TDR ACTUALIZAR COCINA MEJORADA

TERMINOS DE REFERENCIA 1. ALCANCE DEL SERVICIO Y NOMBRE DEL PROYECTO El servicio de consultoría a contratarse comprende

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TERMINOS DE REFERENCIA 1. ALCANCE DEL SERVICIO Y NOMBRE DEL PROYECTO El servicio de consultoría a contratarse comprende la actualización del expediente técnico denominado: “INSTALACION Y EQUIPAMIENTO DE COCINAS MEJORADAS EN LOS COMEDORES POPULARES Y PROGRAMAS DEL VASO DE LECHE, PROVINCIA DE ICA - ICA”, de acuerdo a las normas reglamentarias, modificatorias y conexas; con código SNIP N°210442. 2. UBICACIÓN DEL SERVICIO - Departamento : Ica - Provincia : Ica - Distrito : Ica 3. MARCO LEGAL - Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N°350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE. - Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. - Código Civil. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases. 4. FINALIDAD PÚBLICA La Municipalidad Provincial de Ica tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes locales de desarrollo. 5. ALCANCES Y CARACTERISTICAS DEL SERVICIO Comprenden la reformulación del expediente técnico de acuerdo a la ley N° 30225, que aprobó la Ley de Contrataciones del estado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF y la resolución de contraloría N° 072-98-CG, modificado mediante Decreto supremo N°1382016-EF, hasta la aprobación del expediente técnico. 6. OBJETIVO DE LA CONSULTORIA Objetivo General: Contratar a la Persona Natural o Jurídica, encargada de actualizar el Expediente Técnico Definitivo, del Proyecto: “INSTALACION Y EQUIPAMIENTO DE COCINAS MEJORADAS EN LOS COMEDORES POPULARES Y PROGRAMAS DEL VASO DE LECHE, PROVINCIA DE ICA - ICA”; El estudio debe considerar la recolección de información, los trabajos de campo y los trabajos de gabinete, la información de campo a requerirse y su alcance se determinarán en base al desarrollo del Proyecto. Objetivos Específicos: a) Actualizar los costos y presupuesto de la instalación de cocinas mejoradas. b) Actualizar el equipamiento con mesas-alacenas protectoras de menaje de cocina y alimentos.

c) Actualizar implementación con utensilios de cocina de acero inoxidable. d) Tomar conocimiento puntual de las características y condiciones físicas, económicas, técnicas, normativas, funcionales, etc., que tengan implicancias en el desarrollo del proyecto. e) Actualizar las características técnicas de diseño del proyecto señalado. f) Actualizar las especificaciones técnicas de construcción del proyecto indicado. g) Actualizar el costo de la obra, así como el plazo mínimo de ejecución de la misma. 7. INFORMACION QUE PROPORCIONARA LA MUNICIPALIDAD A la firma del contrato del consultor, la Entidad hará entrega de la siguiente documentación: a) Copia del expediente técnico. b) CD conteniendo el expediente técnico. c) Instructivo y Formatos de Uso Obligatorio. d) Otros documentos que se consideren necesarios para la reformulación del expediente técnico. 8. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE TECNICO Comprende lo siguiente:

a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n) o) p)

RESUMEN EJECUTIVO DEL PROYECTO MEMORIA DESCRIPTIVA ESPECIFICACIONES TECNICAS HOJAS DE METRADOS VALOR REFERENCIAL DE INVERSION TOTAL DEL PROYECTO PRESUPUESTOS DE OBRA POR ESPECIALIDAD ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS RELACION DE INSUMOS FORMULA POLINOMICA DESAGREGADO DE GASTOS GENERALES PROGRAMACION GANTT – PERT - CPM CRONOGRAMA VALORIZADO DE OBRA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSO DE OBRA PRESUPUESTO ANALITICO DESAGREGADO DE GASTOS DE SUPERVISION ANEXOS

9. ACTALIZACION DE ALTERNATIVA-RESULTADOS Descripción de cada Alternativa Analizada Alternativa 1: CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE COCINAS MEJORADAS, ASI COMO CAPACITACIÓN DE ASOCIADOS DE LOS COMEDORES POPULARES

Componentes

Acciones necesarias para lograr cada resultado

Resultado 1: INSTALACIÓN DE COCINAS MEJORADAS TIPO INCAHUASI

CONSTRUCCIÓN DE 74 COCINAS MEJORADAS DE FUEGO ENCERRADO, DE 02 HORNILLAS Y CHIMENEA, DE MATERIAL NOBLE, EN LOS COMEDORES POPULARES DEL ÁREA RURAL DE LA PROVINCIA DE ICA.

Resultado 2: EQUIPAMIENTO CON MESAS - ALACENAS PROTECTORAS DE MENAJE DE COCINA Y ALIMENTOS

ADQUISICIÓN DE 62 MESAS (ALACENAS) EN MELANINE DE 0.70 M. DE ANCHO X 1.20 M. DE ALTO X 2.48 M. DE LARGO CON RESPALDO CON 02 NIVELES DE 18 MM. CON TAPACANTO DE PVC 3MM. GRUESO.

Resultado 3: IMPLEMENTACIÓN CON UTENSILIOS DE COCINA DE ACERO INOXIDABLE

ADQUISICIÓN DE 75 JUEGOS DE MENAJE DE COCINA (0LLA, CUCHARON, ESPUMADERA Y TRINCHE) DE ACERO INOXIDABLE PARA 75 COMEDORES POPULARES Y 68 JUEGOS DE MENAJE DE COCINA BÁSICO PARA VASO DE LECHE (OLLA Y CUCHARÓN)

Número de Beneficiarios Directos 6,089

Resultado 4: EDUCACIÓN ALIMENTARIA Y SANITARIA DE HIGIENE PERSONAL Y DE LOS ALIMENTOS

128 TALLERES DE CAPACITACIÓN (01 MÓDULO DE 04 TALLERES POR 32 SECTORES/COMEDORES POPULARES), EN LOS TEMAS: 1. AGUA POTABLE Y SALUDABLE, 2. MANEJO DE BASURA ORGÁNICA E INORGÁNICA, 3. NUTRICIÓN Y ALIMENTOS SALUDABLES Y 4. HIGIENE PERSONAL)

10. COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN La Municipalidad Provincial de Ica, a través de la Gerencia de Desarrollo Social será el encargado de supervisar los trabajos de la Consultoría en todas sus etapas, para ello asignará un Evaluador de proyecto a fin de efectuar el seguimiento de las actividades desarrolladas por la Consultoría conducente a asegurar la calidad del servicio y el cumplimiento de los términos de referencia de acuerdo al cronograma establecido. 11. VALOR REFERENCIAL Se considerará el valor referencial la suma de S/ 5,076.00 (Cinco Mil Setenta y Seis con 00/100), incluido los impuestos de ley, cuyo desagregado es el siguiente: ESTRUCTURA DE GASTO DE ACTUALIZACION DE EXPEDIENTE TÉCNICO PROYECTO: “INSTALACION Y EQUIPAMIENTO DE COCINAS MEJORADAS EN LOS COMEDORES POPULARES Y PROGRAMAS DEL VASO DE LECHE, PROVINCIA DE ICA - ICA” CLIENTE: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA DEPARTAMENTO: ICA PLAZO DE EJECUCIÓN: 30 DIAS CALENDARIOS

PROVINCIA: ICA

Descripcion A.- PERSONAL PROFESIONAL

   

   

Tiempo de plazo  

Costo Unitario  

Monto Parcial

TOTAL 3,500.00

 

a.1 jefe del Proyecto (Ing. Civil)

Unid.

1.00

1.0

2,000.00

2,000.00  

a.2 Ing. Costo y Presupuesto (Ing. Civil)

Unid.

1.00

1.0

1,500.00

1,500.00  

B.- ESTUDIOS DE CAMPO

 

b.1.- Adquisiciones y capacitaciones

  Indicació n

   

1

D.-EQUIPOS

 

 

d.1 Alquiler de movilidad

mes

1.00

E.-MATERIALES Y UTILES DE OFICINA e.1 Útiles de oficina, impresiones, copias entre otros.

700.00  

 

1.00

  300.00

  300.00  

  1.00

700.00 700.00

300.00

  mes

 

200.00 200.00

200.00

200.00  

F.- COSTO DIRECTO  

   

   

   

   

   

 

G.- RENTENCIONES (8%)  

   

   

   

   

   

 

TOTAL, DEL SERVICIO  

 

 

 

Son: Cinco Mil Setenta y Seis con 00/100

4,700.00 376.00 S/.

5,076.00

12. PERFIL DEL CONSULTOR. Deberá de tener las siguientes consideraciones: a) Persona natural o jurídica. b) Con inscripción vigente en el RNP en el rubro de consultor de obras. c) Con RUC activo y habido. d) Haber elaborado al menos un (02) expediente técnico en los últimos cinco (05) años, relacionado con el objeto de la consultoría. 13. PERSONAL DESIGNADO PARA EL SERVICIO DE CONSULTORIA: Para la prestación del servicio, el personal clave requerido es el siguiente. a) JEFE DE PROYECTO (Ing. Civil), titulado y colegiado. b) INGENIERO COSTO Y PRESUPUESTO (Ing. Civil), titulado y colegiado. 14. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución para la elaboración del expediente técnico es de Treinta (30) días calendario. 15. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Consultor conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes y que son inherentes al servicio contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j)

Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la Consultoría. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia. Realizar la visita de campo al sector donde se desarrollará el proyecto, materia de la Consultoría. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características climatológicas, hidrológicas, geotécnicas, geológicas y topográficas correspondientes en el área de estudio sobre el que se ejecutará el proyecto. El Consultor es responsable por presentar el Proyecto Definitivo ante la entidad contratante. Garantizar la participación del personal profesional mínimo (Personal técnico) que se exige en el presente documento, así como de los servicios y equipos que garanticen la buena y oportuna ejecución del Servicio. Es de su exclusiva responsabilidad cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para los Servicios comprendidos en la Consultoría. Asumir la responsabilidad total y exclusiva por la calidad de los Servicios que preste, para lo cual mantendrá coordinación permanente con La Entidad sobre los trabajos que ejecuten sus proyectistas. El Consultor será legalmente responsable en el campo administrativo, civil y penal; por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas en la ejecución que recomiende ejecutar como producto de los estudios efectuados. El Consultor está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la Consultoría, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para La Entidad.

16. FORMA DE PAGO La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del consultor a la entrega del expediente técnico. Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el consultor, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación: -

Recepción y conformidad de parte de la Gerencia de Desarrollo Social. Informe del funcionario responsable del área usuaria (Gerencia de Desarrollo Social) emitiendo su conformidad de la prestación efectuada. Comprobante de pago.

17. REAJUSTE Ninguno 18. ADELANTOS No se conceden adelantos 19. PENALIDADES En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente Fórmula: Penalidad diaria =

0.10 x monto F x plazo en días

Donde F tiene los siguientes valores: a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, Para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras: F = 0.40. b) Para plazos mayores a sesenta (60) días: b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25. b.2) Para obras: F = 0.15. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Para efectos del cálculo de la penalidad diaria se considera el monto del contrato vigente. Para los supuestos que por la naturaleza de la contratación, la fórmula indicada en el presente artículo no cumpla con su finalidad, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial puede establecer fórmulas especiales para el cálculo de la penalidad por mora. Se considera justificado el retraso, cuando el contratista acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo. 20. RESOLUCION DE CONTRATO En caso que el consultor no cumpla con el plazo establecido (30 días calendarios) para la presentación del expediente técnico motivo de la presente consultoría; la ENTIDAD lo emplazara para que satisfaga tal requerimiento en un plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato y sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondientes por incumplimiento.

1.

REQUISITOS DE CALIFICACIÓN A

CAPACIDAD LEGAL

A.1

REPRESENTACIÓN Requisitos:  Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.  Promesa de consorcio con firmas legalizadas1, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Acreditación:  Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.  En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.  Promesa de consorcio con firmas legalizadas.

A.2

HABILITACIÓN

Requisito:  El Postor debe estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores capítulo de Consultores. Acreditación:  Copia vigente del Registro Nacional de Proveedores. IMPORTANTE: En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. B

CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL

B.1

CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE FORMACIÓN ACADÉMICA Requisitos:

JEFE DE PROYECTO Ingeniero civil, colegiado, acreditado con copia de Título profesional y diploma de colegio de ingenieros. INGENIERO DE COSTO Y PRESUPUESTO Ingeniero Civil, colegiado, acreditado con copia de Título profesional y diploma de colegio de ingenieros. Acreditación: Se acreditará con copia simple de TÍTULO PROFESIONAL, según corresponda y diploma de

colegio de ingenieros. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría de obra. 1

En caso de presentarse en consorcio.

B.2

EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE

JEFE DE PROYECTO Tener una antigüedad mínima de un (01) año en el ejercicio de la profesión. INGENIERO DE COSTO Y PRESUPUESTO. Tener una antigüedad mínima de un (01) año en el ejercicio de la profesión. Acreditación: Se acreditará con copia simple del título profesional correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría de obra.

Importante De conformidad con el artículo 159 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con la misma experiencia establecida para el residente de obra.

C

EXPERIENCIA DEL POSTOR

C.1

TIEMPO MÍNIMO DE EXPERIENCIA2 Requisitos: El postor debe acreditar UN (01) año de experiencia efectiva especializada en servicios de consultoría de obras generales. Correspondiente a la ELABORACION Y/O SUPERVISION Y/O EVALUACION DE EXPEDIENTES TECNICOS. Acreditación: El tiempo de experiencia efectiva del postor se acreditará con copia simple de contratos y su respectiva conformidad o liquidación del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido al Tiempo Mínimo de Experiencia del Postor.

B

CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL

B.3

EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO Requisitos: -

01 COMPUTADORA 01 IMPRESORAS.

C

EXPERIENCIA DEL POSTOR

C.2

EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (01) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN de servicios de consultoría de obra, correspondiente a la actividad de ELABORACION Y/O SUPERVISION Y/O EVALUACION DE EXPEDIENTES TECNICOS en general, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. Acreditación: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con facturas, recibos por honorarios u otro documento que sustente la actividad o servicio, correspondientes a un máximo de diez (10) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las diez (10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las

2

De conformidad con el tiempo mínimo de experiencia establecido en la definición “consultoría de obras” que consta en el Anexo Único de Definiciones del Reglamento.

obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. Importante En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. C.3

EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (01) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN de servicios de consultoría de obra, correspondiente a la actividad de ELABORACION Y/O SUPERVISION Y/O EVALUACION DE EXPEDIENTES TECNICOS en la especialidad, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. Acreditación: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con facturas, recibos por honorarios u otro documento que sustente la actividad o servicio, correspondientes a un máximo de diez (10) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las diez (10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 9 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 9 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.

Importante En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.