Triptico Rs

Subsiste Según el artículo 474 del Código Civil: la obligación de proveer al sostenimiento de los hijos e hijas ma

Views 106 Downloads 2 File size 211KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Subsiste

Según el artículo 474 del Código Civil:

la

obligación

de

proveer al

sostenimiento de los hijos e hijas mayores de 18 años que estén siguiendo con éxito una profesión u oficio, y de las hijas

Se deben alimentos recíprocamente:

solteras que no se encuentren en aptitud de atender su subsistencia.

1. Los cónyuges. 2. Los

ascendientes

descendientes. 3. Los hermanos.

El mayor de 18 años sólo tiene derecho a

y

alimentos cuando no se encuentra en aptitud de atender a su subsistencia.

Comprende todo aquello que una persona tiene derecho a percibir de otra por ley, declaración judicial o convenio-

para

atender

a

su

subsistencia, habitación, vestido, asistencia

médica,

educación

e 

instrucción

Los

tratados

celebrados

por

el



Estado y en vigor forman parte del

considera como una obligación. 

derecho nacional.

Dentro del campo genérico, se le

se puede definir como la facultad jurídica que tiene un alimentista o



Toda persona humana para desarrollarse necesita de salud, educación,

Toda persona tiene derecho a un

acreedor alimentario, para exigir de

nivel de vida adecuado que le

otra,

asegure, así como a su familia, la

alimentario,

salud y el bienestar, y en especial la

subsistir, en virtud del parentesco

alimentación, el vestido, la vivienda,

consanguíneo, de la adopción, del

la asistencia médica y los servicios

matrimonio o del divorcio, y de sus

sociales necesarios.

progenitores casos.



Todos

los

niños,

nacidos

de

matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

denominada lo

necesario

en

deudor para

determinados