01. Escrito Inicial

ALAMBRES PARA FORJA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. VS. HILARIO TRINIDAD PÉREZ. JUICIO: MEDIOS PREPARATORIOS. ESC

Views 111 Downloads 3 File size 52KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

ALAMBRES PARA FORJA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. VS. HILARIO TRINIDAD PÉREZ. JUICIO: MEDIOS PREPARATORIOS. ESCRITO INICIAL DE DEMANDA. C. JUEZ DE LO MERCANTIL EN TURNO EN ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO. ISRAEL IGNACIO ALMARÁZ GRANADA, promoviendo en mi calidad de apoderado legal de la empresa denominada ALAMBRES PARA FORJA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, personalidad que acredito debidamente con la copia certificada de la Escritura Pública número cuarenta mil setecientos veinticuatro (40,724), pasada ante la fe del notario público ciento quince del Estado de México, la cual corre agregada al presente escrito (Anexo 1), personalidad que solicito me sea reconocida desde este momento, Señalando como domicilio para recibir notificaciones los estrados de este H. Juzgado; autorizando en los términos del tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio, así como pare recibir valores, a los Licenciados en Derecho JUAN PABLO CASTILLO SALGADO¸ titular de la cédula profesional número 7564221, RICARDO NOËL RIVERA ARAIZA, titular de la cédula profesional número 6992746, AYERÍM ÁLVAREZ BADILLO, titular de la cédula profesional número 8083505, cédulas profesionales expedidas por la Dirección General de Profesiones; así mismo autorizando también, pero solo para efectos de imponerse de los autos, así como oír y recibir notificaciones, aún las de carácter personal, y documentos a los estudiantes de Derecho MAURICIO VEGA MENDIOLA, GUILLERMO ESCOTTO GONZÁLEZ, LUIS SEBASTIÀN RÁBADE GARCÍA, ROMÁN EDUARDO VILLA SALGADO, y AMAURI DANIEL COUTIÑO RODRÍGUEZ en tales términos, con respeto comparezco a fin de exponer. Que por este medio, en virtud de la existencia de un adeudo pendiente de pago en favor de la empresa que represento, vengo a promover medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, los cuales se seguirán en contra de HILARIO TRINIDAD PÉREZ, quien cuenta con su domicilio ubicado en EUCARIO LÓPEZ NÚMERO NUEVE, COLONIA GRANJAS VALLE DE GUADALUPE, CÓDIGO POSTAL 55270, MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, Incoando en los presentes medios preparatorios que tienen su fundamento y motivación en las razones de facto que se expondrán a continuación. HECHOS. A) La empresa a la que represento, es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas, tiene como actividad principal dentro de su objeto social, la comercialización y producción de tuercas, alambre, tornillos, etcétera, teniendo como domicilio el ubicado en CENTLAPATL, NÚMERO 148, COLONIA SAN MARTÍN XOCHINAHUAC, C. P. 02150, EN LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO. B) El deudor, realizó a la empresa que represento, una serie de pedidos, de diversos materiales los cuales son producidos en nuestro giro comercial, mediante diversos pedidos que fueron facturados (17 facturas [anexo 2]) los cuales se describen a continuación:

factura 14016 14017 14004 13912

13940

13584 13565

13521 13381 13140 13017 12814 12785 12710 12679 12694 12631

producto Alambre cortado Alambre cortado Alambre cortado Alambre cortado, Alambre pulido Alambre cortado, Alambre pulido Alambre pulido Alambre cortado, Alambre pulido Alambre pulido Alambre Cortado Alambre Cortado Alambre Cortado Alambre Pulido Alambre Cortado Alambre Pulido Alambre Pulido Alambre Pulido Alambre cortado

fecha 19 de marzo de 2015 19 de marzo de 2015 17 de marzo de 2015 18 de febrero de 2015

Importe $4,635.36 $4,593.60 $10,092.00 $4,433.29

26 de febrero de 2014

$5,510.46

13 de noviembre de 2014 11 de noviembre de 2014

$9,319.79

30 de octubre de 2014 25 de septiembre de 2014 22 de julio de 2014 19 de junio de 2014 2 de mayo de 2014 23 de abril de 2014 2 de abril de 2014 26 de marzo de 2014 28 de marzo de 2014 14 de marzo de 2014 TOTAL

$5,492.25

$7,628.04

$9,048.00 $5,916.00 $7,308.00 $6,960.00 $8,839.20 $5,985.60 $1,740.00 $3,480.00 $6,960.00 $107,941.59

Facturas que arrojan tras una operación aritmética de suma, la cantidad de $107,941.59 (Ciento siete mil novecientos cuarenta y un pesos 59/100 M. N.), cantidad que al día de hoy no ha sido cubierta por el deudor HILARIO TRINIDAD PÉREZ, ni ha realizado pago de cantidades parciales para cubrir el adeudo, pese a que ha recibido las mercancías descritas en el cuadro que antecede. C) El deudor cuenta con un registro federal de causantes TIPH590228EA3, y pese a diversas gestiones de cobranza extrajudicial por parte de la empresa a la que represento, no se ha obtenido respuesta alguna por parte del deudor. En tales términos, ante la rotunda negativa por parte del hoy deudor de saldar por completo el adeudo que tiene con mi representada por concepto de la compra de los materiales de alambre pulido y alambre cortado, a lo que se ha hecho referencia en el presente capítulo, mismo que asciende a la cantidad de $107,941.59 (Ciento siete mil novecientos cuarenta y un pesos

59/100 M. N.), he promovido los presentes medios preparatorios a fin de que Usía, de encontrarlo ajustado a derecho, ordene se cumplimenten las siguientes: PRETENCIONES. 1. Que, bajo el apercibimiento de ser declarado confeso para el caso de que no asista en día y hora señalados por Usía, para el desahogo de la diligencia respectiva, el deudor, HILARIO TRINIDAD PÉREZ, bajo protesta de decir verdad, confiese judicialmente el adeudo que tiene con la empresa a la que represento, lo anterior de conformidad con las consideraciones de hecho que se han vertido en el cuerpo del presente escrito; 2. Que el deudor reconozca el adeudo que deriva del monto establecido en las facturas descritas en el cuadro que antecede, el cual asciende a la cantidad de $107,941.59 (Ciento siete mil novecientos cuarenta y un pesos 59/100 M. N.); y 3. Una vez tramitada la secuela procesal que nos ocupa, se expidan copias certificadas de todo lo actuado en el expediente. Las pretensiones contenidas en el capítulo anterior, tienen como fundamento las consideraciones de derecho que a continuación se exponen. DERECHO. 1. En cuanto al fondo del asunto que se plantea en los presentes medios preparatorios, mismo que se pretende seguir en la vía ejecutiva mercantil, son aplicables los artículos 75 fracción I, 78, 371, 372, 373, 375, 376, 380 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio, así como de las demás legislaciones que resultaren afines a la situación que se plantea; y 2. Por lo que respecta al procedimiento, resultan aplicables los artículos 1151, 1152, 1153, 1158, 1159, 1160, 1161, 1162, 1163, 1164, 1211, 1212, 1216, 1217, 1221, 1222, 1223, 1224, 1225, 1226, 1228, 1229, 1230, 1231, 1232, 1235, 1287, 1288, 1289, 1391 fracciones III, VII y los demás relativos y aplicables del Código de Comercio aplicable en el territorio de la República Mexicana, así como de las leyes que resulten afines al caso en concreto. SOLICITUD DE DILIGENCIA PARA EL DESAHOGO DE LA CONFESIONAL. En virtud de que la primer pretensión que se busca satisfacer a través de la incoación de los presentes medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, es la confesión judicial por parte de HILARIO TRINIDAD PÉREZ, respecto al adeudo que tiene con mi representada por la cantidad de $107,941.59 (Ciento siete mil novecientos cuarenta y un pesos 59/100 M. N.), solicito

respetuosamente Usía, se sirva ordenar que sean señalados fecha y hora a efecto de que pueda cumplimentarse la diligencia de mérito, ello a través del mismo deudor o persona que legalmente le pueda representar.

Así, solicito igualmente a Su Señoría que una vez señalados fecha y hora para la diligencia en comento, ordene citar al representante de HILARIO TRINIDAD PÉREZ, a través de la cédula por la cual se comunique la incoación de los presentes medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, para efecto de que asista al local de este H. Juzgado a desahogar la diligencia que se propone, bajo el apercibimiento de ser declarado confeso en caso de su inasistencia. Bajo tal circunstancia y a efecto de que la diligencia solicitada sea cumplimentada debidamente, adjunto al presente escrito el pliego de posiciones que deberá absolver la persona a la que se ha hecho referencia en el párrafo anterior. (anexo 3) SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE LAS FACTURAS. Atendiendo a la pretensión marcada con el número dos del capítulo correspondiente, respetuosamente solicito a Su Señoría que ordene al deudor manifestarse en cuanto al reconocimiento que ésta haga de la facturas descritas en el cuadro que anteriormente aparece en el cuerpo del presente escrito, y que están anexas al presente libelo (anexo2), otorgando el término que en derecho sea procedente para tal efecto, bajo el apercibimiento de que, en caso de abstenerse a realizar algún pronunciamiento respecto al reconocimiento del documento de referencia, se tendrá por reconocida en su rebeldía, dando paso a la tramitación del correspondiente juicio ejecutivo mercantil. Tomando en cuenta las consideraciones de hecho y de derecho que se han expuesto en el cuerpo del presente libelo inicial, por el cual se promueven medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, en contra del hoy deudor denominada HILARIO TRINIDAD PÉREZ, A USTED, C. JUEZ atentamente pido se sirva. PRIMERO.- Tenerme por presentado, representando a la empresa ALAMBRES PARA FORJA, S.A. DE C.V., promoviendo los medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil en los términos que se detallan en el cuerpo del presente documento; SEGUNDO.- Tener por señalado el domicilio para oír y recibir notificaciones que se menciona en el proemio del presente escrito; TERCERO.- Tener por autorizadas, a las personas señaladas en el proemio del presente libelo. CUARTO.- Ordenar que se notifique a HILARIO TRINIDAD PÉREZ en el domicilio proporcionado para tal efecto, la incoación de los medios preparatorios que se proponen en este escrito; QUINTO.- Fijar fecha y hora para que se lleve a cabo el desahogo de la diligencia respecto de la confesional que se propone en el cuerpo del presente escrito, para lo cual, en la cédula a la que se ha hecho referencia en el punto inmediato anterior, deberá incluirse la citación para el desahogo de la misma; SEXTO.- Ordene al hoy deudor que se manifieste en cuanto al reconocimiento de las facturas anexas como documentos basales de la acción, otorgando el término que en derecho sea procedente para tal efecto, bajo el apercibimiento de que, en caso de abstenerse a realizar algún pronunciamiento respecto al reconocimiento del documento de referencia, se tendrá por reconocida en su rebeldía;

SÉPTIMO.- Una vez tramitada las secuelas procesales correspondientes, expedir a costa de mi representada las copias certificadas a las que hace referencia el artículo 1160 del Código de Comercio, esto a efecto de que pueda sustanciarse el juicio ejecutivo mercantil que se seguirá en contra del deudor;

PROTESTO LO NECESARIO Ecatepec, México, a 20 de abril de 2016.

ISRAEL IGNACIO ALMARÁZ GRANADA.