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SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 Identificación: GTGA-UVSA-003 Inicio de vigencia: 2019-01-07 Nivel de Revisió

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Análisis de Grado de Riesgo de Incendio NOM-002-STPS-2010 CONDICIONES DE SEGURIDAD – PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

Gill Industries Querétaro S. de R.L. de C.V.

Mayo 2019

SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010

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INDICE 1. 2. 3. 4. 5. 6.

7.

8.

FUNDAMENTO LEGAL OBJETIVOS DATOS GENERALES DEL CENTRO DE TRABAJO INTRODUCCIÓN DESARROLLO DEL ESTUDIO DIAGRAMA DE PROCESO

DETERMINACIÓN DEL GRADO DE RIESGO CONTRA INCENDIO

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ANEXOS

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Capítulo

1

FUNDAMENTOLEGAL

El marco de referencia empleado es el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo que aplica en este caso a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS2010, Relativa a las condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO CAPITULO SEGUNDO: PREVENCION, PROTECCION Y COMBATE DE INCENDIOS ARTICULO 26. En los centros de trabajo se deberá contar con medidas de prevención y protección, así como con sistemas y equipos para el combate de incendios, en función al tipo y grado de riesgo que entrañe la naturaleza de la actividad, de acuerdo con las Normas respectivas. ARTICULO 27. Los centros de trabajo en donde se realicen procesos, operaciones y actividades que impliquen un riesgo de incendio o explosión, como consecuencia de las materias primas, subproductos, productos, mercancías y desechos que se manejen, deberán estar diseñados, construidos y controlados de acuerdo al tipo y grado de riesgo, de conformidad con las Normas aplicables. ARTICULO 28. Para la prevención, protección y combate de incendios, el patrón está obligado a: I. Elaborar un estudio para determinar el grado de riesgo de incendio o explosión, de acuerdo a las materias primas, compuestos o mezclas, subproductos, productos, mercancías, y desechos o residuos, así como las medidas preventivas y de combate pertinentes; II. Elaborar el programa y los procedimientos de seguridad para el uso, manejo, transporte y almacenamiento de los materiales con riesgo de incendio; III. Contar con sistemas para la detección y extinción de incendios, de acuerdo al tipo y grado de riesgo conforme a las Normas aplicables; IV. Contar con señalización visual y audible, de acuerdo al estudio a que se refiere la fracción I del presente artículo, para dar a conocer acciones y condiciones de prevención, protección y casos de emergencia; V. Organizar brigadas contra incendios en función al tipo y grado de riesgo del centro de trabajo para prevenirlos y combatirlos; VI. Practicar cuando menos una vez al año simulacros de incendio en el centro de trabajo, y VII. Las demás que señalen las Normas correspondientes.

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Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010, “Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.” En el apartado 5. “Obligaciones del patrón”, se establece que este debe: 5.1 Clasificar el riesgo de incendio del centro de trabajo o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles, de conformidad con lo establecido por el Apéndice A de la presente Norma. 5.2 Contar con un croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, actualizado y colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores, que contenga lo siguiente, según aplique: a) El nombre, denominación o razón social del centro de trabajo y su domicilio; b) La identificación de los predios colindantes; c) La identificación de las principales áreas o zonas del centro de trabajo con riesgo de incendio, debido a la presencia de material inflamable, combustible, pirofórico o explosivo, entre otros; d) La ubicación de los medios de detección de incendio, así como de los equipos y sistemas contra incendio; e) Las rutas de evacuación, incluyendo, al menos, la ruta de salida y la descarga de salida, además de las salidas de emergencia, escaleras de emergencia y lugares seguros; f) La ubicación del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio, y g) La ubicación de materiales y equipo para prestar los primeros auxilios. 5.3 Contar con las instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro de trabajo y difundirlas entre los trabajadores, contratistas y visitantes, según corresponda (Véase la Guía de Referencia I, Instrucciones de Seguridad para la Prevención y Protección contra Incendios). 5.4 Cumplir con las condiciones de prevención y protección contra incendios en el centro de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 7 de la presente Norma. 5.5 Contar con un plan de atención a emergencias de incendio, conforme al Capítulo 8 de esta Norma. 5.6 Contar con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, en los términos del Capítulo 9 de la presente Norma. 5.7 Desarrollar simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, y al menos dos veces al año para aquellos con riesgo de incendio alto, conforme a lo señalado en el Capítulo 10 de esta Norma (Véase la Guía de Referencia II, Brigadas de Emergencia y Consideraciones Generales sobre la Planeación de los Simulacros de Incendio).

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5.8 Elaborar un programa de capacitación anual teórico-práctico en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, conforme a lo previsto en el Capítulo 11 de esta Norma, así como capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en dicho programa. 5.9 Dotar del equipo de protección personal a los integrantes de las brigadas contra incendio, considerando para tal efecto las funciones y riesgos a que estarán expuestos, de conformidad con lo previsto en la NOM-017-STPS-2008, o las que la sustituyan (Véase la Guía de Referencia III, Componentes y Características Generales del Equipo de Protección Personal para los Integrantes de las Brigadas contra Incendio). 5.10 Contar en las áreas de los centros de trabajo clasificadas con riesgo de incendio ordinario, con medios de detección y equipos contra incendio, y en las de riesgo de incendio alto, además de lo anteriormente señalado, con sistemas fijos de protección contra incendio y alarmas de incendio, para atender la posible dimensión de la emergencia de incendio, mismos que deberán ser acordes con la clase de fuego que pueda presentarse (Véanse la Guía de Referencia IV, Detectores de Incendio y la Guía de Referencia V, Sistemas Fijos contra Incendio). 5.11 Contar con alguno de los documentos que enseguida se señalan, tratándose de centros de trabajo con riesgo de incendio alto: a) El acta y la minuta correspondientes a la verificación satisfactoria del cumplimiento de la presente Norma, que emita la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el marco de las evaluaciones integrales del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, o b) El dictamen de cumplimiento de esta Norma expedido por una unidad de verificación acreditada y aprobada, o c) El acta circunstanciada que resulte de la revisión, verificación, inspección o vigilancia de las condiciones para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, por parte de la autoridad local de protección civil que corresponda al domicilio del centro de trabajo, en el marco de los programas internos, específicos o especiales de protección civil. 5.12 Exhibir a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar y poseer.

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Con la finalidad de analizar los riesgos a los que se encuentran expuestos los trabajadores de Gill Industries Querétaro S. de R.L. de C.V., se realizaron recorridos de campo en todas las áreas operativas del centro de trabajo para determinar los posibles riesgos a que se exponen los trabajadores, debido al grado de incendio que tiene la empresa por los procesos y materiales utilizados en la misma. Dicho estudio se realizo con la finalidad de determinar y corroborar el uso del equipo de seguridad de protección personal para prevenir daños a la salud de los trabajadores.

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Capítulo

2

OBJETIVOS

 Establecer las condiciones mínimas de seguridad que deben existir, para la protección de los trabajadores y la prevención y protección contra incendios en el centro de trabajo.  Determinar el grado de riesgo de incendio del centro de trabajo.  Establecer las medidas de prevención y protección para evitar daños o minimizarlos en el caso de que sucediera un incendio.  Realizar un diagnóstico del estado que guardan los equipos y sistemas instalados en planta y que son utilizados en caso de presentarse una emergencia de incendio.

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Capítulo

3

DATOSGENERALESDELCENTRODETRABAJO

Nombre de la Empresa o Centro de Trabajo: Dirección notificaciones :

para

Gill Industries Querétaro S. de R.L. de C.V. Vialidad Benito Juárez No. 118 Parque Industrial Querétaro,

Código Postal

76220

Municipio, Estado:

Santa Jáuregui

Rosa

R. F. C.: Responsable de la empresa:

Descripción del giro de la empresa: Número de Trabajadores: Turnos de Trabajo: Coordinador del Estudio: Responsable del Estudio:

Administrativos Operativos Total

Queretaro

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UBICACIÓN

N

S

COLINDANCIAS Av. Mesa de Leon

NewMotech Planta 1

E

Av. Benito Juarez

O

NovemCar

msnm

VULNERABILIDAD Unidades habitacionales Establecimientos de atención médica Centros educacionales Parques nacionales Áreas naturales protegidas Líneas de alta tensión Gasoductos Pozos de abastecimiento Cuerpos de agua

NO SI NO NO NO SI NO NO NO

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Características de la construcción. La cimentación está construida con varilla armada y cemento. Las columnas, trabes y castillos son de varilla y concreto armado. Los muros y paredes son de tabique en acabado aparente tanto en el interior como en el exterior. En algunas áreas presenta un recubrimiento ligero de cemento en acabado liso. Los pisos y pasillos son de cemento. Los muros y paredes están sustentados por la cimentación, dando forma a la empresa. La estructura del techo es de espigas de metal con láminas. La altura del techo es de 15 metros aproximadamente, lo que permite una ventilación adecuada y la circulación del aire. La planta cuenta con iluminación artificial y natural. El alumbrado está conformado por lámparas fluorescentes colocadas a una altura aproximada de 5.5 metros. Área de oficinas. La construcción del área de oficinas, está constituido por columnas, castillos y trabes, armados con varilla y concreto. Las paredes son de tabique con recubrimiento aplanado en algunas áreas y en otras áreas la pared es de tablaroca. La iluminación es artificial, proporcionada mediante luminarias fluorescentes, soportadas por el falso plafón que forma parte de la decoración. Foto de la empresa(oficinas, inmobiliarios)

Servicios Las áreas destinadas para los servicios como baños, pasillos, escaleras, etc., forman parte del inmueble. Los baños están colocados a la derecha de la entrada principal debajo de las oficinas administrativas, están construidos con el mismo material de la construcción del inmueble con acabado de azulejo en paredes y pisos.

Mobiliario y equipo.

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En todas las áreas de oficinas se utilizan escritorios fabricados con melamina y/o metal. Los archiveros y estanterías que se utilizan para el resguardo de documentos son de madera y metal. Capítulo

4

INTRODUCCIÓN

Es importante considerar que la mejor manera de prevenir los riesgos de trabajo, es eliminarlos ó controlarlos desde su fuente de origen. Para ello es indispensable contar con los medios de protección colectiva, que comprenden, entre otros, la protección de la maquinaria e instalaciones, la ventilación adecuada, procesos tecnológicos cerrados, etcétera. Para determinar el grado de riesgo de incendio del centro de trabajo, es necesario conocer las cantidades y características químicas y físicas de las sustancias y materiales que son manejados dentro de este; del mismo modo, se evalúan las condiciones que existen en cada uno de los departamentos y áreas que en dado momento pueden originar un incendio y en su defecto favorecer la propagación. De acuerdo a las consideraciones que se establecen en la NOM-002-STPS-2010, se define el grado de riesgo de incendio general del centro de trabajo. Grado de riesgo de incendio de materiales. El grado de riesgo de incendio de los materiales se determina en base a su estado físico, cantidad manejada, almacenada o transportada, tipo de fuego que origina, entre otros. Tipo de material. De acuerdo a las definiciones de los términos técnicos empleados en la NOM-002-STPS2010, se determina que un material o sustancia puede clasificarse en:     

Liquido no inflamable Liquido inflamable Liquido combustible Sólido no combustible Sólido combustible

Clase de fuego. Se define Fuego, como la oxidación rápida de los materiales combustibles con desprendimiento de luz y calor, y que se clasifican como fuegos clase: A, B, C, D y K.

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La clase de fuego que un material puede originar está dado de acuerdo a las definiciones de términos técnicos empleados en la NOM-002-STPS-2010, en: 

Fuego clase A: es aquél que se presenta en material combustible sólido, generalmente de naturaleza orgánica, y que su combustión se realiza normalmente con formación de brasas.



Fuego clase B: es aquél que se presenta en líquidos y gases combustibles e inflamables.



Fuego clase C: es aquél que involucra aparatos y equipos eléctricos energizados.



Fuego clase D: es aquél en el que intervienen metales combustibles.



Fuego clase K: Es aquel que se presenta básicamente en instalaciones de cocina, que involucra sustancias combustibles, tales como aceites y grasas vegetales o animales. Los fuegos clase K ocurren en los depósitos de grasa semipolimerizada, y su comportamiento es distinto a otros combustibles.

El grado de riesgo de incendio de cada departamento, área o almacén que constituyen el centro de trabajo, se encuentra determinado por las características del tipo de construcción, el número de personas que existan normalmente dentro del área, las cantidades de materiales combustibles y/o inflamables, etc., de acuerdo a la Tabla A del Apéndice A de la NOM-002-STPS-2010, referente a la clasificación de los centros de trabajo. Grado de riesgo de incendio general del centro de trabajo. El grado de riesgo de incendio del centro de trabajo, se determina considerando en forma global el criterio establecido en la Tabla A del Apéndice A de la NOM-002-STPS-2010, referente a la clasificación de los centros de trabajo como se muestra la siguiente tabla.

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Tabla A1 del Apéndice A Clasificación del Grado de Riesgo de Incendio NOM-002-STPS-2010 Concepto

Riesgo de incendio Ordinario

Superficie construida, metros cuadrados.

Alto

Menor de 3 000

Igual o Mayor de 3 000

en

Inventario de inflamables, en litros.

gases

Menor de 3 000

Igual o Mayor de 3 000

Inventario de inflamables, en litros.

líquidos

Menor de 1 400

Igual o Mayor de 1 400

Inventario de líquidos combustibles, en litros.

Menor de 2 000

Igual o Mayor de 2 000

Inventario de sólidos combustibles, incluido el mobiliario del centro de trabajo, en kilogramos.

Menor de 15 000

Igual o Mayor de 15 000

Materiales pirofóricos explosivos, en kilogramos.

y

No aplica

Cualquier cantidad

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Capítulo

5

DESARROLLO DEL ESTUDIO

Métodos de evaluación del riesgo de incendio. La evaluación del riesgo de incendio constituye un tema de gran interés, existiendo una amplia variedad de metodologías para tal fin. Esto se debe a la multitud de factores implicados en su valoración, a su variabilidad con el tiempo, a su interrelación, su dificultad de cuantificación y de la finalidad que persiga cada método. La gran mayoría de las metodologías existentes, evalúan la magnitud de las consecuencias derivadas del incendio. De conformidad a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010, “Condiciones de seguridad, prevención, protección y combate de incendios en los centros de trabajo” y aplicando la metodología descrita en el apéndice A de la misma, se procedió a evaluar el grado de riesgo de incendio de la planta. El riesgo de incendio, al igual que cualquier otro riesgo de accidente viene determinado por dos conceptos clave, los daños que puede ocasionar y la probabilidad de materializarse. Por lo tanto, el nivel de riesgo se debe evaluar considerando la probabilidad de inicio de incendio y las consecuencias que se derivan del mismo. Probabilidad de inicio de incendio. Viene determinada por las medidas de prevención no adoptadas; es decir, de la coexistencia en espacio, tiempo e intensidad suficiente del combustible y la fuente de ignición.

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Capítulo

6

DIAGRAMADEPROCESO

A continuación se describe el proceso de trabajo de Gill Industries Querétaro S. de R.L. de C.V.

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Capítulo

7

DETERMINACIÓNDELGRADODERIESGOCONTRAINCENDIO

Metodología empleada para determinar el grado de riesgo. Del apéndice A de la NOM-002-STPS-2010. “Determinación del grado de riesgo de incendio”. A.1 Para determinar el grado de riesgo de incendio en el centro de trabajo, el patrón debe seleccionar el rubro de la Tabla A.1 que más se apegue a las características de su centro de trabajo. Este sistema establece los criterios básicos para determinar su grado de riesgo. (TABLA A.1) TABLA A.1 Clasificación del Grado de Riesgo de Incendio NOM-002-STPS-2010 Concepto

Riesgo de incendio Ordinario

Superficie construida, metros cuadrados.

Alto

Menor de 3 000

Igual o Mayor de 3 000

en

Inventario de inflamables, en litros.

gases

Menor de 3 000

Igual o Mayor de 3 000

Inventario de inflamables, en litros.

líquidos

Menor de 1 400

Igual o Mayor de 1 400

Inventario de líquidos combustibles, en litros.

Menor de 2 000

Igual o Mayor de 2 000

Inventario de sólidos combustibles, incluido el mobiliario del centro de trabajo, en kilogramos.

Menor de 15 000

Igual o Mayor de 15 000

Materiales pirofóricos explosivos, en kilogramos.

y

No aplica

Cualquier cantidad

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La clasificación del riesgo de incendio en el centro de trabajo se podrá determinar por las áreas que lo integran, siempre y cuando estén delimitadas mediante materiales resistentes al fuego o por distanciamiento, que impidan una rápida propagación del fuego entre las mismas. Para la determinación del riesgo de incendio, se deberá proceder de la manera siguiente: a) Identificar la superficie construida en metros cuadrados del centro de trabajo, o de las áreas que lo integran. b) Identificar el inventario máximo que se haya registrado en el transcurso de un año, de los materiales, sustancias o productos que se almacenen, procesen y manejen en el centro de trabajo, o en las áreas que lo integran, para los conceptos de la Tabla A.1 que resulten aplicables. c) Para determinar el inventario de sólidos combustibles por el mobiliario en oficinas administrativas y otras áreas similares, se considerará un promedio de 60 kg por cada trabajador del centro de trabajo, o de las áreas que lo integran. No se contabilizarán los trabajadores que realicen sus actividades fuera del centro de trabajo, tales como conductores, repartidores, vendedores, promotores, entre otros. Opcionalmente, el inventario podrá determinarse considerando la cantidad real existente. d) Cuando se disponga en el centro de trabajo, o en las áreas que lo integran, de dos o más materiales, sustancias o productos que correspondan a un mismo concepto, el riesgo de incendio para dicho concepto se determinará con base en la sumatoria de los inventarios de dichos materiales, sustancias o productos.

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Se clasificarán con riesgo de incendio: a) Ordinario: Los centros de trabajo con superficie construida menor de tres mil metros cuadrados y que obtengan un resultado menor a UNO, con motivo de la aplicación de la fórmula antes mencionada. b) Alto: Los centros de trabajo con superficie construida igual o mayor de tres mil metros cuadrados, así como los centros de trabajo con cualquier superficie construida y/o que obtengan un resultado igual o mayor a UNO, con motivo de la aplicación de la fórmula antes mencionada. Las áreas de paso, esparcimiento y estacionamiento del centro de trabajo que, de manera excepcional, se utilicen temporalmente, por no más de siete días, para realizar actividades de almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles, no estarán sujetas a la clasificación del riesgo de incendio; sin embargo, en ellas se deberá contar, al menos, con

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equipo contra incendio portátil o móvil, de acuerdo con el tipo de fuego que se pueda presentar. Cuando se modifiquen los inventarios máximos que se hayan registrado en el transcurso de un año, de los materiales, sustancias o productos, se deberá efectuar una nueva determinación del riesgo de incendio. DIVISION DE INSTALACIONES Para determinar el grado de riesgo de incendio de acuerdo a la NOM 002 STPS 2010, Gill Industries Querétaro S. de R.L. de C.V., solo cuenta con la planta baja y está dividida físicamente por materiales resistentes al fuego, estas áreas son las siguientes:

Áreas a evaluar No. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14

Área Tool Room Prensas Mantenimiento K2XX Laboratorio de Pruebas Metrología Compras Paileria(matt) Servicio de Limpieza IT Comedor Materiales Almacén de SQ´s Almacén de Residuos Peligrosos

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Derivado del recorrido por las instalaciones, se reunió la siguiente información:

ANALISIS DE RIESGO DE INCENDIO (General) Concepto

Cantidad

Superficie construida

0000 m2

Inventario de gases inflamables

0000 Lts.

Inventario de líquidos inflamables

0000 Lts.

Inventario de líquidos combustibles

XXX Lts.

Inventario de sólidos combustibles

0000 kg

Inventario de materiales explosivos

0000 kg

Ahora tomando estos datos valoraremos el grado de riesgo de la instalación.

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Clasificación del Grado de Riesgo de Incendio NOM-002-STPS-2010 Concepto

Riesgo de incendio Ordinario

Superficie construida, metros cuadrados.

Alto

Menor de 3 000

Igual o Mayor de 3 000

en

Inventario de inflamables, en litros.

gases

Menor de 3 000

Igual o Mayor de 3 000

Inventario de inflamables, en litros.

líquidos

Menor de 1 400

Igual o Mayor de 1 400

Inventario de líquidos combustibles, en litros.

Menor de 2 000

Igual o Mayor de 2 000

Inventario de sólidos combustibles, incluido el mobiliario del centro de trabajo, en kilogramos.

Menor de 15 000

Igual o Mayor de 15 000

Materiales pirofóricos explosivos, en kilogramos.

y

No aplica

Con base a la metodología aplicada, se determina que el grado de riesgo del Oficinas Administrativas el cual es:

Cualquier cantidad

ORDINARIO/ALTO

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ANEXAR INFORMES DE GRADO DE INCENDIO RESPECTIVAS A CADA AREA (DOCUMENTO EN EXCEL)

SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 ANALISIS DE RIESGO DE INCENDIO (RESUMEN) PLANTA BAJA No. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14

Área Tool Room Prensas Mantenimiento K2XX Laboratorio de Pruebas Metrología Compras Paileria(matt) Servicio de Limpieza IT Comedor Materiales Almacén de SQ´s Almacén de Residuos Peligrosos

GRADO DE RIESGO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO

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Capítulo

8

CONCLUSIONESYRECOMENDACIONES.

De acuerdo a lo establecido en la Tabla A.1 del Apéndice A de la NOM-002-STPS-2010 y como resultado del análisis de áreas del centro de trabajo y de los materiales inflamables que se manejan y almacenan en grandes cantidades, la empresa se clasificó con un: GRADO DE RIESGO DE INCENDIO POR AREA COMO SE MENCIONA EN LA TABLA SIGUIENTE:

AREA Oficinas administrativas Taller de Producción Almacén

PLANTA BAJA GRADO DE RIESGO DE INCENDIO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO ORDINARIO/ALTO

Por lo anterior, se deben considerar los siguientes puntos: RIESGO ORDINARIO  Contar como mínimo con un extintor portátil por cada 300 m2 sin distanciarse más de 15 metros uno del otro.  Contar con bitácora de revisión mensual de los extintores.  Contar con el programa específico de seguridad o con la relación de medidas para la prevención, protección y combate de incendios;  Tener detectores de humo por cada 80 metros cuadrados de techo, sin obstrucciones entre el contenido del área y el detector, y una separación máxima de 9 m entre los centros de detectores.  Contar con bitácora de revisión mensual de los detectores de humo  Capacitar anualmente al personal que conforman las brigadas de combate de incendios, evacuación y de primeros auxilios.  Constancia de simulacros de incendio al menos una vez al año.

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 Dotar al personal que integra la brigada de combate de incendios con el equipo de proteccion personal tal y como lo establece la NOM 017 STPS 2008.  Desarrollar simulacros de incendios al menos dos veces al año RIESGO ALTO  Contar como mínimo con un extintor portátil por cada 200 m2 sin distanciarse más de 10 metros uno del otro.  Contar con bitácora de revisión mensual de los extintores.  Contar con el programa específico de seguridad o con la relación de medidas para la prevención, protección y combate de incendios;  Tener detectores de humo por cada 80 metros cuadrados de techo, sin obstrucciones entre el contenido del área y el detector, y una separación máxima de 9 m entre los centros de detectores.  Contar con bitácora de revisión mensual de los detectores de humo  Capacitar anualmente al personal que conforman las brigadas de combate de incendios, evacuación y de primeros auxilios.  Constancia de simulacros de incendio al menos dos veces al año.  Dotar al personal que integra la brigada de combate de incendios con el equipo de proteccion personal tal y como lo establece la NOM 017 STPS 2008.

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RECOMEDACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA:  Realizar pruebas mensuales a los detectores de incendio y llevar un registro en bitácora  Realizar mantenimiento de instalaciones eléctricas mensualmente y llevar bitácora de las revisiones  Llevar a cabo una revisión mensual de los extintores para poder darle seguimiento en anomalías que se presenten y asentarlo en bitácora  Realizar al menos dos veces al año un simulacro de incendio e asentarlo en acta  Capacitar al menos una vez al año a la brigada de combate de incendios en campo de prácticas con fuego real  Realizar la recarga de extintores una vez por año guardar en un lugar seguro la factura y responsiva técnica del proveedor que realiza la recarga  Colocar los extintores de acuerdo a la altura que maneja la NOM-002-STPS 2010  Adquirir más extintores para colocarlos mínimo cada 12 m. lineales  No obstruir equipo contra incendio o para emergencia  Contar con bitácora de revisión mensual de hidrantes donde incluya la lectura de presión

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Capítulo

9

ANEXOS

RECONOCIMIENTO INICIAL CONDICIONES

DE SEGURIDAD

– PREVENCIÓN, PROTECCIÓN Y COMBATE DE INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

1. OBJETIVO Establecer las condiciones mínimas de seguridad que deben existir, para la protección de los trabajadores y la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

PUNTO VERIFICATI

APLICACION

DESCRIPCIÓN

OBSERVACIONES

VO

5.1, A.1 y A.2

DOCUMENTAL

CONDICION

CUMPLE

FISICA

El patrón cumple cuando:  Presenta evidencia documental de la clasificación del riesgo de incendio del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, la cual contiene:  El nombre, denominación o razón social o identificación específica del centro de trabajo;  El domicilio completo del centro de trabajo;  La descripción general del proceso productivo, así como los materiales y cantidades que se emplean en dichos procesos; 



 



El número máximo de trabajadores por turnos de trabajo o, en su caso, los ubicados en locales, edificios o niveles del centro de trabajo; El número máximo estimado de personas externas al centro de trabajo que concurren a éste, tales como contratistas y visitantes; La superficie construida en metros cuadrados; El desglose del inventario máximo que se haya registrado en el transcurso de un año, de los materiales, sustancias o productos que se almacenen, procesen y manejen en el centro de trabajo, y la clasificación correspondiente en cada caso, según lo establecido en la Tabla A.1; El desglose de inventarios y la clasificación correspondiente para cada una de las áreas que integran el centro de trabajo,

Es válido que el patrón determine el riesgo de incendio de manera integral o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles. Se podrán evidenciar los inventarios de materiales, sustancias o productos que se almacenen, procesen y manejen en el centro de trabajo, exhibiendo los registros de las adquisiciones y/o existencias de éstos.

SI/NO 

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    5.2

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cuando la clasificación se haya efectuado de manera independiente; El cálculo desarrollado para la determinación final del riesgo de incendio; La fecha de realización de la determinación final del riesgo de incendio; El tipo de riesgo de incendio (ordinario o alto), y El nombre(s) de la(s) persona(s) responsable(s) de la clasificación realizada.

El patrón cumple cuando, al realizar un recorrido por Es válido que se cuente en el el centro de trabajo, se constata que: centro de trabajo con un solo croquis, plano o mapa del centro  Se cuenta con un croquis, plano o mapa de trabajo. general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles, actualizado y colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores, y



 El croquis, plano o mapa contiene, al menos, los datos siguientes:

5.3



El nombre, denominación o razón social del centro de trabajo y su domicilio;



La identificación de los predios colindantes;



La identificación de las principales áreas o zonas del centro de trabajo con riesgo de incendio, debido a la presencia de material inflamable, combustible, pirofórico o explosivo, entre otros;



La ubicación de los medios de detección de incendio, así como de los equipos y sistemas contra incendio;



Las rutas de evacuación, incluyendo, al menos, la ruta de salida y la descarga de salida, además de las salidas de emergencia, escaleras de emergencia y lugares seguros;



La ubicación del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio, y



La ubicación de materiales y equipo para prestar los primeros auxilios.

El patrón cumple cuando:  Presenta evidencia documental de que cuenta con las instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro de trabajo, y  Demuestra que difunde las instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro de trabajo, entre trabajadores, contratistas y visitantes, según corresponda.

Los elementos de difusión pueden ser folletos, trípticos, carteles, videos o pláticas documentadas, entre otros, asociados con los riesgos de incendio de las áreas del centro de trabajo.



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El patrón cumple cuando al entrevistar a los trabajadores, seleccionados de acuerdo con el criterio muestral de la Tabla 2, del numeral 13.4, se constata que éstos conocen las instrucciones aplicables en el centro de trabajo. 5.4 y 7



El patrón cumple cuando presenta evidencia documental de que:  Cuenta con instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro trabajo al alcance de los trabajadores, incluidas las relativas a la ejecución de trabajos en caliente en las áreas en las que se puedan presentar incendios, y supervisa que éstas se cumplan;  Elabora un programa anual de revisión mensual Para los de equipos de nueva de los extintores, y vigila que los extintores adquisición no se requerirá la cumplan con las condiciones siguientes: revisión de los aspectos contenidos en el numeral 7.2,  Que se encuentren en la ubicación inciso l), sub incisos 7) y 8), e inciso asignada en el plano a que se refiere el m). numeral 5.2, inciso d); 

Que su ubicación sea en lugares visibles, de fácil acceso y libres de obstáculos;



Que se encuentren señalizados, de conformidad con lo que establece la NOM026-STPS-2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan;



Que cuenten con el sello o fleje de garantía sin violar;



Que la aguja del manómetro indique la presión en la zona verde (operable), en el caso de extintores cuyo recipiente esté presurizado permanentemente y que contengan como agente extintor agua, agua con aditivos, espuma, polvo químico seco, halones, agentes limpios o químicos húmedos;



Que mantengan la capacidad nominal indicada por el fabricante en la etiqueta, en el caso de extintores con bióxido de carbono como agente extintor;



Que no hayan sido activados, de acuerdo con el dispositivo que el fabricante incluya en el extintor para detectar su activación, en el caso de extintores que contengan como agente extintor polvo químico seco, y que se presurizan al momento de operarlos por medio de gas proveniente de cartuchos o cápsulas, internas o externas;



SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 

Que se verifiquen las condiciones de las ruedas de los extintores móviles;



Que no existan daños físicos evidentes, tales como corrosión, escape de presión, obstrucción, golpes o deformaciones;



Que no existan daños físicos, tales como roturas, desprendimientos, protuberancias o perforaciones, en mangueras, boquillas o palanca de accionamiento, que puedan propiciar su mal funcionamiento;



Que el extintor sea puesto fuera de servicio cuando presente daño que afecte su operación, o dicho daño no pueda ser reparado, en cuyo caso sea sustituido por otro de las mismas características y condiciones de operación;



Que la etiqueta, placa o grabado se encuentren legibles y sin alteraciones;



Que la etiqueta cuente con la siguiente información vigente, después de cada mantenimiento: ●

El nombre, denominación o razón social, domicilio y teléfono del prestador de servicios;



La capacidad nominal en kilogramos o litros y el agente extintor;



Las instrucciones de operación, breves y de fácil comprensión, apoyadas mediante figuras o símbolos;



La clase de fuego destinado el equipo;



Las contraindicaciones cuando aplique;



La contraseña oficial del cumplimiento con la normatividad vigente aplicable, de conformidad con lo dispuesto por la Norma Oficial Mexicana NOM-106SCFI-2000, o las que la sustituyan, en su caso;



El mes y año del último servicio de mantenimiento realizado, y



La contraseña oficial de cumplimiento con la Norma NOM-154-SCFI-2005, o las que la sustituyan, y el número de dictamen de cumplimiento con la misma;

a

que

está

de

uso,

 Cuenten los extintores de polvo químico seco con el collarín que establece la NOM-154-SCFI2005, o las que la sustituyan;  Establezca y dé seguimiento a un programa El programa anual de revisión y anual de revisión y pruebas a los equipos contra pruebas a los sistemas de incendio, a los medios de detección y, en su detección y de equipos fijos contra incendio, sólo será

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caso, a las alarmas de incendio y sistemas fijos requerido para áreas de los contra incendio; centros de trabajo clasificadas con riesgo de incendio alto.  Someta a mantenimiento a los equipos, sistemas y medios de detección contra incendio, por personal capacitado para tal fin, cuando derivado de la revisión y pruebas, se encontrara que existe daño o deterioro en los mismos;  Establezca y dé seguimiento a un programa anual de revisión a las instalaciones eléctricas de las áreas del centro de trabajo, con énfasis en aquéllas clasificadas como de riesgo de incendio alto, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir, el cual comprenda, al menos, los elementos siguientes: 

Tableros de distribución;



Conductores;



Canalizaciones, incluyendo conductores y espacios libres en éstas;



Cajas de conexiones;



Contactos;



Interruptores;



Luminarias;



Protecciones, incluyendo las de cortocircuito -fusibles, cuchillas desconectadoras, interruptor automático, dispositivos termo-magnéticos, entre otros-, en circuitos alimentadores y derivados, y



Puesta a tierra de equipos y circuitos;

los

 El programa anual de revisión a las instalaciones eléctricas: 

Sea elaborado y aplicado por personal previamente capacitado y autorizado por el patrón;



Comprenda la revisión de los aspectos siguientes: puntos calientes de la instalación eléctrica, aislamientos o conexiones rotas o flojas, expuestas o quemadas; sobrecargas (varias cargas en un solo tomacorriente); alteraciones, e improvisaciones, entre otras, y



Se sometan las instalaciones eléctricas con daños o deterioro, al mantenimiento correspondiente, por personal capacitado para tal fin, de conformidad con lo dispuesto por la NOM-029-STPS-2005, o las que la sustituyan;

 Establezca y dé seguimiento a un programa anual de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir, mismo que contenga, al menos, los elementos siguientes:



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SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 

La integridad de los elementos componen la instalación, y



La señalización de las tuberías de la instalación, conforme a lo establecido por la NOM-026-STPS-2008, o las que la sustituyan, la cual se conserva visible y legible;

Nivel de Revisión: 00

que



 El programa anual de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural: 

Sea elaborado y aplicado por personal previamente capacitado y autorizado por el patrón, y



Se sometan las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural con daños o deterioro, al mantenimiento correspondiente, por personal capacitado para tal fin.

El patrón cumple cuando cuenta con los registros de:



 Los resultados de la revisión mensual a los extintores, que al menos contenga:





La fecha de la revisión;



El nombre o identificación del personal que realizó la revisión;



Los resultados de la revisión mensual a los extintores;



Las anomalías identificadas, y



El seguimiento identificadas.

de

las

anomalías

Los resultados de los programas anuales de revisión a que se refieren los numerales 7.4, 7.5 y 7.6, que al menos contengan: 

El nombre, denominación o razón social y domicilio completo del centro de trabajo;



La fecha de la revisión;



Las áreas revisadas;



Las anomalías detectadas y acciones determinadas para su corrección y seguimiento, en su caso, y



El nombre y puesto de los responsables de la revisión.

El patrón cumple cuando, al realizar un recorrido por el centro de trabajo, se constata que:  Se cuenta, con la señalización que prohíba fumar, generar flama abierta o chispas e introducir objetos incandescentes, cerillos, cigarrillos o, en su caso, utilizar teléfonos celulares, aparatos de radiocomunicación, u otros que puedan provocar ignición por no ser intrínsecamente seguros, en las áreas en donde se produzcan, almacenen o manejen materiales inflamables o explosivos, así como que dicha señalización cumpla con lo establecido por la NOM-026-STPS-2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan;  Se cuenta, en su caso, con señalización en la proximidad de los elevadores, que prohíba su



SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 uso en caso de incendio, de conformidad con lo establecido en la NOM-003-SEGOB-2002, o las que la sustituyan;

Los controles de acceso a las áreas con riesgo de incendio donde se almacenen, procesen o manejen materiales inflamables o explosivos, pueden consistir en puertas con cerrojos, candados, acordonamiento, entre otras medidas y, adicionalmente, contar con supervisión y señalización de acceso sólo para personal designado.

 Se controla en dichas áreas el uso de herramientas, ropa, zapatos y objetos personales que puedan generar chispa, flama abierta o altas temperaturas;  Se cuenta con las medidas o procedimientos de seguridad, para el uso de equipos de calefacción, calentadores, hornos, parrillas u otras fuentes de calor, en las áreas donde existan materiales inflamables o explosivos, y se supervisa que se cumplan;  Se prohíbe y evita que se almacenen materiales o coloquen objetos que obstruyan e interfieran el acceso al equipo contra incendio o a los dispositivos de alarma de incendio o activación manual de los sistemas fijos contra incendio;  Se cuenta con rutas de evacuación que cumplan con las condiciones siguientes:  Que estén señalizadas, en lugares visibles, de conformidad con lo dispuesto por la NOM-026-STPS-2008 o la NOM-003-SEGOB2002, o las que las sustituyan;  Que se encuentren libres de obstáculos que impidan la circulación de los trabajadores y demás ocupantes;  Que dispongan de dispositivos de iluminación de emergencia que permitan percibir el piso y cualquier modificación en su superficie, cuando se interrumpa la energía eléctrica o falte iluminación natural; 

Que la distancia por recorrer desde el punto más alejado del interior de una edificación, hacia cualquier punto de la ruta de evacuación, no sea mayor de 40 m.

Nivel de Revisión: 00



 Se prohíbe y evita el bloqueo, daño, inutilización o uso inadecuado de los equipos y sistemas contra incendio, los equipos de protección personal para la respuesta a emergencias, así como los señalamientos de evacuación, prevención y de equipos y sistemas contra incendio, entre otros;  Se establecen controles de acceso para los trabajadores y demás personas que ingresen a las áreas donde se almacenen, procesen o manejen materiales inflamables o explosivos;  Se adoptan las medidas de seguridad para prevenir la generación y acumulación de electricidad estática en las áreas donde se manejen materiales inflamables o explosivos, de conformidad con lo establecido en la NOM-022STPS-2008, o las que la sustituyan;

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Los dispositivos de iluminación de emergencia sólo se requerirán cuando las señales no sean de materiales fotoluminiscentes.

SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 En caso contrario, el tiempo máximo de evacuación de los ocupantes a un lugar seguro sea de tres minutos; 

Que las escaleras eléctricas sean consideradas parte de una ruta de evacuación, previo bloqueo de la energía que las alimenta y de su movimiento;



Que los elevadores eléctricos no sean considerados parte de una ruta de evacuación y no se usen en caso de incendio;



Que los desniveles o escalones en los pasillos y corredores de las rutas de evacuación estén señalizados de conformidad con la NOM-026-STPS-2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan, y



Que en el recorrido de las escaleras de emergencia exteriores de los centros de trabajo de nueva creación, las ventanas, fachadas de vidrio o cualquier otro tipo de aberturas, no representen un factor de riesgo en su uso durante una situación de emergencia de incendio;

 Se cuenta con salidas normales y/o de Las salidas de emergencia no se emergencia que cumplan con las condiciones requerirán cuando las salidas siguientes: normales realicen esta función. 

 

Que estén identificadas conforme a lo señalado en la NOM-026-STPS-2008 o la NOM-003-SEGOB-2002, o las que las sustituyan;

En caso de que por razones de seguridad u otras similares una salida de emergencia no deba utilizarse regularmente como medio de ingreso-egreso a un Que comuniquen a un descanso, en caso edificio o local, puede utilizarse de acceder a una escalera; un dispositivo de alarma Que en las salidas de emergencia, las automática para indicar que se puertas abran en el sentido del flujo, salvo ha abierto dicha salida. que sean automáticas y corredizas;



Que las puertas sean de materiales resistentes al fuego y capaces de impedir el paso del humo entre áreas de trabajo, en caso de quedar clasificados el área o centro de trabajo como de riesgo de incendio alto, y se requiera impedir la propagación de un incendio hacia una ruta de evacuación o áreas contiguas por presencia de materiales inflamables o explosivos;



Que las puertas de emergencia cuenten con un mecanismo que permita abrirlas

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SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 desde el interior, mediante una operación simple de empuje; 

Que las puertas consideradas cómo salidas de emergencia estén libres de obstáculos, candados, picaportes o cerraduras con seguros puestos durante las horas laborales, que impidan su utilización en casos de emergencia, y



Que cuando sus puertas sean consideradas como salidas de emergencia, y funcionen en forma automática, o mediante dispositivos eléctricos o electrónicos, permitan la apertura manual, si llega a interrumpirse la energía eléctrica en situaciones de emergencia;

Nivel de Revisión: 00









 Se tienen instalados extintores en las áreas del centro de trabajo, conforme a lo siguiente: 

Acordes con la clase de fuego que se pueda presentar;



Colocados al menos uno por cada 300 metros cuadrados de superficie o fracción, si su grado de riesgo es ordinario;



Colocados al menos uno por cada 200 metros cuadrados de superficie o fracción, si su grado de riesgo es alto;



Colocados sin exceder las distancias máximas de recorrido que se indican en la Tabla 1 del numeral 7.17, inciso d), de la presente Norma, por clase de fuego, para acceder a ellos, tomando en cuenta las vueltas y rodeos necesarios;



Colocados a una altura no mayor de 1.50 m, medidos desde el nivel del piso hasta la parte más alta del extintor, y



Protegidos de daños y de las condiciones ambientales que puedan afectar su funcionamiento;

 Se tienen instalados al menos la mitad del número requerido de extintores que le correspondan, de acuerdo con lo señalado en el numeral 7.17, incisos b) y c), de la presente Norma, siempre y cuando tengan una capacidad nominal de al menos seis kilogramos o nueve litros, en el caso de que los centros de trabajo o las áreas que lo integran cuenten con sistemas automáticos de supresión;  Se proporciona mantenimiento a los extintores como resultado de las revisiones mensuales, garantizado conforme a lo establecido en la NOM-154-SCFI-2005, o las que la sustituyan, y al menos una vez por año;

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 Se reemplacen los extintores que se sometan a mantenimiento en su misma ubicación, por otros cuando menos del mismo tipo y capacidad, y  Se proporcione la recarga a los extintores después de su uso y, en su caso, como resultado del mantenimiento, garantizada de acuerdo con lo establecido en la NOM-154-SCFI-2005, o las que la sustituyan. 5.5 y 8

El patrón cumple cuando:  Presenta evidencia documental de que cuenta con el plan de atención a emergencias de incendio que contenga, según aplique, lo siguiente: 

La identificación y localización de áreas, locales o edificios y equipos de proceso, destinados a la fabricación, almacenamiento o manejo de materias primas, subproductos, productos y desechos o residuos que impliquen riesgo de incendio;



La identificación de rutas de evacuación, salidas y escaleras de emergencia, zonas de menor riesgo y puntos de reunión, entre otros;



El procedimiento de alertamiento, en caso de ocurrir una emergencia de incendio, con base en el mecanismo de detección implantado;



Los procedimientos para la operación de los equipos, herramientas y sistemas fijos contra incendio, y de uso del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio;



El procedimiento para la evacuación de los trabajadores, contratistas, patrones, y visitantes, entre otros, considerando a las personas con capacidades diferentes;



Los integrantes de las brigadas contra incendio con responsabilidades y funciones a desarrollar;



El equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio;



El plan de ayuda mutua que se tenga con otros centros de trabajo, en su caso;



El procedimiento de solicitud de auxilio a cuerpos especializados para la atención a la emergencia contra incendios, considerando el directorio de dichos cuerpos especializados de la localidad;



Los procedimientos para el retorno a actividades normales de operación, para

Se considerarán cumplidos los requisitos del Capítulo 8, cuando el Plan de Contingencias vigente y autorizado por la Autoridad Competente de Protección Civil, contenga los requisitos establecidos en dicho capítulo.





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SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 eliminar los riesgos después de emergencia, así como para identificación de los daños;

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la la



La periodicidad de los simulacros de emergencias de incendio por realizar;



Los medios de difusión para todos los trabajadores sobre el contenido del plan de atención a emergencias de incendio y de la manera en que ellos participarán en su ejecución, y



Las instrucciones para emergencias de incendio;

atender

 En el caso de los centros de trabajo con riesgo de incendio alto, el plan de atención a emergencias de incendio, además de lo requerido en el punto anterior correspondiente al numeral 8.1, contiene lo siguiente:

5.6 y 9



Las brigadas de primeros auxilios, de comunicación y de evacuación;



Los procedimientos actividades, y



Los recursos para desempeñar las funciones de las brigadas.

para

realizar

sus

El patrón cumple cuando presenta evidencia documental de que tiene integrada(s) la(s) brigada(s) contra incendio, de acuerdo con lo siguiente:  Se consideró, para determinar el número de integrantes de la(s) brigada(s) del centro de trabajo, al menos: El número de trabajadores por turno del centro de trabajo;  La asignación y rotación de trabajadores en los diferentes turnos, y  Los resultados de los simulacros con base en lo establecido en el numeral 10.3, incisos d), e), f) y g) de la presente Norma, considerando los accidentes previsibles más graves que puedan llegar a ocurrir en las diferentes áreas de las instalaciones;  Los integrantes de las brigadas se seleccionan entre los trabajadores que cuenten con disposición para participar y con aptitud física y mental para desarrollar las funciones que se les asignen en el plan de atención a emergencias de incendio, y  Las brigadas contra incendio tienen, al menos, las funciones siguientes: 



Evaluar los riesgos de la situación de emergencia por incendio, a fin de tomar las decisiones y acciones que correspondan, a través del responsable de la brigada o, quien tome el mando a falta de éste, de

Esta obligación aplica exclusivamente a centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto.



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acuerdo con el plan de atención a emergencias de incendio, y 

5.7 y 10

Reconocer y operar los equipos, herramientas y sistemas fijos contra incendio, así como saber utilizar el equipo de protección personal contra incendio, de acuerdo con las instrucciones del fabricante, los procedimientos establecidos y la capacitación impartida por el patrón o las personas capacitadas que éste designe.

El patrón cumple cuando presenta evidencia documental de que la planeación por áreas o por todo el centro de trabajo de los simulacros de emergencias de incendio, contiene al menos:

Es válido que los simulacros de emergencias de incendio se realicen por áreas o por todo el centro de trabajo. 

 Los nombres de los encargados de coordinar el simulacro y de establecer las medidas de seguridad por adoptar durante el mismo;  La fecha y hora de ejecución;  El alcance del simulacro: integral o por áreas del centro de trabajo, con o sin previo aviso, personal involucrado, entre otros;  La determinación del tipo de escenarios de emergencia más críticos que se pudieran presentar, tomando en cuenta principalmente el tipo y cantidad de materiales inflamables o explosivos, las características, el riesgo de incendio y la naturaleza de las áreas del centro de trabajo, así como las funciones y actividades que realizará el personal involucrado;  La secuencia de acciones por realizar durante el simulacro, y  En su caso, la participación de los cuerpos especializados de la localidad para la atención a la emergencia, de existir éstos, y si así lo prevé el tipo de escenario de emergencia planeado. El patrón cumple cuando presenta evidencia del registro de los resultados de los simulacros de emergencias de incendio, realizados al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, o al menos dos veces al año, tratándose de centros de trabajo con riesgo de incendio alto, que contenga al menos, la información siguiente:



 El nombre, denominación o razón social del centro de trabajo donde se desarrolló el simulacro, incluyendo el domicilio completo;  Las áreas del centro de trabajo en las que se realizó el simulacro;  El número de personas que intervinieron;  Los recursos utilizados durante el simulacro;



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 La detección de desviaciones en las acciones planeadas;  Las recomendaciones para actualizar el plan de atención a emergencias de incendio;  La duración del simulacro, y  5.8 y 11

Los nombres de los encargados de coordinarlo.

El patrón cumple cuando presenta evidencia El cumplimiento a lo previsto por documental de que: los numerales 5.8 y 11, se puede de manera  Cuenta con un programa de capacitación acreditar anual teórico-práctico en materia de documental o por medio de prevención de incendios y atención de entrevistas, a elección del patrón. emergencias;



 Capacita a los trabajadores en los aspectos La acreditación de manera básicos de riesgos de incendio y conceptos del documental, podrá efectuarse fuego; por medio de programas de certificados,  Proporciona a los trabajadores entrenamiento capacitación, constancias de habilidades, teórico-práctico, según aplique, para: reconocimientos o diplomas de  Manejar los extintores y/o sistemas fijos los cursos recibidos, así como contra incendio; videos y fotografías.  

Actuar conforme al plan de atención a Se considerará que se cumple emergencias de incendio; con la capacitación, cuando el programa Actuar y responder en casos de presente y éste se emergencia de incendio, así como para correspondiente prevenir riesgos de incendio en las áreas de encuentre en ejecución, siempre trabajo donde se almacenen, procesen y que el avance cubra lo manejen materiales inflamables o programado a la fecha en que se realice la vigilancia o evaluación explosivos, en lo referente a: de la conformidad. ● ● ● ● ●

Instalaciones eléctricas;

El entrenamiento sobre el manejo Instalaciones de aprovechamiento de de los extintores y/o sistemas contra incendio a que se refiere gas licuado de petróleo o natural; Prevención de actos inseguros que el inciso a), del numeral 11.2, podrá efectuarse en seco sin la puedan propiciar incendios; descarga del agente de Medidas de prevención de incendios, extinción, o en frío cuando no sea y factible realizarlo en condiciones Orden y limpieza; de fuego real.



Participar en el plan de ayuda mutua que se tenga con otros centros de trabajo, en su caso;



Identificar un fuego incipiente y combatirlo, así como activar el procedimiento de alertamiento, y



Conducir a visitantes del centro de trabajo en simulacros o en casos de emergencia de incendios a un lugar seguro;

 Proporciona a los brigadistas de los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, capacitación adicional en la aplicación de las instrucciones para atender emergencias de incendio, en apego al plan de atención a





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Nivel de Revisión: 00

emergencias de incendio, con los temas siguientes: 

El contenido del plan de atención a emergencias de incendio, establecido en el Capítulo 8 de la presente Norma;



Las estrategias, tácticas y técnicas para la extinción de fuegos incipientes o, en su caso, incendios, de acuerdo con las emergencias potenciales del centro de trabajo y el plan de atención a emergencias de incendio;



Los procedimientos básicos de rescate y de primeros auxilios;



La comunicación interna con trabajadores y brigadistas, y externa con grupos de auxilio;



La coordinación de las brigadas con grupos externos de auxilio para la atención de las situaciones de emergencia;



El funcionamiento, uso y mantenimiento de los equipos contra incendio;



Las verificaciones de equipos para protección y combate de incendios, así como para el equipo de primeros auxilios, y



El manejo seguro de materiales inflamables o explosivos, en casos de emergencias, considerando los aspectos siguientes:





Las propiedades y características de dichos materiales, mismas que pueden ser consultadas en sus respectivas hojas de datos de seguridad;



Los riesgos por reactividad;



Los riesgos a la salud;



Los medios, técnicas y precauciones especiales para la extinción;



Las contraindicaciones del combate de incendios, y



Los métodos de mitigación controlar la sustancia, y

para

El responsable de la brigada y quien sea designado para suplirle en sus ausencias, reciban además capacitación en la toma de decisiones y acciones por adoptar, dependiendo de la magnitud y clase de fuego.

 El programa anual de capacitación contiene, al menos, la información siguiente:

 

Los puestos de trabajo involucrados en la capacitación;

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SISTEMA DE CALIDAD NOM - 002 - STPS -2010 

Los temas de la capacitación, de acuerdo con los numerales 11.1, 11.2 y 11.3 de esta Norma;



Los tiempos de duración de los cursos, pláticas o actividades de capacitación y su periodo de ejecución, y



El nombre del responsable del programa.

Nivel de Revisión: 00

El patrón cumple cuando al entrevistar a los trabajadores, seleccionados de acuerdo con el criterio muestral de la Tabla 2 del numeral 13.4, así como a dos integrantes de la(s) brigada(s) contra incendio, en su caso, se constata que poseen conocimientos sobre los temas en los que fueron capacitados. 5.9

El patrón cumple cuando, al realizar un recorrido por el centro de trabajo, se constata que los integrantes de la(s) brigada(s) contra incendio cuentan con el equipo de protección personal contra incendio, seleccionado de conformidad con lo previsto en la NOM-017-STPS-2008, o las que la sustituyan.

5.10

El patrón cumple cuando, al realizar un recorrido por el centro de trabajo, se constata que en las áreas clasificadas con riesgo de incendio ordinario, se cuenta con medios de detección y equipo contra incendio, y en las de riesgo de incendio alto, además de lo anteriormente señalado, con sistemas fijos de protección contra incendio y alarmas de incendio, para atender la posible dimensión de la emergencia de incendio, mismos que son acordes con la clase de fuego que pueda presentarse.

5.11



 Para los centros de trabajo de riesgo de incendio ordinario, se puede contar con dispositivos independientes o sistemas de detección, así como equipos o sistemas contra incendio.



Se considera que se cumple con esta norma, Esta obligación aplica cuando el patrón presente: únicamente tratándose de  El acta y la minuta correspondientes a la centros de trabajo con riesgo de verificación satisfactoria del cumplimiento de la incendio alto. presente Norma, que emita la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el marco de las evaluaciones integrales del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, o  El dictamen de cumplimiento de esta Norma expedido por una unidad de verificación acreditada y aprobada, o  El acta circunstanciada que resulte de la revisión, verificación, inspección o vigilancia de las condiciones para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, por parte de la autoridad local de protección civil que corresponda al domicilio del centro de trabajo, en el marco de los programas internos, específicos o especiales de protección civil.