relato circunstanciado

Materia: PRACTICA FORENSE PENAL Grupo: 9902 Profesor: CARDENAS FRANCISCO RICARDO Alumno: Miguel Cointo Sánchez Leocadio

Views 82 Downloads 5 File size 458KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Materia: PRACTICA FORENSE PENAL Grupo: 9902 Profesor: CARDENAS FRANCISCO RICARDO Alumno: Miguel Cointo Sánchez Leocadio Tarea: RELATO CIRCUNSTANCIADO

RELATO CIRCUNSTANCIADO

Siendo las diecinueve horas del día 15 de enero del dos mil dieciocho en calle circuito Médicos número tres Colonia tres reyes Naucalpan Estado de México los ahora imputados Carlos Rosas Flores de 23 años, Tomas Rosas Flores 18 años y Javier Ruedas Acosta de 31 años, ingresaron al domicilio antes mencionado, propiedad de la víctima LUISA MEYER NUK de nacionalidad colombiana, menciona la victima que Carlos Rosas Flores, Tomas Rosas Flores ingresaron a su domicilio sin autorización y con lujo de violencia le despojaron de joyas y dinero que tenía guardado, refiere también que Carlos Rosas Flores traía consigo algo parecido a una arma de fuego con la cual la amenazo diciéndole “que entregara todo si es que quería vivir”, “entrégame todo ruca o te meto un plomazo” refiere también que el Tomas Rosas Flores se quedó en la puerta de la entrada y otro sujeto estaba estacionado afuera de su casa, refiere que al escuchar las sirenas el imputado Carlos Rosas Flores la empujo y salió corriendo de la casa. El testigo de identidad guardad MCT refiere que al observar que estaba un vehículo marca Nissan modelo altima dos mil doce placas XSW 1234 se estacionó en la puerta de la casa de la víctima y observo el ingreso de los ahora imputados a la casa de la víctima llamo a la policía, refiere que al escuchar los gritos de la víctima, el vehículo se retiró del lugar de los hechos, observo que al llegar la patrulla de seguridad pública de Naucalpan las dos personas que habían ingresado al domicilio de referido reconociendo a los imputados Carlos Rosas Flores, Tomas Rosas Flores y Javier Ruedas Acosta. Llegando como primeros respondientes los oficiales de nombre Roberto Lazo Soriano y Abel Lorenzo Gaona, al domicilio referido vieron que dos de sujetos de sexo masculino se alejaban del lugar de los hechos solicitando el apoyo de la corporación deteniendo a Carlos Rosas Flores sobre la calle circuito médicos numero ochenta al hacerle la revisión le encuentran solo un arma de fuego, haciendo un recorrido sobre la calle de circuito arquitectos Carlos Rosas Flores reconoce a Tomas Rosas Flores por lo cual hacen la detención del imputado, refieren que al dar vuelta sobre la avenida lomas verdes detienen al vehículo marca Nissan modelo altima dos mil doce placas XSW 1234 utilizado para transportarse el cual iba manejado por Javier Ruedas Acosta, encontrando los objetos robados en el jardín de la casa de la víctima.

Del reporte del perito valuador se desprende lo siguiente 2 pulseras de oro blanco con un valor intrínseco de dos mil pesos.

Dos collares de oro blanco con un valor Intrínseco de cinco mil pesos. Además de cuatro mil dólares americanos con un valor cambiario de dieciocho pesos con fecha del 22 de febrero del 2018 dando un total setenta y dos mil pesos.

Menciona el reporte de la perito en criminalística y balística María Sabina Rojas que el arma de fuego encontrada al imputado Carlos Rosas Flores es una pistola escuadra, marca Smith and Wesson calibre 22. Con un cargador Con 6 cartuchos útiles, folio 223344. Por las especificaciones se determina como un arma de fuego útil la cual si se puede disparar.

Por lo cual se establece de acuerdo a las pruebas que los imputados cometieron conductas que la ley tipifica como ROBO de acuerdo al artículo 287, 288 fracción I con modificativa agravante de acuerdo al artículo 290 fracción I, II Y III. Asi también como DELINCUENCIA ORGANIZADA de acuerdo al artículo 178, y allanamiento de morada de acuerdo al artículo 268. Y los artículos 6, 7, 8 fracción I 11 fracción I y II del código Penal del Estado de México.

SEGUNDA ACTIVIDAD

De los hechos presentados ante este juzgado, estoy en desacuerdo, como defensor de Javier Ruedas Acosta aclaro como menciona el ministerio público, si mi defendido estuvo el día 15 de enero a las 19 horas en la calle circuito Médicos número tres Colonia tres reyes Naucalpan Estado de México a petición de los señores Carlos Rosas Flores y Tomas Rosas Flores ya que mi defendido es chofer de la plataforma UBER el cual se puede corroborar en dicha plataforma, menciona mi defendido que los señores se bajaron en el domicilio antes mencionado solicitando que se esperara ya que irían por su mamá a comer, menciona que al escuchar los gritos de una mujer provenientes de la casa se susto se subió a su vehículo y se alejó de ahí, refiere que al estar circulando sobre avenida lomas verdes una patrulla le marco el alto, menciona que lo bajaron de su unidad y sometiéndolo y subiéndolo a una vehículo policial.

Solicito liberación de mi defendido de acuerdo al artículo 15 fracción I, Y II del código penal del Estado de México ya que no existe vínculo con los otros imputados para determinar delincuencia organizada.

TERCERA ACTIVIDAD Como defensor de imputado Carlos Rosas Flores de los hechos presentados por la fiscalía estoy en desacuerdo, del hecho de robo no se acredita ya que al momento de la detención no se encontraban en su poder, menciona el artículo 288 fracción I “el que se apodere o disponga de un bien mueble” y al momento de la detención no estaban en su poder tal como les consta a los primeros respondientes, se refiere que estos fueron encontrados en el jardín de la presunta víctima por lo cual no hay una conducta ilícita de acuerdo al artículo 15 fracción I y II