Uso de La Fuerza

USO DE LA FUERZA DOCENTE: FERNANDO SANGUINO BARRERA SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES MARCO LEGAL DEL USO DE LA FU

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USO DE LA FUERZA DOCENTE: FERNANDO SANGUINO BARRERA SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

MARCO LEGAL DEL USO DE LA FUERZA Internacional • Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. • Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

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MARCO LEGAL DEL USO DE LA FUERZA Nacional • Acuerdo A/04/2012, por el Secretario de Seguridad Pública. • Acuerdo A/080/2012 por la Procuraduría General de la Republica. • Código Penal Federal. • Protocolo Nacional de actuación del policía como primer respondiente.

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MARCO LEGAL DEL USO DE LA FUERZA Leyes Locales • Protocolo de actuación policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Michoacán de Ocampo para detención, búsqueda, uso de La fuerza, alto de tránsito, control de Multitudes y restablecimiento del orden. • Código Penal para el Estado de Michoacán.

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¿QUE ES EL USO DE LA FUERZA? Acuerdo 04/2012

Fuerza: Medio por el cual el integrante de la institución policial logra el control de una situación que atenta contra la seguridad, el orden público, la integridad o la vida de las personas.

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Uso de la fuerza: Es la aplicación gradual de las técnicas policiales para el control y aseguramiento de individuos o grupos que atentan contra la seguridad, el orden público, la integridad personal y patrimonial de los ciudadanos. El uso legítimo de la fuerza y de las armas de fuego es la facultad exclusiva de la autoridad, para salvaguardar la integridad de las personas, su patrimonio, sus derechos, sus libertades y mantener el orden público. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

Artículo 29 Protocolo actuación policial de la SSP del Estado de Michoacán

Fuerza Instrumento legítimo mediante el que la Policía hará frente a las situaciones, actos y hechos que afectan o ponen en peligro la preservación de la libertad, el orden y la paz pública, así como la integridad y derechos de las personas, a fin de asegurar y mantener la vigencia de la legalidad y el respeto a los derechos humanos.

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EN EL USO DE LA FUERZA PÚBLICA, LOS INTEGRANTES DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES DEBERÁN APEGARSE A LOS PRINCIPIOS SIGUIENTES:

• NECESIDAD • LEGALIDAD • OPORTUNIDAD • RACIONALIDAD • PROPORCIONALIDAD SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

Necesidad:

Significa que sólo cuando sea estrictamente necesario, inevitable y previamente se hayan agotado otras alternativas, los Integrantes emplearán la fuerza para impedir la perturbación del orden público y para restablecerlo.

Legalidad: Todo servidor público debe regir su actuación a lo que la Ley específicamente le faculte, así como para cumplimentar orden emitida por autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.

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Oportunidad: El uso de la fuerza será inmediato, es decir en el momento preciso en que se requiera para evitar o neutralizar el daño o peligro de que se trate.

Racionalidad: En el uso de la fuerza implica que ésta será empleada de acuerdo a elementos objetivos y lógicos con relación a la situación hostil que se presenta, a efecto de valorar el objetivo que se persigue, las circunstancias del caso y las capacidades tanto del sujeto a controlar como la de los propios Integrantes. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

Proporcionalidad: El nivel de uso de la fuerza debe ser acorde con la agresión, las características o peligrosidad del sujeto, sus antecedentes y la resistencia u oposición que presenta.

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MODELO DE USO PROGRESIVO DE LA FUERZA AGRESION LETAL

AGRESION NO LETAL

RESISTENCIA ACTIVA

RESISTENCIA PASIVA

SUMISION

SOSPECHOSO

FUERZA LETAL TÁCTICAS DEFENSIVAS NO LETALES

CONTROL FÍSICO

CONTROL DE CONTACTO

VERBALIZACION

POLICIAL

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NIVELES DEL USO DE LA FUERZA

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NIVELES DE USO DE LA FUERZA La escala se representa en una pirámide, con una flecha que indica la forma en que al aumentar el riesgo de agresión grave, aumenta también el nivel en la aplicación legítima de la fuerza. Puede haber circunstancias en las que se llegue desde el primer momento de la actuación policial al quinto o sexto nivel, si el riesgo que se corre lo justifica. Por ejemplo; si al llegar el policía al lugar de los hechos el agresor tiene un arma en la mano y amenaza con disparar, el policía puede disparar, sin recorrer los niveles previos a la fuerza letal. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

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Primer Nivel: Disuasión La presencia policial es la primera forma en que la autoridad se expresa ante la ciudadanía en general, significa para los ciudadanos protección y seguridad, en tanto para quienes desafían la autoridad mediante cualquier forma de comportamiento al margen de las normas, representa una forma de disuasión.

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La primera manifestación de desafío, es el comportamiento de una persona o de un grupo de personas que sin cometer una infracción o delito da señales de inconformidad o rechazo a la autoridad representada por el policía, a través de actitudes, gestos, sonidos, o lenguaje soez, ante los cuales el policía, responde sólo con su presencia y evita con ella que ese comportamiento vaya en aumento.

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SEGUNDO NIVEL: COOPERATIVO Implica interacción entre el policía y la persona a intervenir, sin que ésta última se resista a las indicaciones que recibe. Por ejemplo cuando se solicita alguna identificación a una persona y esta accede de manera inmediata y respetuosa y sin problema.

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TERCER NIVEL: RESISTENCIA PASIVA

El sujeto se muestra poco colaborador y se resiste de manera estática o se rehúsa físicamente a acatar voluntaria, pacífica y de manera inmediata las indicaciones. • Resistencia pasiva de un peatón: Si no acata la indicación u orden y se quiere retirar del lugar, o bien se sienta o se acuesta en el piso. • Resistencia pasiva de un conductor: Si dentro del vehículo no baja el vidrio, no quiere descender del mismo, y puede huir. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

En cualquiera de los casos cuando la resistencia aumente: • Utilizar técnicas de control de contacto o defensa personal que permiten controlar, reducir, inmovilizar y conducir. • Evitar en lo posible causar lesiones utilizando manipulaciones a las articulaciones. • Aplicar por ejemplo puntos de presión que producen dolor agudo para inmovilizar momentáneamente a las personas.

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POSICIONES PARA LA COLOCACIÓN DE ESPOSAS En el aseguramiento con esposas o candados de manos deben intervenir por lo menos dos policías; uno de ellos hace la función de seguridad o apoyo y otro de contacto. • De pie: Esta posición es recomendable cuando en el lugar de la intervención exista un muro, pared, etc., donde el infractor se pueda apoyar. • Posición en “L”: Efectuar contacto visual e inicie la verbalización y ubicar al infractor frente a los policías, a una distancia prudente que le permita dominar la situación. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

• De rodillas: Es recomendable emplear esta técnica cuando el infractor se encuentra en un ambiente abierto y no se cuente con algún muro de apoyo. • Tendido: Esta posición es la más segura y la que representa menos riesgo o posibilidad de reacción en el infractor, es la más recomendable cuando existe más de un intervenido.

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CUARTO NIVEL: RESISTENCIA ACTIVA

Cuando se presenta resistencia física ante la intervención legítima de la policía, que puede causar o causa daño mínimo, a la integridad, o a los bienes, sean propios, de terceros o a los policías.

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Por ejemplo: cuando el infractor avanza de manera amenazante hacia el policía, con las manos vacías. El policía deberá: • Indicar al agresor que detenga su avance, haciendo una señal con la palma en alto de la mano contraria a la del lado que porta el arma. • Identificarse y dar indicaciones puntuales, claras y orientadas a resolver la situación que genera su intervención, sin menoscabo de la dignidad de la persona.

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• Si el agresor avanza, retroceder uno o dos pasos hacia atrás y advertir con firmeza: “No nos obligue a utilizar la fuerza” • Cuando el agresor esté cerca, aplicar los puntos de presión explicados en el nivel anterior. • En caso de que la resistencia continúe o aumente debe utilizar otras técnicas de control, por ejemplo el bastón PR-24, haciendo contacto en las zonas señaladas en la figura 1, para provocar incapacidad momentánea. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

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QUINTO NIVEL: AGRESIÓN NO LETAL Cuando se presenta resistencia física en el proceso de resistirse o escapar, ante la intervención legítima de la policía, que puede causar o causa daño mayor, a la integridad, a los bienes, sean propios o de terceros o a los policías, pero no ponen en riesgo la vida. Por ejemplo; el infractor o presunto responsable trata de agredir con cualquier objeto que sin ser contundente se puede constituir en proyectil como un libro, el celular, una botella plástica de agua, el café caliente, etc. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

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En las circunstancias previstas en el principio 9, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se identificarán como tales y darán una clara advertencia de su intención de emplear armas de fuego, con tiempo suficiente para que se tome en cuenta, salvo que al dar esa advertencia se pusiera indebidamente en peligro a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, se creara un riesgo de muerte o daños graves a otras personas, o resultara evidentemente inadecuada o inútil dadas las circunstancias del caso. SEGURIDAD PUBLICA Y CIENCIAS FORENCES

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