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Como iniciar la contabilidad de una empresa que nunca la ha tenido Tal vez el título sea un poco redundante, puesto que obviamente cuando se inicia unacontabilidad, es precisamente porque antes no existía. En este caso, se tratará de explicar en pocas palabras como organizar la contabilidadde una empresa o negocio que a pesar de llevar años de existencia, jamás ha llevado una contabilidad. No es una tarea fácil organizar cientos de documentos que representan hechos no muy claros, confusos, que ni el mismo empresario sabe dar cuenta. Naturalmente, para iniciar cualquier contabilidad, se requiere elaborar un balance inicial, el cual estará conformado por los bienes y derechos del empresario y sus obligaciones. El patrimonio saldrá por diferencia. Por lo general, este tipo de empresarios operan como persona natural, por lo que es conveniente separar los bienes personales del empresario de los bienes dedicados al negocio, lo mismo que los gastos y los ingresos. Si el empresario lleva varios años trabajando, será casi imposible armar un balance inicial de hace cinco o mas años, por lo que este se deberá hacer en la fecha en la que se puedan identificar con claridad todos los bienes, derechos y obligaciones del empresario. Una vez elaborado el balance inicial, se debe proceder a la identificación y clasificación de todas las actividades realizadas por el empresario, como compras de materia prima, materiales, pago de servicios, ventas, de tal forma que todas y cada una puedan ser incorporadas en la contabilidad. En este punto se debe tener especial cuidado, puesto que por la desorganización y por la misma cultura de nuestros empresarios, no es fácil poder identificar con precisión las actividades desarrolladas por el empresario. Es común que muchos de ellos traten de ocultar información, de suministrarlas de forma incompleta, etc. Si no se logra identificar la totalidad de los bienes, obligaciones y actividades del empresario, la contabilidad resultante será también incompleta, de poca utilidad. Quizás la parte mas difícil de la organización de una contabilidad, es lograr concienciar al empresario, poderlo comprometer de la importancia de tener claridad en las cuentas. Una vez identificado lo necesario para iniciar una contabilidad, hay que diseñar los procedimientos que tanto el encargado de la contabilidad como el empresario deben seguir. Son importantes los aspectos relacionados con el manejo del efectivo. Hay que hacerle entender al empresario que aunque el negocio es de su propiedad, no debe disponer de los recursos del negocio de forma ligera y descuidada. Que debe existir un control sobre todos los gastos en que se incurren. Que no debe mezclar los gastos personales con los del negocio. Que lo producido por el negocio no se puede convertir en su caja menor. Que debe informar todos y cada uno de los gastos e ingresos que realice. Que debe tener soportes de absolutamente todo lo que haga relacionado con su negocio. Se deben fijar también procedimientos y políticas sobre compras, manejo de cartera, selección de proveedores e inclusive clientes.

Los procedimientos de control son quizás los mas importantes y los mas difíciles de implementar. Los empresarios son reacios a que se les controle, tienen la creencia que si cuentan todo deberán pagar más impuestos… La organización de la contabilidad como tal, no es otra cosa que la identificación y clasificación de los bienes, obligaciones y actividades del contribuyente, lo demás son procedimientos de control, que serán propios y específicos para cada empresario. Es de gran importancia, y quizás decisivo, realizar un programa de concientización, de culturización y sensibilización del empresario. Sin la cooperación y compromiso de este será infructuoso cualquier intento de organizar cualquier contabilidad. Autor: José Ignacio Pimentel Bohórquez

Flujo de Caja Los flujos de caja son importantes para que observes el comportamiento diario del movimiento de caja, tanto de entradas como de salidas en un lapso de tiempo determinado.

Instructivo para la elaboración de un flujo de caja Importancia de elaborar buenos flujos de caja por la MYPE Calcular el flujo de caja y obtener el gráfico de movimientos, durante periodos de tiempo largos, le dará a tu MYPE una visión global de dónde se genera tu dinero y a qué lo destinas a largo plazo, tanto como cuándo son las épocas en que se generan más gastos y cuándo más beneficios. Sin embargo, lo más importante de este cálculo será tener control del estado final de tu cuenta corriente. Definición del flujo de caja mensual Flujo de caja o flujo de fondos (en inglés: cash flow) son los flujos de entradas y salidas de caja o efectivo, en un período determinado. Teóricamente, calcular el flujo de caja de una persona o empresa no debería ser difícil, siempre que dispongas de las cifras exactas de tus ingresos y tus gastos. Sin embargo, en la práctica resulta un proceso complejo porque se generan más beneficios y gastos de los que quedan impresos en facturas y cuentas corrientes, como el interés que nos da nuestro dinero, nuestras inversiones, los gastos de dichas inversiones, entre otros. Flujo de caja = Beneficios netos + Amortizaciones + Provisiones Procedimiento para la elaboración del flujo de caja mensual

La hoja cálculo está dividida en cuatro zonas: Zona de resultados: En ella se totalizan las entradas y salidas de efectivo. En esta zona el único dato que debes ingresar es el que corresponde a la celda C5 (Dinero líquido al inicio (caja y bancos)), que comprende el efectivo con el que cuentas al iniciar el flujo de caja. Zona de flujos operativos: En ella registras las entradas y salidas de efectivo de dinero del movimiento diario. Cada uno de estos valores debes detallarlos en la columna B, pero también, en caso de que lo requieras, puedes adicionar o eliminar filas. El valor de las entradas lo registras directamente, mientras que a las salidas les debes anteponer el signo (-), para indicar que es un valor negativo.

Zona de flujos de inversión: En ella registras las entradas y salidas de efectivo de los gastos por la compra de un bien o los ingresos que generan tus bienes. Cada uno de estos valores deben ser detallados en la columna B, en la cual, como en la zona anterior, puedes adicionar o eliminar filas según tu necesidad. Igualmente, el valor de las entradas lo puedes registrar directamente, mientras que a las salidas les antepones el signo (-), para indicar que es un valor negativo. Zona de flujos financieros: Sirve para registrar las entradas y salidas de efectivo de los gastos que se incurre en gastos financieros por un crédito solicitado, por ingresos o por concepto de interés que genera una inversión. Cada uno de estos valores debes detallarlos en la columna B, cuyas filas puedes adicionar o eliminar, según lo requieras. El valor de las entradas lo registras directamente y a las salidas les antepones el signo (-), para indicar que es un valor negativo.

Cómo elaborar un flujo de caja El flujo de caja es un documento o informe financiero que muestra los flujos de ingresos y egresos de efectivo que ha tenido una empresa durante un periodo de tiempo determinado.

Ejemplos de ingresos de efectivo son el cobro de facturas, el rendimiento de inversiones, los préstamos obtenidos, etc.

Ejemplos de egresos de efectivo son el pago de facturas, el pago de impuestos, el pago de sueldos, el pago de préstamos, el pago de intereses, el pago de servicios de electricidad y agua, etc.

La diferencia entre los ingresos y los egresos de efectivo se conoce como saldo, el cual puede ser favorable (cuando los ingresos son mayores que los egresos) o desfavorable (cuando los egresos son mayores que los ingresos).

A diferencia del estado de resultados, el flujo de caja muestra lo que realmente ingresa o sale de “caja”; por ejemplo, registra el pago de una compra, pero no la depreciación de una activo, que implica un gasto, pero no una salida de efectivo.

Además de mostrarnos las entradas y salidas de efectivo, el flujo de caja nos permite saber si la empresa tiene un déficit o un excedente de efectivo, y así, por ejemplo: •

determinar cuánto podemos comprar de mercadería.



determinar si es posible comprar al contado o es necesario o preferible solicitar crédito.



determinar si es necesario o preferible cobrar al contado o es posible otorgar créditos.



determinar si es posible pagar deudas a su fecha de vencimiento o es necesario pedir un refinanciamiento o un nuevo financiamiento.



determinar si se tiene un excedente de dinero suficiente como para poder invertirlo, por ejemplo, en la adquisición de nueva maquinaria.



determinar si es necesario aumentar el disponible, por ejemplo, para una eventual oportunidad de inversión.

El flujo de caja proyectado Para elaborar un flujo de caja debemos contar con la información sobre los ingresos y egresos de efectivo que haya tenido la empresa. Ésta información la obtenemos de lacontabilidad que hayamos realizado.

Pero también es posible elaborar un flujo de caja proyectado (también conocido comopresupuesto de efectivo), para lo cual necesitaríamos las proyecciones de los futuros ingresos y egresos de efectivo de la empresa para un periodo de tiempo determinado.

El flujo de caja proyectado o presupuesto de efectivo nos permite: •

anticiparnos a un futuro déficit (o falta) de efectivo, y así, por ejemplo, poder tomar la decisión de buscar financiamiento oportunamente.



prever un excedente de efectivo, y así, por ejemplo, poder tomar la decisión de invertirlo en la adquisición de nueva maquinaria. establecer una base sólida para sustentar el requerimiento de créditos, por ejemplo, al presentar el flujo de caja proyectado dentro de un plan de negocios.



Veamos a continuación un ejemplo sencillo de cómo elaborar un flujo de caja proyectado:

Una empresa manufacturera cuenta con los siguientes datos: •

las proyecciones de ventas son: enero: US$85 000, US$febrero: US$88 000, marzo: US$90 000, abril: US$92 000.



las proyecciones de la compra de insumos son: enero: US$47 000, febrero: US$51 000, marzo: US$50 000, abril: US$52 000.



las ventas se cobran el 40% al contado y el 60% al crédito a 30 días.



las compras se pagan el 50% al contado y el 50% al crédito a 30 días.



se obtiene un préstamo del banco por US$40 000, el cual se debe pagar en cuotas de US$5 000 mensuales.

• •

los gastos de administración y de ventas corresponden al 20% de las proyecciones de ventas. las proyecciones del pago de impuestos son: enero: US$3 080, febrero: US$2 710, marzo: US$3 260, abril: US$2 870.

En primer lugar elaboramos nuestro presupuesto de cuentas por cobrar ya que el total de las ventas no se cobran el mismo mes en que se realizan, sino que se cobran un 40% el mes en que se realizan y el 60% restante al mes siguiente, y al elaborar un flujo de caja, tal como hemos mencionado, debemos registrar el efectivo que realmente ingresa a o sale de la empresa:

Presupuesto de cuentas por cobrar enero Ventas al contado (40%)

34000

Ventas al crédito a 30 días (60%) TOTAL

34000

febrero

marzo

abril

35200

36000

36800

51000

52800

54000

86200

88800

90800

Una vez que hemos elaborado nuestro presupuesto de cuentas por cobrar, pasamos a elabrar nuestro presupuesto de cuentas por pagar, ya que, igualmente, las compras no se pagan el mismo mes en que se realizan, sino que se pagan un 50% en el mes que se realizan y el 50% restante al mes siguiente.

Presupuesto de cuentas por pagar enero Compras al contado (50%)

23500

Compras al crédito (50%) TOTAL

23500

febrero

marzo

abril

25500

25000

26000

23500

25500

25000

49000

50500

51000

Y, finalmente, asegurándonos de contar con todos los datos necesarios, pasamos a elaborar nuestro flujo de caja proyectado.

Flujo de caja proyectado enero

febrero

marzo

abril

INGRESO DE EFECTIVO Cuentas por cobrar

34000

86200

88800

90800

Préstamos

40000

TOTAL INGRESO DE EFECTIVO

74000

86200

88800

90800

Cuentas por pagar

23500

49000

50500

51000

Gastos de adm. y de ventas

17000

17600

18000

18400

3080

2710

3260

2870

TOTAL EGRESO DE EFECTIVO

43580

69310

71760

72270

FLUJO NETO ECONÓMICO

30420

16890

17040

18530

5000

5000

5000

5000

25420

11890

12040

13530

EGRESO DE EFECTIVO

Pago de impuestos

Servicio de la deuda FLUJO NETO FINANCIERO

Para ver otro ejemplo sobre cómo elaborar un flujo de caja proyectado te invitamos a leer el artículo: el presupuesto de efectivo.

El presupuesto de efectivo El presupuesto de efectivo, también conocido como flujo de caja proyectado, es un presupuesto que muestra el pronóstico de las futuras entradas y salidas de efectivo (dinero en efectivo) de una empresa, para un periodo de tiempo determinado.

La importancia del presupuesto de efectivo es que nos permite prever la futura disponibilidad del efectivo (saber si vamos a tener un déficit o un excedente de efectivo) y, en base a ello, poder tomar decisiones, por ejemplo:

Si prevemos que vamos a tener un déficit o va a ser necesario contar con un mayor efectivo, podemos, por ejemplo: •

solicitar oportunamente un financiamiento.



solicitar el refinanciamiento de una deuda.

• •

solicitar un crédito comercial (pagar las compras al crédito en vez de al contado) o, en todo caso, solicitar un mayor crédito. cobrar al contado y ya no al crédito o, en todo caso, otorgar uno menor crédito.

Si prevemos que vamos a tener un excedente de efectivo, podemos, por ejemplo: •

invertirlo en la adquisición de nueva maquinaria o nuevos equipos.



invertirlo en la adquisición de mayor mercadería.



invertirlo en la expansión del negocio.



usarlo en inversiones ajenas a la empresa, por ejemplo, invertirlo en acciones.

Por otro lado, el presupuesto de efectivo nos permite conocer el futuro escenario de un proyecto o negocio: saber si el futuro proyecto o negocio será rentable (cuando los futuros ingresos son mayores que los futuros egresos), o saber si seremos capaces de pagar oportunamente una deuda contraída.

Información que podemos presentar a terceros, por ejemplo, al querer demostrar la rentabilidad del futuro negocio (por ejemplo, ante potenciales inversionistas), o al querer demostrar que seremos capaces de pagar oportunamente una deuda contraída (por ejemplo, al solicitar un préstamo a alguna entidad financiera).

Cómo elaborar un presupuesto de efectivo Para elaborar un presupuesto de efectivo es necesario contar con los demás presupuestos de la empresa; sin embargo, veamos a continuación un ejemplo de cómo elaborar uno al contar con la siguiente información:

Supongamos que debemos elaborar el presupuesto de efectivo de una empresa comercializadora (empresa dedicada a la compra y venta de productos) para el periodo de los cuatro primeros meses del año; los datos que tenemos son los siguientes: •

se pronostica ventas de 300 unidades para el mes enero y un aumento del 10% a partir de febrero.



el precio de venta es de US$20.



el cobro de las ventas se realiza el 60% al contado y el 40% al crédito a 30 días.



se pronostica compras de mercadería de 310 unidades para el mes de enero y un aumento del 10% a partir de febrero.



el precio de compra es de US$15.



los proveedores permiten pagar la mercadería el 50% al contado y el 50% restante a crédito a 30 días.



se estiman gastos por remuneraciones del personal administrativo, alquileres, seguros y servicios por US$250 mensuales (gastos administrativos).



se estiman gastos por remuneraciones del personal de ventas, comisiones, promoción y publicidad por US$230 mensuales (gastos de ventas).

• •

el negocio cuenta con mobiliario y equipo que se deprecia en US$50 al mes. se obtiene un préstamo por US$2 100 el cual debe ser pagado a partir de febrero en amortizaciones constantes de US$700 e intereses de US$504 en febrero, US$336 en mazo, y US$168 en abril.



el pago por impuestos por concepto de renta es del 2% de la utilidad disponible.

Para este ejemplo, antes de elaborar el presupuesto de efectivo, es necesario elaborar los presupuestos de ventas y cobros, ya que las ventas no se cobran el mismo mes en que se realizan, sino que se cobran un 60% en el mes que se realizan y el 40% restante al mes siguiente, y el presupuesto de efectivo muestra el efectivo que realmente ingresa o sale de la empresa.

Presupuesto de ventas enero Unidades Precio de venta TOTAL

febrero

marzo

abril

300

330

363

399

20

20

20

20

6000

6600

7260

7986

Nota: las ventas empiezan en 300 unidades en enero y luego tiene un aumento constante del 10%.

Presupuesto de cobros enero Contado (60%)

febrero

3600

Crédito a 30 días (40%) TOTAL

3600

marzo

abril

3960

4356

4791.60

2400

2640

2904

6360

6996

7695.60

Nota: de las ventas de US$6 000 hechas en enero, cobramos el 60% (US$3 600) al contado y el 40% (US$2 400) al crédito a 30 días; lo mismo para los demás meses.

Una vez elaborados los presupuestos de ventas y cobros, debemos elaborar los presupuestos de compras y pagos, ya que, igualmente, las compras no se pagan el mismo mes en que se realizan, sino que se pagan un 50% en el mes que se realizan y el 50% restante al mes siguiente.

Presupuesto de compras enero Unidades

marzo

abril

310

341

375

413

15

15

15

15

4650

5115

5626.50

6189.15

Precio de compra TOTAL

febrero

Nota: las compras empiezan en 310 unidades en enero y luego tienen un aumento constante del 10%.

Presupuesto de pagos enero Contado (50%)

2325

Crédito a 30 días (50%) TOTAL

2325

febrero

marzo

abril

2557.50

2813.25

3094.58

2325

2557.50

2813.25

4882.50

5370.75

5907.83

Nota: de las compras de US$4 650 hechas en enero, pagamos el 50% (US$2 325) al contado y el 50% restante (US$ 2 325) al crédito al crédito a 30 días; lo mismo para los demás meses.

Una vez elaborados los presupuestos de compras y pagos, pasamos a elaborar el presupuesto operativo (estado de resultados proyectado), ya que es necesario determinar el monto que se debe pagar por concepto de impuestos.

Presupuesto operativo enero

febrero

marzo

abril

Ventas

6000

6600

7260

7986

Costo de ventas

4650

5115

5626.50

6189.15

UTILIDAD BRUTA

1350

1485

1633.50

1796.85

Gastos administrativos

250

250

250

250

Gastos de ventas

230

230

230

230

50

50

50

50

820

955

1103.50

1266.85

504

336

168

820

451

767.50

1098.85

Impuestos (2%)

16.40

9.02

15.35

21.98

UTILIDAD NETA

803.60

441.98

752.15

1076.87

Depreciación UTILIDAD OPERATIVA

Intereses UTILIDAD ANTES DE IMP.

Y, finalmente, asegurándonos de contar con toda la información necesaria, pasamos a elaborar el presupuesto de efectivo.

Presupuesto de efectivo enero

febrero

marzo

abril

INGRESOS Cuentas por cobrar

3600

Préstamos

2100

TOTAL INGRESOS

5700

6360

6996

7695.60

6360

6996

7695.60

EGRESOS Cuentas por pagar

2325

4882.50

5370.75

5907.83

Gastos administrativos

250

250

250

250

Gastos de ventas

230

230

230

230

16.40

9.02

15.35

21.98

TOTAL EGRESOS

2821.40

5371.52

5866.10

6409.80

FLUJO DE CAJA ECONÓMICO

2878.60

988.48

1129.90

1285.80

Amortización

700

700

700

Intereses

504

336

168

-215.52

93.90

417.80

Pago de impuestos

FLUJO DE CAJA FINANCIERO

2878.60

VENTA DE ACTIVOS FIJOS– INCIDENCIA CONTABLE Y TRIBUTARIA. Conforme a lo previsto en el artículo 947º del Código Civil-CC, la transferencia propiedad de bienes muebles se efectúa con la tradición (léase entrega) a acreedor, salvo disposición legal diferente; en otras palabras, la propiedad de bien mueble se transfiere con su entrega física al acreedor siempre y cuando exista norma que obligue a cumplir otra formalidad para la transferencia.

de su un no

En el caso de bienes inmuebles, el artículo 949° del CC, establece que la sola obligación de enajenar estos bienes hace al acreedor propietario de él, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario. Siendo ello así, podemos concluir que, la transferencia de propiedad de bienes muebles se verifica con la sola entrega; mientras que en el caso de bienes inmuebles se da por el solo acuerdo de voluntades, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario. En el presente comentario, abordaremos las incidencias contables y tributarias en la venta de activos fijos, por lo cual detallamos los siguientes casos: VENTA DE INMUEBLE, MAQUINARIA Y EQUIPO, DESPUÉS DE DOS AÑOS DE ADQUIRIDO: El 16.06.2008 la empresa, NUEVA LUZ S.A, adquirió un vehículo por el monto total de S/. 31,155.00 (incluye IGV). Con fecha 31.10.2011 la empresa decide vender dicho activo por un valor de S/. 18,000.00 (más IGV) que corresponde a su valor de mercado, ¿Cómo sería el tratamiento contable y tributario, sabiendo que a dicha fecha el valor neto en libros de dicho bien asciende a S/. 15,272.06? Tratamiento Contable En función a lo que establece el párrafo 67 de la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, el importe en libros de un elemento (entiéndase activos) se dará de baja en cuentas cuando la entidad se desapropie del mismo, entre otros, mediante la venta del bien; reconociendo la pérdida o ganancia que surja por la baja del activo en el resultado del período. En consideración a lo antes expuesto se deberá efectuar el siguiente asiento: REGISTRO CONTABLE 65 655 39 391 33 334

OTROS GASTOS DE GESTION Costo Neto de enajenación de activos DEPRECIACION, AMORTIZACION Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS Depreciación Acumulada INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO Unidades de Transporte */* Por la baja en libros del activo fijo

15,272.06 10,908.61

26,180.67

Toda vez que la desapropiación del bien origina la entrada de flujos de efectivo, se deberá reconocer el correspondiente ingreso que permita determinar el resultado de la operación en el estado de resultados. Conforme a lo dispuesto por la NIC 18: Ingresos de actividades ordinarias, se reconocería el ingreso cuando la entidad ha transferido al comprador los riesgos y beneficios inherentes al bien, el importe de los ingresos pueden medirse con fiablemente y resulte probable que la entidad reciba

los beneficios económicos asociados con la transacción; que deberá mostrarse tal como sigue:

16

40

75

REGISTRO CONTABLE --------------------- x ------------------------CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 21,240.00 TERCEROS 165 Venta de Activo Inmovilizado TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES 4011 Impuesto General a las Ventas OTROS INGRESOS DE GESTION 756 Enajenación de activos inmovilizados */* Por el reconocimiento del ingreso producto de la enajenación del activo fijo

3,240.00

18,000.00

Tratamiento Tributario De conformidad con el artículo 20º TUO LIR, en la enajenación de bienes depreciables, la renta bruta estará constituida por la diferencia existente entre el ingreso neto total proveniente de dicha operación y el costo computable de los bienes enajenados (en nuestro caso el costo de adquisición) disminuido en el importe de las depreciaciones que hubiera correspondido aplicar de acuerdo a Ley. En el caso planteado de la empresa NUEVA LUZ S.A. nos encontramos ante una ganancia de capital toda vez que se ha enajenado un activo fijo (bien de capital), generándose un resultado equivalente a S/. 2,727.94 (S/. 18,000.00 – S/. 15,272.06), es decir, se ha producido una ganancia (Ingreso – Costo Computable) proveniente de la transferencia de bienes que no se encuentran destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio o de empresa. Esta ganancia, conforme con el literal d) del artículo 28º del TUO de la LIR constituye renta de tercera categoría al ser generado por una empresa. Complementariamente a ello, debe observarse que el ingreso se considerará para efectos del pago a cuenta correspondiente al mes de octubre. En lo que concierne al Impuesto General a las Ventas en la medida que esta operación implica la transferencia de bienes muebles se encuentra dentro de uno de los supuestos gravados con el Impuesto General a las Ventas y por lo tanto resulta correcto su afectación a dicho tributo. Así, dado que la venta se realiza con posterioridad a los dos años de su puesta en uso, no resulta aplicable la verificación si existe reintegro del crédito fiscal dispuesto en el artículo 22º del TUO de la LIGV, aunque como puede observarse el valor de mercado de la operación resulta menor al precio de adquisición.

VENTA DE ACTIVO TOTALMENTE DEPRECIADO La empresa P & A S.A.C., en el mes de octubre 2011, decide efectuar la venta de una máquina que forma parte de su activo fijo que se encontraba fuera de uso y que se encuentra totalmente depreciada, el costo en libros asciende a S/. 30,000) el mismo que fue enajenado como chatarra a un valor de S/. 1,100.00 más IGV. ¿Cómo se contabiliza dicha operación?, y ¿cuál es la incidencia tributaria?

16

40

75

39

33

REGISTRO CONTABLE CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 1,298.00 TERCEROS 165 Venta de Activo Inmovilizado TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES 4011 Impuesto General a las Ventas OTROS INGRESOS DE GESTION 756 Enajenación de activos inmovilizados */* Por el Registro de la venta del activo fijo. REGISTRO CONTABLE DEPRECIACION, AMORTIZACION Y 30,000.00 AGOTAMIENTO ACUMULADOS 391 Depreciación Acumulada INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO 334 Unidades de Transporte */* Para dar de baja al activo fijo que se encuentra totalmente depreciado.

198.00

1,100.00

30,000.00

Incidencia Tributaria Independientemente que el bien se encuentre totalmente depreciado la venta de este debe realizarse considerando el valor de mercado ya sea que éste sea vendido como chatarra, asimismo se debe emitir el comprobante de pago que corresponda. En el presente caso se puede observar que la empresa P & A SAC ha obtenido una ganancia de S/. 1,100 producto de la venta del activo fijo dado que el costo neto del activo es cero al encontrarse totalmente depreciado. Dicha ganancia se encuentra afecta al Impuesto a la Renta, debiendo considerarse como parte de la base imponible para el pago a cuenta del mes de octubre mes en que se realizó la transacción. Asimismo, dado que se trata de la venta de un bien mueble dicha operación se encuentra gravada con el 18% por Impuesto General a las Ventas.

REINTEGRO DEL IGV POR VENTA DE UNA MAQUINARIA DESTINADA A OPERACIONES GRAVADAS CON IGV.

Una empresa que realiza únicamente operaciones gravadas con IGV, adquirió y puso en funcionamiento una máquina en el mes de marzo 2011 cuyo valor de adquisición es de S/. 72,600 más IGV. En el mes de diciembre 2011, realiza la venta de dicho activo a un valor de mercado de S/. 52,000 más IGV. Se consulta respecto al cálculo del reintegro del crédito fiscal del IGV, para lo cual nos proporciona la siguiente información adicional: Ventas gravadas sin incluir venta de Activo Fijo S/. 638,000 Compras gravadas S/. 333,200 Solución 1. Cálculo del reintegro del Crédito Fiscal del IGV De acuerdo a lo establecido por el artículo 22º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas (LIGV), cuando se realice la venta de bienes depreciables que formen parte del activo fijo de la empresa, antes de que transcurran dos años de haber sido puesto en funcionamiento y a un precio menor al de su adquisición, el crédito fiscal aplicado en la adquisición deberá reintegrarse en el mes de la venta, en la proporción que corresponda a la diferencia de precios. A continuación se procede a determinar la diferencia de precios existente en la operación planteada. A. Determinación de la diferencia de precios Detalle Valor de compra Valor de venta Diferencia de precios

Base Imponible 72,600.00 52,000.00 20,600.00

IGV 18% 13,068.00 9,360.00

B. Determinación del crédito a reintegrar De otro lado, concordantemente con lo establecido por el artículo 22º del TUO de la LIGV, el segundo párrafo del numeral 3 del artículo 6º del Reglamento de la mencionada Ley, señala que el reintegro del crédito fiscal del IGV debe ser deducido del crédito fiscal que corresponda al período tributario en que se produce dicha venta. Asimismo, señala la norma que en caso que el monto del reintegro, exceda el crédito fiscal del referido período, el exceso deberá ser deducido en los períodos siguientes hasta agotarlo. La deducción deberá afectar las columnas donde se registró el impuesto que gravó la adquisición del bien cuya venta originó el reintegro. En tal sentido, al efectuar la venta a un precio menor al adquirido, la empresa se encuentra en la obligación de reintegrar el crédito fiscal debiendo realizarlo en proporción a la diferencia de precios. El cálculo del crédito fiscal sería como sigue: Reintegro del

Diferencia

Crédito fiscal =

de precios x

IGV vigente en la Compra

Reintegro del Crédito fiscal = 20,600 x 18% Reintegro del Crédito Fiscal = S/. 3,708 2. IGV por Débito Fiscal

Ventas mes de diciembre (*)

Base Imponible 690,000.00

IGV 18% 124,000.00

(*) Ventas del mes S/. 638,000 + S/. Venta activo fijo S/. 52,000. 3. IGV Crédito Fiscal Base Imponible Compras mes de diciembre

333,200.00

IGV Compras Reintegro IGV IGV Crédito fiscal mes diciembre

4. IGV a pagar IGV por ventas del mes. IGV crédito fiscal. IGV a pagar

S/ . S/ .

S/. S/.

IGV 18% 59,976.00 59,976.00 -3,708.00 56,268.00

124,200.00 -56,268.00 67,932.00

REGISTRO CONTABLE 64 GASTOS POR TRIBUTOS 3,708.00 641 Gobierno central 40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES 4011 Impuesto General a las Ventas */* Por el reintegro del crèdito fiscal. Fuente: Informativo Caballero Bustamante.

3,708.00

Supongo que el título llama poderosamente la atención, principalmente de los contadores. Un departamento de contabilidad lo defino como una habitación donde se concentra un contador y un grupo elevado de auxiliares contables analizando y digitando el trabajo que otros empleados ya vieron en otras áreas. Las empresas que desean eficiencia deberán repensar su organización estableciendo la premisa de que deberían “eliminar el departamento de contabilidad” y establecer la oficina del contador. La concepción correcta y moderna es que la contabilidad es toda la empresa y se tiene que llevar en línea digitando los datos una sola vez y en el momento en que se conocen, en todos los departamentos o áreas de la empresa, efectivamente descentralizando la contabilidad. En los departamentos de contabilidad encontramos auxiliares desarrollando labores de conciliación bancaria y el análisis de cuentas por cobrar y pagar que debería realizarlas la tesorería; costeando la producción, lo cual debería realizar la planta; costeando las importaciones, lo cual debería hacerlo quien maneja las importaciones; provisionando las compras de mercaderías, lo cual debería hacerlo el almacenero cuando las recibe. Las áreas que mencioné como ejemplos conocen más sobre esas transacciones que el auxiliar contable y por lógica ellos debieron contabilizarlas en la primera oportunidad. Esa contabilización realizada por empleados no contables son sencillas y seguras si el sistema informático integrado automáticamente contabiliza sin tener que digitar cuentas contables, es decir, que no tienen que conocer de contabilidad. Lo que sucede comúnmente es lo contrario, los trabajadores hacen las cosas a medias y se las pasan a otros para que las continúen, y finalmente terceros las registran contablemente en una cadena de burocracia, elevando los costos y retrasando la entrega de los estados financieros. Así opera la gran mayoría de empresas, trasladando su desorden al “departamento de contabilidad” para que analice, repare los entuertos y registre en la contabilidad los movimientos que otros ya vieron. Por eso, señor gerente, si su contabilidad está atrasada, no es por culpa del contador sino suya, al no haber ordenado su empresa para que todos trabajen en línea registrando todas las operaciones una sola vez en un sistema informático integrado.

CÓMO MANTENER EN ORDEN TUS LIBROS CONTABLES Recuerda: La Sunat puede solicitar en cualquier momento su apertura para conocer tus movimientos financieros.

El 0.3% de los ingresos netos acumulados es la multa por no contar con los libros. (USI)

Si tiene una empresa y no desea que la Sunat lo sancione o multe, es necesario tener al día sus libros contables. Estos documentos deberán incluir información sobre las ventas y egresos de su negocio, así como los activos, entre otros puntos. El asesor legal de la Cámara de Comercio de Lima, Juan Tompson, dice que el tipo de libros que se debe llevar estará determinado por el régimen en el que está comprendido. Si pertenece al Régimen Especial del Impuesto a la Renta, pues es una empresa que paga mensualmente el equivalente al 1.5% de sus ingresos netos, deberá contar con cinco libros. Si está incluido en el Régimen General, pues hace una declaración y pago anual del impuesto a la renta, necesita la contabilidad completa (Ingrese a este enlace). Si pertenece al Régimen Único Simplificado (personas que realizan actividad empresarial) no está obligada a llevar ningún libro. CONSEJOS 1. Legal: Los libros contables deben ser legalizados en la notaría o ante un juez de paz letrado. 2. Venta: Puede adquirir los libros contables que necesita en cualquier librería del país. 3. Web: Si desea contar con los libros electrónicos, ingrese a www.sunat.gob.pe. 4. Experto: Se recomienda que el libro sea llenado por un contador experto en el tema. 5. Llame: Si desea hacer una consulta tributaria puede llamar al 0-801-12-100 ó 315-0730.

CÓMO CALCULAR MI IMPUESTO A LA RENTA Miércoles 01 de agosto del 2012 | 07:48 - Actualizado Sábado 06 enero 2013 (por: Edwin Macedo)

Aquí una guía para trabajadores en planilla o que emiten recibos por honorarios. Uno de los cálculos que genera más confusiones entre los trabajadores es el pago del Impuesto a la Renta (IR). Pero resulta necesario hacerlo si no quiere llevarse desagradables sorpresas. Los trabajadores con rentas de quinta categoría (en planilla) están obligados a pagar IR si perciben ingresos anuales (sueldos y gratificaciones) mayores a 7 unidades impositivas tributarias (UIT). Como la UIT vigente es S/. 3,700 el monto en referencia es de S/. 25,900. Explicación: “Si dividimos este monto entre los catorce sueldos, como guía tenemos que quienes ganan hasta S/. 1,850 no deben pagar IR”. PAGO DIFERENCIADO Para aquellos que tienen un sueldo mayor, el IR anual se determina, primero, sumando los ingresos del trabajador (sueldos y gratificaciones). A este monto se le restan 7 UIT (cifra establecida por Sunat) y, si la cifra resultante es menor a 27 UIT, se le aplica una tasa de impuesto del 15%. Si la cifra se ubica entre 27 UIT y 54 UIT, la tasa sería de 21%; y si es mayor a 54 UIT, la tasa es de 30%. La cifra que se obtenga de ese cálculo será el monto a pagar de IR. Es decir, prima el principio de que tributan más quienes tienen más ingresos. El IR a pagar es descontado en partes iguales en cada sueldo mensual del trabajador. Si bien todo este cálculo lo hace la empresa, se recomienda revisar estas cifras para evitar descuentos excesivos. Para el caso de los trabajadores con rentas de cuarta categoría (recibos por honorarios), la tributación es menor pues a la sumatoria de ingresos anuales se le debe descontar un 20% de este mismo monto y, luego, se restan las 7 UIT. A la cifra resultante se le aplica la misma tasa de impuesto (15%, 21% o 30%), tal como sucede con los trabajadores en planilla. SOBRE LOS RECIBOS Asimismo, por ley, los trabajadores que emiten recibos por honorarios por un valor mayor a S/. 1,500 deben registrar un descuento de 10% como pago adelantado del IR. “Cuando el trabajador hace su declaración de renta entre marzo y abril de cada año, registra esos descuentos, y si lo retenido es mayor al tributo que se va a pagar, debe solicitar una devolución de impuestos a la Sunat”.

CÓMO SUSPENDER LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS Sábado 05 de enero del 2013 | 08:03

Trabajadores independientes cuyos ingresos sean menores a S/. 2,698 por mes no pagarán impuesto a la renta de cuarta categoría. Conozca los trámites que debe seguir.

Si usted es un trabajador independiente que emite recibos por honorarios y gana menos de S/. 2,698 al mes o S/. 32,375 al año, no está afecto a la retención por impuesto a la renta (IR). No obstante, para obtener este beneficio, primero debe acceder al trámite de suspensión de retenciones en la Sunat y obtener su ‘Constancia de Autorización’. La Superintendencia explica que la solicitud la puede hacer desde inicios del año o en el momento en que usted lo crea conveniente. Todo el procedimiento se realiza a través del portal www.sunat.gob.pe. “No es necesario presentar ningún documento, solo necesita ingresar los datos que le solicita el sistema, referidos al número de RUC y sus expectativas de ingresos (facturación de honorarios) para este año”, precisa. ATENTO Una vez que la Sunat corrobore sus datos, le responderá a su correo electrónico. Este documento podrá guardarlo en su e-mail, en su computadora o en cualquier otro lugar donde considere que estará seguro. La copia de esta constancia deberá ser presentada cuando emita su recibo por honorarios, para evitar que le retengan el 10% al momento de que cobre por algún trabajo. “De lo contrario, la persona o la empresa le puede retener el 10% de su pago si es que el monto supera los S/. 1,500”, refiere. CINCO CONSEJOS 1. CLAVE: Necesita la clave SOL para iniciar sus trámites. Puede solicitarla en http://orientacion.sunat.gob.pe. 2. COSTO: No se deje engañar, todo el procedimiento es totalmente gratuito y se realiza solo por Internet. 3. TIEMPO: La constancia de solicitud de retención tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año. 4. ACCESO: Si no tiene Internet, acérquese a las oficinas de la Sunat, donde hay cabinas que podrá usar sin costo. 5. DATOS: Si necesita mayor información o tiene alguna duda, puede llamar al 0-801-12100 o al 315-0740.

SOLICITA LA DEVOLUCIÓN DE TUS IMPUESTOS Sábado 11 de agosto del 2012 | 07:40

Los trabajadores independientes que tengan un saldo a favor del impuesto a la renta anual podrán solicitar una devolución.

Al menos 34 mil personas solicitaron la devolución por Internet en 2011. (USI)

Los trabajadores independientes tienen derecho a solicitar la devolución de sus impuestos si tienen un exceso de pago luego de deducir sus créditos. El pedido lo puede hacer acercándose al Centro de Servicios al Contribuyente de la Sunat, presentando el formulario N° 4949 (Aquí una muestra). Le corresponde la devolución si la suma de los pagos a cuenta y de las retenciones que le hicieron es mayor al monto del impuesto a la renta que debe declarar y pagar, precisa la Sunat. RAPIDEZ La superintendencia sugiere que, para no tener problemas, es conveniente que conserve, de manera ordenada, sus recibos por honorarios. “Recomendamos afiliarse al Sistema de Emisión de Recibos por Honorarios Electrónicos, porque así no se preocupará por la conservación física y la legalización de los Libros de Ingresos y Gastos”, asegura. CONSEJOS 1. Solicitud: Se hace luego de presentar su Declaración Jurada Anual del impuesto a la renta. 2. Por web: En el portal www.sunat.gob.pe complete el formulario virtual N° 1649. 3. Atento: El pedido no procede si se determina que hay mayores ingresos que los declarados. 4. Tiempo: La Sunat tiene un plazo de 45 días hábiles para atender el pedido. El trámite es gratuito.

¿CÓMO ELABORAR LA MINUTA DE TU NEGOCIO? Sábado 21 de julio del 2012 | 08:01 Es el primer paso para formalizar una empresa. Hay que precisar con detalle la actividad que se realizará y quiénes participan.

Uno de los primeros pasos para constituir una empresa es la elaboración de la minuta de constitución. Es recomendable contar con este documento para apresurar los trámites de formalización de un negocio. Mario Romero, decano del Colegio de Notarios de Lima, explica que primero deberá reservarse el nombre de la empresa en Registros Públicos. Así, la denominación queda salvaguardada por 30 días mientras se realiza el proceso de constitución. La minuta tendrá que contener la descripción de la actividad económica que se realizará, explica Romero. También se debe especificar el aporte que hará el dueño o cada socio del negocio. Puede ser en dinero o en máquinas, muebles, etc. Es preciso, además, incluir el estatuto, es decir, la descripción del régimen del directorio, de la gerencia, de la junta general, así como los deberes y deberes de los accionistas. Asimismo, habrá que señalar cuándo se iniciarán las actividades, el domicilio comercial y el tiempo de duración de la empresa. CONSEJOS 1. El inicio: La minuta de constitución incluirá el pacto social y los estatutos de la empresa. 2. Notarial: Debe presentarse ante un notario, quien elaborará la escritura de constitución. 3. Registro: La escritura debe inscribirse en el registro de personas jurídicas de la Sunarp. 4. En 3 días: Cofide formaliza su empresa por S/.380. Pide DNI, idea de negocio y recibo de luz. 5. Simple: Cofide genera una minuta que se envía a las notarías asociadas y, luego, a la Sunarp.

¿CÓMO ELABORAR UNA CARTA PODER? Sábado 05 de mayo del 2012 | 08:06 El costo promedio por la obtención de este documento varía entre S/.5 y S/.10, el trámite para la legalización puede durar un día.

La falta de tiempo ya no es impedimento para realizar un trámite, ya que podemos delegarle a un amigo o un familiar la facultad para hacerlo por nosotros. Esta autorización se concreta a través de una carta poder. El decano del Colegio de Notarios de Lima, Mario Romero, indica que este documento es sencillo, lo puede elaborar en su casa, pero debe legalizarlo ante un notario, precisa. Este documento es válido para trámites de partidas de nacimiento, visados, certificados de antecedentes penales y actos administrativos simples. Cuando se trata de permisos para el cobro de una pensión, del sueldo u otros trámites monetarios tendrá que hacer un Poder Fuera de Registro. Esto lo realiza el notario y debe ser enviado al Colegio de Notarios para ser legalizado”, precisa. EN EL EXTERIOR Un poder hecho en Lima será válido fuera del país si tiene la firma del notario, del Colegio de Notarios de Lima y de la Cancillería. “Si vive en provincias, requerirá la legalización del notario, el Colegio de Notarios de su región, la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú y la Cancillería”, refiere Romero. 1. Documento. Para obtener la legalización de una carta poder su documento de identidad debe estar vigente. 2. Papeles. Una carta poder sirve para tramitar partidas de nacimiento, certificados de antecedentes penales, entre otros. 3. Tope. Con esta autorización podrá realizar trámites monetarios que no excedan los S/.1,825 o su equivalente en dólares. 4. Tiempo. La carta poder tiene una vigencia aproximada de tres meses; mientras que el Poder Fuera de Registro, un año. 5. Inmuebles: Para otorgar la facultad de compra y venta de propiedades deberá tramitar un Poder por Escritura Pública.

LO QUE DEBES HACER ANTES DE ALQUILAR UN INMUEBLE Sábado 28 de abril del 2012 | 08:31

Un contrato de arrendamiento no debería hacerse de manera verbal, es muy recomendable que se firme un documento.

El experto aconseja que le pida al arrendatario un mes adelantado de pago y dos de garantía. (USI)

Alquilar una propiedad permite generar ingresos extras, pero al mismo tiempo puede tener riesgos si no se toman precauciones sobre a quién se le arrienda. El presidente de la Asociación de Agentes Inmobiliarios (Aspai), Fernando Torres, recomienda averiguar qué tan responsable es la persona con sus pagos y si tiene problemas con alguna entidad financiera o deudas que están sin pagar. “El arrendador debe solicitar información a las centrales de riesgo sobre su futuro inquilino y así podrá determinar si es confiable o no”, asegura. El experto aconseja que le pida al arrendatario un mes adelantado de pago y dos de garantía para asegurar su economía en el caso de incumplimiento. “Si es posible solicite que quien alquile su casa tenga un garante a quien pueda acudir si existiera algún problema con la vivienda”, refiere Torres. EL CONTRATO Para mayor seguridad, el contrato debe ser elaborado por un abogado o un notario para darle mayor seguridad y credibilidad. “Debe incluir el plazo del alquiler y cuánto se pagará cada mes, entre otras precisiones”, señala. 1. RUC. Solicite en la Sunat su RUC para elaborar las boletas que serán firmadas por quienes participan en el alquiler. 2. Impuesto. Los arrendadores deben pagar a la Sunat el 5% del alquiler mensual por concepto de Impuesto a la Renta. 3. Lista. Si alquila una vivienda amoblada haga un inventario de las cosas con las que cuenta y precíselo en el contrato. 4. Contrato. En el portal Tramiteperu.com encuentra un modelo de contrato de arrendamiento de una propiedad. 5. Seguridad. Se recomienda a quienes toman un alquiler que pidan a los dueños los papeles de propiedad de la vivienda.

¿CÓMO ELABORAR UNA ESCRITURA PÚBLICA? Sábado 19 de mayo del 2012 | 07:51

Un proceso simple puede ahorrarle el disgusto de una estafa o fraude al momento de comprar o vender una propiedad.

Si quiere evitar una estafa en la compra o venta de un inmueble o firma de cualquier contrato y/o convenio, lo más seguro es elaborar una escritura pública notarial. La secretaria de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima, Gisella Jara, sostiene que el costo del trámite puede variar en cada notaría, ya sea por la formalización de donaciones, el reconocimiento de un hijo, las hipotecas o, inclusive, la compraventa de una propiedad. FACTURAS AL DÍA Jara explica que en el caso de un inmueble se requiere, por ejemplo, que el vendedor tenga cancelado el Impuesto Predial (municipalidad) y pague el Impuesto a la Renta. En tanto, el comprador tiene la obligación de pagar el Impuesto de Alcabala (Servicio de Administración Tributaria), que varía de acuerdo con el monto total de la transacción. La experta dice que la compraventa también se puede realizar mediante un “contrato privado” sin intervención de un notario, pero esta decisión puede multiplicar los riesgos de suplantación. Un notario corrobora siempre la identidad de quienes participan en la firma de un contrato, anota.

¿TE CASAS? EVALÚA SEPARAR LOS BIENES Sábado 07 de abril del 2012 | 08:36

Firmar el acta de matrimonio civil supone la propiedad común de todo lo que genere la unión, a menos que decidas independizar los bienes.

Al instante de firmar el acta civil, los esposos se convierten en socios. (USI)

La decisión de contraer matrimonio no solo involucra compartir el amor con la pareja. Al instante de firmar el acta civil, los esposos se convierten en socios. Se forma así, y al amparo de la ley, una sociedad de gananciales, que implica la participación común en todo lo que se genere durante el matrimonio. Sin embargo, hay excepciones. Todo lo adquirido antes de la unión seguirá siendo de cada cónyuge. Los bienes a título gratuito, como una herencia, serán también solo propiedad del que lo heredó. POR SEPARADO El Código Civil peruano contempla otra alternativa: el régimen de separación patrimonial o de bienes. Esta decisión debe constar en una escritura pública y se puede hacer antes o después del casamiento. El esquema garantiza tener bienes de propiedad individual y contraer deudas por separado. Otorga protección al patrimonio del cónyuge en el supuesto de que el otro asuma algún riesgo económico. El abogado Juan Carlos Guerra (www.abogadodefamilia.com.pe) explica que los esposos deben estar de acuerdo. De lo contrario, se entablaría un juicio. 1. Escritura. Para optar por este régimen, solo necesita acercarse con su cónyuge a un notario y firmar una escritura pública. 2. Costo. El trámite de separación de patrimonios ante un notario en el país puede costar cerca de S/.1,200. 3. Cambios. La pareja puede dejar sin efecto este régimen en cualquier momento. Solo debe acercarse al notario de nuevo. 4. Gestión. Cada cónyuge debe administrar el patrimonio social, pero uno de ellos puede facultar al otro para que lo haga. 5. Beneficio. El régimen de separación patrimonial supone menos problemas si ocurre una separación de la pareja.

¿CUÁLES SON TUS BENEFICIOS LABORALES? Sábado 31 de marzo del 2012 | 07:58

Los derechos de los trabajadores deben ser respetados. De lo contrario, se podrá denunciar a la empresa ante el Ministerio de Trabajo.

Uno de los beneficios son las vacaciones de 30 días cada año. (USI)

Conocer con detalle cuáles son sus derechos laborales es una herramienta para exigir que se cumplan. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo recuerda que uno de los beneficios son las vacaciones de 30 días cada año. Ese descanso puede tomarse en lapsos cortos, previo acuerdo con el empleador. “Si el trabajador renuncia antes de cumplirse el periodo anual, la empresa entregará un dinero por las vacaciones que no tomó”, precisa el ministerio. Ese monto se determina dividiendo el sueldo entre 12 (por los meses del año), y el resultado se multiplica por el tiempo laborado. Si el empleado tiene uno o más hijos menores de 18 años, puede solicitar una asignación familiar (10% del sueldo mínimo) a la oficina de Recursos Humanos. El beneficio se puede extender hasta que el hijo tenga 24 años, si se acredita que está cursando estudios. Sugiere exigir el abono de la gratificación en julio y en diciembre. Hasta 2014 no estará sujeta a descuento de AFP, y el pago que hace el empleador a Essalud deberá ser entregado al trabajador. Las empresas con más de 20 trabajadores están obligadas a depositar la CTS en mayo y en noviembre. 1. Descanso. El trabajador tiene derecho a 24 horas de descanso a la semana. En algunas empresas se determina que sean dos días. 2. Refrigerio. Merece como mínimo 45 minutos de refrigerio. Este tiempo está incluido dentro de las ocho horas de trabajo. 3. Extras. Cuando trabaje tiempo extra, deberán pagarle la hora completa más un adicional que fluctúa entre 25% y 35%. 4. Seguro. Tiene derecho al seguro social de salud, a través de Essalud. Este beneficio es asumido totalmente por el empleador.

5. En la web. Si quiere hacer una denuncia, ingrese enlace“http://www.mintra.gob.pe/mostrarContenido.php?id=41&tip=9

a

“este

ANTES DE FIRMAR UN CONTRATO LABORAL... Sábado 24 de marzo del 2012 | 07:42

Debes recibir una copia del documento. En algunos casos, el Ministerio de Trabajo también recibirá un duplicado.

Si deseas cancelarlo, debes solicitarlo con 30 días de anticipación. (USI)

Iniciar actividades en un nuevo centro de trabajo es un paso importante. En algunas personas genera tal entusiasmo que se olvidan de leer con detenimiento las cláusulas del contrato laboral y firman lo más rápido posible. Eddy Ramírez Punchin, encargado del Área Laboral del estudio de abogados Vargas Pareja, aconseja que lo primero que debe hacer es revisar si se trata de un contrato determinado o indeterminado. “En el primer caso se especifica que habrá una fecha para su término. Por ejemplo, se señala que estará vigente entre el 26 de marzo de 2012 y el 20 de febrero de 2013”, explica. Este acuerdo puede renovarse, cuando sea necesario, hasta por tres años. Cuando culmina ese periodo se convierte en indeterminado, es decir, no tiene fecha de expiración. “Sin embargo, también se puede establecer, desde un inicio, que el contrato será de carácter indeterminado”, señala. PRUEBA Muchos contratos fijan períodos de prueba para que el trabajador demuestre su productividad. Esta fase puede durar un máximo de seis meses para un puesto de rango medio. Para cargos de rango alto, un año. 1. Atento. Antes de firmar cualquier documento, revise bien todas las cláusulas para evitar problemas laborales en un futuro. 2. Detalles. El contrato debe especificar cuál es la función que ejercerá en la empresa. Pida que absuelvan sus dudas. 3. Ubicación. Si se indica que laborará en una ciudad determinada, no pueden ubicarlo en otra, a menos que lleguen a un acuerdo. 4. Pago. El convenio debe precisar cuál será su sueldo y si esa cantidad es neta (con descuentos por impuestos) o bruta (sin descuentos). 5. Bonos. Pregunte si la empresa otorga bonos por productividad. De ser así, exija que los detalles de esto figuren en el papel.

¿CÓMO CONCILIAR CON TU EMPLEADOR? Sábado 03 de marzo del 2012 | 07:59

Resolver un problema laboral en tribunales judiciales le tomaría más tiempo que hacerlo a través de una conciliación.

[email protected] Una controversia en el plano laboral no tiene por qué ser un dolor de cabeza para el trabajador ni para el empleador. El mecanismo de conciliación facilita hallar una solución rápida que sea justa y beneficiosa para ambas partes, señala el capítulo cinco del reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. La conciliación abarca todos los derechos del régimen laboral de la actividad privada y de otros regímenes especiales, el pago de subsidios por incapacidad, los beneficios concedidos por programas de trabajo y cualquier otro generado a raíz de la relación laboral. El caso puede presentarse en la Subdirección de Defensa Gratuita y Asesoría del Trabajador del ministerio. Se citará al empleador para debatir el caso con la asesoría de un conciliador. Si la empresa en la cual trabaja no es formal, la autoridad de trabajo le entregará un oficio que debe llevar a la comisaría más cercana a su trabajo para que corroboren que labora donde indica. Otra alternativa es el acuerdo colectivo mediante el cual los trabajadores agrupados en un sindicato elaboran un pliego petitorio que presentarán a la empresa y a la autoridad del trabajo. 1. Proceso: Si ambas partes no llegan a un acuerdo en la conciliación, el proceso pasa al Poder Judicial para encontrar una solución. 2. Trámites: El trabajador deberá presentar al ministerio documentos que acrediten en qué periodo laboró en la empresa. 3. Costos: Los servicios de los centros de conciliación del ministerio son completamente gratuitos. Cuidado, que no lo sorprendan. 4. On line: Visite el sitio www.mintra.gob.pe/mostrarContenido.php?id=41&tip=9 para la atención en provincias.

SEPA CÓMO CONSTITUIR UNA EMPRESA EXITOSA Sábado 25 de febrero del 2012 | 01:47

No tome decisiones pensando solo en el presente, recomienda el economista Alejandro Indacochea. El Perú está lleno de emprendimientos, y un ejemplo de ello es que cerca del 96% de las empresas está representado por pequeñas y medianas unidades de negocio. Sin embargo, el promedio de vida es de solo dos años. Al respecto, el presidente de Indacochea Asociados, Alejandro Indacochea, explica que los empresarios se están aventurando en rubros que no los apasionan. “Desarrollar un negocio por hacer dinero no necesariamente conduce al éxito. Por el contrario, en un momento de crisis, el empresario puede optar por abandonar todo”, asegura. Definir y aprovechar las ventajas competitivas es clave, señala. SOCIOS Para escoger al socio no hay que considerar la parte monetaria ni la familiaridad. Indacochea advierte que no se debe mezclar la amistad con el negocio. “Hay que ser cuidadosos en la búsqueda, y no aliarnos con personas ambiciosas o que no respeten las reglas”, sostiene. Anímese a emprender. 1. Objetivos. Desde un principio establezca cuál es la razón de ser de la empresa, qué metas espera alcanzar y en qué periodo. 2. Errores. Equivocarse es parte del proceso de crecer. Si comete un error, no lo tome como un fracaso, sino como un aprendizaje. 3. Paciencia. En un primer año no espere grandes ganancias. Recuerde que abrir una empresa es una inversión a largo plazo. 4. Clientes. Vea a sus clientes como si fueran sus jefes. Trate siempre de brindarles un mejor servicio y productos con mejor calidad. 5. Legalidad. Visite la página www.centrocofide.com o llame al 615-4000 para recibir información sobre constitución de empresas.

LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS EN RED Sábado 18 de febrero del 2012 | 07:56

El 92% de las personas que presentaron su declaración de renta anual solicitó su reembolso a través de Internet.

Los trabajadores y los empleadores que deseen la devolución de sus impuestos ya no necesitan acudir a las oficinas de la Sunat. La superintendencia ha establecido que este reembolso puede solicitarse vía Internet. Todas las personas o empresas que tengan un exceso de pago después de deducir sus créditos o que hayan pagado algo que no debían por sus rentas de primera, segunda, cuarta y categoría mixta (cuarta y quinta) tienen el derecho a una devolución. Para hacer la solicitud, deben ingresar a www.sunat.gob.pe y presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) utilizando el formulario virtual N° 669 o PDT 669. Hay un enlace en la Declaración Anual. Seleccione la opción “devolución” y podrá ejecutar su “pedido”, precisa la Sunat. CÁLCULOS La Gerencia Legal de la Cámara de Comercio de Lima informa que, para saber si le corresponde el retorno de su dinero, debe sumar los recibos que emitió en 2011 y aquellos a los que se les retuvo el 10% mensual. Si el resultado es menor que S/.31,938, tiene derecho al reembolso del porcentaje que tributó. CONSEJOS 1. COBRO: La Sunat le enviará un correo avisándole si procedió su reembolso. Acérquese al Banco de la Nación para cobrar su dinero. 2. ATENCIÓN: El proceso de devolución de impuestos en Internet se puede realizar de lunes a domingo, las 24 horas del día. 3. REQUISITO: El reembolso de su dinero por concepto de IR debe ser solicitado una vez que presentó su declaración anual. 4. PAGOS: El cronograma de pago del IR lo verá en http://www.sunat.gob.pe/orientacion/cronogramas/index.html. 5. INFORMES: Si tiene alguna consulta, puede llamar a los teléfonos 0-801-12-100

CONSTITUYA Y FORMALICE SU EMPRESA EN SOLO TRES DÍAS Sábado 31 de diciembre del 2011 | 00:21 El emprendedor no tendrá que desplazarse a alguna institución pública, ni buscar un abogado o un notario. Si su deseo para el 2012 es tener su empresa propia, debe saber que hay una alternativa que le permite constituirla en tres días. Cofide brinda un servicio que facilita la búsqueda y reserva del nombre, la elaboración de la minuta, los trámites notariales, registrales y del RUC, todo en 72 horas. El presidente de esta institución, Alfonso Zárate Rivas, explica que pueden acceder todas las personas naturales o jurídicas que quieran formalizarse o que ya están formalizadas y desean expandir su actividad. “Es importante trabajar legalmente para tener un nombre propio permanente, una marca, acceso al crédito formal, uso del crédito fiscal, entre otros beneficios”, indica. El funcionario también refiere que si el emprendedor elige esta opción, podrá recibir una asesoría sobre la personería jurídica que mejor le convenga, de acuerdo al negocio que piensa desarrollar. “Todo el trámite es realizado por el personal del servicio de constitución de empresas, sin que tenga que desplazarse a ninguna institución pública (Sunarp o Sunat) ni a buscar un abogado o notario porque todos estos procesos se brindan integralmente”, indica Zárate. Actualmente, este sistema solo se ha implementado en Lima, pero se está evaluando expandirlo al interior del país, anota. 1. Inscripción: Para acceder debe acercarse a los centros de Cofide (en www.centrocofide.com encontrará la dirección). 2. Formulario: Visite www.centrocofide.com/constitucion.htm. Si está interesado en descargar el formulario. 3. Papeles: Documentos que necesitará: una copia de su DNI y también de sus socios y un recibo original de agua, luz o teléfono. 4. Costo: Este servicio puede costar desde S/.380 (para empresas con capital que no exceda los S/.10 mil). Adicionalmente, deberá pagar S/.24. 5. Beneficio: Formalizarse le permite expandir su mercado no solo en el interior del país, sino también en el extranjero.

CUIDE EL REGISTRO DE SUS PROPIEDADES Sábado 24 de diciembre del 2011 | 10:05

Alerta Registral es un sistema de la Sunarp que envía un mensaje vía email cuando se detecta usurpación o falsificación. Aquí 5 consejos para usarlo.

Es gratuito, pero muy pocas personas lo usan. El sistema de Alerta Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) es una herramienta que permite identificar si alguien intenta robar su propiedad para venderla de manera ilegal. El superintendente adjunto, Jorge Ortiz Pasco, explica que para acceder a este servicio puede ingresar a www.sunarp.gob.pe/alerta registral/ “Está disponible para todos los ciudadanos que tengan algún derecho inscrito en una partida registral y que deseen proteger su propiedad de manera gratuita”, comenta. La alerta entra en operación cuando alguien, que no es el propietario debidamente identificado, intenta modificar o realizar alguna transacción con una propiedad. La falsificación o suplantación son las modalidades más usadas para perpetrar alguna fechoría. De inmediato, se envía una notificación al email que el propietario original brindó al momento de inscribirse en el servicio. Esta persona dispone de siete días para tomar alguna acción. FRAUDES La Sunarp indica que uno de los delitos más conocidos es el de despojo de propiedades (inmuebles o automóviles) a través de títulos falsos. Las empresas también pueden ser víctimas de este fraude; en ese caso los delincuentes falsean las actas o los poderes y hasta pueden poner en venta los activos de esa empresa. Aproveche este servicio y protega sus propiedades; no cuesta nada, solo unos minutos de su tiempo para ingresar los datos en el portal de la Sunarp. CONSEJOS 1. Inscripción: Escoja el registro al que quiere subscribirse: inmueble, persona jurídica, mandatos y poderes y vehículos. 2. Datos: Llene el formulario con sus datos de identificación de usuario, correo electrónico y datos de partida registral. 3. Cuidado: Redacte correctamente los datos de su email porque es donde le notificarán todo lo referente a su registro. 4. Anulación: Si fue notificado y no tomó ninguna medida en el plazo de siete días, la inscripción ilegal solo se puede anular vía judicial. 5. Ayuda: Pida orientación a la Sunarp cuando reciba alguna notificación del servicio de alerta registral. Llame al 208-1401.