SUJETO BIOLOGICO 1. NECESIDADES BÁSICAS: El programa de necesidades básicas debe definir las funciones, los usos y los
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SUJETO BIOLOGICO
1. NECESIDADES BÁSICAS: El programa de necesidades básicas debe definir las funciones, los usos y los usuarios. 1.1. Descanso: Ambientes propicios para el descanso y la recreación. 1.2. Abastecimiento: Reglamento Nacional de Edificaciones: -
Norma A.040 – Artículo 14 La dotación de agua a garantizar para el diseño de suministro y almacenamiento es:
Educación superior: 20 litros por alumno por día 1.3. Desecho: Reglamento Nacional de Edificaciones: -
Norma A.040 – Artículo 13 Los centros educativos deben contar con ambientes destinados a servicios higiénicos para uso de los alumnos, docentes, administrativo y personal de servicio, debiendo contar con la siguiente dotación mínima de aparatos:
En general:
GESTIÓN DE LA CARRERA
PROGRAMA Necesidad Llegar Dirigir Atención Acuerdos Recepción y entrega Alimentación Aseo Llegar Representante Enseñar Acuerdos Aseo
Usuarios Dirección - Decano - Secretaria - Jefe académico - Mesa de partes
Profesores Subdirector
Espacios Estacionamiento Oficina Sala de espera Sala de juntas Mesa de partes Cafetería ½ Baño Estacionamiento Oficina Aulas/ talleres/ tutorías Sala de profesores SSHH
FORMACIÓN PROFESIONAL
Llegada
Estacionamiento/ acceso plaza
Aprender
Taller/ aulario
Practicar
Laboratorios Alumnos
Guardar Aseo
SSHH
Distracción
Terrazas
Dirigir
ÁREA COMPLEMENTARIA
Depósito/ casilleros
Atención
Director
Dirección
Secretaria
Secretaría
Aprender maqueta
Talleres
Aprender programas
Laboratorio de Computo
Investigar
Laboratorio/módulos
Guardar
Depósito
Aprender idiomas
Aulas
Practicar
Laboratorios Alumnos Profesores
Reunirse
Sala de profesores
APOYO FORMACION. PR.
SSHH
Leer
Biblioteca
Reunirse
Sala de estudiantes
Alimentarse
Cafetería/ comedor
Escuchar conferencias
Auditorio
Exponer
Sala de exposiciones
ÁREA DE SERVICIOS
Aseo
Recrear
Jardines/ plazas
Imprimir/fotocopiar
Reprografía
Exhibir
Librerías Todos los usuarios
Consultar/ curarse
Tópico
Vigilar
Guardianía
Guardar
Depósito general
2. NECESIDADES FISIOLÓGICAS: 2.1. Normas de comodidad: -
Comodidad térmica: Ser humano: 37° Temperatura interior y 34° Temperatura piel Control de la temperatura: Para recintos con temperaturas por debajo de los límites de habitabilidad Calefaccionar
Para recintos a rangos intermedios de temperatura Regular la velocidad Para recintos a temperatura más alta que la del cuerpo Refrigerar.
-
Comodidad acústica: Nivel máximo de ruido aceptado es de 40 dB . RNE. – Norma A.040 Artículo 6: Las condiciones acústicas de los recintos educativos son:
Control de interferencias sonoras entre los distintos ambientes o recintos (Separación de zonas tranquilas, de zonas ruidosas)
Aislamiento de ruidos recurrentes provenientes del exterior (tráfico, lluvia, granizo)
Reducción de ruidos generados al interior del recinto (movimiento de mobiliario)
2.2. Aire – Ventilación interior:
Necesidad de ventilación: Las personas, necesitamos respirar continuamente aire que nos aporte oxígeno. Este aire debe tener una calidad suficiente y estar libre de contaminantes que afecten nuestro organismo; en los locales cerrados el aire se vuelve inaceptable para el consumo humano (humos, polvo, personas respirando, etc). La técnica que controla y procura un cambio del aire interior polucionado por otro nuevo de mejor calidad es la “ventilación”.
Normativa: España: La ventilación de los locales está regulada; por el RITE, el cual establece la obligatoriedad de cumplir la norma UNE 100011, que establece los caudales mínimos de cada local, en función de su uso y ocupantes:
(Fig 1.) CAUDALES MÍNIMOS DE VENTILACIÓN
Cálculo de la ventilación necesaria en un local:
En locales donde no se conozca los ocupantes:
Q=nxF Donde:
Q=SxF
Q = Caudal necesario en L/seg
Donde:
n = Número de ocupantes
Q = Caudal necesario
F = Factor de tabla
S = Superficie del local en m2 F = Factor de la tabla
Renovaciones/hora: Cantidad de veces que es renovado el aire interior en 1 hora y dependerá según el recinto, según ordenanza RH = Caudal / Volumen del recinto
Perú: se deben sujetar a los valores determinados en la siguiente tabla:
Ministerio de vivienda 2014
Norma EM.030 Artículo 5°. Requisitos basados en el uso 1. Cambio completo de aire cada 30 min (Locales educacionales) 2. Garaje de sótano: Cambio completo de aire cada 12 min.
Norma A.040 1. La ventilación en recintos educativos debe ser permanente, alta y cruzada. Ventilación cruzada: Es la estrategia más simple para lograr una adecuada ventilación natural, cuando las condiciones del entorno lo permiten. -
Estrategia: Generar aberturas estratégicamente ubicadas para facilitar el ingreso y salida del viento, considerando la dirección de los vientos dominantes.
Cuando la entrada del aire es menor a la salida, se produce mayor velocidad del aire – mejor ventilación
Se permiten elementos interiores mientras no intervengan el flujo natural del aire
Un voladizo exterior recoge corrientes que de otro modo escaparían
Cuando la entrada está ubicada más baja que la salida se logra una curva en la ventilación
Variadas aberturas menores dirigidas hacia abajo logran un modelo de aire bien dirigido.
2. El volumen de aire requerido dentro del aula será 4.5 m3 de aire por alumno. Ejemplos: Renovación de aire para hallar volumen del ambiente
Para un taller 1) Hallando caudal Q = 31 x 8 = 248 l/s 1 l/s = 3.6 m3/h 892.8 m3/h 2) Hallando el volumen: V = Q/RH = 892.8 / 4 = 223.2 m3
Entonces: 223.2 m3 es el volumen mínimo del taller.
Para Secretaría 1) Hallando Caudal: Q = 4 x 10 = 40 l/s 144 m3/h 2) Hallando volumen: V = 144/8 = 18 m3 Entonces: 18 m3 es el volumen mínimo de la secretaría
Conclusiones:
El aporte de aire para las personas depende mucho de la actividad física que realicen, ya sea que estén sentados, caminando, mayor trabajo físico.
A mayor trabajo físico, mayor cantidad de aire se necesita.
Teniendo el cuadro de renovaciones por hora, podemos hallar el volumen del ambiente.
Mediante la incorporación de estrategias se puede lograr una correcta ventilación natural, permitiendo la renovación del aire y la refrigeración de altas temperaturas.
Referencia Bibliográfica:
Ministerio de vivienda 2014
Reglamento Nacional de Edificaciones
Manuel de ventilación de la empresa SOLER & PALAU
Tectónica – online.com