2 Inconstitucionalidad de Leyes

INCONSTITUCIONALIDAD DE LEYES, REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL Lester J. Escobar M. Ius est ars boni e

Views 111 Downloads 0 File size 569KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

INCONSTITUCIONALIDAD DE LEYES, REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

Lester J. Escobar M.

Ius est ars boni et aequi

Lester Josué Escobar Muñoz.

LaC.C.deberádictarsentenciaenelterminomáximode2mesesapartirdela fechaquesehayainterpuestolainconstitucionalidad.Art.139LeyAmparo.

INCONSTITUCIONALIDAD DE LEYES, REGLAMENTOS y DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

Se plantea ante la Corte de Constitucionalidad. Art. 133 Ley de Amparo.

Cuando la inconstitucionalidad planteada sea contra una ley, la C.C. se integra con 7 miembros. Art. 137, 150 Ley Amparo.

Audiencia por 15 días al M.P. y a cualesquiera autoridades que la C.C. estime pertinente. Art. 139 Ley Amparo.

Legitimación Activa. Tienen que tener: Art. 134 1. La Junta Directiva del Colegio de Abogados a través de su presidente. 2. El M.P. a través del Procurador General de la Nación. 3. El Procurador de los Derechos Humanos. 4. Cualquier persona con el auxilio de 3 abogados colegiados activos.

Se señala la Vista 20 días. Art. 139 Ley Amparo.

Lester J. Escobar M. Ius est ars boni et aequi

Debe llenar los requisitos la solicitud como toda primera solicitud. Art. 135 Ley Amparo.

La C.C. decretara de oficio dentro de 8 días la suspensión provisional de la ley. Art. 138

Si se omiten requisitos la C.C. ordenara subsanar errores. 3 días. Art. 136 Ley Amparo.

Sentencia deberá pronunciarse dentro de los 20 días siguientes a la vista. Art. 139 Ley Amparo.

*Contra las sentencias y autos dictados en materia de inconstitucionalidad se puede Aclaración y Ampliación. Art. 147 Ley Amparo. *Contra las sentencias de la Corte de Constitucionalidad y contra los autos dictados no cabe recurso alguno. Art. 142 Ley Amparo.

Lester Josué Escobar Muñoz.

Lester J. Escobar M.

Ius est ars boni et aequi

RECURSO DE ACLARACION Y AMPLIACION 

Aclaración procede: Cuando los términos de un auto, sentencia sean obscuros, ambiguos o contradictorios.

Para Interponerlo 24 hrs. De notificado el auto sentencia. Art. 71 Ley Amparo.



o

la

Lester Josué Escobar Muñoz.

Ampliación procede: Si se hubiere omitido resolver alguno de los puntos sobre que versare la inconstitucionalidad.

Resuelve 48 hrs. Art. 71 Ley Amparo.

Gracias por probar PDFelement 6 Professional. Sólo puede convertir 5 páginas en la versión de prueba. Para conseguir la versión completa, pide el programa desde: http://cbs.wondershare.com/go.php?pid=3014&m=db