1_ Parcial Derechos Reales

1.2.1 ) Los Derechos Personales se diferencian de los Derechos Reales por cuanto: Los elementos de los DP no son constit

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1.2.1 ) Los Derechos Personales se diferencian de los Derechos Reales por cuanto: Los elementos de los DP no son constitutivos y los de los DR son constitutivos En los derechos personales no existe sujeto pasivo determinado. En los Derechos Reales no existe sujeto activo determinado Los elementos de los DP son tres y los de los DR son dos En los Derechos Personales el objeto es determinado y en los Reales es indeterminado 1.2 ) Marina Mariani de Vidal, menciona una serie de casos en los cuales, la doctrina en general, considera ""dudosos"" sobre si, efectivamente, se esta en presencia de un derecho real. No se encuentra incluido en dicha cita, seg¿n la opini¿n de la referida especialista en la materia, a : prenda. locaci¿n. posesi¿n. hipoteca. anticresis. 2.16.6 ) Respecto de la acci¿n de ""Da?o temido"", opina Mariani de Vidal, que son legitimados activos de la misma: solo los denominados poseedores calificados. cualquier clase poseedor. cualquier clase de poseedor, como as¿ tambi¿n los tenedores. solo el poseedor de buena fe. solo los propietarios.

2.2.3 ) Sobre la ""naturaleza jur¿dica"" de la posesi¿n, Dra. Mariani de Vidal, expone las distintas teor¿as que la doctrina ha establecido sobre la misma. Una de ellas sostiene que la posesi¿n es un derecho, porque incluye a la voluntad, y agrega que es un derecho mixto: personal porque no puede ser demandado mas que contra los violadores de la posesi¿n y real porque crea una vinculaci¿n directa e inmediata con la cosa. ¿Cual es el autor que sostiene esa teor¿a? Windscheid. Zacharie. Molitor. Planiol.

3.7.4 ) Diego Ram¿rez adquiere de parte de Francisco Ferreira el dominio de una casa ubicada en la Avenida Hip¿lito Irigoyen. Ingresado el documento al Registro le es asignado al calificador Carlos Rodr¿guez, al leer la escritura advierte que el precio es irrisorio, adem¿s tiene conocimiento personal de que le vendedor, que fue su vecino, vive en Espa¿a desde hace muchos a?os. ¿Como debe proceder conforme a la Ley Registral el calificador Rodr¿guez? Inscribir el titulo Rechazar la inscripci¿n Observar el documento, e inscribirlo provisoriamente por 10 d¿as Elevarlo a la Direcci¿n su rechazo, debiendo el Director inscribirlo provisoriamente por 10 d¿as Observar el documento, e inscribirlo provisoriamente por 180 d¿as. 2.11.1 ) ¿Cuando se da la hip¿tesis de la traditio brevi manu? Cuando se continua poseyendo la cosa despu¿s de la sentencia que anulase su titulo Cuando el poseedor por un acto jur¿dico pasa el dominio al que era tenedor Cuando el tenedor de la cosa es notificado que la misma fue vendida . Cuando se continua poseyendo la cosa despu¿s de haber cesado el derecho a hacerlo Cuando se trasmite la pro la propiedad de la cosa y se conviene en continuar ocup¿ndola como tenedor del adquirente 2.11.2 ) ¿Cuando se da la hip¿tesis del constituto posesorio? Cuando el poseedor por un acto jur¿dico pasa el dominio al que era tenedor Cuando se continua poseyendo la cosa despu¿s de haber cesado el derecho a hacerlo Cuando se trasmite la propiedad de la cosa y se conviene en continuar ocup¿ndola como tenedor del adquirente Cuando el tenedor de la cosa es notificado que la misma fue vendida . Cuando se continua poseyendo la cosa despu¿s de la sentencia que anulase su titulo

4.7.2 ) JUAN menor de edad le vende a PEDRO una bicicleta y pedro se la vende a CARLOS. ¿Puede dirigirse la acci¿n de nulidad contra este ultimo? Si porque se trata de un acto nulo Si porque nadie puede transferir un derecho mejor que el que tenia (3270) Si porque la cosa sali¿ del poder del deudor por una voluntad viciada por la incapacidad. No porque resulta de aplicaci¿n el 2413

No porque se se trata de una nulidad relativa 2.12.2 ) ¿Como se juzga la buena o mala fe en la adquisici¿n de la posesi¿n por representante voluntario? Por la buena o mala fe del representado cuando coincide con la del transmitente Por la buena o mala fe del representante Por la buena o mala fe del representado o representante, seg¿n las circunstancias del caso Por la buena o mala fe del representado Por la buena o mala fe del representante cuando coincide con la del transmitente 2.8.2 ) ¿Cuando se tiene capacidad para adquirir la posesi¿n por tradici¿n? A los 14 a?os A cualquier edad A los 10 a?os A los 16 a?os A los 18 a?o 3.8.4 ) De acuerdo con la normativa de la Ley Registral 17.801, las inhibiciones tienen vigencia: hasta tanto se ordene la cancelaci¿n de la misma. hasta tanto no se pague la obligaci¿n en cuya virtud de ordeno. por dos a?os. por veinte a?os. por cinco a?os

1.2.2 ) Cual de las siguientes afirmaciones es correcta, en relaci¿n a la opini¿n que Marina Dra. Mariani de Vidal, sostiene en materia de ""convalidaci¿n"" de derechos reales que se debi¿ Hacer lugar a la convalidaci¿n, debiendo desecharla para aquellos derechos reales cuyo nacimiento requiera de la inscripci¿n registral. Desechar la convalidaci¿n solo para aquellos derechos reales que no se ejerzan por la posesi¿n, admiti¿ndosela para los restantes Hacer lugar a la convalidaci¿n. Desechar totalmente la convalidaci¿n.

Desechar totalmente la convalidaci¿n o, admitirla para todos los todos los derechos reales. 4.8.5 ) El contrato de locaci¿n , a los fines de la usucapion breve: Debe tener fecha cierta. Es oponible a los terceros. Causa efecto solo ante poseedores de mala fe. Si es considerado justo titulo. No es considerado justo titulo. 1.2.2 ) Los Derechos Personales se diferencian de los Derechos Reales por cuanto: Los DP pueden ser creados por las partes y los DR por una Ley Nacional Los DP pueden ser creados por las partes y los DR por una Ley o un Decreto. os DP pueden ser creados por las partes y los DR por cualquier norma jur¿dica que provenga de un ¿rgano colegiado del Estado. Los DP pueden ser creados por las partes y los DR por una Ley Nacional, provincial u ordenanza Municipal Los DP pueden ser creados por las partes y los DR por una Ley Nacional o provincial. 3.7.2 ) Conforme lo dispone la Ley Registral Nacional ingresan al Registro los documentos de origen notarial: y los instrumentos privados que las leyes nacionales o provinciales establezcan; estando ellos sujetos a la calificaci¿n registral, mientras que los de origen judicial o administrativo el registrador carece de facultades para observarlos. judicial y administrativo y respecto de los inst *de los instrumentos privados solo admite a los boletos de compraventa en general; estando todos ellos sujetos a la calificaci¿n registral, inclusive ser observados, si correspondiere hacerlo. y los instrumentos privados que las leyes nacionales establezcan; estando todos ellos sujetos a la calificaci¿n registral, omitiendo cualquier consideraci¿n respecto de los administrativos y judiciales, debiendo las leyes registrales provinciales llenar el vac¿o. y los instrumentos privados que las leyes nacionales establezcan; estando todos ellos sujetos a la calificaci¿n registral, mientras que los de origen judicial o administrativo ingresan inscriptos desde el Poder Judicial o desde el Poder Ejecutivo, respectivamente. judicial y administrativo y, los instrumentos privados que las leyes nacionales o provinciales establezcan; estando todos ellos sujetos a la calificaci¿n registral, inclusive ser observados, si correspondiere hacerlo 2.2.2 ) Para Savigny los elementos de la posesi¿n eran: Corpus, animus domini e inter¿s jur¿dico

Corpus , animus domini y titulo Corpus, animus domini y la causa Corpus y animus domini Corpus, animus domini y causa posesioni 2.8.2 ) Conforme a las disposiciones contenidas en el ""Capitulo I"" (De la adquisici¿n de la posesi¿n) del ""Titulo II"" del Libro III del C¿digo Civil son incapaces de adquirir la posesi¿n por si mismos: los dementes, los fatuos y los menores de diez a?os. o por medio de representantes, los dementes, los fatuos y los menores de diez a?os. o por medio de representantes, los dementes, los fatuos y los menores de veinti¿n a? os. los dementes, los fatuos y los menores de dieciocho a?os. los dementes, los fatuos y los menores de diez a?os cuando sea por acto il¿cito y de dieciocho a?os, cuando sea por acto licit 4.2.1 ) Conforme la normativa del C¿digo Civil, se configura la apropiaci¿n como modo de adquirir el dominio cuando se da por parte de un sujeto capaz: el contacto personal con una cosa mueble o inmueble sin due¿o o abandonada por su due¿o, y sin importar el animo del sujeto, pues la prueba del mismo seria de imposible producci¿n. la aprehensi¿n de una cosa mueble sin due¿o o abandonada por su due¿o, y con animo de apropiarla el contacto personal con una cosa mueble sin due¿o o abandonada por su due¿o, y con el animo de apropi¿rsela. Ninguna respuesta es correcta la aprehensi¿n de una cosa mueble o inmueble sin due¿o o abandonada por su due¿o, y con animo de apropiarla 3.4.4 ) Indique, en funci¿n a la ""matriculaci¿n"", cual de las siguientes afirmaciones es incorrecta: Ninguna es incorrecta. Se expresara el nombre del o de los titulares. Se redactara en base a la transcripci¿n del titulo. Se har¿ menci¿n al proporci¿n de en el caso de copropiedad. El asiento de matriculaci¿n llevara la firma del registrador responsable. 2.16.5 ) Indique, en relaci¿n al r¿gimen jur¿dico de la ""acci¿n de obra nueva"" cual de las siguientes afirmaciones es incorrecta? La defensa de obra nueva tiene por finalidad que la obra se suspenda. Si la obra estuviere terminada, no ser¿ procedente la acci¿n de obra nueva. Obra nueva es toda obra que se comenzara a hacer en las condiciones que tipifica la ley.

La obra nueva puede haberse comenzado a hacer en terrenos que no sean del poseedor, en cuyo caso se tramitara como acci¿n de da?o temido. Ninguna es incorrecta.