Sector Publico

1.ORGANISMOS PÚBLICOS ESTATALES PERSONALIDAD JURÍDICA Y POTESTADES DEFINICIÓN Creados para la realización de actividade

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1.ORGANISMOS PÚBLICOS ESTATALES PERSONALIDAD JURÍDICA Y POTESTADES

DEFINICIÓN Creados para la realización de actividades administrativas, de fomento, prestación, gestión de servicios públicos o de producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación; actividades de contenido económico reservadas a las Administraciones Públicas; así como la supervisión o regulación de sectores económicos, y cuyas características justifiquen su organización en régimen de descentralización funcional o de independencia.

NOMBRE

DEFINICIÓN

1.1 ORGANISMOS AUTONOMOS ESTATALES

Depende de la AGE. Abrevi "O.A." Persona Jurídica Propia, Dcho. público

Personalidad jurídica pública diferenciada, Autonomía de gestión. Potestades dministrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos que prevean sus estatutos, salvo la potestad expropiatoria

CREACIÓN

DISOLUCIÓN

Por LEY que establecerá: Tipo de organismo Recursos económicos

Por que ya ha pasado el tiempo, sus funciones las asume otro, han sido cumplido sus fines, cuando no se cumpla con los fines, por desequilibrio financiero. La AGE quedara a cargo de las obligaciones pendientes

RÉGIMEN JUR.

PERSONAL y CONTRATAC.

Se rígen por: Ley de creación, Ley 39, Ley 3/2003; Ley 33/2003

Funcionario o Laboral R.D. 5/2015.Contratación según ley de C.S.P. Derecho Laboral, Convocatoria pública. y ley 5/2015 para funcionarios

1.2 ENTIDADES PUB. EMPRESARIALES AMB ESTATAL

Depende de la AGE. Abrevi, "E.P.E." Persona Jurídica Propia, Dcho. público

Derecho Privado. Excepto en la formación de la voluntad de sus órganos y potestades administ. Que se rígen por: Ley de creación, Ley 39, Ley 3/2003; Ley 33/2003

NOMBRE

DEFINICIÓN

RÉGIMEN JUR.

SERVICIOS COMUNES Si es más economico puden tener servicios comunes: 1.Gestion de bienes inmnu. 2. Sistema de info. y comuni. 3. Asistencia jurídica 4. Contab y gest financiera. 5.Publicaciones y Contra.Públ. RÉGIMEN ECONÓMICO

Patrimonio Propio. Financiación propia y presupuesto estado. Se regirán por ley 47/2003 Patrimonio propio. Se financiaran mayoritariamente por ingresos de MERCADO. Otros recursos de sus bienes, productos, rentas. Excepción y por LEY podrán venir de presupuesto, transf. y donaci. LEY 47/2003

PERSONAL y Creación y extinción. Responsab miembros consejo

RÉGIMEN ECONÓMICO

Dco. Público Pers J. Propia

AUTORIDAD Funciones: Regulación, supervición de carácter externo ADMINISTRATIVA sobre sectores económicos, que INDEPENDIENTE requiere independencia o autonomia de la AGE. Abrev. AMB. ESTATAL "A.A.I."

CONSORCIO

Ley de creación; legislación especial de los sectres que supervice; Ley 39, etc. En defecto de norma administ. DCHO. Común.

xxxxx

xxxxx

xxxxx

NOMBRE

SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL

DEFINICIÓN

Participación de más de 50% o ART. 4 Ley 24/1988 Abrev. "S.M.E."

RÉGIMEN JUR.

Por esta ley, Ordenamiento jurídico privado, Salvo materias de normativa presupuestaria. NUNCA tienen facultades de autoridad púlblica.Salvo q excepcionalmente por LEY atribuciones administrativas.

PERSONAL y Creación y extinción. Responsab miembros consejo Acuerdo consejo de minis.La liquidación recae en un organo de la AGE o integrante del S.P. Insti.

RÉGIMEN ECONÓMICO

Presupuesto anual de explotación integrado Drcho. Laboral. en los Presup. Revisión La responsabilidad sera trianual del plan de asumida por la AGE y Sus cuentas esta le puede exigir de creación. según el código de oficio responsabilidad a comercio y plan los empleados general contable. públicos. Control de intervención Gral .