Subsano Omision Sencie Alimentos

Expediente N°: 359-2020-0-1707-JP-FC-01 Juez : Dr. PACO ARMESTAR JOSUNE GRACIELY Especialista : Dra. OROZCO SIGUEÑAS DOR

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Expediente N°: 359-2020-0-1707-JP-FC-01 Juez : Dr. PACO ARMESTAR JOSUNE GRACIELY Especialista : Dra. OROZCO SIGUEÑAS DOROTHY Materia : ALIMENTOS Demandante : MORANTE CESPEDES YELENIA Demandado : SENCIE RAMIREZ CARLOS Sumilla

: CUMPLO MANDATO

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE FERREÑAFE. CARLOS EDUARDO SENCIE RAMÍREZ, Identificado con DNI N° 76817750, con Celular N° 944623843, con Correo Gmail [email protected], con Domicilio Real Actual en Calle Alberto Exebio 699, del Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Ferreñafe, Departamento de Lambayeque, a Ud. con respeto digo: Que, recurro a vuestro Despacho a fin de Subsanar Observación de Liquidación, según lo informado en Resolución N° NUEVE de fecha 04-052021, la que resuelve que en el plazo de dos días absolver la presente, siendo así que en el acto recurro a su judicatura para que se dé por formulada la Observación en los términos siguientes: 1.- Que cumpla con presentar en forma legible los documentos que anexa a su escrito, por cuanto es imposible de visualizarse especialmente el Arancel Judicial, por concepto de la observación de la liquidación de pensiones alimenticias: A efecto de dar cumplimiento con el mandato correspondiente, aclaro lo advertido ante su despacho que, efectivamente en el escrito se presentó el Arancel Judicial por concepto de la observación de la liquidación de pensiones alimenticias, no se puede visualizar debido a que el Banco de la Nación está emitiendo Bouchers similares a los que emite el Agente Multired y se borran fácilmente, sin embargo a fin de evitar que no se tome por formulada la Observación, adjunto nuevo Arancel Judicial por ofrecimiento de Pruebas. PRIMER OTROSI DIGO: Que Señora Juez en caso de existir alguna duda de los depósitos consignados, los cuáles es imposible que se puedan visualizar al ser escaneados, debido a su deterioro, pido se Oficie al Banco de la Nación Estado de Cuenta de la Demandante para que se pueda verificar y/o corroborar los Bouchers ofrecidos en Observación de Liquidación y practicarse nueva Liquidación, antes de que sean remitidos las copias pertinentes de los actuados a Fiscalía, teniendo en cuenta que el demandado no cuenta con todos los Bouchers de depósito por motivos que se extraviaron.

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SEGUNDO OTROSI DIGO: Pido a Usted que en la misma Resolución que se resuelva lo anteriormente expuesto y se haga efectivo la devolución del Boucher de Tasa por Ofrecimiento de Pruebas que no se puede visualizar, para poder actualizarlo y así usarlo posteriormente. ANEXO: 1. Arancel Judicial por Ofrecimiento de Pruebas. 2. 01 Cédula de Notificación POR TANTO: A Ud. Señor Juez, solicito se tenga por subsanado la Observación de Liquidación y procesarla conforme a su Ley. Ferreñafe, 12 de mayo del 2021.

CARLOS EDUARDO SENCIE RAMÍREZ DNI N° 76817750

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