Sanción Para La Delincuencia Juvenil en El Perú

ENSAYO: SANCIÓN PARA LA DELINCUENCIA JUVENIL EN EL PERÚ PRESENTADO POR: INTRODUCCIÓN Actualmente vivimos en un mundo

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ENSAYO: SANCIÓN PARA LA DELINCUENCIA JUVENIL EN EL PERÚ

PRESENTADO POR:

INTRODUCCIÓN Actualmente vivimos en un mundo de indiferencia, en donde lo que le pasa al otro no es nuestro problema, donde cada uno vela por sus propios intereses sin tomarse un momento para reflexionar sobre las consecuencias de sus actos. Tal vez por esto, por malas influencias por parte de los “amigos” y los medios de comunicación, y por el carente sentido de la familia que se vive, ha aumentado la delincuencia en los últimos años, y lo que es peor: se inician desde muy temprana edad, generando delincuencia juvenil. Ésta se refiere a los actos violentos cometidos por menores de edad, es una situación que cada vez se hace más frecuente, donde el aumento de pandillas y crímenes cometidos por menores de edad va en crecimiento. En estudios estadísticos se registra que en los últimos años, hay aproximadamente 420 grupos adolescentes, de los cuales la mayoría son pertenecientes a las conocidas barras bravas de distintos equipos de fútbol a nivel nacional. Se dice que hay 11 mil pandilleros como menores de edad y entre los 18 y 24 años más de 9 mil. A pesar de ellos, los delincuentes juveniles no pueden ser juzgados penalmente, como muchas personas desearían, ya que muchos de ellos cometen cualquier crimen sabiendo que de alguna manera están protegidos por la ley; un caso conocido es de “Gringasho”. Este reconocido personaje a nivel nacional por los crímenes que ha cometido a su corta edad se ha ganado la fama de un sanguinario delincuente capaz de no temer al cometer algún asesinato. No obstante, sigue cometiendo actos vandálicos; ya que el 31 de diciembre del 2012 se escapó del “Centro Penitenciario “Maranguita” junto con otros 26 reos aprovechando el descuido de los agentes de seguridad; y sabiendo que no hay ninguna clase de seguridad para esos jóvenes que necesitan de rehabilitación y formación para que dejen de cometer estos actos. Por esta razón, esta fuga tuvo una fuerte repercusión en todos los noticieros, sumado a que el presidente Ollanta Humala pidió a la prensa que se muestre el rostro de este delincuente. Por ello, debido al gran esfuerzo fue capturado a menos de una semana de su fuga, ya que surgió un gran operativo por parte de la policía nacional del Perú para recapturarlo, y hoy en día se encuentra recluido nuevamente en el penal “Maranguita”. Este es un claro ejemplo de como la delincuencia juvenil puede llegar a tener tanta repercusión, y que muchos jóvenes opten por el camino errada de la delincuencia. Por lo cual, nos damos cuenta que vivimos en una sociedad que carece de valores y donde muchos jóvenes ocupan su tiempo de ocio en robar, pertenecer a barras, o dedicarse a la delincuencia para así obtener dinero. En las últimas semanas se ha puesto en debate el tema del servicio militar obligatorio, lo cual como grupo creemos serviría a que muchos de estos jóvenes puedan en vez de hacer actividades que los corrompan moralmente, a que se dediquen a servir a la patria.

1. DELINCUENCIA DE JOVENES Y MENORES. De La violencia juvenil es considerado una grave epidemia de este comienzo de siglo. Los menores de edad son los nuevos protagonistas de las crónicas violentas y los comunicadores sociales reiteran informaciones e investigaciones periodísticas sobre los “jóvenes violentos”. En amplios sectores de la sociedad se considera que existe “una clara ausencia de valores en los niños y jóvenes”. Ausencia que se vuelca finalmente en los más diversos patrones de comportamiento violento. Asesinatos, violaciones, robos y saqueos entre otros, encabezan la descripción de las violencias perpetradas en edades tempranas. Tal violencia se piensa, sin duda alguna, originada en fallos de los menores mismos. Esta convicción va tomando fuerte arraigo y hace que diversos países se encuentren discutiendo disminuir la edad legal en los que los menores pueden ser considerados imputables por los delitos que cometan. La delincuencia juvenil es uno de los problemas criminológicos preferidos en los estudios sobre la criminología por: 1. Por la personalidad de su protagonista, que exige un esfuerzo adicional del investigador y de los operadores jurídicos para captar el significado de la conducta, para comprender a su autor y para prescribir la respuesta adecuada. 2. Por su repercusión social, que se explica, no obstante, más por el impacto de injustos estereotipos sociales que por al entidad real de la criminalidad. Fenómenos como el miedo al delito juegan un papel decisivo. 3. Porque pone en evidencia los conflictos que enfrentan al mundo del derecho y al de ciencia tanto en el diagnóstico como la intervención. Política y ciencia hablan lenguajes diferentes. La criminalidad de jóvenes y menores tiene interés desde el punto de vista técnico y político porque la conducta desviada puede observarse mejor entre los jóvenes que en los adultos. Por ello, los modelos teóricos explicativos de la delincuencia toman como referencia básica la criminalidad juvenil, y los programas, medidas e instituciones que después se extenderán al mundo de los adultos, son primero experimentados entre jóvenes y menores. 2. TIPOS DE CONDUCTAS DELICTIVAS ENTRE LOS JÓVENES Entre los jóvenes predominan cuantitativamente las infracciones contra la propiedad: hurtos, robos con fuerza en las cosas, robos con violencia o intimidación, agresiones, etc.

De entre ellos el hurto es el delito cotidiano. Los hurtos más frecuentes son el de vehículos y los hurtos en comercios, en cuya comisión la participación de niños y jóvenes ha aumentado considerablemente, si bien, a la hora de valorar los datos estadísticos hay que tener en cuenta su menor habilidad y, por tanto, su mayor probabilidad de ser sorprendidos. En los últimos años han aparecido también nuevas conductas asóciales: destrucción de espacios, edificios o mobiliario urbano, desórdenes y alteración de la paz pública, apropiación lúdica de objetos de consumo; delitos cometidos por los gamberros del fútbol, actos violentos de protesta, delitos relacionados con el consumo de drogas o alcohol, actos de sicariato, etc. 3. RASGOS SOCIALES Y PERSONALIDAD DEL DELINCUENTE JUVENIL 3.1.- LA ADOLESCENCIA Y JUVENTUD La adolescencia es una etapa esencialmente evolutiva de transición entre la infancia y el estado adulto. En lo social, el adolescente debe atravesar un complejo proceso antes de lograr una plena inserción en lo social, tras su rechazo instintivo de las normas y valores sociales establecidos por los adultos y su adscripción a tipos de comportamiento social independientes. El joven ha de aprender a ser ciudadano. Para Thomas Hobbes en Tratado del ciudadano (1647) “...el hombre se hace apto para la Sociedad no por naturaleza, sino a base de entrenamiento”. Es una etapa marcada por las crisis de identidad y por una serie de conflictos intra y extrafamiliares y que los jóvenes han de resolver y superar para poder acreditarse como adultos. Los problemas evolutivos que se presentan al joven puede traducirse en comportamientos sociales problemáticos (gamberrismo, conductas arriesgadas, falta de integración, etc.) Esas conductas inadaptadas no pueden ser analizadas fuera de contexto porque constituyen el final de un proceso personal, son un resultado de: 1. Unas determinadas condiciones de crecimiento (psicológicas, estructurales, sociales, demográficas e ideológicas). 2. De una respuesta que las dificultades con que el joven se encuentra reciben por parte de la sociedad adulta. 3.2.- PERSPECTIVA PSICOLÓGICA El infractor joven presenta los siguientes rasgos de personalidad:



Actuación impulsiva: carece de autocontrol, de un filtro reflexivo que medie entre impulso y conducta y le permita el análisis de la propia situación.



Pensamiento concreto: orientado a la acción, práctico, programado par el corto plazo; no tiene un razonamiento abstracto.



Rigidez cognitiva: tiene dificultades para captar los matices de una situación concreta, es incapaz de desarrollar opciones distintas a las anteriormente adoptadas, etc.



Poseen rudimentarios mecanismos de auto-justificación, que se desmoronan si se les enfrenta al mal que efectivamente han ocasionado, dejándolos desprotegidos frente al complejo de culpa.



Déficit de autoestima: buscan en el comportamiento delictivo la sensación de poder o de dominio del mundo.



Distorsiones valorativas: es incapaz de captar las reglas, convencionales, actitudes y conductas de los diversos grupos sociales.

4. NORMATIVA LEGAL A propósito de esta problemática, el Ejecutivo promulgó el lunes 19 de agosto del 2013, en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 30076, que establece duras sanciones contra los sicarios juveniles y cárcel efectiva para los reincidentes en robos. Se modifica además diversos artículos del Código Penal, Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal, Código de los Niños y Adolescentes y crea dos registros: uno de contenido penal y otro laboral. Para el congresista Juan Carlos Eguren, esta nueva herramienta legal es un paso importante que permitirá frenar el avance delictivo del país, en particular el cometido por menores de edad, quienes sacaban el máximo provecho a las benevolentes leyes nacionales. Explicó que para hacer efectivo todos estos cambios, el Gobierno debe programarse, a corto plazo, la inmediata modernización de las comisarías implementándolas de logística y software online que permitan la instalación de un registro digital para identificar a los delincuentes y el perfil completo de sus ilícitos cometidos (ingresos por robo, modalidad y otros). 4. SANCION PARA LA DELINCUENCIA JUVENIL EN EL PERU Las acciones delictivas cometidas por menores de edad se vienen expandiendo como un reguero de pólvora sin que encontremos una solución a este problema que está poniendo en jaque a nuestra sociedad.

En primer lugar, la inseguridad ciudadana se mantiene como un desafío en todo el territorio nacional, especialmente en las grandes ciudades, para las autoridades policiales y judiciales. Cierto es que la delincuencia, el crimen organizado se han ido incrementando desde hace mucho años, pero también es verdad que ha llegado el momento de que todos deberíamos emprender acciones urgentes y eficaces para proteger a la ciudadanía de la delincuencia. En ese contexto, las acciones reñidas con la ley cometidas por menores de edad constituyen un capítulo aparte que merece un tratamiento especial. Detrás de cada delincuente juvenil generalmente existen personas mayores que inducen al menor a tomar el camino equivocado empezando a utilizarlos y "formarlos" para que cumplan "encargos" y, al final, el joven se vuelve avezado y participa del crimen organizado. Ellos saben que la única sanción que recibirían es ser enviados a Maranguita de donde saldrán libres para seguir cometiendo fechorías. El Poder Judicial tiene que enfrentar este problema sin infringir la Ley de Menores vigente y, por tanto, no puede adoptar sanciones más drásticas y disuasivas. Según la citada legislación, los menores de edad no cometen delitos, sino infracciones y por tanto son inimputables, pero esa concepción jurídica ya ha sido desbordada por una realidad en la que los delincuentes juveniles cometen crímenes tan horrendos como los que perpetran sujetos adultos. Ahora es común ver cómo jóvenes de entre 15 y 17 años de edad actúan como sicarios, asesinando a personas inocentes, como parte integrante de las bandas de secuestradores, extorsionadores y marcas. Con astucia, son "asesorados" por personas adultas, que merecen ser castigadas severamente. Debe tipificarse el agravante de utilizar a menores en sus actos delictivos, aumentando drásticamente las penas.

La sociedad tiene la necesidad y el derecho a defenderse. El crimen organizado no solamente causa graves daños a personas y familias, sino que representa un tremendo escollo que dificulta el desarrollo económico y social del país. Por estas razones fundamentales es urgente y necesario que el Congreso de la República debata al más breve plazo posible el proyecto de Ley contra el crimen organizado enviado por el Ejecutivo, incluyendo además otros instrumentos legales que permitan a la Policía Nacional, el Ministerio Público y Poder Judicial actuar con mayor eficacia. Hay otras iniciativas que también deben ser tomadas en cuenta por el Legislativo, como aquella que sugiere que se prolongue la carcelería del delincuente juvenil una vez que cumpla la mayoría de edad, de acuerdo con la gravedad de sus delitos. CONCLUSIONES  La criminalidad, muy especialmente la juvenil, es un fenómeno complejo que no cabe reducir a una sola causa. Antes bien, nos hallamos ante un panorama típicamente característico de una situación de poligénesis que desafía las interpretaciones simplistas. Las investigaciones actuales no han sido todavía capaces de identificar todos los factores, evaluar su interrelación reciproca y, menos aun, elaborar un modelo predictivo de validez universal.  Alternativamente—tal como se hace en otros países—se podría considerar juzgar a los adolescentes de entre 16 y 18 años de edad que cometieron delitos graves como si fueran adultos. Tratar a los adolescentes como adultos implicaría aumentar la probabilidad efectiva de aprehensión de 6 a10 por ciento, aplicarle las sanciones estipuladas para adultos: una condena promedio de 15 meses en cárceles de adultos, en lugar de 3 meses en centros de reclusión de adolescentes, y eliminar la probabilidad de escape—ya que en las cárceles de adultos la probabilidad de escape es casi nula mientras que en los centros de reclusión de adolescentes llegó a ser casi 40 por ciento. En este caso, el modelo predice una reducción del 35 por ciento de la delincuencia juvenil.

 Estos resultados son consistentes con la literatura empírica que sugiere que penas más severas disuaden a potenciales delincuentes juveniles y contradicen estudios previos que no encuentran evidencia de tal efecto disuasorio.  Existe amplio consenso en que la mejor manera de combatir la delincuencia juvenil es a través de la educación. Una mayor formación de los adolescentes permitiría aumentar el retorno y así hacer más atractivas a las actividades legales. De hecho, estudios empíricos recientes documentan la existencia de una fuerte causalidad negativa entre educación y delincuencia.