de su procesamiento, designa como defensor al Dr al que S.Sa. tiene por designado e invita a participar del acto con lo que se incorpora a éste, acreditando estar inscrito en Reg. CAL N° ............... y constituyendo domicilio en la calle

.

Preguntado el procesado por S.Sa. si ha sido procesado anteriormente y, caso afirmativo, por qué causa, en qué Juzgado, qué sentencia recayó y si ha cumplido la pena que se le impuso, contesta: Que fue procesado solamente por defraudación menor, y condenado a la pena de multa, pero no recuerda dónde tramitó la causa. A preguntas de S.Sa. relacionadas con los hechos que se investigan, contestó: Que a fines del año mil novecientos ............... conoció a C.A. al chocar ambos en la ruta, y lo remolcó con su camión con lo que hicieron amistad y hablaron de sus respectivas ocupaciones; C.A. le explicó que se dedicaba a la crianza de aves. Que el declarante estaba instalando en un restaurante y un bar que comenzaron a funcionar días después invitó a C.A. a visitarlo allí, y así continuó la amistad que se mantuvo a través de continuas visitas a su negocio. Que de esta relación amistosa con C.A. surge la vinculación del declarante con diversos hechos, en la

forma que explicará y sin conocer las actividades del mismo y por lo tanto sin participar concientemente en ningún caso. HECHO PRIMERO: (Secuestro de M.Z.) Que no participó del secuestro de M.Z. en febrero de

ni cuidó al secuestrado en la casa fotografiada a fs. 387/399, a

la que reconoce como el domicilio de C.A.M.A., hermano de C.A. Que en la fotografia de fs. 393 reconoce la única parte del interior de la finca donde tuvo acceso, y en las de fs. 395/6/ 7/8 la parte externa de la casa; no reconoce los otros ambientes interiores que se le exhiben. Que recuerda haber enviado a C.A. a comprar unas sillas a una fábrica de

de

propiedad

de

RZ.

padre

del

secuestrado, para quien trabajó hace años, por lo que conoce a éste y su hijo. Que no tuvo conocimiento siquiera del secuestro de M.Z. HECHO DOS: (Secuestro de RF.) Que no participó en el secuestro de RF. en abril de

y no conoce a esta persona. Que su hermano J.C.M. tampoco tiene relación

alguna con el hecho; aclara que su hermano era socio del declarante en el restaurante que mencionó y en el cual trabajaban el día entero y los siete días semanales, por lo que mal pueden haber tenido relación con los secuestradores. HECHO TRES: (Secuestro de R.L.) Que nada tiene que ver con el secuestro de H.L., en junio de Que el declarante es amigo de J.N.M. desde hace tiempo y así éste le comentó que trabajaba en un criadero de conejos de raza de gran valor, indicándole su ubicación pues C.A manifestó que le interesaba mejorar el suyo, según el ejemplo del otro. Que no cree que C.A conozca a J.N.M. pues no recuerda habérselo presentado ni haber conversado más de este asunto con C.A Que no conoce a la familia L. ni a sus integrantes. HECHO CUARTO: (Secuestro de M.P.) Que no tiene participación alguna en el secuestro de M.P. en setiembre de

ni conoce a éste. Que conoce a AAC. por

ser cuñado de C.A y no cree que tenga vinculación con estos secuestros. Que conoce la casa fotografiada a fs. 375/376 que se le exhibe en dichas fotografias pues en ella se domiciliaban C.A y O.A, otro hermano de C.A con su familia y estuvo en ella dos veces. una vez en el cumpleaños de un hijo de C.A. y otra vez

cuando ocurrió casualmente y encontró a los hermanos A. comiendo un asado con unos amigos y permaneció en el lugar. HECHO QUINTO: (Secuestro de S.J.R.) Que no tuvo intervención alguna en el secuestro de S.J.R. en

. de

, pero cuando concurrió casualmente al asado

que mencionó anteriormente supo del secuestro de una mujer cometido por C.A Que participaban del asado: C.A., un amigo de éste que cree se llama José López, C.M. y "Juan Carlos" cuyo apellido desconoce. Que "Juan Carlos" es alto, corpulento, moreno, cabello oscuro, afeitado, de unos 45 años, con una visible cicatriz en la espalda. Que C.A. presentó a C.M. como su cuñado y el declarante los vió juntos dos o tres veces. Que C.M. es la persona fotografiada con traje de baño que se le exhibe en la fotografia de fs. 132. Que luego de algunas bromas que el declarante no entendió, C.A.le dijo que en la casa tenía una mujer secuestrada y se la mostró pero el declarante apenas la miró del temor que sintió. Que aparentemente todos los demás presentes estaban vinculados con el secuestro de la mujer. Que debe reconocer que antes de esto, C.A. una noche que se embriagó en su negocio le confesó dos secuestros, y alllevarlo a su casa por el estado en que estaba, le señaló una finca vecina explicándole que allí habían tenido a otro secuestrado. Que nada más puede decir. Con lo que S.Sa. da por terminado el acto. Firman el procesado y su defensor previa lectura y ratificación después de S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma del procesado Firma del defensor Firma del Secretario

§ 2. Imputado que se niega a declarar En Lima, a los

días del mes de

de mil novecientos comparece ante

S.Sa. yel autorizado una persona procesada en esta causa a quien se previene se le recibirá declaración y se le hace saber el derecho que tiene a declarar y a negarse a ello sin que la negativa haga presunción en su contra, así como el motivo de su procesamiento y el derecho que tiene de proveer a su defensa. Con lo que el procesado manifiesta que se niega a declarar, por cuanto no quiere hacerlo sin la presencia del defensor que designará. Con lo que S.Sa. lo interroga al único efecto del art.126del C.P.P. y el procesado manifiesta ser , nacionalidad , de el

en

. años de edad, deestado civil

hijo de don

y de doña

, de profesión

y domiciliado en

de ,

nacido

Acredita identidad con

que exhibe. Manifiesta el procesado que designa defensor al Dr

, domiciliado en

. al que S.Sa. tiene por designado, previa aceptación del cargo en legal forma. Con lo que S.Sa. da por terminado el acto, fijando la diligencia del día

,

hora

para recibir la declaración del imputado, lo que se codificará urgentemente por cédula a su defensor. Firma del procesado, previa lectura y ratificación, después de S.Sa. y por ante mí que doy fe, con lo que queda notificado de la audiencia. Firma del Fiscal Firma del imputado Firma del secretario

§ 3. Imputado que se niega a declarar e identificarse En Lima, a los

días del mes de

de

mil

movecientos

comparece ante S.Sa. y el autorizante una persona detenida en la causa, a quien se le hace saber el derecho que tiene a declarar así como de negarse a hacerlo sin que su negativa haga presunción en su contra. También se le hace saber el motivo de su procesamiento y el derecho que tiene a proveer a su defensa. Con lo que se niega a identificarse y a declarar. En este estado S.Sa. disponde dar por terminado el acto y estar a la espera del informe de la Policía Nacional, ya requerido, para identificar al detenido. Negándose el detenido a hacerlo, por ante mí que doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 4. Declaración de sordomudo o de persona que desconoce el idioma nacional En Lima, a los

días del mes de

de

mil novecientos

, comparece ante S.Sa. y el

autorizante una persona procesada en la causa y que aparentemente (es sordomudo o desconoce el idioma nacional) procediéndose de conformidad con los arts. 134 y 136 del C.P.P. de 1996. Comparece también don

.

quien previamente ha sido llamado para intervenir como intérprete en el acto, aceptando el cargo y jurando conducirse bien y fielmente en su desempeño, en presencia del procesado. Con lo que S.Sa. da comienzo al acto haciendo saber al procesado por medio del intérprete el motivo de su procesamiento, el derecho que tiene a declarar ya negarse a hacerlo sin que la negativa haga presunción en su contra, y el derecho que tiene a designar defensor, así como que está a su disposición el Sr. Defensor Oficial en turno. A lo que el procesado manifiesta, a través del intérprete, que: (texto de la declaración). La declaración continúa y se cierra como en el modelo de DECLARACION DEL IMPUTADO.

§ 5. Declaración del imputado En Lima, a los

días del mes de

de mil novecientos comparecen

ante S.Sa. y el autorizante una persona a quien se le previene que se le recibirá declaración, se le hace saber el motivo de su procesamiento, el derecho que tiene a designar un defensor. En este estado S.Sa. le hace saber que al declarar queda relevado el procesado del juramento de decir verdad (art. 126 del C.P.P. de 1996). Previa conformidad que prestó el procesado para el acto (texto de la declaración) ............... Firma el procesado, previa lectura y ratificación, después de S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma del procesado Firma del Secretario

§ 6. Confrontación entre procesado y testigo En Lima, a los

días del mes de

comparecer a su presencia al procesado ............... y el testigo

de mil novecientos S.Sa.

hizo

a quien asiste su defensor Dr .

cuyas condiciones personales obran en autos, a

fin de ser confron tados respecto de las contradicciones en que incurren en sus respectivas declaraciones de fs y fs

que previamente les fueron leídas en voz

alta por el Actuario. Previo juramento de decir verdad que el testigo prestó en legal forma, e impuesto que fue de-las penas en que incurren quienes se producen con falsedad, S.Sa. hizo saber al procesado que goza de los mismos derechos que para la declaración, con lo que éste prestó su conformidad para el acto. En este estado S.Sa. les hizo notar sus contradicciones y los invitó a reconvenirse para aclarar la verdad guardando el debido estilo y respeto. Con lo que, tras estas explicaciones S.Sa. concedió la palabra al procesado que manifestó: Que mantiene su versión de fs

sin modificación alguna, pero puede

agregar a ello que nunca su confrontado pudo estar presente en el momento de la incidencia con N.N. pues a esa hora debía concurrir a diversos bancos para efectuar depósitos de la empresa, como se podrá comprobar verificando los depósitos en los Bancos que individualizará a la brevedad posible. Que nada más puede decir. Con lo que S.Sa. concede la palabra al testigo que manifiesta: que se ratificará íntegramente de su versión de fs

a la que debe agregar que presenció los

hechos que narra en su testimonial precisamente al volver del Banco donde había ido a hacer un depósito. Que nada más puede decir. Con lo que S.Sa. da por terminado el acto. Firman los comparecientes, previa lectura y ratificación después de S.Sa. y por ante mí que doy fe. Firma del Fiscal Firma del imputado Firma del testigo Firma del defensor Firma del Secretario

§ 7. Confrontación entre procesados En Lima, a los

días del mes de

de mil novecientos ,

S.Sa. los procesados "A", asistido por su defensor doctor

comparecen

ante

y "B", cuyas demás

condiciones personales constan en autos, con el objeto de ser confrontados sobre las circunstancias en que se contradicen en sus respectivas declaraciones de fs . ............... y fs

Con lo que S.Sa. les recuerda que gozan para el acto

de las mismas garantías que rodean a la declaración, y, prestando ambos su conformidad, procede el Secretario a leerles sus respectivas declaraciones, tras lo que S.Sa. les hace notar en qué consisten las contradicciones que motivan la confrontación y los invita a reconvenirse para aclarar la verdad, guardando el debido estilo y respeto. Con lo que tras estas explicaciones S.Sa. concede la palabra al procesado que manifiesta: Que su versión de fs . ............... se ajusta a la verdad, por lo que la ratifica íntegramente. Sin embargo debe aclarar que es posible que los hechos no se iniciaran a la hora que indicó, sino que pueden haberse desarrollado a la hora que su confrontado señala. En realidad no puede precisar hora. Que nada más puede decir. Con lo que se concede la palabra al procesado "B", que manifestó: Que ratifica su versión de los hechos sin modificación alguna. Que nada más puede decir. Con lo que S.sa. da por terminado el acto. Firman los procesados y el defensor presente, previa lectura y ratificación después de S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma de los confrontados Firma del defensor

§ 8. Declaración del agraviado ............... fecha,

, siendo las horas,

se hace constar: que habiendo expresado el agraviado ............... cuya filiación ya consta en autos, su interés en ser escuchado en la presente causa, se lo hace com parecer, y espontáneamente manifiesta: que hoya las 11:55 horas habilitado con permiso de conducir N° Marca

, Modelo

, categoría particular, conducía su automóvil

, año , por la calle hacia su intersección con , cuando

a unos 2 metros de la última de las mencionadas a raíz de un choque entre un colectivo y un micro-ómnibus, éste se desplazó y chocó violentamente al automóvil que el declarante conducía, haciéndole subir a la vereda y como consecuencia, abriéndose la puerta derecha cayendo su esposa

a

la

vereda

sufriendo

lesiones de las que es atendida en el Hospital Que el dicente sufrió un golpe en la cadera, lado izquierdo, que supone no reviste gravedad. Que el conductor del colectivo se llama y el del micro-ómnibus

Que el micro-

ómnibus venía a exceso de velocidad, por lo cual no pudo frenar, agravado ello, por el hecho de estar lloviendo. A su vez, el colectivero no respetó la prioridad de paso del ómnibus que venía por su derecha y por una avenida y además, el conductor del ómnibus, mediante toques de bocina y señales con las luces, le venía pidiendo paso, a lo que no hizo caso, y siguió "metiendo la trompa" de su colectivo. Por ello, considera responsables a ambos conductores. Preguntado si en el momento del hecho se hallaba en servicio, respondió que se hallaba franco. Conste. Firma de los funcionarios policiales

§ 9. Retracta confesión Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de

en la causa N°

, manteniendo mi domicilio constituido en

,a

V.S.

respetuosamente digo: l.- Que según lo dispuesto por el arto 222 del C.p.p. de 1996, vengo a retractar la confesión de mi defendido, siguiendo sus expresas instrucciones, atento a mi consejo profesional al advertir que ella ha sido la única base y sustento de la acusación del Sr. Fiscal. II.- Que fundo mi pedido en las circunstancias que paso a narrar. Iniciada la investigación por la presunta muerte de "A", vecino de mi defendido y de su familia, éste sospechó (por algunas vacilaciones de uno de sus hermanos) que éste era el autor del hecho. Así, al ser detenido, optó por confesar el hecho para salvar a su hermano. Ahora sabe por éste que no fue autor del delito y, más aún, que presume que no se cometió, que "A" huyó de su domicilio tras una lucha que mantuvo con alguno de sus numerosos acreedores, tal vez producto de su carácter violento que lo tenía enemistado con todo el vecindario. III.- Algunas averiguaciones que he practicado me permitieron detectar el paso de la presunta VÍctima por el domicilio de su hermano "B", en la vecina localidad de ............... , calle

.

Por ello de V.S. solicito se sirva disponer: 1. Se reciba la testimonial a fin que explique si vió

, ocupación ............... , domiciliado en a

a su hermano

después del día

y lo alojó

en su domicilio por algunos días; también deberá acreditar el Vínculo entre ambos o proporcionar los datos para hacerlo. 2. Se tenga presente que me reservo el derecho de solicitar la prueba que pueda surgir como necesaria de la declaración solicitada.

3. Oportunamente se haga lugar a la retractación solicitada. El procesado firma también el escrito en prueba de ser fiel reflejo de sus instrucciones y del error evidente en que incurrió al confesar un delito inexistente. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del procesado Firma del defensor

§ 10. Declaraci6n del imputado En Lima, a los

días del mes de

de

mil novecientos

, comparecen ante S.Sa. y el

autorizante una persona a quien se previene se le recibirá declaración según lo dispuesto por el arto 126 del C.P.P. de 1996. No oponiéndose al acto la misma y habiéndosele hecho saber el derecho que tiene de asistirse por un letrado así como el de negarse a declarar, manifestó el interrogado ser

(nombre

apellido), de nacionalidad , nacido el

, hijo de don y

de doña

en

de estado civil

, domiciliado en ............... y acreditó identidad con

y

que exhibió.

A otras preguntas de S.Sa. manifestó: Que desea ser asistido en este acto por el Dr

con domicilio en ............... donde constituye también domicilio; con lo que

S.Sa RESOLVIO tener por constituido dicho domicilio e invitar al letrado asesor a participar del acto. Con lo que el Dr

se incorpora acreditando y constituyendo

domicilio; en el que lo hizo el interrogado. Con lo que, a nuevas preguntas de S.Sa. respondió el imputado: Que quien suscribió el convenio que se le exhibe no es el declarante, pese a que su nombre conste en el instrumento. Que la firma que se le debería atribuir no guarda semejanza con la suya, por lo que cree que no se ha intentado falsificarla. Que cree que se trata de una confusión producto de la existencia de un homónimo, ya que conoce de la existencia de varias personas con los mismos nombres y apellido del declarante, por haberlos visto en la guía telefónica, número que estima recordar no es menor de tres. Que nada más puede decir. Con lo que S.Sa. procede a invitarlo a que forme un.cuerpo de escritura, a lo que accede el declarante. Se procede a formarlo acto seguido utilizando el imputado para ello un bolígrafo y su mano derecha y escribe a dictado de S.Sa

.

Con lo que se da por terminado el acto. Firman el compareciente y su asesor, previa lectura y ratificación del acto, después de S.Sa. y por ante mí que doy fe. Firma del Fiscal Firma del declarante Firma del letrado

Firma del Secretario

§ 11. Declaración del imputado DECLARACION DEL IMPUTADO (nombre del imputado). En la ciudad de

,a

de

............... de mil novecientos ochenta y

se

hizo comparecer ante S.S. y Secretario autorizante, a una persona que debe prestar declaración en la presente causa. l.- Interrogatorio de identificación (C. P. P. de 1996, arto 130) Interrogada por su nombre, apellido y demás condiciones personales, dijo llamarse alias , edad nacido en

, estado civil , de profesión

, el día

............... del mes de

,nacionalidad Que ha

del año

Que ha residido en , siendo sus condiciones de vida:

; domiciliado en (con quién vive;

qué ingreso mensual tiene aproximadamente; qué instrucción tiene recibida; si alguna vez tuvo una enfermedad infecto-contagiosa; si ha tenido problemas en el sistema nervioso, etc.) ............... Que es hijo de , de estado civil y profesión

; y de de estado civil

.

. y profesión que

vive

Interrogado para que diga si fue procesado y, en su caso, por qué causa, por qué tribunal, qué sentencia recayó y si ella fue cumplida, dijo:

.

II.- Intimación (C. P. P. de 1996, arto 131) En este estado, S.S. informa detalladamente al imputado del (de los) hecho (s) que se le atribuye (n), de las pruebas existentes en su contra, que puede abstenerse de declarar sin que su silencio implique una presunción de culpabilidad en su contra y que puede requerir la presencia de su defensor, a lo que dijo: (que va a declarar en presencia -o en ausencia- de su abogado defensor ya designado), lo que oído por S.S. dijo: III.- Declaración sobre

(téngase presente lo manifestado).

(ellos hecho (s) ............... (C. P. P. de 1996, arto 132)

Seguidamente, invitado el imputado por S.S. a expresar cuanto tenga por conveniente en descargo o aclaración de los hechos, y a indicar las pruebas que

estime oportunas e intimado sobre el hecho que se le imputa: DECLARA (o se ABSTIENE): . Que es todo cuanto tiene que declarar. Con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura hecha en alta voz por el Secretario y ratificación en todos sus términos, firma S.S., luego el imputado de conformidad y todo por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma del imputado Firma del secretario

§ 12. Solicito se tome declaración de urgencia Señor Fiscal Provincial Penal: ............... , como defensor de

, en la causa N°

............... , que se le sigue por homicidio, a V.S. digo: Que conforme lo autoriza el arto 127 del Código ritual al fuero, vengo a solicitar se le reciba inmediatamente declaración a mi defendido. Provea V.S. de conformidad que: Será justicia Firma del defensor

Firma del imputado

Capítulo VIII DETENCION y COMPARECENCIA (arts. 142 al 161 del C.P.P. de 1996) DETENCION y COMPARECENCIA Los delitos por los cuales el imputado puede ser privado de su libertad no están literalmente expresados; sin embargo el codificador dispone los requisitos que deben concurrir para que proceda la detención judicial. Así el arto 142 del C. P. P. de 1996 que se encuentra vigente establece que el Juez puede dictar mandato de detención: - Cuando existen suficientes elementos probatorios de la comisión de un delito doloso; - Si la sanción a imponerse es superior a los 4 años de pena privativa de libertad. - Cuando el imputado trate de eludir la acción de la justicia. En los demás casos se ordenará la comparecencia. Es necesario señalar que el mandato de detención puede impugnarse y obtenerse el de comparecencia si el primero no cumple los presupestos anteriormente señalados. DETENCION (ver arts. 142-145 C. P. P. de 1996).

MODELOS § 1. Mandato de detención (defraudación) Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este proceso N° procesado

de nacionalidad

estado civil , de profesión

, nacido el

y para resolver la situación del de

de

.

en

,

de

, cuyos demás datos personales y antecedentes

constan a fs . ............... , y CONSIDERANDO: Que a fs. 1 el agente de la Policía Nacional

.

denuncia

que

mientras

prestaba servicio en el Banco ............... se requirió su intervención pues el procesado pretendía cobrar el cheque de esa empresa, cuyo extravió había sido denunciado. Que a fs a fs

se agrega el expediente de exposición por extravío de cheque,

se recibe declaración a su librador ya fs

al damnificado, que refiere

haberlo extraviado en las pocas cuadras que debía recorrer desde el comercio del librador del Banco. Que el procesado confiesa a fs que encontró el cheque en la calle (coincidentemente con la versión del damnificado) y se decidió cobrarlo al día siguiente siendo detenido. Que está suficientemente probada la comisión del delito y la responsabilidad del procesado. Por ello, según lo dispuesto por el arto 142 del Código Procesal Penal de 1996, RESUELVO: Declarar reunidos los extremos del citado arto 135,

respecto

del

procesado

por considerarlo "prima facie" autor del delito de defraudación y mandar trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de

. nuevos soles a cuyo

efecto se librará mandamiento de embargo por separado que diligenciará el Señor Auxiliar Judicial que correspondiese. Notifíquese. Comuníquese ..

Firma del Juez Firma del Secretario

§ 2. Mandato de detención (robo) Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este proceso N° procesado

, de nacionalidad

de profesión

, nacido el

y para resolver la situación del de

de

, de estado civil

,

, cuyos demás datos personales y antecedentes constan a fs .

............... , y CONSIDERANDO: Que a fs. 1 automóvil

denunció que poco antes había sido víctima del robo del

placa . de su propiedad; los autores eran dos hombres jóvenes que

aprovecharon que debió detenerse en la intersección de la calle

con la avenida

por así indicarle la señal luminosa y ascendieron amenazándolo uno de ellos con un revólver. Agrega el damnificado que, a poco de andar, lo obligaron a descender con lo que el joven que lo amenazó tomó el volante y huyeron con el automóvil; advirtió entonces que estaba a una cuadra de la Comisaría

donde

efectuó la denuncia y salió en un automóvil policial, con personal comisionado para ello, en seguimiento de su automóvil pues sabía que carecía prácticamente de combustible. A las pocas cuadras encontró el automotor cargando combustible, con el joven que lo amenazó al volante, y allí se lo detuvo; el acompañante no estaba allí. Que las declaraciones del personal policial que interviene en el secuestro del automotor y del arma empleada y detención del procesado (fs

) confirman en

lo pertinente la denuncia. El personal de la estación de servicio (fs secuestro y detención, que consta en el acta de fs

)

acredita

también

el

.

La confesión de fs que presta el procesado, reconociendo el arma que se le exhibe como la empleada en el robo y el automotor fotografiado a fs

como lo

sustraído, completa la prueba. Por todo ello, según lo dispuesto por el arto 142 del Código Procesal Penal de 1996 y atento a la falta de perjuicio económico, RESUELVO:

Ordenar la detención del procesado

por considerarlo "prima facie" autor

del delito de robo calificado (art. 189 inc. 4 Código Penal), y mando trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de

nuevos soles a cuyo efecto

se librará por separado mandamiento de embargo que diligenciará el Señor Auxiliar Judicial que correspondiese. Notifíquese. Comuníquese. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 3. Mandato de detención (estafa) Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este proceso N° procesado

de nacionalidad

de profesión

y para resolver la situación del

, nacido el

de

de

, de estado civil

,

, cuyos demás datos personales y antecedentes constan a fs .

............... , y CONSIDERANDO: Que

denuncia a fs

haber sido defraudado por su empleado

quien encomendó diversas cobranzas (ver nómina de fs

y

a

documentación

reservada) y éste retuvo el importe de ellas, sin entregarlo pese a la intimación que le dirigió. Que las declaraciones de fs

prueban así como los recibos reservados,

que las cobranzas se efectuaron. Que el peritaje contable de fs

da

cuenta

que

en

el

comercio

del

denunciante no se registró el ingreso del importe de estas cobranzas. Que al ser indagado a fs el

procesado

confiesa

haber

retenido

las

cobranzas, y alega que pensaba entregarlas en cuanto lograra salir de la dificil situación económica en que se encontraba. Que, no probado el descargo alegado, la defraudación queda suficientemente probada. Por ello, según lo dispuesto por el arto 142 del C. P. P. de 1996, RESUELVO: Decretar la DETENCION de

por considerarlo "prima facie" autor del

delito de estafa (art. 196 del Código Penal) y mando trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de

nuevos

soles,

a

cuyo

efecto

se

librará

mandamiento de embargo por separado que diligenciará el Sr. Auxiliar Judicial que correspondiere. (Oficiese solicitando la captura del procesado como detenido comunicado). Notifiquese. Comuníquese. Firma del Juez

Firma del Secretario

§ 4. Auto de procesamiento y detención Lima, de

de mil novecientos

............... y VISTA: La presente causa N° ............... que se sigue en contra de ............... , estado civil

, de

de profesión , nacido en

, con fecha

, año

, nacionalidad

años de edad,

............... , domiciliado en DE LA QUE RESULTA: Que con fecha

(relación suscrita del hecho que se investiga, mencionando las

circunstancias de tiempo, lugar y modo en que se produjo). y CONSIDERANDO: l.- Que en oportunidad procesal de ejercer su defensa material el prevenido manifiesta que

(o se abstiene de prestar declaración) (ver fs ).

II.- Que obran en autos los siguientes elementos de prueba: Testimonial: de los Sres (fs

).

Documental: acta de inspección ocular y acta de secuestro (fs Informativa: informe médico N° (fs

, fs

y fs

).

).

III.- Situación jurídica del en el hecho que se investiga:

(valoración

de

los

elementos probatorios arrimados al proceso). Que con los elementos probatorios arrimados al proceso y fundamentalmente con las declaraciones de los señores (fs

)y

............... (fs ) considero que se han reunido los requisitos

objetivos y subjetivos encuadrados en la figura delictiva del arto Penal, ya que el imputado

del

Código

(descripción del ilícito cometido).

Por todo lo expuesto, normas legales citadas. RESUELVO: Ordenar el procesamiento y detención de del C. P.P.). II) Protocolícese y hágase saber.

ya filiado, por el delito de (art

§ 5. Apelación del auto de procesamiento Señor Juez Penal: ............... , abogado defensor del procesado de

(causa No

-

)"

, en estos autos caratulados "

1 art" . ,

te

............... ,ano

,por ap lClpaclOn que ngo acordada, ante V.S. respetuosamente comparezco y digo: l.- Que vengo en tiempo y legal forma a interponer recurso de apelación en contra de la resolución dictada por S.S. de fecha

, por la cual se ordena el procesa-

miento y detención de mi defendido como supuesto autor del delito de

.

II.- Que la resolución recurrida agravia los intereses de la defensa que ejerzo, por los siguientes motivos: a) Con los elementos probatorios arrimados al proceso no se ha acreditado debidamente la participación de mi defendido en el hecho que se le atribuye, como para ordenar su procesamiento y prisión preventiva; y b) Que la calificación legal aplicable al hecho atribuido no es correcta, por cuanto el mismo no encuadra en la figura penal en el arto Por lo expuesto, a V.S. pido: Conceda el recurso de apelación Será justicia Firma del procesado Firma del abogado defensor

. del Código Penal.

§ 6. Pedido de excarcelación Con fecha

de

de mil novecientos ochenta y

(o

compareció el Dr . ............... , defensor del imputado

seguidamente), , y dijo: Que

viene a solicitar la excarcelación de su defendido, atento a lo dispuesto por el arto 157 del C. P. P. de 1996 y en virtud de no encontrarse el mismo comprendido en las restricciones previstas por el arto 142 del C. P. P. 1996 del citado cuerpo legal; debiendo en consecuencia concederla S.S. bajo la caución que estime procedente; doy fe. Firma del abogado defensor Firma del procesado

§ 7. Solicitan cambio de calificación y libertad (homicidio emocional) Señor Juez Penal: ............... (Nombre del(de los) abogado(s)), como defensores de Juan Val, en la causa que se le sigue por homicidio simple, a V.S. decimos: 1.- FINALIDAD DEL PRESENTE Atento el estado de las presentes actuaciones y la provisionalidad del auto de prisión preventiva, (Cfr. Clariá Olmedo, JA, "Derecho Procesal Penal", T. I1, pág. 609) venimos a solicitar se modifique la calificación de homicidio emocional (art. 109 del Código Pena!), y consecuentemente se ordene la libertad de nuestro defendido en razón de la posibilidad excarcelatoria derivada del nuevo encuadramiento. II.- BREVE RESUMEN DE LO ACTUADO a) El imputado, al prestar declaración indagatoria reconoció su autorÍa y anunció una serie de hechos y circunstancias que corroboradas pueden influir en la calificación del hecho y su beneficio. b) Sus defensores han ofrecido prueba que consideraron "necesaria y ú ti!" para la investigación, con el propósito de llegar a la verdad real. c) Por su parte V.S. al dictar la prisión preventiva (fs. 145), dispuso medidas ampliatorias que también se han cumplido, fundamentalmente expidiéndose los peritos de la Asesoría Pericial. d) Los peritos actuantes dictaminan así: el Dr. Pérez, médico neurólogo, afirma un hallazgo neuro fisiológico funcional en el registro de la actividad cerebral correlacionable con ''hiperactividad''. Los forenses Dres. Capurri y Cansan, por su parte, como primera conclusión señalan: "que Val es un individuo mentalmente sano, con un montante de hiperemotividad en la esfera de los sentimientos". Como segunda conclusión dicen: "al momento del hecho motivo de las presentes actuaciones vio disminuidas sus posibilidades de manejo conciente en razón de un compromiso transitorio incompleto de su conciencia de origen emocional".

III.- CORROBORACION DE LA DISCULPA DE VAL Cuando el imputado admite su participación activa en un hecho antijurídico, pero adiciona algún elemento excluyente o atenuante de su responsabilidad, la confesión por su contenido debe considerarse calificada. La indivisibilidad de dicha confesión a tenor del arto 222 y 223 del C. P. P. de 1996 en perjuicio del imputado, obliga a tomar por cierto su relato, mientras no existan elementos graves y plurales que lo contradigan. En la presente causa, las probanzas conectadas, a contrario, corroboran totalmente la disculpa que surge del raconto de nuestro defendido. Los testimonios rendidos, los expedientes remitidos, los pedidos de informes contestados y las pericias practicadas, concluyen en posibilitar la siguiente aseveración de estos abogados: estamos en presencia de un académico caso de Homicidio emocional del arto 109 del Código Penal. IV. SE DEBE CALIFICAR LA CONDUCTA DE VAL COMO HOMICILIO EMOCIONAL A) Amor y muerte: Así titulaba Enrico Ferri a su defensa penal de Carlos Cienfuegos, matador de la condesa Hamilton, ante la Corte de Jurados de Roma el 7 de Abril de 1916, (Cfr. "Defensas Penales", pág. 65), y decía: "amor y muerte nacieron hermanos, y más que amor y delito", para agregar luego: "el amor no es delito, es la gran santidad de la vida, pero los excesos del amor conducen a las aberraciones del amor, y estos excesos y estas aberraciones arruinan a los individuos ... " (pág. 123). Refiriéndose luego al delincuente pasional este magnífico orador italiano exclamaba: " ... un hombre arrastrado a la vorágine de esa terrible pasión, de esa fiebre humana que es el amor ... ". Yen relación al hecho en sí expresaba: " ... lo cierto es que el hecho ocurre después y a través de una alternativa, dolorosa y ofuscante sucesión de esperanzas y de temores, de dolores y gozos, de desilusiones y de fracasos". Ahora bien, V.S., en la causa de "Cachi" Val, como cariñosamente llaman sus amigos y conocidos al procesado, estos defensores tampoco dudarían en afirmar, desde el vamos, que estamos en presencia de un hombre enfermo de amor, y de

un delito pasional que surge de una pasión en estado crónico. Un enamorado afiebrado por el amor que sentía; sin dudas, en amor desgraciado y cruel, un amor que rom pe todo cálculo. Un amor como torbellino, que a su paso destroza todo lo que encuentra y se lo oponga, sea lo que fuere: familias, prejuicios, horarios, trabajos, formas de vida anteriores, tranquilidades. Un vendaval de amor capaz de destruir hasta al propio ser amado cuando se interpone a su secuencia desgarrante. Delirio, frenesí, obnubilación, celos, adoración, orgullo, todo, absolutamente todo se convierte en un estado de honda sentimentalidad. La afectividad se repotencia, y en cualquier momento el ser amado pasa a ser el ser odiado. Ya los poetas latinos arrimaban el amor con el odio. Alfredo de Musset, entreverado en amores con George Sand, decía a su amada: "Ni contigo puedo vivir, ni sin tí". ¿Amor?, ¿quizás aberración de amor?, ¿enfermedad?, ¿enfermedad de amor? V.S., Dios para juzgar no necesita del proceso; creemos que cualquier ser humano sin distinción de sexo, raza, religión o grado de cultura, puede eventualmente verse enredado en una situación como la que se da en la presente causa. Nadie puede decir, no sin una soberbia rayana en la estupidez, que 'jamás me puede ocurrir". Ese laberinto de misterio que es la mente del hombre y su corazón, es capaz de albergar indescifrables designios, sentimientos y sensaciones, que hacen a la vida misma. Una incalculable fuente de sorpresas, asimismo, es el hombre real de carne y hueso, único, capaz del acto heroico y del cobarde, de la santidad y de la miserabilidad, de la bondad y de la maldad ... Alberga en nuestro espíritu una profunda comprensión del terrible drama que le ha tocado vivir a nuestro defendido, del que no dudamos en afirmar que es un hombre bueno y sentimental que no ha sabido afrontar los rigores de un amor que lo atrapó de lleno, lo enloqueció, como nos lo afirman persistentemente sus íntimos y familiares-, lo cambió y lo marcó para el resto de sus días.

Val no ha tenido derecho a matar, -ni mucho menos, pero su deli to debe ser juzgado más allá de los rigores fríos y formales del Derecho para entrarse en el ámbito de la piedad humana, la clemencia y la compasión. En el primer marco, -el del derecho-, su acción constituye un homicidio atenuado por la emoción violenta que las circunstancias hacen excusable; en el segundo ámbito, -el de la piedad y la compasión-, su acción constituye la respuesta de un hombre débil a su propia desventura, un hombre dominado por sus propias pasiones, por sus ciegas pasiones. Con maestría enseñaba Ferri: "Por este motivo el delito pasional, aunque la pasión sea arrastrada a errores a veces repugnantes, para quien mira desde la playa las ondas del océano en tempestad, debe ser juzgado, no ciertamente con la pasión del juez, sino con la pasión que movió al acusado, no ciertamente "con la pasión", sino "según la pasión". B) Se dan los presupuestos de la figura atenuada del artículo 109 del Código Penal. La calificación de homicidio emocional (Soler), o en estado emocional (Nuñez), en la versión moderna del homicidio derivado "de la conmoción del ánimo" de Carmignani, ("Elementos de Derecho Criminal", pág. 396, parágr. 975): el homicidio sin premeditación cometido en la emoción de la ira. penado con la rueda de Feuerbach ("Tratado de Derecho Penal", pág. 169 parágr. 215 y 217); el homicidio provocado por un ímpetu de ira justa, de Carrara ("Programa de Derecho Criminal", Vol. 1, T. 3, pág. 385, parágr. 1218). La fórmula del Código Penal Peruano arto 109 al atenuar la pena "al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable", contiene, -según Nuñez, autor en el que basamentamos nuestro hilo argumental-, una triple exigencia. La fórmula legal exige: 1)

Un estado psíquico del autor.

2)

Una valoración de ese estado psíquico.

3)

Una vinculación de ese estado con el homicidio.

Uno a uno analizaremos estos elementos requeridos a la luz de las constancias colectadas, para concluir en la irrefutable aplicabilidad de la figura atenuada de homicidio emocional. 1) El estado psíquico del autor: Es indudable que Val actuó bajo el efecto de una emoción violenta. Si bien dicho estado acarrea las dificultades probatorias propias de todos aquellos que no tienen corporalidad exterior, -como el dolo-, debe estarse a sus síntomas característicos; el llanto, la impulsividad violenta, el automatismo y la exaltación. Se deberá tener en cuenta, para afirmar la existencia de este estado, la conducta procedente y posterior del imputado, su forma de proceder en el hecho y su forma de relatar los sucesos. La prueba testimonial y pericial cobran doble valor en lo que hace a acreditar este extremo. Surge de ello, que en la actitud de nuestro defendido subsiguiente a su última comunicación telefónica con la víctima, aparecen los tres entes o factores fundamentales de la emoción violenta: una conmoción afectiva intensa, una representación mental súbita de una situación disvaliosa y una respuesta psicomotora con predominio de una actividad automática. Yal, luego de la llamada donde intenta comunicarse con su compañera en el lugar de trabajo para reconciliarse y reiniciar la vida en común, ingresa en un estado de conmoción del ánimo. Los términos de la conversación provocan en el imputado una reacción emocional intensa. La actitud de la víctima, dando un corte tajante a la relación sentimental que tenía con su luego victimario, oponiéndose a que la viera no sólo en su lugar de trabajo sino también en su domicilio, y cerrando el diálogo con un terrible "tú no tienes más nada", (en evidente referencia a la economía desquiciada de Val, producto de los gastos superiores a sus posibilidades que debió realizar para convivir con ella), produjo un estado psíquico de perturbación del ánimo. La emoción es una transformación de la personalidad por la presencia de un estímulo que incide en los sentimientos. Hay acumulación de energía psíquica. En la emoción violenta se produce un desajuste entre los dos componentes fundamentales del proceso emocional (expresión y experiencia), a favor de los

elementos expresivos, que a su vez potencializan la experiencia emotiva mediante una acción de rebote. La emoción traduce una grave perturbación: "se procede sin tino, quedamos a merced de los impulsos y de los automatismos, actuamos al margen del pleno ejercicio de nuestra voluntad, confundidos e impotentes" (Cabello, V. "Psiquiatría forense en el Derecho Penal", T. 2 b, parag. 200 pág. 46). Numerosos testimonios y el relato de Val abonan la existencia de numerosos síntomas de dicha emoción violenta en el encausado, a saber: desorden asociativo, confusión mental, turbación y ofuscación, exitación o inercia psíquica, somático neurológico y psíquico ("Psiquiatría forense .. " de Cabello, pág. 49, paragr. 281). Los pormenores de la búsqueda de un cuchillo, la discusión casi violenta que tuvo con su querido hijo, el mutismo que guardó ante su esposa antes de cometer el hecho, el manejo impulsivo y alocado de su automóvil, el automatismo al dar las puñaladas son los síntomas mismos recién descriptos. Hay, en su propia narración del hecho un desorden asociativo, dificultad evocativa y dismnesia; todos ellos síntomas psíquicos. El llanto espasmódico de su declaración, y la congestión facial que tenía en ese momento, se agregan como síntomas somáticos. Val recuerda los momentos previos al hecho (pródromos) y deja en las sombras el tiempo, forma y modo de su ejecución; así, ignora el número de puñaladas aplicadas a la víctima, y el lugar donde las aplicó. Su automatismo ejecutivo y su posterior deambular por la vía pública con el cuchillo ensangrentado en la mano buscando una comisaría, ponen de manifiesto una grave perturbación. Confundido e impotente, a merced de sus impulsos primitivos y del automatismo citado, el encartado recién tomó conciencia de la gravedad del hecho cometido en la celda de una comisaría. Las pericias obrantes en la causa, con forenses presenciales del relato indagatorio, corroboran de modo más que suficiente, la existencia de este estado psíquico de emoción violenta. 2) La valoración del estado psíquico.

Descartada la vieja tesis de Juan P. Ramos, que en 1922 sostuvo que "el motivo ético debe ser la causa determinante de la reacción emocional violenta ... ", por restrictiva y elitista, vale analizar ahora a tenor de la doctrina más moderna, la justificación de la emoción de nuestro defendido.

,

La emoción por sí sola no es excusante, "sino que a su vez tiene que ser ella misma excusada por algo distinto de ella" (así Soler, S. "Derecho Penal argentino", t. III, pág. 50, paragr. 80); esa excusabilidad se alcanza cuando la emoción se justifica causal, subjetiva y objetivamente (Nuñez, R. "El homicidio en estado emocional", en "Temas de Derecho Penal y de Derecho Procesal Penal", pág .. 69). Es evidente que en la presente causa no nos encontramos ante la conducta exaltada y perniciosa de un intemperante. Lejos de esa situación, estamos en un cuadro que objetivamente da fundamento para la existencia de un estado crónico pasional de Val, que desencadena ante una causa eficiente, (el desenlace telefónico), en un estado de emoción violenta que paralizó sus frenos inhibitorios. De este cuadro referencial, así como del episodio del desenlace, es evidente que Val ha sido inculpable, pues es claro que la víctima ha sido una persona capaz de alterar con su forma de proceder a cualquier persona normal y más aún a cualquier enamorado o compañero sentimental. Es indudable también, que Val realizaba innumerables y constantes sacrificios y renunciamientos, en aras de mantener una buena y cordial relación con la víctima. Del carácter más que difícil de la chica, así como del sometimiento de Val a los múltiples caprichos de dicha mujer, cuentan los testimonios de casi todos los testigos de la causa. El imputado ha narrado con lujo de detalles como la conoció; como comenzó su relación sentimental, su posterior desarrollo, y sus vicisitudes, hasta que llegara a ocupar una situación y rango predominante y determinante para su propia existencia. "Era mi amor", era "todo para mí", entre su madre y sus hijos y ella nuestro defendido confesó, que de tener que haber elegido entre ellos hubiera optado por la chica.

Esta situación de "encandilamiento" y aniquilación de su forma de ser y personalidad anterior, a causa del nuevo "amor", no sólo es confesada sino que también se corrobora por los dichos de sus compañeros de trabajo Laprida, Fresia y Mosqueto, de su ex jefe Dr. Walter Factor, de su esposa que se presenta espontáneamente a testimoniar en la causa, de sus hijos matrimoniales y de la propia tía de la víctima. Todas las pruebas acreditan el martirio permanente a que era sometido por la muchacha, la bondad de su carácter, lo difícil de la situación concubinaria mantenida, las constantes disputas y peleas que mantenía con ella y, -lo definitivo y definitorio de la causa-, el profundo amor y consideración que tenía por esa mujer. El imputado ha narrado también, los inconvenientes que debió superar para conseguir que su hija depusiera su negativa a visitarlo en el nuevo hogar que constituyó con la infortunada víctima; y cómo y porqué su compañera puso obstáculos insalvables logrando que la eventual visita se truncara, motivando tal actitud negativa de su concubina su alejamiento del flamante hogar. Todas estas afirmaciones encuentran apoyo en el decir de sus compañeros de tareas y en lo particularmente expresado por la niña en su testimonio. Para apreciar como juegan todas estas circunstancias en la valoración de la emoción, V.S. deberá tener presente todos los antecedentes. Desde el origen de la relación sentimental, de las alternativas de su continuación, del lugar de privilegio y prominencia que alcanzó en su vida este sentimiento amoroso, y de la influencia en el procesado de la víctima en los últimos días de la relación, así como su decisión final de terminar con la misma. En función de todo ello, se deberá analizar también el estímulo desencadenante, (en el caso de m arras la llamada y conversación telefónica), que como enseñara Nuñez, (Tratado de Derecho Penal Argentino, T. III, pág. 71 y sgtes.), puede ser nimio, "porque la causa no puede apreciarse en la simple objetividad del hecho desencadenante de la emoción, sino en toda su trama, tal cual lo ha vivido el homicida".

Cabe concluir en que de todo el conglomerado probatorio surge que la emoción violenta de Val es excusable. Sobre la base de un estado pasional amoroso (pasión ciega, al igual que el temor, según Carrara, y por ende excusante), se da un estado de emoción violenta en el encartado, que es la respuesta anormal en el orden de los reflejos y de la impulsividad, a un estímulo desencadenante que hace las veces de causa eficiente a un desenlace de corte delictual penal. En palabras de calle, diríamos: un hombre enfermo de amor por su concubina, con situación de extrema gravedad, ante un hecho intempestivo e injuriante de la misma (en tanto pretendió terminar definitivamente una relación en la cual el hombre había dado todo de sí), actuando bajo un estado de emoción violenta, mata a la mujer preso del mayor de los automatismos en forma de crisis. 3) La vinculación del estado psíquico con el homicidio: El autor debe encontrarse al momento de matar en el estado de emoción violenta. Corresponde analizar ahora, si la emoción violenta estuvo no sólo en el acto de la determinación homicida, sino también en el acto de la ejecución homicida y si hubo solución de continuidad entre ambos estados. Se requiere según Nuñez, (ob. cit. , pág. 53), que la emoción cubra todo el tramo que va desde la determinación delictuosa hasta la consumación del delito, pues "quien haya gozado de un claro en ese camino, no podrá gozar del privilegio". Juega aquí papel fundamental el tiempo transcurrido entre la causa objetiva desencadenante y la comisión del hecho. En relación a él podemos anticipar que hay en la presente causa una aparente dificultad para afirmar la persistencia temporal de la emoción violenta, pues se ha probado que transcurrieron más de 8 horas entre la llamada telefónica y la muerte de la chica. Pero como bien dijimos y demostraremos, la dificultad es solo aparente. Ya advierten Soler y Nuñez sobre la relatividad del tiempo. El primero expone que el intervalo de tiempo entre la causa objetiva desencadenante y la comisión del hecho es, en efecto, un índice; pero nada más que un índice para fundar la

existencia o inexistencia de una verdadera emoción violenta".(ob.cit., paragr. 80 pág. 57). Nuñez afirma que "la emoción violenta no contiene como elemento constitutivo al factor tiempo: no es una condición de ella que entre el hecho provocador y el homicidio medie talo cual lapso. Puede no haber emoción violenta cuando el homicidio siga de inmediato al acto generador de la emoción, como puede existir esa emoción a pesar de que entre ambos sucesos medie un intervalo apreciable. El tiempo sólo juega un papel procesal; es un criterio relativo, circunstancial, para apreciar si el estado de emoción violenta existió y si, en su caso, es excusable. Pero debe abandonarse cuanto antes el pernicioso e injusto criterio jurisprudencial que niega la emoción por el sólo transcurso del tiempo" (ob. cit., pág. 64) En el caso Val, el tiempo transcurrido desde la ofensa de la víctima en la conversación telefónica hasta la ejecución del hecho, es vehículo o conducto de un agravamiento progresivo y constante de un inicial estado de emoción. Surge claramente, que ante el estímulo provocador, el imputado detuvo su pensamiento en un solo tema, impidiéndole el desequilibrio emocional vislumbrar otra salida que la supresión física de su concubina. Fue así aumentando la carga emotiva inicial, hasta llegar quién sabe cómo, hasta el lugar de trabajo de su compañera, donde ante su presencia y sin palabras de ningún tipo, se desencadena el estallido psico motor consumando el ataque homicida. Estamos en presencia de la llamada doctrinariamente emoción violenta diferida o reacciones diferidas de la emoción violenta (Cabello, V.P. "ob. cit., t. 26, parag. 306). En la emoción violenta diferida, la capacidad de ejecución está retenida, y en consecuencia la respuesta delictiva violenta es mediata o diferida. La emoción "sigue vibrando suspendida en el tiempo, -dice Cabello-, retenida por una decisión ambivalente, dubitativa e irresoluta que aumenta la carga afectiva inicial, porque el pensamiento se detiene o gira en la vorágine de un sólo tema im pidiendo al sujeto vislumbrar otra salida. El estado emocional permanece con toda su potencia sin solución de continuidad, hasta que la ruptura de la inercia del movimiento psíquico

desencadena el estallido psicomotor: el trámite ha sido dilatado y violento". (pág. 96). Cabello en su obra de psiquiatría forense, paragr. 307, donde el homicida, un español panadero, honrado y digno cae en una intensa emoción cuando cree encontrar a su hermano y a su esposa en actitud equivocada. Transcurren diecisiete horas, "durante las cuales Ceciaga es presa de un manifiesto desequilibrio psíquico; no duerme, no se alimenta, deambula sin rumbo fijo por las calles, compra un cuchillo, no sabe donde, ni cómo ni cuándo y cuando después de ese lapso se encuentra de nuevo con su hermano lo mata de dos cuchillazos ... " (pág. 92). La existencia de una motivación no cercana en el tiempo, pero si de notable persistencia, con incremento de su potencia presionante en momento inmediato anterior, que lejos de dejar sin causa a la conmoción que conduce al homicidio pareciera conferirle poderoso impulso deteriorante al juego relativamente normal de los frenos inhibitorios del inculpado. C) En función de lo expuesto se pide libertad. Por lo dicho, se dej a pedido el cam bio de calificación de homicidio simple (art. 106 del C. Penal) por el de homicidio en estado de emoción violenta que las circunstancias hacen excusable (art. 109 del C. Penal). A tenor de ello, procede -y así lo pedimos-la libertad del imputado caucionada en la forma que V.S. entienda corresponde, ello en virtud de la comparecencia que posibilita la misma. VI. PETITORIO Por todo lo expuesto, solicitamos de V.S.: 1.- Tenga por impetrado este pedido de recalificación. 2.- Dicte un nuevo auto de prisión preventiva o reforme el anterior en su caso, recalificando el hecho de marras y encuadrando el accionar de nuestro defendido en el tipo legal del arto 109 del Código Penal, disponiendo en consecuencia, su inmediata libertad. Dígnese V.S. proveer de conformidad, que: Hará justicia Firma del abogado defensor

Firma del imputado

§ 8. Recurso de apelación contra mandato de detención Señor Juez Penal: Juan Francisco Muñoz Muñoz, identificado con L. E. 09998241, con domicilio real en la Avenida Larco N° 711Miraflores y con domicilio legal en la casilla N° 00789 del DEPARTAMENTO DE NOTIFICACIONES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA, en la Instrucción que se me sigue como presunto autor del delito contra la Fe Pública en agravio del Estado, a Ud. digo: Que, interpongo RECURSO DE APELACION, contra el mandato de DETENCION, dictado con el Auto Apertorio de Instrucción, por los siguientes fundamentos de hecho y derecho EN CUANTO AL HECHO: A) La policía me interviene en el interior de mi domicilio, sin que exista denuncia alguna en mi contra y. al efectuar el registro vehicular de una móvil de propiedad de mis suegros, que nos había prestado a mi esposa y al recurrente, encuentra en la guantera una libreta electoral y un brevete verdaderos, con mi fotografia y el nombre de Miguel Mena Ramírez; pero también en el registro personal me encuentra mi verdadera libreta y brevete; conduciéndome detenido. B) Al ser interrogado sobre los documentos encontrados en el auto, he explicado, en honor a la verdad, que personalmente he gestionado dichos documentos cuando era teniente de la Policía Nacional y trabajaba en zona de emergencia (Uchiza), para encubrir mi identidad de Oficial PNP, y no para otro fin; pues nunca he usado dichos documentos por ningún motivo y, en consecuencia no he causado perjuicio a nadie. C) Este hecho no ha sido estudiado convenientemente por la Fiscalía, ni por su despacho, ya que ha sido tipificado dentro del arto 427 del C.P., que considero un error de calificación de tal hecho; consecuentemente sería de pena privativa en su extremo máximo, con diez años. FUNDAMENTOS LEGALES DE LA NORMA: A) De resultar responsable del hecho estaría incurso en el artículo 438 del citado C.P., por cuanto se trataría de USURP ACION DE NOMBRE, que quizá sea un

nombre que no le corresponda a nadie, ya que solo es un invento, un supuesto pues no conozco a nadie con dicho nombre. D ser así la pena máxima a imponérseme sería de cuatro años, por ser agraviado el Estado, aunque hubiera modificatorias, aplicables a los Oficales PNP, me beneficiaría con la retroactividad benigna; aclarando que después del hecho gestioné mi pase a la situación de retiro, como lo he acreditado con la respectiva Resolución Suprema. B) De otro lado, al tener domicilio conocido, trabajo lícito, no registrar antecedentes de ningún tipo asegura que no aludiré a la justicia, por lo que deviene inaplicable el artículo 142 del C.P.P., ya que también si la pena máxima, como considero que podría aplicárseme en caso de que sea encontrado responsable del hecho, no sería superior a los cuatro años, es de derecho y justicia la comparecencia, con arreglo al artículo 157 del C.P.P., en su primera parte. POR TANTO: Sírvase concederme el recurso y tramitarlo al Superior en donde espero alcanzar su revocatoria. Lima, 19 de agosto de 1996. Firma del abogado S.S. Villafuerte Bayes Arce Alvares Hawie Soret Lima, veinte de setiembre de mil novecientos noventitres Autos y Vistos: Interviniendo como Vocal Ponente el doctor Arce Alvarez; por sus fundamentos y dada la comisión y circunstancias de la comisión del ilícito y la calidad de infractor: CONFIRMARON: el auto apelado que en copia certificada obra a fojas treintidos, su fecha veinte de agosto de mil novecientos noventitres, en el extremo que dicta mandato de DETENCION contra el inculpado: Juan Francisco Muñoz Muñoz, por delito Contra la Fe Pública Falsificación de documentos- en agravio del Estado; Notificándose y los devolvieron.

§ 9. Resolución de confirmación del auto que ordena la detención Exp. N° 345-93 SS. Villafuerte Bayes León Farias Andrade Salas Lima, veinticinco de agosto de mil novecientos noventicinco Autos y Vistos: Interviniendo como Voca! Ponente el Doctor León Farías, por sus propios fundamentos CONFIRMARON la resolución apelada, que en copia certificada corre a foj as ochentisiete, su fecha trece de julio del año en curso, en el extremo que decreta mandato de detención contra David Díaz Pérez en la instrucción seguida por Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado, notificándose y lo devolvieron.

§ 10. Apelación al mandato de detención Sec. Oscar Villajulca Exp. N° 345-93 Cuaderno: Incidente Escrito N° 01 Sumilla: Apelación de Mandato de Detención Señor Juez del Sexto Juzgado Penal de Lima Jorge Augusto Durán Pacheco, en los seguidos por supuesto Delito Robo Agraviado, en agravio de Ana V ásquez Zárate; me presento ante Ud. y con el debido respeto digo: Que, al amparo de lo dispuesto por el arto 390 inc. 4 de nuestro Código Procesal Penal, interpongo RECURSO DE APELACION, contra el mandato de Detención ordenado por su Judicatura, el mismo que atenta contra mis más elementales derechos, amparo mi petición en los siguientes fundamentos: PRIMERO: El supuesto delito por el que se me instruye es el de Robo Agravado, en su modalidad de "Durante la noche", de conformidad con lo establecido en el arto 189 inc. 3 del Código Penal. SEGUNDO: Los márgenes de pena para este delito, según el tipo, son: No menor de 3 años ni mayor de 8 años. TERCERO:

Según

nuestro

Ordenamiento

Procesal,

exige

Presupuestos

Materiales y Formales para dictar el Mandato de Detención, los cuales no se han cumplido para que se dicte dicha medida coercitiva. CUARTO: Los Presupuestos Materiales para que se dicte el Mandato de Detención son: 1. Que existan suficientes elementos probatorios de la comisión de un delito doloso que VINCULE AL IMPUTADO COMO AUTOR. .. " En el delito que se me instruye no hay elementos probatorios que me vinculen con el delito. Sólo la manifestación mal intencionada de la agraviada que busca hacenne daño por rencores sentimentales, ya que anteriormente hemos sido novios.

2. "Que el imputado

tratase de aludir la justicia, en razón a sus antecedentes

y otras circunstancias ... " En la presente causa, no poseo antecedentes de ninguna clase, y más aún que tengo un negocio y un trabajo que no me permitiría eludir a la justicia. QUINTO: Por tales consideraciones, solicito se eleve al Superior Jerárquico , en donde espero alcanzar su REVOCATORIA de la Resolución que manda la orden de Detención contra mi persona. Sin perjuicio de sustentarla en dicha instancia POR TANTO: A Ud. señor Juez sírvase acceder a mi petición por ser de justicia. Lima, 28 de agosto de 1996 Firma del abogado Frma del apelante

§ 11. Escrito de apelación al mandato de detención Seco Pedro H uillca Exp. N° 324-93 Cuaderno: Incidente Escrito N° 01 Sumilla: Apelación al Mandato de Detención Señor Juez del Décimo Juzgado Penal de Lima Fernando Félix Díaz Osorio, en los seguidos por supuesto Delito Hurto Agravado, en agravio de Luis Zárate Pino; me presento ante Ud. con el debido respeto digo: Que, al amparo de lo dispuesto por el arto 390 inc. 4 de nuestro Código Procesal Penal, interpongo RECURSO DE APELACION, contra el mandato de Detención ordenado por su judicatura, el mismo que atenta contra mis más elementales derechos, amparo mi petición en los siguientes fundamentos: PRIMERO: El supuesto delito por el que se me instruye es el de hurto agravado, en su modalidad de "Durante la noche", de conformidad con lo establecido en el artículo 189 inc. 3 del Código Penal. SEGUNDO: Los márgenes de pena para este delito, según el tipo, son: No menor de tres años ni mayor de ocho. TERCERO:

Según

nuestro

Ordenamiento

Procesal,

exige

presupuestos

materiales y formales para dictar el Mandato de Detención, los cuales no se han cumplido para que se dicte dicha medida coercitiva. CUARTO: Los presupuestos materiales para que se dicte el mandato de detención son: 1.- Que existan suficientes elementos probatorios de la comisión de un delito doloso que VINCULE AL IMPUTADO COMO AUTOR. .. " En el delito que se me instruye no hay elementos probatorios que me vinculen con el delito. Sólo la manifestación mal intencionada del agraviado que busca hacerme daño por rencores sentimentales, ya que me he casado con su ex-novia. 2. "Que el imputado ... tratase de eludirlajusticia, en razón a sus antecedentes y otras circunstancias ... "

En la presente causa, no poseo antecedentes de ninguna clase, y más aún que tengo un negocio y un trabajo honrado, obligaciones que no me permitirían eludir la acción de la justicia. QUINTO: Por tales consideraciones, solicito se eleve al Superior Jerárquico, en donde espero alcanzar su REVOCATORIA de la Resolución que manda la orden de Detención contra mi persona. Sin perjuicio de sustentarla en dicha instancia. POR TANTO: A Ud. Señor Juez sirvase acceder a mi petición por ser de justicia. Lima, 28 de agosto de 1995 Firma del abogado Firma del secretario

§ 12. Resolución de confirmación del auto que ordena la detención Exp. N° 324-93 SS. Villafuerte Bayes Leopoldo Gallo Carpio Deustua Lima, diez de setiembre de mil novecientos noventicinco Autos y Vistos: Interviniendo como Vocal Ponente el Doctor Leopoldo Gallo, por sus propios fundamentos CONFIRMARON la resolución apelada, que en copia certifiada corre a fojas ochentisiete, su fecha veintidos de agosto del año en curso, en el extremo que decreta mandato de detención contra Fernando Félix Osorio en la instrucción investigación seguida por Delito contra el patrimonioHurto agravado, en agravio de Carlo Espino López, notificandose y lo devolvieron.

Capítulo IX EMBARGO (arts. 195 al 204 del C.P.P. de 1996) EMBARGO Medida cautelar contra los bienes del procesado o tercero civilmente responsable que puede ser dirigida contra un bien determinado o contra todo su patrimonio, para evitar la insolvencia que haría ilusorios los efectos de la condena y el pago de la reparación civil. Se tramita incidentalmente. Puede decretarse: Sobre bienes del procesado (en el auto de detención o auto sustitutivo, o como consecuencia del procesamiento, en caso de urgencia). El monto debe fijarse según la semi plena prueba teniendo en cuenta la falta de pedido de resarcimiento o su existencia. Los bienes inembargables son los mismos protegidos por la ley civiL El dinero debe ser depositado en el Banco de la N ación, quien también efectuará los remates y puede ser depositario de los bienes muebles. Cuando el querellante pide embargo, en caso de urgencia, el juez puede pedirle contracautela suficiente, real o personaL El agraviado puede solicitar que el embargo se reajuste conforme a la devaluación monetaria, consecuentemente el procesado o el tercero civilmente responsable tienen derecho a asegurar la inversión del dinero embargado al mismo fm mediante la compra de Valores Nacionales Ajustables, etc.

MODELOS § 1. Mandamiento de embargo El Auxiliar Judicial de la zona que corresponda se constituirá en la calle de esta Capital donde encontrará a suma de

(S/

y le intimará dé a embargo la

) nuevos soles, que ha sido fijada para responder a las

resultas de la causa N° ............... que se sigue a trámite ante este Juzgado Penal N° Secretario



por el delito de

en

amicargo,

.

En caso de no efectuarse esa entrega; procederá a trabar formal embargo de bienes de su pertenencia, suficientes para cubrir la suma arriba expresada, según lo dispuesto por los arts. 195 y 197 del C.P.P. de 1996. El Auxiliar Judicial queda autorizado para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario, así como también nombrar depositario de los bienes al nombrado, en el caso que el vecino a quien se ofreciere el cargo se negare a aceptarlo. Dado, firmado y sellado en la sala del despacho del Juzgado, a los cientos

.

Firma del Juez Firma del Secretario

del mes de

de mil nove-

§ 2. Ofrece valores para sustitución Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de

en la causa a V.S. respetuosamente digo:

Que V.S. decretó oportunamente embargo sobre los bienes de mi defendido hasta cubrir la suma de (S/

.

) nuevos soles que se presupuestó para cubrir

la eventual reparación civil del proceso. Que mi defendido ofrece a embargo la cantidad de ............... (S/

)nuevos soles en valores nacionales

ajustables que adjunto a tal efecto, en vez de hacerlo con dinero en efectivo, para evitar la desvalorización monetaria. Hago constar que si bien el valor nominal de los valores es menor que el monto del embargo, su cotización lo supera notoriamente: Por ello de V.S. solicito se tenga por cumplido el embargo decretado y se depositen en el Banco de la N ación estos valores a la orden del Juzgado, a fin de asegurar su debida administración. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del procesado

§ 3. Acompaña boleta de depósito. Solicita sustitución de embargo (art. 199 del e.p.p. de 1996) Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de

en la causa a V.S. respetuosamente digo:

Que V.S. decretó oportunamente embargo sobre los bienes de mi defendido hasta cubrir la suma de (S/

.

) nuevos soles que se presupuestó para cubrir

la eventual reparación civil del proceso. Que mi defendido ha depositado en el Banco de la Nación a nombre del Juzgado (o Sala) la suma mencionada, a la orden de V.S. por lo que solicito se tenga por sustituído el embargo (y se levante la inhibición general de bienes), ordenando la agregación de la boleta de depósito que adjunto. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del procesado

§ 4. Oficio para embargo de inmueble o automotor Lima, de

de 199

.

Señor Jefe del Registro de la Propiedad Inmueble (o Automotor) de Lima: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en la causa N° ............... , caratulada: "

, incidente de embargo de

............... " que tramitan ante el Juzgado Penal N° Secretario

, sito en

,

a fin de solicitarle

disponga lo necesario para que se trabe embargo sobre el inmueble ubicado en la calle



, piso

............... , unidad , inscrito bajo el N° , tomo , folio o matrícula (-0sobre el automotor, dominio, motor, modelo, chasis, etc.). El bien mencionado ha sido denunciado como de propiedad del procesado cuyos datos personales son:

.

El auto que ordena esta medida dice así: "Lima, ............... de de 199

Ofíciese para el embargo

del bien denunciado. (Firma Juez y Secretario)". (Se encuentran autorizados para diligenciar el presente, indistintamente

especialmente para

denunciar datos identificatorios y firmar la correspondiente minuta). Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 5. Oficio para embargo de cuenta bancaria Lima, de

de 199

.

Señor Gerente del Banco . Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en la causa N° ............... caratulada: "

incidente de embargo de " que

tramita ante el Juzgado Penal N°

, Secretario

............... , sito en a fin de solicitarle disponga lo necesario para que se trabe embargo sobre los fondos que el procesado tenga en Central o en cualquier agencia del País en cuenta corriente, ahorros, créditos a cobrar, valores al cobro o en cualquier otra forma. Se deja constancia que el embargado es de nacionalidad , de estado civil,

, L.E. N°

A los efectos que correspondan se declara que no se conocen otros datos que los indicados. El embargo se trabará hasta cubrir la suma de (SI

.

) nuevos soles.

El auto que ordena esta medida dice así en su parte dispositiva: "Lima, de

de 199

Oficiese

para trabar el embargo que se solicita. Firma del Juez y Secretario" . Las sumas embargadas deberán ser depositadas en el Banco de la Nación a la orden de este Juzgado y como pertenecientes a los autos mencionados. (Se encuentran autorizados para diligenciar el presente oficio, indistintamente Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

)

§ 6. Oficio de embargo sobre fondos en juicio Lima, de

de 199

.

Al Señor Juez Penal a cargo del Juzgado en lo ............... , Secretario



.

Tengo el agrado de dirigirma a V.S. en la causa N° ............... , caratulada: "

incidente de embargo de

............... " que tramitan ante este Juzgado Penal N° ................ a mi cargo, Secretario

, a fin de comu-

nicarle que en los mismos se ha ordenado trabar embargo sobre los fondos que puedan corresponderle al procesado en los autos que tramitan ante el Juzgado a su cargo, Secretario

.

El embargo se trabará hasta cubrir la suma de ................ (S/

) nuevos soles.

Saludo a V.S. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 7. Pide inhibición general de bienes Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del peticionario) por la representación de la querella que tengo acreditada, con domicilio constituído en

, en la causa N°

.

a V.S. respetuosamente digo: Que V.S. dispuso a fs

el procesamiento del querellado que ha eludido

desde entonces la acción de la justicia, poniéndose prófugo. Que ello le permite disponer libremente de sus bienes, con lo que se hará ilusoria toda reparación que en definitiva correspondiera según he reclamado. Que tengo noticia que el procesado posee bienes inmuebles en la provincia de y solicito se libre oficio a fm de la pertinente inhibición de los mismos, que en el momento actual no puedo individualizar para solicitar su embargo. Proveer de conformidad a lo solicitado y a lo dispuesto por el arto 197 del e.p.p. de 1996, será justicia. Firma del peticionario Firma del patrocinante Lima, de

de 199

.

Atento el resultado negativo de la precedente diligencia de embargo, decrétase inhibición general de bienes contra

, a cuyo fm se librarán los oficios del

caso al señor Director del Registro de la Propiedad Inm ueble de Lima. Firma del Juez Firma del Secretario En la misma fecha se libraron los oficios al Registro de la Propiedad. Conste. Firma del Secretario

§ 8. Oficio de inhbici6n general de bienes Lima, de

de 199

.

Señor Director del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima S.D. Tengo el agrado de dirigirme a usted en la causa N° ....... caratulada: " Penal N°

" que tramita ante el Juzgado

Secretario

, sito en

a

fin de solicitarle se sirva disponer lo necesario para que se anote la inmovilización de los bienes decretada contra A los efectos pertinentes se hace constar que la medidas sedecretó hasta cubrir la suma de

(S/

) nuevos soles.

El auto que ordena el presente dice así: "Lima, ............... , atento el resultado negativo de la diligencia de embargo, ofíciese para la inmovilización de los bienes del procesado. Firma del Juez y Secretario" (Se encuentran autorizados para diligenciar este oficio, indistintamente, los doctores

, especialmente

para denunciar datos identificatorios y fIrmar la correspondiente minuta) La inmovilización se anotará a la orden del Juzgado Penal Secretario

.

Saludo a Usted muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 9. Oficio de levantamiento de embargo o inhibición Lima, de

de 199

.

Al Señor Director del Registro de la Propiedad Inmueble o Automotor S.D. Tengo el agrado de dirigirme a usted en los autos N° .................... , caratulados: "

", a fm que se sirva

ordenar se levante (el embargo o a la inhibición) decretada por

Juzgado

en contra de y

anotada en esa Repartición en fecha

de

de 199

del tomo

, bajo el N°

, folio

Saluda a usted muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

.

Capítulo X AUTORIZACION PARA SALIR DEL PAIS AUTORIZACION PARA SALIR DEL PAIS Una de las más importantes consecuencias que afronta el imputado que se encuentra con comparecencia o aquél que ha obtenido su libertad, (sea mediante libertad provisional, reserva del fallo condenatorio, suspensión de la ejecución de la pena, entre otros) es la de verse sometido a reglas de conducta fijadas poreljuez. Vgr. Nosalirdelpáis, no ingerir bebidas alcohólicas, etc. Si el imputado no cumple con dichos requerimientos perderá el beneficio obtenido (revocación). Para evitar la revocatoria es posible, en casos debidamente justificados solicitar al Juez dispensa especial para viajar; pero, siempre quedando obligado a comparecer ante el juez cuando éste lo estime conveniente. Existen también restricciones al derecho de libre tránsito dentro y fuera del país para testigos considerados importantes así lo prescribe el arto 162 del C. P. P. de 1996.

MODELOS § 1. Solicita autorización para salir del país Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del procesado), por mi propio derecho, con domicilio real en

, y manteniendo el constituído en el

estudio de mi defensor, en la causa N° , en la que soy procesado, a V.S. respetuosamente digo: Que debo viajar al exterior para efectuar diversas negociaciones y contratos con empresas extranjeras, en los países donde tienen sus sedes. Para ello debería partir el día

de

. próximo con destino a Europa, en

donde visitaré Francia, Holanda, Noruega, Alemania y Suecia, para regresar al Perú a más tardar el día

de

próximo.

En consecuencia solicito a V.S. me conceda autorización para ausentarme durante el lapso antes indicado, viajando a los países detallados. Por ello a V.S. solicito: 1 ° Se tenga presente lo solicitado. 2° Previa vista a las partes se conceda la autorización, otrogándome certificado de lo resuelto para presentarlo a la Policía Nacional. Firma del peticionario

§ 2. Se opone a permiso de salida del país Señor Juez Penal: ............... , agraviado con domicilio constituído en ............... , en la causa N° la solicitud de autorización para viajar, seguida contra

en

, a V.S.

respetuosamente digo: Que vengo a manifestar mi oposición al pedido formulado por el procesado, atento que contra el mismo tramitan otras investigaciones que pueden inducirlo a intentar eludir la acción de la justicia, y que solicito se comprueben antes de resolver. El procesado también lo está ante el Juzgado Penal N° ............... , Secretario

por el delito de contraban-

do; además ante la Fiscalía N°

contra él existe

una investigación por diversos hechos en peIjuicio del Banco de la N ación. Por todo ello mi parte estima improcedente el pedido de salida del país a menos que V.S. determine una caución cuyo monto asegure la aplicación de la pena y demás sanciones que corresponderán al procesado. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del agraviado

§ 3. Solicita certificación Señor Juez Penal: ............... , con domicilio real en , y manteniendo el constituído en

en la causa N°

,

a V.S. respetuosamente digo: Que me he presentado ante la Policía Nacional a fm de gestionar mi pasaporte para viajar al exterior y el trámite se encuentra obstaculizado por entender las autoridades policiales que la causa en que me dirijo a V.S. impide mi salida del pais. Que, como no he sido procesado en la causa, en la que declaré como testigo, entiendo que no existe restricción alguna a mi libertad y solicito a V.S. ordene la expedición de un certificado donde conste ello, mis datos personales según autos, así como que la causa se encuentra en trámite y la forma en que se inició ante la Policía Nacional donde lo presentaré para gestionar pasaporte. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del abogado Firma del peticionario

§ 4. Certificación CERTIFICO en cuanto hubiere lugar por derecho que por ante este Juzgado Penal, Secretario

, en la

causa caratulada: " ", en la que de nacionalidad de profesión ............... documento de identidad en

, de estado civil

,

, domiciliado

, declaró como testigo por lo que no se dispuso restricción alguna a

su libertad en esta causa iniciada el día

del mes de

de mil novecientos

............... ante la División Por orden judicial, a pedido del interesado y para ser presentado ante la Policía Nacional a fm de gestionar pasaporte, expido el presente que sello y fIrmo en Secretaría a los novecientos .

Firma del Secretario

días del mes de

de

mil

Capítulo XI DEVOLUCION DE EFECTOS DEVOLUCION DE COSAS SECUESTRADAS A) Casos 1.- Devolución de lo hurtado o robado a su propietario o legítimo tenedor, sin perjuicio del derecho del tercero que deberá ejercitar ante la justicia civil Sin embargo se ha devuelto al comprador de buena fe en casa de comercio y no al damnificado No comprende más que lo hurtado o robado; lo estafado, o defraudado se devuelve al tenedor de buena fe. 2.- Devolución cuando la causa se paraliza por rebeldía del procesado. 3.- Devolución por la sentencia definitiva. 4.- Sobreseimiento definitivo: Deben restituirse las cosas a quien las tenía antes del delito. 5.- Sobreseimiento provisional: Igual que el caso anterior. 6.- Causa en trámite: a) Procede devolver las cosas cuya conservación no resulte necesaria, cuando no se discute la propiedad o tenencia y no media oposición a la entrega. b) Cuando se discute la propiedad o la tenencia no puede procederse a la devolución, salvo hasta llegar a las etapas posteriores. B) Cosas que no se devuelven 1.- Las que motivan cuestiones de índole civil entre terceros afectados. 2.- Las vinculadas con el delito (por ejemplo: libros de medicina y farmacología secuestrados al condenado por ejercicio ilegal de la medicina; publicaciones obscenas secuestradas en causa por facilitación de la prostitución). Devolución o entrega provisoria (depósito judicial) Durante el desarrollo del proceso resulta imposible depositar en Secretaría todas las cosas secuestradas; algunas no puede siquiera ser guardadas allí por su tamaño. Por ello se recurre a

actas, fotografías, etc., para los fines probatorios y las cosas se entregan a quien tenga el mejor derecho, como depositario, y hasta la resolución definitiva. Procedencia: El Fiscal podrá devolver al agraviado o a terceros los objetos secuestrados o entregar los incautados que ya no fueran necesarios para la actividad probatoria. Asimismo podrá devolverlos al imputado si no tuviesen ninguna relación con el delito. La devolución podrá ordenarse provisionalmente y en calidad de depósito, pudiendo disponerse su exhibición cuando fuera necesario. Los bienes sustraídos serán entregados al agraviado. El Juez, si no se causa perjuicio

irreparable

y

las

circunstancias

lo

permiten,

podrá

disponer

provisionalmente las medidas del caso para que cese el estado antijurídico producido por el hecho punible en las cosas o efectos.

MODELOS § 1. Solicita devolución de automóvil usado para cometer delito Señor Fiscal: ............... (Nombre y apellido del peticionario), por derecho propio, con domicilio real en mi patrocinante, sito en la calle

, y constituyéndolo en el estudio de

............... , en la causa N° a

V.S.

respetuosamente digo: Que vengo a solicitar la devolución del automotor marca

, placa

, cuya propiedad ya acredité en autos.

Que, como ya también quedó probado en la causa, el procesado estaba autorizado a utilizar el automóvil por razón de su trabajo en mi empresa; indebidamente lo utilizó en el hecho que se investiga y en el que el automotor fue secuestrado. Que agotada ya, según presumo, la utilidad del automotor como prueba, vengo a solicitar su restitución inmediata. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del peticionario

Firma letrado patrocinante

§ 2. Pide aclaratoria de sobreseimienlo para que se ordene devolución Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), en mi carácter de defensor de en la causa N°

,

con domicilio constituído en

a

, V.S.

respetuosamente digo: Que solicito a V.S. se aclare el auto por el que sobresee definitivamente a mi defendido en el sentido que procede restituirle los efectos y dinero que le fueron secuestrados a

fs

.

Proveer de conformidad, será justicia Firma del defensor

Firma del procesado

§ 3. Promueve incidente de restitución de mercadería Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del peticionario) por derecho propio, bajo el patrocinio del Dr

constituyendo

ambos

domicilio en en la causa N° ............... , a V.S. respetuosamente digo: l.- Que nunca fui procesado en esta causa, ratificando así mi carácter de comprador de buena fe, de la mercadería que fue obtenida fraudulentamente por los procesados. En el proceso se me secuestraron los efectos que adquirí de buena fe, y se entregaron como depositario judicial a (vid. fs

), que fue el damnificado por

la estafa que origina el proceso, sin que a la fecha se haya alterado ese depósito y mientras la causa prolonga su trámite indefinidamente ante la multiplicidad de los hechos que se investigan. En su oportunidad aboné al vendedor

la cantidad de

nuevos soles a

cuenta del precio total, no llegando a pagar el precio total al advertirme el damnificado (el mismo actual depositario) la maniobra estafatoria que lo perjudicaba y para evitarle un perjuicio aún mayor. En este sentido ofrecí anteriormente a V.S. (vid. fs . ............... del principal) depositar a la orden del Juzgado el saldo del precio, en la forma que pudiere ser más equitativa, con más los intereses que se consideraran pertinentes, a fin de asegurar al damnificado alguna posible reparación futura. Reitero ahora el ofrecimiento, que anteriormente no fue acogido, así como tampoco el pedido que hice de restitución de lo secuestrado. Reitero ahora ofrecimiento y pedido de restitución ante el transcurso del tiempo que afecta mis derechos sobre lo comprado de buena fe, cuya comercialización no puedo realizar con el consiguiente perjuicio económico. II.- Por todo ello de V.S. solicito: 1. Me tenga por presentado en el carácter de invocado, y por promovido incidente de devolución de cosas, ordenando se reserve la factura presentada y se agregue su fotocopia.

2. Corra traslado del presente al depositario judicial ............... vendedor de los efectos y a quien adeudo saldo de su precio y al Sr. Fiscal, a cuyo efecto acompaño las copias pertinentes de escrito y documento. 3. Oportunamente se ordene al depositario judicial me restituya los efectos, con costas, en caso de oposición. 4. Se provea a mi ofrecimiento de depositar el saldo de precio adeudado. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del peticionario Firma del patrocinante § (anexo) Palacio del hogar Sr

.

Domicilio

.

100 estufas de cuarzo marca "REX" e/u SI. 555 a cuenta

55,500.-

30,500.-

resta pagar 25,000.Recibí a cuenta la suma de Treinta mil quinientos nuevos soles. Lima, de

Fdo

TOTAL:

de 199

vendedor

55,500.-

.

§ 4. Contesta traslado (oposición del damnificado) Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del depositario), con domicilio real en

y

constituyéndolo en el estudio

.

de mi patrocinante , en la causa N°

caratulada: " s/estafas reiteradas, incidente de restitución de mercaderías", a V.S. respetuosamente digo: Vengo en tiempo y forma a contestar el traslado conferido, solicitando se rechace la pretensión del incidentista, con costas, en virtud de los argumentos que expondré. Mi parte ha sido víctima de la estafa perpetrada por el procesado ,

despojándola

de los efectos secuestrados, pero en cantidad mayor a la secuestrada. El incidentista que ahora pretende se le haga entrega de la mercadería que tengo en depósito de acuerdo a las constancias de autos, compró la mercadería de mi fabricación, circunstancia que conocía, a una persona que expide la voleta de fs. 1 y que no se dedica a este tipo de comercio (se dedica a fletes). La factura de compra que presenta (fs. 1) carece de todos los requisitos exigidos por la legislación y la práctica comercial y el precio que pagó era muy inferior al corriente en plaza en ese momento para este tipo de mercaderías, circunstancias que no pudo desconocer el incidentista que hace del comercio su profesión habitual. Agreguemos a ello que la compra no la realizó en comercio o fábrica que se dedique a ese tipo de artefactos, si quien se lo vendió lógicamente debía obtener alguna ganancia de la operación, debió percibir que el origen de las mercaderías era ilícito, y mal puede hablar entonces de buena fe.' Los defectos de la factura surgen de la acompañada a fs. 1 por el incidentista. El precio corriente en plaza de los artículos en cuestión o similares puede obtenerse mediante informe de sus fabricantes, por ejemplo

con domicilio en

. de esta Capital. También mis clientes habituales pueden informar al mismo respecto y en referencia a la fecha de la estafa, a tal efecto propongo a con domicilio en ............... , ya

con domicilio en

.

Por todo lo expuesto de V.S. solicito: Haga lugar a las pruebas ofrecidas. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del depositario

Firma del patrocinante

Capítulo XII LIBERTAD PROVISIONAL Y LIBERTAD INCONDICIONAL (arts. 205 al 215 del C.P.P. de 1996) LIBERTAD PROVISIONAL Procede la libertad provisional, cuando nuevos elementos de juicio permitan razonablemente prever que: - La pena a imponerse no será mayor de 4 años. - La detención del imputado sea mayor a las dos terceras partes de la solicitada por el fiscal en su acusación escrita. - La posibilidad de que el procesado eluda la acción de la justicia se haya desvanecido. - El procesado cumpla con la caución fijada o, en su caso, con la fianza personal. LIBERTAD INCONDICIONAL La libertad incondicional se produce cuando en cualquier estado de la investigación resulta descartada fehacientemente la imputación delictiva, previo dictamen del Fiscal. El efecto es el sobreseimiento definitivo del proceso respecto a dicho imputado.

MODELOS § 1. Solicita libertad provisional Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de sigue por

con domicilio constituido en

en la causa que se le

V.S. respetuosamente digo:

Que conforme a lo estatuido en la legislación pertinente (art. 205 del e.p.p. de 1996), vengo a peticionar la libertad provisional de

(Nombre

y

apellido

del

beneficiario) bajo la caución que V.S. estime corresponder a derecho, en virtud de encontrarse la misma dentro de los presupuestos previstos para la viabilidad de la pretensión aquí ejercida. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del imputado

§ 2. Libertad provisional Señor Juez Penal de Lima: Miguel Gehrlich Spadone, identificado con L.E. N° 09503406, señalando domicilio legal en el Jr. Azángaro N° 1045 Of. 22, Lima, en la instrucción seguida por delito contra la Fe Pública contra Roxana Regonessi Weisser, ante Ud. digo: Que, habiendo determinado la naturaleza del delito cometido por la procesada, en la que se prueba con los actuados, el acto cometido considerado como delito, fue a causa de la falta de información y descuido de la imputada, desvirtuando uno de los requisito para ordenar la detención que es el Dolo. Asimismo, resulta de los actuados que el procesado no tiene antecedentes penales, por lo cual excluye toda posibilidad de peligro procesal, por lo que solicito a su Despacho la LIBERTAD PROVISIONAL, de la procesada Roxana Regonessi Weisser, y también ordenar su inmediata libertad. POR TANTO: a Ud. Señor Juez, solicito acceder a mi petición por ser de justicia. Lima, 2 de setiembre de 1995 Firma del abogado

Ministerio Publico D. N° 867-96-93 Señor: Viene en apelación la resolución de fojas 6, con fecha tres de agosto de los corrientes que declara improcedente el pedido de libertad provisional solicitado por la inculpada Roxana Regonessi Weisser en la instrucción que se le sigue por el delito contra la Fe Pública en agravio de Maria Brandsen Drescher. Conforme ha de verse, se le imputa a la procesada Roxana Regonessi Weisser ser la autora del delito, realizado a conciencia y voluntad dicho acto, es decir en forma dolosa, y según las pruebas actuadas no se desvirtúa la imputación y que además tenía pleno conocimiento del acto que realizaba. El Ministerio OPINA que se CONFIRME en todos sus extremos la resolución apelada. Lima, 7 de setiembre de 1995 Firma del Fiscal

Señor Juez: En este proceso ordinario seguido contra Roxana Regonessi Weisser, por delito contra la Fe Pública, en agravio de María Brandsen Drescher; por escrito de fs. 03, aquel solicita la concesión del beneficio de la Libertad Provisional. Más; del análisis de lo expuesto y lo actuado en el principal que se tiene a la vista, se deduce que el recurrente está siendo instruido por delito previsto por el arto 427 del C.P. que reprime a su autor con pena no mayor de diez (10) años, siendo el caso que, al declarar instructivamente incurre en contradicciones, por lo que, de hallársele responsabilidad, podría ser merecedor de pena privativa de libertad mayor de tres años; con tal suerte que, al estar todavía pendiente de actuación diligencias fundamentales para el mejor y total esclarecimiento de los hechos, no se ha desvanecido la probabilidad de que aluda la acción de la justicia o, perturbe la actividad probatoria.

Por lo que; con la facultad conferida por el y de acuerdo al Código Procesal Penal vigente -el suscrito opina, porque es IMPROCEDENTE el beneficio de LIBERTAD PROVISIONAL solicitado- Más se adjunta copia para ser entregada al procurador Lima, 9 de setiembre de 1995

Expo 287-90 Seco Almoyer 120 Jo 1. Señor Juez Penal: Guido Romero Díaz, en la instrucción que se me sigue a mi persona y otros por delito contra el patrimonio a Ud. respetuosamente digo: Que de conformidad por lo dispuesto en el arto 205 del Código Procesal Penal, solicito mi libertad provisional para lo cual invoco lo siguiente: 1.- Carezco de antecedentes penales y judiciales. 2.- Tengo domicilio y trabajo conocido. 3.- No me encuentro dentro de los impedimentos a que se refiere el arto 205 y 213 del Código Procesal Penal. 4.- En todo caso en el supuesto de encontrarme responsabilidad; la pena a imponerseme no sería mayor de tres años; lo que hace factible mi libertad; tomando en consideración además la forma y circunstancias de los hechos investigados. POR TANTO: A Ud. Señor Juez, pido se sirva acceder a lo solicitado y concederme el beneficio de Libertad Provisional. Lima, de

de 199

Firma del abogado Firma del solicitante

.

Lima, cuatro de febrero de mil novecientos noventicinco Autos y Vistos y Considerando: Que el delito materia de investigación se encuentra previsto y penado por el artículo doscientos treintinueve del Código Penal; que el depositario anteriormente citado reprime el Delito de Robo Agravado con penas mayores a los que se refiere el artículo doscientos cinco del Código Procesal Penal; Que por tales consideraciones y estando a las circunstancias del evento motivo de la presente: DECLARO: Improcedente la Libertad Provisional solicitada por el Inculpado. Guido Javier Romero Díaz, con citación. Firma del Juez Instructor Firma del Secretario En la misma fecha hice saber el auto que antecede al Representante del Ministerio Público, quien enterado en su despacho, rubricó; doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 3. Solicita libertad provisional Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor) defensor de sigue por el delito de

en la causa que se le

............... con domicilio constituido en

a

V.S.

respetuosamente digo: Que vengo a solicitar se conceda la libertad provisional de mi defendido, bajo caución en virtud de las circunstancias que paso a analizar. Que al iniciarse la causa estaba vigente el C.P. de 1924, cuyo régimen era notoriamente más benigno, por lo que no puede des echarse su aplicación ultractiva en virtud de la norma del arto 6° del Código Penal. Que por registrar una sola condena anterior ya prescripta, y estar procesado en esta causa por delito cuya pena no excede en su máximo posible los 4 años. Por todo ello V.S. solicito la concesión del beneficio de la libertad provisional a mi defendido según lo establecido en el arto 205 del C. P. P. de 1996. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del imputado

§ 4. Auto de libertad provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este incidente de

a favor de

,y

CONSIDERANDO: Que a

se le (procesó, dictó prisión preventiva o imputa el delito de) lo

que permite considerar que-en caso de recaer condena- será aplicable la pena privativa de libertad no mayor de 4 años. Que de la investigación judicial no surgen motivos fundados para presumir que puede burlar la acción de la justicia, resultando adecuada a fm de asegurar su comparecencia la caución. Por ello, de conformidad con el art. 205 del C.P.P. de 1996 y (oído o según lo solicitado por) el Sr. Fiscal . RESUELVO: CONCEDER la libertad provisional bajo caución del (procesado, o imputado, en caso de ser real se fija la suma requerida) debiendo labrarse acta ante el Actuario una vez satisfecha la caución. Fecho, oficiese (disponiendo su libertad o dejando sin efecto su captura). Notifiquese Firma del Juez Firma del Secretario En la misma fecha notifiqué al Sr. Fiscal y (apeló o no). Doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 5. Solicita libertad provisional Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de

en la causa N°

,

con domicilio en ............... a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a solicitar se conceda la excarcelación de mi defendido, bajo la caución que V.S. estime pertinente, en virtud de las circunstancias que paso a analizar. Que mi defendido fue detenido el día

de ............... de 199 ... situación en

la que continúa hasta la fecha del presente pedido, en el Establecimiento Penal Que a su respecto se dictó prisión preventiva en orden al delito de Que atento lo prescripto por el arto

.

del Código Penal, la pena máxima

para este delito es de ............... años. Que en atención a que mi defendido lleva detenido ya ............... años, cifra que supera las dos terceras partes de la pena solicitada por el Fiscal en su acusación escrita por el delito que se lo procesa, vengo a solicitar su libertad provisional de conformidad con el arto 205 inc. 1 del C. P. P. de 1996. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del imputado

§ 6. Auto de libertad provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este incidente de libertad provisional a favor de

,y

CONSIDERANDO: Que el procesado ha agotado en detención y prisión preventiva la pena máxima que el arto

del Código Penal fija para el delito de

de prisión preventiva de fs de 199

que se le enrostra (ver auto

del principal), dado que fue detenido el de

, sin que cese su situación desde entonces.

Por ello (oído o según lo solicitado por) el Sr. Fiscal, y según lo dispuesto por el arto 205 me. 1 del C. P. P. de 1996. RESUELVO: Conceder la libertad provisional bajo caución del procesado (Nombre del mismo, en caso de caución fijar la suma requerida), debiendo librarse acta ante el Actuario una vez satisfecha la caución. Fecha, oficiese disponiendo la inmediata libertad del procesado. Notifiquese. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 7. Solicita libertad provisional Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio constituido en

en la causa N°

,

, a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a solicitar se conceda la libertad provisional de mi defendido, bajo la caución que V.S. estime pertinente, en virtud de las circunstancias que paso a exponer. Que mi defendido fue detenido el día

de ............... de 199 ... situación en

la que continúa hasta la actualidad en el Establecimiento Penal

(ver fs. 2

del principal). Que a su respecto, el Sr. Fiscal en su requisitoria de fs la pena de

solicitó se le imponga

. años de privación de libertad.

Que atento que mi defendido lleva en detención .................... años, cifra que excede el quantum solicitado por el Ministerio Público vengo a solicitar su libertad provisional (art. 205 inc. 1, del C. P. P. de 1996). Proveer de conformidad, será justicia. Firma del imputado Firma del defensor

§ 8. Auto de libertad provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este incidente de libertad provisional a favor de

,y

CONSIDERANDO: Que el Sr. Fiscal solicitó a fs pena de

del principal se aplique al procesado la

de prisión, pena que a primera vista resulta adecuada al caso.

Que el beneficiario agotó en detención y prisión preventiva las dos terceras partes de la pena solicitada, ya que fue detenido el día

de

de 199

sin

recuperar la libertad hasta el día de la fecha. Por ello,

(oído o según lo solicitado por) el Sr. Fiscal y según lo

dispuesto en el arto 205 inc. 1, C.P.P. RESUELVO: Conceder la libertad provisional bajo caución del procesado (nombre del mismo; en caso de caución fijar la suma requerida) debiendo laborarse acta ante el Actuario una vez satisfecha la caución. Fecho, ofíciese disponiendo la inmediata libertad del procesado. Notifíquese. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 9. Solicita libertad provisional Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio constituido en

, en la causa N°

,

a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a solicitar se conceda la libertad provisional de mi defendido, bajo la caución que V.S. estime pertinente, en virtud de las circunstancias que paso a analizar. Que el señor Fiscal en su requisitoria de fs

solicitó

respecto

de

mi

defendido, se le imponga la pena de 3 años de privación de libertad. Que atento que mi defendido no registra condenas anteriores (ver planilla requerida por el Ministerio Público), en caso de condenárselo sería de aplicación eventualmente, la ejecución condicional de dicha condena (art. 57 Código Penal). Que por lo precedentemente expuesto vengo a solicitar la libertad provisional de mi defendido (art. 205 inc. 1 C. P. P. de 1996). Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del imputado

§ 10. Auto de libertad provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este incidente de libertad provisional a favor de

,y

CONSIDERANDO: Que el Señor Fiscal solicitó a fs del principal se aplique al procesado la pena de puede

años de pena privativa de libertad, pena a la que eventualmente corresponderle

ejecución

condicional.

Que

dicha

pena

parece

adecuadamente individualizadora, a primera vista. Por ello,

(oído o según lo solicitado por) el Sr.

Fiscal y según lo dispuesto en el arto 205 inc. 1, del C. P. P. RESUELVO: Conceder la libertad provisional bajo caución del procesado

(nombre del mismo, en caso de caución fijar la

suma requerida) debiendo laborarse acta ante el Actuario una vez satisfecha la caución. Fecho, ofíciese, disponiendo la inmediata libertad del procesado. Firma del Secretario Firma del Juez

§ 11. Solicita libertad provisional Señor Juez Penal: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio

constituído en

en la causa N°

,

a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a solicitar se conceda la libertad provisional de mi defendido, bajo la caución que V.S. estime pertinente, en virtud de las circunstancias que paso a analizar. Que mi defendido fue detenido el día

de ............... de 199 ... , situación

en la que continúa hasta el presente, en el Establecimiento Penal :

(ver fs. 2

del principal). Que a fs

el Sr. Fiscal solicitó se le imponga la pena de años de pena

privativa de libertad. Que por lo expuesto precedentemente, el beneficiario del presente lleva detenido lapso que excede los términos prescriptos por el arto 205 inc. 1 del C. P. P. de 1996, en relación al quantum requerido por el Ministerio Público. Por ello, vengo a solicitar de V.S. conceda la libertad provisional en favor de Proveer de conformidad, será justicia. Firma del imputado Firma del defensor

.

§ 12. Auto de libertad provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este incidente de libertad provisional a favor de

.

CONSIDERANDO: Que el informe de fs

acredita

que

el

procesado

ha

cumplido

debidamente con los reglamentos carcelarios. Que el Sr. Fiscal a fs (art

del principal acusó a ................ por el delito de

del Código penal) y solicitó una pena de

años de pena

privativa de libertad, que a primera vista resulta adecuada. Que como el beneficiario fue detenido el día

. de

de 199

, y

ha estado en detención o prisión preventiva durante , lapso que excede los límites del arto 205 inc. 1, del C. P. P., respecto de la pena solicitada, corresponde otorgarle el beneficio solicitado. Por ello

(oído o según lo solicitado por) el Sr. Fiscal.

RESUELVO: Conceder la libertad provisional bajo caución del procesado (nombre del mismo, en caso de caución fijar la suma requerida) debiendo labrarse acta ante el Actuario una vez satisfecha la caución. Fecho, oficies e disponiendo la inmediata libertad del procesado. Notifíquese. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 13. Solicita libertad provisional Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio constituido en

en la causa N°

,

, a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a solicitar se conceda la libertad provisional de mi defendido, bajo la caución que V.S. estime pertinente, en virtud de las circunstancias que paso a analizar. Que mi defendido fue detenido el día

de ............... de 199 ... , situación

en la que continúa hasta el presente, en el Establecimiento Penitenciario

.

Que a fs

, V.S. dictó sentencia condenatoria que impone a mi defendido la

pena de

prisión.

Que aún no se ha dictado sentencia de primer grado. Que por lo expuesto precedentemente, surge que el beneficiario del presente lleve detenido

lapso que

excede los plazos establecidos por el arto 205 del C. P. P. en relación al quantum de la detención. Que por todo ello, vengo a solicitar su inmediata libertad. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor

Firma del imputado

§ 14. Solicita libertad privisional Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de constituido en

, en la causa N°

,

con

domicilio

, a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo a solicitar la libertad provisional de mi defendido bajo la caución que V.S. estime correspondiente atento a la sentencia absolutoria dictada por V.S. y por imperio de lo dispuesto por el arto 205 y 206 del e.p.p. de 1996. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor Firma del imputado

§ 15. Suspensión de la ejecución de la pena En Lima, a los

días del mes de

suscripto, el procesado (o imputado)

de dosmil

,

compareció

ante

el

a quien, enterado del auto que antecede,

se le dio lectura de las disposiciones que rigen la suspensión de la ejecución de la pena (art. 58 e. P.), prometió presentarse siempre que sea llamado por el Juez de la causa y constituyó domicilio legal a los fines de esta caución en la calle

,

denunciando domicilio real en la calle

(se

como que por razones de trabajo

ausenta o no de él) .. Se le hizo saber que en caso de ausentarse de su domicilio sin razones laborales que justifiquen la ausencia o sin conocimiento y autorización del Juez de la causa, se ordenará nuevamente su detención, con lo que se dió por finalizado el acto, y previa lectura y ratificación, firmó por ante mí que doy fe. Firma imputado Firma del Secretario

§ 16. Suspensión de la ejecución de la pena En Lima, a los

días del mes de

ante el Suscripto, el procesado

de

mil novecientos

compareció

a quien, enterado del auto que antecede, se le

dio lectura de las disposiciones que rigen la suspensión de la ejecución de la pena (art. 58 C. P.) ............... , prometió presentarse siempre que sea llamado por el Juez de la causa y constituyó domicilio a los fines de esta caución en la calle N°

, piso . departamento

; y denunció como real el de la calle

piso

. de la localidad de

, departamento



...............

provincia de

,

del que (sí o no) se ausenta por razones de trabajo. Asimismo se le hizo saber que deberá: 1.

Residir en el lugar que determine el auto de soltura.

2.

Observar las reglas de inspección que fije el mismo auto, especialmente la

obligación de abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas. 3. Adoptar en el plazo de un mes oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia, debiendo comunicar a la brevedad los inconvenientes que se le presenten, al Patronato de Liberados de esta Capital. 4. Someterse al cuidado de dicho Patronato al que deberá presentarse el primer día hábil a contar desde la fecha. 5.

No cometer nuevos delitos.

6.

Abstenerse de alterar su domicilio o ausentarse de él sin razones laborales

que justifiquen la ausencia o sin conocimiento y autorización del Juez de la causa. Todo ello, bajo apercibimiento de ordenar nuevamente su detención. Con lo que finalizó el acto y, previa lectura y ratificación, firmó por ante mí que doy fe. Firma del liberado Firma del Secretario

§ 17. Revocatoria de libertad provisional Lima de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Atento a lo que resulta de la diligencia de fs

. del principal, que acredita

que el beneficiario no ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el arto 213 del C.P.P. de 1996, revócase la libertad provisional concedida a

a fs

de

este

incidente. Hágase saber y líbrese oficio al Señor Jefe de la Policía Nacional ordenando la averiguación del paradero y captura del nombrado, el que una vez habido, deberá ser conducido, en calidad de comunicado, a Notifíquese Firma del Juez Firma del Secretario

a la orden de este Juzgado.

§ 18. Revocatoria de libertad provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Atento a lo que resulta de la diligencia de fs

. del principal que acredita

que el beneficiario no ha cumplido con lo dispuesto por el arto 205 del C.P.P. de 1996, revócase la (libertad provisional) concedida a a

fs

de

este

incidente. Intímese al procesado a presentarse dentro de los cinco días de la intimación, bajo apercibimiento de hacer efectiva la caución real y decretar su detención (art. 142 del C. P. P. de 1996). Notifíquese Firma del Juez Firma del Secretario

§ 19. Efectos de la revocatoria Lima, de

de 199

.

Por no haber com parecido

se hace efectiva la caución y se decreta la

detención del mismo (art. 142 del C. P. P. de 1996). A tal efecto oficiese a la Policía Nacional para la averiguación del paradero y captura del procesado, el que una vez habido será conducido a

a disposición de

este Juzgado. Asimismo, firme que hubiera quedado el presente, oficiese al Banco de la Nación, para que transfiera a la cuenta del Patronato de Liberados los fondos depositados. Notifiquese. Firma del juez Firma del Secretario

§ 20. Revocatoria de libertad provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Atento aloque resulta de la diligencia de fs

.

del principal que acredita que el beneficiario no ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el arto 213 del C. P. P. de 1996, revócase la libertad provisional concedida a . a fs de este incidente. Intímese al fiador de fs

a presentar al encausado bajo apercibimiento de

hacer efectiva la caución real. Sin perjuicio de ello oficiese a la Policía Nacional para la averiguación del paradero y captura del procesado, el que una vez habido será conducido a

a

disposición de este Juzgado. N otifiquese Firma del Juez Firma del Secretario Lima, de

de 199

.

Atento a que el beneficiario no compareció, ni fue presentado o fue habido, se hace efectiva la caución

. arto 213 del e.p.p.

Firme que hubiere quedado el presente oficies e al Banco de la Nación para que transfiera a la cuenta del Patronato de Liberados los fondos depositados. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 21. Auto de libertad provisional bajo caución Lima, de

de mil novecientos no-

venta y

y VISTO: El pedido de excarcelación formulada por el Dr

de

Y CONSIDERANDO: 1.- Que a se le ha recepcionado declaración como imputado, a quien se le atribuye prima facie el delito de

(art

C.P.). n.- Que el

nombrado no registra antecedentes penales computables ni se encuentra com prendido en ninguna de las causales restrictiyas del arto 142 del e.p.p.) 111.- Que el suscripto estima que, teniendo en cuenta la pena conminada en abstracto por la ley penal sustantiva con relación al ilícito atribuído al imputado, la naturaleza y circunstancias que rodearon al hecho, que no registra antecedentes penales computables ni se encuentra incurso en las causales de restricción del arto 205 del e.p.p. y que en caso de que el mismo fuera condenado por el ilícito que se le atribuye no se le aplicaría una pena superior a los tres años de prisión y por ende no sufriría una privación efectiva de su libertad personal por un tiempo mayor a los ocho meses, corresponde concederle el beneficio solicitado de acuerdo a lo dispuesto por el arto 205 del e. P. P. Que a los fines de asegurar el cumplimiento de las condiciones que le imponga el Juzgado, la excarcelación deberá concederse bajo caución debiendo depositar en el Banco de la Nación la suma de (

. nuevos soles) (art. 208 del e.p.p.). Por todo lo expuesto, normas legales

citadas y oído el Sr. Fiscal, RESUELVO: conceder la libertad provisional bajo caución a

ya fijado, e imponerle al nombrado la obligación de fijar domicilio en

autos, comunicar cualquier cambio del mismo, comparecer a todas las citaciones que se le formulen, todo ello bajo apercibimiento de revocarle el beneficio concedido. Protocolícese, notifíquese, laborese acta y libres e inmediatamente orden de libertad. Firma del Juez Ante mí: Firma del secretario

§ 22. Acta de libertad provisional bajo caución En la ciudad de Lima, a

días del mes de

............... de mil novecientos noventa y compareció ante la presencia de S.S. y Secretario autorizante, el imputado

, a quien en el día de la fecha se le

ha concedido su libertad provisional bajo caución debiendo depositar la suma de (. nuevos soles) en el Banco de la Nación. En este acto elimputado prestó juramento en legal forma, por el cual se compromete a cumplir fielmente las condiciones impuestas en el auto de excarcelación en calle

............... , Barrio

obrante a fs y fija domicilio

, de esta ciudad. Con lo que se dio por terminado

el acto, previa lectura y ratificación, firman S.S. yel imputado, todo por ante mí que doy fe.

Firma del juez Firma del imputado Firma del secretario

§ 23. Interpongo revocatoria por el excesivo monto de la caucion Señor Juez: ............... (nombre del abogado), como defensor de ............... (nombre del imputado), en la causa N°

,

que se le sigue por supuesto hurto, a V.S. digo: l.- Que vengo a interponer recurso de reposición contra el auto de libertad provisional, por agraviarme del excesivo monto dispuesto en carácter de caución. Teniendo en cuenta la naturaleza del delito, la importancia del daño causado y especialmente la condición económica del imputado, la caución dispuesta por V.S. resulta excesiva en su monto. Mi defendido es un hombre pobre, de trabajo y de magro salario. Ha dicho Velez Mariconde que si la garantía patrimonial fuere exigida aún "cuando el procesado carece de los medios económicos necesarios para prestarla, se consagraría un odioso privilegio a favor de los ricos" (Derecho Procesal Penal, tomo II, pág. 527). En función de ello, solicito a V.S. la reposición de su decisión y consecuentemente disminuya sustancialmente el monto de la caución. Dígnese V.S. proveer de conformidad, que: Sera justicia Firma del procesado Firma del defensor

§ 24. Solicito sustitución de caución por fianza personal Señor Juez: ............... (Nombre del abogado), como defensor de ............... (nombre del imputado), en la causa N° , que se le sigue por el supuesto delito de estafa, a V.S. digo: Que mi defendido no tiene el dinero suficiente, ni divisas extranjeras, ni títulos valores, ni tampoco bienes para constituir hipoteca o dar a embargo. En función de ello, vengo a solicitar se sustituya la caución dispuesta por fianza personal, para la cual este presentante se constituirá como fiador obligado a presentar al fiado cuantas veces sea requerido, y a pagar el monto de la caución en caso de incomparecencia en carácter de principal pagador renunciante al derecho de excusión. Dígnese V.S. proveer de conformidad a lo peticionado que: Será justicia Firma del procesado Firma del defensor y eventual fiador

§ 25. Solicito devolución de suma depositada en concepto de caución Señor Juez: ............... (nombre del abogado) .. , como defensor de ............... (nombre del imputado), en la causa N° , que se le sigue por supuesta estafa, a V.S. digo: Que procede la cancelación de la caución en razón de la existencia en el proceso de sentencia firme absolutoria. Que en función de ello, solicito la devolución de las sumas depositadas por este defensor en dicho concepto, para lo cual solicito se libre ofIcio al Banco de la Nación. Provea V.S de conformidad, que: Será justicia Firma del defensor Firma del patrocinado

§ 26. Solicita autorización para ausentarse Señor Juez Penal: ............... (Nombre del imputado), en la causa N° ............... , que se me sigue por supuesto robo simple, a V.S. digo: Que V.S. hubo dispuesto mi libertad bajo caución en la presente causa y hasta la fecha he cumplido con todas las obligaciones que me impone mi condición de excarcelado. Que motivaciones de orden laboral me imponen la urgencia de viajar a la ciudad de Arequipa, pues existen posibilidades ciertas de ser contratado por un establecimiento bodeguero en mi carácter de ingeniero agrónomo. Que en función de lo expuesto, vengo a solicitar a V.S. me autorice a ausentarme temporalmente de mi domicilio y a residir en el Departamento de Arequipa hasta que defina mi situación laboral. Dejo constancia que comunicaré apenas llegado, mi lugar de alojamiento en dicha ciudad así como que estoy dispuesto a cumplir con las obligaciones especiales que V.S. me imponga en caso de autorizar mi ausencia temporaria. Dígnese V.S. proveer de conformidad, que: Será justicia Firma del defensor

Firma del imputado

§ 27. Libertad incondicional Sec. Oscar Contreras Exp. N° 254-93 Cuaderno Principal Escrito N° 01 Sumilla: Solicito Libertad Incondicional Señor Juez del Quinto Juzgado Penal de Lima: David Florencio Durand Cornejo, en los seguidos sobre supuesto Delito de Robo Agravado, en agravio de Amador Días Pérez; me presento ante Ud. y con el debido respeto digo: Que, al amparo de lo dispuesto por el arto 215 del Código Procesal Penal Solicito: Mi Libertad incondicional, amparándome en los siguientes fundamentos de Hecho y de Derecho que a continuación paso a exponer: PRIMERO: Con fecha 23 de marzo del presente año se me aperturó instrucción por el Delito Contra el Patrimonio-Robo Agravado, delito que no he cometido, en el que se me ha decretado Orden de Detención; motivo por el cual me encuentro recluido hace 5 meses en el penal Castro Castro. SEGUNDO: Al parecer los primeros indicios de la investigación policial llevaron a que su Despacho ordenara la Detención contra mi persona. Pero dentro de la secuela del proceso se ha acreditado fehacientemente mi inocencia y por ende mi no participación de dicho hecho delictuoso. TERCERO: En los actuados a fojas 58 se encuentra la Constancia del Banco de Crédito del Perú, en que se señala que el día 16 de marzo del presente, a horas 10 amo (día y hora del evento delictivo) efectué personalmente un retiro de dinero de mi cuenta de ahorros en dicho banco. Lo que demuestra que no he podido participar en el delito que se me instruye.

CUARTO: Asimismo conforme obra en autos, no tengo antecedentes penales, ni judiciales; lo que demuestra que mi vida cotidiana es normal; y más aún con las testimoniales que dan fe de mi conducta. QUINTO: En la diligencia de confrontación, a fojas 38, el agraviado ha señalado que Yo no soy quien lo ha asaltado, así como que no tengo los rasgos fisicos del autor del delito. POR TANTO: A Ud. señor Juez, sírvase acceder a mi petición por ser de justicia y ceñirse a la Ley. Lima, 02 de enero de 1996 Firma del abogado

§ 28. Libertad incondicional Señor Juez Penal: ............... (Nombre del defensor) defensor de .

en la causa N°

,

con domicilio constituído en ............... a V. S. respetuosamente digo: Que vengo a solicitar se conceda libertad incondicional de mi defendido, de conformidad con el arto 215 del C. P. P. por haberse descartado fehacientemente la imputación en su contra por el delito de

(art

. del Código Penal)

Que, por todo ello, vengo a solicitar su inmediata libertad. Proveer de conformidad, será justicia Firma del defensor Firma del imputado

Capítulo XIII PRUEBA TESTIMONIAL TESTIGO Persona que fue espectadora del hecho criminoso que está obligada a comparecer para declarar la verdad, y no puede callarla. Puede considerarse también testigo al de "concepto" o "abono".

MODELOS § 1. Propone Prueba testimonial Señor Juez penal o Señor Presidente de la (~ )

Sala

Superior ............... (Nombre y apellido del defensor), defensor de con constituído en

Penal domicilio

en el proceso penal que se le sigue por el supuesto delito

de ............... a V.S. respectivamente digo: 1.- FINALIDAD DE ESTE ESCRITO En la oportunidad indicada en los arts. 263 y 264 del Código Procesal Penal de 1991; arto 238 del C.P.P. de 1940, vengo a ofrecer la probanza que concretaré seguidamente: Que a los efectos de corroborar las afirmaciones de mi defendido, vertidas en el acto de su declaración indagatoria, vengo a solicitar se reciba declaración testimonial a (nombre, nacionalidad, edad, estado civil, profesión, domicilio). En mérito a que el testigo propuesto se domicilia fuera de la jurisdicción del juzgado, en lugar distante y de difícil acceso, precisamente en

, provincia

,

solicito que se comisione su declaración a la autoridad judicial de su residencia. A tal fin se librará

.

En caso de que V.S. considere necesario hacerlo comparecer en razón de la gravedad del hecho investigado y la importancia de su testimonio, solicito se fije la indemnización que le corresponde al citado, conforme lo previene el arto Procesal Penal. A todo evento sugiero el interrogatorio a tenor del cual deberá declarar el testigo propuesto, sin perjuicio de que V.S. lo amplíe en la medida que lo considere necesario. II.- INTERROGATORIO 1.- Por las generales de la ley. 2.- Diga el testigo

.

3.- Diga el testigo

.

4.- De público y notorio.

III.- PETITORIO Por lo expuesto a Ud. solicito: 1. - Se tenga por propuesto el testigo mencionado en el punto 1. 2.- Se ordene su declaración testimonial conforme lo pedido en el punto n. 3.- En su caso, se fije la indemnización correspondiente. Proveer de conformidad Será justicia Firma del letrado

§ 2. Testimonial En Lima, a los

días del mes de

de dos mil

compareció ante S.Sa.

y el autorizante una persona que, previo juramento de ley e impuesta que es de las penas en que incurren quienes se producen con falsedad, dice llamarse acreditando su identidad con

, de

profesión

leer y escribir, domiciliado en

, que

.

años de edad, de estado civil

,

de

.

A preguntas relativas al conocimiento que tiene del asunto y sus partes y si con respecto a las mismas le comprenden las disposiciones generales de la ley, que se le explican, dice: A) Que no las conoció hasta los hechos que narrará, y, por lo tanto, no se considera comprendido. B) Que las conoce desde hace largo tiempo y por ser todos vecinos pero no se considera comprendido. C) Que las conoce y tiene amistad íntima con el agraviado y el imputado por lo que se considera comprendido, pese a lo cual será veraz. D) Que, por ser el damnificado, se considera comprendido pese a lo cual será veraz en sus dichos. A estas preguntas de S.Sa Que el día

el o la)

. compareciente respondió:

del corriente, en horas de la tarde, estima que alrededor de las

dieciséis horas, pues iba camino a la Facultad de Derecho donde debía arribar antes de las dieciséis treinta horas, se detuvo para adquirir un lápiz en un comercio de la avenida universitaria por la que transitaba, sito a pocos metros de su domicilio, y donde frecuentemente concurre por motivos similares. Que en ese momento salía de dicho comercio, etc., etc. (continúan todas las manifestaciones del testigo). Que nada más puede decir. Con lo que termina el acto. Firma el testigo, previa lectura y ratificación, después del S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma del testigo Firma del Secretario Nota: Se eligen los párrafos A, B, C, o D, según el caso.

§ 3. Testimonial En Lima, a los

días del mes de

de dos mil

, comparece ante S.Sa. y el

autorizante una persona que, previo juramento de decir verdad, e impuesta que fue de las penas con que se castiga el falso testimonio, dice llamarse identidad que acredita con

.

Con lo que S.Sa. le pone de manifiesto al testigo la declaración testimonial que prestara ante la prevención y manifestó: Que ratifica íntegramente su declaración de fs . ............... , que en este acto ha leído y ninguna observación tiene que hacer a su respecto, por ser fiel reproducción de los hechos tal como los narrara en esa oportunidad. Que con posterioridad a su declaración pudo recordar que también estaba presente otro vecino, al que no puede individualizar por nombre y apellido, pero que se domicilia en su misma casa, piso 3°, departamento "G". Que nada más puede decir. Con lo que S.Sa. da por terminado el acto. Firma el testigo previa lectura y ratificación, después de S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma del testigo Firma del Secretario

§ 4. Solicita prestar testimonial Señor Fiscal: ............... (Nombre y apellido del testigo), con domicilio en , constituyéndolo en en la causa que se sigue contra mi hermano por el delito de ............... , a V.S. respetuosamente digo: Que solicito de V.S. se sirva recibirme declaración testimonial en la causa, pues he sido testigo de los hechos que se atribuyen a mi hermano y deseo declarar en su favor. Que acompaño las partidas de nacimiento de ambos y de casamiento de nuestros padres, para acreditar el vínculo que invoco. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del peticionario Firma del abogado

§ 5. Solicita prestar testimonial Señor Fiscal: Informo a V.S. que se hace presente en Secretaría procesado

quien dice ser hermano del

y que desea declarar en la causa a favor del mismo. Acredita el

vínculo con partidas de nacimiento de ambos hermanos y de casamiento de sus padres. Firma por ante mí, que doy fe, para constancia de lo que expone. Secretaría,

de

Firma del hermano Firma del Secretario

de 199

.

§ 6. Testimonial En Lima, a los

días del mes de

de

mil

novecientos

comparece ante S.Sa. y el autorizante una persona que, previo juramento de ley e impuesta que es de las penas en que incurren quienes se producen con falsedad, dice llamarse , de

acreditando su identidad con

años de edad, de estado civil

leer y escribir, domiciliado en

, ser de nacionalidad

, de profesión

,

que

.

A preguntas relativas al conocimiento que tiene del asunto y sus partes y si con respecto a las mismas le comprenden las disposiciones generales de la ley, que se le explican, dice: Que las conoce y se considera comprendido por su parentesco con el procesado pese a lo cual será veraz. Con lo que S.Sa. le hace saber que no puede declarar en contra del procesado. A otras preguntas de S.Sa respondió:

(el o la)

.

compareciente

.

Con lo que S.Sa. da por terminado el acto. Firman el testigo, previa lectura y ratificación, después de S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma del testigo Firma del Secretario

§ 7. Testimonial En Lima, a los

días del mes de

de

mil novecientos

,

compareció ante S.Sa. y el autorizante una persona que, previo juramento de ley e impuesta que es de las penas en que incurren quienes se producen con falsedad, dice llamarse de

, acreditando su identidad con

años de edad, estado civil

ser de nacionalidad

, de profesión

que

,

leer y escribir,

domiciliado en A las preguntas relativas al conocimiento que tiene del asunto y sus partes y si con respecto a las mismas le comprenden las disposiciones generales de la ley, que se le explican, dice: Que no las conoce y no se considera comprendido. A otras preguntas de S.Sa. el testigo manifestó: Que el día en horas de la tarde, estuvo largo tiempo en las inmediaciones de las calles

y

sobre la primera

de ellas, esperando la llegada del colectivo N° ............... que debía tomar para dirigirse a su domicilio. Que mientras hojeaba distraído el periódico de la tarde que acababa de comprar, sintió un choque de dos automóviles, a pocos metros del 1 ugar donde estaba, en la intersección de las calles mencionadas. Que al mirar instintivamente vió que habían chocado dos automóviles, aparentemente un Ford Falcon que venía por la calle donde estaba el declarante, y un Chevrolet que venía por la otra. Que no vio más detalles pues en ese momento llegó el colectivo y ascendió a él, no está seguro de la marca de los automóviles. Que no se imagina cómo supo la Fiscalía de su presencia en el lugar del hecho pues no intervino en forma alguna ni le comentó con nadie, pues fue aparentemente un choque de poca importancia, lo que deduce el estado de los automóviles, que no parecían muy destrozados. Con lo que S.Sa. a petición (de la defensa o del agraviado) procede a repreguntar el testigo. Preguntado acerca de si previamente al choque sintió ruido de frenos, respondió: Que no lo sintió, advierte que en las inmediaciones del lugar hay una casa de música que estaba pasando discos, por lo que es posible que esto pudiera haber disimulado el ruido de la frenada.

Preguntado acerca de si conoce al propietario de dicho comercio, manifestó: Que sÍ, y ahora recuerdo que al momento del choque advirtió su presencia, mejor dicho, al ascender al colectivo lo vio en la puerta del local y lo saludó. Con lo que S.Sa. da por terminado el acto. Firman los comparecientes previa lectura y ratificación después de S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma del testigo Firma del Secretario

§ 8. Confrontación entre testigos En Lima, a los

días del mes

de dos mil

comparecen ante S.Sa. yel

autorizante dos personas que, previo juramento de ley e impuestas que fueron de las penas con que se castiga el falso testimonio, manifestaron ser y acreditaron con

y

lo

que

,. respectivamente.

Con lo que S.Sa. impuso a los testigos que iban a ser confrontados acerca de las contradicciones que les explicó, con lo que se procedió a darles lectura de sus respectivas declaraciones y S.Sa. los dejó en uso de la palabra para que se reconvengan para obtener la aclaración de la verdad, guardando el debido estilo y respeto. Con lo que el testigo ............... manifestó, al serIe concedida la palabra: Que ratifica íntegramente su declaración de fs . ............... , pero, en conocimiento de la versión de su confrontado, debe admitir que es posible que el mismo haya presenciado la lucha entre los procesados, pero el declarante no advirtió su presencia, ya que habría quedado a sus espaldas y no miró hacia atrás, atraído por los hechos que acontecían. Que nada más puede decir. Con lo que S.Sa. concedió la palabra al testigo

que manifestó:

Que ratifica íntegramente su versión de fs

. a lo que debe aclarar que

tal como dice su confrontado, salió después que él y quedó a sus espaldas y se retiró antes que los procesados fueran separados, ya que se atemorizó ante los sucesos. Que nada más puede decir. Con lo que S.Sa. da por terminado el acto. Firman los testigos, previa lectura y ratificación, después de S.Sa. y por ante mí, que doy fe. Firma del Fiscal Firma de los testigos confrontados Firma del Secretario

§ 9. Interrogatorio a tenor del cual deberán deponer los testigos ofrecidos por la defensa en la causa caratula: "

s/estafa".

1.

Por las generales de la ley.

2.

Diga el testigo cuál es el concepto que le merece el mismo, el procesado Sr

3. Diga el testigo qué relaciones comerciales tiene con el procesado. 4. Diga el testigo si a lo largo de las mismas, en alguna oportunidad, ha tenido algún problema con el procesado por razones económicas. 5. Diga el testigo si sabe y le consta que el procesado realiza operaciones financieras. 6. Diga el testigo si tiene conocimiento que en alguna de esas operaciones el procesado haya tenido algún problema y en caso afirmativo denuncie el mismo si es de su conocimiento. 7. De público y notorio. Firma del abogado Firma del imputado

§ 10. Testimonial En Lima, a los

días del mes de

de

mil novecientos compareció ante

S.Sa. y el autorizante una persona llamada a declarar, quien previo juramento de decir verdad que prestó en legal forma e impuesta que fue de las penalidades del falso testimonio, dijo llamarse de edad, de estado civil identidad con

y ser de nacionalidad

, de profesión

, de

...............

años

, y domiciliarse en acreditando

.

Abierto el acto por S.Sa. y preguntado el compareciente a tenor del interrogatorio de fs , del cuaderno de prueba de la defensa del procesado. A LA PRIMERA PREGUNTA CONTESTO Que conoce al imputado desde al año 1950 por razones de trabajo. Que al agraviado no lo conoce. Que entiende que no le comprenden las generales de la ley, que previamente le fueron explicadas, respecto de ninguna de las partes. A LA SEGUNDA PREGUNTA CONTESTO Que le merece el mejor de los conceptos tratándose de una persona que en todos las órdenes de su vida se desenvuelve con responsabilidad y corrección. A LA TERCERA PREGUNTA CONTESTO Que el dicente tiene relación comercial con la empresa "

" en la cual el imputado es Jefe de Sección y en lo referente a

trámites de sus directivos con el procesado. Que dicha empresa se dedica a la compra-venta de bares y restaurantes, es decir, son martilleros y balanceadores. Que el dicente nunca tuvo cuestiones de Índole económico con el procesado a quien considera una persona honesta y de gran responsabilidad. A LA CUARTA PREGUNTA CONTESTO Que se remite a lo declarado precedentemente. A LA QUINTA PREGUNTA CONTESTO Que sabe que el procesado realiza por su cuenta algunas operaciones financieras sobre todo con hoteles para familias, operaciones independientes de las que realiza en la empresa donde es empleado. Que lo narrado lo sabe por habérselo comentado el propio procesado.

La sexta pregunta no se formula en razón de lo dispuesto a fs

(en

resolución

anterior el Fiscal ordenó que no se formulara la sexta pregunta por no guardar relación con los hechos investigados en la presente causa) A LA SEPTIMA PREGUNTA CONTESTO Que así lo considera con lo que fmaliza el acto y previa lectura y ratificación firmó después de S.Sa. por ante mí que doy fe. Firma del Fiscal Firma del testigo Firma del Secretario

§ 11. Teletipograma Procedencia Juzgado

.

Secretario

.

Destinatario Señor Fiscal Provincial de Sírvase citar para el día horas a:

. del corriente .

, domiciliado en

Saludo atentamente, Firma del Secretario

para presentarse en

, piso .

§ 12. Cédula de notificación Señor . Domicilio

.

DENUNCIADO Hago saber a usted en la causa N°

Año

............... caratulada: "

que el señor Fiscal ha dispuesto que concurra a prestar declaración el día

" .

a las horas, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 160 del Código Procesal Penal de 1996, que a continuación transcribo: "La infracción de la comparecencia en los casos que el imputado sea citado para su declaración o para otra diligencia, determinará la orden de ser conducido compulsivamente por la policía". Si el imputado no cumple con las restricciones impuestas en el arto 157, previo requerimiento realizado por el Fiscal o por el Juzgador en su caso, se revocará la medida y se dictará mandato de detención." Queda usted Notificado. Queda autorizado para su diligenciamiento el Señor Lima, de

de 199

Firma del Secretario

.

§ 13. Oficio Lima, de

de 199

.

Al Señor Juez en lo Penal ............... , Provincia de

.

de turno de Tengo el agrado de dirigirme a V.S. en causa N° ............... caratulada: " ", tramita por ante este Juzgado Penal en

, a fin de que se sirva disponer lo

necesario para que se reciba declaración testimonial a que debe declarar), domiciliado en

que

de

(nombre de la persona

(nombre de la localidad, ciudad,

etc.). Como mejor recaudo se transcribe el auto que motiva el presente: "Lima, de 199

.

Oficiese al Sr. Juez de testimonial a

de

a fin de que se reciba declaración

a tenor del siguiente interrogatorio:

1° Para que explique si conoce a

.

agraviado

en

esta

causa,

ya

procesado en la misma, ambos vecinos de esta Capital, caso afirmativo si le comprende respecto de ellos las generales de la ley, que previamente se le explicarán. 2° Si el día

de

de 199

el testigo estuvo en esta Capital, dando razón de

su dicho. 3° Si en dicho día concurrió al comercio de la calle ............... N°

y,

caso

afirmativo, en qué horas lo hizo. 4° Si en dicha visita presenció que el procesado se trabó en lucha con el querellante , explicando todos los detalles, en caso afirmativo, de los sucesos que presenció. 5° Si había otras personas que presenciaron los hechos y, caso afirmativo, si puede individualizarlas. 6° De público y notorio". Dejo constancia que me he declarado competente para conocer en la causa.

Dios guarde a V.S. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 14. Promueve incidente de tacha de testigos Señor Fiscal Provincial: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de con domicilio

constituido en

en la causa N°

,

a V.S. respetuosamente digo:

1 ° Que en uso de las facultades que me otorga el arto 225 del e.p.p., formulo las tachas de los testigos

, según las circunstancias que paso a enumerar:

1.- El primer testigo,

, tiene amistad íntima con el denunciante

. 2.- El segundo está comprendido en los extremos del arto 232 inc. 1 y 2 del e.p.p. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del defensor OTROSI DIGO: Para el caso que como consecuencia de los testimonios a rendirse surgieren contradicciones en los dichos de los testigos propuestos, desde ya solicito las correspondientes confrontaciones, así como toda otra diligencia que resulte procedente. Tenerlo presente, también será justicia. Firma del defensor

Firma del imputado

§ 15. Confrontación entre testigos (art. 242 del C.P.P. de 1996) En la ciudad de y

a

días del mes de

............... de mil noveciento noventa

comparecieron ante S.S. y Secretario autorizante, el testigo Sr . ...............

cuyas condiciones personales obran en autos a fs . ............... , y el testigo Sr cuyos demás datos personales obran también a fs

de autos, entre los

cuales se ha dispuesto realizar una confrontación. Abierto el acto por S.S., éste informa a los testigos del objeto del mismo y les instruye sobre las penalidades del falso

testimonio,

tomándoles

juramento,

que

prestan

en

legal

forma.

Inmediatamente después S.S. dispone que se dé lectura a las declaraciones del Sr

obrantes a fs

,

ya las del Sr

obrantes a fs

,

señalándoles las contradicciones existentes, e invitándoles a que reconvengan y traten de acordarse. A lo que el testigo ............... dijo:

.

Por su parte el testigo

dijo:

.

Con lo que se dio por terminado el acto, que previa lectura y ratificación firman S.S. y los comparecientes, todo por ante mí de lo que doy fe. Firma del Fiscal Firma de un testigo Firma de otro testigo Firma del secretario

§ 16. Confrontación entre testigo e imputado (art. 242 del C.P.P. de 1996) En la ciudad de novecientos noventa y

,a

días del mes de

............... del año de dos mil

. comparecieron ante S.S. y Secretario autorizante, el

señor ............... cuyas condiciones personales obran en autos a fs . ............... , y el imputado , de condiciones personales relacionadas a fs , de autos, entre los cuales se ha dispuesto realizar un careo para el cual el último presta su conformidad. Se encuentra presente el defensor Dr . ............... abierto el acto por S.S. éste informa al testigo ............... sobre las penalidades del falso testimonio y le toma juramento, que presta en legal forma. Informados ambos comparecientes sobre el objeto del acto, S.S. dispone que se dé lectura a las declaraciones de

de fs .

............... , y de

de fs señalándoles

las contradicciones existentes e invitándoles a que re convengan y traten de acordarse. Manifestando el testigo que . A lo que el imputado expresó:

.

Con lo que se dio por terminado el acto, que previa lectura y ratificación, firman S.S. y los comparecientes, todos por ante mí, de lo que doy fe. Firma del Fiscal Firma del testigo Firma del imputado Firma del secretario

Capítulo XIV PRUEBA PERICIAL (arts. 245 81260 del e.p.p. de 1996) PRUEBA PERICIAL El perito es un experto designado por el Fiscal según el arto 245 del C.p.p. de 1996, que, según lo dispuesto por éste y dentro de los límites legalmente regulados, produce un dictamen sobre cuestiones técnicas que son propias de su especialidad para asesorar en materia ajena a los conocimientos de los magistrados. Los peritos "de parte" no son verdaderamente tales, sino auxiliares de la administración judicial. La prueba pericial puede ser ordenada de oficio o a petición de parte: " quien pretende controlarla puede proponer también peritos a su costa con indicación de profesión, nombre y apellido y domicilio del propuesto. No procede hacer conocer a las partes el derecho que tienen de proponer perito a su costa, basta notificarlas del peritaje y designación o designaciones. Los peritos deben tener títulos de tales en la ciencia, arte o industria a que pertenece al punto que será motivo de su juicio; si la profesión no estuviese reglamentada o no hubiese personas con título, pueden ser designados otros entendidos pero sin él. La inscripción en la matrícula de peritos es requisito únicamente para la designación de oficio. Los peritos que no integren los cuerpos periciales deben aceptar el cargo bajo juramento, al ser citados para ello. Los peritos oficiales no deben jurar, pues ya juraron al aceptar su cargo permanente. El personal técnico policial puede actuar sin prestar juramento, en virtud de obligación legal u orden de autoridad competente. La omisión del juramento puede salvarse con la ratificación del informe bajo juramento. Los peritos oficiales deben practicar juntos la diligencia pericial pero pueden disentir hasta expedirse por separado (art. 257 del e.p.p. de 1996).

Cuando exista pericia de parte con conclusión discrepante, se pondrá en conocimiento de los peritos oficiales para que en el término de 5 días se pronuncien sobre ella. Es facultad del Fiscal abrir el debate entre los peritos oficiales yel perito de parte (art. 259 del e.p.p. de 1996. El perito designado puede excusarse únicamente por las causales previstas en el arto 251 del e.p.p. de 1996). El Fiscal fijará prudencialmente los honorarios de los peritos que no sean servidores públicos, los mismos que serán cubiertos con fondos del Estado (art. 260 del e.p.p. de 1996). El Código Procesal Penal de 1996 dice: El informe de los peritos oficiales contendrá: 1.- Los nombres, apellidos, domicilio y libreta electoral de cada uno de los peritos, así como el número de su registro profesional en caso de colegiación obligatoria. 2.- La descripción de la situación o estado de hecho, sea persona o cosa, sobre los que se hizo el peritaje. 3.- La exposición detallada de lo que se ha comprobado en relación al encargo. 4.- La motivación o fundamentación del examen técnico. 5.- La indicación de los criterios científicos o técnicos, métodos y reglas de los que se sirvieron para hacer el examen. 6.

-Las conclusiones.

7.

-La fecha, sello y firma.

Si las partes proponen perito a su costa para el peritaje ya ordenado pueden solicitar al Fiscal que permita a su experto presenciar las pruebas periciales hacer las observaciones y dejar las constancias que su técnica les aconseje (art. 253 del C.P.P. de 1996) Si el material objeto del estudio puede ser destruido en éste, la diligencia debe ser efectuada con intervención de las partes pues no será reproducible en el juzgamiento bajo su control. El caso no es demasiado frecuente, salvo que el material obre en ínfima cantidad o sea perecedero.

Los peritajes que se producen antes que las partes sean legitimadas como tales no pueden ser objetados por éstas a su legitimación si no fueren reproducibles (por ejemplo: necropsia), pero en todo lo posible debe asegurarse la reproducción del peritaje (por ejemplo: utilizando solamente parte del material y guardando el resto) La tacha del o de los peritos no suspende la diligencia o el informe pero puede producir su posterior invalidez. Juzgamiento: Las partes pueden usar libremente del derecho de solicitar la prueba pericial cuando verse sobre cuestiones directamente relacionadas con la existencia o inexistencia del hecho incriminado o sobre la responsabilidad penal del procesado. Si la pericia es de interés común para varios procesados pueden ofrecer peritos sus defensores, pero no pueden hacerlo en caso de intereses contrapuestos. CUERPOS PERICIALES Según los arts. 278-285 Ley Orgánica del Poder Judicial, la labor pericial puede ser desempeñada por: - La Policía y sus cuerpos especializados en Criminalística. - El Instituto de Medicina Legal - Los Organismos del Estado, que por la naturaleza de sus actividades puedan aportar medios útiles para el mejor esclarecimiento de los hechos. - Las entidades, personas naturales o jurídicas que reúnan las cualidades previstas en el arto 215 (conocimiento especializado de naturaleza científica, técnica o de experiencia calificada). Los peritajes más utilizados son: - Grafotécnico - Médico Forense, Médico Legal -Químico -Contable -Tasación - Balística -Rastros

- Fotometría - Dactiloscópico - Electro fotometría de absorción atómica

MODELOS § 1. Propone perito para diligencia ya ordenada Señor Fiscal Provincial: ............... (nombre y apellido del defensor), defensor de

en la causa N°

, con domicilio en

............... , a V.S. respetuosamente digo: Que atento al peritaje dispuesto por V.S. a fs . vengo a proponer como perito de mi parte, y a su costa, al ............... (doctor en medicina, contador público nacional, médico, perito calígrafo, ingeniero, licenciado en criminología, etc.) (nombre y apellido del designado), domiciliado en Proveer de conformidad, será justicia. Firma del imputado Firma del defensor

.

§ 2. Propone peritaje y perito Señor Fiscal Provincial: ............... (nombre y apellido del imputado), por la representación que tengo acreditada en causa N°

, con domicilio constituido en

a

V.S.

respetuosamente digo: Que, atento al estado de la investigación donde está demostrado que todos los documentos atribuibles a . y cuya falsificación se investiga, no corresponden al puño y letra de mi representado (ver peritaje de fs

), debo insistir en solicitar

que los peritos se expidan más ampliamente. En efecto, si se pudiera determinar que todos los documentos espurios provienen de una misma mano, y no de varias, podría partirse de un elemento de orientación común que debe facilitar la investigación. Caso contrario, producto todos o algunos de varias manos diferentes, la investigación se orientaría de otra manera. Por ello vuelvo a proponer como perito a costa de mi parte al perito calígrafo domiciliado en

. para que conjuntamente con el o los peritos que

designe V.S. de oficio, practique la diligencia e informe de su especialidad para determinar si todos los documentos atribuidos a mi representado y que (según informe de fs . ............... ) no han sido producto de su puño y letra, han sido o no han sido confeccionados por una misma persona. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del imputado Firma del defensor

§ 3. Propone peritaje, perito calígrafo y perito químico Señor Fiscal Provincial: ............... (nombre y apellido del apoderado), por la representación del imputado que tengo acreditada en la

causa N°

con domicilio constituido en

,

a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a solicitar de V.S. se sirva disponer la realización de peritajes del documento que es materia de investigación, a fin de determinar si todas las partes manuscritas del mismo corresponden al mismo puño y letra y si se ha utilizado en ellas la misma tinta. Destaco que la observación del documento permite sospechar de las manifestaciones de fs

, que le atribuyen su redacción en un único tiempo,

aparentemente cifras y letras no tienen la misma coloración y no todas las letras parecen de la misma mano. Para establecer, como primer tiempo, si toda la parte manuscrita es del mismo puño y letra, propongo como perito de mi parte al Sr. Calígrafo

domicilado en

Como segunda etapa, ya que el estudio químico puede implicar la destrucción parcial o mutilación de los textos y a fm de determinar si la misma tinta ha sido utilizada en la parte manuscrita, propongo al Sr. Doctor en Química , domiciliado en

...............

.

Solicito que en la primera etapa se adopten todos los recaudos técnicos (fotografía, macrofotografías, etc) para obviar los inconvenientes que pudieren surgir del segundo peritaje. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del peticionario Firma del defensor

§ 4. Oficio disponiendo peritaje del cuerpo médico forense Lima, de

de 199

.

Señor Director del Instituto Médico Legal: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en la causa N° sirvan reconocer a , con domicilio en

............... , a fin de que se

informando acerca de

según

las

prescripciones de ley y de estilo. Saludo a Uds. muy atentamente. Firma del Fiscal Firma del Secretario Nota: Si se requieren informes sobre especialidades diferentes, se debe hacer un oficio para cada una de ellas.

§ 5. Oficio disponiendo peritaje químico Lima, de

de 199

Al Señor Perito Químico

. .

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la causa N° ............... a fm de que se sirva practicar, en las vísceras correspondientes a la autopsia ND , del cadáver de ............... un examen de su especialidad e informe acerca de ............... según las prescripciones de ley y de estilo. Saludo a usted muy atentamente. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 6. Tacha de perito Señor Fiscal Provincial: ............... (Nombre y apellido del apoderado), por la representación del imputado que tengo acreditada en la

causa N°

, con domicilio constituido en

.

a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a formular tacha con causa al perito propuesto por la defensa

,

en razón de tener enemistad manifiesta con mi parte. A fin de probar esta enemistad de V.S. solicito se sirva librar oficio al Juzgado Nacional de Primera Instancia de Trabajo requiriendo la remisión "ad effectum videndi et probandi" de los autos caratulados: "

el

. s/despido". Este juicio promovido por el perito de la

defensa contra mi representado excede los normales problemas de intereses en su momento contrapuestos, es una verdadera demostración de su rencor contra mi parte como surge de los escritos de fs

, que señalo como particularmente

relevantes. Por ello solicito: Declarar fundada la tacha en su oportunidad. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del peticionario Firma del defensor

§ 7. Propone perito de parte Señor Fiscal Provincial: ............... (nombre y apellido del imputado), por la representación que tengo acreditada en causa N°

,

con domicilio constituido en

,

a

V.S.

respetuosamente digo: Que, con el fin de establecer la capacidad psíquica de mi defendido se ordenó un peritaje a cago del Cuerpo Médico Forense, en particular para determinar si tiene o no facultad para delinquir. En su virtud, y atento lo previsto por el arto ..... propongo como perito de parte al Dr

, médico, con domicilio en

, quien, una vez nombrado, aceptará el

cargo en forma legal y procederá a actuar en forma conjunta con los profesionales respectivos. Proveer de conformidad, SERA JUSTICIA Firma del letrado

Capítulo XV PRUEBA DOCUMENTAL (art. 261 al 264 del C.P.P. de 1996) PRUEBA DOCUMENTAL El arto 261 del C. P. P. de 1996 establece que el Fiscal incorporara al proceso el documento que pueda servir como medio de prueba, estando obligada la persona que lo tenga en su poder a presentarlo, exhibirlo o permitir su conocimiento, salvo dispensa, prohibición legal o necesidad de orden judicial previa. Para este caso se consideran documentos los manuscritos, impresos, películas, fotografias, representaciones gráficas, grabaciones magnetofónicas y medios que contienen registro de sucesos, imágenes, voces; y otros similares.

MODELOS § 1. Solicitud de presentación o exhibición de documentos Sr

.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., para comunicarle lo siguiente: 1.- Que, en el proceso penal seguido contra

.

por delito de ante esta Fiscalía Penal, hemos tomado conocimiento que obra en su poder el contrato firmado entre el imputada

y el agraviado

,

por lo que siendo indispensable para esta investigación la incorporación de dicho documento como medio de prueba, le solicito su presentación o exhibición voluntaria de acuerdo a lo prescrito por el arto 261 del C. P. P. de 1996 in fine. Lima, de

de 199

Firma del Fiscal Firma del Secretario

.

§ 2. Solicitud de secuestro de documento privado Señor Juez Penal: ............... (Nombre del Fiscal), titular de la N° . Fiscalía Provincial Penal, en el proceso penal seguido contra por delito de en agravio de ................ a Ud. digo: Que solicito orden de secuestro del documento privado que obra en poder de domiciliado en

. "ante la negativa de éste de presentarlo a esta

Fiscalía. Atentamente Lima, de

:

de 199

.

Capítulo XVI PRUEBA DE INFORMES (art. 264 del C.P.P. de 1996) PRUEBA DE INFORMES El arto 264 del C. P. P. de 1996 establece que el Fiscal podrá requerir informes técnicos o sobre datos que consten en registros oficiales o privados llevados conforme a ley. El incumplimiento o retardo de la responsabilidad penal.

MODELOS § 1. Solicita informes Lima, de

de 199

.

Al Sr. Director del Servicio Meteorológico Nacional S.D. Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en la causa N

............... caratulada

a

fin de solicitarle se sirva informar acerca de los registros efectuados el día

,

entre las horas

y

, con relación a la precipitación pluvial caída

entre esas horas en esta Ciudad, con el mayor detalle posible. Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 2. Solicita informes Lima, de

de 199

.

Al Señor Gerente de la Empresa "FIAT CONCORD S. A." Tengo el agrado de dirigirme a Usted en la causa N v seguida a

por

homicidio culposo por ante el 1) Juzgado Penal Secretario

(número)

en cuyo cuaderno de prueba de la defensa se ordenó el presente a

fm de que haga saber a esta Fiscalía las medidas externas, es decir, el largo y ancho total del "Fiat modelo 600". Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Fiscal

§ 3. Solicita informes Lima, de

de 199

.

Al Sr. Jefe de la Sucursal de Correos

.

S.J. Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en la causa N°

............... caratulada

, a

fin de solicitarle se sirva disponer lo necesario para que se remita a este Juzgado. a) copia autenticada del telegrama N° , de fecha domicilio en ............... , y que le fue remitido por

, dirigido a

,

con

.

b) copia autenticada de la constancia de su recepción. Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 4. Ofrece prueba de informes Firma del Fiscal: ............... (Nombre y apellido del apoderado), con domicilio constituído en

, según la representa-

ción que tengo acreditada en esta causa N°

, del

querellante , a V.S. respetuosamente digo: l.- Que he asumido recientemente la representación del querellante por lo que termino de tomar cabal conocimiento del desarrollo de la investigación a la que pretendo hacer algún aporte complementario para facilitar la pretensión que ejerzo. A tal efecto me permito ofrecer la siguiente prueba. II.- PRUEBA DE INFORMES Requiero se libre oficio al Hospital

a fin de solicitar la remisión de la

historia clínica de mi representado, haciendo constar que ingresó con fecha y que egresó el

.

del mismo año, y en su caso que se informe el probable

tiempo que llevará su recuperación total. III.- PRUEBA TESTIMONIAL De las averiguaciones que he practicado surge que .................... (de nacionalidad, de profesión, domiciliado en, etc.), que trabajaba con mi representado en .................... vio el desarrollo de la mayor parte del hecho investigado, ya que el mismo ocurrió a pocos metros del lugar de trabajo. A tal efecto sugiero el interrogatorio a tenor del cual deberá declarar, sin perjuicio que V.S. lo amplíe en la forma en que lo considere necesario: 2) 3) 4) 5)

Por las generales de ley

6)

Diga el testigo si presenció el hecho a raíz del cual sufriera lesiones el

querellante y dé razón de su presencia. 3) Diga el testigo cuándo, dónde y cómo sucedió el hecho mencionado.

4) De público y notorio. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del imputado Firma del defensor

Capítulo XVII RECONOCIMIENTO DE PERSONAS (art 265 del C.P.P. de 1996) RECONOCIMIENTO DE PERSONAS De conformidad con el arto 265 del C. P. P. de 1996, el reconocimiento de personas se realiza cuando fuere necesario individualizar a una persona. El que efectúa el reconocimiento debe, previamente, describir a la persona materia de reconocimiento. Luego, se le pondrá a la vista junto con otras de aspecto exterior semejante. En presencia de todas y desde un punto de donde no pueda ser visto indicará si entre aquellas se encuentra a quien se refirió en sus declaraciones y en caso afirmativo cuál de ellas es. Se puede, excepcionalmente, realizar el reconocimiento utilizando fotografias u otros registros.

MODELOS § 1. Ordena reconocimiento de personas Lima, de (fs

de 199

Atento a las manifestaciones del testigo

), practíquese un reconocimiento del imputado en rueda de

personas, a fin de establecer si efectivamente lo conoce y ha visto en las circunstancias ya consignadas en su declaración. Fijase audiencia a tal fin para el día

del mes

Firma del Fiscal Ante mí: Firma del secretario

de

a las hs. del corriente año.

§ 2. Reconocimiento de personas (art. 265 del C. P. P. de 1996) En la ciudad de Lima, a noventa y

días del mes de ............... de mil novecientos

, S.S. y Secretario autorizante se constituyen a los efectos de

que ............... (nombre del testigo), cuyas demás condiciones personales obran en autos a fs

proceda a reconocer a una persona que menciona en su declaración

de fs . ............... Indicado por S.S. el objeto del acto . (nombre de la persona que debe efectuar el reconocimiento) es enterado de las penalidades del falso testimonio y presta juramento en legal forma. Acto seguido S.S. le interroga para que haga una descripción de la persona a reconocer y manifestarse si con anterioridad la reconoció y vio personalmente o en imagen, a lo que el interrogado declaró:

.

Inmediatamente se constituyó un conjunto de personas, de condiciones exteriores semejantes, y en el que el individuo a reconocer eligio su colocación, quedando la rueda así formada: N° 1

, N° 2:

, N° 3: ............... , N° 4:

, N° 5:

de izquierda a derecha. Seguidamente, S.S. dispone que se haga comparecer al testigo

, quien se mantuvo, hasta el momento, alejado del

lugar. Invitado éste para que diga si entre quienes integran la rueda se encuentra la persona a la que hizo referencia, dijo:

Con lo que se dio por terminado el

acto, que previa lectura y ratificación del acta, firman S.S. y el testigo compareciente, todo por ante mí, de lo que doy fe. Firma del Fiscal Firma de la persona que efectuó el reconocimiento Firma del secretario

§ 3. Acta de reconocimiento de personas En Lima

del mes de

de 199

de acuerdo con lo prescripto en el (art. 265

del Código Procesal Penal de 1996); S.Sa dispuso se formara en (Secretaría, Centro de Detención Judicial o lugar donde se practique), una fila de personas compuesta: por

domiciliado en

, por , domiciliada en ............... , por

domiciliada en

, por ............... , domiciliada en

,

quienes

,

mantienen

semejanza entre sí por su aspecto físico, educación y modo de vestir. Acto continuo o llevado que es a presencia de aquéllos

(el testigo o damnificado, o

persona que va a reconocer), cuyos demás datos personales obran a fs . ............... , es preguntado por S.Sa

previo juramento de decir verdad si

persistía en su declaración de fs . y manifiesta: Que se ratifica del contenido y firma de la misma. Preguntado si, después de prestar dicha declaración, ha vuelto a ver a la persona que se refiere en aquélla, contesta

.

Preguntado si entre las personas que forman la fila se encuentra la que ha mencionado en su citada declaración, dice: Que el autor del hecho que (presenció o denunció), es el

(primero,

segundo, tercero o cuarto) contando desde la (izquierda o derecha), al que se hace dar un paso al frente, y se identifica como ............... (nombre y apellido del reconocido). Preguntado el testigo si advierte diferencias entre el reconocido y el autor del hecho al momento de cometerse éste, manifestó: Que

(si o no) las advierte en la persona: que ............... (si o no) las advierte en

su vestimenta Que si no alcanzó a ver al menor a más de un carril de distancia estaba negligentemente distraído y es, otra vez, responsable por el mismo título; 3° Que si vió al menor y pudo evitarlo o detenerse fue imperito en la conducción al no hacerlo, y otra vez es culpable, y 4° Que la posible culpa concurrente del menor VÍctima es totalmente irrelevante en los aspectos penales. Esta argumentación de la sentencia es un ejercicio dialéctico sin apoyo ni sustento material alguno que viola la norma del arts. 393 al 405 del C.P.P. como se demostrará. Así me atrevo a afirmarlo pues se han soslayado aspectos fundamenteales respecto a la dinámica de los móviles, leyes de inercia y demás elementos que integran racionalmente el comportamiento de los automotores y de

sus conductores en la vía pública; tampoco se analiza un aspecto fundamental del caso: que el paso estuviera o no expedito para mi defendido, elemento estrechamente relacionado con la velocidad del rodado en el momento del hecho. Quien circula a una velocidad de 30 a 40 kilómetros por hora, que es norma legal, al ser sorprendido por la inesperada aparición de un peatón de entre los automóviles también normalmente estacionados, no puede efectuar maniobra o previsión alguna para evitar el evento. Si mi defendido no hubiera obrado en forma diligente y experta el accidente pudo ser mucho más grave. Si agregamos a ello que, según el testigodefs , la VÍctima intentaba el cruce de la calle a la carrera, es de imaginarse que mi defendido no pudo alcanzar a frenar o desviar ya que recién pudo advertirla a una distancia no mucho mayor de un metro. IV.- En último y defInitivo análisis la sentencia de V.E. se sustenta en que mi defendido circulaba por el tercer carril, contando desde el lugar de donde salía la víctima con lo que tenía la posibilidad de evitar el accidente; para ello V.E. hace abstracción de tres testigos empleados de la estación de servicio que en los planos respectivos ubican al coche luego del accidente no en el tercer carril sino en el segundo, en notable coincidencia (ver fs ) que hace vuestra argumentación totalmente falta de sustento probatorio. v.- Desde otro enfoque la sentencia condenatoria se basa en la coincidencia entre los dichos de mi defendido y los de los testigos, sin precisar de manera alguna cuáles son los testimonios concordantes, afirmación que se convierte en un mero enunciado carente de valor que se contradice con las constancias de autos ya que los tres únicos testigos presenciales se contradicen entre sí y, a veces consigo mismos. Así el testigo

afirma a fs

que la víctima transitaba por la senda

peatonal pero, afs, . aclara que sobre ella había un automóvil mal estacionado, agrega que la víctima cruzaba de Este a Oeste; el testigo ............... (fs

) coincide

con la primera versión pero asigna a la víctima la dirección opuesta; el tercer testigo, acompañante de mi defendido, refiere que la víctima salió sorpresivamen te de en tre los automóviles estacionados y fuera de la zona peatonal. Como se

advierte la falta de coincidencia es total y resultó tan sugestiva para el Sr. Magistrado de primera instancia que denunció por falso testimonio a los dos primeros testigos. Como -coincidentes entre sí quedan únicamente los tres empleados de la estación de servicio que valoré precedentemente en cuanto a su concordancia acerca de la ubicación del automóvil de mi defendido en el tercer carril, luego del accidente. Pero esta coincidencia es en favor de mi defendido. VI.- La sentencia condenatoria parece un pronunciamiento típico de esfera civil, pero no puede aceptarse la determinación de la responsabilidad en esfera penal siguiendo este método. Los grados de imprudencia y negligencia que se adjudican a mi defendido carecen de toda relevancia y son el producto de una mera construcción extraña al razonamiento científico ya los hechos probados y demostrados en autos. En último análisis, observando con absoluta sencillez y sin prejuicios el suceso de autos, tendremos que coincidir que el mismo se produce por la natural im prudencia de una criatura que cruza la calle sin tomar precauciones mínimas como es propio de su edad. VII.- La norma del arto 222 del Código Procesal Penal hace a la esencia misma de la garantía de la defensa en juicio en cuanto prohíbe dividir la confesión sobre la base de meras deducciones, sino sobre pruebas y hechos concretos. Si mi defendido manifiesta que tenía expedito el paso, que frenó el vehículo, que el menor cruzaba por lugar no permitido y que apareció sorpresivamente detrás de un automóvil estacionado sobre la vereda, su versión (o confesión si así queremos llamarla) no puede dividirse en su contra mediante presunciones o hipótesis que no se sus ten tan en otras probanzas. La sentencia que impugno llama confesión al reconocimiento de haber guiado el automóvil contra el cual golpeó el menor, lesionándose. El principio de la indivisibilidad se verifica cuando los dichos del procesado no están desvirtuados por probanza alguna y si un testigo los corrobora al menos parcialmente. En este caso el acompañante de mi defendido corrobora a

fs

su versión, sin dejar de advertir que su testimonio es objetable en razón de

amistad, pero inobjetable por ser testigo necesario. VIlI.- Ya adelanté mi opinión que la sentencia de V.E. viola también lo estatuído por el arto IX in fine Tít. Prel. Código Procesal Penal de 1996 en cuanto establece que en caso de duda debe estarse siempre a lo que sea más favorable al acusado, tal como se entendió en primera instancia y es aplicable por mínima que sea la duda que sUIja a través de la valoración de la prueba existente. Es preferible la absolución de noventa y nueve culpables antes que la condena de un inocente. La absolución de algún culpable es el precio que todos debemos pagar para seguir viviendo en libertad. IX.- Por todo ello, solicito a V.E. conceda el recurso interpuesto y ordene la elevación de los autos a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la República para su resolución definitiva. Proveer de conformidad será justicia. Firma del procesado Firma del defensor

Capítulo XXVII HABEAS CORPUS (Ley N° 23506) HABEAS CORPUS El Habeas Corpus se encuentra regulado por la ley N° 23506 (Ley de Habeas Corpus y Amparo). Debido a su importancia en el ámbito penal es que estimamos conveniente incluirlo en el presente trabajo. Acción designada a proteger la libertad personal de los abusos de los funcionarios públicos, ya sea que la restricción se haya concretado o sea una amenaza efectiva. Puede ejercitarla el mismo interesado o cualquier otra persona capaz; generalmente no es el beneficiario el accionante. Debe tenerse presente que, salvo casos de excepción, no se tramita la acción si no se la ratifica en el Juzgado. El beneficiario debe individualizarse con la mayor cantidad de datos personales posibles, indicando también los datos que se poseen acerca de la autoridad de la que emanaría la orden abusiva, es imprescindible definir la ilegalidad. En la tramitación judicial de la acción de Habeas Corpus no interviene el Ministerio Público, salvo para coadyuvar a la defensa del perjudicado, como defensor del pueblo (art. 23 jnc. 4 Ley N° 23506). La resolución que se dicte es apelable ante la Sala Penal superior y ésta facultad recurso de apelación ante la Sala penal de l@. Corte Suprema (arts. 19, 20, 21 y 22 Ley 23506) y susceptible de recurso extraordinario ante el Tribunal de Garantías Constitucionales Ley N° 23385.

MODELOS § 1. Habeas corpus Sr. Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del representante), con domicilio real en

,

constituyéndolo legal en ............... a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a iniciar "habeas corpus" en beneficio de ............... , de nacionalidad , nacido el

,

domiciliado en

en

, hijo de don y de doña

, de

estado

civil

, documento de identidad .

El beneficiario fue detenido en ell ugar que se indicó como su domicilio el día

del

corriente, en horas de la noche, por tres personas, que alegaron pertenecer a la Policía Nacional y estar diligenciando su captura. Todas las gestiones realizadas ante diversas autoridades policiales no han pennitido ubicar al beneficiario, pero ha quedado demostrada la inexistencia de orden judicial que restrinja su libertad. Por ello la detención debe ser reputada ilegal y debe cesar de inmediato. Por todo ello de V.S. solicito: 1° Requiera infonne del señor Jefe de la Policía Nacional acerca de la detención que sufre el beneficiario; caso afirmativo, autoridad que la ordenó y que no se proceda a trasladar al beneficiario fuera de esta Capital hasta tanto no se resuelva definitivamente el presente. 2° Oportunamente acoja favorablemente la presente acción. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del presentante

§ Habeas corpus Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido de accionante), porderecho propio, con domicilio real en y constituyéndolo en , a V.S. respetuosamente digo: Que vengo a iniciar "habeas corpus" en mi propio beneficio, en virtud de los hechos que paso a exponer. En los días del pasado mes de del

corriente año y en el día

del

mes

en curso han concurrido a mi domicilio en horas diversas varias personas de sexo masculino, siempre en número de dos, que han requerido mi presencia, alegando pertenecer a la Policía Nacional y obrar por mandato judicial. Evidentemente este requerimiento personalísimo y sin proporcionar dato alguno que me permita conocer y satisfacer el requerimiento judicial, no puede ser sino una encubierta forma de restringir ilegí timamen te mi libertad, ya que ningún magistrado me ha citado ni efectuado requermiento alguno en legal forma. Mis averiguaciones me han permitido descartar la existencia de orden alguna que restrinja legalmente mi libertad. Por ello, de V.S. solicito: 10 Requiera informe del señor Jefe de la Policía N acional acerca de la orden de detención que recaiga sobre mi persona; caso afirmativo, la autoridad que la ordenó. 20 Oportunamente acoja favorablemente la presente acción. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del presentante.

§ 3. Teletipograma Procedencia Juzgado

.

Destinatario Jefe Policía Nacional Secretario

.

Tengo agrado dirigirme a Ud., en el expediente

............... habeas corpus en

beneficio de , nacionalidad

, nacido el

hijo de

habría sido detenido el día

, y de , quien

, domiciliado en

, D.N.I. ~

,

,

que

para

informe dentro de las 24 horas si el beneficiario se encuentra detenido, caso afirmativo, autoridad que ordenó detención. El beneficiario no puede ser trasladado de esta Capital durante tramitación habeas corpus. . Saludo atte. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 4. Oficio Lima, de

de 199

.

A V.E. el Sr. Ministro del Interior Don

.

S.D. Tengo el honor de dirigirme a V.E. en la causa N° ............... caratulada: "

s/acción de Habeas Corpus en su favor", a

efectos de solicitarle tenga a bien remitir a este Juzgado fotocopia autenticada del decreto mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la detención de ............... , y asimismo para que sirva informar si el nombrado hizo uso de la opción para egresar del país, caso positivo en qué fecha. Dios guarde a V.E. Firma del juez Firma del secretario

§ 5. Presento pruebas (art. 23 inc. 5 de la Ley N° 23506) Señor Juez Penal: ............... (Nombre y apellido del accionante) con do micilio constituído en en la causa N°

,

,

"habeas corpus" en beneficio de a

V.S.

respetuosamente digo: Que V.S. me ha conferido vista de los informes negativos obrantes a fs

y, según

los cuales el beneficiario se encontraría en libertad. Vengo por el presente a impugnarlos de falsos y a ofrecer a tal efecto prueba. Tal como manifesté en mi acto inicial el beneficiario ............... fue detenido el corriente, a las ............... horas, y fue trasladado de inmediato a

del

. donde quedó

ilegalmente alojado y de donde fue días más tarde removido con destino que desconozco. Estuvo alojado con el beneficiario

, domiciliado en

,

el que pesaba orden de captura del Juzgado de

Instrucción N°

,

Secretario

contra

, en causa N° ............... y que fue trasladado para ser indagado,

quedando de inmediato en libertad, oportunidad en que se comunicó con los familiares del beneficiario, tal como éste lo pidió. En el proceso mencionado consta la detención de ............... , a quien ofrezco como testigo de la detención ilegal, solicitando también la debida certificación de dicha causa para corroborar mi manifestación. Asimismo solicito se libre despacho a

donde estuvo ilegalmen te detenido

el beneficiario, para que remita la nómina del personal que prestó servicios en la dependencia durante los días

del corriente, con aclaración de sus grados y

turnos, pues de esa nómina el testigo podría señalar a un oficial que se habría manifestado conocedor de la ilegal situación y muy molesto por ella. Por todo ello de V.S. solicito: 1 ° Se sirva producir la prueba solicitada. 2° Tenga presente que me reservo el derecho de peticionar nuevas medidas, según el resultado de las precedentes. Proveer de conformidad, será justicia. Firma del accionante

§ 6. Interpongo recurso de habeas corpus (detención ilegal por excarcelación mal denegada) Señor juez penal de turno: ............... (Nombre del abogado), abogado, con Reg. CAL N° constituyendo domicilio procesal en

del

tomo

31,

, a V.E. me presento y digo:

l.- Que en la causa N° 1111, que tramita por ante el Juzgado Penal N° 1 de

se

dispuso la detención de Que el delito que se le imputa es el de hurto simple. Que en razón de ser posible su excarcelamiento la solicité ante dicho Juzgado el mismo día que fue indagado. Que mi defendido no tiene antecedentes policiales ni se puede acreditar que pretenda entorpecer la investigación ni burlar la acción de la justicia, según las constancias de la causa mencionada. Que el Juzgado mencionado ha negado sin derecho la excarcelación, por lo que la detención de PEREZ deviene en ilegal y autoriza la interposición del presente recurso de habeas corpus. II.- Por todo lo expuesto, solicito: 1.- Se examine la legalidad de la causa de detención; 2.- Se disponga la caución correspondiente y se ordene la inmediata libertad de JUAN PEREZ. Dígnese V.E. proveer de conformidad, que: Será justicia Firma del abogado

§ 7. Interpongo Habeas Corpus Señor Juez de Turno: ............... (Nombre del abogado), abogado, con Reg. CAL N°

, constituyendo

domicilio procesal en ............... , a V.S. digo: l.- Que vengo a iniciar habeas corpus en favor de ............... (nombre del detenido), con L.E. N° , de 19 años de edad, hijo de

y

, domiciliado en 435 N° 56 de

Ensenada - Lima. 11.- Dicha persona fue detendia ayer en ocasión del partido de fútbol que jugaron Universitario de Deportes y Alianza Lima en el Estadio de este último Club, en la Av. Isabel La Católica, por cinco personas vestidas de civil, y que exhibiendo credenciales de Policía decían estar autorizados 'udicialmente para detenerle. Acto seguido de la detención, dichas personasjunto al presunto detendio subieron a un automóvil Citroen de color amarillo y sin placa indentificatoria. Diligencias de todo tipo por parte de sus familiares directos, no han podido dar todavía con su paradero de detención, y menos aún, saber a ciencia cierta si ha existido la orden judicial y en caso afirmativo, de que magistrado fue proveniente. 111.- Es por lo expuesto, que se deduce habeas corpues ante V.S. a los efectos de que se requieran los informes pertinentes a la Policía Nacional, y en caso de detencion ilegal, se ordene la inmediata libertad de mi patrocinado y se impongan las sanciones del presente al funcionario responsable. Dígnese V.S. proveer de conformidad, que: Será justicia Firma del abogado patrocinante

§ 80 Habeas corpus Señor Juez Penal: ............... (nombre de quien solicita el habeas corpus), por derecho propio, con domicilio real en

y constituyéndolo a todos los efectos procesales en ,

ambos de esta ciudad, ante V.S. respetuosamente comparezco y digo: I.- Que actúo en favor de mi

(indicar parentesco o relación), señor

E. N° , mayor de edad, de profesión

, con domicilio

II.- Que

en

, L.

.

(relación detallada de la forma en que se produjo la detención,

mencionando las circunstancias de tiempo, modo, lugar y autoridad que intervino). nl.- Que en razón de lo expuesto y atento al tiempo transcurrido sin tener noticias del señor

, vengo a interponer el presente Habeas Corpus a su favor, a fin de

que V.S. se sirva arbitrar los medios legales destinados a informarse sobre su detención, causas de la misma, autoridadjudicial que intervino, delito que se le atribuye y su situación legal. Por todo lo expuesto, a V.S. pido: a)

Libre los oficios pertinentes.

b)

Haga lugar al presente Habeas Corpus, en garantía del derecho

constitucional previsto en el arto 2 de la Constitución Nacional en favor del Sr Será justicia Firma del solicitante

.

§ 9. Habeas corpus preventivo Señor Juez Penal: ............... (nombre de la persona que solicita el Habeas Corpus), L.E. N° ,

con

domicilio real en calle ............... y constituyéndolo a todos lo efectos procesales en ............... , ambos de esta ciudad, ante V.S. respetuosamente comparezco y digo: 1.- Que por comentarios de vecinos del domicilio antes mencionado, tuve conocimiento de que personal policial adscripto a la Seccional

de

Policía

Nacional, hizo indagaciones acerca de mi persona. II.- Que hago conocer a V.S. que no he cometido hecho delictivo alguno, por lo que no se justifica ningún procedimiento policial en mi contra. IIl.- Que por lo expuesto y entendiendo que mi libertad personal se encuentra injustamente amenazada, ocurro ante V.S. por el presente Habeas Corpus, de conformidad a lo prescripto por el arto 2 de la Constitución Nacional, a los efectos de que solicite de la autoridad policial en forma perentoria, si existe en contra del compareciente orden de captura o detención, y en su caso, la imputación delictiva si la hubiera, y por orden de qué autoridad fue dictada. Caso contrario, ordene a la autoridad policial se abstenga de atentar en contra de mi libertad. Será justicia Firma del solicitante

§ 10. Decreto en recurso de habeas corpus Lima, de

de mil novecientos

............... y Oficiese al señor Jefe de Policía de la Provincia para que, en el término de

horas, infonne a este Juzgado si ha dictado orden de

detención en contra del señor

, motivos legales que le asisten y en su caso si

ha obrado por orden de autoridad competente, acompañando copia de la misma. Firma del juez Ante mí: Firma del secretario

Capítulo XXVIII MODELOS DIVERSOS PARA USO DEL PERSONAL JUDICIAL MODELOS § 1. Sobreseimienlo provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: En el proceso penal seguido por el delito de

en agravio de

y CONSIDERANDO: Que no ha sido posible, pese a las diligencias realizadas, determinar la responsabilidad penal de los imputados del hecho denunciado. Por ello, según lo solicitado por el Sr. Fiscal y lo dispuesto por el arto 284 del Código Procesal Penal de 1996. RESUELVO: SOBRESEER PROVISIONALMENTE en la causa hubo procesados. NotifIquese y archívese por no haber sellado a reponer. Firma del Juez Firma del Secretario En

de

de 199

Fiscal. Doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

notifiqué al Sr.

en la que no

§ 2. Sobreseimiento provisional Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver el sumario N° ............... instruído con motivo de la muerte de condiciones personales constan a fojas

cuyas

y

CONSIDERANDO: Que no obstante las diligencias practicadas en autos no ha sido posible determinar las causas de la muerte ya mencionada, salvo desde el enfoque médico-legal, por lo que resulta prudente mantener abierta la investigación a la espera de otras probanzas. Por ello, de conformidad con lo dictaminado precedentemente por el Sr. Fiscal y de acuerdo a lo dispuesto en el arto 284 del Código Procesal Penal de 1996. RESUELVO: SOBRESEER PROVISIONALMENTE en no hubo procesados. Notifiquese y archívese por no haber sellado a reponer. Firma del juez Firma del secretario En

de

de 199

Fiscal. Doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

notifiqué al Sr.

la causa

en la que

§ 3. Extinción de la acción penal Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa N° sobre la prescripción de la acción penal respecto de

,y

CONSIDERANDO: Que a

se le imputa la comisión del delito de ............... y dada la pena fijada

para el mismo, la fecha del auto de fs

y la falta de interrupciones del curso de la

prescripción según informes de fs

ha transcurrido el término establecido en

el arto

del Código Penal.

Por ello. de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal y lo establecido en los arts. 80 y 82 del Código Penal y 284 del Código Procesal Penal de 1996. RESUELVO: DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION PENAL respecto de por prescripción, en esta causa N°

y

SOBRESEER

DEFINITIVAMENTE en la misma y a su respecto en cuanto al dei to de que le fuera imputado. Notifiquese, regístrese, comuníquese y (archívese respecto de los restantes procesados). Firma del Juez Firma del Secretario En la misma fecha notifiqué al Sr. Fiscal y firmó. Doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

o

siga

su

trámite

§ 4. Sobreseimiento definitivo Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Este sumario N° de suicidio de

instruído con motivo de la tentativa

,y

CONSIDERANDO: Que de las constancias de autos, principalmente de la declaración de la VÍctima de fs; resulta que ésta atentó contra su existencia, por su propia determinación; que al no darse ninguna de las hipótesis previstas por el arto 113 del Código Penal, no se cometió delito. Por ello, según lo solicitado por el Sr. Fiscal y lo dispuesto por el arto 284 del Código Procesal Penal de 1996. RESUELVO: SOBRESEER DEFINITIVAMENTE en la causa N° Notifiquese y archívese por no haber tasa judicial a reponer. Firma del juez Firma del secretario En

de

de 199

Fiscal y finnó. Doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

notifiqué al Sr.

.

§ 5. Inhibición Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la causa N° ............... sobre la competencia del Juzgado, y CONSIDERANDO: Que en autos se le imputa a

el haber sido infiel en el cumplimiento del

depósito judicial que le fuera discernido en el juicio que corre agregado por cuerda. Que dicho cargo le fue conferido y el domicilio fue

constituído en la localidad de

, Provincia de ............... , por lo que de existir delito, allí se habría cometido. Que el delito a investigar es de los que obstruyeron la administración de Justicia, ya que el Juez embargante pertenece al Juzgado Penal N° por lo que corresponde entender en esta causa al Sr. Juez Penal del lugar donde se constituyó el depósito. Por ello, según lo solicitado por el Sr. Fiscal y lo establecido en el arto 17 del Código Procesal Penal de 1996. RESUELVO: INHIBIRME para seguir entendiendo en

la causa N° .

Notifiquese, agréguese a la causa copia del acta de embargo y de la verificación de la desaparición de lo embargado que consta en el juicio que corre agregado por cuerda, devuélvase dicho juicio con oficio y remítase la causa a conocimiento del Sr. Juez en turno de atentament. Firma del juez Firma del secretario

, provincia de

, sirviendo el presente de muy

§ 6. Incompetencia Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la causa N° ............... , sobre la competencia del Juzgado y CONSIDERANDO: Que de las constancias de fs

,

surge

con

evidencia

que

el

delito

encubrimiento que se enrostra a ............... fue cometido en la localidad de

de ,

provincia de , donde se domicilia el procesado. Que, a mayor abundamiento, el acta de fs

. da cuenta del secuestro de

lo sustraído en dicho domicilio. Por ello, según lo solicitado por el Sr. Fiscal y según lo dispuesto por el arto 17 del Código Procesal Penal de 1996. RESUELVO: DECLARAR LA INCOMPETENCIA del Juzgado para seguir conociendo en lo que hace al delito de encubrimiento que se imputa a habría sido cometido en

y

que

por lo que corresponde al Sr. Juez Penal del Distrito de

de la Provincia ya mencionada. A tal efecto remítasele oportunamente copia certificada de la presente y de las piezas que se citan, así corno de la indagatoria de fs Notifiquese Firma del juez Firma del secretario

, con oficio explicativo.

§ 7. Notificación Señor Juez: Informo a V.S. que ha vencido el término de la publicación de edictos sin que prófugo haya comparecido a estar a derecho en esta causa. La primera publicación se efectuó en el Diario Oficial "El Peruano" del día

del mes de

.

SECRETARIA,

de 199

.

de

Firma del Secretario Lima, de

de 199

.

AUTOS Y VISTOS: Atento lo infonnado por el actuario y lo dispuesto por el arto 278 del Código Procesal Penal de 1996 ordénese la conducción compulsiva del procesado Los autos (se reservarán o seguirán su tramitación) Notifiquese, comuníquese a la Policía Nacional. Firma del juez Firma del Secretario En la misma fecha se comunicó. Conste. Firma del Secretario En la misma fecha notifiqué al Señor Fiscal. Doy fe. Firma del Fiscal Firma del Secretario

§ 8. Incompetencia RESOLUCION N° : "Lima, primero de setiembre de mil novecientos Y VISTOS: Para resolver en la causa número ocho mil, sobre la competencia del Juzgado, y, CONSIDERANDO: Que en autos se le imputa a Juan Pérez el haber sido infiel en el cumplimiento del depósito judicial que le fuera discernido en el juicio que corre agregado por cuerda cargo que le fue conferido y domicilio que constituyó en la localidad de

, provincia de

, por lo que, de existir delito,

allí se habría cometido. Que, por otra parte, el delito a investigar es de los que obstruyen la Administración de Justicia, ya que el Juez embargante pertenece a la Justicia Civil de esta Ciudad, por lo que corresponde entender en esta causa al Sr. Juez del lugar donde se constituyó el depósito. Por ello, según lo solicitado por el Sr. Fiscal y lo establecido en el artículo diecisiete del Código Procesal Penal. RESUELVE: Dec1ararme INCOMPETENTE para seguir entendiendo en la causa número ocho mil. Notifiquese, agréguese a causa propia del acta de embargo y de la que acredita la desaparición de los bienes que corresponden al juicio que corre agregado por cuerda, devuélvase dicho juicio con oficio y remítase la causa a conocimiento del Sr. Juez de ............... , sirviendo el presente de muy atenta nota. Firmado: Juan Ramón González, Juez Penal, Atilio Manuel Rodríguez, Secretario".

§ 9. Depositario En Lima, a los

días del mes de

del año de mil novecientos comparece

ante mí ............... , quien acredita identidad con nacionalidad , de estado civil

,

donde

consta

es

de

.

Luego de ello le hago conocer que ha sido designado depositario de los efectos pertenecientes a esta causa N° ............... que se detallan: 1°

.



.

Manifestando que acepta el cargo, le impongo de sus responsabilidades como depositario judicial, dándole lectura del arto 190 del Código Penal, con lo que procedió a constituir domicilio en

de esta Capital. Procedí

entonces a entregarle los efectos detallados, recibiéndolos de conformidad. Asímismo y para debida constancia del acto procedí a entregar al depositario copia certificada del presente. Como constancia de todo procede a firmar el depositario por ante mí, que doy fe. Firma del depositario Firma del Secretario

§ 10. Perito En Lima, a los

días del mes de

de dos mil

comparece en Secretaría ,

quien manifiesta que desea aceptar el cargo de perito que le fuera conferido bajo j uramen to (o promesa de honor) en esta causa N° N°

Acredita identidad con DNI

Y su inscripción profesional con ............... Procedo a imponerlo de su

designación y de los puntos de pericia decretados a fs

, así como de las

responsabilidades del cargo y de las penalidades del arto 409 del Código Penal; manifiesta y constituye domicilio en Firma para constancia por ante mí que doy fe. Firma del Perito Firma del Secretario

§ 11. Inspección En Lima, a los

días del mes de

de

mil novecientos

, por orden de

S.Sa. que consta en autos, me traslado a la playa de estacionamiento ubicada frente a este Palacio, sobre la calle Azángaro, donde ha sido trasladado el automotor placa

a fin de proceder a su inspección. Revisado dicho automotor,

según lo ordenado por S.Sa., en su parte trasera no logré verificar la existencia de golpe alguno en ella, inc1uídos guardafangos, portaequipajes y paragolpes. Con lo que da por terminada la inspección. Para constancia de ello firma el acta el agente

que condujo el automotor hasta el lugar de la inspección, por

ante mí que doy fe. Firma del agente de la Policía Técnica Firma del Secretario

§ 12. Oficio Lima, de

de 199

.

Al Señor Jefe de la Policía Técnica S.D. Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en la causa N° ............... iniciada el 199

ante la División

bajo el expediente N°

de

por ............... delito de

de a

fin de solicitarle la individualización y captura de los autores (y el secuestro de lo ............... ), según parte policial. Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 13. Oficio Lima, de

de 199

.

Señor Jefe de la Policía Técnica S.D. Tengo el agrado de dirigirme a Ud., comunicándole que en la causa N° expediente N°

de la División

............... , hijo de Don 199

, estado civil ,

y de doña

profesión

............... División iniciada el

contra

de , nacido

, L.E. N° de

,

nacionalidad el último

de

de

domicilio

. de 200 ... este Juzgado ha

dispuesto solicitar su captura como (in)com unicado, por lo que al ser habido se lo pondrá a disposición del Juzgado. (Asímismo se solicita el secuestro de Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

)

§ 14. Oficio Lima, de

de 199

.

Señor Director del Archivo General de la Corte Suprema Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin que se sirva informar acerca de la resolución definitiva recaída en el proceso seguido a por iniciado el Juzgado N°

de

Secretaría legajo .

Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

de 199

delito

de

y remitido a ese Archivo por el

§ 15. Oficio Lima, de

de 199

.

Señor Jefe de la Policía Judicial S.D. Tengo el agrado de dirigirme a Usted, comunicándole que en la causa N° contra por

delito de

, de nacionalidad

, iniciada el

con fecha

de 200

de

de ,

primera audiencia, en día y hora hábil, al testigo o al imputado testigo o imputado), domiciliado últimamente en profesión

, hijo de don y de doña

Saludo a Usted muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

este

de 200 Juzgado

(nombre

de nacionalidad

,

, estado civil ............... , L.E. N° .

a del

§ 16. Oficio Lima, de

de 199

Al Señor Juez del

.

(N°) Juzgado Civil de Lima

Tengo el agrado de dirigirme a V.S. en la causa N° ............... que se siguió por contra

, de nacionalidad

de

de 199

, de

años de edad, nacido el día

, de profesión u oficio

, con domicilio en

,

actualmente detenido en a fin de que se sirva disponer lo pertinente para que se provea de curador al nombrado, en virtud de haber sido condenado, por sentencia definitiva de fecha de

a cumplir la pena de

Saludo a V.S. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 17. Oficio Lima, de

de 199

.

Al Señor Juez Penal Dr

.

Secretario

.

Tengo el agrado de dirigirme a V.S. en la causa N° ............... caratulada

que

tramita ante este Juzgado a mi cargo, Secretaría N° . remitiendo en devolución el juicio (con o sin) documentación relacionada con el mismo. Hago saber a V.S. que en la causa en que me dirijo se resolvió Saludo a V.S muy atentamente. Firma del juez Firma del secretario

.

§ 18. Oficio Lima, de

de 199

.

Señor Director del Establecimiento Penal Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en la causa N° ............... iniciada el 199

de

de

ante ............... a fin de que se proceda al levantamiento de la

incomunicación del detenido

Prontuario N° ............... de la Sección .

AsÍmismo solicito se haga saber al Servicio Penitenciario Nacional que

(si o no)

se deberán adoptar las medidas necesarias para evitar que el detenido modifique su fisonomía mediantes cortes de cabello o barba si actualmente la usare--, teñidos o cualquier otro procedimiento que imposibilite o dificulte su futuro reconocimiento en rueda de personas. La medida se mantendrá hasta nueva orden estimando probable dejarla sin efecto en un lapso aproximado de días. Saludo al Señor Director muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 19. Oficio Lima, de

de 199

.

Señor Jefe de la Policía Técnica Tengo el agrado de diriginne a Ud. en la causa N° ............... a fin de que se sirva disponer que sea puesto inmediatamente en libertad el detenido nacido el

de

de 199

profesión

quien es

La libertad se ordena por de mérito, etc.). La causa se inició el Saludo a Ud. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

.en

hijo de don

de nacionalidad

y de doña

(procesado, imputado) por

de delito de

(libertad provisional bajo caución real, falta de

de 199

ante la División

§20. Oficio Lima, de

de 199

.

Señor Gerente del Banco de la N ación de la Ciudad de Lima Sucursal

.

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Gerente para solicitarle quiera disponer que la cantidad de el día de folio

nuevos soles (SI

de 199

por

) que fue depositada en ese Banco,

como perteneciente a la causa

Libro .

, sea transferida a la orden del Señor Juez ............... a cargo del

Juzgado. Saludo al Señor Gerente muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

§ 21. Oficio Lima, de

de 199

.

Al Señor Presidente de la (N°) Sala Penal Superior Tengo el agrado de dirigirme a V.S. en la causa N° ............... que por el delito de se siguió contra

ante el Juzgado Penal

a mi cargo, Secretaría N° , a

fin de poner en su conocimiento que por sentencia defmitivade fecha 200

el referido ha sido .. (absuelto o condenado a la pena de La causa en que me dirijo fue iniciada el y llevaba el número

Saludo a V.S. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

.

de

de

).

de ............... de 200

§ 22. Oficio Lima, de

de 199

.

Al Señor Presidente de la (N°) Sala Penal Superior Tengo el agrado de dirigirme a V.S. en la causa N° ................ que por el delito de , cargo,

se siguió contra ............... ante el Juzgado Penal

a

Secretaría N°

que

auto de fecha

a fin de poner en su conocimiento

mi por

el referido ha sido sebreseído definitivamente por prescripción

de la acción penal. La causa en que mi dirijo fue iniciada el y llevaba el número Saludo a V.S. muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario

.

de ............... de 199

§ 23. Oficio Lima, de

de 199

.

Al Señor Jefe del Instituto Nacional Penitenciario Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en la causa que se tramita por ane el Juzgado Penal a mi cargo, Secretaría N° contra por el delito de

.

de nacionalidad............... nacido el

remitiéndole

testimonio

de

la

sentencia

condenatoria recaída y de las actuaciones relativas al cómputo. Asímismo hago saber al Señor Director que

(nombre y apellido del condenado)

(si o no) ha sido condenado a la reparacón del daño material causado. Saludo al Señor Director muy atentamente. Firma del Juez Firma del Secretario