1.3 Revision de Hechos Posteriores

1.3.1. Concepto. Los estados financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a

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1.3.1. Concepto. Los estados financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros. Estos hechos sirven para identificar aquellos eventos que ocurren entre la fecha de los estados financieros y la fecha de nuestro informe de auditoría que puedan requerir ajustes o revelación en los estados financieros. Los procedimientos de eventos posteriores generalmente son ejecutados hasta la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros, o tan cerca de ella como sea posible. Si las leyes o regulaciones locales requieren un período diferente, ejecutamos nuestros eventos posteriores de acuerdo con los requerimientos locales. Dichos marcos de información financiera suelen identificar dos tipos de hechos: A. Eventos que proporcionan evidencia adicional con respecto a las condiciones que existían a la fecha del balance general. Tales eventos afectan las estimaciones inherentes en los estados financieros o indican que el supuesto/premisa de negocio en marcha en relación con toda la entidad o parte de ella no es apropiado. Los estados financieros son ajustados para cualesquier cambios en las estimaciones que resulten de estos tipos de eventos hasta la fecha del informe de auditoría. B. Eventos que proporcionan evidencia con respecto a condiciones que se desarrollaron con posterioridad a la fecha del balance general. Estos no resultan en cambios a los importes en los estados financieros. Sin embargo, estos eventos pueden ser de tal importancia que requieren revelación en los estados financieros. La NIA 700 explica que la fecha del informe de auditoría informa al lector de que el auditor ha considerado el efecto de los hechos y de las transacciones ocurridas hasta dicha fecha de los que el auditor tiene conocimiento. Los ejemplos de eventos que pueden requerir cambios de los importes en los estados financieros incluyen: 

La quiebra de un cliente posterior al fin del período, la cual sería considerada al evaluar la idoneidad de la provisión para cuentas dudosas.



Un importe recibido para una reclamación de seguros que estaba en el curso de negociación a la fecha del balance general.



Deterioro en los resultados operativos y la situación financiera después de la fecha del balance general que indica la necesidad de considerar si es apropiado usar el supuesto/premisa de negocio en marcha en la preparación de los estados financieros.

Los ejemplos de eventos que normalmente no requieren ajuste, pero que pueden requerir revelación en los estados financieros, incluyen: 

La pérdida de planta o inventarios como resultado de un incendio o inundación posterior a la fecha del balance general.



Compra de un negocio.



Asuntos de acciones o valores de deuda.

1.3.2. Ejemplos de indagaciones sobre eventos posteriores. Para indagar con la gerencia y, donde sea apropiado, con quienes están a cargo del gobierno corporativo, en cuanto a si han ocurrido algunos eventos posteriores que puedan afectar los estados financieros, consideramos hacer indagaciones específicas acerca de los siguientes asuntos: 

El estatus actual de partidas que fueron contabilizadas sobre la base de información preliminar o inconclusa.



Si han sido registrados nuevos compromisos, empréstitos o garantías.



Si han ocurrido o se planean ventas o adquisiciones de activos.



Si ha habido aumentos de capital o emisión de instrumentos de deuda, tales como la emisión de nuevas acciones o bonos de deuda, o si se ha realizado o se planea un convenio para fusionar o liquidar.



Si algunos activos han sido apropiados por el gobierno o destruidos, por ejemplo por incendio o inundación.



Si ha habido algunos desarrollos sobre contingencias.



Si se han hecho o se contemplan algunos ajustes contables inusuales.



Si han ocurrido o es probable que ocurran algunos eventos que cuestionen la conveniencia de las políticas contables usadas en los estados financieros, según fuera el caso (p.ej., si tales eventos cuestionan la validez del supuesto/premisa de negocio en marcha).



Si han ocurrido algunos eventos que son relevantes para la medición de estimaciones o provisiones hechas en los estados financieros.



Si han ocurrido algunos eventos que son relevantes para la recuperación de activos.

1.3.3. Objetivos del auditor en la revisión de hechos posteriores. Los objetivos que persigue el auditor son: A. obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría y que requieran un ajuste de los estados financieros, o su revelación en éstos, se han reflejado adecuadamente en los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable; y B. reaccionar adecuadamente ante los hechos que lleguen a su conocimiento después de la fecha del informe de auditoría y que, de haber sido conocidos por el auditor a dicha fecha, le podrían haber llevado a rectificar el informe de auditoría. Para determinar la naturaleza y alcance de los procedimientos de eventos posteriores a ejecutar, consideramos lo siguiente: 

La información que está disponible y, en particular, el alcance al cual han sido preparados los registros contables desde la fecha del balance general.



La volatilidad y fortaleza del negocio de la entidad.



Nuestra comprensión y evaluación de las fuentes de información para cuentas significativas y las fuentes y preparación de información para revelaciones significativas.



Comprensión del negocio de la entidad.



La presencia de problemas conocidos que aumentan el riesgo de la entidad a cambios significativos en la posición financiera y las operaciones.

1.3.4. Como mínimo, nuestros procedimientos de eventos posteriores incluyen lo siguiente: •

Obtener una comprensión de los procedimientos, si los hay, que la gerencia ha establecido para determinar que los eventos posteriores son identificados.



Indagar con la gerencia y, cuando es apropiado, con quienes están a cargo del gobierno corporativo, en cuanto a si han ocurrido eventos posteriores que puedan afectar los estados financieros.



Leer las actas, si existen, de las reuniones de propietarios, de la gerencia y de quienes están a cargo del gobierno corporativo, que han tenido lugar con posterioridad a la fecha del balance general.



Indagar acerca de asuntos discutidos en reuniones celebradas con posterioridad a la fecha del balance general, para las cuales no hay actas disponibles.



Leer los estados financieros posteriores más recientes de la entidad, si los hay.

También podemos considerar apropiado ejecutar los siguientes procedimientos: •

Leer los presupuestos más recientes disponibles de la entidad, los pronósticos de flujo de efectivo y otros informes relacionados de la gerencia para los períodos después de la fecha del balance general



Indagar, o ampliar indagaciones anteriores, verbales o por escrito, del asesor legal de la entidad concernientes a litigios o demandas.

1.3.5. Hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría.

El auditor aplicará procedimientos de auditoría diseñados para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que se han identificado todos los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la del informe de auditoría que requieran un ajuste de los estados financieros, o su revelación en éstos. Sin embargo, no se espera que el auditor aplique procedimientos de auditoría adicionales con respecto a cuestiones sobre las que los procedimientos de auditoría aplicados previamente han proporcionado conclusiones satisfactorias. El auditor tendrá en cuenta su valoración del riesgo al determinar la naturaleza y extensión de dichos procedimientos de auditoría, que incluirán lo siguiente: A. La obtención de conocimiento de cualquier procedimiento establecido por la dirección para garantizar que se identifiquen los hechos posteriores al cierre. B. La indagación ante la dirección y, cuando proceda, ante los responsables del gobierno de la entidad sobre si han ocurrido hechos posteriores al cierre que puedan afectar a los estados financieros. C. La lectura de las actas, si las hubiera, de las reuniones de los propietarios, de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad, celebradas con posterioridad a la fecha de los estados financieros, así como la indagación sobre las cuestiones discutidas en esas posibles reuniones cuando todavía no haya actas disponibles. D. La lectura de los últimos estados financieros intermedios de la entidad posteriores al cierre, si los hubiera. 1.3.6. Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha del informe de auditoría pero con anterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros. La referencia a las modificaciones de los estados financieros por la dirección, se entenderá efectuada a los órganos de administración u órganos equivalentes de la entidad auditada que tengan atribuidas las competencias para su formulación, suscripción o emisión. El auditor no tiene obligación de aplicar procedimientos de auditoría con respecto a los estados financieros después de la fecha del informe de auditoría. 1.3.7. Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros.

Una vez publicados los estados financieros, el auditor no tiene obligación de aplicar procedimientos de auditoría con respecto a ellos. Sin embargo, si una vez publicados los estados financieros, llega a su conocimiento un hecho que, de haber sido conocido por él en la fecha del informe de auditoría, pudiese haberle llevado a rectificar el informe de auditoría, el auditor: A. discutirá la cuestión con la dirección y, cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad; B. determinará si es necesaria una modificación de los estados financieros; y, de ser así, C. indagará sobre el modo en que la dirección tiene intención de tratar la cuestión en los estados financieros. 1.3.8. Hechos posteriores después de la fecha de nuestro informe de auditoría. L auditor no tiene obligación de ejecutar procedimientos de auditoría después de la fecha de nuestro informe de auditoría. Sin embargo, si sabemos de eventos posteriores después de la fecha de nuestro informe de auditoría que puedan habernos llevado a corregir dicho informe de auditoría, discutimos el asunto con la gerencia y con quienes están a cargo del gobierno corporativo. Si determinamos que los estados financieros necesitan corrección, indagamos cómo pretende la gerencia tratar el asunto en los estados financieros